renta garantizada de cuidadani aa - Comisiones Obreras

Transcripción

renta garantizada de cuidadani aa - Comisiones Obreras
INFORME ANEXO ACTUALIZACIÓN
JULIO 2016
RENTA GARANTIZADA DE CUIDADANIA
LOS SERVICIOS SOCIALES EN CASTILLA Y LEON.
CCOO de Castilla y León
Gabinete Técnico
RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA
ULTIMOS DATOS ACUMULADOS DISPONIBLES A 31 DE OCTUBRE DE 2015
La Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC), acordada en el marco del Diálogo Social, y
establecida como un derecho subjetivo para todas las personas que cumplan unos requisitos
determinados, es una realidad en nuestra Comunidad desde el 21 de diciembre de 2010.
Como puede verse en las siguientes tablas y gráficos, su implantación ha ido incrementándose
progresivamente dando respuesta a un número cada vez mayor de la población de Castilla y
León en situación de necesidad. Si bien sus comienzos fueron tibios, el trabajo de seguimiento y
la presión sindical ejercida en el marco del Diálogo Social, han procurado una serie de
modificaciones de la normativa en el sentido de flexibilizar el acceso que ha influido
directamente en el incremento de la cobertura de esta prestación, y que seguiremos adaptando
a las circunstancias sociales que se presenten en cada momento.
De hecho en el mes de marzo de 2015, se publicó el Acuerdo de complemento mediante Renta
Garantizada de Ciudadanía al subsidio parcial de desempleo, modificación que se propuso y
acordó en el ámbito del Diálogo Social, debido a la situación provocada por la reforma laboral
del Gobierno de Rajoy.
De la misma forma hemos seguido incorporando nuevas modificaciones en 2016 acordadas en el
Diálogo Social el 27 de enero, y aunque ya están vigentes mediante Decreto, falta un último
trámite que es la publicación de estas modificaciones mediante Ley.
Dichos cambios suponen una mejora cualitativa realmente significativa, principalmente por la
generación del derecho al mes de la solicitud y no a los tres meses como ocurría anteriormente.
Además de ampliar al compatibilidad y el complemento a cualquier prestación de protección por
desempleo, incluidos PIE, PAE, RAI, etc. la reanudación automática de la prestación después de
haber trabajado y que ahora solo se suspende el cobro durante un mes cuando no se sella la
tarjeta del paro, en vez de los nueve meses que había hasta ahora, fundamentan el tránsito
fluido entre el empleo y las prestaciones.
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Cuestiones importante a tener en cuenta han sido también la flexibilización en cuanto al
patrimonio y el refuerzo de la protección del derecho mediante la intervención del Procurador
del Común y la creación de servicios especializados en todas las Gerencias Territoriales para
orientar y ayudar tanto en la solicitud como en los recursos y reclamaciones. Todo ello supone
un verdadero avance.
Los datos que se presentan a continuación son los últimos datos que nos ha facilitado la
Gerencia de Servicios Sociales en la Comisión de Seguimiento de 15 de junio 2016. Como se
puede ver corresponden a diciembre del año pasado.
En 2015 se incrementan las prestaciones concedidas, aunque en 753 menos que en año anterior.
Así también las personas que se mantienen en nómina se incrementan en 1.050 personas,
mientras el año anterior el incremento fue de 2.454.
No sabemos con seguridad si esta disminución se debe a la ralentización de los efectos de la
crisis, o a los efectos de la contratación, tras la que no se haya podido recuperar la RGC. Esta
cuestión se irá aclarando con la aplicación de las medidas recientemente acordadas.
Tabla 1.- Datos acumulados de la Renta Garantizada de Ciudadanía desde 2011 a 2015.
RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANIA
DICIEMBRE
2011
DICIEMBRE
2012
DICIEMBRE
2013
DICIEMBRE
2014
DICIEMBRE
2015
SOLICITUDES
18.086
27.054
38.100
50.070
58.654
DENEGACIONES
9.057
14.139
19.992
27.140
32.072
6.426
9.736
14.191
19.366
23.788
5.282
5.865
8.309
10.763
11.813
537 €
540,15€
541,87€
540,21*€
536,13€
PRESTACIONES
CONCEDIDAS
PERSONAS QUE
SE MANTIENEN
EN NÓMINA
CUANTÍA
MEDIA
MENSUAL
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ANALISIS DESCRIPTIVO DE LOS DATOS.
Haciendo un análisis descriptivo de los datos acumulados a 31 de diciembre de 2015, aportados
en la última Comisión de Seguimiento de la RGC el 15 de junio, podemos determinar que el
número de solicitudes sigue incrementándose, tanto las que se resuelven positivamente, 23.788,
como las denegadas, 32.072.
Como se ha dicho, también se incrementa en 1.050 personas el número de titulares que se
mantienen en nómina 11.813; crecimiento que se queda en la mitad del que se produjo el año
pasado. Siendo este indicador el más significativo para valorar cómo evoluciona esta prestación,
podemos decir que el ritmo de crecimiento se va ralentizando ya que el año anterior la subida
fue de en torno a un 25%, mientras este año no llega al 10%.
Gráfico 1.- DATOS ACUMULADOS DESDE DICIEMBRE DE 2010 A DICIEMBRE DE 2015.
TOTAL SOLICITUDES
58.654
SOLICITUDES
RESUELTAS
55.860 (95,24%)
CONCEDIDAS
23.788
(42,59%)
SOLICITUDES
EN TRÁMITE 2.794
(4,76%)
DENEGADAS
32.072
(57,41%)
NÓMINA DICIEMBRE
11.813 TITULARES
De entre las solicitudes resueltas, el peso de las que han sido denegadas es muy significativo,
más de la mitad de las solicitudes presentadas son denegadas: el 57,41%, frente al 42,59% de las
que han sido concedidas.
Otra peculiaridad de esta prestación es que de 23.788 concedidas, se mantienen como
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perceptores 11.813, el 49%, el resto han dejado de percibir RGC por diferentes motivos.
A continuación se detallan las causas de denegación, entre los que sobresalen: quienes tienen
medios económicos o patrimoniales mas altos de los establecidos en los requisitos de acceso (un
31,44%, 10.083 personas), quienes no han sido localizados o desisten de completar la solicitud
(el 30,92%, 9.917 solicitantes) o quienes no son solicitantes de empleo en las oficinas del ECyL
(20,47%, 6.565 personas).
Gráfico 2.- CAUSAS DE DENEGACIÓN.
DENEGADAS
32.072 (57,41%)
EL 31,44% (10.083) TENER MEDIOS ECONÓMICOS (INGRESOS Y/O PATRIMONIO)
EL 30,92% (9.917) HA DESISTIDO (NO CONTESTA O CONTESTA DE FORMA
INCOMPLETA A LA SUBSANACIÓN) O NO HA SIDO LOCALIZADO (NI EN SU DOMICILIO NI
A TRAVÉS DEL BOCYL).
EL 20,47% (6.565)
EL 6,09% (1.953)
NO SER SOLICITANTES DE EMPLEO
TENER DERECHO A OTRAS PRESTACIONES PÚBLICAS
PREVIAS A LA RGC.
RESUELTAS
44.567 (92,27%)
EL 4,65% (1.491) INCUMPLIR REQUISITOS DESTINATARIO ÚNICO O DE LA
UNIDAD FAMILIAR
El 3,86% (1.228) NEGARSE A COLABORAR Y FIRMAR EL PROGRAMA INDIVIDUAL
DE INSERCIÓN
EL 1,58% (507) NO RESIDIR O NO ESTAR EMPADRONADO EN CASTILLA Y LEÓN
EL 0,74% (237) NO ESCOLARIZAR A LOS MENORES
EL 0,27% (86.59)
RESIDIR EN UN CENTRO ASISTENCIAL
CONCEDIDAS
23.788 (42,59%)
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Gráfico 3.- Causas de denegación en porcentajes.
Una vez modificados los requisitos en cuanto a patrimonio, en el futuro veremos a
través de este parámetro cuál es el alcance de esta variable.
En cuanto a la segunda causa, seguiremos insistiendo en simplificar la solicitud por lo que
pueda estar influyendo una tramitación tan compleja.
PERFILES DE LAS PERSONAS TITULARES 1 DEL CONJUNTO DE PRESTACIONES
CONCEDIDAS 2
En cuanto al perfil de las personas titulares destaca el hecho de que el 58,31% son mujeres
(13.871), mientras los hombres suponen el 41,69% (9.917). Podemos suponer que esto se debe
a las menores posibilidades de empleo y a la menor disposición de recursos y/o patrimonio de
las mujeres.
En cuanto a los grupos de edad que se acogen mayoritariamente a la RGC destacan los
comprendidos entre 36 y 45 años, seguidos por el de 46 a 55, lo que supone que se han
1
TITULAR: Es la persona solicitante de la prestación.
Personas BENEFICIARIAS: Son todas las que integran la unidad familiar o de convivencia.
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Las PRESTACIONES CONCEDIDAS a 31 de Octubre de 2014 eran 18.551
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retrasado las edades, respecto al año anterior. En lo que respecta al lugar de residencia, son
mayoría quienes residen en el medio urbano, casi un 62,96% del total de las personas titulares.
Gráfico 4.- Distribución porcentual de las personas titulares hasta diciembre de 2015 por sexos.
Gráficos 5 y 6. Distribución de las personas titulares hasta diciembre de 2015, por edad y por
tipo de hábitat.
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En relación al número de personas que componen las unidades familiares o de convivencia
destaca el altísimo porcentaje de personas solas: 9.611 (el 40,4%), mientras las unidades
familiares de dos (4.538), tres (4.029) o cuatro (3.125) miembros suponen el 49,15% (11.692). El
10,45% (2.485) restante son unidades de cinco o más personas.
Gráfico 7.- Distribución de las personas titulares hasta diciembre de 2015, por número de
miembros de la unidad familiar.
En párrafos anteriores, señalábamos que un porcentaje importante ha dejado de recibir Renta
Garantizada de Ciudadanía (el 50,34%), por diferentes motivos. Los más frecuentes son:
Incorporarse a la actividad laboral (aunque sea por un período corto) el 32,73% (3.952),
incumplir el proyecto individualizado de inserción en cualquiera de los compromisos adquiridos
y por cualquiera de los miembros de la unidad familiar, el 20,02% (2.397) y tener derecho a otra
prestación pública, el 18,89% (2.262).
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Gráfico 8.- Motivos por los que se deja de percibir la Renta Garantizada de Ciudadanía.
Los tres primeros motivos tienen unos porcentajes muy elevados, que creemos se podrán
corregir en un futuro tras las modificaciones aprobadas en el Diálogo Social el 27 de enero,
ya comentadas anteriormente.
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Tabla 2.- OTROS DATOS DE LA RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA.
Cuantía básica de la RGC (80% del IPREM)
426€/mes
Cuantía máxima de la prestación (130% del IPREM)
692€/mes
Cuantía media acumulada percibida por los titulares de RGC
Expedientes a los que la RGC complementa los ingresos
Cuantía media de la prestación abonada como complemento
Expedientes en los que se complementa la renta con ayudas a vivienda
Cuantía media de RGC cuando hay complemento por vivienda
Gasto en prestaciones (de enero a diciembre 2015)
536,13€/mes
4.669
381,80€/mes
1.948
488,68€/mes
72,97 M€
EVOLUCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS.
El hecho de que la Renta Garantizada de Ciudadanía esté regulada como un derecho subjetivo,
determina la obligada provisión por parte de la Administración Regional para garantizar la
disponibilidad presupuestaria y cubrir toda la demanda existente.
Por ello, se acuerdan presupuestos de referencia que en caso de ser necesario, es obligado
incrementar. Pues bien, dichos presupuesto iniciales se han ido incrementando año tras año,
aunque en el año 2010, no se pudo ejecutar el presupuesto acordado en el Diálogo Social,
trasladándose esa partida al año 2011, puesto que se retardó la reglamentación de la RGC hasta
diciembre de aquel año. Así ya, desde el año 2011 se ha pasado de una partida de 28 Mill/€
ejecutados hasta los 72.970.000 ejecutados en el año 2015; lógicamente tras diversas
modificaciones de la normativa de RGC. Destaca cómo el año 2015, en el que el presupuesto
sobre el año anterior sólo se presupuestó un 3,38 %más sobre el año anterior; en realidad en la
ejecución se incrementó el gasto en RGC un 37, 16 %.
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Tabla 3.- Evolución de los presupuestos de la RGC de 2010 a 2015
AÑO
RENTA GARANTIZADA
DE CIUDADANÍA EN
PRESUPUESTOS
INCREMENTO
ANUAL
RENTA GARANTIZADA DE
CIUDADANÍA (crédito
definitivo)
INCREMENTO
RESPECTO AL
CRÉDITO INICIAL
2010
27.000.000
107,69 %
16.430.000
-39,15
2011
27.000.000
0,00 %
28.000.000
3,70
2012
32.254.523
19,46 %
35.464.523
9,95
2013
43.000.000
33,3%
46.600.000
14,34
2014
53.200.000
23,7%
61.000.000
16,66
2015
55.000.000
3
3,38%
72.970.000
32,67
2016
69.000.000
25,45%
En la tabla se ve el incremento de la partida presupuestaria de RGC, que en ocasiones necesita
de un fuerte incremento, incluso sobre el presupuesto inicial, destacando el año 2015 donde
hubo que pasar del escaso incremento del 3,38 % sobre presupuesto del año anterior; al
incremento sobre el 2014 del 37,16 % que supuso la ejecución de los 72.970.000
CONCLUSIONES Y PROPUESTAS
En la aplicación de la Renta Garantizada de Ciudadanía se observa que tanto en lo que atañe a
las solicitudes denegadas como a las personas que dejan de ser titulares del derecho, las tres
primeras causas tienen unos porcentajes muy altos y muy diferenciados del resto. Entre los
motivos de denegación se encuentran: tener ingresos o patrimonio más altos de lo que se exige
en los requisitos, haber desistido de completar la documentación de solicitud o no localizar a
quien solicita RGC cuando se le reclama más documentación, así como no ser solicitante de
empleo. Y entre las razones por las que se deja de ser titular de RGC están: encontrar un
empleo, no cumplir con los Proyectos Individualizados de Inserción o tener derecho a otra
prestación pública.
Confiamos en que, con las modificaciones introducidas en la normativa a partir del último
Acuerdo del Diálogo Social, esas limitaciones se vean corregidas y sirvan para que mayor
número de personas puedan acceder a la prestación, así como para que a través de la
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A esta cantidad se incorporaron otros 5 M/€ del Fondo de Facilidad Financiera.
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complementariedad entre prestaciones públicas y la reanudación automática de la RGC, tras un
periodo de trabajo, se pueda hablar de un tránsito fluido entre la actividad laboral y la
prestación, de forma que menos gente tenga que dejar de percibir la RGC
Hemos modificado los requisitos patrimoniales que van a contabilizarse a la hora de establecer
si una persona tiene derecho a RGC o no, pero no en la medida que hubiéramos deseado y por
tanto, quizá siga siendo uno de los principales motivos que impidan el acceso a la prestación. Por
eso, estaremos vigilantes para ver si es un obstáculo a remover en un futuro.
También haremos un seguimiento muy estrecho de la implantación y funcionamiento de los
servicios especializados de orientación y apoyo en la realización de trámites y reclamaciones que
han de establecer en todas las Gerencias Territoriales. Así mismo, observaremos con atención
cómo se materializa el refuerzo y protección del derecho que ha de establecerse a través del
Procurador del Común.
Por otra parte, los datos ponen de manifiesto que el peso de las personas perceptoras que viven
solas es muy significativo, frente a las que viven con otras. Entendemos que esto es debido a la
imposibilidad de acceder a RGC de las personas que se han visto afectadas por la crisis y han
regresado a casa de sus familiares y que pese a no tener ingresos no pueden solicitar RGC,
debido al computo de ingresos de toda la unidad familiar. Esta “reunificación familiar” provoca,
en determinados casos, un empobrecimiento de la unidad acogedora e impide acceder a
quienes regresan al núcleo familiar y también a la nueva unidad conformada, si en ella no hay
menores. Sería el caso por ejemplo, de hermanos que se ven obligados a convivir o de madres
viudas pensionistas que acogen a sus hijos o hijas sin descendencia, etc. Por ello se ve necesario
que para el futuro sopesemos alguna modificación sobre la composición de las unidades
familiares con derecho a RGC.
Además, seguiremos insistiendo en la necesaria simplificación de la tramitación y la gestión de la
solicitud, en especial en lo que atañe a la documentación requerida a las personas de origen
extranjero, dada la especial dificultad que entraña para estas personas reunir la documentación
de su país, y el coste económico añadido que supone.
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