resolución de gerencia n° 184-2011-godu-gg-mdsa
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resolución de gerencia n° 184-2011-godu-gg-mdsa
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 184-2011-GODU-GG-MDSA Santa Anita, 17 de Octubre del 2011 VISTO: El Expediente N° 7727-11 de fecha 01/09/11 presentado por el Señor JUAN DE LA CRUZ PEREZ MEGO, identificado con DNI N° 07361589, con domicilio en Jr. Adolfo King N° 457-459 — Urbanización Los Ficus, presenta RECURSO DE RECONSIDERACIÓN contra la Resolución de Sanción N° 000167-2011, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 16/05/11 personal de la Sub Gerencia de Obras Privadas Control Urbano y Defensa Civil ha detectado que en la dirección Jr. Adolfo King N° 457-459 de la Urbanización Los Ficus se venia efectuando la ampliación del 1 er. Piso, construcción de muros y columnas del 2do, piso, por lo que se impuso la Notificación Preventiva de Sanción N° 000229-2011, con la observación de Paralización de Obras; Que, mediante Documento Externo N° 5930-11 de fecha 17-05-11, el Sr. Juan De la Cruz Perez Mego presenta el descargo a la Notificación Preventiva N° 000229-2011, indicando que procederá con el tramite de Regularización de Licencia por la ampliación que venia realizando, el mismo que mediante Oficio N° 5162011-SGOPCUDC-GODU/MDSA de fecha 27-06-11 se le comunico que se encontraba vigente la Ordenanza N° 0068-2011 MDSA a fin de obtener la Regularización de Licencia, reiterándole la paralización de obras; Que, con Expediente N° 6450-11 de fecha 27-07-11, el Sr. Juan De la Cruz Perez Mego, solicita la Regularización de la Licencia de Construcción, el mismo que de la inspección ocular, revisión y evaluación de los documentos presentados, con Oficio N° 660-20011-SGOPCUDC-GODU/MDSA de echa 15-08-11 se comunica al recurrente que el predio materia de Regularización no cumple con los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios Especiales de la Ordenanza N° 0068-2011/MDSA y mediante Oficio N° 746-2011-SGOPCUDCGODU/MDSA de fecha 25-08-11 se remite el Dictamen emitido por la Comisión en la Especialidad de Arquitectura, la cual se encuentra "No Conforme" con observaciones, las cuales se otorgan el plazo de 15 días para subsanarlas, caso contrario el expediente pasará al archivo; Que, en fecha 25-08-11, personal de esta Sub Gerencia en inspección de campo ha verificado que en el predio ubicado en Jr. Adolfo King N° 457-459 de la Urbanización Los Ficus, se encontraba en construcción, sin acatar la orden de paralización de obras, por lo que se procedió a emitir la Resolución de Sanción N° 00167-2011 con código de infracción DU-001 por • efectuar construcción sin la autorización municipal respectiva (incluye ampliación, remodelación y cercos), construcción de 3 pisos, en Referencia a la Notificación Preventiva N° 000229-2011, por la suma de S/. 13,816,60 nuevos soles; Que, con Resolución de Gerencia N° 165-2011-GODU-GG/MDSA de fecha 21-09-11, se resuelve declarar improcedente otorgar la Regularización de la Licencia de Obra, al predio ubicado en Jr. Adolfo King N° 457459 de la Urbanización Los Ficus, por no cumplir con el diseño arquitectónico conforme a los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios aplicables al lote, según el Reglamento Nacional de Edificaciones y la Ordenanza N° 00068-2011/MDSA; Que, mediante Expediente N° 7727-11 de fecha 01/09/11, el recurrente presenta Recurso de Reconsideración en contra de la Resolución de Sanción N° 00167-2011, con código de infracción DU-001 "Por efectuar construcción sin la autorización municipal respectiva (incluye ampliación, remodelación y cercos), construcción de 3 pisos, por el monto de S/. 13,816,60 nuevos soles. Que, según la Ordenanza N° 068-2011/MDSA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18-05-11 en su Art. 5° Sujetos a Regularización. "podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente norma ...los que hayan edificado hasta el 31 de Marzo del 2011". Es decir, solamente para obras culminadas. o MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA Que, mediante Informe N° 569-2011-SGOPCUDC-GODU/MDSA de fecha 17-10-11, la Sub Gerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Defensa Civil informa que en cumplimiento de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N 27972 Art. 46 "Las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser de multas, clausura, decomiso, retiro de elementos antirregiamentarios, paralización de obras, demolición...y otras", declarando improcedente el Recurso de Reconsideración presentado al haberse actuado conforme al procedimiento sancionador y conforme a la Ley N° 27444; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza N° 0020-2001-MDSA Cuadro de Sanciones e Infracciones de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, y a las facuitades conferidas en el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, Ordenanza N° 005-2007/MDSA: RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración presentado por el Sr. JUAN DE LA CRUZ PEREZ MEGO, contra de la Resolución de Sanción N°000167-2011, por los razones expuestas en Ja parte considerativa de la presente resolución. RTICULO SEGUNDO.- Proceder al COBRO DE LA MULTA impuesta mediante Resolución de Sanción N° 00167-2011 de fecha 25-08-11, por efectuar construcción sin la autorización municipal respectiva (incluye ampliación, remodelación y cercos), construcción de 3 pisos, por el monto de S/. 13,816,60 nuevos soles. ARTICULO TERCERO.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución a la Sub Gerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Defensa Civil y al ejecutor coactivo para que proceda conforme a Ley. REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE.