procuracion general - Publicación de dictámenes Procuración General

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procuracion general - Publicación de dictámenes Procuración General
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROCURACIÓN GENERAL
2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Dictamen jurídico
C.E.E. 8.857.487-MGEYA-DGCACTYSV/2016.
SEÑORA SUBSECRETARIA
SUBSECRETARÍA MOVILIDAD SUSTENTABLE
ER
A
L
Vuelven las presentes actuaciones a esta Procuración de la
Ciudad de Buenos Aires con motivo del recurso interpuesto contra la Disposición N°
587-DGCACTYSV/2016 por el señor Jorge Agustín Alvarenga, quien se encontraba
vinculado con esta Administración bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicio,
cumpliendo tareas en el ámbito de la Dirección General de Tránsito y Transporte.
EN
Mi opinión es la siguiente:
G
I.- ASPECTO FORMAL
R
A
C
IO
N
En cuanto a este aspecto, la presentación que luce en el
orden 38 merece el tratamiento de recurso Jerárquico, de conformidad con lo establecido
en los artículos 112/113, siguientes y concordantes, de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y
Urgencia C - Nº 1.510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura N° 41/1998 (texto
consolidado por Ley Nº 5.454, BOCBA 4.799).
II.- ANTECEDENTES
C
U
En
el
orden
33
luce
el
Dictamen
Jurídico
IF-2016-16547213-DGEMPP, a cuyos antecedentes me remito "brevitatis causae".
Disposición
N°
PR
O
En
el
orden
36
obra
la
587-DGCACTYSV/2016, por la cual se rechazó la petición incoada.
Notificado el interesado del citado acto administrativo (orden
37), interpuso el recurso que me ocupa en el orden 38.
En este estado, se remitieron los actuados a mi consideración
(orden 42).
III.- ANÁLISIS DEL CASO
Tal
como
señalara
precedentemente,
este
IF-2016-22072385- -DGEMPP
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Órgano
Constitucional analizó oportunamente el planteo efectuado (ver orden 33).
En dichos pronunciamientos, se sostuvo que el causante al
someterse voluntariamente a los términos del contrato, conocía las cláusulas del mismo a
las que oportunamente acepto sin ningún tipo de reservas.
Por tal razón se expuso que, desconocer las condiciones
pactadas, seria ir contra sus propios actos ("Venire contra factum propium non valet").
Asimismo se expresó que el ingreso a la Administración se
formaliza mediante el concurso público abierto, de conformidad con las previsiones de la
Ley C - Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.454).
Atento lo manifestado, esta Procuración General entendió
que la petición efectuada, en cuanto a la supuesta relación laboral alegada, debería ser
rechazada.
Dicho criterio
587-DGCACTYSV/2016 (ver orden 36).
fue
recogido
por
la
Disposición
N°
Notificado el interesado del citado acto administrativo,
interpuso el recurso en examen.
Al respecto se observa que los argumentos vertidos no llegan
a conmover el criterio sustentado en la Disposición impugnada, por tal razón entiendo que
la pretensión no puede prosperar.
IV.- CONCLUSIÓN
En consideración a lo expuesto, corresponde elevar las
presentes para el dictado del pertinente acto administrativo que desestime el recurso
jerárquico interpuesto.
El acto administrativo a dictarse deberá ser notificado
conforme las pautas establecidas en el Capítulo VI. Notificaciones de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, consignando que agota la
vía administrativa y que únicamente puede interponerse el recurso previsto en el artículo
123 de la norma citada, dentro del plazo de diez (10) días hábiles.
En tal sentido me expido.
Procuración General,
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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROCURACIÓN GENERAL
2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
PP
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G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Hoja Adicional de Firmas
Dictamen jurídico
Número: IF-2016-22072385- -DGEMPP
Buenos Aires, Lunes 26 de Septiembre de 2016
Referencia: EX-8857487-PG-2016 (70522)
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Date: 2016.09.26 16:39:11 ART
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JORGE ENRIQUE DE LA CRUZ
Director General
D.G. DE EMPLEO PUBLICO (PGAAIYEP)
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