0484-2012 - Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero Permanente

Transcripción

0484-2012 - Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero Permanente
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA
Resolución de Alcaldía
N° 484
San Miguel de Piura,
-2012-A-MPP
02
de mayo
de
2012
Visto el expediente N° 00053792, de fecha 17 de Noviembre de 2011,
presentado por don Ricardo Corrales Meca,y;
CONSIDERANDO
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PRIMERO : Que, mediante el expediente del visto, don Ricardo Corrales Meca, presenta
solicitud de renuncia voluntaria, a sus labores, por Incapacidad Permanente, argumentando
que con fecha 19 de Octubre de 2011, ha recepcionado el Informe Médico expedida por-ESSALUD- RED Asistencial de Piura declarándolo Incapacitado Permanente,(ooo);
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EGUNDO: Que, al amparo del Articulo 2° de la Ley N°27050 establece: OOLa
persona con
iscapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias evidenCiadas con--Tápéfd¡da--significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que
impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de
formas o márgenes considerados normales de un rol, función o ejercicio limitándola en el
desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar
equitativamente dentro de la sociedad 00;
TERCERO: Que, mediante Informe N° 01488-2011-ESC-UPT-OPER/MPP, de fecha 15 de
Diciembre de 2011, la Unidad de Procesos Técnicos señala que el recurrente desempeñó las
funciones de chofer dependiente de la Oficina de Planificación Urbana y Rural, en la
o
condición de obrero permanente, con la categoría de oOSAA por
;
lo que sugiere emitir
Resolución de Alcaldía declarando el cese definitivo por incapacidad permanente:
Apellidos y Nombres
Corrales Meca Ricardo
Condición
Fecha de Ingreso Fecha Cese
Obrero Permo
20105/82
16/11/11
CUARTO: Que, mediante Informe N° 1753-0PER/MPP, de fechas 29 de Diciembre de 2011,
la Oficina de Personal, indica que conforme a los actuados, se aprecia a folios (01), Informe
Médico de Incapacidad Ley N°26790, de fecha 1901002011a favor de don Corrales Meca
Ricardo, otorgado por el Hospital 111 Cayetano Heredia área de Neurologia, donde la
Comisión Médica de Evaluación de Incapacidades de acuerdo a sus facultades (000)dictamina
INCAPACIDAD PERMANENTE a don Corrales Meca Ricardo;
QUINTO: Que, asimismo la Oficina de Personal señala que de acuerdo a los InformesN°212011-0PER-UBSYC-BOC/MPP, N°003-2012-0PER-UBSYC-BOC/MPP y. N°12-2012-0PERUBSYC-BOC/MPP, indica que con fecha 19 de Octubre de 2011, la Comisión Médica
Evaluadora y Calificadora de EsSalud emite el Informe Médico de Incapacidad en donde se
dictamina Incapacidad Permanente el 15 de Noviembre de 2011;
SEXTO: Que, la Oficina de Personal manifiesta que de conformidad con el artículo 20° del
texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N°728, Ley de Productividad y Competitividad
Laboral, Decreto Supremo N°003-97-TR, la invalidez absoluta permanente extingue de pleno
derecho y automáticamente la relación laboral desde que es declarada por el Instituto
Peruano de Seguridad Social, Ministerio de Salud o la Junta de Médicos o de.signada por .el
SEPTIMO : Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 Ley de
Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97- TR,
articulo 16° establece la jubilación como una de las causas de extinción de la relación laboral;
OCTAVO : Que, la Gerencia de Asesoria Jurídica a través del Informe N° 031-2012GAJ/MPP, de fecha 06 de Enero de 2012, OPINA que se emita resolución de alcaldía
aceptando la renuncia por Incapacidad Permanente de acuerdo al Informe Médico de
Incapacidad Ley N°26790, a don Ricardo Corrales Meca, y del mismo modo ordenar a la
Oficina de Personal practicar la Liquidación de los Beneficios Sociales que le correspondan;
Que, en merito a las consideraciones expuestas y de conformidad con el
proveído de la Gerencia Municipal, de fecha 10 de Enero de 2012, y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 20° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley N° 27972;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO:
Aceptar la renuncia del Trabajador Obrero
Permanente señor Ricardo Corrales Meca, por Incapacidad Permanente, de acuerdo al
Informe Médico de Incapacidad Ley N°26790, a partir del 16 de Noviembre de 2011, en
mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO : Autorizar a la Oficina de Personal practique la
liquidación de los beneficios sociales que le correspondan.
ARTICULO TERCERO: DAR cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Administración, Gerencia de Asesorla Jurfdica. Oficina de Presl:puesto, Oficina de Personal y
al interesado, para conocimiento y Fines.
REGíSTRESE, COMUNíQUESE,
ÚMPLASE y ARCHíVESE

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