registro horas tiempo parcial

Transcripción

registro horas tiempo parcial
Actualización: se incorpora una nueva opción para el Registro de horas en
contratos a tiempo parcial.
Consideraciones previas
El Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la
contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores modifica el
Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en los apartados 4 y 5 del artículo
12 y entre otros, establece:
“…h) La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y
se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el
recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes,
tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.
El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de
jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.”
Para cumplir con esta obligación hemos elaborado un documento para que se
pueda entregar a las empresas y de esta forma registren día a día las jornadas
a tiempo parcial.
Si tiene cualquier duda sobre su obligación o su exigencia, rogamos contacte
con la administración.
Nueva opción
En Proceso Nóminas > Registro Horas Tiempo Parcial.
Opción de impresión del formulario.
Solo Formulario (Sin datos trabajadores):
• Activado: con esta opción podrá listar un formulario que únicamente
incluirá los datos de la empresa. Puede indicar un rango de empresas.
•
Desactivado: Se imprimirá un documento por cada trabajador. Se
solicitará el mes y solamente se listarán aquellos trabajadores que
tengan contrato a tiempo parcial en dicho mes. En este caso si se
trata de una única empresa podrá seleccionar un rango de operarios.
Incluir columnas de horas de entrada y salida: con esta opción se muestra una
columna con Entrada y Salida para indicar diariamente las horas de las
mismas. Se muestra como opción porque aunque en el RD menciona
únicamente jornada, varios cliente habéis comentado que Inspección de
Trabajo requiere como tal, la hora de entrada y salida firmada cada día.
¿Desde cuando es obligatorio este registro?
Desde 1 de enero de este año. Recuerde que en las nóminas en la parte
inferior en contratos a tiempo parcial se muestra el total de horas y puede
activar en Datos Empresa>Datos Auxiliares (f3) la opción de Mostrar desglose
de tipo de días en recibos.
De esta manera en cada nómina en la parte inferior se muestra el total de
horas y la jornada:
¿Es necesario este nuevo documento si en las nóminas ya muestro
este desglose?
Según lo comentado por clientes en relación a las actuaciones de Inspección de
Trabajo en las que indican que es obligatorio que se registre día a día el total
de horas y la hora de entrada y salida, entendemos que sí es necesario este
documento.
Por tanto, siguiendo este criterio el empresario necesita en su poder dicho
documento al inicio del mes para registrar la jornada y que el trabajador la
firme cada día. Además como la nómina se confecciona a posteriori y no se
indica la hora de entrada y salida, no sería suficiente con esa información.