resumen del estándar

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resumen del estándar
Naturland
Aplicación: 1) frutas y hortalizas frescas, 2) productos lácteos, 3) vino, 4) todo tipo de
productos alimentarios y agrícolas, 5) bosques y productos forestales, 6) plantas, 7)
ganado, 8) textiles, 9) productos de la acuicultura, 10) normas sociales.
Antecedentes: A nivel internacional, las Normas Internacionales Básicas para Producción
y Elaboración Orgánica creadas por la Federación Internacional de Movimientos de
Agricultura Orgánica (IFOAM) entregan un claro conjunto de pautas para la producción,
elaboración, etiquetado y marketing de alimentos producidos de manera orgánica. Los
estándares de IFOAM, en conjunto con los de Codex Alimentarius (básicamente
obligatorios), se consideran mundialmente como mínimos para los productos orgánicos y
la mayoría de los estándares de certificación orgánica interna están basadas (y
acreditadas) en criterios de IFOAM. A nivel de la UE, existe regulación sobre producción
orgánica (EEC 2092/91) y también varios estándares orgánicos nacionales (Ej. EKO en
los Países Bajos, Agriculture Biologique en Francia y BIO-Siegel en Alemania). Los países
también disponen de varias etiquetas orgánicas voluntarias privadas basadas en normas
nacionales, de la UE y de IFOAM. Alemania, por ejemplo, tiene 20 etiquetas orgánicas
privadas entre las que cuales las más conocidas son Naturland, Demeter y Bioland. El
mercado del Reino Unido es dominado por la etiqueta privada de la UK Soil Association,
que certifica más del 80% de los productos orgánicos vendidos en el país. Algunos
estándares privados, como UK Soil Association y Naturland, también certifican la calidad
orgánica de los bosques (reconocido por FSC). Los supermercados también pueden tener
sus propias marcas de alimentos orgánicos. Algunos países, como Dinamarca no tienen
esquemas privados, mientras que otros solamente usan un estándar privado, como
KRAV, el estándar nacional de Suecia.
Requisitos: Todas los estándares de producción orgánica exigen cultivo de productos
agrícolas exentos de uso de plaguicidas y herbicidas a base de productos químicos, uso
cuidadoso de fertilizantes (y fertilizante natural) y uso restringido o no uso de hormonas o
antibióticos. Los requisitos básicos para comercializar productos orgánicos en la UE se
pueden encontrar en la legislación de la UE (EEC 2092/91), sin embargo, si se pretende
llegar a un mercado nacional en particular, también se deben investigar las
especificaciones nacionales obligatorias. Los estándares privados, aunque no tienen
obligatoriedad legal, a menudo tienen requisitos más exigentes que las normas
obligatorias de la UE o que las leyes nacionales. La “Naturland Association for Organic
Agriculture” (Naturland) fue fundada en 1982 en Alemania y es una de las organizaciones
de agricultura orgánica más importante del país.
Certificación/Etiqueta: Sí, certificación por parte de terceros con etiqueta. Las
inspecciones son realizadas por organismos de inspección externos, aprobados por el
estado.
Asimilación: Naturland ha certificado a más de 36.000 agricultores y grupos de
cooperación y es una de las principales asociaciones agrícolas de Alemania y el mundo.
Fuera de la UE, trabaja principalmente con pequeñas organizaciones agrícolas orgánicas.
Entre los productores que han obtenido certificación de Naturland se incluyen Bolivia
(hortalizas y productos lácteos), Brasil, (café), Chile (vino), Guatemala (café y plátanos) y
Perú (café y cacao).
Beneficios: Obtener certificación de estándares privados puede ser un importante paso
para los exportadores que venden sus productos orgánicos en la UE. La Directiva 2092/91
regula los productos agrícolas orgánicos en la UE. Bajo esta directiva, las importaciones
de “terceros países” están sujetas a un sistema de reconocimiento o equivalencia. Sin
embargo, obtener estatus de tercer país es difícil, actualmente, la UE sólo reconocen
como equivalente los reglamentos orgánicos de Argentina y Costa Rica. Chile, por otro
lado, postuló su inclusión en la lista de tercer país el año 2001 y desde ese momento ha
realizado varias reuniones con representantes de la UE con el fin de analizar los
requisitos y los métodos de cumplimiento, sin éxito hasta la fecha. Los exportadores de
países sin estatus de “tercer país” deben ser certificados caso a caso por el país
importador en cada operación, lo que implica enfrentar los distintos esquemas orgánicos
de los países de la UE. En algunos países, los estándares privados son las etiquetas
más importantes y poseen la mayor participación del mercado orgánico (Ej. Naturland en
Alemania).
Desafíos: Existen demasiadas normas privadas para los productos orgánicos, esto
produce confusión a nivel del consumidor y aumenta los costos para los productores al
tener que obtener distintas certificaciones.
Vínculos:
EEC 2092/91: http://europa.eu.int/eur-lex/en/consleg/main/1991/en_1991R2092_index.html
Europa Orgánica: http://www.organic-europe.net/default.asp
Naturland: http://www.naturland.de/englisch/frame_defs/framedef.html

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