flash informativo no 01-02-11 deduccion de servicios educativos por
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flash informativo no 01-02-11 deduccion de servicios educativos por
FLASH INFORMATIVO DECRETO POR EL QUE SE OTORGA UN ESTÍMULO FISCAL A LAS PERSONAS FÍSICAS EN RELACIÓN CON LOS PAGOS POR SERVICIOS EDUCATIVOS El pasado 15 de febrero, fue publicado a través del Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos”, por medio del cual se permite a las personas físicas deducir para efectos del ISR a su cargo, las colegiaturas para sus propios estudios, de su cónyuge, de sus hijos o de sus padres, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Los pagos por servicios de enseñanza que se podrán deducir serán los correspondientes a los niveles de preescolar, primaria, secundaria y media superior, siempre que los pagos se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios, considerando para tal efecto los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a la siguiente tabla: Nivel educativo Límite anual de deducción Preescolar $14,200.00 Primaria $12,900.00 Secundaria $19,900.00 Profesional técnico $17,100.00 Bachillerato o su equivalente $24,500.00 23 de febrero de 2011. El contenido de nuestros flashes informativos es preparado por el área fiscal de nuestra Firma, solamente como su nombre lo indica, para fines informativos; por lo tanto, no debe considerarse como una opinión de carácter fiscal emitida por especialistas de nuestra Firma a sus clientes en forma particular. Para cualquier aclaración respecto al presente flash, contactar al teléfono 5254-0355 con: C.P.C. Ma. Inés Rangel Gómez Socio de Impuestos [email protected] C.P.C. Ma. Eugenia Sánchez Rangel Socio de Impuestos [email protected] C.P.C. Javier Matías Hernández Socio de Impuestos [email protected] C.P.C. J. Agustín Martínez Cruz Socio de Impuestos [email protected]