Diapositiva 1 - Carrera de Médico Cirujano

Transcripción

Diapositiva 1 - Carrera de Médico Cirujano
Subsecretaría de Innovación y Calidad
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
Dirección de Políticas y Desarrollos Educativos en Salud
Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas
de Medicina
LA NOM-234-SSA1-2003 Utilización de campos clínicos para ciclos
clínicos e internado médico como instrumento regulatorio para
operar una política de seguridad del paciente
Dra. Guadalupe Alarcón Fuentes
Directora General Adjunta
de Educación en Salud
Mayo 2006
POLÍTICA DE:
“Asignación de campos clínicos exclusiva
a facultades y escuelas de medicina con
programas educativos acreditados y en
proceso de acreditación”
OBJETIVO GENERAL:
Garantizar la calidad de la atención médica, la
seguridad del paciente y la utilización debida de las
instalaciones y servicios que interactúan con los
alumnos durante la educación clínica, impulsando
además, la calidad de la formación de médicos durante
los ciclos clínicos e Internado de pregrado.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
 Hacer del ciclo iterativo: Calidad de la formación –
Calidad de la prestación de servicios de salud, un
círculo virtuoso.
 Impulsar la acreditación de planes y programas de
estudio de la carrera de medicina
 Conformar el marco normativo en materia de utilización
de campos clínicos, para ciclos clínicos e internado de
pregrado.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
 Impulsar la certificación de los establecimientos de
atención médica que participan en la formación de
alumnos, promoviendo la calidad de los procesos
educativos en salud
 Promover entre las instituciones de salud, la
evaluación de los campos clínicos como escenarios
educativos
OTROS OBJETIVOS
Coadyuvar
escuelas de
en la regulación de la apertura de
medicina.
Coadyuvar en la regulación de la admisión y
matrícula de las facultades y escuelas de medicina.
Contribuir, con los criterios que considerarán las
autoridades educativas en el otorgamiento de
Reconocimiento de Planes y Programas de Estudio de
la Carrera de Medicina.
Dar a conocer a la población la situación de la
formación y el mercado de trabajo en el sector salud
del médico general, mediante estrategias de difusión
masiva.
Marco normativo que sustenta la factibilidad de aplicación de
la política:
 Artículo 4to. Constitucional . El derecho a la
protección a la salud.
Ley General de Salud. Atribuciones de la SSA en
materia de formación, actualización y capacitación.
Reglamento interior de la SSA, atribuciones de la
Dirección General de Calidad y Educación en Salud, en
materia de educación en salud.
Convenios firmados SEP – COPAES,
COPAESCOMAEM, SSA – SEP – COPAES, SSA – AMFEM y
SSA-COMAEM que regulan y dan validez al proceso de
acreditación.
Marco normativo que sustenta la factibilidad de aplicación de
la política:
CONVENIO FIRMADO SSA – AMFEM
Cuatro numerales hacen referencia a la acreditación
Impulsar entre sus asociados la adhesión a la política de
calidad.

Brindará apoyo técnico a las facultades y escuelas
miembros para que cumplan con el proceso de
acreditación.
Coadyuvar con la SSA para que se cumplan los tiempos
perentorios y sus asociados logren la acreditación.
Mantener informada a la Secretaría de Salud sobre el
proceso de autoevaluaciòn de sus asociados y apertura
de nuevos planes y programas de medicina.
 Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003
en materia de “Utilización de campos clínicos
para ciclos clínicos e internado de pregrado”
Publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 6 de enero de 2005
 Numeral 5.4 “Las Instituciones de salud deben autorizar
la utilización de sus campos clínicos unicamente a
instituciones educativas que cuenten con planes y
programas de estudio en medicina acreditados o en
proceso de acreditación por organismos reconocidos
por la SEP”
Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la
utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los
alumnos durante la educación clínica
 Asignar campos clínicos exclusivamente a
facultades y escuelas de medicina que cuenten con
programas educativos acreditados o en proceso de
acreditación vigente (numeral 5.4)
 Solicitar que aquellos programas que utilizan
campos clínicos y no cumplen con el requisito de
una generación egresada, cuentan con la
evaluación de apertura favorable para ser
consideradas en “proceso de acreditación”.
(numeral 5.4)
 Verificar que la utilización y programación de
campos clínicos tenga como base un convenio de
colaboración formalizado y vigente. (5.3)
(atender de manera casuística los tiempos perentorios)
Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la
utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los
alumnos durante la educación clínica
 Constatar que las unidades sede de
campos
clínicos
se
encuentren
preferentemente certificados o en
proceso de certificación (criterio
deseable, optativo para discriminación)
(numeral 5.1)
Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del paciente y la
utilización debida de las instalaciones y servicios que interactúan con los
alumnos durante la educación clínica
 Aplicar los indicadores de distribución: para ciclos
clínicos e internado médico. (6.2, 6.3, 6.4 y 7.4)
 Grupos de 30 alumnos
 5 alumnos por paciente y profesor
 3 alumnos por consultorio (numeral 6.4 )
 Un interno por cinco camas censables
 En ningún caso los alumnos pueden sustituir al
personal de contrato. (numeral 5.7)
 Las instituciones de salud deberán evaluar los campos
clínicos al menos una vez al año
Garantizar la calidad de la atención médica, la seguridad del
paciente y la utilización debida de las instalaciones y servicios
que interactúan con los alumnos durante la educación clínica
 La programación y distribución de campos clínicos
se efectúe de manera coordinada entre las
instituciones de salud y educación así como los
propios servicios estatales de salud. (numeral 7.2)
Co - responsabilidad de ambas instituciones, más
los servicios estatales
Impulsar la calidad de la formación de médicos en los ciclos clínicos e
internado de pregrado.
 Supervisar la elaboración y cumplimiento del programa
operativo (numeral 5.9)
 Cumplir con el perfil del profesor (numeral 5.11)
 Cumplir con los mínimos de infraestructura establecidos en
la NOM; Áreas o servicios con hospitalización o consulta
externa (Apéndice normativo A)
 Instalaciones de apoyo a la enseñanza: a
 ulas, biblioteca,
hemeroteca, áreas de trabajo para uso didácticoasistencial.
 Responsable
apartado I)
de
enseñanza.
(Apéndice
normativo
A,
Impulsar la calidad de la formación de médicos en los ciclos clínicos e
internado de pregrado.
 Constatar que los campos clínicos para internado
médico, cumplan con un mínimo de 30 camas,
promedio de ocupación del 60%, servicios de
hospitalización y consulta externa, auxiliares de
diagnóstico, un médico responsable del control,
asesoría y evaluación de los alumnos, personal médico
legalmente responsable de los servicios diariamente,
etc.
(Apéndice normativo A)
DIFUSIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INSTRUMENTACIÓN
Comunicados remitidos por la Secretaría de Salud, Secretaría de
Educación Pública, el IMSS, ISSSTE y Servicios Médicos de
PEMEX 2 comunicados en 2005 uno en 2006
31 gobernadores de entidades federativas
32 secretarios de salud
54 rectores de instituciones de educación superior
78 directores de facultades y escuelas de medicina
15 directores de institutos nacionales de salud y hospitales
descentralizados y adscritos a la Secretaría de Salud.
al 17 de Abril de 2006
Instituciones Educativas
Estado
Públicas
Privadas
Total
Acreditadas y Reacreditadas
25
15
40
En Proceso de Acreditación
17
5
22
No Acreditadas
6
4
10
Reciente Apertura
1
7
8
Sin Solicitud de Acreditación
1
2
3
50
33
83
Total
GRACIAS
Te invitamos a visitar la página Web de la
Dirección General de Calidad y Educación en
Salud, que en breve presentará
EL OBSERVATORIO DE LOS RECURSOS
HUMANOS EN SALUD!!! en:
www.salud.gob.mx/unidades/dgces

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