Medellín, 26 de Abril de 2016 Señor: ANONIMO
Transcripción
Medellín, 26 de Abril de 2016 Señor: ANONIMO
Medellín, 26 de Abril de 2016 Señor: ANONIMO Carrera 54 N 94 45 Barrio: Aranjuez Email: [email protected] Cuidad Medellín Asunto: Solicito de visita para verificar la construcción del cuarto piso ubicada carrera 54 94 45 Respectado Ciudadano: En ejercicio de la función de Control Urbanístico y en respuesta a la solicitud del asunto mencionado, y después de realizar la inspección ocular, se le informa lo siguiente que el predios, según el Acuerdo 48 de 2014, se encuentran ubicados en el polígono Z3_CN2_5, categoría de uso: áreas y corredores de baja mixtura 1. Realizada la consulta en el Sistema Royal del Municipio de Medellín, no se encontró licencia de construcción que ampare la legalidad de la vivienda. 2 En visita realizada al predio se pudo observar una edificación de cuatro pisos, de la cuales, el cuarto se están levantando muros divisorios en mampostería, y no tiene cubierta. 3. Los aprovechamientos Según acuerdo 048 del artículo 280 y 282 son: la densidad es de Viv/Ha 220 y una altura 4, y el índice de ocupación para el polígono de tratamiento Z1_CN2_5 en áreas de baja mixtura residencial predominante es del 60 % del área neta del lote. De acuerdo con lo anterior, se tienen las siguientes conclusiones: Debido a que se construyó el cuarto piso sin contar con la autorización previa de la Curaduría Urbana, Contravención al Decreto 1469 de 2010, se entregará este informe a la Inspección 2 de policía urbana para que procedan de acuerdo a sus competencias de acuerdo a la ley 810 del 2003 artículo 1.2 y 3. Se recomienda solicitar licencia de construcción ante cualquiera de las curadurías urbanas de Medellín, con el fin de legalizar la construcción del cuarto piso. Estamos a su disposición para cualquier precisión o aclaración al respecto. Atentamente, Copia: Inspección de la Zona 2 de policía villa del socorro Cll. 104B 48-60