EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200I Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 45300 OCAÑA (Toledo) ACTA N° 3/2013 JUNIO DE 2013.- SESION ORDINARIA CELEBRADA PRESIDENTA POR EL PLENO EL DIA 27 DE En Ocaña a 27 de junio de 2013. DÑA. REMEDIOS GORDO HERNÁNDEZ TTES. DE ALCALDE D. TOMÁS VINDEL DE ANDRÉS DÑA. PAOLA LÓPEZ JIMÉNEZ D. ANDRÉS MARTÍN JIMÉNEZ CONCEJALES D. RAFAEL • VACAS CALLEJA D. ROSARIO GARCÍA CARRERO D. BENJAMÍN MERINO CABRIA D. LUIS GARCÍA-BRAVO DÑA. ARACELI VIDAL NAHARRO LÓPEZ-GÁLVEZ D. FCO. JAVIER RAMIREZ COGOLLUDO D. EDUARDO JIMÉNEZ GARCIA DÑA. MARÍA LUISA HERNANDEZ VINDEL Siendo las 20 horas se reúnen en la sede provisional del Ayuntamiento, Avenida del Parque, 1, según acuerdo plenario de fecha 12 de junio de 2008, los Concejales al margen reseñados, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Pleno Corporativo, en primera convocatoria, pospuesta para el día de hoy. Se hallan presentes quince de los diecisiete Concejales que de derecho integran el Órgano Colegiado. Excusan su asistencia D. Luis Miguel Guijarro Torralba y Dña. Eva Fernández Dionisio. Asiste la Interventora Dña. Fátima Carrero Sánch ez-Escribano. Preside la Alcaldesa, Dña. Remedios Gordo Hernández, actuando como Secretaria la titular del Ayuntamiento Dña. Amalia González Jabardo. DÑA. REBECA GIL LEON D. DANIEL PRADO MORENO D. JOSÉ PÉREZ MAYA SECRETARIA DÑA. AMALIA GONZÁLEZ JABARDO La Alcaldesa-Presidenta tras declarar abierto y público el acto, pide disculpas por no haber convocado el Pleno en la fecha correspondiente, en el mes de mayo, motivado por la necesidad de cuadrar fechas y ajustes de asistencia. D. Francisco Javier Ramírez manifiesta su queja por la demora en la convocatoria, ya que, afirma, en Junta de Portavoces se quedó para el día 20, y luego se ha convocado para el 27, sin consultar previamente si este día le venía bien a su Grupo. Manifiesta que el Concejal D. Luis Miguel Guijarro, precisamente porque la convocatoria a ser para el día 20, hoy no puede acudir. A D. Tomás Vindel expone que a la Comisión Informativa de Hacienda el presupuesto debía ir bien cerrado. También, porque se entendió necesario conceder tiempo suficiente a los Grupos para su estudio con carácter previo a la sesión de la Comisión Informativa. A esto cabe añadir que el día 31 de mayo era festivo. Pide disculpas por la alteración en las fechas. Manifiesta que habló con el Concejal D. Luis Guijarro, a quien le indicó que intentaría llevar a efecto la sesión el día 20, con el objeto de permitir su asistencia. Compromiso que, finalmente no pudo asumir. 1. APROBACIÓN ACTA SESIÓN ANTERIOR.- Sometida para su aprobación el Acta de la sesión anterior, de fecha 11 de abril de 2013, no se formulan observaciones. Conviene previene el artículo 91 del R.D. 2568/1.986, de 28 de noviembre, entiende aprobada por unanimidad. se 2. DAR CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA 38/2013 A 88/2013.En cumplimiento del artículo 42 del R.D. 2568/1986 de 28 de noviembre, se da cuenta al Pleno de las Resoluciones adoptadas por la Alcaldía desde la última sesión ordinaria, Decretos 38/2013 a 88/2013, para que los Concejales conozcan el desarrollo de la Administración municipal a los efectos de control y fiscalización de los órganos de gobierno. Ningún concejal pide la palabra. 3. DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO EJERCICIO 2.012.- Expone Dña. Remedios Gordo, Alcaldesa-Presidenta, que siendo el resultado presupuestario positivo, esto es, que las obligaciones reconocidas (gastos) del ejercicio 2012 son inferiores a los derechos reconocidos (ingresos) y, al tiempo, que el nivel de endeudamiento es inferior al 110 por 100, ello le hace sentirse orgulloso y satisfecha, por cuanto supone dicho resultado un logro que puede ser calificado de histórico. Desea por tal motivo dar las gracias a los Concejales al haber ellos contribuido, mediante una buena gestión de los recursos, al cumplimiento de este hecho, puesto que el resultado marca un hito en el campo de la gestión presupuestaria municipal. Gracias que hace extensivas a los diferentes servicios municipales, en la medida de su contribución. D. Francisco Javier Ramirez, Portavoz del Grupo Municipal Socialista no comparte el criterio de la Presidenta, argumentando que sería bueno dicho resultado si éste fuera cero, pero no si se tiene en cuenta la cantidad de facturas todavía pendiente de pago. El resultado es positivo, por tanto, sólo a nivel de popularidad, pero no en cuanto a su esencia. Asi, el propio informe de Intervención señala que la cifra es positiva en 10.976.711'12 euros, pero teniendo siempre presente que a esta cantidad habría que restarle los derechos reconocidos con cargo al Plan de pago a Proveedores, por cuantía de 9.893.762'58 euros, con lo cual dicho resultado se transformaría en 1.082.948'54 euros. La Interventora municipal, Dña. Fátima Carrero Sánchez-Escribano, manifiesta que en el informe emitido por Intervención con carácter previo a su aprobación por la Alcaldía, se indica cómo se confecciona técnicamente la liquidación presupuestaria, elaborada aplicando un programa informático acorde con la legislación vigente que lo regula. El Resultado Presupuestario, por tanto, es el que se refleja en el citado informe, calculado en función de los derechos reconocidos netos y obligaciones reconocidas netas, según dicta el Decreto 500/1.990, de 20 de abril. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCAÑA ~ i Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-122001 Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 45300 OCAÑA (Toledo) Fax 925 120 969 Pone de manifiesto el Sr. Ramírez Cogolludo, en relación con el Remanente de Tesorería, que en el informe de Intervención se propone llevar a cabo la tramitación de expedientes de depuración de resultas para la anulación de obligaciones pendientes de pago y derechos reconocidos pendientes de cobro de ejercicios cerrados que figuran indebidamente en la contabilidad municipal, por duplicidades de asientos, errores contables y prescripción, entre otras causas. Actos estos -dicenecesarios de poner en la práctica ya de una vez, pues aunque se vienen exponiendo con carácter anual, lo cierto es que luego nunca se acometen. Como consecuencia de lo advertido en este informe, y de sus antecedentes, se concluye que el Resultado podría decirse que " está maquillado", pues los números sólo indicarían una cifra a efectos meramente formales. Responde la Interventora que con independencia de cuando se pongan en marcha los expedientes, habría que analizar, antes de hacer esa afirmación, si esos derechos estarían o no prescritos, o si el plazo de prescripción se habría visto interrumpido por la causas legales determinadas, tanto a nivel de ingresos como de pagos. D. Francisco Javier Ramírez dice que algunas de estas cifras se vienen arrastrando desde hace más de quince años. Falta, por tanto, realizar ese trabajo "de campo", ese previo análisis expuesto por la Interventora, que es lo que haría ofrecer un resultado real de las cifras del Remanente. Pregunta el Sr. Ramírez "pendiente aplicación". qué pagos son en concreto los que figuran Contesta la Interventora que son obligaciones de pago reconocidas Sentencia Judicial, no incluidos en el plan de pago a proveedores. como por El Sr. Ramírez, aludiendo al informe de Intervención, en el cual se propone revisar las Ordenanzas fiscales y no fiscales, tales como el IBI, IVTM, IAE, ICIO y Plusvalías, manifiesta no compartir dicho criterio, pues no cree que como solución al remedio de mejorar la economía municipal haya de acudir para ello al aumento de la presión fiscal ciudadana. Preguntado por la Alcaldesa acerca de las medidas a las cuales él recurriría para equilibrar las cuentas, responde que las consistentes en reducir gastos. Ante lo cual aquella le repregunta cuales serían en concreto, dejando aparte los superfluos, y no superfluos. D. Tomás Vindel, Concejal Delegado de Hacienda, alude a la propuesta de Intervención referente a la revisión de diversas ordenanzas, con el fin de conseguir un porcentaje recaudatorio más alto para la financiación del presupuesto. El Sr. Ramirez Cogolludo le dice que esa medida no consiste en reducir gastos, sino en aumentar la recaudación mediante el aumento de las tasas. A lo que el Sr. Vindel replica que la medida es de recomendación, siendo libre después el órgano de gobierno para aplicarla o no. Dña. Remedios Gordo manifiesta que el Impuesto de Bienes Inmuebles es cierto que ha sufrido un incremento; pero no por ello hay que interpretar que se deba a una "penalización", pues habrá de considerarse, para valorar la medida, que existen edificios o mejoras por ampliación que, tras la realización de las pertinentes obras, tampoco el propietario las ha dado de alta en el Impuesto, y este hecho omisivo perjudica el totaCdel importe a recaudar. Asimismo, -tras aludir el Sr. Ramirez a 'i. que no se trataría de reducir o rebajar la totalidad de las Ordenanzas-, prosigue manifestando que ahí está la propuesta que sugiere Intervención, siendo luego facultad del equipo de gobierno asumirla o no. Al tiempo, -pregunta- si es que acaso existe alguna otra medida efectiva hasta la fecha aquí no expuesta que permita mejorar el resultado económico. El Sr. Ramirez expresa que él ya expuso en la Comisión Informativa opinaba al respecto, opinión que ahora no tiene por que -dice- reproducir. qué Finalmente, la presidenta reitera su agradecimiento a los Concejales, y a todos aquellos otros que, en una u otra medida, han contribuido a controlar el gasto. 4. APROBACIÓN PRESUPUESTO EJERCICIO ECONÓMICO 2.013.- D. Tomás Vindel de Andrés, Portavoz del Grupo Municipal Popular y Concejal Delegado de Hacienda, da lectura parcial de la Memoria explicativa del presupuesto. Resalta el esfuerzo realizado por los miembros integrantes de esta nueva Corporación en controlar el gasto, dándoles por ello las gracias. De igual modo, agradece al personal que presta sus servicios en el Ayuntamiento por su contribución a minorar los gastos clasificados como gastos corrientes, tales como agua, luz, material de oficina y demás consumos, pues aunque globalmente signifiquen una cuantía no relevante, si que, grano a grano, contribuyen a equilibrar y sostener la economía. De manera resumida, y por Capítulos, tras dejar constancia de que los diversos Concejales delegados han intentado disminuir los gastos con respecto al ejercicio 2012, reseña la diferencia porcentual entre ambos presupuestos a nivel de capítulos. Capítulo Ejercicio I. Personal //. Gastos Corrientes y Servicios 2013 % VARIACIÓN 44'86 + 0'72 38'71 - 4'74 III. Gastos Financieros 11'08 + 100'91 IV. Transferencias 0'92 +0'62 VI. Inversiones Reales IX. Pasivos financieros 3'21 % -15'51 1'22 -3975 Expone las principales causas que motivan la variación porcentual señalada: - Personal: En 2012 no se tuvo en cuenta la paga extra de navidad, sí prevista en 2013. - Gastos Corrientes y Servicios: Se debe al esfuerzo de reducción del gasto por parte de los Concejales integrantes del equipo de gobierno en esta nueva legislatura. - Gastos financieros: aprobado en 2.012. Son consecuencia del Plan - Transferencias corrientes: similar al ejercicio de Pago a Proveedores anterior. - Inversiones Reales: Disminuye, como medida de contención del gasto público. i EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200 I 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 - Pasivos financieros: derivado de la liquidación del ejercicio de 2009, al Ministerio de Economía y Hacienda las devoluciones se efectuaron en un mayor número de mensualidades. Finalmente, destaca que si bien el Ayuntamiento no está obligado a aprobar un presupuesto de gastos por cuantía inferior a la de ingresos que lo financian, en este ejercicio económico de 2013 así está previsto, al objeto de alcanzar un ahorro neto positivo. D. Francisco Javier Ramirez, Portavoz del Grupo Socialista expresa al Sr. Vindel que en la Comisión Informativa de Hacienda dijo que el capítulo I se incrementa un 4'14 % con respecto al presupuesto de 2012 debido a que en el pasado año la paga extra no venía contemplada, puesto que en la fecha en la cual se aprobó el presupuesto aquella ya había sido objeto de supresión. Si este año no se aplica este tipo de recorte, esto es, si se cobra, parece lógico que la partida haya de aumentar. La Interventora Dña. Fátima Carero, le informa que en la Memoria se dice "principalmente, sobre todo". explicativa D. Tomás Vindel aclara que a consecuencia del error detectado en la partida de "135.000 euros", que en realidad eran 13.500 (urbanismo), esta diferencia hace reducir el capítulo de personal. El Sr. Ramirez dice que el momento al cual él se refiere es el anterior a aquel en el cual se detecta. Lee la Memoria del Presupuesto la Alcaldesa: " El Capítulo I (Gastos de Personal) aumenta un 0'72 % respecto al anterior ejercicio: Ello es debido principalmente sobretodo a que el año pasado cuando se aprobó el presupuesto para el ejercicio 2012 no se tuvo en cuenta la paga extra de navidad y este año si se ha previsto". No baja, pues, el porcentaje -dice al Sr. Cogolludo- sino que Ud. lo había entendido mal. Le contesta el Sr. Cogolludo si acaso 26.000 euros sirven para abonar la paga extra. Dña. Remedios Gordo le responde que el presupuesto, Capítulo I, Gastos de Personal, es efectivo y claro, pues con independencia del error aludido, se ha de tener en cuenta que a lo largo del año ha habido jubilaciones, se ha dejado de abonar parte de la cuantía destinada a productividad, y se han suprimido las horas extraordinarias, lo cual arroja en su consecuencia un resultado positivo. El Sr. Ramirez Cogolludo afirma mantener el voto en contra del Grupo Socialista ya que, entre otros motivos, dicho presupuesto tal y como viene reflejado, impide el cumplimiento de los compromisos asumidos con el Plan de viabilidad presentado para el pago a proveedores. Compromiso que entre otros, incluía la reducción de los gastos de personal del Capítulo I, cuyo porcentaje global con respecto a la totalidad del gasto continúa y resulta seguir siendo excesivo. La realidad, mantiene, es que el Pleno cuando aprobó dicho Plan de ajuste, asumía con ello unos determinados compromisos ante el Ministerio de Hacienda que resultan ahora ser meramente formales, no efectivos. De hecho, la Concejala de Personal, S Dña. Paola López, dijo en el anterior Pleno que se estaba estudiando el tema de la reducción de la plantilla, y lo cierto es que nada al respecto se ha hecho. D. Tomás Vindel da cuenta de las gestiones realizadas ante la Diputación intentando solventar este tema, y al tiempo, le advierte que en el ámbito laboral, el despido de personal no tiene las mismas consecuencias si quien despide es una Administración o, por el contrario, una Empresa, pues así como el empresario despide al trabajador y este va directamente al INEM, cuando de la Administración Pública se trata, los Tribunales suelen optar, no por el despido, sino por la readmisión. Le responde el Sr. Ramirez Cogolludo que eso sólo ocurre cuando el personal despedido ha accedido por oposición, no cuando la relación de trabajo es de carácter temporal. Pone el Sr. Vindel como ejemplo del argumento antes expuesto un caso concreto acaecido en el propio Ayuntamiento de Ocaña: un expediente disciplinario que concluyó con suspensión de empleo y sueldo pues la trabajadora había simulado enfermedad. El juzgado no sólo falló a su favor, sino que hubo que abonarle los 30 días no trabajados y las vacaciones no disfrutadas. Eso aún sabiendo el propio Ayuntamiento que los partes de bajas se consiguieron con engaño. D. Francisco Javier Ramirez dice que "cuando el barco se hunde lo que hay que hacer es achicar aguas" Y, en este sentido, si es que no se adoptan medidas importantes, mal podemos solucionar el problema económico existente. Aquí, afirma, en lugar de aliviar gastos, se ha optado por subir los impuestos, aunque bien se podría haber hecho lo contrario, esto es bajarlos. Así, por ejemplo, se ha decidido poner en marcha una tasa, la relativa a la instalación de aparatos de aire acondicionado, aprobada en 1.999 (le corrige la Alcaldesa en cuanto a la fecha de aprobación, que es de 1.991-92). D. Tomás Vindel manifiesta que la teoría que aquí se está aplicando es la de poner en marcha unos expedientes que estaban paralizados: La Ordenanza se aprobó, pero luego no se hizo efectiva. A este respecto, pregunta si es que acaso no es obligación del propio Ayuntamiento cobrar el importe de las Ordenanzas fiscales previamente aprobadas. Esta en concreto grava la ocupación de la vía pública con aparatos de aire acondicionado, pero sólo aquellos que hacen uso de dicho espacio público (el vuelo), no aquellos otros instalados en balcones, terrazas, o espacios privados (jardines, patios, etc). Pone como ejemplo los aparatos instalados en el "Parque Residencial", no sujetos a tributación porque las fachadas no dan directamente a la vía pública, sino a los jardines interiores de la Comunidad. Manifiesta el Sr. Ramirez que él habla en términos generales, y no por referencia a un impuesto o una tasa en concreto, aunque haya ejemplificado. Dña. Remedios Gordo expresa que si el impuesto quedase "en el baúl de los recuerdos" también cabe o cabría preguntar por qué motivo se guarda y no sale a la luz. Sostiene que con la puesta en marcha de esta tasa no se actúa con arbitrariedad; entre otras causas, porque actualmente la labor que se realiza se limita simplemente a recopilar datos. Todavía, al día de hoy, -dice- ni se aprobado el padrón, ni se ha pedido a nadie que abone la cuota. El Sr. Ramirez manifiesta que también se han subido las tasas del cementerio. Tanto el Sr. Vindel como Dña. Remedios Gordo le responden que la modificación de la Ordenanza del cementerio se limitó a actualizar su cuantía hasta cubrir el importe del servicio. Plaza Mayor, 1 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 Esta última puntualiza que tras realizar su actualización, se viene permitiendo el fraccionamiento del pago. Solo faltaba -expresa- que en cada lápida pusiera "subvencionada por el Ayuntamiento de Ocaña". Pregunta el Sr. Ramirez si esta misma inscripción existe en la Escuela Música. Responde si la Alcaldesa, porque "ellos si colaboraron". de D. Eduardo Jiménez aclara que su Grupo lo que viene a querer expresar es que este no es el mejor momento para poner en práctica o en marcha la subida de tasas. Que por este motivo es por lo que rechazan la postura que sostiene el equipo de gobierno, dada la coyuntura social existente. Dña. Remedios Gordo contesta que el Grupo Socialista entra en contradicción, puesto que si la Ordenanza está aprobada y no se hace efectiva, el importe del padrón debería de figurar como "pendiente de pago" ¿De donde salen, sino de los impuestos y las tasas, los ingresos municipales necesarios para mantener los Servicios? Pide que, a tal efecto, y a tenor de la medida propuesta, le digan cómo o qué tiene que hacer en concreto para obtener recursos sin reducir servicios. Responde el Sr. Ramirez Cogolludo que quien gobierna es ella, y como por esta dedicación percibe una retribución, por tanto, la búsqueda de soluciones a ella compete. Tras reiterar la Alcaldesa que la modificación de las Ordenanzas no se puede considerar técnicamente como una subida de impuestos, D. Francisco Javier Ramirez le dice entender que las subvenciones hayan de existir, pero siempre y cuando el Ayuntamiento, porque su propia económica se lo permite, tenga con anterioridad cubiertos todos los gastos de funcionamiento. Caso contrario, que cada cual se pague los suyos propios. Dña. Remedios Gordo responde que si cobrase por el alquiler de locales cedidos en uso se estaría obteniendo por ello unos ingresos. Por tanto, esta cesión ha de considerarse de naturaleza subvencionista. Pregunta al Sr. Ramirez Cogolludo en qué en concreto puede reducir. Y, tras reafirmarse este último en no compartir la política subvencionista, enumera las siguientes medidas que en su día propuso para reducir gastos: 1) Transferencia a la Diputación Provincial de la gestión del Parque de Bomberos. 2) Transferencia de la Guardería municipal a la Junta de Comunidades, puesto que la competencia educativa no es propia municipal. 3) Revertir al Ayuntamiento la gestión del servicio municipal de recogida de residuos, pues con esto se obtiene al menos como ahorro el importe del beneficio industrial que percibe el contratista, y 4) La supresión de las Dietas de los Concejales por asistencia. Replica Dña. Remedios Gordo que si el servicio de recogida de residuos revierte al Ayuntamiento, habría que contratar nuevo personal, así como indemnizar a la empresa adjudicatario del contrato en concepto de resolución contractual, lo cual también conlleva un gasto, puesto que ello no sería gratuito. Manifiesta el Sr. Ramirez que como se adquirió con el pueblo el compromiso de poner soluciones a los problemas económicos existentes, le parece que esta última intervención de la Presidencia no es sino una manipulación del sentido de su intervención, anteólo cual presenta su queja. Finaliza su exposición manifestado que el presupuesto que se eleva al Pleno está confeccionado "en clave electoral", puesto que no soluciona el grave problema económico de liquidez existente, dando como resultado el que cada vez sea más complicado hacer frente a este. Representa unos ingresos de más de seis millones de euros, que incluso superan los gastos presupuestados, esto es, que se preveen con superávit; en cambio, se advierte en su confección la ausencia de partidas económicas destinadas a Planes de Formación o Planes de Empleo. Por tales motivos, el Grupo Socialista es contrario a su aprobación. D. Tomás Vindel manifiesta que los Planes de Empleo sin subvención que los financie resultan imposibles de asumir. externa Dña. Remedios Gordo apunta que en el Presupuesto sí están previstos 20.900 euros para Fomento de Empleo. En cuanto a los Planes, si se convocan por Diputación o por la Consejería, se celebrarán. Dice no creer en la política subvencionista, sino en aquella otra que fomenta o pone los medios para crear empleo, como pueden ser los Talleres, que permiten la adquisición de conocimientos propios para a continuación poner en marcha un negocio, o crear empresa. El problema de las subvenciones, dice, es que después de siete meses, vas a la calle. Por ello, la formación es una medida de orden paliativo, puesto que sirve no solo para obtener un puesto de trabajo sino para subsistir el resto del año. Expone D. Tomás Vindel que justificado porque como el importe a proveedores asciende a 200.000 recaudación real sólo es previsible, al menos este superávit permitiría llegado el plazo de vencimiento. el presentar un presupuesto con superávit viene de los intereses por el concepto del Plan de pago euros, si los ingresos generales previstos, cuya para el supuesto de no recaudarlos en tiempo, sí hacer efectivo el pago de los citados intereses Pregunta el Sr. Ramirez Cogolludo si en el supuesto de recaudar 200.000 euros más de los presupuestados, podrían ser utilizados de igual modo para el pago de aquellos. Le informa la Interventora que lo previsto por Ley es que los ingresos sean al menos igual a los gastos presupuestados. En caso de recaudación mayor a la prevista, esta podrá o no ser utilizada, modificando la partida correspondiente. La Alcaldesa, por alusiones, -dice- a las sugerencias efectuadas por el Sr. Ramirez Cogolludo para minorar gastos expone, contrarreplicando, los siguientes motivos por los cuales, a su juicio, aquellas no le parecen oportunas: - Parque de Bomberos: ha sido siempre un objetivo constante la cesión del servicio y lástima -expresa- que no se hiciera hace ya seis o siete años; pero, como la Diputación en tales fechas pensaba en clave electoral, resolvió reubicar el Parque de Bomberos en otro sitio. - Guardería: Si en 2005, cuando se construyó, la Junta de Comunidades, como así lo hizo con otros pueblos, hubiera contribuido económicamente y no tuviera que haber sido financiada en su totalidad por el propio Ayuntamiento de Ocaña, a lo mejor -expresa- habría sido otra cosa. La Junta -dice- actuaba también en este supuesto en clave electoral. Le pregunta D. Francisco Javier Ramirez por qué vuelve al pasado. tiempo, por qué le interesa remitirse siempre a éste. Y, al EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200I 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 Responde la Alcaldesa que como la Junta era del Partido Socialista y el Ayuntamiento de Ocaña del Partido Popular, los votantes de este pueblo no interesaban a aquella, no obstante ser los perceptores directos del daño derivado de este olvido los propios ciudadanos de Ocaña. Ocaña -prosigue- será hoy el primer pueblo en déficit y deuda; pero el equipo de gobierno trabaja en salir adelante, a pesar de que la Junta de Comunidades sólo financiara económicamente el Centro de la Mujer. Pregunta el Sr. Ramirez si es que toda la culpa realmente sólo cabe echársela a la Junta, y nada de esta al Ayuntamiento, derivado de su mala gestión. - CESPA: Se ha reducido el precio del contrato en un 21 por 100, se están renegociando las facturas pendientes de pago, y se ha consensuado con otra empresa (Ecoembes) el reciclado de envases. Si es que se resuelve el contrato antes de la finalización del plazo total estipulado a instancia del Ayuntamiento, habría que indemnizar al contratista. El Ayuntamiento, dada la demora en el pago de las facturas, no es el único que en realidad estaría incumpliendo el contrato. - Dietas de Concejales: Le sorprende esta propuesta. Entiende que el trabajo de las Concejalías es ímprobo, y, excepto ella misma, nadie cobra por dedicación parcial o exclusiva, a pesar de la ingente labor que desempeñan. A título personal, acepta suprimir las dietas del Grupo Socialista, pero, dice, al igual que aceptaría la supresión de estas dietas, pide que el PSOE, por solidaridad y en coherencia con dicha petición, apoye en las Cortes la supresión de las prebendas de las que gozan "Bono y Page". Pone de manifiesto que el Alcalde de un pueblo próximo a Ocaña cobra 29.000 euros anuales además de su sueldo y gasta mucho en toda una serie de asesores personales; datos estos que contrastan con la propuesta lanzada por el Grupo Municipal Socialista. Reitera aceptar la proposición. Al tiempo, puntualiza que no se cobran de hecho porque no existe liquidez, pero -repite- cuando se representa a las siglas de un Partido político, se debe de hacer para bien y para mal. Debaten simultáneamente los Concejales del Grupo Socialista y la Alcaldesa acerca de lo manifestado por Dña. Remedios Gordo, con la que no comparten los argumentos expuestos al hallarlos desvinculados del fondo que subyace en su propuesta. Dña. María Luisa Hernández dice que aquí se debe de hablar de Ocaña, y no de lo que ocurre en otros Ayuntamientos, o de lo que hace ese Alcalde al cual la Alcaldesa aludió. Entre otras causas, porque éste ha realizado una muy buena gestión. Gestión que cuestiona la Alcaldesa. Insiste Dña. Remedios Gordo en sostener que las siglas de los partidos han de ser coherentes, y en pedir por ello al Grupo Municipal Socialista de Ocaña que recrimine a los Diputados socialistas Regionales por mantener las prebendas de las que gozan el Sr. Bono y, los propios Diputados. Al tiempo, comenta que de este tema no ha hablado con los concejales del Grupo Popular. D. Francisco Javier Ramirez dice no entender a qué viene mezclar el debate del presupuesto de Ocaña con Bono o Page. Con respecto a los Diputados Regionales, tienen dedicación exclusiva, y viven de su trabajo, percibiendo las dietas que por ello les corresponde, al igual que sucede en todos los sitios. Le sorprende que cuando habló en otra ocasión de esto, a nadie le pareciera mal, incluido ella misma y D. Tomás Vindel. Con respecto a la percepción de la dieta, por su cuantía, y puesto que los Concejales no viven de ello, es evidente -dice- que esta "no les iba a sacar de pobres". Dña. Remedios Gordo puntualiza que él no habló de suprimir las dietas, sino de abonar el importe de ellas directamente a los Grupos, en lugar de a los Concejales. Contesta el Sr. Ramirez que los Grupos tienen sus gastos de funcionamiento. Sin turno de palabra, Concejales de ambos Grupos debatan acerca de las necesidades de orden material. Entre estas, destacan y reseñan D. Francisco Javier Ramirez y Dña. María Luisa Hernández, los derivados del uso de los ordenadores personales, y material de oficina, gastos éstos los cuales el Grupo Popular -afirmantiene cubiertos. La Alcaldesa contesta que como ya así lo expresara en diferentes y varias ocasiones, tanto en el Pleno como en Comisión Informativa, a su disposición tienen, sin necesidad de pedirlo por escrito, el material que precisen para el desempeño de sus funciones. Dice aceptar la propuesta sobre las Dietas siempre y cuando, de igual modo, el Partido Socialista renuncie a las suyas. Dña. Rosario García-Carrero manifiesta que la renuncia a la percepción de las dietas tiene carácter voluntario. Por tanto, lo propio será que quien asi lo quiera, lo solicite individualmente y a título personal. D. Javier Ayuntamiento. Ramirez responde que lo pretendido es ahorrar dinero al D. Tomás Vindel, Concejal de Hacienda y Portavoz del Grupo municipal Popular, manifiesta que si se sustituyen las dietas por asignación a los Grupos, su importe tendría que ser proporcional al número de Concejales integrantes en cada caso. No ve lógico plantear aquí esta cuestión, siendo lo propio hacerlo en Comisión Informativa con carácter previo a un debate plenario. Dña. María Luisa Hernández insiste en que el objetivo final de la propuesta buscar una fórmula que permita al Grupo tener medios materiales de trabajo. es Propone Dña. Remedios Gordo que si de lo que se trata es de subvencionar los Grupos, lo procedente es reunirse con antelación para tratar del asunto. a El Sr. Vindel reitera que ya en su día se dijo que el tema sería estudiado. - Subvención a otras Instituciones: Se muestra partidaria de su concesión a las Asociaciones de carácter u orden municipal, y a las no municipales, porque también hacen cosas en pro del municipio, otorgándose dicha concesión bien de forma remunerada o en especie. En apoyo al deporte local, se justifican porque, y a título de ejemplo, el Club de Baloncesto, además de que los gastos de fichajes son elevados, para mantener su status precisan gozar de un cierto nivel. También porque pasean, cuando compiten, el nombre de Ocaña. Estas subvenciones, las deportivas, se conceden -dice- a los Clubes federados y supramunicipales. Se trata, pues, de deportes que antes no tenían cobertura en Ocaña. Con respecto a otras actividades, pregunta si es que no puede ser que un niño que tiene facultades para algo, desde aquí se pongan a su disposición los medios necesarios para su formación. D. Francisco Javier Ramirez repregunta si sólo en música. Contesta no la Alcaldesa: también en inglés. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 45300 OCAÑA (Toledo) Fax 925 120 969 El Sr. Ramirez manifiesta que el Ayuntamiento puede apoyar todas estas actividades, y también buscar patrocinadores; pero si en un momento dado no dispone de los medios económicos que lo sustentan, lo que debe de hacer es eludir este gasto. La Alcaldesa pone como ejemplo ambos partidos políticos, de población Villacañas, que gasta más que éste de que no hay que penalizar a aquellos que comparativo Ayuntamientos gobernados por y entidad similar a Ocaña, concretamente Ocaña en subvenciones finalistas. Y afirma realmente lo que quieren es hacer deporte. D. Tomás Vindel dice que a partir de 10.000 habitantes la Diputación no subvenciona las Escuelas Deportivas. Ante lo cual el Sr. Ramirez pregunta si es que la Diputación está en contra de la práctica deportiva. Dña. Remedios Gordo eran transferidas por la asegurarse que su importe eventos ajenos a la práctica comenta que anteriormente las subvenciones deportivas Diputación a los Ayuntamientos con la finalidad de se invertía en financiar gastos del propio Club, y no en del deporte, tales como las comidas de los socios. Existen, dice, subvenciones para municipios de población inferior a 5.000 habitantes. Pero, a nivel general y estatal, todas se han ido eliminando progresivamente. Ojala -afirma- no hubieran derrochado antes, y ahora tendríamos una situación totalmente diferente. Recalca D. Francisco Javier Ramirez que las actividades cuando se dispone del dinero necesario para ello. se deben de apoyar Dña. Remedios Gordo, con referencia a la Piscina Climatizada, servicio no prestado a los largo de este invierno, dice que a ella le duele tanto como si no pudiera pagar la nómina, pero que con el recorte tan necesario que ha sido preciso realizar, el gasto era inasumible. Sometido a votación el contenido del presupuesto, modificado tras la corrección del error numérico detectado en la Comisión Informativa de Hacienda, y elevado al Pleno según documentación remitida por correo a los Grupos Municipales con carácter previo a la sesión plenaria, se aprueba, con el resultado de 9 votos a favor (Grupo Popular), 5 votos en contra (Grupo Socialista) y 1 abstención (Ucit), la siguiente. RESOLUCIÓN Primero.Aprobar con carácter provisional el presupuesto económico 2013 con arreglo al siguiente resumen numérico: para el ejercicio Ingresos: 8.181.100 euros Gastos: 7.980.895 euros Segundo.- Aprobar las Bases de Ejecución del presupuesto, plantilla de personal que como anexo se incorpora a este. así como la /A Tercero.- Someterlo a información pública por plazo de quince días, mediante inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de edictos municipal. 5. SOLICITUD DE COMPATIBILIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PROFESIONALES, LABORALES, MERCANTILES O INDUSTRIALES INSTADA POR EL FUNCIONARIO INTERINO, ARQUITECTO, D. BALDOMERO HURTADO GONZALEZ.Por unanimidad se aprueba la siguiente RESOLUCIÓN Visto el expediente instruido a petición del funcionario interino, Arquitecto, D. BALDOMERO HURTADO GONZALEZ, solicitando, previo emplazamiento de la Alcaldía, el reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio privado de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de esta Administración Pública. Declara el ejercicio de las siguientes actividades: - Como profesional autónomo, la de Arquitecto. - Ser accionista y Administrador de dos Sociedades Mercantiles: Almonacid Desarrollos Residenciales, S.L. y Toledo Promociones, Construcciones y Arquitectura 2006, S.L., cuyo objeto social es coincidente con materias desarrolladas por el Departamento de Urbanismo municipal. - No desempeñar cargos en ninguna otra Empresa o Sociedad contratista de obras, servicios o suministros. - Compartir despacho profesional con la Ingeniero Dña. Ana Guillen FUNDAMENTOS concesionaria, Fuentes. JURÍDICOS El artículo 145 del R.D. Legislativo 781/1.986, de 18 de abril, dispone que el régimen de incompatibilidades de los funcionarios de la Administración Local es el establecido con carácter general para la función pública en la Ley 53/1.984, de 26 de diciembre, y en las normas que se dicten por el Estado para su aplicación a los funcionarios de Administración Local. El artículo 144 del citado texto legal señala que los funcionarios de Administración Local tienen las obligaciones determinadas sobre función pública de la correspondiente Comunidad Autónoma y, en todo caso, las previstas en la legislación básica del Estado sobre función pública. El artículo 1.3. de la Ley 53/1.984, de 26 de diciembre dispone que, en cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo por el personal incluido dentro de su ámbito de aplicación, será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de los deberes o comprometer su imparcialidad o independencia. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200 I 45300 OCAÑA (Toledo) El artículo 16.4 de la Ley 53/1.984, de 26 de diciembre, señala: "Asimismo, por excepción y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en el artículo 1 3, 11, 12, y 13 de la presente Ley, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporte la precepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad". o El R.D.L. 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria, en su D.A. Quinta otorga al personal funcionario perteneciente al subgrupo A1 derecho a poder solicitar la reducción del importe del complemento específico correspondiente al puesto que desempeña al objeto de adecuarlo al porcentaje a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 53/1.984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. No obstante, esta disposición legal no resulta de aplicación en la Administración Local por cuanto sólo es extensiva al personal perteneciente a la Administración General del Estado. Compete al Pleno dictar motivadamente la resolución reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad, tal y como previene el artículo 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. Concedido al interesado trámite de audiencia, no presenta Considerando que retribuciones anuales: a) Básica: el puesto de trabajo tiene alegaciones. asignadas las siguientes 15.526'70 euros b) Complemento Específico: 11.425'54 euros Considerando que el Complemento retribuciones básicas. específico es superior al 30 por 100 de las Visto el informe jurídico que obra en el expediente. ACUERDO Primero.- Declarar la incompatibilidad del funcionario interino, Arquitecto, D. BALDOMERO HURTADO GONZÁLEZ, para el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales. Segundo.En el plazo de un mes el funcionario documentalmente el cese efectivo en el ejercicio de compatibilidad no Hes es reconocida. deberá de justificar las actividades cuya 4^ 6. PROPUESTA DE CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL O.A.P.C.T. PARA LA MEJORA Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN CATASTRAL DE LOS BIENES DE NATURALEZA URBANA.En cumplimiento del artículo 82.3 del R.O.F. se somete a votación la proposición de Alcaldía, no dictaminada con carácter previo por la Comisión Informativa. Por unanimidad, se acuerda ratificar su inclusión en el Orden del Día. D. Francisco Javier Ramirez, Portavoz municipal del Grupo Socialista, manifiesta que del contenido de este Convenio ha sido informado con carácter previo por Secretaría. Sometida a votación la proposición los siguientes términos. de Alcaldía se aprueba por unanimidad en El artículo 3.2. de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, enuncia, como principio general, el de cooperación y colaboración que rige las relaciones entre las diversas Administraciones Públicas. Los artículos 6 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre regulan Convenios de colaboración, entendidos estos como instrumentos que, dentro ámbito de competencias de las respectivas Administraciones, sirven a la finalidad tener un interés común para la satisfacción de las necesidades de cada una de partes. los del de las El Ayuntamiento de Ocaña delegó en la Excma. Diputación Provincial de Toledo sus facultades de gestión tributaria sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, mediante convenio actualmente en vigor. A su vez, la Diputación Provincial acordó ejercitar las competencias delegadas a través de un órgano creado al efecto: el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria. La Diputación Provincial suscribió convenio con la Dirección General Catastro en materia de gestión catastral de bienes de Naturaleza urbana. del Resultando que el Impuesto de Bienes Inmuebles constituye uno de los recursos fundamentales que nutren la Hacienda Local. Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ACUERDO Primero.- Aprobar el Convenio de Colaboración para la Mejora y Actualización de la Información Catastral de los Bienes de Naturaleza Urbana, a suscribir con el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Toledo. Segundo.- Comunicar este acuerdo al O.A.P.G.T. Tercero.- Facultar a la Alcaldesa para la firma del mismo. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-122001 45300 OCAÑA (Toledo) 7. PROPUESTAS DE URCENCIA.- La Presidencia, al amparo del artículo 91.4 del R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre (R.O.F.) somete a consideración plenaria el tratamiento de la instancia cursada por Cespa, S.A. el día 14 de junio de 2013, en la cual se propone demorar la efectividad de la modificación contractual aprobada por el Pleno el día 14 de febrero de 2013, referente al contrato de Gestión de Servicios de Higiene Urbana, hasta el día 1 de julio de 2013. Por mí, Secretaria, siguiendo indicaciones de la Presidencia, se exponen con detalle los hechos acontecidos desde el 14 de febrero a 14 de junio de 2013 en relación con la firma de la modificación contractual objeto de tratamiento. Básicamente, la falta de formalización escrita de la modificación del contrato se produce porque Cespa, S.A., una vez concertada la fecha para la firma del documento y ya en el Ayuntamiento, manifiesta que con antelación ha de supervisarlo el departamento jurídico de la empresa. Posteriormente, propone la modificación del texto, bien por supresión de algunos apartados, incluidos los Fundamentos de la Resolución Plenaria, por alteración de algunos de sus términos, o la inclusión de matizaciones en las cláusulas. Propuesta que le es desestimada una vez que por mi, Secretaria, se le advierte que en ningún caso se procederá a la firma documentada de la modificación contractual si esta no se ajusta estrictamente a los términos que expresamente aprobó el Pleno, como Órgano competente. Por unanimidad se aprueba incluir el siguiente punto: CONTRATO DE GESTION DE SERVICIOS DE HIGIENE URBANA: CURSADA POR CESPA, S.A. EL DÍA 14 DE JUNIO DE 2013.- INSTANCIA Por unanimidad se aprueba la siguiente RESOLUCIÓN El Pleno, en sesión de fecha 14 de febrero de 2013, acordó modificar el contrato administrativo de Gestión de los Servicios Públicos de Higiene Urbana adjudicado a CESPA, S.A., el 6 de agosto de 2006 y modificado el 1 de agosto de 2008 (esta modificación no se formalizó por escrito). Tras la modificación introducida el 14 de febrero de 2013, el precio contractual queda establecido en 957.369'05 euros anuales (IVA incluido, al tipo del 10 %), estando las prestaciones contractuales dimanantes de la modificación recogidas en el documento presentado por CESPA, S.A. el 21 de enero de 2013. El acuerdo plenario fue notificado a la empresa contratista el 19 de febrero de 2013, sin que contra el mismo se haya entablado recurso en vía administrativa. Este acuerdo, deviene firme y consentido. En el citado acuerdo plenario se resuelve la ejecutividad de la modificación con efecto desde la fecha de su aprobación, habiéndose de formalizar documentalmente antes de los treinta días siguientes; esto es, el 14 de marzo de 2013. En el documento administrativo redactado por el Ayuntamiento para la formalización de la modificación contractual se recoge el siguiente texto: "La facturación por los servicios prestados con posterioridad a 14 de febrero de 2013 serán convenientemente reajustados con arreglo a los términos económicos aprobados por el Pleno". A este documento, en presencia de la Secretaria titular, le niega su firma el representante de CESPA, S.A., alegando que con anterioridad ha de someterlo a estudio de los servicios jurídicos de la Empresa. En dicho acto, se advierte al citado representante que la Interventora municipal informa desfavorablemente la aprobación de las facturas emitidas con posterioridad a 14 de febrero por no ajustarse a los términos del acuerdo plenario. Asimismo, que tampoco se recogerá en el contrato ninguna cláusula que contradiga el contenido del acuerdo plenario. El 14 de junio de 2013, D. Juan Alfonso García Martín, en representación de CESPA,S.A., solicita hacer efectiva la modificación contractual con efectos 1 de julio de 2013, alegando que: 1. - Las modificaciones contractuales deben de formalizarse documentalmente, sin que pueda iniciarse la ejecución de los servicios sin su previa formalización. 2. - La reducción del servicio en un porcentaje de 21'57 % conlleva una reordenación de todos los medios adscritos al mismo, humanos y materiales, en la actualidad 15 trabajadores, de forma que no se produzca la baja de ninguno de los mismos a efectos de evitar un agravamiento de la coyuntura socio-económica actual, siendo para ello necesario disponer de un plazo razonable. FUNDAMENTOS JURÍDICOS La D.T. Primera del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, determina que los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley, se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluido su régimen de prórrogas, por la normativa anterior, esto es, el R.D.L. 2/2000, de 16 de junio. El artículo 101 del R.D.L. 2/2000, de 16 de junio, en relación con el artículo 54, dispone que las modificaciones contractuales se formalizarán en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, no pudiendo iniciarse la ejecución del contrato sin el cumplimiento previo de este requisito. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato en el plazo indicado por la Administración, ésta podrá acordar la resolución del mismo. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200I 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 El articulo 59 del R.D.L. 2/2000, señala que los acuerdos correspondientes adoptados por la Administración en el ejercicio de la prerrogativa que la Ley le reconoce para modificar el contrato administrativo, "pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos". La ejecutividad del acto administrativo impide que una vez acordada por el Pleno la modificación contractual, el contratista pueda negarse a ejecutarlo, so pena de incurrir en incumplimiento de contrato; y ello sin perjuicio de la posibilidad de impugnar la decisión. Acto este último, el del ejercicio del derecho a recurrir, que el contratista no ejercitó en tiempo y forma. La forma escrita de los contratos administrativos hasta la Ley 34/2010 carecía de carácter constitutivo, pues el contrato no se perfeccionaba con la formalización, sino con la adjudicación. Desde ésta, el contrato existía y obligaba como tal. La formalización del contrato era, en consecuencia, la exteriorización, de forma solemne y escrita, de la voluntad de las partes de un contrato previamente consentido. De hecho, la modificación contractual introducida mediante acuerdo plenario de 2008 no sólo no llega a ser formalizada documentalmente, sino que, incluso, se abonó con efecto retroactivo a febrero de 2008; esto es, antes incluso de que formal y jurídicamente fuera aprobada por el órgano municipal competente. El artículo 57 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, dispone que la eficacia del acto administrativo quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación. En este sentido, cabe interpretar que el contratista hasta en tanto no toma conocimiento formal del acuerdo plenario, no tiene por qué -salvo prueba en contrario- iniciar la ejecución del contrato en los términos nuevos aprobados y, en su caso, hasta que, siguiendo la literalidad de los preceptos jurídicos contractuales de orden administrativo, se proceda a su formalización escrita dentro del plazo reglamentario. No obstante, y puesto que el Acuerdo Plenario de 14 de febrero de 2013 resolvió que el contrato se formalizaría documentalmente dentro de los treinta días siguientes - 14 de marzo de 2013 -, ello, unido a los hechos con trascendencia y relevancia jurídica consistentes en que CESPA, S.A., ni interpone recurso contra la resolución que le es notificada, ni tampoco solicita la suspensión provisional del acto, determina que la fecha limite que, en su caso, pudiera servir para demorar los efectos de la modificación contractual operada fuera la de 14 de marzo de 2013, y no ésta que ahora solicita el 14 de junio de 2013, pues lo hace cuatro meses después de haber recibido la notificación del acuerdo plenario, y casi tres meses después de negarse a la firma del contrato. Petición que por otra parte, de serle aceptada, supone para el erario público municipal un gasto no presupuestado de unos 50.000 euros, según informa la Interventora municipal. /IV Se desestiman los argumentos expuestos por CESPA, S.A., en apoyo a su petición alusivos a la reorganización de los medios de personal pues, como señaló en la propuesta presentada en enero de 2013, "no se han contemplado despidos obligados de personal fijo ni expedientes de regulación de empleo". Por otra parte, y puesto que en la propuesta indicaba que se propone la reducción del canon vigente "en cuanto se haga efectivo el acuerdo", sin hacer referencia a la necesidad de llevarlo a cabo una vez que, acordado por el pleno, fueran cumplidos empresarialmente los procedimientos de orden legal relacionados con la legislación laboral, está indicando encontrarse en condiciones de ponerlo en práctica de forma inmediata, puesto que las negociaciones con el Ayuntamiento se iniciaron en noviembre de 2012. Visto el R.D.L. 2/2000, de 16 de junio, R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, 30/1992, de 26 de noviembre. Ley ACUERDO Primero.- Desestimar parcialmente la petición instada por CESPA, S.A. el día 14 de junio de 2013, Registro de Entrada 2.886, mediante la cual se solicita fijar como fecha de efectos de la modificación del contrato de Gestión de los Servicios Públicos de Higiene Urbana el día 1 de julio de 2013. Segundo.- Declarar como fecha de efectos de la modificación contractual operada el día 14 de marzo de 2013, y ello con independencia de la fecha real en que se formalice por escrito. El punto Segundo del Texto de modificación del contrato será sustituido por el siguiente contenido: "La facturación por los servicios prestados con posterioridad a 14 de marzo de 2013 serán convenientemente reajustados con arreglo a los términos económicos aprobados por el Pleno". Se autoriza a la Alcaldesa y a Secretaría para adaptar el Anexo a contrato sometido con anterioridad a la firma del contratista a las modificaciones que procedan derivadas de este Acuerdo plenario. Tercero.- La garantía definitiva económico contractual. será reajustada con arreglo al nuevo régimen 8. RUEGOS Y PREGUNTAS.8.1. Informa la Alcaldesa no existen preguntas antelación a la celebración de esta sesión plenaria. formuladas por escrito con Manifiesta querer informar al Pleno acerca de los siguientes puntos de interés: - Obras del Colegio Pastor Poeta.- El tema está desbloqueado. Al parecer existía una discrepancia en cuanto al beneficio industrial y un modificado de presupuesto. La finalización de las obras concluirá apenas dentro de un mes. El Ayuntamiento se encuentra realizando las de urbanización exterior, garantizando con ello el acceso de alumnos y profesores, que se realizará directamente mediante EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCAÑA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-122001 Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 45300 OCAÑA (Toledo) una rampa, en el Parque, desde la Calle Juan Carlos I. Los servicios de saneamiento, agua, luz y teléfono se acometerán la próxima semana, por la Calle Hermanas Esquinas puesto que estas deben de ir a pie de parcela, no de edificio. Aprovechando esta circunstancia, el Ayuntamiento procederá a terminar la excavación para el campo de Fútbol 11, de medidas reglamentarias, y en tierra; instalaciones estas últimas que, de momento, no serán objeto de vallado. El edificio entrará en funcionamiento al inicio del Curso Escolar, en septiembre de 2013, y no a lo largo del Curso, responde la Alcaldesa a pregunta formulada por el Grupo municipal Socialista. - Becas Mejor expediente Académico curso 2012/2013. Al igual que el pasado año, se aprobó para éste una nueva convocatoria, dirigida a los dos Institutos de la localidad, y en condiciones semejantes a la del anterior, pidiendo de igual modo colaboración a las entidades bancarias. Están dotadas con 1.000 euros cada una. - Prensa.- Manifiesta querer aclarar este tema, el cual ya fué objeto de tratamiento, en parte, en el Pleno anterior, en el punto Decretos de Alcaldía, con ocasión de la gratificación concedida a Lara Fernández Dionisio en reconocimiento a los servicios prestados. Puntualiza que en otros Ayuntamientos de envergadura similar a Ocaña disponen de un servicio propio de prensa, dotado de una partida económica relevante. A lo solos efectos de justificar el trabajo remunerado efectuado por la profesional del medio aludida, exhibe el dosier de todas las noticias publicadas en 2012, y parte de 2013, el cual pone a disposición de todos los Concejales. Al tiempo, comenta al Grupo Municipal Socialista y a Ucit que como ellos son tan asiduos a las redes sociales, entiende que el contenido de este dossier no les resultará novedoso. - Radio Ocaña.- Se han iniciado los trámites para recuperar y poner en funcionamiento la frecuencia de radio Ocaña, lo cual, de materializarse, generará puestos de trabajo. D. Francisco Javier Ramirez confía en que la información que desde esta Radio se transmita sea de contenido estrictamente municipal. - Cementerio.- Se ha terminado el 4 patio. En el anterior, el Tercero, apenas quedaban libres cinco sepulturas. Se han ejecutado las obras de cerramiento, 30 nuevas fosas, obras de desagüe, pavimentación de la calle central y de los dos laterales, adoquinado, ajardinamiento y plantación de árboles. o - Parque Municipal situado en la Avenida del Parque. A consecuencia de la ejecución de actos de carácter vandálico, que han dejado sin luz el Parque municipal, ha resultado necesario modificar el horario de cierre, adelantándose a las 10 o 10.30 de la noche, coincidiendo con la hora en que anochece, ya que el parque ha quedado totalmente a oscuras, y el importe de la reposición de elementos es muy elevado. Si bien la policía acude con frecuencia, al parecer hay gente que duerme en su interior. Comenta que entre tanto están buscando soluciones alternativas. También -apostilla- que este vandalismo proviene no sólo de cuatro o cinco jóvenes, sino igualmente de gente menos joven. - Creación de dos nuevos espacios para juegos infantiles.Ubicados en Plaza Doctor Espina y Plaza de Santa María, con ellos se consigue la existencia de áreas de recreo en estas dos zonas necesitadas de este tipo de espacios dirigidos al divertimento de los más pequeños. Apela a la conducta ciudadana para conservarlos y mantenerlos en las debidas condiciones. - Pavimentación Calles Santa Catalina la segunda quincena de julio. y Cisneros.- Las obras comenzarán en - Instalaciones Deportivas.Con la modificación de horarios, y la aplicación de las nuevas tasas, se ha conseguido ampliar en una hora el horario de la piscina los días de diario y fin de semana. En cuanto al resto de instalaciones, se ha logrado una optimización de los recursos, y con ello un uso de estas superior a la existente antes de la modificación de las tasas. Al objeto de diversificar el empleo, el número de socorristas contratados es de ocho, a media jornada. - Empleo.- Informa de la reunión mantenida, junto con el Concejal Delegado de Hacienda, en la Consejería de Empleo, al objeto de buscar empresas que quieran instalarse o reubicarse en la zona, dada la existencia además, de naves ya construidas que podrían servir a esta finalidad empresarial. Comenta de igual modo los posibles Talleres de Empleo a convocar por la Diputación Provincial, entendidos como medida de fomento de empleo. Tras finalizar la Alcaldesa esta exposición informativa, D. Francisco Javier Ramírez Cogolludo recuerda a la Presidencia que este punto de orden del día se titula "Ruegos y Preguntas". Por tanto, dice, estos temas deberían de haber sido expuestos en Comisión Informativa, y no en la sesión plenaria. Aunque agradece añade- esta información. Seguidamente, formula las siguientes cuestiones: 8.2. CESPA: Advierte cómo él había notado que la modificación aprobada por el Pleno el pasado mes de febrero no se estaba llevando a efecto. Cuestión que ahora ya entiende. 8.3. Padrón de aparatos de aire acondicionado.Enterado de la existencia de un padrón de aparatos de aire acondicionado en el transcurso de la Comisión Informativa de Hacienda, pide que ya que en su día esta cuota realmente no se puso en marcha, no llegó a hacerse efectiva, puesto que los sueldos hoy en día son bajos y ya de*por sí la presión fiscal es elevada, dicho impuesto no se aplique. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-122001 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 D. Tomás Vindel manifiesta que nadie ha pedido a esas personas que instalan los aparatos de aire en fachada sobrevolando la vía pública que los pusieran ahí. Pide el Sr. Ramirez no echar la culpa al ciudadano, y suprimir la cuota de unos 30 o 35 euros que costana por cada aparato instalado. Puesto que nadie estaba presente cuando por otra Corporación distinta fue aprobada la Ordenanza, entiende por ello perfectamente viable dejar su aplicación en suspenso. El Sr. Vindel sostiene que muchas de estas instalaciones se ubican dentro del Casco Histórico, repercutiendo negativamente en la protección del Patrimonio Cultural. De momento, no obstante, lo que se está haciendo es inventariar el número de aparatos existentes, sin más. Luego, ya se verá si se cobra o no. Dña. Remedios Gordo expresa que con la elaboración del padrón de lo que se trata es de ser consecuente con las propuestas. Así, si mañana vienen otros, no se podría decir por qué se aprobó una tasa que luego no se hizo efectiva. Recuerda D. Francisco Javier Ramirez a la Alcaldesa que si bien es una irregularidad no cobrarla, ella también fue Concejala durante la legislatura en la cual aquella no se recaudó. La Alcaldesa replica que igual irregularidad cometió aquel que la creó y luego no la cobró. D. Tomás Vindel sostiene que él no paralizaría la elaboración del padrón fiscal. En todo caso, y una vez hecho, aceptaría, en su caso, la supresión. Antes, se trata con ello de evaluar el estado en que se encuentra la vía pública. Dña. Remedios Gordo apunta la existencia de otras Ordenanzas fiscales que, no constado oficialmente su derogación tampoco se procede a la percepción de las cuotas correspondientes; tales como la ocupación de la vía con fotomatón, veladores, etc. Con esta, la de los aparatos de aire, no se grava novedosamente al ciudadano, puesto que el Ayuntamiento se limitaría a aplicar una Ordenanza ya existente. 8.4. Factura de agua.- D. Francisco Javier Ramirez opina que el Pleno se equivocó cuando fué aprobada la última modificación de las tarifas del agua. Concretamente, en el concepto de Canon fijo, pues si mal no recuerda -dice- este iba destinado al pago de facturas que, a tenor de los años transcurridos desde que fué introducido formando parte de las cuotas, aquellas deben de estar ya sobradamente amortizadas, puesto que según sus cálculos la recaudación anual por este concepto es de unos 60.000 euros. i D. Tomás Vindel acepta la revisión una vez que Gestagua rinda las cuentas demandadas por la Junta de Gobierno. Con respecto al canon variable, se aplica contractualmente, según cuadro de amortización a 25 años. El Sr. Ramirez insiste en que su Gestagua, y que por tal motivo, en su canon variable, por si acaso no se predeterminado, lo cual iría en perjuicio compromiso es defender a Ocaña, no a propuesta entra también la de revisar el corresponde con el importe en su día del ciudadano. La Alcaldesa afirma que como ahora tiene más potestad que antes, en defensa de los intereses de la ciudadanía ha constituido la Comisión de Seguimiento del contrato, la cual probablemente se reúna en julio. Asimismo, sostiene que ella se encuentra, en el aspecto objeto de debate, trabajando por Ocaña, aunque, a veces, en apariencia, parezca inactiva. El Sr. Vindel recuerda a D. Francisco Javier Ramirez que también él mira por el ciudadano, como así lo acreditó con ocasión del redondeo de la cuota operada a propuesta suya en la última modificación fiscal de la Ordenanza. Responde el Sr. Ramirez Cogolludo que en aquella ocasión también él dijo lo del tema del canon concesional. 8.5. D. José Pérez Maya, Concejal de UCIT, dirigiéndose personalmente al Concejal Delegado de Hacienda, le aporta como idea para proceder al recorte de las partidas de gastos una que califica de fácil proposición, pero de difícil ejecución: recortar 1/3 la plantilla de personal. Le pregunta recortados. D. Tomás Vindel qué servicios en concreto habrían de ser D. José Pérez Maya le responde que su labor se limita a estudiar propuestas, correspondiéndole a él, como gobernante, el estudio concreto de su aplicación. Al tiempo, le recuerda que la Concejala de Personal manifestó en su día estar en ello, pero nada al respecto hay. El Sr. Vindel pide al Sr. Pérez Maya le diga en concreto, apellidos, qué personal se vería afectado por esta medida. (Se ausenta la Concejala Dña. Rebeca Gil León). con nombre y EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OCANA Plaza Mayor, 1 C.I.F. P/45-12200I 45300 OCAÑA (Toledo) Tfnos. 925 120 968 y 925 120 970 Fax 925 120 969 Dña. Remedios Gordo manifiesta a D. José Pérez Maya que acerca de este tema ya se ha debatido a lo largo del punto donde se trató la aprobación del presupuesto. Que por ello, le pregunta si es que durante el transcurso de la sesión ha estado aquí realmente o, acaso, estuvo "en el pueblo de al lado". D. José Pérez Maya contesta que el Grupo Socialista no ha dicho que hubiera que echar a nadie. Que él, como oposición, está aquí para aportar ideas. No habiendo más asuntos de que tratar la Sra. Presidenta da por finalizada sesión siendo las 22 horas. Doy fe. la