Medellín, abril 21 de 2014 Doctor Mauricio Alviar Ramírez Rector
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Medellín, abril 21 de 2014 Doctor Mauricio Alviar Ramírez Rector
Medellín, abril 21 de 2014 Doctor Mauricio Alviar Ramírez Rector Universidad de Antioquia Cordial Saludo. El día de ayer recibí vía correo electrónico de la abogada Diana Granada de la Oficina Jurídica de la Universidad, el texto que contiene la consulta que sobre incapacidades y compensación salarial formularan las directivas de la Universidad al Departamento de la Función Pública, por decisión adoptada por la mayoría de los miembros del Consejo Superior Universitario en sesión del 15 de marzo de 2016. Al respecto quiero plantear la posición de los profesores: 1.- Si bien en términos generales el Departamento de la Función Pública puede obrar como órgano de consulta frente a temas relacionados con el sistema de carrera administrativa, las Universidades Estatales u Oficiales, están exentas del control y vigilancia de este organismo en razón de su Autonomía Universitaria prevista en el artículo 69 de la Constitución Política. En este sentido se ha pronunciado la Corte Constitucional en sentencia C – 560 de 2000. 2.- Además, los profesores de la Universidad de Antioquia consideramos que no hay nada que aclarar jurídicamente, que es claro que se han ganado unos derechos: la compensación salarial, con fundamento en la Resolución Superior 1078 de 2003, en cuya aprobación participó el gobierno nacional con el representante del Presidente de la República y el Delegado de la Ministra de Educación que hacen parte del CSU de la UDEA, para lo cual se destinaron recursos especiales y, el Programa de Salud de la Universidad de Antioquia “SALUDA”, adscrito a la Vicerrectoría Administrativa, el cual cuenta con administración independiente de los recursos financieros. La universidad ha respondido hasta ahora por ellos y su deber es seguir haciéndolo, más aún cuando tales derechos están fundados en Normas Jurídicas Vigentes y no en decisiones arbitrarias del CSU ni del administrador de turno. Las preguntas que constituyen esa consulta, como quiera que sean redactadas, ponen en entredicho tales derechos y por consiguiente no las aceptamos ya que, de hacerlo, estaríamos renunciado a la Autonomía Universitaria y poniendo en tela de juicio nuestros Derechos Adquiridos. Cordial Saludo, MARIA ROCIO BEDOYA BEDOYA Representante Profesoral Principal Universidad de Antioquia