retención de impuesto sobre la renta por pago de dividendos
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retención de impuesto sobre la renta por pago de dividendos
85 $ 3 2 1 4 8 9 7 0 73 35 96$ $28 6 $ Marzo - Abril 2014 4 1 7 RETENCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR PAGO DE DIVIDENDOS CUENTAS INCOBRABLES COMO DEDUCCIÓN FISCAL PARA LAS PERSONAS MORALES CONTRIBUYENTES DEL ISR ACIVISMO TRIBUTARIO EN MÉXICO CONCILIACIÓN NO BANCARIA ESTUDIOS EN QUE SE BASA UN PROYECTO DE INVERSIÓN Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C. ÍNDICE Consejo Directivo 2013-2014 C.P.C. Laura Cervera Urtiaga Presidente del Consejo Directivo 2013-2014 C.P. Miguel Ángel Ayala López CONTENIDO P.C.C.A. Vicepresidente de Relaciones y Difusión C.P.C. Luis González Ortega Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C. C.P.C. Salvatore Cascio Traconis Vicepresidente de Desarrollo Profesional C.P.C. Joel Ceferino Medina Alvarado Vicepresidente de Administración y Finanzas C.P.C. Ligia Elizabeth Aguayo Rosado 4 Retención de Impuesto Sobre la Renta por pago de dividendos 7 Cuentas incobrables como deducción fiscal para las personas morales contribuyentes del ISR C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco C.P.C María Isabel Vergara Pérez Auditor Propietario C.P.C. Alejandro José Ontiveros Gómez Secretario del Sector Práctica Externa C.P. Elsy del Carmen Mezo Palma Secretario del Sector Gubernamental C.P.C. Gilberto Ordaz López Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de la Región Centro Istmo Peninsular C.P. Víctor Manuel Álvarez Palma Secretario del Sector Empresa Dra. Martha Bojórquez Zapata Secretario del Sector Docencia C.P.C. Guido Herbé Espadas Villajuana Auditor Suplente 11 14 Civismo tributario en México 17 Estudios en que se basa un proyecto de inversión CP. Ruben Eduardo Barrera Díaz Conciliación no bancaria M.C.I.C. Amenofs Acosta C.P.C. Fernando Ojeda Llanes 12 Comisión de Trabajo Editorial Coordinador: C.P.C. Fernando González Hernández Integrantes: C.P.C. C.P.C. C.P. DR. DRA. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. María Isabel Vergara Pérez Francisco Arturo Castro Abraham Rubén Eduardo Barrera Díaz Mario Rene Chan Magaña María Teresa Mendoza Fernández Javier Solís Uc José Alfonso Canche Pérez Karla Joanna de Belén Solís Ortega Carlos Vazquez Vivanco Herbe Alonzo Cime Adriana Escalante Avilés Alejandro Ruíz Nicolin Política Editorial. Los artículos publicados expresan únicamente la opinión del autor o autores. El CCPY a través de su Comisión Editorial evalúa los artículos técnicos para su inclusión en la revista. La revista se difunde a través de los portales en internet de CCPY y CMIC. No se permite la reproducción de los artículos publicados sin la autorización escrita del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C. Editorial xcelente bimest�e estimados Contadores y Empresarios, nuamos con un tema fiscal, el ar�ículo donde podremos E deseamos hayan concluido su período de declaraciones t�ibuta- recordar o conocer las ventajas de deducir las cuentas de rias de acuerdo a sus ex�ectativas. Considero es un excelente momento para tomar una pausa y contestar�os lo sig�iente: ¿Qué hacemos en nuest�os negocios o que recomendamos a nuest�os clientes para incrementar la productividad, entendiendo esta como el incremento en la productividad de los resultados integ�ales del negocio? clientes que desg�aciadamente se consideran incobrables para su negocio. El “civismo” es un escudo que ha per�itido al ser humano cont�ar�estar cor��pción, violencia, injustica social, ent�e ot�os, ¿se ha puesto a pensar que también es aplicable en el aspecto t�ibutario mexicano?, nuest�o autor lo hace recapacitar en este sentido. ¿Difícil?. Para encont�ar una respuesta es conveniente que consideremos la opinión de aquellos especialistas que laboran El liderazgo es un tema de est�dio constante por lo que en el negocio o en su caso pueden ser personas ajenas al mismo, nuest�o autor nos brinda infor�ación más que valiosa para con el conocimiento necesario para apoyar en encont�ar las seg�ir t�abajando en el desar�ollo del mismo. soluciones y log�ar el incremento en la productividad. En nuest�a sección de “Finanzas para no financieros”, se No debemos olvidar que la toma de decisión opor��na para analizan los est�dios en que se basan para un proyecto de ejecutar dichas soluciones es par�e impor�ante en conseg�ir el inversión, tema cr�cial en el desar�ollo de negocios. resultado integ�al esperado. Estimado lector esperamos disfr�te esta su revista. Como siempre ag�adecemos tanto mis Colegas miembros de esta Comisión, así como el Consejo Directivo del Colegio de Contadores de Yucatán por su interés y apoyo para esta revista. Deseamos infor�ar a usted que las instalaciones del Colegio han tenido una mejora, lo que hace sentir�os org�llosos de su nueva vista, pero más aún del conocimiento que ahí se obtiene constantemente de sus ex�er�os ex�ositores en las materias, si no conoce nuest�a remodelación, es un buen momento para que nos honre con su visita al asistir a alg�no de nuest�os coloquios, cursos, diplomados u ot�o. Este bimest�e contamos con ar�ículos interesantes y de diferentes temas, iniciando con un análisis de la retención para los dividendos decretados a los accionistas de las empresas, contiEntre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 C.P.C. Fernando González Hernández RETENCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR PAGO DE DIVIDENDOS Por: C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco Socio Director Impuestum Contadores Mérida [email protected] Dentro del paquete de modificaciones de la Reforma Hacendaria 2014, la nueva disposición que establece, un impuesto adicional por el pago de dividendos fue uno de los temas que mayor inquietud provocó, razón por la cual presentamos un análisis de dicha disposición. Exposición de Motivos y Dictámenes de Comisiones. En relación al impuesto que estamos analizando, primeramente vamos a recordar algunas de las razones vertidas, para su implementación. • En la Exposición de motivos fue el argumento de que en México las Personas morales pagaban sobre una tasa efectiva baja. • En el Dictamen de la Cámara de diputados se menciona que el impuesto adicional no incrementa la carga tributaria de las empresas que reinvierten sus utilidades. • Por último en la minuta del Dictamen de las Comisiones de la Cámara de Senadores2 se menciona que el pago será por medio de retención que efectúe la Persona Moral que realice el pago del Dividendo y que el mismo no sería aplicable a utilidades que se generaron con anterioridad al 2014. Análisis de disposición fiscal vigente. En este apartado analizaremos las disposiciones de la Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta vinculadas con el pago de dividendos: I. Causación del ISR de la Persona Moral que distribuye el dividendo. En el primer párrafo del Artículo 10 se establece: Las personas morales que distribuyan dividendos o utilidades deberán calcular y enterar el impuesto que corresponda a los mismos, aplicando la tasa establecida en el artículo 9 de la presente Ley. Para estos efectos, los dividendos o utilidades distribuidos se adicionarán con el impuesto sobre la renta que se deba pagar en los términos de este artículo. Para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar por el factor de 1.4286 y al resultado se le aplicará la tasa establecida en el citado artículo 9 de esta Ley. El Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 impuesto correspondiente a las utilidades distribuidas a que se refiere el artículo 78 de la presente Ley, se calculará en los términos de dicho precepto Del primer párrafo se puede destacar: a. Que las personas morales que distribuyan dividendos deberán calcular y enterar el ISR aplicando a la base gravable de los mismos la tasa del 30%. b. Para determinar la base gravable y el ISR señalado anteriormente, seguimos los pasos siguientes: I. Se determina el "dividendo piramidado" Dividendo Distribuido x Factor (30% entre 70% mas la unidad) Resultado (dividendo piramidado) 70 1.4286 100 II. Se determina el monto del impuesto que se adiciona a los dividendos distribuidos Resultado (dividendo piramidado) x Tasa de ISR Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos 100 30.00% 30 II. Se determina el ISR de los dividendos Dividendo Distribuido Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos Base de ISR de Dividendos x Tasa de ISR Monto del impuesto a los dividendos 70 30 100 30.00% 30 II. Supuesto en el cual no se causa el ISR de la Persona Moral que distribuye el dividendo. En el tercer párrafo del Artículo 10 se establece: No se estará obligado al pago del impuesto a que se refiere este artículo cuando los dividendos o utilidades provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta que establece la presente Ley. De conformidad a lo establecido en el párrafo anterior cuando una Persona Moral distribuya dividendos y a la fecha de dicha distribución cuente con el suficiente saldo en la cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) no se pagara el ISR por dichos dividendos, recordando que la CUFIN representa el 4 monto de las utilidades fiscales (a valores actualizados) que ya pagaron ISR, para lo cual presentamos los supuestos siguientes: Dividendo distribuido vs Saldo de CUFIN Dividendo que sera objeto del ISR A B C 120 50 70 120 130 0 120 0 120 Tanto en el supuesto A como en el C, por la diferencia que sobrepasa el saldo de la CUFIN se haría el cálculo establecido en el inciso anterior de conformidad al primer párrafo del Artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. III.Retención de ISR en el pago de dividendo cuando el beneficiario es Persona Física (nueva disposición): En el segundo párrafo del Artículo 140 se establece: No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas físicas estarán sujetas a una tasa adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades distri buidos por las personas morales residentes en México. Estas últimas, estarán obligadas a retener el impuesto cuando distribuyan dichos dividendos o utilidades, y lo enterarán conjuntamente con el pago provisional del periodo que corresponda. El pago realizado conforme a este párrafo será definitivo. Del párrafo anterior identificamos los aspectos siguientes: a. Que el Artículo 140 corresponde a las disposiciones del Capítulo VIII (De los Ingresos por Dividendos) del Título IV (Personas Físicas). b. Que independientemente de que el citado Artículo 140 sea una disposición del Título de Personas físicas, se le impone una obligación a la persona Moral que distribuye el dividendo, consistente en retener una tasa adicional del 10% sobre los dividendos distribuidos. c. Que él impuesto adicional será un impuesto definitivo y se pagara con el pago provisional del período que corresponda. d. Correlacionando la disposición del segundo Párrafo del Artículo 140 de la LISR con el Artículo 10 de la misma ley, cuando se lleve a cabo el pago podemos encontrarnos con opciones de pago de ISR siguientes: Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 El saldo de la Cufin es MAYOR al monto de dividendos que se pagan. b) El saldo de la Cufin es MENOR al monto de dividendos que se pagan. La Persona Moral que distribuye el dividendo paga ISR (Art. 10 LISR) La Persona Moral que distribuye el dividendo retiene el ISR adicional (Art. 140) NO SI SI SI a) IV. Presentación de Caso Práctico CALCULOS EN LA PERSONA MORAL (ART 10 LISR) Concepto Monto I. Se determina el monto del dividendo que sera objeto del ISR Dividendo distribuido (vs) Saldo de CUFIN Dividendo que sera objeto del ISR para la PM 170,000.00 70,000.00 100,000.00 II. Se determina la base gravable del ISR del dividendo, piramidando el dividendo objeto de ISR Dividendo que sera objeto del ISR para la PM x Factor (30% entre 70% mas la unidad) Resultado (dividendo piramidado) 100,000.00 1.4286 142,860 III. Se determina el monto del impuesto que se adiciona a los dividendos distribuidos Resultado (dividendo piramidado) 142,860 30.00% x Tasa de ISR Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos 42,858 IV. Se determina el ISR de los dividendos Dividendo que sera objeto del ISR para la PM Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos Base de ISR de Dividendos x Tasa de ISR Monto del ISR a los dividendos que pagaria la PM 100,000 42,858 142,858 30.00% 42,857 CALCULO DE RETENCION DE LA PERSONA MORAL A LA PERSONA FISICA (ART 140 LISR) Concepto Monto Dividendo a distribuido a PF (X) Tasa de Retencion Monto a retenenido de ISR a PF Dividendo a distribuido a PF (menos) Monto a retenenido de ISR a PF Dividendo neto distribuido 170,000.00 10.00% 17,000.00 - 170,000.00 17,000.00 153,000.00 5 V. Diversas Disposiciones que se deben observar en el pago de dividendos a) Formalidad en el pago de dividendos: La fracción XI del Artículo 76 nos establece las formalidades siguientes: a) Efectuar los pagos con cheque nominativo no negociable del contribuyente expedido a nombre del accionista o a través de transferencias de fondos a la cuenta del accionista. b) Proporcionar a las personas a quienes les efectúen el pago del dividendo un comprobante fiscal en el que se señale su monto, el impuesto sobre la renta retenido, así como si éstos provienen o no provienen de CUFIN b) Declaración anual de pago de dividendo: De conformidad al texto de ley de ISR 2014 ya no existe la citada disposición, pero mediante el Noveno transitorio fracción X aplica dicha declaración hasta el ejercicio 2016. residentes en México, podrán adicionar el saldo de su CUFIN generada al 31 de diciembre de 2013 con la cantidad que a los mismos les corresponda, siempre y cuando los dividendos se encuentren debidamente registrados en la contabilidad de la sociedad que los distribuya y la sociedad que los perciba no incremente con dicha cantidad el saldo de su CUFIN generada a partir del 1 de enero de 2014. Como último punto del presente Artículo debemos manifestar que la autoridad no se ha pronunciado respecto al supuesto de pagar un dividendo en especie tanto en el tema de la formalidad de pago que establece la fracción XI del Articulo 76, como lo relativo al tratamiento del Impuesto Adicional a los dividendos para ese mismo supuesto, por lo que debemos de esperar que se fije una postura. 1 Gaceta Parlamentaria Número 3887-IX, Año XVI, jueves 17 de octubre de 2013 2 Gaceta del Senado 41, Segundo Año de Ejercicio LXII Legislatura, martes, 29 de octubre de 2013 c) Control de CUFINES: mediante disposición transitoria se establece que las personas morales tendrán la obligación de mantener en cuentas separadas la CUFIN generada hasta el 31 de diciembre de 2013, de la que se generará a partir del 2014. Con lo cual buscan evitar que se cause el impuesto adicional del 10% a los dividendos generados con anterioridad al ejercicio del 2014. d) CUFINES pagadas entre Personas Morales: La Regla I.3.9.6 de la RMF 2014 señala que las personas morales que a partir del 1 de enero de 2014 perciban dividendos generados al 31 de diciembre de 2013 de otras personas morales Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 6 CUENTAS INCOBRABLES COMO DEDUCCIÓN FISCAL PARA LAS PERSONAS MORALES CONTRIBUYENTES DEL ISR Por: C.P.C María Isabel Vergara Pérez Big 99 S.A. DE C.V. [email protected] El ciclo financiero en las empresas es la suma de los días transcurridos desde el momento en el que se realiza el primer desembolso para la adquisición de bienes que serán posteriormente comercializados hasta que se recibe el pago total resultante de su comercialización, este es uno de los factores que pueden impulsar o frenar el crecimiento de las empresas variando de empresa a empresa, dependiendo tanto del giro de la misma, como de la naturaleza y origen de los productos que comercializa o produce. El ciclo financiero puede oscilar entre los 60 y 180 días por ejemplo en el caso de los productos de origen asiático, el ciclo financiero inicia con el anticipo enviado al momento de colocar la orden al proveedor, el cual debe ser pagado mínimo 45 días antes del envío del producto a efectos de fincar la orden de producción y el saldo de la compra debe ser pagado al realizarse el embarque de la mercancía. El tiempo de transportación de los productos por barco desde Asia a México es de 45 días, y el proceso de importación puede llevar una semana, es decir, ya tenemos 100 días desde que se otorgó el anticipo hasta que se reciben estos en la bodega de la empresa; si se parte del supuesto que los productos se envían al cliente en un proceso “just in time” en un plazo de 4 días a partir del ingreso a las bodegas de la empresa y que el mercado en promedio demanda un mínimo de financiamiento a los clientes de 15 a 30 días, en otros casos de 60 a 90 días para poder ser competitivo, llegamos a una cifra final de alrededor de 180 días contados a partir de que se otorgó el anticipo hasta que se recibe el pago del cliente. Cabe aclarar que dependiendo de la capacidad de negociación y conocimiento del mercado del área de ventas este ciclo puede ser acortado hasta un máximo de 120 días, en algunos casos, es importante señalar que si esta situación no es calculada adecuadamente por el área de finanzas, puede comprometer financieramente a la empresa. Lo anterior constituye un preámbulo para iniciar el análisis del impacto que las cuentas por cobrar a clientes, tienen en el ciclo financiero de la empresa y la importancia de realizar un análisis minucioso de su integración al finalizar el ejercicio, analizando su antigüedad, viabilidad de cobro y respaldo documental en materia legal a efectos que en el caso de Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 una contingencia pueda ser recuperada por ésta vía. Es preciso señalar que como medio de presión para la recuperación de créditos, los enajenantes solían conservar en su poder los originales de las facturas de venta pendientes de cobro y enviarlas a los clientes al recibir el pago, sin embargo, actualmente con los sistemas de facturación electrónica esto ya no es posible toda vez que la factura es emitida y enviada al adquirente al concretarse la venta independientemente si ha sido pagada o no. Por lo anterior, es importante que al momento de cerrar una operación con el cliente, se pacten por escrito las condiciones y plazo de pago. Algunos elementos de protección documental para una recuperación por la vía legal de los créditos con los clientes son las facturas firmadas, los pagarés, letras o cheques posfechados.. Adicionalmente contar con un esquema de remuneraciones al área responsable de ventas, basada en las facturas cobradas en lugar de lo facturado. Así como una filosofía corporativa enfocada a ventas sanas susceptibles de ser cobradas. Con el propósito de adentrarnos en temas fiscales es conveniente considerar lo siguiente: Crédito: es el derecho que tiene una persona llamada acreedor de recibir de otra llamada deudora, el cumplimiento de una obligación derivada de alguna operación convenida (Compra-venta, prestación de servicios, arrendamientos, etc.) 7 Por otra parte, crédito incobrable: es cuando un crédito no es cubierto en los plazos y términos fijados y que se ejerzan acciones legales para su cobro y que no se obtenga el pago correspondiente. En materia fiscal la Ley de Impuesto Sobre la Renta LISR (2014) en su artículo 27 fracción XV establece la mecánica para la deducción de las cuentas incobrables señalando entre otras cosas: "Que en el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción, que corresponda, o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro. Deducción máxima de acuerdo al inciso a) del artículo 27 de la LISR 2014 sería la siguiente: Cantidad Valor UDI Importe 30,000 5.051105 151,533 Cabe aclarar que es necesario presentar aviso ante el SAT antes del 15 de febrero del año siguiente al que se pretende realizar la deducción, así mismo es preciso avisar el deudor que se realizará la deducción a efectos de respetar el principio de simetría fiscal. En el caso de créditos superiores a las 30,000 UDIS, se haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y adicionalmente se presente el aviso ante el SAT antes del 15 de febrero y se le avise al deudor que se realizará la deducción del crédito a su cargo. Si consultamos el criterio normativo aplicable a las cuentas incobrables nos señala lo siguiente: CRITERIO NORMATIVO 63/2013/ISR Pérdidas por créditos incobrables. Notoria imposibilidad práctica de cobro. El artículo 31, fracción XVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece como requisito para deducir las pérdidas por créditos incobrables, que éstas se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción que corresponda o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro. Para los efectos del mismo artículo, el inciso b) Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 de la fracción citada considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros casos, tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a 30,000 unidades de inversión, cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en el párrafo final del inciso a) de la misma fracción. El último párrafo del inciso a) de la fracción referida prevé que cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en el párrafo citado, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de ese párrafo en el año calendario inmediato anterior. En este sentido, la expresión -se cumpla- utilizada en el inciso b), al referirse al párrafo final del inciso a), alude a una obligación. Por tanto, el deber previsto en el inciso b), sólo es aplicable a la segunda parte del párrafo final del inciso a), en cuanto a la obligación del acreedor de informar por escrito al deudor que efectuará la deducción de la pérdida por el crédito incobrable, para que éste acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta, y la de informar a más tardar el 15 de febrero de cada año, de las pérdidas por créditos incobrables que dedujo en el año inmediato anterior. A continuación se presenta un ejemplo del escrito libre para comunicar al Servicio de Administración Tributaria las cuentas incobrables que se deducirán en el ejercicio. 8 SERVICIO DE ADMNISTRACION TRIBUTARIA C. ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE _____ ASUNTO: Declaración Informativa de Créditos Incobrables en el Ejercicio 2013 _________, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, compareciendo en representación de “XXX”, S. A. DE C. V., cuya clave en el Registro Federal de Contribuyentes es _____ y con domicilio fiscal en__, en ____, ante usted, con el debido respeto por medio del presente vengo a dar cumplimiento a la obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de deducciones (2013 aplicable al ejercicio en cuestión) en su artículo 31 fracción XVI inciso “b) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en el párrafo final del inciso anterior.” Es decir: Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior. A continuación señalo el importe de pérdidas por cuentas incobrables que mi representada pretende deducir en el ejercicio fiscal 2013: RFC NOMBRE DEL CLIENTE IMPORTE IVA TOTAL A tal efecto se adjunta al presente copia de la demanda presentada que respalda la deducibilidad del crédito en cuestión. A USTED, CIUDADANO ADMINISTRADOR, atentamente pido se sirva: UNICO. Tenerme por presentado con este escrito en tiempo y forma el cumplimiento de la obligación establecida para la deducción del crédito referido. Protesto lo necesario en la ciudad ___________ de 2014 NOMBRE DE LA EMPRESA __________________________________ Nombre del Representante Representante Legal Los créditos incobrables son una opción interesante para la reducción de cargas fiscales de las empresas, siempre y cuando se cumplan con los requisitos de forma como la presentación de la declaración informativa, aviso al deudor y se reúna la documentación comprobatoria que demuestre la imposibilidad práctica de cobro. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 9 Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 10 CIVISMO TRIBUTARIO EN MÉXICO Por: C.P. Ruben Eduardo Barrera Díaz. Coordinador de Administración y Personal Peninsular Diconsa, S.A. de C.V. [email protected] La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 31 fracción IV, obliga a los gobernados a contribuir con el gasto público, según como dispongan las leyes correspondientes; este mandato no nos menciona la forma de contribuir, por lo que se crean leyes específicas de los diferentes impuestos que imponen tributo, estas leyes están apegadas a los principios constitucionales de las contribuciones (Proporcionalidad, Equidad, Legalidad y Destino al Gasto Público), y en conjunto garantizan a los mismos gobernados que es inválido todo acto de poderes públicos que no sea conforme a la Ley. Dentro de la actividad financiera que cotidianamente el Estado realiza, la recaudación de contribuciones constituye un elemento indispensable y de gran importancia como un medio para desarrollar su función pública. El sistema tributario se rige por las normas vigentes, teniendo como máxima la CPEUM, y por debajo de ella los Tratados Internacionales de que México sea parte, Ley de Ingresos de la Federación (LIF), las Leyes especiales o especificas (aplicable de acuerdo a la materia que se aplique, por ejemplo: Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor agregado (IVA), etc.), Código Fiscal de la Federación (CCF) (ordenamiento que se aplica de manera supletoria a las leyes fiscales), Derecho Común (supletorio a todo lo que no esté contenido en el CFF), los Reglamentos, Reglas Misceláneas y Circulares y Publicaciones en general de carácter administrativo. Conforme el paso de los años este sistema ha ido modificándose, adaptándose a la economía de la época así como las tendencias coyunturales que marcan cada etapa de la historia en el país, determinadas en cuatro etapas: la prehispánica, la colonial, México independiente, y moderna. Actualmente el ciudadano (Contribuyente, gobernado o sujeto pasivo) es un hombre que proviene de la ciudad, pero más que eso, es un ser que tiene conciencia de sí mismo y que, por tanto, puede auto determinarse. Este dominio racional, permite que el hombre adquiera la calidad de persona, que en el derecho civil es un sujeto que es capaz de ejercer derechos y cumplir obligaciones, posee ciertos atributos que sirven para diferenciarlo de los demás, definiendo su relación con la familia y con sus semejantes, así como el poder de la propia persona respecto a los bienes, que tiene en posesión o que no son de su propiedad. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 En la CPEUM (2013) en su artículo 34 menciona que: son ciudadanos de la Republica los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir. La calidad de mexicanos no es otra cosa que la nacionalidad que nos remite al artículo 30 de la misma Constitución que menciona que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o naturalización. La base sin duda de un buen ciudadano es la ética y los valores humanos, ya que de ello dependerá el compromiso de cada ciudadano con el cumplimento de sus obligaciones para con el Estado, y si estos cimientos morales no están bien fundamentados difícilmente se tendrá un ciudadano digno de confianza, y probablemente compartirá sus distorsión de los valores con la gente más cercana o en el entorno familiar y haciendo que la desobligación sea una constante y reproducción viral entre la ciudadanía. Actualmente cobra mayor importancia el tema de la ética, la moral y los valores en el servicio público. Hay una responsabilidad directa en la gestión de los asuntos públicos, que cabe a exigir a los gobiernos, así como a las empresas. La corrupción, es sus nuevas y cambiantes formas de expresión es, además de un delito, también un modo de desorganización de la sociedad a lo que se unen los fenómenos éticos y morales inherentes de la ciencia y la tecnología. En la medida que se abre la economía del país y en que crece la inversión extranjera, los peligros de trasgresión de los principios éticos y de violación de los valores morales propios de nuestro pueblo, por parte de determinados dirigentes y funcionarios son mayores. Es por ello que se 11 debe promover un gran valor, el trabajo educativo y preventivo, a la formación y al reforzamiento en ellos, de los valores que consideramos que deben caracterizarlos. fuerza jurídica en al país, es la medida en que seguiremos leyendo a diversos autores apostando por la educación, por el civismo tributario en nuestro país. En la página del SAT (2013) define cultura tributaria de las siguiente manera: “Entiéndase la Cultura Tributaria como el conjunto de valores, creencias y actitudes compartido por una sociedad respecto a la tributación y las leyes que lo rigen, lo que conduce al cumplimiento permanente de los deberes fiscales”, entendiendo así los valores y principios que anteriormente se mencionaron, como parte fundamental para este cumplimiento. Un claro ejemplo de la importancia de invertir en esta educación lo podemos encontrar prácticamente en varios países como en el caso de Buenos Aires, en su boletín oficial núm. 2187 el 10 de mayo de 2005, de la ciudad autónoma de buenos aires, donde aprueban el acuerdo para mantener un sistema tributario adecuado: “La Dirección General de rentas (que es el equivalente al SAT en México) contribuya a la gestación de una nueva cultura tributaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos aires (que habla sobre los principios constitucionales de las contribuciones), para coadyuvar al fortalecimiento de la democracia…” si bien no podría ser novedoso el hecho de que los encargados de recaudar las contribuciones tengan la intensión de fomentar el civismo tributario en ambos países, aquí lo relevante es la constante búsqueda de crear conciencia adecuada en la sociedad, dejar bases sólidas en ellos para el eficaz funcionamiento del ciclo de las contribuciones, y el cumplimiento voluntario de estas. El objetivo de la cultura tributaria, debe ser, romper con el circulo vicioso que ha permeando en parte de los ciudadanos al no cumplir con sus obligaciones y por parte del Estado de no educar a sus gobernados de la manera adecuada; hacer conciencia de que la tributación no solo es una obligación legal, sino un deber de cada persona ante la sociedad. Además, se le debe convencer del que cumplir con tal responsabilidad le confiere la autoridad moral necesaria para exigir al Estado que haga un uso correcto y transparente de los recursos públicos, con este conjunto de acciones se fortalecerá la confianza en las Instituciones, que se encargan de administrar mencionados recursos para la obtención de resultados, que no son otra cosa que el crecimiento del país, en todos los sentidos; ya que sin estos recursos y esta organización no existiría orden público y caos social consecuente, una total des estabilización a nivel nación. El presidente de la suprema corte de justicia, Mariano Azuela Güitrón, declaro el 27 de junio de 2006 en el periódico Reforma de México lo siguiente: “Urge crear una cultura tributaria por la cual los gobiernos cumplan su obligación de usar los impuestos para los fines que marca la constitución y los ciudadanos con la de pagarlos”. Como se puede encontrar en varias publicaciones en diferentes años, la necesidad de implementar el civismo tributario dentro los sistemas educativos del país, merece una solución viable, pronta y mediática, ya que es evidente que los frutos de esta inversión serán a largo plazo y mientras más se tarde en implementar estos sistemas con la suficiente Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 Margain (2000) respondió al percibir al Civismo Tributario como un conjunto de condiciones de creación y recepción de mensaje y de significados mediante los cuales los individuos se apropian de las formas que le permiten estructurar su lenguaje y su visión del mundo. Es por esta razón que tiene un doble rol en la estructuración en los sistemas sociales y las lógicas institucionales, ya que ofrece representación general que sirven como instrumento de interpretación para todos los temas relacionados con las actividades políticas. El civismo tributario es entonces el conjuntos de valores y principios que al ciudadano debe poseer, conocedor de las normas jurídicas más importante de su país, se caracteriza el compromiso para su país, y que de forma voluntaria y veraz cumple con su obligación para garantizar el orden de la economía nacional, y el orden de las instituciones, quienes son las encargadas de vigilar que las normas jurídicas se cumplan, siendo estas instituciones las que administren de manera eficiente y eficaz los recurso obtenidos por los ingre- 12 sos tributarios y sus funcionaros gozaran con el mismo sentido de valores y principios que el resto de los ciudadanos, para garantizar la transparencia y la buena administración de estos. Cortazar Velarde en la publicación en la Revista del CLAD Reforma y Democracia, menciona (no.:17 año: 2000): “Es necesario desarrollar una cultura tributaria, que permita a los ciudadanos concebir las obligaciones tributarias como un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos. Un mayor de nivel de conciencia cívica respecto al cumplimiento tributario, junto a una percepción de riesgo efectivo por el incumplimiento, permitirá a los países de la región (latinoamericanos) disminuir los elevados índices de evasión y contrabando existentes”. propia de guiarse en el tema de contribuciones, no entienden lo que es bueno y malo, el educar consiste en proporcionar todos los ejemplos necesarios para comprender que el mundo no se moldea a sus deseos o caprichos, que la convivencia en sociedad tiene sus normas y que, si no son respetadas, el sistema se torna corrupto y consecuentemente injusto. En mi opinión particular: Una propuesta Constitucional o una reforma en los métodos de enseñanza congruente, para establecer una materia obligatoria en los sistemas educativos de primaria, hasta nivel profesional, para coadyuvar al fortalecimiento del Civismo Tributario en México son fundamentales para el correcto desempeño del Sistema Tributario. Es sin duda una serie de conocimientos que es deseable que el ciudadano conozca, comprenda y las adopte en su vida, para tener una país más organizado, civilizado y con fortaleza contributiva necesaria para soportar los cambios económicos que pudieran darse a suscitar en el futuro; y los beneficios en infraestructura en el país cualquiera que esta fuera que de igual forma se pudieran beneficiar los ciudadanos logrando sino la totalidad de las características mencionadas anteriormente si una gran parte de ellas. Las sanciones quizás no sean la mejor forma para erradicar la baja recaudación, la evasión o alusión fiscal en el país, ya que su finalidad es la de sancionar un acto fuera de la norma que ya se cometió y corregir al ciudadano por esta falta a la norma contributiva, por lo que es importante que las autoridades implementen estrategias de educación de conciencia en el ciudadano en el cumplimiento de sus obligaciones coadyuvando así a la correcta educación contributiva por medio del civismo tributario. La educación del civismo tributario debe de ser imprescindible desde los primeros pasos en la construcción del ser humano. Debido a que no existe una formación tributaria eficiente, existen ciudadanos que no tienen experiencia Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 13 CONCILIACIÓN NO BANCARIA Por: M.C.I.C. Amenofs Acosta Master Coach Internacional Certificado Socio Director de M.P.M. Grupo [email protected] La Conciliación Bancaria es un proceso administrativo común y corriente que pasa en casi todos los procesos contables razonablemente serios. Esta posibilidad de confrontar y conciliar valores para un mejor control del efectivo es sin duda una de las mejores prácticas de las empresas hoy día. Por otra parte en las empresas hay otros lugares donde mirar para hacer una buena conciliación, en este caso una “no bancaria”, me refiero a la conciliación con las personas, práctica no tan común en muchas de las empresas que conozco. Uno de los argumentos para no conciliar es simple: “la empresa no es una democracia y por ende la alineación no es optativa, es un decreto que se sigue y punto” ¿usted qué opina? Coincido con la premisa de que la empresa es como un barco, en el cual los que vamos a bordo remamos en la misma dirección, si no el barco no se mueve. Lo que me pregunto es ¿cuál será la mejor forma de mover los remos?¿serán nuestros antiguos modelos de liderazgo aún válidos? ¿porqué será que cada vez es más recurrente que la evaluación del desempeño de un ejecutivo se toma en cuenta si llego a su meta, y además el cómo lo hizo? Algunos de nosotros pensamos que hacer una “conciliación sistémica” es una práctica que empuja los resultados hacia la estratósfera. Me explico: Imagine usted un mapa donde pueda organizar a todas y cada una de las personas con quien interactúa día con día. Agregue ahora una calificación a estos individuos, en dos niveles: primero, calificando la relevancia (qué tan importante y estratégica es para usted esa persona) y, segundo, calificando el estado de la relación (qué tan cómoda y asertiva es la comunicación que tenemos). ¿cómo sería ese resultado? ¿será que con todas las personas tengo una buena relación? ¿solo con algunas? En otras ocasiones a estas alturas del partido me han dicho “si no soy monedita de oro…” y coincido. Ninguno lo somos. Pero eso no quiere decir que no pueda intervenir en lo que veo. Si me doy cuenta, me puedo hacer cargo. Y no para intentar ser el “cáeme-bien” de la compañía, pero si para poder alcanzar mejores resultados con la gente que me rodea. Es muy distinto decir “no se puede” a admitir “no sé cómo hacerlo”. Le ofrezco algunos tips que utilizan muchos de los líderes Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 14 exitosos hoy en día: 1. Identifique a las personas que le rodean, observe, perciba. El simple hecho que se le haya olvidado alguien, por ejemplo, ya es información. 2. Sea sincero consigo mismo, nadie está viendo su mapa, si no es sincero con usted, ¿con quién? 3. Dé prioridad a las relaciones más relevantes, ya sea por su jerarquía o por su rol para que usted alcance los resultados que está buscando. 4. Deje de contarse historias, yo sé que la relación está así porque usted es muy justo y la otra persona no tanto (jajaja), pero alguien tiene que dar el primer paso, normalmente es usted. la emoción del esclavo, porque solo aquél que lo siente lo sufre, a la otra persona no le afecta. 9. Identifique el beneficio, si encuentra el para qué hacer lo que hace, seguramente lo hará con más determinación y gusto. 10. Se vale disfrutar, pasamos demasiado tiempo trabajando, como para padecerlo. El ser un profesional de la Contabilidad o las Finanzas no le priva de la posibilidad de desarrollarse en otras áreas, por ejemplo el liderar personas. Le invito a explorar todo su potencial, seguramente será el primer beneficiado de los resultados. 5. Re-diseñe sus juicios, es decir, piense los juicios que tiene del otro y cuestiónese si son válidos, o mejor aún si puede cambiarlos por otros que ayuden a mirar la relación de distinta manera, una más productiva digamos. 6. Haga un plan de acción y dele seguimiento, valore los resultados, pregúntese qué podría hacer diferente, mejor. 7. Recuerde que no puede hacer nada “en el otro”, el único lugar donde puede intervenir es en sí mismo, y con eso basta para que todo su entorno cambie. ¿Quiere mover al mundo? Muévase a si mismo. 8. Despréndase del rencor y las viejas historias. El rencor, según Nitzche, es Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 15 “ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS” TE INVITA A PARTICIPAR Estimado Colega Contador Público o Empresario, te invitamos a colaborar, si cuentas con material escrito relativo a temas contables, financieros, económicos, fiscales, laborales, auditoría o de actualidad. ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS puede publicar tus artículos. Sólo debes enviar tu artículo al correo electrónico [email protected] con atención a C.P.C. Fernando González Hernández, cumpliendo con las siguientes características: Archivo de word tamaño carta Letra Arial de 12 puntos. Tipo oración Espacio sencillo Margen de 2.5 centímetros Extensión mínima de 2 cuartillas Para darte a conocer a los lectores solicitamos anexes: Fotografía Nombre completo Título profesional (C.P., C.P.C., L.C.P., etc.) Empresa u organización donde laboras Puesto actual Dirección de correo electrónico Además de ser una ventana a nuestra comunidad, por la publicación de tu artículo recibirás una constancia de 12 puntos con validez para el cumplimiento de tu Educación Profesional Continua (EPC) Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 16 ESTUDIOS EN QUE SE BASA UN PROYECTO DE INVERSION Por: C.P.C. Fernando Ojeda Llanes Director de Servicios Financieros Ojeda, Llanes y Asociados, S.C.P. [email protected] En los Proyectos de Inversión se requiere cuando menos de los siguientes estudios para tener los elementos necesarios para llegar a evaluar el proyecto y decidir sobre su viabilidad para su realización final. Aunque debemos tomar en cuenta que al evaluar un proyecto y no resulta ser viable, este resultado no sería definitivo para desecharlo, cuando verdaderamente se trata de una buena idea, cuando se presentan resultados negativos, antes de su rechazo total deben analizarse las variables que se tomaron en cuenta para su evaluación, porque si alguna de éstas está afectando su factibilidad y puede ser modificada sin alterar el objetivo del citado proyecto, esto es válido cumpliendo una serie de requisitos financieros que comentaré en su oportunidad. Me referiré a los contenidos de los estudios de: Mercado, técnico, financiero y de organización. El Estudio de Mercado tiene como objetivo estimar las ventas o los ingresos, para lo cual es necesario definir el producto o servicio, las unidades de venta o producción: piezas, litros, kilos, etcétera. Después se debe estudiar la demanda de este producto, quien lo compra y cuánto se compra en la ciudad o en el área donde se encuentra el “mercado”. Se debe estudiar la oferta, es decir, la competencia: dónde se encuentra, qué productos distribuye, cuántos puntos de venta tiene. De la oferta y la demanda se definirá cuánto será lo que se oferte y a qué precio, este será el presupuesto de ingresos. Sin un estudio de mercado bien elaborado y con los objetivos perfectamente bien definidos, el proyecto de inversión no tendría bases fundamentales para determinar sus ingresos, sobre todo cuando se trata de una nueva idea. Es importante tomar en cuenta que cuando se solicita a algún especialista la realización de un estudio de mercado, se le proporcione con toda claridad el objetivo, así como la actividad y la idea completa del proyecto, lo anterior en virtud de que en mi experiencia me he encontrado con empresas que han realizado su proyecto de inversión con éxito aun cuando el estudio de mercado respectivo señalaba lo contrario. Al analizar esta situación pude percibir que no había coincidencia entre los objetivos determinados por los responsables del estudio de mercado y los del proyecto. Asimismo también me he encontrado con proyectos de Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 inversión que se suspendieron porque el estudio de mercado se realizó posteriormente al estudio técnico y el mercado enviaba señales de que no habría la demanda necesaria para los productos y servicios del relacionado proyecto. El Estudio técnico tiene como objetivo diseñar cómo se producirá aquello que se venderá. Si se elige una idea es porque se sabe o se puede investigar cómo se hace un producto, o porque alguna actividad gusta de modo especial, se debe definir: ubicación de la empresa, de las instalaciones del proyecto. Donde obtener los materiales, productos o materia prima Qué máquinas y procesos usar. Qué personal es necesario para llevar a cabo el proyecto. El Estudio financiero demuestra lo importante: si la idea es rentable. Para saberlo se parte de tres presupuestos: Ventas o ingresos, Inversión, costos y gastos que salieron de los estudios anteriores. Con esto se decidirá si el proyecto es viable o si necesita cambios, como por ejemplo: si se debe vender más, comprar máquinas más baratas o gastar menos. Hay que recordar que cualquier cambio en los presupuestos debe ser realista y alcanzable, si la ganancia no puede ser satisfactoria, considerando todos los cambios y opciones posibles, entonces no será viable el proyecto y será necesario encontrar otra idea de inversión. Así, después de las modificaciones y cambios, en su caso, y una vez seguros de que el proyecto es viable, entonces se pasará al último estudio. Estudio de Organización que consiste en definir cómo se hará la empresa, o qué cambios hay que hacer si la empresa está formada: Régimen fiscal, pasos a dar para registrar el proyecto, la organización de la empresa cuando el proyecto esté en operación. 17 POLIZA CONTABLE MARZO Boletín Informativo En el mes de febrero pasado se llevó a cabo el Evento Técnico denominado “Sueldos y Salarios Declaración Anual”. La exposición se llevó a cabo el día 06 de Febrero, siendo impartido por el C.P.C. Jorge Alfredo López Quian contando con una concurrida asistencia. XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental , contamos con una concurrida "Retos asistencia. de la Reforma a la Ley de Contabilidad Gubernamental" D urante el mes, se llevaron a cabo tres de las cinco últimas fechas que constituyeron las XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental, 08 de Febrero, se contó con la asistencia del C.P.C. Rosé Ricardo Camacho Acevo, Socio de Baker Tilly International, con el tema Trasparencia y Difusión de la Información Financiera, el 15 de Febrero el C.P.C. Mauricio Romo Flores, Consultor Gubernamental del Estado de Guanajuato, con el tema PBR y evaluación al Desempeño y el 22 de Febrero el C.P. Luis Farías Valdés, PCCA, Auditor Especial de Desempeño de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, en el tema Registro Patrimonial y Estados Financieros Contables y Presupuestales . Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 18 El 10 de Febrero, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Fraude: Puntos a Analizar de Caos Reales”. Fue impartido por el Mtro. Horacio Rocha San Miguel, contando igualmente con una concurrida asistencia. Aprovechamos este espacio para felicitar sinceramente a los socios que en el periodo comprendido del 16 Marzo al 15 de Abril, festejan sus onomásticos, realmente son nuestros deseos de lo mejor para ellos, sus familias y quienes son parte de su entorno profesional. Herberth Antonio Adam Alcocer, osé Antonio Blanco Baeza, Adela Evangelina Canto Jairala, Eduardo José Cisneros Rodriguez, Mario Humberto Caamal Cauich, Juan Francisco Colonia Varguez, Manuel Alejandro Chan Herrera, Mauricio Marcelo Flota López, Leonardo Gomez Montero, Gerardo Jesús Herrera Marín, Raúl Zacarías Kantún Assy, Elias Nazer Metri Duarte, Rene Humberto Marquez Arcila, Manuel Jesús Mendoza Díaz, Gabriel Armin Montañez Chale, Wilberth José Novelo Ceballos, Benjamin Ramón Negroe Monforte, Fernando Ojeda Gongora, Roberto Alejandro Ordaz Gonzalez, Jorge Rolando Peniche Martín, Alfredo Polanco y Araujo, Jorge Alberto Paredes Chi, Ligia Guadalupe Quintal Valencia, Genner Alberto Ruiz Moguel, Fernando Gabriel Rodriguez Sansores, Jorge Anuar Rodriguez Arias, Joel José Santizo Gonzalez, Francisca Rosalía Sabido Aviles, Roberto Vega Castellanos. El 12 de Febrero, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Perspectivas Económicas y Fiscales 2014”. Fue Felicidades impartido por el C.P.C. Y L.C. I. Francisco Macías Valadez Treviño, Socio Retirado Activo del Despacho Deloitte, Autor del Libro Medio Electrónicos en Materia Fiscal y Ex Presidente del IMCP, contando igualmente con una concurrida asistencia. El 19 de Febrero, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Muestreo de Auditoría”. Fue impartido por la C.P.C. Susana Martinez Septien, Integrante de la Comisión Consultiva de Auditoría, contando igualmente con una concurrida asistencia. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 19 El 21 de Febrero, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Como renovar su Registro de CPR ante el SAT. Código Fiscal de la Federación, principales modificaciones al Dictamen”. Fue impartido por la C.P.C. Daniel Oscar Echeverría Arceo, Integrante de la Comisión de AGAFF ante el IMCP, Ex presidente e integrante de la Comisión Consultiva de Auditoria, contando igualmente con una concurrida asistencia. “Paellada de la Amistad" El 22 de Febrero, se llevó a cabo el evento “Paellada de la Amistad” Después de mucho tiempo re realizo la Paellada de la Amistad, en la cual asistieron ex presidentes, Coordinadores de Comisiones Consultivas de trabajo y amigos. Se degusto de una deliciosa paellada acompañada de vino. Si deseas aportar ideas para mejorar este evento envíanosla, aceptamos críticas constructivas también, la dirección es: [email protected] Bienvenida: P or este medio deseamos comunicar a nuestros socios la incorporación a nuestro Colegio de: C.P. Jesús Ángel Mar Salazar, él forma parte de Fundación Donde Banco, S.A. BM. Es motivo para congratularse el que nuestro colegio cuente con nuevos socios, esto fortalece nuestra profesión organizada. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 20 POLIZA CONTABLE ABRIL Boletín Informativo En el mes de marzo pasado se llevó a cabo el Evento Técnico denominado “Taller de Declaración Anual de Personas Morales”. La exposición se llevó a cabo el día 06 de Marzo, siendo impartido por el C.P.C. Victor Manuel Villasuso Pino, socio e Integrante de la Comisión Consultiva de Fiscal de nuestro Colegio, contando con una concurrida asistencia. El 07 de Marzo, se llevó a cabo , contamos con una concurrida asistencia. una reunión organizada por la Federación de Colegio de Profesionales de Yucatán, A.C., donde nuestro Colegio fue la sede anfitriona del mismo, teniendo como invitado al rector de la Universidad Autónoma de Yucatán, el MVZ. M. Phil. Alfredo F. J. Dajer Abimerhi con el propósito de presentar los Logros y Avances del Plan de Desarrollo Institucional de la Universidad Autónoma de Yucatán. El 02 de Marzo, se llevó Desayuno de Entrega de Constancias de a cabo el evento Desayuno de Entrega de Constancias E.P.C., con el tema denominado “Derecho al Ahorro y a la Seguridad Social”. E.P.C. 2013 Fue impartido por el Abog. José Gomez Porchini, Presidente del Colegio de Abogados de Monterrey, este evento se llevó a cabo en el Hotel White Town, contando igualmente con una concurrida asistencia. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 21 XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental "Retos de la Reforma a la Ley de Contabilidad Gubernamental" El 08 de Marzo, se llevó a cabo el Plazos, Avances y Sanciones ultimo módulo de las XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental, estuvo a cargo de L.C.P. José Antonio Suárez Barriga, Director Especialista en Gobierno, PWC México y del Dr. Moisés Alcalde Virgen, Socio Gubernamental de Ernst & Young y Ex titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental. Bienvenida: El 26 de Marzo, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Nuevo Entorno Financiero y Social: Redes Sociales”. Fue impartido por la Lic. Lourdes Alina Cuevas López, experta en el tema, contando igualmente con una concurrida asistencia. P or este medio deseamos comunicar a nuestros socios la incorporación a nuestro Colegio de: C.P. Ricardo Rodriguez Cardeña, él forma parte de Automotriz Toy del Sureste, SRL. CV. C.P. Sharon Amor Sosa Azcorra, ella forma parte de Proteínas y Oleicos, S.A. de C.V. C.P. Maria José Leal Huchin, él forma parte del Gobierno del Estado de Yucatán, Secretaria de Administración y Finanzas, Dirección de Recursos Humanos. C.P. Ada Leticia Yam Xicum, él forma parte de AGD Consultoría Global/ Asistencia Gerencia y Directiva, S.C. C.P. Andres Ix, él forma parte de Mr Buho, S.A. de C.V. o Moda Caribeña S.A de C.V. Es motivo para congratularse el que nuestro Felicidades Aprovechamos este espacio para felicitar sinceramente a los socios que en el periodo comprendido del 16 Abril al 15 de Mayo, festejan sus onomásticos, realmente son nuestros deseos de lo mejor para ellos, sus familias y quienes son parte de su entorno profesional. José Antonio Azcorra Rejón, Mirnelena Araujo Koyoc, Carlos Enrique Arcila Martinez, Herbe David Alonzo Cime, Miguel Ángel Baquedano Perez, Miguel Ángel Canto y Canto, Martín Roberto Chale Durán, Cesar Renan Cisneros Rodriguez, Loyda Adlemy Caamal Novelo, Luis Felipe Cervantes Gonzalez, Ligia Patricia Castillo Gongora, Eduardo Manuel Canto Castilla, Beatriz Adriana Caro Garcia, Tenorio Lucia de la Guerra Tenorio, Héctor Hernán de Jesús Erosa Martinez, Daniel Oscar Echeverria Arceo, María Teresa Escalante Alcocer, Lorena Espinosa Rodriguez, Mario Alberto Fernandez Camara, Jose Gabriel Gongora Biachi, Jorge de Jesús Garcia Sansores, José Mateo Gamboa Cab, Rolando Herrera Castillo, José Antonio Keb Briceño, Luis Alfonso de Jesús López Castro, Jorge Adolfo López Cortes, Alejandro Marrufo Gasque, Pedro José Millan Gonzalez, Ana Elena Marquez Lara, Humberto Antonio Median Tzab, Nancy Christian Mejía Fonseca, Rita Xaneet Novelo Hernandez, Ramón Ivan Núñez Castillo, Luis Jorge Novelo Montalvo, Eduardo Antonio Perez Irabien, Andres Ricardo Polanco Alamilla, Wilma del Rosario Pech Yam, Luis Antonio Parra Pacheco, Jesús Oswaldo Palomo Canche, Jorge Alberto Pool Kantún, Rodolfo de Jesús Sanders Guerrero, Claudia Gabriela Solis Rodriguez, David Roberto Suarez Pacheco, Olga Maria Tun Martin, Ángel Ricardo Tzab Valladares, Cecilia Guadalupe Vargas Ake, colegio cuente con nuevos socios, esto fortalece nuestra profesión organizada. Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014 22 ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS Revista electrónica del CCPY que sirve de enlace entre la comunidad contable y el empresariado. La revista Entre Contadores y Empresarios está indexada en LATINDEX www.latindex.org COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE YUCATÁN Calle 35 # 306 x 18-A y 18-B Fracc. Pedregales de Tanlum [email protected] www.ccpy.com.mx Diseño COMENTARIOS Y SUGERENCIAS Enviar comentarios, sugerencias, réplicas o cualquier otra información al correo electrónico: [email protected] http://www.pcsysoftware.com