Periódico Oficial
Transcripción
Periódico Oficial
P E R I O D I C O OF I C I A L DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921. Director: Lic. Edgar Bravo Avellaneda Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TOMO CLVI SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84 Morelia, Mich., Lunes 22 de Abril del 2013 NUM. 75 CONTENIDO Responsable de la Publicación Secretaría de Gobierno PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DIRECTORIO FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes hace saber: Gobernador Constitucional del Estado El H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente: de Michoacán de Ocampo DECRETO Lic. Fausto Vallejo Figueroa Secretario de Gobierno ELCONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO DECRETA: Lic. J. Jesús Reyna García Director del Periódico Oficial Lic. Edgar Bravo Avellaneda NÚMERO 130 ARTÍCULO PRIMERO. Se concede licencia al Gobernador del Estado, Ciudadano Fausto Vallejo Figueroa, para separarse de sus funciones, por un periodo de hasta 90 días, contados a partir del día 23 de abril de 2013. ARTÍCULO SEGUNDO. Se designa al Ciudadano José Jesús Reyna García, Aparece ordinariamente de lunes a viernes. Gobernador Interino del Estado, por el periodo que dure la licencia otorgada por este Congreso. Tiraje: 250 ejemplares Esta sección consta de 2 páginas Precio por ejemplar: $ 17.00 del día $ 23.00 atrasado Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial www.congresomich.gob.mx Correo electrónico [email protected] T RAN S IT O R I O S ARTÍCULO PRIMERO. Notifíquese personalmente al Ciudadano Fausto Vallejo Figueroa, para su conocimiento y efectos legales procedentes. ARTÍCULO SEGUNDO. Notifíquese personalmente al Ciudadano José Jesús Reyna García, para su conocimiento y respectiva toma de protesta constitucional ante el Pleno de este Congreso. ARTÍCULO TERCERO. Dése cuenta del presente Decreto al Titular del Poder Ejecutivo Federal, al Honorable Congreso de la Unión, al Poder Judicial de la Federación, a los Poderes de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, a los PAGINA 2 Lunes 22 de Abril del 2013. 6a. Secc. PERIODICO OFICIAL Órganos Autónomos del Estado, a la Auditoría Superior de Michoacán y a los Ayuntamientos del Estado, para su conocimiento. ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo. El Titular del Poder Ejecutivo del Estado, dispondrá se publique y observe. DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL PODER LEGISLATIVO, en Morelia, Michoacán de Ocampo, a los 22 veintidós días del mes de abril de 2013 dos mil trece. ATENTAMENTE.- "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN".- PRESIDENTE DE LAMESADIRECTIVA.- DIP. FIDEL CALDERÓN TORREBLANCA.- PRIMER SECRETARIO.- DIP. OLIVIO LÓPEZ MÚJICA.- SEGUNDO SECRETARIO.DIP. JOSÉ SEBASTIÁN NARANJO BLANCO.- TERCER SECRETARIO.- DIP. REGINALDO SANDOVAL FLORES. (Firmados). En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 60 fracción I y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, para su debida publicación y observancia, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Morelia, Michoacán, a los 22 veintidós días del mes de abril de 2013 dos mil trece. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- LIC. FAUSTO VALLEJO FIGUEROA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO.- LIC. JOSÉ JESÚS REYNA GARCÍA. (Firmados).