contrato 12-2014 kio networks - Autoridad Nacional para la

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contrato 12-2014 kio networks - Autoridad Nacional para la
CONTRATO No. 12-2014
Entre los suscritos a saber: EDUARDO E. JAÉN LIMNIO, varón, panameño, mayor de edad, con
cédula de identidad personal No. 3-64-1461, ingeniero, vecino de esta ciudad, en su condición de
representante legal y Administrador General de la Autoridad Nacional para la Innovación
Gubernamental, actuando en nombre y representación del Estado, quien en lo sucesivo se denominará
EL ESTADO, debidamente facultado para este acto en virtud de lo establecido en la Ley 65 de 30 de
octubre de 2009, y en la Resolución No. 29 de 24 de septiembre de 2013 del Consejo Nacional para la
Innovación Gubernamental, y por la otra, SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN DE
MISIÓN CRÍTICA, S.A. (KIO NETWORKS) debidamente inscrita a la Ficha No.729204 Documento 1936986
de la sección de Micropelículas (Mercantil), del Registro Público de Panamá, con domicilio en Parque
Internacional de Negocios, Edificio 3890, Calle de Servicio Oeste, Panamá Pacífico, Distrito de Arraijan,
representada legalmente por el señor MIGUEL ALEJANDRO CROVARI, con cédula de identidad personal
No. E-8-56-929>'chileno, varón, casado y la señora SARA ALICIA WONG, con cédula de identidad personal
No. 8-466-239,v mujer, panameña, casada en su condición de Apoderados Especiales actuando de manera
conjunta, de la Empresa SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN DE MISIÓN CRÍTICA,
S.A. (KIO NETWORKS),
cuyo poder,consta en Escritura Pública No. 11,462 de 7 de diciembre de 2012,
igualmente inscrita en la Ficha 729204*4 Documento 2295131 el 11 de diciembre de 2012, en la Sección de
Personas del Registro Público de Panamá, en adelante EL CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar
el presente contrato, fundamentados en el numeral 1 del Artículo 62 del Texto Único de la Ley 22 de 27
de junio de 2006, y de conformidad con la autorización emitida mediante la Resolución de Gabinete No.
22 de 25 de febrero de 2014 de conformidad con las cláusulas siguientes:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA se obliga con EL ESTADO, mediante el presente contrato, a ejecutar el proyecto
como nuevo operador que brindará el Servicio de Data Center en la Red Nacional Multiservicios del
Estado (RNMS), con las tarifas indicadas conforme a los términos establecidos en las Especificaciones
Técnicas:
1.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado
2.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con
Mantenimiento
3.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con
RH y Planilla
4.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña (MGP) Básico
5.- Software de Inteligencia de Negocios y análisis en tiempo real. - AAAR: Aplicación analítica de alto
rendimiento
6.- Plataforma IBM AIX sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS-AIX)
¡¿i
7.- Plataforma ORACLE VM sobre X86 como Servicio (KIO-PAAS-ORACLEVM) W
8.-Plataforma Solaris sobre SPARC T4 como Servicio (KIO-PAAS-SPARC)
9.- Plataforma IBM iSeries sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS- ¡Series)
10. Servicios dentro del Centro de Datos KIO
Pág.2
Contrato No. 12
KIO NETWORKS
Además de las obligaciones contenidas en el texto de este Contrato, EL CONTRATISTA se
compromete a prestar los siguientes servicios detallados:
1.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado
KioNetworks Marca: Kio-GRP
Modelo:
GRPBase 30
Costo Mensual por usuario: B/.3,308.50*
* Mínimo 30 usuarios
KioNetworks Marca: Kio-GRP
Modelo:
GRPBase 50
Costo Mensual por usuario B/.2,471.61*
* Mínimo 50 usuarios
KioNetworks Marca: Kio-GRP
Modelo:
GRPBase 100
Costo Mensual por usuario: B/. 1,604.01*
*Mínimo 100 usuarios
KioNetworks Marca: Kio-GRP
Modelo:
GRPBase 150
Costo Mensual por usuario: B/.l,404.07*
*Mínimo: 150 usuarios
2.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con
Mantenimiento
KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO
Modelo:
GRPMANTOBase 30
Costo Mensual por usuario: B/.3,924.10*
* Mínimo 30 usuarios
KioNetworks Marca:
Modelo:
Kio-GRPyMANTO
GRPMANTOBase 50
Costo Mensual por usuario: B/.2,840.97*
* Mínimo 50 usuarios
KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO
Modelo:
GRPMANTOBase 100
Costo Mensual por usuario: B/.l,879.22
*Mínimo 100 usuarios
KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO
Modelo:
GRPMANTOBase 150
Costo Mensual por usuario:B/.l,527.20
Mínimo 150 usuarios
3.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - Recursos Humanos y
Planilla
Kio Networks Marca:
Kio-RH-Nomina*
Modelo:
RHNom tipo 5-500
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
Costo Mensual por usuario: B/.21,789.99
Mínimo 5 usuarios y 500 empleados
*Servicio base
Kio Networks Marca:
Kio-RH-Nomina
Modelo:
RHNom 500 Emp*
Costo Mensual:
B/.5,509.1
Bloques de 500 usuarios
*Servicio adicional
Kio Networks Marca:
Kio-RH-Nomina
Modelo:
RHNom 5 Usr*
Costo Mensual:
B/. 14,332.99
Bloques de 5 usuarios
♦Servicio adicional
4.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña (MGP) Básico:
Kio Networks Marca:
Kio-GRPbásico
Modelo:
GRPbásico tipo 10
Costo Mensual por usuario: B/.l,242.00*
*Mínimo 10 usuarios
Kio Networks Marca:
Kio-GRP
Modelo:
GRPbásico Implementación 30
Costo Mensual por usuario: B/. 1,102.00*
*Mínimo: 30 usuarios
Kio Networks Marca:
Kio-GRP
Modelo:
GRPbásico Implementación 50
Costo Mensual por usuario: B/. 775.00*
*Mínimo 50 usuarios
5.- Software de Inteligencia de Negocios y análisis en tiempo real. - AAAR: Aplicación analítica de alto
rendimiento
Kio Networks Marca:
Kio-AAAR
Modelo:
AAAR - AgileDataMart Básico
Costo Mensual:
B/.58,491.24
Kio Networks Marca:
Kio-AAAR
Modelo:
AAAR - Tableros - Oro
Costo Mensual:
B/.31,677.68
Kio Networks Marca:
Kio-AAAR
Modelo:
AAAR - Tableros - Súper
Costo Mensual:
B/.48,191.00
Kio Networks Marca:
Kio-AAAR
Modelo:
BW on AAAR
Costo Mensual:
B/.66,437.99
6.- Plataforma IBM AIX sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS-AIX)
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-AIX
Modelo:
PAVM-1
Costo Mensual:
B/.2,500.00
KIO Networks Marca:
K1O-PAAS-AIX
Modelo:
PAVM-2
Costo Mensual:
B/.5,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-AIX
Modelo:
PAVM-3
Costo Mensual:
B/.7,500.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-AIX
Modelo:
PAVM-4
Costo Mensual:
B/. 10,000.00
7.- Plataforma ORACLE VM sobre X86 como Servicio (KIO-PAAS-ORACLEVM)
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-ORACLEVM
Modelo:
ORVM-1
Costo Mensual:
B/.3,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-ORACLEVM
Modelo:
ORVM-2
Costo Mensual:
B/.6,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-ORACLEVM
Modelo:
ORVM-3
Costo Mensual:
B/.9,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-ORACLEVM
Modelo:
ORVM-4
Costo Mensual:
B/.12,000.00
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Contrátela Genera de la República
Dirección de FisJiflizaclón General/
1
F
1
C
A
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a
o 6 m n\y
RICARDil^fACK P.
Jefe de Fiscalización
8.-Plataforma Solaris sobre SPARC T4 como Servicio (KIO-PAAS-SPARC)
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-SPARC
Modelo:
T4VM-1
Costo Mensual:
B/.3,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-SPARC
Modelo:
T4VM-2
Costo Mensual:
B/.6,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-SPARC
Modelo:
T4VM-3
Costo Mensual:
B/.9,000.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-SPARC
Modelo:
T4VM-4
Costo Mensual:
B/. 12,000.00
9.- Plataforma IBM iSeries sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS- iSeries)
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-iSeries
Modelo:
PiVM-1
Costo:
B/.3,500.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-iSeries
Modelo:
PiVM-2
B/.7,000.00
Costo:
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-iSeries
Modelo:
PiVM-3
Costo Mensual:
BA 10,500.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-iSeries
Modelo:
PiVM-4
Costo Mensual:
B/.14,000.00
10. Servicios dentro del Centro de Datos KIO
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-CROSSX
Modelo:
KIO-PAAS-CROSSX
Costo :
B/.700.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-INTERNET
Modelo:
KIO-PAAS-FWALL
Costo:
B/.700.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-INTERNET
Modelo:
KIO-INT-1MBIT
Costo Mensual:
B/.200.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-MONITOR
Modelo:
KIO-MON-VM
Costo Mensual:
BA 160.00
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-STORAGE
Modelo:
KIO-STO-1GB
Costo Mensual:
BA 0.80
KIO Networks Marca:
KIO-PAAS-BACKUP
Modelo:
KIO-BKP-1GB
Costo Mensual:
BA 1.40
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA ejecutará el proyecto como nuevo operador que brindará el Servicio de Data
Center en la Red Nacional Multiservicios del Estado (RNMS), de forma continua, regular y eficiente, en
condiciones de normalidad y seguridad conforme a las leyes que regulan la materia y a los términos
establecidos en el presente Contrato.
EL CONTRATISTA por razón del presente contrato y sujeto a las cotizaciones descritas se compromete a:
1.
Garantizar el nivel de calidad y disponibilidad del servicio, objeto de este contrato, de
conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Calidad de Servicio (SLA).
■ve. u '
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
2.
Asignar un Gerente de Proyectos que sea responsable por la administración, ejecución y
seguimiento de las tareas requeridas para la provisión del servicio, objeto de este Contrato,
quien deberá mantener una comunicación permanente con EL ESTADO para la ejecución de
este Contrato.
3.
Definir en la forma prevista en este contrato, la metodología de trabajo para la implementación
de los servicios, objeto del mismo, en conjunto con el representante designado por EL
ESTADO.
4.
Contar con un centro de Operaciones y Servicio
que ofrezca sus servicios en un horario
24X7X365 incluyendo días feriados y de fiesta nacional.
5.
Prestar el servicio de administración y mantenimiento de los Servicios definidos en este
contrato, garantizando la no interrupción de la operación.
6.
Administración controlada del soporte técnico y mantenimiento de las aplicaciones, permitiendo
el cumplimiento de los niveles de servicio y la continuidad operativa del negocio.
TERCERA: OBLIGACIONES DEL ESTADO.
EL ESTADO se compromete a:
Contrataría General
Dirección de Fis
RICARDO TACK P.
Jefe de Fiscalización
1. Realizar la coordinación interinstitucional que se requiriera para la óptima ejecución del
presente Contrato.
2.
Designar un responsable técnico para la gestión de las actividades requeridas para la prestación
de los servicios, objeto de este Contrato, y que servirá de enlace y comunicación con el Gerente
de Proyectos designado por EL CONTRATISTA.
3.
Facilitará
los perfiles de usuarios e instituciones a las que se les brindará
los servicios
ofrecidos.
4.
EL ESTADO debe proveer la infraestructura de LAN adecuada (idónea y debidamente
habilitada) para el correcto funcionamiento del Servicio.
CUARTA - VIGENCIA
El término de duración de este contrato será contado a partir de la orden de proceder y hasta el 30 de
noviembre de 2015. No obstante, podrá prorrogarse por un período adicional de doce (12) meses, sujeto
a una revisión de las tarifas.
QUINTA: MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Dentro de la vigencia del Contrato, las Partes podrán realizar mejoras o modificaciones, de acuerdo al
interés público, al tenor de lo establecido en el artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006,
mediante adenda.
En cuanto a las tarifas acordadas, EL ESTADO negociará con EL CONTRATISTA disminuciones de
las mismas, conforme al comportamiento del mercado. No obstante, las tarifas originales no podrán ser
aumentadas.
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
SEXTA: ANEXOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO
Forma parte del presente contrato:
Especificaciones Técnicas
Anexo No.l SLA Acuerdo de niveles de Servicio de Comunicaciones.
Anexo No. 2 SLA Acuerdo de niveles de Servicio para energía y temperatura
Anexo No. 3 SLA Acuerdo de niveles de Servicio SAP
Anexo No. 4 SLA Acuerdo de niveles de Servicios
SÉPTIMA - DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
EL
CONTRATISTA brindará los servicios contratados por las entidades del ESTADO, a
requerimiento de éstas, de forma continua y eficiente, en base a lo descrito en el presente Contrato.
OCTAVA: CONTRATACIÓN Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS
Los servicios a ser prestados por EL CONTRATISTA, indicados en el objeto del presente Contrato,
serán solicitados por las entidades del Estado, a través del portal Panamá Compras, en la cual se listaran
los servicios con las respectivas tarifas acordadas.
Los servicios serán facturados mes vencido, según las tarifas convenidas, con cargo_ajos^respectivos
presupuestos de funcionamiento de las entidades.
NOVENA: FORMA DE PAGO
0 6 MAY ¿H
RICARDO Lck P
Jefe dfi Pi^iiaaca,;
EL ESTADO se obliga a pagar los servicios de telecomunicación adquiridos de acuerdoaeste~Coñtrato
a EL CONTRATISTA, dentro de los sesenta (60) días calendario, contados a partir de la presentación
de la cuenta respectiva, con toda la documentación exigida por las reglamentaciones vigentes.
Las partes acuerdan que para efecto de las tarifas de instalación de los diferentes servicios, EL
CONTRATISTA realizará la presentación de la cuenta respectiva, previa aceptación de la entidad
contratante. Para la aceptación de la instalación de los servicios, EL CONTRATISTA proporcionará un
formulario que contendrá la información de los servicios instalados y hará referencia a las pruebas
realizadas para comprobar el funcionamiento de los mismos. Este formulario deberá ser aprobado por la
persona designada en cada entidad y entregado a EL CONTRATISTA, para que sea aportado con la
gestión de cobro.
DÉCIMA: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA queda obligado a cumplir con todas las responsabilidades legales y contractuales
que le correspondan por razón del presente Contrato, tales como: indemnizaciones a terceros,
liquidaciones , prestaciones laborales y de seguridad social, honorarios, compensaciones, reparaciones,
pago
de tasas, contribuciones o impuestos, así como cualquier otra responsabilidad de tipo
administrativa, civil, laboral o penal, u otra que surja en forma directa o indirecta por razón de la
ejecución del presente Contrato.
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
EL CONTRATISTA
libera expresa y totalmente a EL ESTADO, respecto a terceros, de toda
responsabilidad civil, laboral, fiscal o de cualquier naturaleza que pudiese surgir con motivo de la
ejecución del presente Contrato.
DÉCIMA PRIMERA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO
EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado la Fianza de Cumplimiento No. 04-02-
19294-0, y el endoso No. 1 a dicha fianza, emitida por Compañía ÓPTIMA COMPAÑÍA DE /•
SEGUROS, S.A. por la suma de TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE \
BALBOAS CON CUARENTA Y DOS CENTESIMOS (B/.306,269.42)<a favor de la AUTORIDAD
NACIONAL PARA LA INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL/CONTRALORIA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas y responder
por la ejecución completa y satisfactoria de los servicios durante la vigencia del contrato, renovable
mediante endosos año a año. Dicha Fianza se mantendrá en vigor por un periodo de un (1) año, después
I vi Contraicria Genera/ de la República .
de recibido a satisfacción el servicio, para responder por vicios redhibitoncs;
/
Dirección de F
DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
RICARfflO TACK P.
Jefe de fiscalización
Serán causales de la resolución administrativa del Contrato las contempladas en él artículo 113 del
Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública a saber:
1.
El incumplimiento de las cláusulas pactadas.
2. La muerte del contratista, en los casos en que deba producir la extinción del contrato conforme a
las reglas del Código Civil, si no se ha previsto que puede continuar con los sucesores del
contratista, cuando sea una persona natural.
3. La quiebra o el concurso de acreedores del contratista, o por encontrarse este en estado de
suspensión o cesación de pagos, sin que se haya producido la declaratoria de quiebra
correspondiente.
4. La incapacidad física permanente del contratista, certificado por médico idóneo, que le
imposibilite la realización de la obra, si fuera persona natural.
5.
La disolución del contratista, cuando se trate de persona jurídica, o de alguna de las sociedades
que integran un consorcio o asociación accidental, salvo que los demás miembros del consorcio o
asociación puedan cumplir el contrato.
Parágrafo. Las causales de resolución administrativa del contrato se entienden incorporadas a este por
ministerio de esta Ley, aun cuando no se hubieran incluido expresamente en el contrato.
DÉCIMA TERCERA: RENUNCIA A RECLAMACIÓN DIPLOMÁTICA
EL CONTRATISTA renuncia a la reclamación diplomática en todo lo relacionado con el presente
Contrato, salvo el caso de denegación de justicia, como bien lo establece el artículo 78 del Texto Único
de la Ley 22 del 27 de junio de 2006. Lo anterior es sin perjuicio de lo que establezca la Ley 58 del 12
de diciembre de 2002, sobre medidas de retorsión.
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Contrato No. 12
KIO NETWORKS
DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
Cualquier controversia que se suscite en cuanto a la interpretación y ejecución de los términos y
condiciones sobre el presente Contrato, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales
Nacionales.
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir fielmente con todas las leyes, decretos, ordenanzas
provinciales, acuerdos municipales, disposiciones legales vigentes y asumir todos los gastos que estas
establezcan, sin ningún costo adicional para EL ESTADO.
DÉCIMA QUINTA: RESERVA DE LA INFORMACIÓN.
Durante la vigencia de este contrato y dentro de los cinco (5) años siguientes a su término, EL
CONTRATISTA, no podrá revelar información confidencial o de propiedad de EL ESTADO,
relacionada con los servicios y/o actividades objeto del presente contrato, sin rnn^ntimiento por escrito
•>
de EL ESTADO.
V Contralcrfa Genei al de la República '/
Dirección de Fis lizaciór, Genera
0 6MA 20
DÉCIMA SEXTA: NULIDADES DE LA CLÁUSULA
R1CARD'
Jefe de Fi
ca'lizació-n
Cualquier cláusula contenida en este Contrato que sea considerada total o parcialmente nula o ineficaz,
no afectará la validez del resto de las Cláusulas.
DECIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES
Las notificaciones o comunicaciones que deban efectuarse entre las Partes, como consecuencia del
presente Contrato, se harán por escrito, en idioma español, y serán entregadas personalmente a la otra
parte o por medio de correo electrónico.
A estos efectos, las Partes señalan las siguientes direcciones:
EL ESTADO: La Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental
Dirección de Tecnología y Transformación
Dirección: Edificio Sucre, Arias y Reyes, Vía Ricardo Arango Calle 61, Obarrio.
Teléfono: 5207440/41
EL CONTRATISTA: Servicios de Tecnologías de Información de Misión Crítica, S.A., sociedad
debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil, a Ficha 729204,
Documento 1936986
Dirección: Edificio 3890, Calle de servicio oeste Parque internacional de negocios
Panamá Pacifico (Antigua Base Aérea de Howard), Arraiján, República de Panamá
Teléfono: (507) 380-9600
DÉCIMO OCTAVA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
•
Contrato
•
Propuesta
•
Especificaciones Técnicas
•
Acuerdo de Calidad de Servicio. (SLA)
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Contrato No.12
KIO NETWORKS
DÉCIMO NOVENA- DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
EL CONTRATISTA brindará los servicios contratados por las entidades del ESTADO, a
requerimiento de éstas, de forma continua y eficiente, en base a lo descrito en los
Acuerdos de Calidad del Servicio del presente Contrato.
VIGÉSIMA: TIMBRES FISCALES
Este contrato está exneto de los timbres fiscales, de acuerdo a lo establecido en el articulo
36 de la Ley No 6 de 2 de febrero de 2005, que modifica el numeral 28 del articulo 973 del
Código Fiscal.
VIGÉSIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del presente Contrato estará sujeto al refrendo de la Contraloría
General de la República.
Para constancia se firma este Contrato en la ciudad de Panamá, a los
mes de
de
(
días del
2014.
Por EL CONTRATISTA
ADO
MIGUEL ALEJANDRO CROVARI R.
AEN
Cédula Nq/E-8-56-929
JG
Cédula No. 8-466-239
Contralvrja GenerJ de Is Rsjjbt.cDireccion de Fiscalización Ganar*.
REFRENDO:
RICARdÓTACK P.
Jefe de Piscali.iación
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Fecha de Refrendo:
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