All official Centura Health policies are maintained electronically and

Transcripción

All official Centura Health policies are maintained electronically and
Todas las políticas oficiales de Centura Health se mantienen en medios electrónicos y están sujetas a cambios en forma ocasional. Ninguna política impresa deberá considerarse como política oficial, excepto en la medida que
sea consistente con la política actual que se mantiene por vía electrónica.
Título de la política: Política de asistencia financiera a
nivel estatal
Departamento: Gestión de ingresos
Unidad: Gestión de ingresos
Fecha de entrada en vigor: 01/11/2006
Fecha de la última revisión: 25/04/08, 06/02/09, 19/06/09, 10/07/09, 07/08/09,
30/08/10, 02/02/11,01/02/12, 11/06/12, 06/11/12
Última fecha de revisión: 25/04/08, 06/02/09, 19/06/09, 10/07/09, 07/08/09,
30/08/10,02/02/11, 01/02/12,11/06/12, 06/11/12, 13/12/12, 07/01/13
Iniciado por: Gestión de ingresos
Aprobada por (persona y título): Director de Finanzas (CFO), Director de PA,
Vicepresidente de Administración de ingresos
DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA: Centura Health, incluyendo sus hospitales y grupo de médicos, se dedica a proporcionar servicios de atención a la salud
que sean necesarios desde el punto de vista médico. Estos servicios son accesibles para todos, sin importar la raza, el género, la ubicación geográfica, los
antecedentes culturales, la movilidad física o la capacidad de pago. Estamos comprometidos a proporcionar servicios de atención a la salud y reconocemos que, en
algunos casos, el paciente no puede cubrir el costo de los servicios recibidos. En esos casos específicos, se examinará al paciente, y se iniciará la determinación del
derecho a recibir asistencia financiera o caridad antes del momento de la admisión.
DEFINICIONES:
Asistencia financiera o caridad- se define como la incapacidad de pagar la atención médica.
Descuento -- Una disminución de la cantidad completa o estándar de los cargos totales por los servicios brindados.
Electivo- Se define como cirugía cosmética, y/o servicios con precios con un descuento predeterminado.
Atención médica de emergencia/urgencia -- El surgimiento súbito, y en ese momento inesperado, de una condición de salud que requiere
atención médica inmediata; donde el resultado de la incapacidad para proporcionar atención médica puede ser una seria afectación a las
funciones corporales o una disfunción seria de un órgano o parte del cuerpo; o bien que puede poner en serio riesgo la salud de la persona.
Los beneficios no pueden negarse debido a condiciones que una persona común y prudente podría percibir como condiciones médicas de
emergencia.
Paciente sin seguro o que se paga él mismo el tratamiento – Una persona que no tiene cobertura de una tercera persona por parte de un
asegurador comercial independiente, plan ERISA; un Programa Federal de Atención a la Salud, para todo o parte de su factura. Esto incluye
las reclamaciones contra terceras personas cubiertas por el seguro al que Centura está subrogado, pero solo si dicha firma de seguros realiza
el pago de hecho
Paciente subasegurado- aquellos que tienen cobertura independiente o de terceras personas que, después del pago total del pasivo, queda
un saldo mayor a 30% de los cargos facturados en la cuenta.
PROCEDIMIENTO:
1. Una solicitud de asistencia puede iniciarse por parte del paciente, cualquier empleado, médico o parte interesada. Centura Health tiene la
práctica de no discriminar a sus pacientes en la evaluación de Asistencia financiera. Se evaluará a los pacientes que demuestren o
comuniquen una necesidad de asistencia en el pago de sus facturas médicas, de acuerdo con los lineamientos de asistencia financiera y/o
caridad de Centura Health. Antes de enviarlas a deudas incobrables, todas las cuentas registradas como de Pago Propio se revisarán para
asistencia financiera.
2. Los pacientes que requieran asistencia financiera se identificarán lo más pronto posible dentro del ciclo de facturación. Antes de
ofrecerles asistencia, se seleccionará a los pacientes desde el punto de vista financiero. Todas las cuentas activas aplicables con saldo
para el mismo paciente serán consideradas en el momento de la evaluación. Las cuentas con una acción legal aprobada por deuda
incobrable están exentas de la consideración para la asistencia financiera, excepto en casos especiales, y con la aprobación de los
dirigentes de la Gestión de ingresos/CHPG/Hospital, según corresponda.
3. Centura Health explorará todos los medios de pago antes de ofrecer la Asistencia financiera. Esto incluye, sin limitarse a los siguientes:
a. CICP
b. Fondos de la Fundación
c. Atención Médica
d. Medicaid/CHP+
e. Extranjeros indocumentados/Sección 1011
f. Víctimas de delitos
4. Si se utiliza cualquier otra asistencia financiera para descontar una factura y queda un saldo pendiente que el Paciente deba pagar, no
será posible aplicar la asistencia financiera de Centura Health, excepto en los casos especiales, con la aprobación del liderazgo de la
instalación, de CHPG y/o de Administración de Ingresos.
5. Los programas de seguros que dejan un saldo pendiente para un paciente podrán tener derecho a la asistencia financiera de Centura si el
paciente cumple con los requerimientos de selección financiera. Las determinaciones de asistencia financiera se basarán en la
responsabilidad del paciente, y no en los cargos originales.
6. Se podrán revisar en base a cada caso las cuentas de los pacientes quienes aprueban para asistencia financiera que tienen saldos
pendientes por pagar en cuentas incobrables.
7. Los procedimientos electivos, según los considere un médico, no calificarán para el programa de asistencia financiera de Centura.
8. Se considerará para asistencia financiera a cualquier paciente que esté registrado como “sin hogar” o que proporcione como domicilio un
albergue para personas sin hogar.
9. Se considerarán para asistencia financiera a los pacientes de Medicaid que reciban servicios que no estén cubiertos. Asimismo, se
considerarán para asistencia financiera a las cuentas que ocurrieron antes de la fecha en entrada en vigor de Medicaid.
10. Pacientes fallecidos (consulte la política de pacientes fallecidos).
11. A los pacientes que buscan asistencia financiera se les solicitará proporcionar la siguiente lista de documentación de soporte la cual será
necesaria a fin de evaluar su elegibilidad:
i. Información del hogar:
1. Tamaño de la familia
2. Dependientes
3. Domicilio físico
ii. Documentos de ingresos
1. Declaración de Impuesto sobre la Renta
2. Forma W-2 de IRS
3. Talones de los cheques de pago de los últimos seis meses
4. Estados de cuenta bancarios de los últimos tres meses
5. Declaración firmada de ingresos si no se dispone de los talones de cheques. Puede ser uno de los siguientes:
a. Carta de un patrón que verifique el ingreso mensual bruto, en papel membretado de la empresa, de los
últimos seis meses.
b. Carta de conciencia de la Seguridad Social
c. Pruebe de depósitos directos
6. Si un paciente solicitó Medicaid y le fue negado, copia de la carta de negación.
iii. Identificación
1. Documento de identificación con foto, emitido por una autoridad estatal o federal.
2. Segunda forma de información de identificación (tarjeta de Seguridad Social, certificado de nacimiento, etc.)
b. Centura utilizará el tamaño de la familia y otros resultados de información financiera de una investigación realizada en la base de
datos socioeconómica predictiva para determinar la asistencia financiera, para validar la información que proporciona el paciente.
i. La Gestión de ingresos de Centura revisará mensualmente los ajustes de caridad superiores a $50,000.
12. Los niveles de aprobación para la Caridad son los siguientes:
Niveles de aprobación de descuentos para pago propio de bajos ingresos y de caridad:
Asesor financiero:
Menos de $20,000
Supervisor/Gerente:
$20,001 a $50,000
Director:
$50,001 a $100,000
Vicepresidente/Director Financiero (CFO):
Más de $100,001
Los saldos anteriores se refieren a las cuentas de pacientes episódicas, y no acumulativas
13. La documentación que muestra la calificación del paciente para la asistencia financiera se escaneará en el
registro médico electrónico del paciente. Toda la documentación será retenida de conformidad con
la Política de retención de registros de Centura.
14. Los solicitantes aprobados serán informados sobre el monto aprobado y su responsabilidad como pacientes, junto con las instrucciones
para ponerse en contacto con Centura para acordar el pago de cualquier monto pendiente. Para las solicitudes rechazadas, se enviará una
carta donde se explicará el motivo de la negación y un número de contacto. Hay planes de pago disponibles, y todos los planes tienen un
monto mínimo exigible de $25 al mes.
Saldo en la cuenta
• <$500
• $500- $1499
• $1500- $4999
• >$5000
Duración del plan
No más de 12 meses
No más de 18 meses
No más de 24 meses
No más de 36 meses
15. Las aprobaciones de asistencia financiera tendrán una vigencia de un año. Una vez que se aprueba a un paciente, se ajustarán todos los
saldos existentes de auto-pago que no estén en deudas incobrables. Cada instalación y/o consultorio se reserva el derecho de requerir a
un paciente volver a presentar una solicitud si se dispone de nueva información sobre el nivel de ingresos que pueda cambiar el estado de
la asistencia financiera. Asimismo, los pacientes podrán pedir una nueva solicitud si su nivel de ingresos se reduce de manera
significativa o si el estado de su familia cambia. Todos los pagos que hubieran realizado los pacientes antes de la aprobación de la
asistencia financiera se aplicarán a la responsabilidad actualizada del paciente.
Lineamientos de Ingresos en el Nivel Federal de Pobreza 2013
100%
200%
de FPL
de FPL
Ingreso por el número de personas en el hogar
1
2
3
4
$11,170
$15,130
$19,090
$23,050
$22,340
$30,260
$38,180
$46,100
5
$27,010
$54,020
6
$30,970
$61,940
7
$34,930
$69,860
8
$38,890
$77,780

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