Medellín, abril 21 de 2014 Doctor Mauricio Alviar Ramírez Rector

Transcripción

Medellín, abril 21 de 2014 Doctor Mauricio Alviar Ramírez Rector
Medellín, abril 21 de 2014
Doctor
Mauricio Alviar Ramírez
Rector
Universidad de Antioquia
Cordial Saludo.
El día de ayer recibí vía correo electrónico de la abogada Diana Granada de la Oficina
Jurídica de la Universidad, el texto que contiene la consulta que sobre incapacidades y
compensación salarial formularan las directivas de la Universidad al Departamento de la
Función Pública, por decisión adoptada por la mayoría de los miembros del Consejo
Superior Universitario en sesión del 15 de marzo de 2016.
Al respecto quiero plantear la posición de los profesores:
1.- Si bien en términos generales el Departamento de la Función Pública puede obrar
como órgano de consulta frente a temas relacionados con el sistema de carrera
administrativa, las Universidades Estatales u Oficiales, están exentas del control y
vigilancia de este organismo en razón de su Autonomía Universitaria prevista en el
artículo 69 de la Constitución Política. En este sentido se ha pronunciado la Corte
Constitucional en sentencia C – 560 de 2000.
2.- Además, los profesores de la Universidad de Antioquia consideramos que no hay
nada que aclarar jurídicamente, que es claro que se han ganado unos derechos: la
compensación salarial, con fundamento en la Resolución Superior 1078 de 2003, en cuya
aprobación participó el gobierno nacional con el representante del Presidente de la
República y el Delegado de la Ministra de Educación que hacen parte del CSU de la
UDEA, para lo cual se destinaron recursos especiales y, el Programa de Salud de la
Universidad de Antioquia “SALUDA”, adscrito a la Vicerrectoría Administrativa, el cual
cuenta con administración independiente de los recursos financieros.
La universidad ha respondido hasta ahora por ellos y su deber es seguir haciéndolo, más
aún cuando tales derechos están fundados en Normas Jurídicas Vigentes y no en
decisiones arbitrarias del CSU ni del administrador de turno. Las preguntas que
constituyen esa consulta, como quiera que sean redactadas, ponen en entredicho tales
derechos y por consiguiente no las aceptamos ya que, de hacerlo, estaríamos renunciado
a la Autonomía Universitaria y poniendo en tela de juicio nuestros Derechos Adquiridos.
Cordial Saludo,
MARIA ROCIO BEDOYA BEDOYA
Representante Profesoral Principal
Universidad de Antioquia

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