Pago de Aportaciones de Particulares y/o Ayuntamientos para la
Transcripción
Pago de Aportaciones de Particulares y/o Ayuntamientos para la
Pago de Aportaciones de Particulares y/o Ayuntamientos para la Ejecución de Obra Nombre del trámite:Pago de Aportaciones de Particulares y/o Ayuntamientos para la Ejecución de Obra Área de Atención: Administradores o Receptoras de Rentas en el Estado Ubicación del Área: En Morelia en los módulos de atención o en las Administraciones y Receptorías de Rentas en el interior d Estado Responsable: Administradores y Receptores de Rentas en el Estado Teléfonos: 01 (443) 3 13 13 34 o 3 13 54 34 ext. 122 y 070 para información y quejas en todo el Estado Email: Sitio web: www.michoacan.gob.mx, opción trámites y servicios. [email protected] Requisitos:1.- Nombre del aportante, 2.- Comunidad o localidad, 3.- Colonia, 4.- Número de lote y/o manzana, 5.Nombre de la Obra a llevar a cabo. Costos:Las cantidades que le corresponde pagar a cada uno de los beneficiarios de la obra (municipio y/o particulares) según convenio o acuerdo celebrado, son enviadas mediante una relación por la dependencia ejecutora a la Secretaría de Finanzas y Administración. Horario de Atención: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. Tiempo de Respuesta: 5 minutos Ante el silencio administrativo: No aplica afirmativa, ni negativa ficta Vigencia: En cuanto la obra es autorizada, ya se está en condiciones de recibir los pagos de las aportaciones Formato de Solicitud: Oficio de autorización Documento a Obtener: Recibo oficial de Pago. Modalidad: Unica Fundamento Juridico: 1.- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, artículos 62 y 132, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 05 de febrero de 1918 y última reforma publicada en el mismo medio el 31 de marzo del 2010, 2.- Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo. Artículos 1, 9, 16, 17 fracción II y 19 . 3.- Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán. Artículo 39, fracción I y 56 Fracciones III, V y VI publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 21de abril de 2008, 4.- Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo, Artículos del 60, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, y última reforma publicada en el mismo medio, el 30 de diciembre de 2014. Casos en donde puede realizarse el tramite: En los casos en que el contribuyente persona física o moral, se coloque en la situación de hecho o de derecho que se establece en este trámite.