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Transcripción

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SOLICITUD DE CONTRATO DE PREVENCIÓN AUTÓNOMO
(trabajador autónomo sin centro de trabajo)
*Datos personales
Apellidos
Nombre
NIF
Actividad
Dirección
Población
C.P
Teléfono
email
Fecha
PREVENCIÓN AUTÓNOMOS
Asesoría Laboral
Marque la opción de contratación que desea
Prevención Autónomo
198 € (IVA/IGIC no incluido)
Sólo Prevención Técnica
138 € (IVA/IGIC no incluido)
Sólo Vigilancia de la Salud
60 € (IVA/IGIC no incluido)
Datos bancarios
La prestación inicial del servicio requiere el pago anticipado mediante transferencia a la cuenta
bancaria del Banco Santander: ES77-0049-1806-99-2412016227
(es necesario aportar el justificante de la transferencia el día que acuda a la cita)
Para la renovación anual del concierto de prestación de servicio, por favor, cumplimente sus
datos bancarios.
IBAN
Entidad bancaria
Sucursal
DC
Número de Cuenta
Enviar a: Envíe este formulario a su interlocutor habitual de MC PREVENCIÓN o al email: [email protected]
*Los datos facilitados por usted, se incorporarán y serán tratados en un fichero con la finalidad de atender la presente relación
e informarle sobre nuestros productos y servicios. Los datos son confidenciales y de uso exclusivo de MC SPA SOCIEDAD DE
PREVENCIÓN, S.L.U. Responsable del Fichero, con domicilio en c/ Provença, 319, Pral. 1ª de Barcelona. Si lo desea, puede
acceder, rectificar, cancelar y oponerse al tratamiento de dichos datos mediante escrito dirigido al responsable de seguridad, a
la dirección anteriormente citada.
PREVEN C I Ó N
www.mc-prevencion.com
www.actitud24.com
902 20 30 40
Sociedad de Prevención Acreditada con n.º SP-011-B
Autónomo pero acompañado
Sabemos que como autónomo necesita trabajar con agilidad y eficiencia a corto plazo para
ser competitivo, por eso desde MC PREVENCIÓN hemos creado PREVENCIÓN
AUTÓNOMOS, para dar una respuesta ágil y adaptada a sus necesidades en
prevención de riesgos laborales.
¿Qué es?
PREVENCIÓN AUTÓNOMOS es la respuesta a una necesidad derivada del R.D. 171/2004
que exige la COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES y de la Ley 20/2007
del Estatuto del Trabajador Autónomo:
Art. 5 - Deberes profesionales básicos:
b) Cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud
laborales que la ley o los contratos que tengan presentes les
impongan, así como seguir las normas de carácter colectivo derivadas
.
del lugar de prestación de servicios.
Art. 8 - Prevención de Riesgos Laborales:
3. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades
trabajadores autónomos y trabajadores de otra u otras empresas, así
como cuando los trabajadores autónomos ejecuten su actividad
profesional en los locales o centros de trabajo de las empresas para las
que presten servicios, serán de aplicación para todos ellos los deberes
de cooperación, información e instrucción previstos en los apartados 1
y 2 del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales
¿Qué servicios incluye?
Evaluación de riesgos: nuestros técnicos le elaborarán la evaluación de riesgos
específica para su actividad profesional. En este documento se identifican y valoran las
posibles situaciones de riesgo que puedan existir en el lugar de trabajo, a partir del cuál
se establecen las medidas a eliminar.
Fichas informativas: es la documentación esencial para la coordinación de actividades
empresariales, se diseñan adecuando la información a los riesgos específicos que se han
detectado en la evaluación de riesgos y que pueden afectar a los trabajadores de otras
empresas.
Formación específica: para evitar los riesgos inherentes a la actividad laboral así como
para conocer los deberes y obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Reconocimiento médico laboral: la evaluación de riesgos permitirá a nuestro equipo
médico adaptar el reconocimiento médico a sus necesidades. Una vez realizado, con el
resultado de las pruebas realizadas, le entregaremos el correspondiente certificado de
aptitud.
Contrate según sus necesidades
Si lo sólo precisa la evaluación de riesgos, las fichas informativas y la formación, puede optar
por la contratación de estos productos técnicos.
Si ya dispone la correspondiente documentación técnica actualizada, y sólo precisa el
certificado de aptitud puede contratar únicamente el Reconocimiento médico
laboral.
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