2.- ANEXO II LSV-TABLA DE PÉRDIDA DE PUNTOS
Transcripción
2.- ANEXO II LSV-TABLA DE PÉRDIDA DE PUNTOS
........ Actualización en la normativa de tráfico- Anexo II Ley de Seguridad Vial. TABLA DE INFRACCIONES QUE LLEVAN APAREJADA PÉRDIDA DE PUNTOS INFRACCIONES QUE LLEVAN APAREJADA LA PÉRDIDA DE PUNTOS: 6 PUNTOS: Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida, con valores superiores a 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad superiores a 0,30 mg/l). *1) Ver artículo 20 del RGC/art. 12.1 LSV. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. *2) Ver artículo 27 del RGC/ art. 12.1 LSV. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. *3) Ver artículos 21 y 28 del RGC/ art. 12.2 LSV. Conducir de forma temeraria. *4) Ver artículo 3 del RGC/ art. 9.2 LSV. Circular en sentido contrario al establecido. *5) Ver artículos 29, 30 y 35 del RGC/ art. 13 LSV. Conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas. *6) Ver artículo 55 del RGC/ art. 20.5 LSV. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar. *7) Ver artículo 18.3 del RGC/ art. 11.6 LSV. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. *8) Ver artículo 120 del RGC/ art. 48 LSV. Tomás Romero, Inspector Unidad de Motoristas, P. Local de Zaragoza. psicotrópicos, Pág. 1 ........ Actualización en la normativa de tráfico- Anexo II Ley de Seguridad Vial. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. *9) Ver artículo 18.3 del RGC/ art. 11.6, 65.5 m) y 84 LSV. Sobrepasar la velocidad máxima autorizada, de acuerdo don el Anexo IV de la LSV. *10) Ver artículos 48, 50 y 52 del RGC/ art. 19 LSV. 4 PUNTOS: Conducir con una tasa de alcohol superior con valores superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l aire espirado (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). *11) Ver artículo 20 del RGC/art. 12.1 LSV. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello. *12) Ver artículo 60 de la LSV y artículos 1.1 y 4 del RG de Conductores. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación. *13) Ver artículo 6 del RGC/ art. 10.4 LSV. Sobrepasar la velocidad máxima autorizada, de acuerdo don el Anexo IV de la LSV. *14) Ver artículos 48, 50 y 52 del RGC/ art. 19 LSV. Incumplir las disposiciones sobre prioridad de paso. *15) Ver artículo 56 a 66 del RGC/ art.21 a 25 LSV. Incumplir la obligación de detenerse ante la señal de stop. *16) Ver artículo 151.2-169 b) del RGC/ art. 53.1 LSV. Incumplir la obligación de detenerse ante la señal de ceda el paso. *17) Ver artículo 151.2-169 a) del RGC/ art. 53.1 LSV. Incumplir la obligación de detenerse ante los semáforos con la luz roja encendida. *18) Ver artículo 146.1 del RGC/ art. 53.1 LSV. Incumplir las disposiciones legales del adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. *19) Ver artículos 84, 85 y 87.1 del RGC/ art. 32 a 37 LSV. Tomás Romero, Inspector Unidad de Motoristas, P. Local de Zaragoza. Pág. 2 ........ Actualización en la normativa de tráfico- Anexo II Ley de Seguridad Vial. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. *20) Ver artículo 85.4 del RGC/art. 34.4 LSV. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. *21) Ver artículo 80.3 del RGC/ art.31.3 LSV. No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación. *22) Ver artículo 143 del RGC/ art. 53.1 LSV. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. *23) Ver artículo 54 del RGC. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. *24) Ver artículo 87 LSV. 3 PUNTOS: Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente. *25) Ver artículo 78 del RGC/ art. 28 LSV. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción, o utilizar manualmente dispositivos de teléfono móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. *26) Ver artículo 18.2 del RGC/ art. 11.3 LSV. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. *27) Ver artículos 116 a 119 del RGC/11.4 y 47 LSV. 2 PUNTOS: Sobrepasar la velocidad máxima autorizada, de acuerdo don el Anexo IV de la LSV. *28) Ver artículos 48, 50 y 52 del RGC/ art. 19 LSV. Tomás Romero, Inspector Unidad de Motoristas, P. Local de Zaragoza. Pág. 3