“SALMOS”. - Empresas
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“SALMOS”. - Empresas
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MENSAJERÍA: “CLUB DE SALMOS”. REQUISITOS Y CONDICIONES. Artículo 1. El servicio Premium de mensajería “CLUB DE SALMOS”. pertenece a TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S.A., con cédula jurídica número 3-101-610198, empresa con domicilio en la ciudad de San José, Escazú, Edificio Telefónica, Centro Corporativo el Cedral, San Rafael. Artículo 2. Movistar es el único organizador del servicio el cual inicia a partir del día 01 de Abril del 2015 desde a las 00:00:01 horas (“Plazo de Participación”). Artículo 3. Podrán participar en el servicio todos los Clientes Prepago, Postpago y/o Control de Movistar que durante el Plazo de Participación dispongan de saldo de recarga y/o cuenten con su línea activa. Artículo 4. Para participar del servicio, el Cliente debe enviar un SMS sin costo al 9696 con la palabra clave Artículo 5. Una vez enviado el SMS de registro inicial, el suscrito recibirá un (1) mensaje de bienvenida gratuito con información importante de la mecánica del CLUB seleccionado. Artículo 6. El registro implica la aceptación del CLIENTE en el servicio para recibir un (1) SMS diario cobrado de la marcación 9696, el cual contendrá (1) un versículo o salmos de la biblia. El mensaje cobrado tendrá un costo diario de TRESCIENTOS (¢300) COLONES IVI. Artículo 7. Diariamente el usuario recibirá (1) un mensaje de texto con versículos o salmos bíblicos. Artículo 8. La prestación del servicio de suscripción al CLUB tiene una duración indefinida, pero la duración de la suscripción al CLUB es decisión del Participante, en tanto hasta no se dé de baja, el Participante permanecerá suscrito. En caso que el Participante no desee recibir más SMS del CLUB SALMOS, deberá enviar la palabra “BAJA” al código 9696. Artículo 9. Este servicio es válido y únicamente para personas físicas, no aplica para clientes corporativos. Artículo 10. Una vez realizada la suscripción al Club de Salmos el Cliente será responsable por el uso que le dé. Movistar no asumirá responsabilidad alguna por el manejo que se le dé a la información descargada y gestionada por los clientes. Artículo 11. El Participante AUTORIZA a Movistar el envío de cualquier información promocional y/o con fines de venta directa respecto de servicios, soluciones, ofertas, nuevos servicios y cualquier otra información, ya sea directamente relacionada con los servicios que ofrece Movistar, a través de correo electrónico, SMS, voz, plataforma de autogestión, llamadas automatizadas o cualquier otro medio. Sin embargo, el Participante tiene la posibilidad de suspender el envío de información promocional y/o con fines de venta directa en cualquier momento y sin costo alguno. Artículo 12. Movistar suspenderán en forma inmediata el presente servicio, sin asumir responsabilidad alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor. La suspensión de la Promoción por alguna o varias causas antes indicadas, será comunicadas por medio de su página web. “SALMOS”. Artículo 13. El reglamento y las modificaciones que existan a la Promoción se publicarán en la página web www.movistar.cr para que los Participantes puedan informarse sobre el contenido de los mismos. Artículo 14. El presente reglamento no obliga a Movistar con determinada persona o determinada colectividad sino solo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones. Artículo 15. Para mayor información o consultas se puede llamar al número 800-0001693 o al 1693
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