Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en

Transcripción

Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en
Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en vigencia en 2016
Art.
VIGENTE
PROPUESTO
JUSTIFICACION
Cap. VII De los procedimientos.
48
Artículo 48- Todos los fallos que recaigan en
cada expediente, homologados que sean por el
Consejo de neutrales, se notificarán a las partes
indistintamente: a) personalmente en la Oficina
en un plazo de 24 horas a partir de la
promulgación, b) por medio del Boletín Oficial
de la L.U.D., c) por medio del correo electrónico
de los delegados institucionales d) por
telegrama colacionado a costo de la parte
interesada en su domicilio constituido.
Artículo 48.- Todos los fallos que recaigan en
cada expediente, homologados que sean por el
Consejo de neutrales, se notificarán a las partes
indistintamente en un plazo de 24 horas a partir
de la promulgación: a) personalmente en la
Oficina, b) por medio del Boletín Oficial de la
L.U.D., c) por medio del correo electrónico de los
delegados institucionales d) por telegrama
colacionado a costo de la parte interesada en su
domicilio constituido.
La publicación de
fallos se adelanta
para
los
días
viernes, de forma de
inhabilitar a jugar
luego de cumplida
la automática, para
los casos de fallos
con
fechas
adicionales
de
sanción.
Se armoniza con el
art. 12 del Código
de Penas.

Documentos relacionados