resumen del estándar
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resumen del estándar
Naturland Aplicación: 1) frutas y hortalizas frescas, 2) productos lácteos, 3) vino, 4) todo tipo de productos alimentarios y agrícolas, 5) bosques y productos forestales, 6) plantas, 7) ganado, 8) textiles, 9) productos de la acuicultura, 10) normas sociales. Antecedentes: A nivel internacional, las Normas Internacionales Básicas para Producción y Elaboración Orgánica creadas por la Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM) entregan un claro conjunto de pautas para la producción, elaboración, etiquetado y marketing de alimentos producidos de manera orgánica. Los estándares de IFOAM, en conjunto con los de Codex Alimentarius (básicamente obligatorios), se consideran mundialmente como mínimos para los productos orgánicos y la mayoría de los estándares de certificación orgánica interna están basadas (y acreditadas) en criterios de IFOAM. A nivel de la UE, existe regulación sobre producción orgánica (EEC 2092/91) y también varios estándares orgánicos nacionales (Ej. EKO en los Países Bajos, Agriculture Biologique en Francia y BIO-Siegel en Alemania). Los países también disponen de varias etiquetas orgánicas voluntarias privadas basadas en normas nacionales, de la UE y de IFOAM. Alemania, por ejemplo, tiene 20 etiquetas orgánicas privadas entre las que cuales las más conocidas son Naturland, Demeter y Bioland. El mercado del Reino Unido es dominado por la etiqueta privada de la UK Soil Association, que certifica más del 80% de los productos orgánicos vendidos en el país. Algunos estándares privados, como UK Soil Association y Naturland, también certifican la calidad orgánica de los bosques (reconocido por FSC). Los supermercados también pueden tener sus propias marcas de alimentos orgánicos. Algunos países, como Dinamarca no tienen esquemas privados, mientras que otros solamente usan un estándar privado, como KRAV, el estándar nacional de Suecia. Requisitos: Todas los estándares de producción orgánica exigen cultivo de productos agrícolas exentos de uso de plaguicidas y herbicidas a base de productos químicos, uso cuidadoso de fertilizantes (y fertilizante natural) y uso restringido o no uso de hormonas o antibióticos. Los requisitos básicos para comercializar productos orgánicos en la UE se pueden encontrar en la legislación de la UE (EEC 2092/91), sin embargo, si se pretende llegar a un mercado nacional en particular, también se deben investigar las especificaciones nacionales obligatorias. Los estándares privados, aunque no tienen obligatoriedad legal, a menudo tienen requisitos más exigentes que las normas obligatorias de la UE o que las leyes nacionales. La “Naturland Association for Organic Agriculture” (Naturland) fue fundada en 1982 en Alemania y es una de las organizaciones de agricultura orgánica más importante del país. Certificación/Etiqueta: Sí, certificación por parte de terceros con etiqueta. Las inspecciones son realizadas por organismos de inspección externos, aprobados por el estado. Asimilación: Naturland ha certificado a más de 36.000 agricultores y grupos de cooperación y es una de las principales asociaciones agrícolas de Alemania y el mundo. Fuera de la UE, trabaja principalmente con pequeñas organizaciones agrícolas orgánicas. Entre los productores que han obtenido certificación de Naturland se incluyen Bolivia (hortalizas y productos lácteos), Brasil, (café), Chile (vino), Guatemala (café y plátanos) y Perú (café y cacao). Beneficios: Obtener certificación de estándares privados puede ser un importante paso para los exportadores que venden sus productos orgánicos en la UE. La Directiva 2092/91 regula los productos agrícolas orgánicos en la UE. Bajo esta directiva, las importaciones de “terceros países” están sujetas a un sistema de reconocimiento o equivalencia. Sin embargo, obtener estatus de tercer país es difícil, actualmente, la UE sólo reconocen como equivalente los reglamentos orgánicos de Argentina y Costa Rica. Chile, por otro lado, postuló su inclusión en la lista de tercer país el año 2001 y desde ese momento ha realizado varias reuniones con representantes de la UE con el fin de analizar los requisitos y los métodos de cumplimiento, sin éxito hasta la fecha. Los exportadores de países sin estatus de “tercer país” deben ser certificados caso a caso por el país importador en cada operación, lo que implica enfrentar los distintos esquemas orgánicos de los países de la UE. En algunos países, los estándares privados son las etiquetas más importantes y poseen la mayor participación del mercado orgánico (Ej. Naturland en Alemania). Desafíos: Existen demasiadas normas privadas para los productos orgánicos, esto produce confusión a nivel del consumidor y aumenta los costos para los productores al tener que obtener distintas certificaciones. Vínculos: EEC 2092/91: http://europa.eu.int/eur-lex/en/consleg/main/1991/en_1991R2092_index.html Europa Orgánica: http://www.organic-europe.net/default.asp Naturland: http://www.naturland.de/englisch/frame_defs/framedef.html
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