Integración de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga
Transcripción
Integración de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga
Integración de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga Decreto Número 0332 de 1985 Por el cual so integra el Municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga EL GOBERNADOR DE SANTANDER en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: 1. Que la Constitución Nacional en su artículo 198, reglamentado por el Decreto 3104/79 autoriza la Organización de varios Municipios como Área Metropolitana fijando los requisitos para ello, dentro de los cuales se incluye la competencia de la Asamblea Departamental y la opinión de los Concejos Municipales interesados. 2. Que por la Ordenanza 46/84 se autorizó al Gobernador para formalizar la anexión del Municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga, cuya creación se dispuso en la Ordenanza 20 de 1981. 3. Quo el Concejo Municipal de Piedecuesta en su sesión de enero 21/85 se pronuncia favorablemente sobre la incorporación do Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga, señalando para tal efecto algunas condiciones del orden fiscal y procedimental, las cuales se cumplirán en la medida en que las normas legales pertinentes lo permitan. 4. Que el Departamento Nacional de Planeación después de evaluar la información que le fue suministrada para conceptuar sobre la incorporación de Piedecuesta al Área Metropolitana emitió pronunciamiento favorable mediante Oficio 0295 de marzo 1 de 1985, DECRETA: Art. 1º.- A partir de la fecha del presente decreto, dispone se la Decreto No. 0332 de 1985 / Área Metropolitana de Bucaramanga 1 incorporación del Municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga. Art. 2º.- La integración dispuesta en el artículo anterior se cumplirá en armonía con las estipulaciones del Decreto 3104/79 y de la Ordenanza 20/81 Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bucaramanga, a los 27 días del mes de marzo de 1985. Fdo. ÁLVARO CALA HEDERICH Gobernador LUIS RIVERO SILVA Secretario de Gobierno LUIS EDUARDO VERA GARCÍA Secretario de Obras Públicas. CARLOS EDUARDO PEREIRA SORZANO Secretario de Planeación ARMANDO SARMIENTO MANTILLA Secretario Jurídico del Dpto. Decreto No. 0332 de 1985 / Área Metropolitana de Bucaramanga 2