Diapositiva 1 - Carrera de Médico Cirujano
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Diapositiva 1 - Carrera de Médico Cirujano
Subsecretaría de Innovación y Calidad Dirección General de Calidad y Educación en Salud Dirección de Políticas y Desarrollos Educativos en Salud Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina LA NOM-234-SSA1-2003 Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado médico como instrumento regulatorio para operar una política de seguridad del paciente Dra. Guadalupe Alarcón Fuentes Directora General Adjunta de Educación en Salud Mayo 2006 POLÍTICA DE: “Asignación de campos clínicos exclusiva a facultades y escuelas de medicina con programas educativos acreditados y en proceso de acreditación” OBJETIVO GENERAL: Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los alumnos durante la educación clínica, impulsando además, la calidad de la formación de médicos durante los ciclos clínicos e Internado de pregrado. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Hacer del ciclo iterativo: Calidad de la formación – Calidad de la prestación de servicios de salud, un círculo virtuoso. Impulsar la acreditación de planes y programas de estudio de la carrera de medicina Conformar el marco normativo en materia de utilización de campos clínicos, para ciclos clínicos e internado de pregrado. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Impulsar la certificación de los establecimientos de atención médica que participan en la formación de alumnos, promoviendo la calidad de los procesos educativos en salud Promover entre las instituciones de salud, la evaluación de los campos clínicos como escenarios educativos OTROS OBJETIVOS Coadyuvar escuelas de en la regulación de la apertura de medicina. Coadyuvar en la regulación de la admisión y matrícula de las facultades y escuelas de medicina. Contribuir, con los criterios que considerarán las autoridades educativas en el otorgamiento de Reconocimiento de Planes y Programas de Estudio de la Carrera de Medicina. Dar a conocer a la población la situación de la formación y el mercado de trabajo en el sector salud del médico general, mediante estrategias de difusión masiva. Marco normativo que sustenta la factibilidad de aplicación de la política: Artículo 4to. Constitucional . El derecho a la protección a la salud. Ley General de Salud. Atribuciones de la SSA en materia de formación, actualización y capacitación. Reglamento interior de la SSA, atribuciones de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, en materia de educación en salud. Convenios firmados SEP – COPAES, COPAESCOMAEM, SSA – SEP – COPAES, SSA – AMFEM y SSA-COMAEM que regulan y dan validez al proceso de acreditación. Marco normativo que sustenta la factibilidad de aplicación de la política: CONVENIO FIRMADO SSA – AMFEM Cuatro numerales hacen referencia a la acreditación Impulsar entre sus asociados la adhesión a la política de calidad. Brindará apoyo técnico a las facultades y escuelas miembros para que cumplan con el proceso de acreditación. Coadyuvar con la SSA para que se cumplan los tiempos perentorios y sus asociados logren la acreditación. Mantener informada a la Secretaría de Salud sobre el proceso de autoevaluaciòn de sus asociados y apertura de nuevos planes y programas de medicina. Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003 en materia de “Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2005 Numeral 5.4 “Las Instituciones de salud deben autorizar la utilización de sus campos clínicos unicamente a instituciones educativas que cuenten con planes y programas de estudio en medicina acreditados o en proceso de acreditación por organismos reconocidos por la SEP” Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los alumnos durante la educación clínica Asignar campos clínicos exclusivamente a facultades y escuelas de medicina que cuenten con programas educativos acreditados o en proceso de acreditación vigente (numeral 5.4) Solicitar que aquellos programas que utilizan campos clínicos y no cumplen con el requisito de una generación egresada, cuentan con la evaluación de apertura favorable para ser consideradas en “proceso de acreditación”. (numeral 5.4) Verificar que la utilización y programación de campos clínicos tenga como base un convenio de colaboración formalizado y vigente. (5.3) (atender de manera casuística los tiempos perentorios) Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los alumnos durante la educación clínica Constatar que las unidades sede de campos clínicos se encuentren preferentemente certificados o en proceso de certificación (criterio deseable, optativo para discriminación) (numeral 5.1) Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los alumnos durante la educación clínica Aplicar los indicadores de distribución: para ciclos clínicos e internado médico. (6.2, 6.3, 6.4 y 7.4) Grupos de 30 alumnos 5 alumnos por paciente y profesor 3 alumnos por consultorio (numeral 6.4 ) Un interno por cinco camas censables En ningún caso los alumnos pueden sustituir al personal de contrato. (numeral 5.7) Las instituciones de salud deberán evaluar los campos clínicos al menos una vez al año Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los alumnos durante la educación clínica La programación y distribución de campos clínicos se efectúe de manera coordinada entre las instituciones de salud y educación así como los propios servicios estatales de salud. (numeral 7.2) Co - responsabilidad de ambas instituciones, más los servicios estatales Impulsar la calidad de la formación de médicos en los ciclos clínicos e internado de pregrado. Supervisar la elaboración y cumplimiento del programa operativo (numeral 5.9) Cumplir con el perfil del profesor (numeral 5.11) Cumplir con los mínimos de infraestructura establecidos en la NOM; Áreas o servicios con hospitalización o consulta externa (Apéndice normativo A) Instalaciones de apoyo a la enseñanza: a ulas, biblioteca, hemeroteca, áreas de trabajo para uso didácticoasistencial. Responsable apartado I) de enseñanza. (Apéndice normativo A, Impulsar la calidad de la formación de médicos en los ciclos clínicos e internado de pregrado. Constatar que los campos clínicos para internado médico, cumplan con un mínimo de 30 camas, promedio de ocupación del 60%, servicios de hospitalización y consulta externa, auxiliares de diagnóstico, un médico responsable del control, asesoría y evaluación de los alumnos, personal médico legalmente responsable de los servicios diariamente, etc. (Apéndice normativo A) DIFUSIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INSTRUMENTACIÓN Comunicados remitidos por la Secretaría de Salud, Secretaría de Educación Pública, el IMSS, ISSSTE y Servicios Médicos de PEMEX 2 comunicados en 2005 uno en 2006 31 gobernadores de entidades federativas 32 secretarios de salud 54 rectores de instituciones de educación superior 78 directores de facultades y escuelas de medicina 15 directores de institutos nacionales de salud y hospitales descentralizados y adscritos a la Secretaría de Salud. al 17 de Abril de 2006 Instituciones Educativas Estado Públicas Privadas Total Acreditadas y Reacreditadas 25 15 40 En Proceso de Acreditación 17 5 22 No Acreditadas 6 4 10 Reciente Apertura 1 7 8 Sin Solicitud de Acreditación 1 2 3 50 33 83 Total GRACIAS Te invitamos a visitar la página Web de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, que en breve presentará EL OBSERVATORIO DE LOS RECURSOS HUMANOS EN SALUD!!! en: www.salud.gob.mx/unidades/dgces