el abc de la declaracion 2014 para personas morales

Transcripción

el abc de la declaracion 2014 para personas morales
EL ABC DE LA DECLARACION
2014 PARA PERSONAS
MORALES – ASPECTOS
RELEVANTES
Presentado por:
L.C. Juan José Arcos Sánchez
L.C. Fidel Camarillo Lazo.
Garrido Licona y Asociados,
S.C.
Febrero 13, 2015
EL ABC DE LA DECLARACION 2014 PARA PERSONAS MORALES
ASPECTOS RELEVANTES
TEMARIO:
1. Fechas de presentación de la declaración anual y sujetos obligados
2. Ingresos acumulables, momentos y situaciones a considerar
3. Costo de lo vendido, aspectos relevantes
4. Nuevas limitantes a las deducciones autorizadas
5. Requisitos para la deducción de salarios y previsión social
6. Aspectos a considerar de los pagos al extranjero
EL ABC DE LA DECLARACION 2014 PARA PERSONAS MORALES
ASPECTOS RELEVANTES
TEMARIO:
7.
Deducción de créditos incobrables
8. Medios de defensa contra los limitantes de las deducciones
9. Acreditamientos y estímulos fiscales
10.Determinación de la UFIN, y de los saldos de la CUFIN y la CUCA
según las nuevas disposiciones fiscales
11.Otras consideraciones (opción de dictaminarse, coeficiente de
utilidad, etc.)
12.Diferencias entre la base de la PTU vs la base del ISR
1. FECHAS DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL Y
SUJETOS OBLIGADOS
Persona Moral
Fecha límite de
presentación
Régimen general del Título II
Régimen opcional para grupos de
sociedades (Integradoras e Integradas)
31 de marzo de
2015
Régimen de los coordinados
Régimen del sector primario (AGAPES)
Régimen de los coordinados, cuando sus
integrantes sólo sean PF
Régimen del sector primario (AGAPES),
cuando sus integrantes sólo sean PF
30 de abril de
2015
Régimen de consolidación que continua(1)
(Sólo la controladora)
(1)Articulo
Noveno Transitorio fracción XVI de la Ley del ISR
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Enajenación de bienes
y prestación de
servicios
• Se expida comprobante fiscal
• Se envíe el bien o se preste el servicio
• Se cobre total o parcialmente. Incluso en
el caso de anticipos
• Al momento del cobro (servicios
personales independientes)
Uso o goce temporal
de bienes
•
•
•
•
Arrendamiento
financiero
• El total del precio pactado, o
• La parte del precio exigible en el ejercicio
Se cobre total o parcialmente
Se expida comprobante fiscal
Fecha de exigibilidad
Depósitos en garantía (en su caso)
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Arrendamiento puro – Depósitos y anticipos
Rentas Anticipadas
≠
Depósito en garantía
Consideraciones
 ¿Son ingresos acumulables desde que se perciben?
 ¿Existe obligación de devolver dichos anticipos o aplicarlos contra
rentas futuras?
 Efecto en IVA
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Deudas no cubiertas
• En el plazo que se consuma la prescripción
• En el mes que se cumpla la imposibilidad
práctica del cobro
Contratos de obra
•
•
•
•
•
Enajenaciones a plazo
efectuadas hasta 2013
• Se acumulen conforme a la Ley abrogada
• Diferimiento del ISR de acuerdo a
disposiciones
transitorias
(2
ejercicios)
• Diferimiento del ISR de acuerdo a
Decreto (3 ejercicios)
Estimación de obra ejecutada (3 meses)
Efectivamente cobrado
Avance trimestral
Avance mensual
Entregas parciales de acuerdo al contrato
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Otras consideraciones:
 Diferimiento del ingreso por recuperación de seguros, fianzas en
perdidas de bienes del contribuyente (Cuando no se reinvierta, hasta
24 meses)
 Intereses devengados para el sistema financiero, cuando dejen de
cobrar después del tercer mes ¿Se siguen acumulando?
 Acumulación de los interés moratorios a lo efectivamente cobrado
 Aviso de prestamos, aportaciones para futuros aumentos de capital,
por cantidades mayores a $600,000.00
 Acumulación de ingresos percibidos de fuente de riqueza ubicada en
el extranjero
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
La deducción del costo en todo caso será en el ejercicio en el que se
acumulen los ingresos que deriven de la enajenación de los bienes, de
acuerdo a lo siguiente:
Método de
costeo (1)
• Sistema de
costeo
absorbente
(1)Se
Método de
Control
Método de
valuación (2)
• Histórico
• Predeterminado
eliminó el método directo
(2)Se eliminó el método de valuación UEPS
• Inventarios
perpetuos
•
•
•
•
PEPS
Costo identificado
Costo promedio
Detallista
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
Integración del costo
Contribuyentes
Actividades comerciales
Actividades no comerciales
Adquisición de
Adquisiciones netas de MP, PST,
PT
Mercancías netas
Salarios de la producción
Gastos de compra
La deducción de inversiones
de producción(1)
Gastos netos de descuentos
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
Aspectos a considerar:
 Deducción de inventarios 2004 – Inventario acumulable
 Deducción del costo por acumulación de anticipos (Regla I.3.2.23.
RMF 2014)
 Levantamiento de inventario físico al cierre del ejercicio
 Cambio del método de valuación, por entrada en vigor de la nueva
Ley del ISR
 Destrucción de inventarios – Avisos donación y/o destrucción
 Deducción de pagos a PF, sector primario o coordinados, sin que
estén efectivamente pagados
 Inventarios para consumo propio (deducción como gasto o inversión)
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Pagos por salarios – Ingresos exentos para el trabajador
Concepto
Aportaciones
efectuadas
para
la
creación
o
incremento de reservas para
fondos de pensiones o
jubilaciones del personal,
complementarias a la LSS, y
primas de antigüedad
Pagos que a su vez sean
ingresos exentos para el
trabajador
Monto
deducible hasta
2013
Monto deducible a
partir de 2014
100%
47% Si las
prestaciones
disminuyen, o
53% Si las
prestaciones no
disminuyen
100%
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Cálculo de la parte no deducible de los ingresos exentos para el
trabajador (Regla I.3.3.1.16 RMF 2014)
Fracción I
Total de remuneraciones exentas del ejercicio
Coeficiente del
ejercicio
Total de remuneraciones y prestaciones del ejercicio
Fracción II
Total de remuneraciones exentas del ejercicio anterior
Total de remuneraciones y prestaciones del ejercicio
anterior
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Cálculo de la parte no deducible de los ingresos exentos para el
trabajador (Regla I.3.3.1.16 RMF 2014)
Fracción III
Menor que
Coeficiente del
ejercicio
Entonces
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
Mayor o igual que
Coeficiente del
ejercicio
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
Hay disminución
de prestaciones,
47% deducible
Entonces
No hay
disminución de
prestaciones, 53%
deducible
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Otras limitantes a las deducciones para PM
Concepto
Donativos (sector
público y donatarias
autorizadas)
Monto deducible hasta 2013
7% de la utilidad del ejercicio
inmediato anterior
Cuotas y aportaciones
Obrero - Patronal
pagadas al IMSS
Monto deducible a partir de
2014
7% de la utilidad del ejercicio
inmediato anterior (para los
donativos al sector público se
limita hasta un 4%)
Patronal
Arrendamiento de
automóviles
Consumo en
restaurantes
$165.00 diarios (LISR)
$250.00 diarios (Decreto)
$200.00 diarios
12.5% (del total del consumo)
8.5% (del total del consumo)
Automóviles
$175,000.00
$130,000.00
Se deroga la opción.
Deducción inmediata Porcentajes entre el 70% y 90% ¿Deducción en 2014, por el
derecho adquirido en 2013?
5. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE SALARIOS Y PREVISIÓN
SOCIAL
Requisitos para hacer deducible los pagos por salarios
 Pagos superiores a $2,000.00 pesos deben ser pagados a través de
transferencia electrónica, entre otros medios. (Se puede hacer el
pago en efectivo, Regla I.3.3.1.17 RMF 2014 y Artículo 35 del RISR)
 Se efectué la retención y entero del ISR a cargo del trabajador
 Expedición del CFDI de nómina con el timbrado en tiempo y forma.
(Hasta Diciembre 2014 y Enero 2015 en los casos de
correcciones)
 Declaración informativa de salarios (requisito de forma)
 Cálculo del ISR anual del trabajador (Ajuste del ISR por salarios)
 Entregar del SPE correspondiente al trabajador, en su caso
5. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE SALARIOS Y PREVISIÓN
SOCIAL
Requisitos para hacer deducible los pagos por previsión social
 Plan de previsión social
 Se otorgue de manera general a todos los trabajadores
 Los vales de despensa serán deducibles siempre que se entreguen
a través de monederos electrónicos (a partir de julio de 2014)
 No puede pagarse en efectivo (Criterio no vinculativo 27/ISR)
 Sin monto límite para los trabajadores sindicalizados
 Hasta 10 VSMGAG elevado al año (hasta $245,608) para
trabajadores no sindicalizados
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Ser
estrictamente
indispensables
Comprobante
fiscal (Regla
I.2.7.1.16. RMF
2014)
Expedición
de
comprobante
fiscal
Requisitos
para
deducción
Constancia de
residencia
fiscal
Retención y
entero del ISR
Presentación
de
declaraciones
informativas
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Aspectos relevantes a considerar
Aplicación de los beneficios de
los tratados internacionales
• Acreditar residencia fiscal
• Cumplir con las disposiciones de
Ley y del propio tratado
• Garantizar la existencia de
simetría fiscal
Limitante a la deducción de ciertos
pagos a residentes en el extranjero
(aplicación de las reglas de BEPS)
• Por conceptos de: Intereses,
regalías y asistencia técnica
efectuados a residentes en el
extranjero que sean entidades
transparentes
• Los pagos que sean deducibles
para una parte relacionada y los
ingresos no sean acumulables
para la otra parte.
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Aspectos a considerar
Otros aspectos
relevantes a
considerar
• Deducción de gastos a prorrata (Regla
I.3.3.1.41. RMF 2014)
• Intereses provenientes de Capitalización
delgada o insuficiente
• Dividendos fictos (Créditos respaldados)
• Documentación soporte de precios de
transferencia (EPT)
• Presentación de la Anexo 9 del DIM, a
más tardar cuando se presente la
declaración anual, se tenga que presentar
el dictamen, o se presente la DISF
7. DEDUCCIÓN DE CRÉDITOS INCOBRABLES
Serán deducibles cuando:
Se consuma el
plazo de
prescripción
O antes si
fuera
Notoria la
imposibilidad
practica de cobro
(Cuando se
cumpla un año
de mora)
• Sin requisitos
Público en general
 Inferiores a 5,000 pesos no se necesitan
requisitos
 Entre $5,000 y 30,000 UDIS, se informe a buró
de crédito
Contribuyentes que realizan actividades
empresariales
 Hasta 30,000 UDIS
 Mayores a 30,000 UDIS
(Demanda judicial)
•
Informe al deudor
•
Declaración
informativa, antes 15
de febrero 2015
(escrito libre) [Opción
dictamen]
8. MEDIOS DE DEFENSA CONTRA LOS LIMITANTES DE LAS
DEDUCCIONES
Tema
Envío de la contabilidad electrónica
Plazo para la presentación del
Amparo
15 días hábiles siguientes al primer acto
de aplicación (25 marzo 2015)
Límite a la deducción de pagos de
previsión social, ingresos exentos y por
la creación o incremento de reservas a
15 días hábiles siguientes al primer acto
fondos de pensiones y jubilaciones
de aplicación por presentación de la
Revaluación de inventarios o del costo
declaración anual
de lo vendido
Aportaciones pagadas al IMSS por
cuenta de los trabajadores
Pago o distribución de dividendos a
personas físicas residentes en el país
así como a residentes en el extranjero 15 días hábiles siguientes al primer acto
Recálculo de la CUFIN al 31-Dic-2001 de aplicación
por distribución de dividendos o
utilidades
9. ACREDITAMIENTOS Y ESTÍMULOS FISCALES
Acreditamientos
ISR del ejercicio
Menos:
Prelación
Estímulos fiscales
ISR pagado por dividendos (Máximo tres ejercicios)
ISR pagado en el extranjero (Máximo diez ejercicios)
Estímulo cinematografía
Estímulo producción teatral nacional
IEPS de diésel para consumo final en actividades
empresariales (Excepto minería)
IEPS de diésel para consumo final en transporte de
personas y carga
Cuotas de peaje en carreteras
IEPS adquirentes que utilicen los combustibles fósiles
Venta o enajenación de minerales y sustancias
Acreditamientos
Igual:
ISR retenido de bancos
Pagos provisionales de ISR
IDE pendiente de acreditar de 2013
ISR a cargo o a favor del ejercicio
9. ACREDITAMIENTOS Y ESTÍMULOS FISCALES
Otros estímulos fiscales
Contratación
de personas
con
discapacidad
Donación de
bienes
básicos para
la
subsistencia
humana
10. DETERMINACIÓN DE LAS CUENTAS FISCALES SEGÚN LAS
NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
Cuenta de Capital de
Aportación (CUCA)
• Se contempla el saldo que se tenía en
2013
Cuenta de Utilidad
Fiscal Neta (CUFIN)
• Recálculo de la CUFIN de 2001 a 2013
• Se tiene que llevar dos cuentas para
efectos del impuesto adicional del 10% del
ISR por dividendos
Cuenta de Utilidad
Fiscal Neta Reinvertida
(CUFINRE)
• No se contempla en la nueva LISR
• Efectos del ISR pendiente de enterar
10. DETERMINACIÓN DE LAS CUENTAS FISCALES SEGÚN LAS
NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
Determinación del saldo de la CUFIN al 31 de diciembre de 2013
UFIN generada del ejercicio 2001 a 2013
Menos: UFIN negativa generada del ejercicio 2001 a 2013
Mas:
Dividendos o utilidades percibidos en 2001 a 2013
Menos:
Dividendos o Utilidades Distribuidas en 2001 a
2013
Igual:
Saldo de CUFIN al 31 de diciembre de 2013
Consideraciones:
 ¿Qué sucede con la CUFIN que se generó antes de 2001?
 ¿Qué sucede con la transmisión de CUFIN por fusión y escisión
efectuadas en 2001 a 2013?
 ¿No se incluye en el recalculo los ingresos por REFIPRES?
 ¿No se incluye en el recálculo las utilidades distribuidas por
reducción de capital?
10. DETERMINACIÓN DE LA UFIN, Y DE LOS SALDOS DE LA CUFIN
Y LA CUCA SEGÚN LAS NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
Determinación de la UFIN del ejercicio 2014
Menos:
Menos:
Resultado del ejercicio
ISR del ejercicio
Partidas no deducibles (Excepto las de fracción VIII y
IX del articulo 28 de la LISR)
Menos:
Monto a disminuir por acumular los montos
proporcionales de ISR pagado en extranjero
Menos:
Disminución por acreditamiento de ISR pagado por
dividendos en el ejercicio
Igual:
UFIN del Ejercicio 2014
Consideraciones:
 De acuerdo al criterio normativo 36/ISR/N del anexo 7 de la RMF
2015, no se debe de restar la PTU en la determinación de la UFIN
 La distribución de dividendos (a PF residente en México y a
Residentes en extranjero) de la utilidades generadas a partir de 2014
causarán 10% ISR adicional
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Coeficiente de Utilidad del correspondiente al ejercicio 2014:
Utilidad (o pérdida) Fiscal del ejercicio
+/- Monto de los anticipos o
rendimientos distribuidos (1)
Ingresos Nominales + Inventario
acumulable
C.U. del para
aplicarse en el
ejercicio 2015
Consideraciones:
 No inclusión del Inventario acumulable (RMF 2015 3.3.3.5.)
 ¿En su caso se debe de restar o sumar, la deducción de la
inversión inmediata aplicada en 2014? (RMF 2015 3.3.2.1.)
 PTU se resta en la utilidad fiscal
(1)Aplica
para S.C. y A.C.
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Dictamen Fiscal del ejercicio 2014 (SIPRED)
Sujetos obligados(1)
La PM que subsista o
surja por motivo de
fusión (en 2013)
Las sociedades
escindente y
escindidas (en 2013)
Las sociedades que
continúen aplicando el
régimen de
consolidación
(1)Conforme
Sujetos que pueden optar
PF y PM con ingresos
acumulables del
ejercicio 2013
superiores a $100 mdp
Valor del activo superior
a $79 mdp
Promedio de 300
trabajadores por mes
al artículo segundo transitorio fracción I del CFF vigente a partir de 2014.
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Declaración Informativa de Situación Fiscal - Obligados
PM del titulo II de la LISR que en el ejercicio
inmediato anterior hayan tenido ingresos
acumulables iguales o superiores a
$644,599,005, así como tengan acciones
colocadas entre el gran público inversionista,
en bolsa de valores
Las sociedades que tributen en el régimen
opcional para grupos de sociedades
Las
entidades
paraestatales
Administración Pública Federal.
de
la
EP en el país únicamente por las actividades
que desarrollen en dichos establecimientos
PM respecto de las operaciones celebradas
con residentes en el extranjero
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Dictamen Fiscal del ejercicio 2014 (SIPRED) Consideraciones
 Fecha de presentación conforme a CFF 15 de julio de 2015
 Fecha de presentación conforme a RMF 2015 30 de julio de
2015
 Se presentará conforme al anexo 16 y 16-A de la RMF 2015
DISIF Consideraciones
 Nuevo capítulo en RMF 2015 en donde establece las reglas de
presentación
 Fecha de presentación conforme a CFF al 30 de junio de 2015
 Si se opta por presentar el dictamen fiscal, se tiene por cumplida
esta declaración
12. DIFERENCIAS ENTRE LA BASE DE LA PTU VS LA BASE DEL ISR
Concepto
Ingresos Acumulables
ISR
SI
PTU
SI
Inventario acumulable
Si
NO
Deducciones Autorizadas
SI
SI
PTU Pagada en el ejercicio
SI
NO
Perdidas Fiscales Pendiente de disminuir
Previsión social no deducible (Artículo 28
fracción XXX de la LISR)
Depreciación fiscal histórica siempre y cuando
se haya aplicado deducción inmediata en
ejercicios anteriores.
SI
NO
NO
SI
NO
¿SI?
NO
SI(1)
Pérdidas cambiarias sufridas antes de 2013
(1)
Aplica para los que eligieron la opción de aplicar las pérdidas cambiarias en 4 ejercicios.
¡Gracias!

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