boletin salud laboral 17

Transcripción

boletin salud laboral 17
Nº 17
No cabe duda de la importancia que en un tema como el de la prevención de los riesgos laborales, asume la
negociación colectiva. El convenio colectivo se configura como la vía idónea para adaptar las condiciones generales de seguridad y salud en el trabajo a las características de la organización de la empresa o Administración en el que será de aplicación, ya que son los sujetos negociadores del convenio quienes más
conocen las necesidades en materia de prevención de riesgos en su ámbito de negociación.
Debe añadirse además, que la duración temporal del
convenio colectivo favorece una protección actualizada
de la seguridad y la salud, en la medida en que permite
adecuar las medidas de prevención de riesgos, legales o
convencionales, a los cambios.
¿ cuál es el espacio que le queda al convenio colectivo en materia de desarrollo, interpretación,
integración y complemento de la prevención de
riesgos laborales?
En cuanto al deber general de prevención, el convenio
colectivo puede regular las medidas en las que se concreta la obligación empresarial de prevención de riesgos
laborales a través, por ejemplo, de la determinación de
los métodos que se utilizarán para la evaluación de los
riesgos, de la periodicidad con que debe llevarse a cabo la actualización de la evaluación, o de la concreción
de los equipos y medios de protección necesarios para evitar el riesgo en las empresas o en los sectores
donde no se hayan instaurado normas técnicas o protocolos que articulen tales medidas u obligaciones.
El convenio colectivo se convierte en el instrumento idóneo para suplir el silencio de la norma legal en materia de prevención.
También permite la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) que el convenio colectivo altere o modifique ciertos aspectos de las obligaciones empresariales de información, consulta y participación de los trabajadores/as reguladas en los artículos 33 y siguientes.
La prevención de riesgos laborales debería ser una de las materias objeto de atención preferente en la negociación colectiva y los convenios colectivos deberían contener todo un catálogo de previsiones en materia de
seguridad y salud laboral, abandonando de una vez por todas el silencio sobre la cuestión o la concepción
defensiva de la prevención que ha caracterizado la negociación colectiva.
Con todo ello, desde FSP UGT Andalucía apuesta porque la negociación colectiva mejore el nivel de concreción de las clausulados de seguridad y salud en el trabajo, eliminando progresivamente las disposiciones que
se limitan a recoger declaraciones de principios y medidas generales para incorporar actuaciones y propuestas específicas de acuerdo con los riesgos laborales presentes en las empresas afectadas por los convenios.
En este sentido, los agentes sociales debemos esforzarnos más intensamente por concretar
los derechos y obligaciones contenidos en la LPRL y normativa de desarrollo,
asumiendo de forma más específica y rigurosa nuestra capacidad reguladora.
INFORMACIÓN Y FORMACIÓN
UGT elabora dos guías con el fin de reducir los trastornos músculo-esqueléticos, primera causa de baja
laboral en España.
Los trastornos músculo esqueléticos siguen siendo la primera causa de baja laboral en España,
siendo frecuentes, según los delegados de prevención, las dolencias de espalda, cuello, hombros, articulaciones y extremidades superiores e inferiores. El coste para la salud de los trabajadores unido al coste económico que supone para el propio trabajador y el Estado hacen imprescindible no escatimar esfuerzos para su erradicación.
Por ello UGT ha elaborado estas dos guías:
• Actualización de la evidencia científica sobre la influencia de la fatiga física en patrones de
movimiento y su interés en la prevención de procesos músculo-esqueléticos:
http://www.ugt.es/actualidad/2013/marzo/GuiaTMEWEB.pdf
• Aplicación del procedimiento de Prevención Laboral Activa
http://www.ugt.es/actualidad/2013/marzo/Guia%20delegado.pdf
SINIESTRALIDAD LABORAL
MES DE MARZO 2013
Datos suministrados por la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Economía, Ciencia y Empleo.
NOVEDADES:
DÍA INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El 28 de abril se conmemora el Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Este año y bajo el lema “Las reformas y los Recortes del Gobierno hacen peligrar la
salud y seguridad en el trabajo” queremos expresar nuestra voz colectiva sobre la necesidad de proteger y promover la salud de las personas trabajadoras y la seguridad como
un medio para lograr el trabajo decente para todas.
Es esta una jornada conmemorativa, en la que nuestro principal objetivo es recordar a todas y cada una de las personas que han sido víctimas de un accidente de trabajo o que
han contraído una enfermedad como consecuencia del mismo y a sus familiares y compañeros. También es una jornada de acción para defender la salud y la seguridad, de los recortes presupuestarios y los ataques a la regulación y a su ejecución pues estos ataques
traerán graves consecuencias a todos los niveles sobre trabajadores y trabajadoras.
Desde FSP UGT Andalucía apostamos por una salida de la crisis más solidaria, equitativa,
justa y que garantice una adecuada protección social, con una fiscalidad progresiva y con
reformas en los sistemas productivos que apuesten por la calidad y el valor añadido del factor humano.
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