1 1 ENE - Asociación Perjudicados Fórum Madrid

Transcripción

1 1 ENE - Asociación Perjudicados Fórum Madrid
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Tengo el honor de acompañar con el presente escrito copia diligenciada
y compulsad a del Acuerdo adoptado en la reunión del Consejo de Ministros
'correspondiente al día 11 de enero de 2008 por el que se da cumplimiento al
mandato previsto en la disposición adicional segunda, párrafo primero, de la
Ley 43/2007, de 13 de diciembre, de protección de los consumidores en la
contratación de bienes con oferta de restitución del precio, ordenando la
remisión al Congreso de los Diputados del informe que contiene el balance de
las medidas adoptadas por el Gobierno hasta la entrada en vigor de dicha ley,
en defensa de los afectados por los procesos concursales de las entidades
Forum
Filatélico
y Afinsa.
EXCMO.SR.PRESIDENTEDELCONGRESODELOSDIPUTADOS
FranciscolCaamaño
Domínguez
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SANIDAD
DEECONOMIA
MINISTERIO
~CONSUMO~rCMo:
Y
y
DE
HACIENDA
MINISTERIO
ElGobierno,encumplimientodelmandatoprevistoenladisposiciónadicionalsegunda,párrafo
y
primero
de
la Ley
43/2007,
de
13 de
diciembre,
de
protección
de
los
consumidores
en
la
contratación de bienes con oferta de restitución del precio, acuerda remitir al Congreso de los
Diputados el informe que se adjunta en el anexo único sobre las medidas adoptadas hasta la
entrada
en vigQr de la refe~ida
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Madrid, 2 de enero
de 2008
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Madrid, 2 de enero
de 2008
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Cumpliendo
con lo establecido
Ley 43/2007,
en la Disposición
de 13 de diciembre,
de protección
Adicional
Segunda
de la
de los consumidores
en la
elaboradoelpresenteinforme.Enelmismo,seponedemanifiestoque,a
contratación de bienes con oferta de restitución de precio, el Gobierno ha
fecha
15 de diciembre,
plenamente
con las medidas
que el
de los Diputados instaba a adoptar en su Moción del 25 de mayo
Demodomuyesquemático,lasprincipalesmedidasadoptadashastala
Congreso
de 2006.
se ha cumplido
fecha
El15dediciembrede2007haentradoenvigorlanuevaLeyde
.
han sido las siguientes:
protección
oferta
de los consumidores
de restitución
en la contratación
del precio
(Ley 43/2007,
de bienes
con
de 13 de diciembre).
delapartemásdébildecontrato,elconsumidor,medianteel
Esta ley construye por primera vez un marco completo de regulación
para la comercialización
de este tipo de bienes, estableciendo
claramente las obligaciones de información y reforzando la protección
otorgamiento
de garantías
a su favor.
SehaestablecidounalíneaICOdeanticipos,auntipodeinterés
.
LalínealCOsepusosepusoenmarchaelpasado15dejuniode2007conlaremisióndeloscontratosfinancierosalasentidadesdecrédito.
del 00/0, de hasta 500 millones con el fin de contribuir a superar,
de manera transitoria, hasta tanto no finalice el procedimiento,
judicial, situaciones
económicas
difíciles para los afectados.
la fecha,
se han
incorporado
21
Entidades.
LaprimerapeticióndefondosallCOdeoperacionesformalizadasporpartedelasEntidadesdeCréditotuvolugarelpasado10dejulioy,hastael15dediciembrede2007sehabíanaprobado17.763operaciones(22.485acierrede2007)porunimportetotalde38,69millonesdeeuros(48,35millonesacierrede2007).ElConsejode
Hasta
de
vigencia
la
prorrogado
2007
de
diciembre
de
28
de
Ministros
Líneahastael31demarzode2008.2
la
ha
212728
.
Se ha aprobado el Real Decreto de 19 de mayo de 2006, de concesión
de subvenciones,
por un importe de 2 millones
de euros, a
asociaciones
de consumidores
para el apoyo y asesoramiento
de los afectados
por la situación de las empresas Afinsa y Forum
Filatélico.
A través de las organizaciones del Consejo de Consumidores y Usuarios
se representa a más de 118.798 afectados en el procedimiento penal,
aunque ha sido mucho mayor el número de afectados a los que han
asesorado.
.
Se ha puesta
en marcha,
mediante
Acuerdo del Consejo de Ministros
El29dejuniode2006seabrióunaOficinaComúndelMinisteriodeJusticiadeatenciónalosafectadosporloscasosForumFilatélicoy
de 19 de mayo de 2006, de una "ventanilla única" en la Audiencia
Nacional para que los afectados puedan agilizar sus denuncias.
Afinsa.
Se han constituido dos oficinas de apoyo para atender en exclusiva a la
tramitación de las Diligencias Previas 134/2006 del Juzgado Central de
Instrucción no 1 (Afinsa) y las Diligencias Previas 148/2006 del
Juzgado Central de Instrucción no 5 (Forum).
.
Se han impulsado
las solicitudes
del complemento
a mínimos
de
yFÓRUMFILATÉLICO,siemprequeno
aquellos pensionistas que, con pensiones inferiores a las mínimas
establecidas, no hubieran podido solicitarlo con anterioridad por tener
ingresos procedentes de AFINSA
ElInstitutoNacionaldelaSeguridadSocial(INSS)dioinstruccionesatodaslasdireccionesprovincialesdelINSSparaatenderalos
tengan otras fuentes de ingresos de capital que lo hagan incompatible.
pensionistas que se encuentren en esta situación y facilitar que se
dirijan a las oficinas de la Seguridad Social para solicitar el
Se
ha
creado
permanente
Comunidades
Sectorial
Usuarios,
una
Red
integrada
Autónomas,
de
Consumo,
a través
rápida
de
información
por
miembros
designados
en
y por
de
a mínimos.
miembros
la cual
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del complemento
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reconocimiento
212728
disponibler al objeto de facilitar a los ciudadanosr en particular a los
afectadosr
información
homogénea.
La Red Rápida de información, gestionada por el Instituto Nacional del
Consumo, e integrada por las Direcciones Generales de Consumo de las
Comunidades Autónomas, las Asociaciones de Consumidores y Usuarios
y el Ministerio de Sanidad y Consumo, empezó a funcionar el día 11 de
mayo y, a través de la misma' se han distribuido, para su ulterior
traslado a los afectados y otras administraciones competentes, más de
50 envíos sobre aspectos de interés para la información de los
afectados. Entre otras, las actuaciones judiciales relevantes para los
derechos de los consumidores; la información relevante a efectos de
plazo para la presentación de los créditos conforme a lo previsto en el
artículo 85 de la Ley concursal; la información facilitada por el Consejo
de Consumidores y Usuarios sobre las actuaciones de la administración
con cursa I de ambas entidades, a efectos del conocimiento de los
afectados sobre el procedimiento a seguir para el reconocimiento de los
créditos en ambos procedimientos
de concurso; la información sobre
Comunidades
Inf<?rmación
Autónomas
al Consumidorr
y
las
Oficinas
se ha dado
Municipales
información
de
puntual
sobre
la situación de los procedimientos
judiciales en cursar en los que
se depurarán las responsabilidades
penales y civiles de los imputadosr
así como la situación concreta de los afectados.
Todas las actuaciones diseñadas por el Gobierno han contado con las
autoridades competentes
en materia de consumo de las Comunidades
Autónomas
y han respetado el legítimo ejercicio por éstas de sus
respectivas competencias, logrando una actuación coordinada en apoyo
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a los afectados. Esta cooperación institucional tiene su expresión más
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precisa a través de la actividad de los órganos específicos
de
cooperación
ins tituciona I en materia de consumo:
la Conferencia
Sectorial de Consumo, la Comisión de Cooperación de Consumo y sus'
Grupos de Trabajo.
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EncolaboraciónconlasAsociacionesdeConsumidores,las
cuestiones de fondo y forma esenciales para la correcta defensa de los
intereses afectados; etc.
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LaDisposiciónAdicionalSegundadelaLey43/2007,de13ded0~,~~'\1\-'
11.OBJETODELINFORME
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Gobiernopresentará,enelplazodeunmesdesdelaentradaenvigorde
de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta
de .restitución de precio, estable~e en su apartado
primero que "el
la Ley, un informe
que contenga
el balance
de las medidas
adoptadas
por
concursalesdelasentidadesFórumFilatélicoyAfinsa."LaLey43/2007
el Gobierno hasta la entrada en vigor de la presente Ley en relación al
mandato aprobado por el Congreso de los Diputados, en su sesión del día
25 de mayo de 2006, en defensa de los afectados por los procesos
entró
en vigor
el informe
15 de diciembre
expira
el próximo
y, por tanto,
15 de enero
el plazo
para
de 2008.
LaMociónaprobadaporelCongresodelosDiputadosel25demayode
presentar
el pasado
instaba
al Gobierno
a:
en materia
de consumo,
1.ColaborarconlasComunidadesAutónomas,comoadministraciones;
2006
competentes
y con la Administración
de Justicia,
en las tareas de apoyo a los afectados con el fin de que éstos puedan
recuperar su patrimonio a través d~:
a) Los activos líquidos de los que dispongan las entidades depositarias.
b) Las pólizas de seguro que hayan suscrito las entidades.
c) Los activos mobiliarios e inmobiliarios de las entidades afectadas.
d) Los bienes y patrimonio personal de propietarios, administradores,
directivos y similares de las entidades afectadas que, en su caso, sean
declaradas responsables en los procesos judiciales que se sigan.
2. Colaborarcon la Administración de Justicia a fin de que los afectados
queden liberados de las obligaciones contraídas con las entidades Afinsa y
Fórum Filatélicoen re/ación con los productos comercializados por estas,
entidades.
3. Analizar la posibilidad de articular medidas que contribuyan a apoyar
financi~ramente
a los afectados,
tomando en consideración
tanto la
cuantificación de activos, bienes o pólizas, entre otros, de Afinsa y Fórum
Filatélico y de sus propietarios, administradores,
directivos o similares,
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comoladuracióndelprocesojudicialylassituacionesespej~itJnff!~jJ~)
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precarias
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que
puedan
encontrarse
los
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Entodocaso,seimpulsaránlassolicitudesdelcomplementoamínimosde
posibilidad de articular aquellas orientadas a conceder anticipas a c'tre.itta'1\ .
de los reembolsos que en su día se determinen por la Administración de
Justicia.
aquellos pensionistas
que, con pensiones
inferiores a las mínimas
establecidas, anteriormente no hubieran podido solicitarlo, de acuerdo con
la normativa aplicable, por tener ingresos procedentes
de sus ahorros
depositados en Afinsa y Fórum Filatélico, siempre y cuando no tengan
otras fuentes de ingresos de capital que lo hagan incompatible.
4. Complementar el marco legal al que deben someterse las entidades que
actúan en bienes tangibles para aumentar la transparencia de estas
empresas y la seguridad de los ciudadanos que invierten en estas,
garantías, cuyo ofrecimiento a los consumidores ahora es voluntario, a la
rnejora de los mecanismos de información y publicidad, ya las medidas de
control de estas actividades.
5. Promover
y apoyar,
conjuntamente
con las Comunidades
Autónomas,
la
Encumplimientodelmandatoestablecidoenladisposiciónadicional
agrupación de los afectados para la defensa de sus intereses a través de
las asociaciones de consumidores y usuarios. A estos efectos, por las
Administraciones públicas se articularán medidas de apoyo a estas
asociaciones para coordinar las demandas y la asistencia judicial con
carácter gratuito a los afectados. Además, se apoyará la creación de una
Ventanílla única en la Audiencia Nacional para que los afectados puedan
agilizar sus denuncias.
III.RESPUESTAALAMOCIÓNDELCONGRESODELOSDIPUTADOS
segunda de la Ley 43/2007/ se recogen en este informe las medidas que,
el gobierno ha puesto en marcha para dar cumplimiento a la Moción del,
Congreso de los diputados.
Antes de entrar a analizar las medidas adoptadas por el Gobierno para
atender a la Moción aprobada por el Congreso de los Diputados, hay que
indicar
que desde
Audiencia
presuntos
el mismo
Nacional
momento,
intervino
a
el 8 de mayo
Afinsa
y
de 2006/
Fórum
en que
Filatélico
la
por
delitos de estafa, insolvencia punible, blanqueo de capitales,
6
212.728
administración
desleal
y
delitos.
contra
la
Hacienda
Pública,
como
consecuencia de las querellas de la Fiscalía Anticorrupción, el Gobierno se
puso en marcha.
Deestemodo,elMinisteriodeSanidadyConsumo(enadelante
MSC)
convocó el 11 de mayo a la Comisión de Cooperación de Consumo en
la que participan los responsables
de consumo de las Comunidades
Autónomas y se adoptaron los siguientes acuerdos:
1. Las reclamaciones
de los afectados,
así como la defensa
colectiva de
2.TantoelMSCcomolasCCAAofreceránalasasociacionestodoelapoyo
sus intereses en las acciones judiciales que procedan, se canalizarán a
través de las asociaciones de consumidores y usuarios.
que precisen y mantendrán
una
administraciones
para proporcionar
coordinación constante entre las
a los ciudadanos una información
actualizada, clara y transparente de los hechos que se vayan
conpciendo tras las investigaciones judiciales.
seguridaddelosciudadanosqueinviertenenestosproductos.No
3. Necesidad de complementar el marco legal que regula los bienes
tangibles para aumentar la transparencia de estas empresas y la
obstante,
las
reformas
normativas
que
pudieran
acometerse
sólo
ElMSCpublicóenlosprincipalesdiariosyensupáginaWebel12de
podrían regular situaciones futuras y difícilmente podrían dar respuesta
a los problemas de los actuales afectados.
mayo
un anuncio
decisiones
y
a fin
facilitarles
de
informar
el
contacto
a los
con
ciudadanos
las
de
estas
asociaciones
de
consumidores.
Se realizaron en total 55 inserciones en página impar en los principales
periódicos de ámbito nacional y los de mayor ámbito provincial. Para ello
se tramitó un concurso negociado sin publicidad por razones de urgencia
por un' total de 196.888,33€ que fue financiado por el Instituto Nacional
Enlasiguientetablasemuestralarelacióndeperiódicos
de Consumo.
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las inserciones
a página
completa
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Diario
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Diario de León
Burgos
ElPeriódico
LaGacetaRegionaldeSalamanca
de
Heraldo
de
Sevilla
Diario de Cádiz
Córdoba
Ideal
Huelva Información
Jaén
Sur
Diario del Altoaragón
Heraldo de Aragón
Diario de Teruel
ÚltimaHora
1
de
Ibiza
1
1
1
Segre
Diari de Tarragona
1
1
1
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Faro de Ceuta
Información
Mediterráneo
Levante
Hoy Diario
1
1
de Extremadura
1
1
1
1
1
1
Nueva
Alcarria
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1
Faro
1
Melilla
1
1
1
1
de
Vigo
1
Hoy
1
LaVerdad
ElDía
ElProgresoLaRegión
Diario
de Soria
ElPuntEl
Diario
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
Diario
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Navarra
1
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'
,"Q5:::,"C,"¡'
asesorar
a los perjudicados
y representarlos
en los procedimientos
penales abiertos, de forma gratuita, y a coordinar actuaciones de manera
conjunta para paliar la confusión existente en esos momentos iniciales
entre los afectados.
Se hace a continuación un repaso de las medidas adoptadas por el
Gobierno y que dan respuesta a la Moción del Congreso de los Diputados:
8
212728
1.ColaborarconlasComunidadesAutónomas,comoadministraciones
--....
competentes
en materia
de consumo,
y con la Administración
de Justicia,
en las tareas de apoyo a los afectados con el fin de que éstos puedan
recuperar su patrimonio a través de:
a) Los activos líquidos de los que dispongan las entidades depositarias.
b) Las pólizas de seguro que hayan suscrito las entidades.
c) Los activos mobiliarios e inmobiliarios de las entidades afectadas.
y patrimonio
personal
de propietarios,
administradores,
directivos y similares de las entidades afectadas que, en su caso, sean
declaradas responsables en los procesos judiciales que se sigan.
Laalarmasocialgeneradaporlagravedaddelosdelitosimputadosyelgrannúmerodeciudadanosafectados,másde450.000,juntoalafaltade
d) Los bienes
información
inicial (los sumarios
habían sido declarados
secretos)
y a la
incertidumbre
respecto
al mejor modo de proceder
para asegurar
la
defensa de los intereses
de los clientes de ambas empresas,
exigieron de
las Administraciones
públicas competentes
en materia de consumo
y de
las Asociaciones
de Consumidores
y Usuarios la creación de mecanismos
de cooperación que permitieran divulgar con la mayor prontitud toda la
información
disponible,
con dos objetivos
esenciales.
Evitar que
informaciones imprecisas contribuyeran a generar niveles adicionales de
inquietud; y contribuir a canalizar adecuadamente
las reclamaciones
de
los afectados.
Con tal finalidad, se desarrollaron las actuaciones que a continuación se
describen y que, necesariamente, han sido planteadas teniendo en cuenta
que la responsabilidad civil y penal en que hayan podido incurrir los
administradores y responsables de las empresas se está sustanciando
ante los tribunales y que la recuperación de los créditos igualmente se
sustancia en los respectivos procedimientos concursa les.
actualizada
a través de Internet
EnlapáginaWebdelMinisteriodeSanidadyConsumoyen./J.a-';G~"'¡,-.
Información
de.
Consumidores
y
Usuarios',
se
creó,
manté~i~n~ot"'~
,
."...'".'o'~
Consejo
en este :rnforme,
.aunque
de forma
no exhaustiva,
las actuaciones
realizadas
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y
ConsUffildores
USuarIOS, por diversas
razones:
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resoluciones
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recomendaciones
respectivas
un espacio
relacionadas
a los afectados
fases
de
los
sobre
procedimientos
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informativo
con
este
medidas
judiciales,
a adoptar
e~'--fu.s.'(/
así
otra
como
\
~SedeelectrónicadelaAdministraciónConcursaldeForumFilatélico.~PreguntasyrespuestasantelaAdministraciónConcursaldeForum
información de interés para este colectivo y enlaces con las páginas en las
que se puede encontrar información adicional, tales como:
Filatélico.
).> Sede
electrónica
de
la Administración
Concursal
de
Afinsa
Bienes
~PreguntasyrespuestasantelaAdministraciónConcursaldeAfinsa
Tangibles.
Tangibles.
~OficinadeAtenciónalosAfectadodelMinisteriodeJusticia~SedeelectrónicadellCOparadivulgarlalíneadecréditodestinadaa
Bienes
los
afectados
Creación
de
una
Red
de información
EnlaComisióndeCooperacióndeConsumo(enlaqueparticipanlos
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de todas
las Comunidades
Autónomas,
convocados
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directores
coordinar
las
Consumo)
gestionada
celebrada
el 11 de mayo se creó una Red de información,
por el Instituto
Nacional del Consumo,
e integrada por las
Direcciones
actuaciones
Generales
de
todas
de Consumo
las
de
las
Autonomías
Comunidades
en
materia
Autónomas,
de
las
representación instituciona1 de los consumidores a través de sus organizaciones, la desempeña el Instituto
Nacional del Consumo y, en cuanto tal, este organismo presta el apoyo técnico y material para las actuaciones
del Consejo.
consumo
y el Instituto
Nacional
del Consumo
acordaron
ya de inicio
coordinar
actuaciones
con los legítimos
defensa de los intereses colectivos de los consumidores por las organiZaCiones legitimadas
Asociaciones de Consumidores y Usuarios, en particular las organizaciones representativas.
del Consumo
han coadyuvado
y cooperado
estrechamente
con las Asociaciones
de Consumidores
para ello, las
representativas
en sus respectivos ámbitos territoriales, para la realización de la encomiable labor realizada en representación y
defensa de los afectados.
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administracionescompetentes,másde50envíossobreasp~r~
Asociaciones de Consumidores y Usuarios y el Ministerio de Sanidad y
Consumo, que empezó a funcionar el mismo día 11, a través de la cual se
ha "distribuido,
para su ulterior" traslado
a los afectados
y otras
interés
para
la información
de los afectados.
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Entreotros,sehatrasladadoydivulgadoinformaciónsobre:{~~#-jtip~2.-<;;..&,11/-'
¿D
1.
Las
~ctuaciones
judiciales
relevantes
para
los
derech~(¡'o.$gil
~~AutodelJuzgadoCentraldeInstrucciónno.S,facilitadoelConsejode
consumidores:
Consumidores
y Usuarios,
relativo
a la ilsuspensión
de las obligaciones
de los afectados en el marco de las presentes diligencias, de consignar
las cantidades aplazadas y obligadas mediante los respectivos
con la Entidad
Fórum
Filatélico
S.A".
~AutodelJuzgadoCentraldeInstrucciónno.1delaAudienciaNacional,
contratos
facilitado
el
Consejo
de
Consumidores
y
Usuarios,
relativo
a
la
suspensión de las obligaciones' de los afectados, de consignar las
cantidades aplazadas en virtud de las obligaciones contraídas a través
firmados con AFINSA.
~Comunicadodelosjuzgadoscentralesdeinstrucciónunoycinco,de17
de contratos
de mayo
de 2006,
de ofrecimiento
de acciones.
2.
La
publ
de
la
inf
re
a
e
d
p
f
para
la
pres
los
cré
co
l
pr
e
o
artí
85
de
la
Ley
con
~
Auto de 26 de mayo de 2006 del Juzgado de lo Mercantil no 7 de
Madrid, dictado
en el procedimiento
de concurso
ordinario no
209/2006,
declarando
el
concurso
necesario
de
la
empresa
FÓRUM
FILATELICO
S.A.
~
Auto de 14 de julio de 2006 del Juzgado de lo Mercantil no 6 de Madrid,
dictado en el procedimiento
de concurso ordinario no 208/2006,
AFINSA
BIENES
TANGIBLES
S.A.
Larelevanciadequelosafectados,ytodoscuantosenelejerciciodesus
declarando el concurso necesario de
y
competencias
consumidores,
dispusieran
funciones
están obligados
de información
a prestar información a los
precisa sobre los plazos de
11
.
~ComunicaciónsobrelafechadefinalizacióndelplazoparalanotificacióndeloscréditosdeFÓRUMFILATÉLICOS.A.~PublicaciónedictoenPortugalsobreAFINSABIENESTANGIBLES.SA.~SolicituddelaPresidentadelCqnsejodeConsumidoresyUsuarios,alJuzgadonO6deloMercantildeMadrid,enelquesesustanciaelconcursoordinariodeAFINSABIENESTANGILESS.A.solicitandoque12
~PublicacióndelEdictosobreAFINSABIENESTANGIBLES,S.A,eneldiarioLaRazón,enelámbitodelaComunidaddeMadrid,de30de
de
S.A.,
septiembre
enlosdiariosElMundoyExpansión~PublicacióndelEdictosobreAFINSABIENESTANGIBLES,S.A.,eneldiarioLaRazóndeámbitonacional,defecha14deseptiembrede
~PublicacióndelEdictoenelBoletínOficialdelEstadosobreAFINSABIENESTANGIBLES,S.A.,defecha18deseptiembrede2006.~PublicacióndelosedictossobreelconcursodeFÓRUMFILATÉLICO,
~PublicaciónenelBoletínOficialdelEstadodeledictodeclarandoconcursonecesarioalaentidadFÓRUMFILATÉLICO,S.A.,defecha1
Lanocomunicaciónopresentacióndeloscréditosenelplazoprevisto
§~
comunicacióndeloscréditos,derivadeque,conformealaLey
212728
! ~r:'~:~]'0~
Conc4t$ál(l#f-{;~:,c~lt
los acreedores
podía suponer
como créditos
están
Septiembre
de
2006
de
2006
obligados
2006
a comunicar
conforme
al artículo
subordinados.
a la administración
92 de la Ley concursal
conc~-:~~J"I~'l;?jJ1g~~)
:"&~f.i.
la existencia de sus .créditos, en el plazo de un mes desde que~O¡;'J[aw.::;'<~;"¿:"./'
~,'.J'
produzca la última de las publicaciones
acordadas
en el auto de
declaración del concurso de llamamiento a los acreedores
para que
pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de
sus créditos.
su calificación
Por ello, el Instituto Nacional del Consumo estuvo especialmente
atento
las publicaciones
acordadas
y realizó puntualmente
la comunicación
través de la Red de información
de:
a
a
..2)2728
. :",~".::L
:~/¡~
~'.'f~~.
éste aclare con precisión la fecha exacta en que se inicia el q~tDpY.t9
máximo
en
que
los acreedores
tendrán
que
ti
' " ' .~Id$)<.:.}
~,- J.'
'>."{f
comunV~ar
Jj
:1,.,- 7,'.
..., .,~.:~~
plazo
l
,
.
r7T.f
del
en la forma y con los datos expresados
en el artículo 8~'<Jé;'.~9¡¡;.'?~~~;'9'
LeyConcursa!.~*"!Y,3.InformaciónfacilitadaporelConsejodeConsumidoresYUsuarios(CCU)sobrelasactuacionesdelaadministración
créditos,
concursal
de ambas
entidades,
a efectos
del conocimiento
de los;
LaparticularidaddelosprocedimientosconcursalesdeFORUMFILATÉLICO
afectados
sobre el procedimiento
a seguir
para el reconocimiento
de los créditos
en ambos
procedimientos
de concurso:
S.A. y AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.,
teniendo en cuenta
el insólito número de acreedores
y la naturaleza de la mayor parte de
éstos, consumidores clientes de tales empresas, exigió de las respectivas
administraciones
concursales un trabajo adicional para facilitar a éstos la
presentación de sus créditos en el procedimiento judicial.
concursales celebraron diversas reuniones
conelCCUparaevaluarlosmétodosdetrabajoadecuadosparala
Por ello, los administradores
presentación
de tales
créditos.
Tras diversas reuniones, finalmente se llegó a la conclusión de que las
comunicaciones individualizadas que, debía y podía utilizarse para facilitar'
tal presentación.
calificaciónquesepretenda.Atalefecto,sedecidiólaelaboracióndeun13
Conforme a las conclusiones de est<;¡s reuniones de trabajo, las respectivas
administraciones
concursales
acordaron
que
las
notificaciones
individualizadas que, conforme a lo previsto en el artículo 21.4 de la Ley
Concursal, deben realizar los administradores
concursales a cada uno de
los acreedores
cuya identidad
y domicilio consten en el concurso,
informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus
créditos en la forma establecida en la propia Ley, contendrían no sólo la
información preceptiva del artículo 21.4 de la Ley concursal, sino también
describirían, en base a la información disponible en la respectiva empresa,
lbs datos exigidos por el artículo 85.3 de la Ley concursal par~ la
presentación de los créditos, esto es, nombre, domicilio y demás datos de
identidad del acreedor,
así como los datos relativos al crédito, su
concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características
y
IL-
212728
formulario junto con unas instrucciones
remitirían a todos los acreedores.
de cumplimentación
que se
Enotrocaso,elformularioremitidopermitíaincorporarporelacreedorlas
Conforme a estas instrucciones
y los formularios remitidos,
aquellos
acreedores que consideraran correcta toda la información contenida en la
notificación individualizada
realizada por la administración
concursal,
bastaría con que firmaran la comunicación recibida y la remitieran al
juzgado correspondiente.
modificaciones
debiendo
estimara
remitirlo
pertinentes
al
en
juzgado
los apartados
habilitados
correspondiente
al
debidamente
firmado.Laadministraciónconcursaladvertíaquesereservabaelderecho
efecto,
que
a
requerir
la acreditación,
mediqnte
originales o copias autenticadas
conforme
previene
de trabajo,
del título olas
de
documentos
documentos del crédito,
85.3 de la Ley concursa!.
adoptado
por las administraciones
concursales
conlacolaboracióndelCCUyelapoyotécnicoprestadoaésteporel
Este método
el artículo
la presentación
Instituto
Nacional
del
Consumo,
no sólo
facilitó
a los
acreedores
la
Detodaslasactuacionesyacuerdosprecedentessehadadotrasladoa
presentación de los créditos al evitarles tener que elaborar éstos por sí
mismos las comunicaciones exigidas por el artículo 85, sino que también
evitó la presentación
de originales o copias autenticadas
de
documentación que ya obraba en las empresas. Se evitaron así gastos
para acreedores y administración concursal (en concepto de notarías,
almacenaje y gestión de la documentación, etc) y se preservaron así los
activos de las empresas concursadas.
de la Red de información,
para
público
conocimiento,
divulgándose:
)o>Elprocedimientoadoptadoparalasnotificacionesindividualesyla
través
de los créditos
)o>Losmodelosdecuestionarioselaborados
comunicación
íg:;
,,",
\ -"1,-
7~
,'~ '17,,:':
1
&,<",",",Y,~<~W'
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~
para su cumplimentación.
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bt,""tt SH!n;S:'- 02,)'
.;:ji-dY,\,"*~'14
>- las instrucciones
,'..".~~\iD~gr
>- Las fechas en que se producían las comunicaciones,
al objeto de que
los acreedores
que aún no las habían recibido tuvieran información
//<::~/0"
sobre si todavía quedaban notificaciones por remitir.
,
212728
»
Información
cuestionarios
efectos
jurídicos
de la no firma y remisión
remitidos por las administraciones
concursales
4. Infprmación
sobre
cuestiones
de fondo
y forma
de
esenciales
los
para
»DocumentoelaboradoporelCCUsobrelasprincipalespreguntasdelos
la correcta defensa de los intereses afectados:
»Informaciónespecíficasobreelprocedimientoconcursal,talescomoel
afectados y las respuestas
a tales preguntas, elaborado y puesto a
disposición de los afectados y de la red de información por primera vez
el 16 de mayo de 2006 y mantenido permanentemente
actualizado,
atendiendo a la evolución de la situación.
sobre
la Ley Concursal
22/2.003
de
9 de julio,
con
especial
aplicaciónalcasoFÓRUMFILATÉLICO-AFINSA,elaboradoconelobjeto
Informe
de Informar
del
procedimiento
Concursal
al Consejo
de Consumidores
y
;
perjudicadosenelcasoFÓRUMFILATÉLICO-AFINSA;notasdeprensa
Usuarios y a sus Asociaciones con objeto de que pueda asesorar a los
y recomendaciones
informando
de los trámites,
etcétera.
de los plazos
para
la cumplimentación
usuariosintegradasenelCCUatravésdelascualeslosafectados
» Relación de sedes territoriales de las asociaciones de consumidores y
podían
recibir
asociaciones.
el
asesoramiento
gratuito
ofrecido
por
dichas
5. Otros:
» Información facilitada
sobre el complemento
por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
de mínimos de los pensionistas afectados.
» Información sobre la adopción en el Consejo de Ministros celebrado el
19 de mayo de 2006 del Real Decreto de concesión de subvenciones a
de consumidores
\~
~~
¡;
¡~
J
para el apoyo y asesoramiento
de los
afectados por la situación de las empresas AFINSA Bienes tang:ibles y
FORUM.
asociaciones
'
» Texto de la Moción aprobada en el Congreso, con el respaldo de todos
los Grupos Parlamentarios y la abstención del Grupo Popular, instáña()~:::-",
-.
.
\!/
<;:;..,
, /
:,
.
~
.
.
.
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~~~
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.
yFORUMFlLATELICO.:re..,,:,,;--.!)?'0\
AFINSA
:ados
en relación con los afeF~
~
al Gobierno, a la adopción de medidas
.
",'::~ Jf
/J~sEnn..;.\'i-~"0y-f'
* . .,d\z:
-....
21.2Z.,?8
~Anunciodelaaperturadela"VentanillaÚnica",paracanaliza
'.
r ).a .,s ::iI~;{ E.0J
. .. "-, '~/t.f'.
'" o.
.
~Creacióndelapág.WebdelaadministraciónconcursaldeFÓRUMFILATÉLICOS.A.~Creacióndelapág.Webdela.administraciónconcursa!deAFINSABIENESTANGIBLESS.A.~InformacióndeinterésrecogidadelaspáginasWebdelas
demandasdelosafectadosporelcasoFÓRUMFILATÉLICO,\~~~~i\J{,Y~:t\:~~~~i'}'AFINSABIENESTANGIBLES,S.A.'Z..*.m'\1\0
.
concursales
~AcuerdodelConsejodeMinistroscelebradoel20deabrilde2007,
administraciones
~InformaciónsobreelAcuerdodelConsejodeMinistroscelebradoel27'
aprobando el proyecto de Ley por el que se regulan determinados
aspectos de la protección
de los consumidores
y usuarios en la
contratación de bienes y servicios con oferta de restitución posterior de
todo o parte del precio y, en su caso, con ofrecimiento
de
revalorización.
de abril de 2007, de aprobación
de línea de anticipos a cuenta
publicadoenelBOEeldía26deabril.~Comunicacióndelfolletoinformativosobrelíneadeanticipasacuenta~Informaciónsobreobtencióndelcertificadodeestaralcorrientedelas
~
Comunicación
del plazo de die~ días que tienen los afectados
para
impl.Jgnar el informe que contiene el Edicto de Afinsa Bienes Tangibles,
a efectos de la solicitud de los anticipas a
~AtravésdelaOficinadeInformaciónyAtenciónalCiudadanodel
obligaciones tributarias
cuenta.
Ministerio
de
Sanidad
y Consumo
y del
Instituto
Nacional
del
Consumo
se ha atendido presencia Imente a 2.035 afectados y se ha respondido a
1.336 llamadas telefónicas y 171 correos electrónicos.
Cooperación
institucional
particularporelMinisteriodeSanidadyConsumo,hancontadoconlas16
Aún cuando todas las actuaciones
diseñadas
por el Gobierno,
."~\
y en
212728
.
/~~-:~:::;~)
Comunidades
y
Autónomas
éstas
de sus respectivas
materia
han
de
respetado
competencias,
¡i" ";s
consun!~7
el
legítimo
§~
en
competentes
~~¿fcq/-;i:'1
.-"''~..'"...'
autoridades
y cons "'7~ig51t~~.6~
se ha intentado
actuación coordinada que permitiera un eficaz apoyo a los afectados.
sta
actividad de cooperación institucional tiene su expresión más precisa a
través
de la actividad
de los órganos específicos de cooperación
institucional
en materia
de consumo:
la Conferencia
Sectorial
de
Consumo2,
la
Comisión
de
Cooperación
de
Consumo
y
sus
Grupos
de
.
Trabajo.
Así,
reunión
extraordinaria
de la Comisión
de Consumo tras la intervención
judicial de
además
de
Cooperación
de
la
FORUM
BIENES
intenso
clientes
en tres
una reunión
reuniones
de estas
reuniones
empresas
ha sido
de la Comisión
de la Conferencia
de los Grupos
TANGIBLESS.A.,lasituacióndelos
FILATÉLICOS.A.yAFINSA
BALA
2
L
Conf
Sect
de
Con
a
pres
por
el
Min
de
Sa
y
C
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Esta
con
las
com
autó
seg
10
dis
en
el
tít
ID
de
R
D
consumidores
objeto
de Cooperación
Sectorial
de Consumo,
de tratamiento
de Consumo
sin perjuicio
y
de las
de Trabajo.
Adicionalmente,
la necesidad de modificación de la regulación del sector y
el alcance de ésta se ha debatido intensamente en dos reuniones de la
Comisión
Sectorial
Las
de Cooperación
de
de Consumo
y una reunión
de la Conferencia
Consumo.
administraciones
las
consumo,
públicas
Comunidades
competentes
Autónomas,
el
en
Instituto
materia
de
Nacional
del
han desarrollado
cuantas actuaciones en apoyo de los afectados les ha sido posible
Consumo
y
atendiendo
el
Ministerio
de
Sanidad
a sus respectivas
y
Consumo
competencias
y a las disponibilidades
de medios personales y materiales.
Seconsidera
particularmente
de
Cooperación
de
los iniciales
Consumo
extraordinaria
acuerdos
en la
celebrada
de
formainmediataalaintervenciónjudicial,quemarcóelcaminodela
Comisión
relevante
los consejeros
competentes
en esta materia
de las comunidades
autónomas,
es el máximo
legislativo 1/2007 de 16 de Noviembre por el que se aprueba el texto refundido
de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
.
órgano
de cooperación
de la Ley general para la defensa
17
212728
.:./' "'Z~-f.:>--",
en el diseno
en .cuanto
de actuaciones.
a compartir
mensajes
e informa7-r6n~ :fRf?':~'
<g:fiJ7
[~. :.J :lJ,
\'~~~~
~~,,'OQ'!J&j/fl
el trabajo
Consumidores
y
realizado
Usuarios,
legítimas
en apoyo
representantes
de
ést~
Igualmente,
esta
colaboración, ha posibilitado la defensa y
representación
gratuita
de los consumidores
afectados
en los
procedimientos
penales y, en consecuencia,
que en éstos se tengan
suficientemente
en consideración sus intereses a efectos de la depuración
de las responsabilidades
civiles y penales que resulten.
Ministerio
en cuenta
de
Sanidad
que ni el Instituto
y
Consumo,
ni
Nacional del Consumo,
las
Comunidades
competentes
en materia de consumo están legitimadas
los procedimientos,
difícilmente
cabe
pensar
en
ni el
Autónomas,
para ser parte
al realización
en
de
actuaciones de intervención en ellos.
Conforme a lo expuesto, el esfuerzo
dedicado por el Gobierno, a
través
esencialmente
del Ministerio de Sanidad y Consumo,
las,
autoridades competentes en materia de consumo y, particularmente,
por
las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, ha permitido que ante una
situación de la complejidad
de .ésta los afectados
dispusieran
de
medios para el ejercicio de sus derechos,
prestándoles el apoyo que
a tales efectos han precisado.
2. Colaborarcon la Administración de Justicia a fin de que los afectados
queden liberados de las obligaciones contraídas con las entidades Afinsa y
Fórum Filatélico en relación con los productos comercializados por estas
entidades.
Lasuspensión'delasobligacionesdelosafectadoscontraídasmediantelosrespectivoscontratossuscritosconFÓRUMFILATÉUCOS.A.18
,~:;6
de las Asocia~i1fQ.~~¡!!~,.;~1
legitimación no puede ser usurpada por las administraciones públicas-, en
particular a las Asociaciones de Consumidores personadas en los
procedimientos judiciales, y por tanto parte en éstos, y del Consejo de
Consumidores y Usuarios en el que éstas se integran, ha permitido, junto
con la profesionalidad y disponibilidad de las administraciones
concursales, que todos los consumidores afectados hayan tenido la
posibilidad real de presentar en plazo las comunicaciones de los créditos
y, en consecuencia, hacer valer sus derechos en estos procedimientos.
Teniendo
~
.
.
Adicionalmente,
~\
.~~
cooper~ci~n tanto
i
A
212728
, -- ':': --;
y AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. se realizó
resoluciones
por los Juzgados!::eh Ja,s ,~ - :-\
),
¡;t~;8-;
~~~/á';:::':j\ -;; ~- ,í% ':;;¡i/UiI j}
judiciales:
,
no. 5 de la Audiencia
» Auto
del Juzgado Central de Instrucción
.
de ~2 de mayo de 2006, dictado
en las diligencias
previas
en el que se acuerda "dejar sin efecto, cautelarmente,
,~-¿~\
,
.;¡
i5}
N~~A'oa-= ( I-:-~:~<:'!:;."?'
",...:7 -:
\) ~
Jm~\'v
siguientes
-'- -: -",:\
148/2G~
'\j\
-
las obligaciones
losrespectivoscontratosconlaentidadFÓRUMFILATÉLICOS.A.,hasta
que tengan los afectados en el marco de las presentes diligencias de
consignar las cantidades que tengan aplazadas y obligadas mediante
tanto se informe
contrario"
por el administrador
judicial
designado
en sentido
respectivoscontratosconlasociedadAFINSABIENESTANGIBLESS.A.,
» Auto del Juzgado Central de Instrucción no. 1 de la Audiencia Nacional,
de 16 de mayo de 2006, dictado en las diligencias previas 134/2006,
en el que se acuerda "dejar sin efecto, cautelarmente, las obligaciones
que tengan los afectados en el marco de estas diligencias previas, de
consignar las cantidades aplazadas y obligadas mediante los,
hasta
tanto
se
informe
por
el administrador
judicial
designados
en
sentido contrario/f.
BALANCE
Desde los primeros días de la intervención judicial quedó claro para los
afectados la suspensión de las obligaciones
de consignar cantidades
aplazadas pendientes
de pago, lo que contribuyó
a despejar
una
incertidumbre
importante
para
éstos.
financieramentealosafectados,tomandoenconsideracióntantola
3. Analizar la posibilidad de articular medidas que contribuyan a apoyar
comoladuracióndelprocesojudicialylassituacionesespecialmente,-
cuantificación de activos, bienes o pólizas, entre otros, de Afinsa y Fórum
Filatélico y de sus propietarios, administradores, directivos o similares,
precarias
en
que
puedan
encontrarse
los
mismos;
en
concreto,
la
posibilidad de articular aquellas orientadas a conceder anticipas a cuenta
Entodocaso,seimpulsaránlassolicitudesdelcomplementoamínimosde
de los reembolsos que en su día se determinen por la Administración de
Justicia.
aquellos pensionistas que, con pensiones inferiores a las mínimas
establecidas, anteriormente no hubieran podido solicitarlo, de acuerdo con
19
!
;-~f<"3;:'~'-"~'~'>""2
12 728
f!!~~;;'i,iff;,'"';~
l' -- 'L"!i,'i->:-¡i'j
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Wil~
'~I - -,~Z;'
<~~
(~
\ /,"1
<o<.~Tlj
la normativa
depositados
otras
aplicable,
en Afinsa
fuentes
por tener ingresos
procedentes
dé'~,_-uSrE(Bf;¡,tf~
y Fórum Filatélico,
siempre
y cuando rr5-t~n
de ingresos
de capital
Para la adopción de medidas
en
que lo hagan incompatible.
de este acuerdo ha sido
cumplimiento
LaAdministraciónConcursaldeFÓRUMFILATÉLICOS.A.presentósuinformeel29dediciembrede2006yladeAFINSABIENESTANGIBLES
preciso esperar a que la Administración Concursal concluyera los Informes
previstos en el artículo 74 y siguientes de la Ley Concursa!.
el Informe
previsto
en el precitado
artículo
el 29 de marzo
LíneaICOAfectadosFórumFilatélico-AfinsaDeformainmediata,el27deabrilde2007elConsejodeMinistros,a
S.A. presentó
de 2007.
de los Ministros de Economía
y Hacienda
y de Sanidad
acordó instruir al Instituto
de Crédito Oficial (ICO) para
y
la
puestaenmarchadeunaLíneademediacióndeanticipasacuenta
propuesta
Consumo,
sin intereses,
con una dotación
a conceder a los afectados
de hasta
500 millones
de
por el caso Fórum Filatélico y
Afinsapréstamoscomoanticiposacuentadelosreembolsosqueensudía
euros, destinada
económica
la Administración
de Justicia.
Enbaseaestainstrucciónsepusoenmarchalalíneademediación
determine
"Afectados
con las siguientes condiciones:
FORUM-AFINSA",
de
Características:ElGobierno,atravésdelMinisteriodeSanidadyConsumoydelICO,abreunaLíneademediacióndeanticipasa
1)
de los reembolsos
que, en su día, determine
de Justicia, para los afectados
empresas
2)
AFINSA
Finalidad:
especiales
transitoria,
Importe
4)
Beneficiarios
por la intervención judicial de las
TANGIBLES
S.A.
El objetivo de estas ayudas es contribuir a superar
circunstancias
de precariedad
económica,
de manera
hasta tanto no finalice el procedimiento judicial.
delaLínea:500millonesde€..
3)
BIENES
la Administración
S.A.YFORUMFILATÉLICO
cuenta,
Finales:
en los procedimientos
aquellos
concursa
afectados
que figuren
les de Afinsa
y Fórum
como
acreedores
Filatélico,
cuyos
20
J
212728
créditos hayan sido reconocidos en dichos procedimientos.
también estar al corriente de las obligaciones tributarias.
PlazodeAmortización:Elplazodeamortizaciónseráde5añosyseharádeunasolavezalvencimientodelmismo.Enelcasodeque,
5)
Se exige
con anterioridad a este plazo, se recuperen las cantidades debidas en
el seno de los procedimientos
concursales,
dichas cantidades se
aplicarán necesariamente
a la amortización del anticipo recibido.
6)
Importe
Máximo del Anticipo: Cada afectado
podrá recibir hasta el
150/0 del
importe
total
de sus
créditos
reconocidos
en el
procedimiento
o los procedimientos
concursales
que le afecten,
, independientemente
del número de créditos que le sean reconocidos,
siempre que esa cantidad no supere el límite de 3.000 euros.
Margendeintermediación:0,25%.8)TipodeInterésparaelbeneficiariofinal:O%9)Vigencia:Hasta31/12/2007.ElConsejodeMinistrosde28de
7)
diciembre acordó ampliar su vigencia al 31 de marzo de 2008 con el
objetivo de evitar que, hasta que se dé cumplimiento a lo establecido
en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 43/2007, de 13 de
diciembre, de protección de los consumidores en la contratación de
bienes con oferta de restitución de precio, pueda haber un período de
tiempo donde no haya ninguna línea abierta para los afectados.
'corrientedeobligacionestributariasfrentealaAEATyeldeser
10) Documentación Necesaria: Para solicitar el préstamos ante la sucursal
de la Entidad de Crédito se requieren 2 certificados, el de estar al
de alguna de las 2 sociedades
filatélicas.
Laobtencióndeestesegundocertificadoplanteóinicialmente
acreedor/inversor
problemas,
concursales
dada la dificultad que suponía para las administraciones
el remitir una certificación individualizada al 100% de los
afectados y a los cotitulares de los contratos.
propias
Filatélico
y Afinsa,
administraciones
los trámites
la solución
cocursales
a los afectados
finalmente
remitiesen
por el caso
adoptad~-fu.e
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'd'
una
PosteriormenteelICOhahabilitadoenBanc@ico(EntranetdeconexiónentreICOylasEntidadesdeCrédito)unaopcióndeconsultaporNIFparaquelasentidadespuedanaccederalcertificado
certificaciónglobalalICO.
de los afectados
?-¡~
SE'>""""'!,"';'"~
\.
individualizado
referido a la solicitud
cursada a través de ella y, por
tanto, no requieran a los afectados más que el certificado de la AEAT
los
para
tramitar
Este
nuevo
habilitado
préstamos.
sistema
operativo
de
tramitación
de
solicitudes
está
desde el 17 de julio de 2007.
TantoelICOcomoelInstitutoNacionaldelConsumo
han divulgado a
de sus páginas
de anticipas a cuenta.
web toda la información
relativa a esta línea
ElInstitutoNacionaldelConsumohaéditado300.000folletosinformativos
través
que se han distribuido
principalmente
para la información
a través
Consumidor
(OMIC),
Comunidades
Autónomas
Información
e
de las Oficinas
Direcciones
de
Municipales
Generales
y Asociaciones
impulso
de los potenciales
las
de Información
de
Consumo
de Consumidores
solicitudes
beneficiarios,
del
de
al
las
y Usuarios.
complemento
a
mínimos
Desde
el Ministerio
impulsado
las
pensionistas
de Trabajo
solicitudes
y Asuntos
del
complemento
que, con pensiones inferiores
hubieran podido solicitarlo
procedentes de AFINSA y
Sociales se han informado
a las mínimas establecidas,
FlLATÉLICO,
FÓRUM
de aquellos
a mínimos
con anterioridad
por tener
siempre
e
que
no
ingresos
no
tengan'
Yaenmayode2006,eldirector.generaldelInstitutoNacionaldelaSeguridadSocial(INSS)dio
otras fuentes de ingresos de capital que lo hagan incompatible.
instrucciones
a todas las direcciones
provinciales
del INSS para atender a los pensionistas que se encuentren
en esta situación y facilitar que se dirijan a las oficinas de la Seguridad
para solicitar
el reconocimiento
del
complemento
a mínimos.
LainformaciónalrespectosepublicótambiénenlapáginaWebdel
Social
Ministerio
de Trabajo
y Asuntos
Sociales.
22
----
LalíneaICOsepusosepusoenmarchaelpasado15dejuniode2007
BALANCE
con la remisión de los contratos financieros a las entidades de crédito.
.
Hasta la fecha, se han incorporado 21 Entidades:
LA CAIXA
BANCOPOPULAR
(se ha dado de baja)
CAJA
ESPAÑA
INVERSIONES
C. A. GUIPUZCOA
CAJA
y SAN SEBASTIAN
DUERO
C.A VITORIA
CORDOBA
(CAJASUR)
C.A.MURCIA
C.A.
y ALAVA
C.A
ONTENIENTE
DE
VALENCIA
CAJACASToLAMANCHACAIXANOVABANCOCOOPERATIVO
BANCO
ASTURIAS
C.A.
CIRCULO
CATOL.
BURGOS
CAJA
RURAL
DEL
SUR
CAJA
RURAL
DE
JAEN
CAJA
RURAL
DE
ZAMORA
LaprimerapeticióndefondosalICOdeoperacionesformalizadaspor
CAJARURALDEGRANADA
CAJA
RURALARAGONESA(MULTICAJA)RURALCAJA(RURALDELMEDITERRANEO)
(CAJARURALDEARAGON)CAJALON
C.A.
ConformealaexperienciadellCO,laslíneasdecréditotardanunplazode
parte de las Entidades de Crédito tuvo lugar el pasado 10 de julio.
entre
2/3 meses en coger ritmo. Esto se pone
de operaciones
cerradas
que se acompañan
entre
también
el 15 de diciembre
en este sentido,
de 28
2007
de
manifiesto
por
y final
las cifras a 26 de diciembre
del año). Cabe recordar,
de diciembre
de
de año,
número
por lo
(fecha de cierre
que el Consejo
ha. prorrogado
el
la vigencia
de Ministros
de la Línea
hasta el 31 de marzo del presente ejercicio.
23
'
DistribuciónglobaldelalíneaICOdeayudaalosafectados
212728
COM
MAD
ANDA
CATA
COM
VAL
P
A
VASC
IS
NAVA
CANT
ABR
CANA
1.'"<~
~(',
.:
tM
""
'l7
J
.~
()
">
ir~
EXTREMADURA
ARAGONASTURIAS
REGiÓNDEMURCIA
2.150,25
2.178,00
Medio
MANCHA
LEON
CASTILLA LA
BALEARESLARIOJATOTAL
22.485
17.763
Distribución
CASTILLA
451.651.594,61
461.312.106,05
disponibles
Préstamo
GALlCIA
9,67%
7,74%
N°operaciones
Fondos
48.348.405,39
38.687.893,95
dispuesto
%dispuesto
Volumen
autonómica
de la financiación
31,54%
30,36%
15,11
%
15,15%
10,83%
9,97%
7,72%
9,65%
7,21%
6,96%
6,85%
5,63%
6,66%
4,90%
4,84%
3,51%
3,48%
2,11%
1,89%
1,09%
0,98%
1,05%
1,05%
0,96%
0,90%
0,80%
0,77%
0,30%
0,28%
0,17%
0,19%
0,11%
0,13%
100,00%
100,00%
6,85%
4. Complementar el marco legal al que deben someterse las entidades que
actúan en bienes tangibles para aumentar la transparencia de estas
empresas y la seguridad de los ciudadanos que invierten en estas
garantías, cuyo ofrecimiento a los consumidores ahora es voluntario, a la
mejora de los mecanismos de información y publicidad, ya las medidas de
control de estas actividades.
/;":~:::-,..:;~
.
lf>c.~..,"
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~V*~24
.
\,
.ou\
,¡,O
. .~'<t,;;;",
ElConsejodeMinistrosaprobóensureunióndel20deabrilde2007,a
21'2728
TrassutramitaciónparlamentariasepublicabaenelB.O.E.de14de
propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo, el proyecto de ley por el
que se regulan determinados
aspectos
de la protección
de los
consumidores
y usuarios en la contratación
de bienes con oferta de
restitución posterior de todo o parte del precio y, en su caso, con
ofrecimiento de revalorización, derogando la disposición adicional cuarta y
quinta de la Ley 35/2003,
de 4 de noviembre, de Instituciones
de
Inversión Colectiva.
diciembre
la ley
consumidores
precio.
43/2007,
de
en la contratación
13
de
diciembre,
protección
de
de bienes con oferta de restitución
desde el 15 de diciembre,
Laley,envigor
de
los
del
es de aplicación a las relaciones
con las personas físicas o
jurídicas que, en el ejercicio de una actividad empresarial o profesional,
comercializan bienes con oferta de restitución posterior, en uno o varios
pagos, de todo o parte del precio pagado por el consumidor o una
cantidad equivalente, con o sin promesa de revaloración de este importe.
de
los consumidores
y . usuarios
Lanormativacontemplaespecialmentedossupuestosqueincluyenlosreguladoshastaahoracomocomercializacióndebienestangibles.El
jurídicas
primero
es
aquél
en
el
que
el empresario
o profesional
firma
con
el
consumidor un contrato de mandato de compra de bienes y percibe
precio de adquisición de los mismos, o una comisión, comprometiéndose
el
a
Elsegundosupuestoeselmismoqueelanteriorperoañadiendoun
venderlos por cuenta de este y a entregarle el importe de la venta o una
cantidad para el supuesto de que no encuentre comprador de los bienes
en la fecha pactada.
p~
ofrecimiento de revalorización o, e!l su caso, garantía de restitución del
precio de adquisición o cualquier otro importe.
Los bienes a que se refiere esta ley son sellos, obras de arte,
antigüedades, joyas, árboles, bosques naturales, animales y aquellos
otros bienes susceptibles de ser objeto de la actividad que se regula.
Desde un punto
sta:~~:~cidO
,
,
,
,
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{
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,,
\
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exigida
en Ici0:tnfo.rptacIQO
un período
de
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son la transparencia
el establecimiento
de
~
devistaregulatorio:lom.á~destacable~
)-~
en esta
ley
consumidor;
2;;r-. ¡
,
()
'\.""
'<J",¿
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"'"
25
212728
usuario de 15 días; la obligación de elevar el contrato a escritura
pública y de constituir garantías que aseguren al consumidor la cuantía'
del importe
de restitución
y el establecimiento
de un régimen
de
y sanciones.
INFORMACIÓNPREVIAALCONTRATO:Lascomunicacionescomerciales,
infracciones
ofrecido
incluidas
la publicidad
y la información
precontractual,
no deberán
inducir
a confusión con las actividades de tipo financiero y evitarán la utilización
de expresiones
propias de este sector, como inversión, ahorro,
rentabilidad, interés u otras equivalentes.
Además,
tendrán
que informar
expresa
y claramente
de que este tipo de
bienes no tienen garantizado ningún valor de mercado y, si procede, del
ofrecimiento de revaloración o garantía de restitución. Se exige que la
información precontractual se preste por escrito o en soporte de
naturaleza duradera que permita la constancia y conservación de la
información.
Para asegurar al consumidor un período de reflexión sobre las condiciones
contractuales
que se le ofrecen, la oferta precontractual
será vinculante
para el empresario, que deberá m?1ntenerla durante 15 días, durante los
cuales no podrá celebrarse el contrato, obligación que habrá de incluirse
en dicha oferta. Se le prohíbe al empresario, además, percibir cualquier
anticipo del consumidor durante dicho período.
Con carácter
previo
a la contratación
deberá
informarse
al consumidor
sobre las características esenciales de los bienes o servicios ofertados y si
se hace entrega de ellos al usuario o, en su caso, destino que se les da y
responsable de su custodia, gestión o administración.
Deberá
informarse
también
del
precio
completo
del
bien,
incluidos
derevalorización,asícomoelpreciocompletoquecobrelaempresapor
impuestos, y, en su caso, las revalorizaciones que se ofrezcan y los datos
objetivos en que se base la información sobre posibles revalorizaciones
futuras, el importe de la oferta de restitución y, en su caso, el compromiso,
sus servicios
habrá
que
de pago.
informar
de
":.
.,'.."
~
\.
la obligación de elev~_r'el cont'rato a
pública e indicación de que los gastos de !ótorgami€ntq,.\de
y los de (,=a;pri[r1.~F~:~Wia
VZ-'.,
',- ,',
,", " ( '--'~\'
*26
escritura
escritura serán por cuenta de la empresa
correrán a cargo del consumidor.
\'.~::.";,.§,J.:;r;1!¿~~'
Asimismo,
y la forma
o
\;:;";>«>,,,')
212728
Elcontrato,formalizadoantenotario,reflejarátodosloscompromisos
También se deberá informar de la obligación de la empresa de constituir
las garantías previstas en la ley, así como de cualquier otra ofrecida, y del
riesgo económico de los bienes o servicios comercializados.
Concarácterprevio,seexigequelaempresa,enlafechadeformalización
adquiridos por las partes, sus derechos y obligaciones, garantías, las
causas de nulidad e indicación expresa de que los bienes no tienen
garantizado ningún valor de mercado.
del. contrato, haya suscrito un seguro de caución, aval bancario o
cualquier otra garantía individual izada que asegure la cuantía del importe
de restitución al consumidor, a quien deberá entregarse copia de la póliza
o resguardo de la garantía.
INFRACCIONESYSANCIONES:Elincumplimientodeloestablecidoenla
Serán nulos todos los contratos que contravengan
cualquiera de las
disposiciones de esta ley, incluidas las relativas a las comunicaciones
comerciales e información contractual
obligatoria, y corresponde
a la
empresa la prueba del cumplimiento de dichas obligaciones.
ley respecto
a comunicaciones
comerciales
e información
contractual
y de
lo estipulado respecto al contrato y a la formalización de garantías serán
consideradas infracciones muy graves.
Constituirá infracción grave cometer una infracción leve si durante los
cinco años anteriores a su comisión hubiera sido impuesta al infractor una
sanción por el mismo tipo de infracción, y serán consideradas infracciones
leves aquellos incumplimientos
de las obligaciones
relativas
a las
comunicaciones
comerciales e información contractual,
siempre que se
trate de simples irregularidades en el cumplimiento de las mismas que se
lleven a cabo con carácter meramente ocasional o aislado.
.
Estas infracciones serán sancionadas por las autoridades competentes
en
materia de protección de los consumidores
y usuarios conforme a lo
previsto en la legislación autonómica que resulte aplicable, sin perjuicio de
la legislación estatal
de carácter
contable,
fiscal y, en su caso,
aplicación
de esta
estén
ley.
sometidas
las empresas
incluidas~':.elia{nQito
Ír~~)
f;~:':;'~~...~~;\
.(~f~'#~'~~:4~'~,'
de
a la que
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autonómica,
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o.
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\ .ü.
.
IIJ
<2- '
212728
CONTRATOSDEMASDE
DIEZ AÑOS: Por último,
respecto
a los contratos
cuya renovación expresa o tácita se produzca tras la entrada en vigor de
esta ley, esta será de aplicación en los contratos de duración superior a 10
años que a su entrada en vigor tengan un plazo de vigencia superior a 5
años.
Esta disposición, de carácter transitorio, será de aplicación siempre que
los contratos se adapten, en el plazo máximo de 3 años, a lo dispuesto en
la ley respecto al establecimiento
de garantías, salvo que las partes, en
dicho plazo y de común acuerdo, opten por resolver el contrato y, en su
caso, negociar uno nuevo en otras condiciones.
/::'
Lodispuestoenestaúltimadisposicióntransitorianoseráaplicablea'los;~".',",
.. ' ",
de empresas
que esté incursas
en procedimientos
.. ,\
conc(jrsales.
", :,:',.
BALANCE
.
\~~~-'~.;,.
=~h'l
" /, " "
,
\; ""v
,
precedente,
con una regulación
~.¡ .f[mn.l.\\.~~
parcia~~
disposicionesadicionalescuartayquintadelaLey35/2003,de4de
Frente a la situación
noviembre,
de
Instituciones
de
Inversión
Colectiva,
la
Ley
43/2007
construye por primera vez un marco completo
de regulación
para la
comercialización
de este tipo de bienes, estableciendo claramente las
obligaciones de información y reforzando la protección de la parte más
débil de contrato, el consumidor, mediante el otorgamiento de garantías a
Laleyincrementalatransparenciadelasempresasque
su favor.
precontractual.Enlapublicidadyenlainformaciónprecontractualincide
comercializan
bienes con oferta de restitución
del precio, regulando
las comunicaciones
comerciales, incluida la publicidad, y la información'
especialmente
en
aquéllos
aspectos
que
pueden
inducir
a
error
al
consumidor sobre la naturaleza de la oferta que recibe y sobre la
existencia de un valor garantizado por el mercado.
de forma
rigurosa
la información
que estas
empresas
deben
poneradisposicióndelosconsumidoresantesdecontratar.Y,sobretodo,
Se contempla
LasenmiendastantodelCongresocomodelSenadohanmejorado,tanto
se establece un plazo de reflexión previo al contrato durante el cual se
prohíbe la celebración de éste y el pago de anticipos.
desde
el
punto
de
vista
técnico
como
sustantivo,
la
;,<,\
} liJ
t~~~~':~",é{idY~Ht~
contratos
información
28
:".)
,,'> -"-
0 "'J
21272
precontractual
que debe prestarse a los consumidores. Cerca deIj2bPlq'q~I<.:': ..,1
total de las 81 enmiendas al Proyecto planteadas por ambas Cám~;t§.~dK!~~::é".,~~.,.;S.1
tenido por objeto mejorar la protección de los consumidore~:(42f;\;~7
publicidad y en la información precontractual
y sobre todas ellas se
Comoyasehaseñalado,laseguridaddelosconsumidoresqueadquieren
alcanzado un acuerdo.
estos bienes con promesa de restitución se garantiza por la doble vía de
exigir la constitución de garantías prestadas por entidades financieras que
aseguren,
individualmente,
al
consumidor
el
importe
de
restitución
ofrecido y de la verificación por el notario ante el que debe formalizarse
contrato mediante escritura pública del cumplimiento de los requisitos
la Ley'.
el
de
También en este aspecto, las enmiendas del Congreso y Senado han
contribuido a elevar el nivel de protección de los consumidores
que
contratan
en este sector, en particular al generalizar la exigencia de
garantías a todas las actividades incluidas en su ámbito de aplicación,
conforme a la enmienda aprobada en el Congreso, y al extender
la
aplicación de la Ley a aquellos contratos de larga duración vigentes a su
entrada en vigor, conforme a la enmienda introducida por el Senado. Esta
enmienda, no obstante, en aras a no comprometer la viabilidad económica
de las empresas posibilita la renegociación de las condiciones iniciales del
acuerdo.
5. Promover
y apoyar,
conjuntamente
con las Comunidades
Autónomas,
la
Deformaurgenteyextraordinaria,elGobiernoadoptóelRealDecreto
agrupación de los afectados para la defensa de sus intereses a través de
las asociaciones de consumidores y usuarios. A estos efectos, por las
Administraciones públicas se articularán medidas de apoyo a estas
asociaciones para coordinar las demandas y la asistencia judicial con
carácter gratuito a los afectados. Además, se apoyará la creación de una
Ventanilla única en la Audiencia Nacional para que los afectados puedan
agilizar sus denuncias.
másrepresentativas,queestánintegradasenelConsejodeConsumidores
613/2006,
de 19 de mayo, de concesión
de subvenciones,
por un
importe de 2 millones de euros, a las asociaciones
de consumidores
situacióndelasempresasAfinsayForumFilatélico,alobjetode'29.
y Usuarios,
para
el apoyo
y asesoramiento
de los afectados
por la
--,
prestar
ayuda
presumía
sería
a dichas
organizaciones
un incremento
.:
:
, ,
para hacer
exponencial
.
frente~~~
de su actividad
1
""'?
'):\
"';:'¡::-~;';;;':l
'qJl"Jj)
'J[(¡¡m"\\.~
'\1'
ordi~o
representaamásde118.798afectadosenelprocedimientopenal,,
el tiempo ha demostrado
que ha ocurrido- asegurando
que pudieran
prestar el necesario asesoramiento y la defensa de los afectados. Según la
información disponible, a través de las organizaciones
del Consejo se
mayor
el número
de afectados
a los que han
Delos2millonesdeeuros,700.000sehandestinadoalafinanciaciónde
aunque ha sido mucho
asesorado.
de asesoramiento
a los consumidores
(atención
telefónica
y
personalizadaalosafectados,gestióndocumentalyasesoramiento).El
los gastos
Enrelaciónalapoyoaladefensajudicialdelosafectadosenelepígrafe
resto, 1.300.000 euros, se han destinado a la representación
y defensa de
los intereses y derechos de los afectados, y se han distribuido en función
del número de afectados sobre los que las organizaciones
asuman su
representación.
nI ya se ha hecho
referencia
a distintas
actuaciones
informativas
y de
El19demayode2006,elConsejodeMinistrosaprobó,asimismo,un'
atención, que en lo que aquí interesa se da por reproducido.
Acuerdo por el que se adoptaban
medidas
de
atención de los perjudicados
como consecuencia
realizadas a las sociedades Afinsa y Fórum Filatélico.
este acuerdo, dotar el personal y los medios
para la puesta en marcha de una "ventanilla
las personas que hayan sido perjudicadas como
aportaciones a las entidades Afinsa y Fórum
Filatélico.Elobjetivodeestainiciativahasidocanalizaryagilizarlas
Se decidía, mediante
materiales necesarios
única" de atención a
consecuencia de sus
refuerzo
para la
de las aportaciones
actuaciones que los afectados decidan plantear en la Audiencia Nacional y
que se deriven de procedimientos judiciales relacionados con la actividad
de las citadas sociedades.
1.LacreacióndeunaOficinaComúndelMinisteriodeJusticiadeatención,
Este acuerdo se ha materializado en:
por los casos Forum Filatélico y Afinsa, la cual se abrió
eldía29deJuniode2006,encontrándosesituadaenlaCIFuencarral,
a los afectados
.77 de Madrid, y que tiene por finalidad la de proporcionar
información
30
272E
rcc
212728
,
de los hechos,
los procedimientos
tanto
y juzgados
en vía penal como mercantil,
que
./:~¡y;
as Fc ~;rt{~
~WV~!!~.r::,
,
.
'.
la de indicarles cuáles son los organismos
las dudas que planteen. Cuenta con cuatro
competentes
funcionarios
'
.está:r1;~;\)-o~~~
sobre
0'0":
.
.
.
2.La'dotaciónde1SecretarioJudicialy12funcionariosderefuerzo(6
oficinasdeapoyoasendosjuzgados,ubicadasigualmenteenlaC/
por juzgado)
para atender en exclusiva a la tramitación
de las
Diligencias Previas 134/2006 del Juzgado Central de Instrucción no 1
(Afinsa) y las Diligencias Previas 148/2006 del Juzgado Central de
Instrucción no 5 (Forum). Estos refuerzos se han constituido en dos
información
de evitar
concentrar
en lo posible el
las fuentes
de
a los mismos.
vel1idodandoinstruccionespararegistrarsecomoafectado,loqueha
3. Se estableció, además, una oficina virtual, a la que puede accederse a
través de la página web del Ministerio de Justicia, donde los afectados,
han podido consultar los derechos que les asisten e informarse sobre
las posibilidades de ejercicio de acciones civiles y penales y el papel
qesempeñado por el Ministerio ,Fiscal. Asimismo, en la página se han
en la agilización
de la causa.
4.LaimplantaciónenambosjuzgadosdelsistemaLexNet,queesun
ayudado
servicio telemático
que permite
a los distintos
actores
judiciales
el
intercambio
electrónico
seguro
de toda la documentación
necesaria
para el ejercicio de su trabajo,
concediendo
a los documentos
intercambiados
plena validez jurídica y respetando las competencias y
flujos de información que la ley determina, agilizando enormemente
la
comunicación con los procuradores y abogados que representan a los
afectados que hayan decidido personarse
individualmente,
ya lo hagan englobados
en la causa, ya sea
en algún colectivo.
LasAsociacionesdeConsumidoresintegradasenelConsejode
BALANCE
Consumidores
y
Usuarios,
además
de
la atención
y el
~tJ
en fuli:éJ9.1J de lt"",~<>'::1J,4
para ate~' ~~~i~~\0'~
público: una secretaria judicial, un gestor procesal, un tramitador
procesal y un auxilio judicial.
Fuencarral,
77 de Madrid, al objeto
desplazamiento
de los afectados
y
g~
conociendo
general
,<~\
Q
de carácter
-
asesoramiento
gratuito a los afectados en relación con los procedimientos judiciales en
31
""
212728
.;'\
':g,\
representaban
en
el
"¡OJ
curso -penal y concursal-, han acreditado que
proceso penal a un total de 118.798 afectados,
25,86%de los afectados.
,~-
='(1)
4 <i:- '4
lo
que
repres~l}ta._.~l.~\.\~;~'
"-.
* '(j \
ALM
BARC
CAN
ABR
COR
Por provincias,
empresa
y número de contratos
procedimiento penal, los datos son los siguientes:
g;R
J~~iW~~;:::12[¡i.:tJ¡
por
el
i;i;:;;';f"
AVILA
j:~ii
afectados
[~,I¡¡~~~!I+l~[~í)líf~~j;
CACERES
¡iJii~i~Jlt~~I~iWt~~t1
~j~J¡fIi~\I~\'I..~~
CEUTA
';~~'$.mg~gi
32
![~Jg;Q~Pl~H:~~t
212728
OURENSE
SALAMANCA
PONTEVEDRA
SEVILLA
.~g:~g;~f~1~~I%~i&7jl~~~r~~:~JI~~
TARRAGONA
:~~f!~!I~<I{li¡~I.
li~i.~~i1~~~!~~flli
118.798
~'r;)',-
><':0..
11
EH
ZO
D!LlGENCLL-\: Para hacer COi1:"-t&f que el
U
<::.<i,~.:z;
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