0484-2012 - Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero Permanente
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0484-2012 - Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero Permanente
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Resolución de Alcaldía N° 484 San Miguel de Piura, -2012-A-MPP 02 de mayo de 2012 Visto el expediente N° 00053792, de fecha 17 de Noviembre de 2011, presentado por don Ricardo Corrales Meca,y; CONSIDERANDO ,-' ,,'0 PRO! ~. r.; tiJ t 1 ~.' \ ~:o "! Í'í¿.~ . .. PRIMERO : Que, mediante el expediente del visto, don Ricardo Corrales Meca, presenta solicitud de renuncia voluntaria, a sus labores, por Incapacidad Permanente, argumentando que con fecha 19 de Octubre de 2011, ha recepcionado el Informe Médico expedida por-ESSALUD- RED Asistencial de Piura declarándolo Incapacitado Permanente,(ooo); ..... o o", ~ g ¡¡~ 0_0- EGUNDO: Que, al amparo del Articulo 2° de la Ley N°27050 establece: OOLa persona con iscapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias evidenCiadas con--Tápéfd¡da--significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales de un rol, función o ejercicio limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad 00; TERCERO: Que, mediante Informe N° 01488-2011-ESC-UPT-OPER/MPP, de fecha 15 de Diciembre de 2011, la Unidad de Procesos Técnicos señala que el recurrente desempeñó las funciones de chofer dependiente de la Oficina de Planificación Urbana y Rural, en la o condición de obrero permanente, con la categoría de oOSAA por ; lo que sugiere emitir Resolución de Alcaldía declarando el cese definitivo por incapacidad permanente: Apellidos y Nombres Corrales Meca Ricardo Condición Fecha de Ingreso Fecha Cese Obrero Permo 20105/82 16/11/11 CUARTO: Que, mediante Informe N° 1753-0PER/MPP, de fechas 29 de Diciembre de 2011, la Oficina de Personal, indica que conforme a los actuados, se aprecia a folios (01), Informe Médico de Incapacidad Ley N°26790, de fecha 1901002011a favor de don Corrales Meca Ricardo, otorgado por el Hospital 111 Cayetano Heredia área de Neurologia, donde la Comisión Médica de Evaluación de Incapacidades de acuerdo a sus facultades (000)dictamina INCAPACIDAD PERMANENTE a don Corrales Meca Ricardo; QUINTO: Que, asimismo la Oficina de Personal señala que de acuerdo a los InformesN°212011-0PER-UBSYC-BOC/MPP, N°003-2012-0PER-UBSYC-BOC/MPP y. N°12-2012-0PERUBSYC-BOC/MPP, indica que con fecha 19 de Octubre de 2011, la Comisión Médica Evaluadora y Calificadora de EsSalud emite el Informe Médico de Incapacidad en donde se dictamina Incapacidad Permanente el 15 de Noviembre de 2011; SEXTO: Que, la Oficina de Personal manifiesta que de conformidad con el artículo 20° del texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N°728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo N°003-97-TR, la invalidez absoluta permanente extingue de pleno derecho y automáticamente la relación laboral desde que es declarada por el Instituto Peruano de Seguridad Social, Ministerio de Salud o la Junta de Médicos o de.signada por .el SEPTIMO : Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97- TR, articulo 16° establece la jubilación como una de las causas de extinción de la relación laboral; OCTAVO : Que, la Gerencia de Asesoria Jurídica a través del Informe N° 031-2012GAJ/MPP, de fecha 06 de Enero de 2012, OPINA que se emita resolución de alcaldía aceptando la renuncia por Incapacidad Permanente de acuerdo al Informe Médico de Incapacidad Ley N°26790, a don Ricardo Corrales Meca, y del mismo modo ordenar a la Oficina de Personal practicar la Liquidación de los Beneficios Sociales que le correspondan; Que, en merito a las consideraciones expuestas y de conformidad con el proveído de la Gerencia Municipal, de fecha 10 de Enero de 2012, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero Permanente señor Ricardo Corrales Meca, por Incapacidad Permanente, de acuerdo al Informe Médico de Incapacidad Ley N°26790, a partir del 16 de Noviembre de 2011, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO : Autorizar a la Oficina de Personal practique la liquidación de los beneficios sociales que le correspondan. ARTICULO TERCERO: DAR cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Asesorla Jurfdica. Oficina de Presl:puesto, Oficina de Personal y al interesado, para conocimiento y Fines. REGíSTRESE, COMUNíQUESE, ÚMPLASE y ARCHíVESE