boletin salud laboral 17
Transcripción
boletin salud laboral 17
Nº 17 No cabe duda de la importancia que en un tema como el de la prevención de los riesgos laborales, asume la negociación colectiva. El convenio colectivo se configura como la vía idónea para adaptar las condiciones generales de seguridad y salud en el trabajo a las características de la organización de la empresa o Administración en el que será de aplicación, ya que son los sujetos negociadores del convenio quienes más conocen las necesidades en materia de prevención de riesgos en su ámbito de negociación. Debe añadirse además, que la duración temporal del convenio colectivo favorece una protección actualizada de la seguridad y la salud, en la medida en que permite adecuar las medidas de prevención de riesgos, legales o convencionales, a los cambios. ¿ cuál es el espacio que le queda al convenio colectivo en materia de desarrollo, interpretación, integración y complemento de la prevención de riesgos laborales? En cuanto al deber general de prevención, el convenio colectivo puede regular las medidas en las que se concreta la obligación empresarial de prevención de riesgos laborales a través, por ejemplo, de la determinación de los métodos que se utilizarán para la evaluación de los riesgos, de la periodicidad con que debe llevarse a cabo la actualización de la evaluación, o de la concreción de los equipos y medios de protección necesarios para evitar el riesgo en las empresas o en los sectores donde no se hayan instaurado normas técnicas o protocolos que articulen tales medidas u obligaciones. El convenio colectivo se convierte en el instrumento idóneo para suplir el silencio de la norma legal en materia de prevención. También permite la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) que el convenio colectivo altere o modifique ciertos aspectos de las obligaciones empresariales de información, consulta y participación de los trabajadores/as reguladas en los artículos 33 y siguientes. La prevención de riesgos laborales debería ser una de las materias objeto de atención preferente en la negociación colectiva y los convenios colectivos deberían contener todo un catálogo de previsiones en materia de seguridad y salud laboral, abandonando de una vez por todas el silencio sobre la cuestión o la concepción defensiva de la prevención que ha caracterizado la negociación colectiva. Con todo ello, desde FSP UGT Andalucía apuesta porque la negociación colectiva mejore el nivel de concreción de las clausulados de seguridad y salud en el trabajo, eliminando progresivamente las disposiciones que se limitan a recoger declaraciones de principios y medidas generales para incorporar actuaciones y propuestas específicas de acuerdo con los riesgos laborales presentes en las empresas afectadas por los convenios. En este sentido, los agentes sociales debemos esforzarnos más intensamente por concretar los derechos y obligaciones contenidos en la LPRL y normativa de desarrollo, asumiendo de forma más específica y rigurosa nuestra capacidad reguladora. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN UGT elabora dos guías con el fin de reducir los trastornos músculo-esqueléticos, primera causa de baja laboral en España. Los trastornos músculo esqueléticos siguen siendo la primera causa de baja laboral en España, siendo frecuentes, según los delegados de prevención, las dolencias de espalda, cuello, hombros, articulaciones y extremidades superiores e inferiores. El coste para la salud de los trabajadores unido al coste económico que supone para el propio trabajador y el Estado hacen imprescindible no escatimar esfuerzos para su erradicación. Por ello UGT ha elaborado estas dos guías: • Actualización de la evidencia científica sobre la influencia de la fatiga física en patrones de movimiento y su interés en la prevención de procesos músculo-esqueléticos: http://www.ugt.es/actualidad/2013/marzo/GuiaTMEWEB.pdf • Aplicación del procedimiento de Prevención Laboral Activa http://www.ugt.es/actualidad/2013/marzo/Guia%20delegado.pdf SINIESTRALIDAD LABORAL MES DE MARZO 2013 Datos suministrados por la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Economía, Ciencia y Empleo. NOVEDADES: DÍA INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El 28 de abril se conmemora el Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Este año y bajo el lema “Las reformas y los Recortes del Gobierno hacen peligrar la salud y seguridad en el trabajo” queremos expresar nuestra voz colectiva sobre la necesidad de proteger y promover la salud de las personas trabajadoras y la seguridad como un medio para lograr el trabajo decente para todas. Es esta una jornada conmemorativa, en la que nuestro principal objetivo es recordar a todas y cada una de las personas que han sido víctimas de un accidente de trabajo o que han contraído una enfermedad como consecuencia del mismo y a sus familiares y compañeros. También es una jornada de acción para defender la salud y la seguridad, de los recortes presupuestarios y los ataques a la regulación y a su ejecución pues estos ataques traerán graves consecuencias a todos los niveles sobre trabajadores y trabajadoras. Desde FSP UGT Andalucía apostamos por una salida de la crisis más solidaria, equitativa, justa y que garantice una adecuada protección social, con una fiscalidad progresiva y con reformas en los sistemas productivos que apuesten por la calidad y el valor añadido del factor humano. Síguenos en Twitter (@sindicalfspa) y Facebook (Política Sindical FSP UGT Andalucía)