ACOSO LABORAL EN COLOMBIA

Transcripción

ACOSO LABORAL EN COLOMBIA
ACOSO LABORAL
EN COLOMBIA
Mónica L. Fernández M.
Razones de dificultades de
acceso a la justicia
1.- Desconocimiento de la norma
2.- Temor a represalias por la denuncia
3.- Dificultad probatoria
4.- Relaciones laborales dentro de empresas
familiares
5.- Otros aspectos sociales, psicológicos, culturales
Marco normativo
Regulación especial:
Ley 1010 de 2006 (enero 23)
Por medio de la cual se adoptan medidas para
prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y
otros hostigamientos en el marco de las relaciones
de trabajo
Ámbito de aplicación de la Ley
Se aplica:
 Trabajadores dependientes (contrato de trabajo)
No se aplica:
 Personas vinculadas con contrato de prestación de servicios.
 SALVO: Demostración de relación de subordinación.
 Limitación de la finalidad de la norma.
 Desconoce posibilidad de ocurrencia del acoso en este tipo de
relaciones
 Exclusión podría ser discriminatoria.
 Impide el beneficio de medidas de prevención.
¿Qué es el acoso laboral según la Ley
1010 de 2006?
Art. 2: “Toda conducta persistente y demostrable
ejercida sobre un empleado, trabajador, por parte
de un empleador, un jefe o superior jerárquico
inmediato o mediato, un compañero de trabajo o
un subalterno, encaminada a infundir miedo,
intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio
laboral, generar desmotivación en el trabajo, o
inducir la renuncia del mismo”.
Elementos del acoso laboral
1.- Temporales =La “frecuencia” y la “duración”.
Colombia: “Excepcionalmente un solo acto hostil
bastará para acreditar el acoso laboral”
2.- Elemento Dañoso = La “idoneidad lesiva”.
3.-Elemento subjetivo
intencionalidad dañosa”.
=
La
“finalidad
o
Modalidades
de acoso laboral:
①Maltrato Laboral
②Persecución Laboral
③Discriminación Laboral
④Entorpecimiento Laboral
⑤Inequidad Laboral
⑥Desprotección Laboral
Conductas que “se presume”
constituyen acoso laboral
• Art. 7 Ley 1010 de 2006.
• Conductas de acoso laboral que se presenten de manera
PUBLICA y REPETITIVA.
• Merma la carga probatoria a cargo de la víctima,
invirtiéndola.
Conductas que NO constituyen
acoso laboral
• Art. 8 Ley 1010 de 2006.
Mecanismos de protección jurídica
frente al acoso laboral:
Acción de
Tutela
Acción
Preventiva
Acción
Indemnizatoria
Acción
Correctiva
Acción
Sancionadora
Medidas preventivas frente al acoso laboral
Comités de
Convivencia
Laboral
CCL
Actividades de
sensibilización y
capacitación
Empleador
+
Asesoría
ARL
Mecanismos
de
seguimiento
y vigilancia
periodica
Manuales de
Convvencia
Comités de Convivencia Laboral
CCL
Conformación Obligatoria
Sector público y sector privado
Rol de prevención
riesgos
psicosociales
Presentación y seguimiento de
recomendaciones para
desarrollo efectivo de medidas
preventivas
Acompañamiento y asesoría
obligatoria por ARL
Programas de Salud
Ocupacional
Programas
prevención y
control de
enfermedades
generadas por
Riesgos
psicosociales
Los producidos por
acoso laboral
Ley 1562 de 2012
• Enfermedad Laboral: ”La contraída como resultado de la
exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad
laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado
a trabajar” (art. 4).
• En los casos en que una enfermedad no figure en la tabla pero
se demuestre la relación de causalidad con los factores de
riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad
laboral.
• Factores de riesgo ocupacional = Agentes Psicosociales.
Mecanismos de protección jurídica
frente al acoso laboral:
Acción de
Tutela
Acción
Preventiva
Acción
Indemnizatoria
Acción
Correctiva
Acción
Sancionadora
Acciones Correctivas
INTERNAS
EXTERNAS
Mecanismos de protección jurídica
frente al acoso laboral:
Acción de
Tutela
Acción
Preventiva
Acción
Indemnizatoria
Acción
Correctiva
Acción
Sancionadora
Tratamiento sancionatorio
al acoso laboral
Multa = De 2 a 10 SML para quien realice los actos de acoso y
para el empleador que lo tolere.
 Indemnización del art. 64 CST en caso de terminación
contrato de trabajo sin justa causa del trabajador acosado.
 Terminación del contrato de trabajo (con justa causa) al
trabajador sujeto activo del acoso.
 El empleador que cause o tolere el acoso laboral debe pagar a
las EPS y a las ARL el 50% del costo de los procedimientos que
sean requeridos para tratar alteraciones de salud,
enfermedades profesionales o cualquier otra consecuencia
que haya sido desencadenada por el hostigamiento.
Mecanismos de protección jurídica
frente al acoso laboral:
Acción de
Tutela
Acción
Preventiva
Acción
Indemnizatoria
Acción
Correctiva
Acción
Sancionadora
Enfermedad Laboral
Resp. Objetiva:
Seguridad Social
Resp. Subjetiva:
Responsabilidad
Civil
Responsabilidad civil
patronal
“Cuando exista culpa suficientemente comprobada del patrono
en la ocurrencia del accidente de trabajo o en la enfermedad
profesional, está obligado a la indemnización total y ordinaria
por perjuicios, pero del monto de ella debe descontarse el valor
de las prestaciones en dinero pagadas en razón de las normas
consagradas en este capítulo” (Ley 6 de 1945 – Art. 216 CST de
1950)
Estructura de la
Responsabilidad Civil
Culpa queda
demostrada a
partir de una
presunción
Culpa por
incumplir
Obligación de
Seguridad
Obligación de
Seguridad de
Resultado
Descuento de las prestaciones del monto
de la indemnización total
• Art. 216 del Código Sustantivo del Trabajo del año 1950:
“… pero del monto de ella debe descontarse el valor de las prestaciones
en dinero pagadas en razón de las normas consagradas en este
capítulo”.
• La prestación laboral que paga la seguridad social y la
indemnización que se reconoce por vía de la responsabilidad
civil son categorías con distinta naturaleza, en consecuencia,
sí se pueden acumular y entonces, la norma contenida en el
Art. 216 CST debe interpretarse de acuerdo al momento
histórico de su formulación.
Daños extrapatrimoniales que se
podrían resarcir por vía de RC:
Daño a la Salud
Afectación otros
derechos
constitucionales
Daño Moral
J.C.A
Daño a la vida de
relación
Daño a derechos
personalísimos
de relevancia
constitucional
Daño moral
J.O.
Mecanismos de protección jurídica
frente al acoso laboral:
Acción de
Tutela
Acción
Preventiva
Acción
Indemnizatoria
Acción
Correctiva
Acción
Sancionadora
Bienes jurídicos afectados en
evento de acoso laboral:
El trabajo en condiciones dignas y justas
La dignidad
La integridad física y moral (Salud)
La intimidad
El buen nombre
La honra
Sector
Público
Sector
Privado
FIN

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