AJUNTAMENT D`ALTEA

Transcripción

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de infracciones de tráfico la ampliación del cuadro de infracciones y sanciones en materia de
circulación de tráfico de las calificaciones jurídicas de los hechos descritos que, a continuación, se
relacionan; todo ello en base a la Ley 18/2009 sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y
NORMA
Art.
Apart
Opc.
RGC
94
1
1
RGC
171
5
C
RGC
171
5
B
RGC
171
5
A
RGC
91
2
5F
RGC
94
2
5G
Hecho
Estacionar el vehículo en zona reservada
para ciclomotores y/o motocicletas.
No
respetar
una
marca
amarilla
longitudinal continúa, situada en el bordillo
o al borde de la calzada, parando o
estacionando el vehículo.
No respetar el uso de un lugar señalizado en
la calzada con marca amarilla de zig-zag,
estacionando el vehículo en la misma.
Observaciones
No respetar la indicación de una marca vial
amarilla.
Estacionar en un vehículo en mediana,
separador, isleta u otro elemento de
canalización del tráfico
Estacionar en un carril reservado
exclusivamente para la circulación
Indicar la marca
vial.
Imp.
Tipo
80,00
L
80,00
L
80,00
L
80,00
L
80,00
L
80,00
L
Número: 2013-0103 Fecha: 26/04/2013
seguridad vial.
DECRETO
Resultando que según establece el art. 71.4 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a
motor y Seguridad Vial, “la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas
corresponderá a los preceptivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la
legislación aplicable.
En base a lo expuesto, RESUELVO:
PRIMERO: Aprobar, de conformidad con lo previsto en el Texto articulado de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de
noviembre, en el Reglamento General de circulación y en desarrollo de la ordenanza municipal de
Circulación, la ampliación del cuadro de infracciones y sanciones según la tabla anterior.
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Gabriel Fernández Fernández (1 de 2)
Alcalde-Presidente
Fecha Firma: 26/04/2013
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Antonio Fuentes Murcia (2 de 2)
Secretario
Fecha Firma: 29/04/2013
HASH: 04da268a95b543afd8877f319f7d8ed8
A instancias del Sr. Oficial Jefe de la Policía Local se ha propuesto al Instructor del departamento
SEGUNDO: Dar cuenta a la entidad SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA para que proceda a su
aplicación en el momento oportuno.
TERCERO: Dar cuenta del presente Decreto en la próxima sesión plenaria a celebrarse.
El Alcalde
( firma electrónica al margen)
Número: 2013-0103 Fecha: 26/04/2013
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DECRETO
Gabriel Fernández Fernández