Se entiende por refugiado a toda persona que se encuentra afuera

Transcripción

Se entiende por refugiado a toda persona que se encuentra afuera
Se entiende por refugiado a toda persona que se encuentra afuera de su país de origen, por
causa de fundados temores de persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, grupo
social u opinión política y que por causa de dichos temores, no pueda o no quiera regresar a
él. Hoy en día, un importante porcentaje de los refugiados también huye de situaciones de
conflicto interno y violaciones masivas de los derechos humanos. En otras palabras, los
refugiados no sólo son víctimas de la discriminación y la intolerancia, sino también de las
penurias causadas por los conflictos armados y sus devastadoras consecuencias para la
población civil. Los migrantes salen de su país de origen por motivos personales o en
búsqueda de nuevas oportunidades y condiciones más dignas de vida. Los refugiados, en
cambio, no eligen salir de su país de origen, se encuentran obligados a hacerlo, dado que su
vida, libertad, o seguridad se encuentran amenazadas.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACUR) tiene un doble
mandato fundamental, la protección de los refugiados y la búsqueda de soluciones a largo
plazo a su problema.
Aproximadamente 2.340 refugiados reconocidos por el Gobierno Argentino, provienen de
más de 40 países. Los grupos que se destacan en los últimos años son los latinoamericanos
(aproximadamente 530, la mayoría de Perú y Cuba) y los africanos (aproximadamente 200,
principalmente de Argelia, Liberia y Senegal). No existen campos de refugiados en
Argentina, los refugiados viven entre la población urbana, la mayoría en la Capital y el
Gran Buenos Aires.
Según cifras del ACUR, en 1997 hubo 300 solicitudes, en 1998 cerca de 600 y en 1999
alrededor de 680. En el año 2000, Argentina recibió aproximadamente 540 solicitudes, la
mayoría de personas provenientes de Perú, Ucrania, Armenia, Cuba, Senegal, Colombia y
Liberia.
En el procedimiento para determinar la condición de refugiado, se debe tratar cada caso de
manera individual. Sin embargo, en 1999 cuando se presentaron numerosas solicitudes de
asilo ante el CEPARE (Comité de Elegibilidad para los Refugiados, Ministerio del Interior
-instancia nacional para determinar la condición de refugiado, descripta con más detalle
abajo) por parte de personas provenientes de esa región europea, sobre todo por ciudadanos
rumanos, en la gran mayoría de los casos, los solicitantes no reunieron las condiciones
necesarias para el reconocimiento de la condición de refugiado. En otras palabras no
comprobaron tener fundados temores de persecución por motivos de raza, religión,
nacionalidad, grupo social u opinión política. Esto no implica que otros individuos de la
misma región puedan tener esos fundados temores.
La Oficina Regional del ACUR, fue creada en 1965. Cubre los países del Cono Sur:
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. Asesora a los países acerca de la
aplicación de los términos de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y
su Protocolo Adicional de 1967 y promueve la integración de los refugiados en la sociedad
en estrecha colaboración con organismos públicos y no-gubernamentales. El ACUR
también facilita el retorno voluntario de los refugiados a sus países de origen una vez que
las condiciones así lo permitan.
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Por otro lado, realiza actividades de formación y difusión del Derecho Internacional de los
Refugiados, destinados a los organismos nacionales competentes en la materia, a
universidades y otros sectores de la sociedad.
Por ley 15869 del 2/10/1961 la República Argentina adhiere a la Convención de 1951 sobre
el Estatuto de los Refugiados y por ley 17468 del 3/10/1967 al Protocolo Adicional de
1967. El principal organismo público es el Comité de Elegibilidad para los Refugiados
(CEPARE), creado en 1985 por el decreto N°464/85, en el ámbito de la Dirección
Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior. El CEPARE es la autoridad competente
para resolver las solicitudes de asilo (determinar si los refugiados presentan fundados
temores de persecución por su raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política),
y consecuentemente reconocer la condición de refugiado. Otra de las tareas del CEPARE
es la recomendación de políticas a seguir en el orden nacional.
El CEPARE cuenta con una Secretaría Administrativa ante la cual se deben presentar y
gestionar las solicitudes de asilo. Está integrado por miembros del Ministerio del Interior y
de Relaciones Exteriores. El Presidente del CEPARE es el Director Nacional de
Migraciones. El ACUR forma parte de este Comité para asesorar a sus miembros acerca
de la aplicación de los términos de los instrumentos internacionales relativos al derecho de
los refugiados. Participa en el Comité con voz pero sin voto.
Cuando una persona en búsqueda de protección llega al país debe presentar su solicitud de
asilo ante la Secretaría Administrativa del CEPARE o ante cualquier delegación migratoria
del país, formalizándola a través de una carta dirigida al Presidente del Comité, con una
declaración detallada de las razones que motivan su pedido.
Realizada la presentación, recibe en el acto documentación transitoria o residencia precaria
que se renueva mensualmente y que le permite residir, estudiar, trabajar y salir e ingresar al
país (dentro de los términos de la legalidad del documento), hasta que se resuelva su caso.
El CEPARE demora aproximadamente un año en resolver los casos. La Oficina Regional
ha establecido un diálogo con los representantes del Gobierno respecto de esta demora, y se
espera que se reduzca el tiempo hasta la resolución.
Si la persona es reconocida como refugiada, obtiene una Radicación Temporaria, la cual la
habilita para permanecer en el territorio argentino por el término de tres años. De esta
manera podrá iniciar el trámite de obtención de DNI para extranjero ante el Registro
Nacional de las Personas. Si no se lo reconoce como refugiado, puede apelar por escrito
ante el Ministro del Interior. Si nuevamente se produjere una decisión negativa, se podrá
recurrir -en un plazo que no supere los 20 días desde que se produjo la notificación de la
decisión- ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, para que se resuelva en definitiva.
El derecho al asilo es un derecho básico, incluido en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (art. 14). Los refugiados gozan del derecho a no ser devueltos a su país
de origen y de obtener una documentación que les permita ejercer una actividad
remunerada y tener acceso a los servicios básicos y elementales. Asimismo, los refugiados
tienen los mismos derechos que cualquier otro extranjero que sea residente legal: libertad
de pensamiento, de movimiento y respeto a su persona. Pueden gozar también del derecho a
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ejercer libremente su profesión, a la asistencia médica y los niños a recibir educación.
Pueden escoger libremente su lugar de residencia, estar acompañados de su familia,
retornar voluntariamente a su país de origen, no ser discriminados, acceder a los tribunales
de justicia y practicar libremente su religión.
El refugiado tiene la obligación de acatar las leyes y reglamentos del país de asilo y todas
las medidas que el estado dictare a los efectos de mantener el orden.
Todo el grupo familiar o nuclear goza del estatuto de refugiado (se otorga individualmente
a cada uno de los miembros del grupo en iguales condiciones).
A nivel internacional se entiende que la condición de refugiado es temporal, se mantiene
mientras duren las circunstancias que dieron lugar al temor de persecución en el país de
origen. Al desaparecer estas circunstancias la condición de refugiado puede legítimamente
cesar. Sólo se conocen otros 4 motivos por los que cesa la condición de refugiado cuando
voluntariamente:
1. Se acoge nuevamente a la protección de su país de origen.
2. Recobra su nacionalidad (si la hubiera perdido).
3. Adquiere una nueva nacionalidad y la protección que deriva de ella.
4. Se establece nuevamente en el país que había abandonado por temor a ser perseguido.
Los países de asilo no deben ejercer ninguna restricción sobre la libre circulación de los
refugiados hacia otros países. Los refugiados que tienen pasaportes de su país los pueden
utilizar. Para los refugiados que no tengan pasaportes o que no pueden utilizarlos, se les
emite un Documento de Viaje de la Convención, el documento de viaje supletorio que
otorgan los gobiernos (en Argentina la Policía Federal). Sirve para viajar a cualquier país
del mundo (sólo a un país, ida y vuelta) excepto el país de origen. Se necesita para viajar
con este documento una visa como en cualquier otro caso.
La repatriación voluntaria una vez que las condiciones en el país de origen lo permiten, es
la solución ideal a largo plazo para los refugiados. En caso de que estos manifiestan un
deseo de volver a su país y que se verifique que su vida, seguridad o libertad no seguirán
corriendo riesgo allí, el ACUR facilita el retorno voluntario de los refugiados,
adquiriéndoles el pasaje, y brindando una mínima ayuda financiera en caso de que no haya
un programa del ACUR en el país de origen para la reintegración social de los refugiados
(que normalmente se da en situaciones de retorno masivo).
Los refugiados dependen en gran medida de los servicios provistos por las entidades
gubernamentales y no-gubernamentales. El ACUR junto con su socia en la
implementación de los programas de integración, la Fundación Comisión Católica
Argentina de Migraciones (de ahora en adelante FCCAM), complementan estos servicios,
brindando orientación legal y social. Una vez presentada la solicitud de asilo en el
CEPARE, los solicitantes son derivados a la FCCAM para recibir esta asistencia legal y
social. Allí, son entrevistados por el ACUR para determinar si reúnen las condiciones
necesarias para recibir el estatuto de refugiado. A partir de esta decisión, los casos positivos
también reciben una asistencia financiera básica que no supera el período de 4 a 6 meses.
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Los refugiados tienen el derecho de gozar de todos los servicios públicos de los cuales
gozan los extranjeros con residencia legal en el país. También existen programas especiales
que contemplan la integración de los refugiados.
El Plan de Médicos de Cabecera de la Ciudad de Buenos Aires (plan gratuito y abierto a los
que viven en la ciudad de Buenos Aires) se ocupa de la atención primaria de la salud de los
refugiados que habitan en la Capital. Las personas que se adhieren a este Plan, pueden
elegir su médico clínico, ginecólogo y su pediatra de una cartilla de profesionales del
hospital de su barrio, que en vez de atenderlos en el hospital, los atenderán en sus
consultorios privados. Para atención más especializada, los refugiados están referidos por
su Médico de Cabecera a un hospital público.
El Centro Etnopsiquiátrico de Buenos Aires (CEBA) y el Centro de Salud Mental N°3 Dr.
A. Ameghino prestan sus servicios de forma gratuita, para dar continencia y orientación
psicológica a refugiados procedentes de diferentes partes del mundo, a través de trabajo
individual, talleres, cine-debate, arte-terapia y otras herramientas terapéuticas. Se procura
atenuar las secuelas psíquicas derivadas de las dramáticas
Desde 1997, gracias a un proyecto realizado por la Asociación Civil Madre Tierra, 18
familias refugiadas peruanas, letones y paquistaníes en Argentina han tenido la oportunidad
de vivir codo a codo con familias locales y de participar en proyectos comunitarios. En
1999, el ACUR y la FCCAM firmaron un acuerdo de cooperación con la asociación para
continuar asegurando el acceso de los refugiados al programa. El ACUR provee a los
refugiados un apoyo económico que facilita la construcción de la vivienda.
Madre Tierra, comenzó sus actividades en 1985, como una iniciativa emprendida por
Cáritas en respuesta a las precarias condiciones de vida experimentadas por comunidades
locales y de inmigrantes en las áreas más pobres de Buenos Aires. El trabajo consiste en
facilitar el acceso de las familias en emergencia habitacional al terreno propio, gracias a la
modalidad de "Lotes de Servicios": Madre Tierra consigue la tierra, realiza la urbanización
básica (servicios de calles, zanjeo, agua potable, electricidad, pozos cloacales) y capacita a
las familias para la autoconstrucción de la vivienda definitiva. Asimismo acompaña a las
familias a través del proceso completo de construcción, instalación y capacita a los grupos
para desarrollar la vida comunitaria, enriqueciéndola con grupos de trabajo participativo
vinculados al autodesarrollo del barrio. Está financiada por la Iglesia Católica Alemana, la
Unión Europea y en algunos casos por el Estado.
Las familias refugiadas que participan en el programa son referidas por Madre Tierra a
través de la FCCAM. Madre Tierra brinda a los refugiados, junto con otras familias
necesitadas la oportunidad de trasladarse a las áreas proporcionadas por la asociación.
Desde entonces, las familias se empiezan a relacionar y comienzan a planificar una vida
comunal. Tienen cuatro meses para mudarse a los terrenos y comenzar el proceso de
construcción, que no debe extenderse a más de siete u ocho meses. Cada familia necesita
construir como mínimo un ambiente para la vivienda de por lo menos 40 m2 con la
posibilidad de que luego sus proyectos puedan expandirse de una a cinco habitaciones.
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Además de resolver los problemas de vivienda experimentados por los refugiados en
Argentina, el programa ha acelerado el proceso de integración para muchos refugiados. Han
participado en talleres de empleo, centros comunitarios de alimentación (encabezado por
una de las mujeres refugiadas) y una cantidad de actividades comunales.
Si bien las escuelas públicas son gratuitas, ACUR y la FCCAM prestan una ayuda básica
a los niños para la compra de material escolar necesario (textos, guardapolvos, calzado y
útiles escolares). En 1999, 79 alumnos recibieron esta ayuda. A solicitud de la FCCAM,
para aquellos alumnos cuya situación económica impedía el pago del comedor escolar, las
escuelas concedieron la eximición del pago. Asimismo, en 1999, la cooperadora escolar
(grupo de padres asociados que reúne fondos para mejoras de infraestructura y compra de
materiales pedagógicos) no cobró sus cuotas en algunos casos, también donando textos para
el estudio.
En 1999, 21 estudiantes recibieron ayuda para gastos de escolaridad. Cada postulante a una
beca de asistencia debe completar un formulario, al que adjunta la constancia de inscripción
en el colegio. Luego se evalúa la situación de cada uno, teniendo en cuenta la situación
familiar y económica laboral, como así también aptitudes y estimulación de los estudiantes.
El pago de la matrícula anual en marzo de 1999 fue asumido por el ACUR y la FCCAM.
En las escuelas públicas para adultos existen clases de español para extranjeros. Asimismo,
desde 1994, se dictan en la Argentina cursos de español para refugiados y solicitantes de
asilo a partir de un convenio firmado entre el ACUR, la FCCAM y la Facultad de
Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA). La organización de este
programa y el dictado de las clases están a cargo del Laboratorio de Idiomas que depende
de dicha Facultad.
Este programa está destinado a la población refugiada que no tiene el idioma español como
lengua materna. Consta de dos cursos que cubren lo que se denomina supervivencia
lingüística, es decir, interactuar en la vida cotidiana, hacer trámites, interpretar los códigos
de la ciudad y manejarse en ella y con sus habitantes. Cada uno de estos cursos tiene una
duración de doce semanas y se dictan ininterrumpidamente a lo largo del año para poder
responder a la llegada constante de los solicitantes de refugio, que por definición no puede
ser planificada. Por esta misma causa, se brinda, además, un curso de nivelación, cuya
duración oscila alrededor de las dos semanas, al cual asisten los solicitantes que llegan en
medio del dictado de los cursos y que tiene como objetivo brindarles los conocimientos
indispensables para que puedan incorporarse a los cursos en funcionamiento.
El programa se completa con un sistema de becas, otorgadas en forma conjunta por la UBA
y el ACUR para que aquellos estudiantes que hayan aprobado la etapa elemental con
asistencia regular y que puedan desempeñarse satisfactoriamente en un contexto más
formalizado de enseñanza, continúen estudiando español en el Laboratorio de Idiomas.
Las clases son multiculturales y plurilingües, es decir, conviven en ellas alumnos de
diferentes lenguas maternas, nacionalidades y culturas (Sierra Leona, Liberia, Guinea
Bissau, Nigeria, Angola, Argelia, Gana, Senegal, Malí, Pakistán, India, Bangladesh, Haití,
Armenia, Kirguistán, Serbia). Por otra parte, los estudiantes presentan diferentes
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experiencias de escolarización: los grupos están formados por personas que no han
accedido a la educación formal, analfabetos en su propia lengua, autodidactas, egresados
del nivel medio y graduados universitarios.
Cantidad de alumnos al 30/6/2000: 77 (15 mujeres y 62 hombres). Becas otorgadas al
30/6/2000 para continuar niveles superiores: 15
Tienen derecho a acceder a cualquier escuela de formación profesional y capacitación para
adultos pero aquellos que no disponen de la capacitación necesaria para obtener un empleo
remunerado pueden encontrar una salida asistiendo a distintos grupos de capacitación en los
sindicatos de Empleados de Comercio, Unión Obrera de la Construcción de la República
Argentina (UOCRA), Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
(SUTHER) y mecánica, electricidad y electrónica del automóvil (SMATA)
Los refugiados deben presentar un certificado de conocimiento del idioma español para
poder acceder a estos cursos.
En 1999, asistieron 223 refugiados de ambos sexos, de más de 20 nacionalidades. En uno
de los cursos, un refugiado africano fue elegido por sus compañeros argentinos para recibir
la medalla al mérito.
ACUR y la FCCAM apoyaron por un tiempo el inicio de microproyectos propuestos por
los propios refugiados. Durante 1999 recibieron ayuda para pequeños negocios 28 casos
(55 personas). Este apoyo consistió en la compra de máquinas de coser, artesanías,
elementos para plomería, gasista, serigrafía, taller mecánico, electricidad, máquina de
escribir sistema Braille. Se colaboró en la compra de dos autos para ser utilizados como
remises y en el establecimiento de un local para venta de comida. También se brindó apoyo
en la instalación de una gomería y de un teléfono semi-público, en la fabricación de velas
artesanales y en la venta de cosméticos. En la actualidad, esta labor es llevada a cabo por la
Fundación MyRAr en colaboración con el mismo ACUR.
Asesorados por la unidad de intermediación Laboral/Ministerio de Trabajo, la FCCAM
formalizó una oficina de empleo exclusiva para refugiados, insertándose en una red
regional para detectar oportunidades de empleo y/o inserción laboral Mantiene contactos
con geriátricos, talleres de costura, consultoras, sub-contratistas y supermercados buscando
continuamente nuevas alternativas de integración.
La dificultad se presenta en obtener puestos laborales estables dado que la mayoría de las
veces se trata de trabajos esporádicos. Conseguir empleos también se ve dificultado por
demoras en la documentación de los refugiados o por el desconocimiento, por parte de los
empleadores, de la legalidad del permiso de trabajo registrado en el certificado de
residencia temporaria.
Los refugiados no son ajenos a la realidad socioeconómica vivida por el país y que dificulta
una subsistencia digna.
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Los Estados de asilo deberán otorgar documentación de identidad que permita la residencia
y el trabajo a todos los refugiados que se encuentren en su territorio y emitir documentos de
viaje al refugiado, en caso que así se requiera.
La importancia de la documentación del refugiado para su inserción en el país de acogida,
la expedición del Documento de Viaje establecido en el artículo 28 de la Convención de
1951, las facilidades administrativas a las que hacer referencia el artículo 25 de la citada
Convención, constituyen sólo algunas medidas para facilitar la integración.
Los refugiados han demostrado numerosas veces que pueden contribuir muy positivamente
a la sociedad que los acoge. Las ofertas laborales a los refugiados mediante la oficina de
empleo de la FCCAM brindarán a muchos de ellos la oportunidad de hacerlo. La FCCAM
también puede brindar información sobre las necesidades más urgentes a la hora de querer
ayudar. Teléfono: 4963-1520
La Fundación Argentina con ACUR, entidad civil sin fines de lucro, fue creada en 1999
para sensibilizar a la ciudadanía argentina sobre la problemática de los refugiados y para
recaudar fondos para ellos. A través de Argentina con ACUR se pueden hacer donaciones
para los programas del ACUR en el exterior. Telefax: 4815-5906. www.fundarca.org
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