CASO POSIBLE USO DE INFORMACION PRIVILEGIADA
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CASO POSIBLE USO DE INFORMACION PRIVILEGIADA
Caso: Uso de información privilegiada Esperanza Hernández Avendaño Cartagena, septiembre 13 de 2006 Índice 1. 2. 3. 4. Definición del caso Marco normativo básico Desarrollo Conclusión 1. Definición del caso • Evidenciar y probar que se usó la “información relevante” es fundamental. Por lo cual cada inicio de semana, como parte del monitoreo del mercado, se efectúa un proceso denominado Bandas de Bollinger. para las especies que reportaron información relevante la semana inmediatamente anterior. • A través de este proceso, se obtiene la sumatoria del monto total transado diario de una especie, el precio promedio ponderado diario, el precio promedio alto y el precio promedio bajo. • Cuando se detectan volúmenes diarios más elevados que los normales antes de la fecha en que se da a conocer la información relevante al público, se sospecha de un posible uso de información privilegiada. 1. Definición del caso Bandas de Bollinger acción sociedad X Información relevante 17 de agosto 2006 1. Definición del caso Información relevante en el caso: • El 17 de agosto a las 9:00 a.m. un emisor anuncia públicamente y a la Superintendencia Financiera, la fusión de su compañía con otra, lo que el mercado percibe como un evento favorable para las dos entidades. • A partir de la hora de la noticia más algunos minutos después (9:20) se realiza el estudio de los inversionistas compradores netos. Índice 1. 2. 3. 4. Definición del caso Marco normativo básico Desarrollo Conclusión 2. Marco normativo básico Resolución 400 de 1995: Art. 2.2.9.3.- Obligaciones. La sociedad comisionista de bolsa tendrá entre otras, las siguientes obligaciones con la sociedad asesorada: (…) 4. Abstenerse de utilizar información privilegiada en beneficio propio o de terceros, Art. 2.2.19.4.- Adicionado. Res. 803 de 2001, art. 1°. Prohibiciones. 1. Celebrar otras operaciones por cuenta propia con valores respecto de los cuales haya suscrito y tenga vigente contratos de liquidez de los que trata el presente capítulo. 2. Discriminar entre accionistas o grupos de accionistas al ejecutar las operaciones. 3. Intervenir indebidamente en los procesos de formación de precios. 4. En general, efectuar operaciones que atenten contra los sanos usos y prácticas del mercado. Art. 2.4.6.2. Modificado Res. 470 de 16 de junio de 2005, art. 22. Adicionado. Res. 70 de 2001, art. !°. Separación de actividades y manejo de información. Las sociedades legalmente habilitadas para desarrollar actividades adicionales a la administración de fondos deberán adoptar (…), para evitar conflictos de interés y uso indebido de información privilegiada, incluyendo la reserva o confidencialidad que sean necesarias. Los procedimientos concretos se harán constar en manuales que se llevarán para el efecto. Índice 1. 2. 3. 4. Definición del caso Marco normativo básico Desarrollo Conclusión 2. Desarrollo • Lista de inversionistas compradores netos: Inversionista Compras # Ventas Acciones # del 8 al 17 Acciones agosto del 8 al 17 agosto Inversionista A Inversionista B Inversionista C Inversionista D Inversionista E Inversionista F Inversionista G Inversionista H 100,000 80,000 70,000 65,000 60,000 58,600 58,100 40,000 12,000 70,000 500 1,000 65,000 38,000 Neto - 100,000 68,000 65,000 59,500 57,600 6,900 2,000 Ventas # Acciones Después de inf eventual 18 al 25 de agosto 80,000 40,000 70,000 59,000 28,000 - 2. Desarrollo • Lista de inversionistas compradores netos a estudiar (los señalados con amarillo quedaron comprados neto) Inversionista Compras # Ventas Acciones # del 8 al 17 Acciones agosto del 8 al 17 agosto Inversionista A Inversionista B Inversionista C Inversionista D Inversionista E Inversionista F Inversionista G Inversionista H 100,000 80,000 70,000 65,000 60,000 58,600 58,100 40,000 12,000 70,000 500 1,000 65,000 38,000 Neto - 100,000 68,000 65,000 59,500 57,600 6,900 2,000 Ventas # Acciones Después de inf eventual 18 al 25 de agosto 80,000 40,000 70,000 59,000 28,000 - 2. Desarrollo Para todos los inversionistas con compras menos ventas (neto) mayor que cero, se efectúan los cruces descritos a continuación: • Inversionistas que sean operadores o administradores de intermediarios del mercado. • Coincidencia de por lo menos uno de los apellidos, para conformar un posible grupo familiar. • Para los mayores compradores netos sociedades jurídicas, se averigua: nombre de socios, junta directiva, gerente y representantes legales. Estos nombres se cruzan con los de la lista de inversionistas compradores netos. 2. Desarrollo • Se identifican las entidades vigiladas que hayan comprado neto en posición propia (para el caso en estudio esto no ocurrió). • Se identifican los intermediarios a través de las cuales se realizaron las operaciones y los traders, cada uno con su respectiva participación. 2. Desarrollo Otra información investigada previamente: • A través de qué intermediarios se realizaron las operaciones de compra y venta. En el caso ejemplo a través de A, B, C, D y E. Participación intermediario SCBA 19% Otras 32% SCBB 12% SCBE 17% SCBD 9% SCBC 11% 2. Desarrollo SCB SCBA SCBB SCBC SCBD SCBE NOMBRE OPERADOR PEPE JESUS LOLA JUAN MIRIAM MARIO DARIO ANGELA SAULO ISMAEL PEDRO JUAN PART. % EN SCB 31% 8% 7% 39% 12% 35% 15% 9% 22% 17% 42% 18% TOTAL 46% 51% 59% 39% 60% 2. Desarrollo • El cuadro anterior contiene los intermediarios y traders que más participaron en las operaciones de compra antes de la información relevante. Se identifica la relación que pueden tener esos nombres con la lista de inversionistas compradores netos y la lista de personas que conoció la información antes de ser revelada. • Con la información recolectada se planea la visita a las entidades objeto de fusión con el fin de determinar la lista de personas que conocieron la información relevante antes de darse a conocer al público. • En la visita se entrevista bajo juramento a los presidentes de las entidades objeto de fusión, se solicitan las últimas actas de junta directiva, inclusive las que se encontraban en borrador. • De la declaración del presidente, se determina que el conocimiento de la fusión estuvo siempre en la junta directiva de la sociedad X. • Se entrevista bajo juramento al presidente de la junta directiva. Índice 1. 2. 3. 4. Definición del caso Marco normativo básico Desarrollo Conclusión 3. Conclusión En este caso: • De la declaración del presidente de la junta directiva y de las actas de la misma se obtuvieron los nombres de las personas que conocieron el tema y la fecha en la cual contaban con esa información. • Se cruzó la lista de nombres de las personas que conocieron las información con la lista de compradores netos para establecer alguna relación. • Se observó el comportamiento de estas personas, como inversionistas de la acción de la sociedad X y otras acciones. 3. Conclusión • El resultado del cruce fue: – El inversionista A, es un ex empleado de la sociedad X. – El inversionista B y el F son familiares, no tenían inversiones en acciones antes. – Inversionista E es familiar de un miembro de junta directiva. – Inversionista D está en posible contacto con la firma asesora contratada para adelantar la valoración de la empresa y su negociación inicial. Por lo tanto, se inicia el proceso administrativo - sancionatorio.