Mercado de Dinero" en PDF - Asociación Perjudicados Fórum Madrid

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Mercado de Dinero" en PDF - Asociación Perjudicados Fórum Madrid
Afinsa Fórum
MERCADO DE DINERO
especial
Enero 2013 / 23
afinsa fórum
seis años y medio de lucha
Crónica de un despropósito letal
Más de 500.000
familias han perdido
gran parte de los
modestos ahorros
de toda una vida
debido a una
decisión precipitada
e infundada
Ángel Garay. Madrid
Empieza el año 2013 en España.
La situación económica en general
y financiera en particular ha sido
crítica durante todo el año 2012,
pero los expertos coinciden en afirmar que el riesgo de rescate se aleja y las entidades financieras han
recibido ya los más de 39.500 mil
millones de euros del rescate bancario aprobado en junio –y estas
entidades financieras no han sido
intervenidas por la justicia española–. Pero estas primeras luces de esperanza no alcanza a un grupo importante de ciudadanos españoles.
Existen 500.000 familias que, durante casi 30 años mantuvieron
una relación mercantil confiada y
tranquila, con dos empresas que
despuntaban en el escenario español: Fórum Filatico y Afinsa. Aquéllas se sobresaltaron la mañana del
9 de mayo de 2006 cuando grupos
especiales de la Policía entraron en
las sedes de Afinsa y Fórum Filatélico pertrechados al uso y semejanza de las unidades de lucha contra el narcotráfico y el terrorismo.
Aterrorizados empleados administrativos de ambas entidades creían
asistir a una pesadilla diseñada por
un director de ‘serie B’ con perros
policías, armas de asalto…. Esta
sobreactuación policial estaba sustentada en las querellas presentadas en los Juzgados de Instrucción
de la Audiencia Nacional por los
fiscales Luzón y Pavía y aceptadas por los jueces Pedraz (Afinsa)
y Grande Marlaska (Fórum) que
pronto sería sustituido con mucho
ruido y parafernalia por el titular
del Juzgado, Baltasar Garzón.
Las escuetas y poco elaboradas
querellas se referían a la existencia
de “un delito defraudatorio que,
por sus dimensiones, puede producir una grave seguridad en el tráfico mercantil y en la economía nacional”. Adicionalmente se refería
a la existencia de” delitos contra la
Hacienda Pública, de blanqueo de
capitales, insolvencia punible, administración desleal y falsedad en
documento privado”. Todo ello se
fundaba en la consideración de que
el negocio que ambas empresas desarrollaban era “ financiero” y que
los sellos “estaban sobrevalorados”
o “eran falsos”. A pesar de que la
actividad de compraventa de sellos
estaba perfectamente descrita en la
disposición adicional cuarta de la
Ley 35/2003 de 4 de noviembre de
Instituciones de Inversión Colec-
El 9 de mayo de 2006. Ésta es la fatídica fecha en
la que fueron intervenidas y clausuradas Fórum y Afinsa. Desde
entonces, los afectados, respaldados por Ausbanc, no han dudado en
echarse a la calle para denunciar este brutal atropello.
tiva, donde se le atribuye expresamente una naturaleza mercantil.
Además de esta forzada interpretación ‘contra legem’ de la actividad de Fórum y Afinsa, los jueces
tomaron otra decisión insólita en
el Derecho Procesal Penal español: el cierre ‘sine die’ de las empresas. Como cualquiera puede
comprobar al examinar la historia
de las intervenciones judiciales
en empresas en España, la detención de los directivos imputados
es perfectamente compatible con
la continuidad de las actividades
de las mismas para minimizar
los daños a clientes, empleados
y accionistas en todo caso inocentes de los presuntos delitos de
los directivos. Salvo en el ‘caso
Egunkaria’ no hay precedentes de
una decisión tan drástica y letal.
Así se consiguió que las empresas desaparecieran del mercado.
No obstante, sólo perpetraron su
objetivo de que entraran en concurso de acreedores por una estratagema en virtud de la cual los
administradores judiciales dejaron
de pagar las obligaciones tributarias y con sus clientes de manera
artificial. Hasta el 9 de mayo de
2006, Afinsa y Fórum Filatélico
llevaban casi 30 años funcionando sin ningún tipo de reclamación
significativa por parte de clientes,
proveedores, acreedores o Administraciones Públicas.
El resultado es conocido: las
500.000 familias afectadas pierden
sus ahorros y prácticamente toda
esperanza en recuperarlos. Los di-
Todos los culpables. Lamentablemente ya tenemos identificadas las partes sustanciales de
esta letal crónica de despropósitos que se puso en escena el 9
de mayo de 2006. El instigador
identificable fue el Gobierno socialista a través de la Inspección
de Hacienda, concretamente de
la inspectora Teresa Yabar.
Los autores fueron los fiscales de
la Audiencia Nacional Alejandro
Luzón y Juan Pavía. Los cooperadores necesarios fueron los
jueces de la Audiencia Nacional
Santiago Pedraz y Fernando
Grande Marlaska con la aparición posterior pero estelar del
mediático juez Baltasar Garzón.
Y las víctimas, más de 500.000
familias inocentes, que se han
visto atrapadas por la incorrecta
actuación de unos y la falta de
consistencia de un Estado de
Derecho que no es capaz de aplicar sus propias decisiones con
coherencia.
rectivos acusados y encarcelados
durante unos días quedan en libertad sin fianza y sujetos a una instrucción que se demora sin rumbo
y sin objetivo concreto desde hace
seis años y siete meses.
El Tribunal Supremo ha desmontado la afirmación de que se trataba
una actividad financiera, afirmando contundente y taxativamente
que era una actividad mercantil.
La Audiencia Provincial de Madrid
ha declarado lo mismo en relación
con el concurso de Afinsa.
Por tanto, los fundamentos de la
querella de los fiscales han quedado refutados por los tribunales
de justicia. Y aquí viene lo más
descorazonador: pese a ello, no
se toman medidas que revoquen
las decisiones adoptadas en base
a dichas bases incorrectas.
Además, falta saber el final de la
instrucción contra los directivos
imputados de las dos mercantiles.
Una instrucción que deambula
entre meandros de comisiones
rogativas demorando una y otra
vez el punto clave: elevar el escrito de acusación fundada contra
los presuntos responsables por
hechos concretos y tipos penales
concretos. ¿Van a poder llegar a
este punto? ¿Qué ocurre si no hay
escrito de acusación o éste es tan
endeble que no se sostiene?
La respuesta a estas preguntas puede ser la cuestión critica para que
500.000 familias puedan tener bases para una reclamación por responsabilidad de la Administración
de Justicia.
MERCADO DE DINERO
Enero 2013 / 25
afinsa fórum
especial
concurso de afinsa Tras seis años y medio de la intervención y clausura
Los administradores concursales siguen sin pagar
Redacción. Madrid
El triste caso de la intervención
y cierre de las filatélicas Forum
Filatélico y Afinsa tiene muchas
caras oscuras y desconcertantes
para un ciudadano que quiera
creer en las virtudes de nuestro
sistema constitucional y también
judicial.
En el asunto concreto del concurso de acreedores, instigado de
manera sorprendente por el bufete Osorio, la realidad de su gestión es claramente frustrante. Al
margen del hecho fundamental
que la justicia no esté teniendo
en cuenta para nada que ha desaparecido la base del concurso –
la consideración de la actividad
de Afinsa como financiera cuando el Tribunal Supremo ha establecido que es mercantil– y que
,en una resolución la Audiencia
Imagen de las cajas que contienen
los sellos de Afinsa, y que fueron
analizadas por los peritos.
dida que se alargue el concurso.
¿Es esto Justicia?
La
desidia
para el pago a
los afectados de
Afinsa no ha sido
tal en el cobro de
las retribuciones
de los administradores concursales.
Provincial no permite a los afectados recuperar su filatelia y pocas semanas después la misma
Audiencia permite recuperar la
filatelia “identificable”, los administradores concursales de Afinsa están siendo especialmente
crueles con los afectados.
Situación sangrante
los sellos son auténticos y existen. En los primeros meses tras la intervención,
se afirmó que los sellos que guardaba Afinsa en sus sedes eran falsos, e incluso que eran inexistentes.
El tiempo, y el estudio de los peritos filatélicos, han confirmado que son auténticos. Todo se reducía a un
problema de valoración de los activos.
Pero esta desidia para el pago a
los afectados de Afinsa no resulta homogénea con su política de
auto-retribuciones. Javier Díaz-
Gálvez y Benito Agüera, los administradores designados por
el juez Francisco Javier Vaquer
Martín, han percibido ya 16,2
millones de euros en concepto de
honorarios por su labor en este
concurso. Pero estas ingentes
cantidades irán creciendo a me-
La situación es tan sangrante
que el letrado de la Seguridad
Social y el abogado del Estado
que representa a la Agencia Tributaria han pedido que se reduzcan las citadas retribuciones
de los administradores concursales. Confiemos que el tema se
encauce adecuadamente por el
juez y se activen los trámites necesarios para que los afectados
de Afinsa empiecen ya a cobrar,
ya que la espera está siendo muy
larga.
Es nuestra personal carta a los
Reyes Magos de Oriente estas
Navidades.
Tras el pago del primer 10%, los afectados
de Fórum Filatélico esperan nuevos cobros
A la espera
Los administradores concursales
de Fórum Filatélico empezaron a
abonar a los afectados el primer
pago del 10% de sus créditos a
partir del mes de febrero del año
2009. A diciembre de 2012, casi
cuatro años después, los de Afinsa no han pagado ni un euro. Y
ello, pese a que se han cumplido las condiciones que pusieron
para pagar el primer 5%, a saber,
la venta de las participaciones de
Spectrum.
Esta decisión está incluida en los
informes elaborados por los propios administradores y anunciada verbalmente a los miembros
del Consejo de Consumidores y
Usuarios en una reunión mantenida el pasado 25 de septiembre.
¿Por qué no pagan ni siquiera este
mínimo 5%? Sólo ellos lo saben y
desde luego no dan explicación
alguna de semejante retraso ni a
los afectados ni a los medios de
comunicación, teniendo en cuenta tan sólo lo que han realizado
sus colegas de Fórum Filatélico.
Redacción. Madrid
En el caso de Fórum Filatélico, intervenida al igual que Afinsa el 9
de mayo de 2006, los afectados ya
han recibido un primer pago equivalente al 10% de sus inversiones.
El pago se ha ido completando en
los casos en que se han producido cambios de domicilio o fallecimiento de los titulares.
Tras este primer pago, los tribunales suspendieron la ejecución de
la liquidación de los bienes no líquidos. Esta suspensión trae causa
del hecho de que Fórum presentó
una propuesta de convenio, ante
el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en el que ofrecía
devolver a los 269.000 afectados
hasta el 50% de su inversión. Propuesta que fue inadmitida por
dicho Juzgado. La compañía filatélica recurrió esta decisión, lo
que condujo a la suspensión de la
liquidación. El el mes de marzo de
2010, la Sección 28ª de la Audiencia Povincial rechazó el recurso
de Fórum.
Edificio principal de la sede de Fórum en Madrid el 9 de mayo de 2006 durante la intervención.
MERCADO DE DINERO
24 / Enero 2013
afinsa fórum
especial
concurso de afinsa Tras seis años y medio de la intervención y clausura
La AP de Madrid
confirma la
actividad mercantil
de Afinsa
Los contratos de compraventa de filatelia no
pueden ser calificados como jurídicos simulados.
Isabel Cámara. Madrid
eran tales, sino parte del metálico
recibido por los propios clientes”.
En los últimos meses la Audien- Hecho Tercero, se afirma: “que
cia Provincial de Madrid ha dicpor encima de su calculada fortado importantes resoluciones en
malidad (el negocio) debe califiel proceso concursal de Afinsa.
carse de financiero por la certeza
A la vista de dichas resoluciones,
de la revalorización pactada”.
resulta evidente que la actividad
Como es conocido por todos, la
que desarrollaba la concursada
querella fue admitiera de naturaleza
da a trámite por el
mercantil y que, en
Juzgado Central de
consecuencia, los
Instrucción nº 1 de
contratos de com- La Administrala Audiencia Napraventa de filatelia
ción Concursal
cional dando lugar
con los clientes no
pueden ser califica- ha de proceder a a la intervención
de Afinsa a nuestro
dos como negocios modificar la lista
juicio
desproporjurídicos
simulacionada y con unos
dos. No cabe, por de acreedores
claros
perjudicatanto, afirmar que respecto a los
dos: miles de clienlos clientes pretentes que confiaron
dieran realizar de- representados
en dichas empresas
pósitos dinerarios por Ausbanc
y en la legalidad
a plazo, a modo de
que nuestro ordedepósitos
banca- Consumo.
namiento jurídico –
rios. En este sentiseguridad jurídica– otorgaba a su
do, la Audiencia Provincial de
actividad consistente en comprar
Madrid afirma, con total rotuny vender sellos a una pluralidad
didad, que la inversión que reade clientes –lo mismo cabe selizaban los clientes era en sellos
ñalar en relación a la Compañía
y que la ganancia se articulaba
Fórum Filatélico, S. A.–.
con compromisos de recompra
de los mismos –revalorización
pactada–.
Mejora del crédito
Estas afirmaciones están en diLa Sentencia, de 19 de octubre de
recta contradicción con las rea2012, de la Audiencia Provincial
lizadas por el Ministerio Público
de Madrid estima el recurso de
en su querella, de fecha 21 de
apelación de Ausbanc Consumo
abril de 2006, interpuesta con
en representación de los asociabase en la denuncia que presentó
dos personados en dicho incidenla Agencia Estatal de la Administe y considera que aquella parte
tración Tributaria (AEAT). Debe
de la inversión que los adminisrecordarse que como consecuentradores concursales clasificaban
cia de esta querella se adoptaron
como intereses y que, por ello, cauna serie de medidas cautelares,
lificaban como créditos subordicomo fue el bloqueo de las cuennados, en verdad, son auténticas
tas de Afinsa, que tuvieron como
revalorizaciones del precio de la
principal efecto que la concurfilatelia adquirida por los clientes
sada no pudiera hacer frente a
y, por ende, dichos créditos desus obligaciones exigibles al no
ben ser calificados como créditos
poder cumplir regularmente sus
ordinarios, no subordinados, juncompromisos con los miles de
to con el principal invertido.
clientes que habían depositado
En definitiva, la Sentencia pone
su confianza en la mercantil y
de manifiesto que el criterio
que, en consecuencia, se declaadoptado por los administradores
rase el concurso de Afinsa con
concursales de Afinsa era equivofecha 14 de julio de 2006.
cado. Lo que, lamentablemente,
En este sentido, en la querella
significa que el criterio que adopse realizaron, entre otras, las sitaron éstos, a pesar de sus desorguientes afirmaciones:
bitados emolumentos, perjudicó
- Hecho Primero, se afirma: “se
considerablemente a los afectaentregaron lotes de sellos sumados en la medida que, cuantitatimente sobrevalorados, cuando
vamente, vieron reducido su créno falsos, y luego cantidades en
dito al excluir de la clasificación
concepto de intereses que no
como ordinarios aquella parte
Incidente
Una afectada delante del cartel de Afinsa situado en la sede principal del Grupo.
del crédito que, equivocadamente, fue calificada como intereses.
Todo ello, en la medida que,
únicamente, aquellos acreedores que en su día impugnaron la
calificación de las revalorizaciones, incorrectamente conceptuada como intereses por los Administradores, verán mejorada su
posición acreedora en el concurso de Afinsa.
En lo que atañe al Plan de Liquidación de Afinsa, la Audiencia
Provincial de Madrid, por Auto
de 22 de octubre de 2012, ha
considerado que la opción subsidiaria de liquidación de la filatelia prevista en el Plan de Liquidación ha de revocarse y que, por
tanto, no ha lugar al pronunciamiento de liquidación subsidiario que preveía en la instancia la
opción de separar la filatelia, ex
artículo 80 de la Ley Concursal.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid, en Senten-
cia de 17 de octubre de 2012, y
como consecuencia del incidente de impugnación de la Lista de
Acreedores y del Inventario promovido por Afinsa considera que
los lotes filatélicos que consten
adjudicados “individual y nominativamente” en los contratos a
favor de los clientes y que, por
tanto, puedan ser identificados
de un modo inconfundible frente al resto de la filatelia podrán
dar lugar a su separación.
Principales diferencias de los procesos concursales
de Fórum Filatélico y Afinsa
A pesar de que las dos mercantiles fueron intervenidas y clausuradas el mismo día, el 9 de
mayo de 2006, hace ya más de seis años y medio, los procesos concursales de Fórum y Afinsa
presentan importantes diferencias en relación a los plazos, y en cuestiones técnico-jurídicas.
1
En el concurso de Fórum
Filatélico, la Agencia
Tributaria ha continuado
como administrador concursal,
mientras que en Afinsa ha sido
recusada, y sustituida por la
Seguridad Social.
El Juzgado Mercantil número 6
de Madrid recusó como administrador concursal de Afinsa a
la Agencia Tributaria tanto por
haber sido denunciante de los
hechos ante el Ministerio Fiscal,
circunstancia que dio inicio al
proceso penal (art. 219.7 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial),
como así mismo por haber
emitido el informe que se acompañaba a dicha denuncia en
relación a la actividad de Afinsa
(art. 219.6 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial). Esta importante y trascendental resolución
judicial vino a considerar que estas circunstancias, alegadas por
Ausbanc en una demanda incidental de recusación presentada
el 24 de julio de 2006, impiden
a la AEAT el ejercicio imparcial y
leal del cargo de administrador
concursal.
2
En el caso de Afinsa ha
existido una fase de convenido, que finalmente no
fue aprobada, y en el de Fórum
Filatélico no, por lo que este
último procedimiento va más
avanzado.
3
En el seno del concurso de
Afinsa ha habido pronunciamientos expresos en
torno a la relevancia que pueden
tener determinadas resoluciones
judiciales que hablan de la naturaleza mercantil de los negocios.
Como consecuencia de una
demanda incidental promovida
por Ausbanc Consumo en el año
2007, la Audiencia Provincial
de Madrid en la Sentencia, de
fecha 19 de octubre de 2012,
considera que la actividad que
desarrollaba Afinsa consistía,
precisamente, en comprar y
vender sellos, negando que se
tratara de un negocio simulado
de depósito a plazo y, por tanto,
entrando en directa contradicción con el criterio mantenido
por la AEAT, el Ministerio Fiscal
y el orden penal. Criterio que,
como es sabido, constituyó uno
de los elementos motivadores
de la intervención y del bloqueo
de las cuentas con la consiguiente imposibilidad de poder hacer
frente a las obligaciones con los
clientes.
4
En la actualidad, el concurso de Fórum Filatélico
se encuentra en fase de
liquidación, lo que supone que
los afectados por el cierre de
esta mercantil ya han percibido
el 10% de sus ahorros, mientras
que los perjudicados de Afinsa
continúan a la espera del pago
del primer 5% de sus inversiones. Pago del que todavía se
desconoce la fecha en el que se
efectuará.
MERCADO DE DINERO
26 / Enero 2013
afinsa fórum
especial
PROCESO penal
responsabilidad patrimonial
Ausbanc reitera su solicitud
de poner fin a la instrucción
A. V. Madrid
Transcurridos ya seis años desde el inicio de la causa, Ausbanc
solicitó el pasado 8 de mayo el
final de la instrucción en ambos
Juzgados Centrales y que, a la
vista de las Sentencias recaídas
hasta entonces en la jurisdicción
contencioso administrativa declarando el carácter mercantil
de las empresas, se declarara la
desproporción de la medida cautelar de intervención y cierre de
ambas empresas. Esta última petición estaba dirigida a adelantar
la reclamación patrimonial por
error judicial.
La solicitud ha sido rechazada
por los Juzgados Centrales de
Instrucción nº 1 y 5, y actualmente está pendiente de resolver
por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Error judicial
Dejando a salvo la viabilidad o
no de la reclamación por las actuaciones en el concurso, es evidente que la reclamación podrá
iniciarse cuando judicialmente se
declare que la intervención fue
desproporcionada, pues ya se ha
superado con creces el plazo de
un año desde que se produjo el
cierre y sólo queda la vía del procedimiento específico por error
judicial y no por funcionamiento
anormal de la Administración de
Justicia.
Dicha resolución judicial puede
venir de la Sala de lo Penal, al
resolver el recurso de apelación,
o declarado en la Sentencia que
se dicte cuando se celebre el jui-
Edificio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Los perjudicados, pendientes
de la decisión de Estrasburgo
Santiago Pedraz es el titular del Juzgado que lleva el caso de Afinsa.
Baltasar Garzón, juez de Forum hasta
su expulsión de la carrera judicial.
cio penal, para lo que habrá que
esperar aún por lo menos un par
de años.
En el caso de los afectados de
Fórum y Afinsa son dos las posibles circunstancias que pueden
dar lugar a esta reclamación: las
actuaciones concursales, y en
concreto, de los administradores
y del Juez de lo Mercantil, que,
desoyendo las Sentencias que
declaraban la actividad de la empresa como mercantil y no financiera, montaron el Plan de Liquidación conforme a esta segunda
y determinaron la insolvencia de
la empresa. Y, por otro lado, las
medidas cautelares adoptadas
por los juzgados en cuanto a la
intervención y cierre de ambas
empresas mercantiles –sobreseimiento libre–.
Por otra parte, en Afinsa la Administración Concursal ya ha
dado cuenta de la venta de las
acciones de Spectrum al Juzgado, y se ha confirmado la anotación preventiva de la causa penal
en el Registro de la Propiedad
en relación al inmueble sede de
Afinsa, ubicado en la madrileña
calle Génova nº 26. A fecha de
hoy, aún no se ha practicado la
ratificación de los peritos judiciales designados para evaluar la
filatelia.
Por su parte, en Fórum Filatélico, aunque los peritos judiciales
se ratificaron hace largo tiempo,
la proposición de una pericial
de parte y la entrega de la documentación y filatelia precisa para
llevarla a cabo aún no se ha realizado.
A. C. Madrid
Las decenas de recursos contencioso administrativos en las que
se agruparon las pretensiones
indemnizatorias de los perjudicados que encomendaron a Ausbanc su defensa quedaron, por
decisión de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional,
en suspenso a expensas de lo que
se resolviera en el primero de los
procedimientos iniciados.
De ese modo, conforme a lo previsto en la Ley de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa se
tramitó con carácter preferente
como recurso ‘tipo’ la primera
de las demandas interpuestas
por Ausbanc, que finalizó con
sentencia desestimatoria de la
Audiencia Nacional.
Posteriormente, interpuesto recurso de casación ante el Supremo contra esa sentencia, y el
Tribunal sólo admitió aquellos
recursos de perjudicados cuya
cuantía superase los 150.000
euros –actualmente la cuantía
se ha incrementado a 600.000
euros–, circunstancia que, a
juicio de Ausbanc, supone una
limitación inadmisible del derecho a la tutela judicial efectiva.
Precisamente por ello se ha llevado el asunto hasta el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos
de Estrasburgo encontrándose
actualmente pendiente de una
decisión.
Por otra parte, el Supremo ya ha
dictado sentencia de fondo sobre
los recursos de casación planteados por aquellos a quienes se les
admitió al superar la cuantía mínima, confirmando las sentencias
de la Audiencia Nacional que rechazaban la responsabilidad patrimonial de la Administración del
Estado por la intervención.
La decisión del Alto Tribunal
también se ha llevado por vía de
recurso a las últimas instancias nacionales y finalmente a Estrasburgo, habida cuenta de los reiterados
pronunciamientos del Supremo
que confirman la naturaleza mercantil de la actividad de las filatélicas.
plataforma blanca de bizkaia
Más de 400 personas asisten a la asamblea extraordinaria
Redacción. Madrid
En la tarde del pasado día 10 de
diciembre se celebró una asamblea extraordinaria de la Plataforma Blanca de Bizkaia, en la que la
letrada de los Servicios Jurídicos
de Ausbanc, Isabel Camara, responsable del procedimiento mercantil de Afinsa Bienes Tangibles,
informó sobre las últimas novedades acontecidas en los diferentes
procedimientos judiciales abiertos después de seis años desde la
intervención y clausura de dicha
mercantil.
Entre los temas jurídicos expuestos por la abogada, se encontraban las últimas sentencias obtenidas confirmando que la actividad
de esta empresa era, sin ninguna
duda, mercantil. Además, criticó
la dilatación innecesaria de la fase
de instrucción del procedimiento
penal. En relación a la responsabilidad patrimonial, Cámara expuso
los nuevos frentes para recuperar
el 100% de los ahorros y resarcir
los daños y perjuicios ocasionados
por el cierre de la empresa.
Al acto, celebrado en la Escuela
Técnica Superior de Náutica y
Máquinas Navales de Portugalete,
asistieron más de 400 personas,
que tras escuchar la exposición
de la letrada, tuvieron la oportunidad de intervenir en el turno de
preguntas para aclarar las dudas
existentes sobre el procedimiento
jurídico.
Los afectados de Afinsa mostraron su preocupación por la renovación de los créditos ICO, que
está pendiente de confirmación
por parte del Gobierno, y por la
posible fecha del pago del primer
5%.
Numerosos perjudicados
abarrotaron el salón de
actos de la ETS de Náutica
y Máquinas Navales de
Portugalete.

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