Presentación de PowerPoint - Col·legi Oficial de Psicologia de

Transcripción

Presentación de PowerPoint - Col·legi Oficial de Psicologia de
TENENCIA DE PERROS
PELIGROSOS
Estudio de Campo- Mayo 2015
SECCIÓN DE PSICOLOGÍA DEL TRÁFICO Y DE LA SEGURIDAD
COL.LEGI OFICIAL DE PSICOLOGIA DE CATALUNYA
M.José Alcaide col .nº 4138
Teresa Morali col. nº 4682
NORMATIVA ESTATAL
•Ley 50/1999, de 23 de diciembre
(Gobierno Español)
•RD 287/2002 de 22 de marzo
(Ministerio de la Presidencia)
RAZAS
RD 287/2002 -Anexo I
• Pit Bull Terrier
• Rottweiler
• Dogo Argentino
• Staffordshire Bull
Terrier
• American
Staffordshire Terrier
• Fila Brasileiro
• Tosa Inu
• Akita Inu,
PIT BULL TERRIER
STAFFORDSHIRE BULL
TERRIER
AMERICAN STAFFORSHIRE
TERRIER
ROTTWEILER
DOGO ARGENTINO
FILA BRASILEIRO
TOSA INU
AKITA INU
PC
Y ADEMÁS…
• Los cruces con estas razas
• Carácter marcadamente agresivo o con
antecedentes de agresión
CARACTERÍSTICAS GENERALES
RD 287/2002 -Anexo II
•
•
•
•
•
•
•
•
Fuerte musculatura
Marcado carácter agresivo
Pelo corto
Perímetro torácico entre 60 y 80 cm; altura entre 50 y
70 cm; peso > 20 kg
Cabeza voluminosa, mandíbulas grandes
Cuello ancho, musculoso y corto
Pecho macizo, lomo musculado
Extremidades robustas y musculosas
NORMATIVA CATALANA
• Llei 10/1999, de 30 de juliol
(Generalitat de Catalunya)
• RD 170/2002, d' 11 de juny
(Departament de Medi Ambient)
RAZAS (CATALUÑA)
• American Staffordshire
• American Stafforshire
Terrier
• Bull Terrier
• Pit Bull
• Bullmastiff
• Doberman
• Dogo argentino
• Dogo de Burdeos
• Fila brasileiro
• Mastín Napolitano
• Presa Canario
• Rotweiller
• Tosa Inu
y sus cruces.
DOBERMAN
PRESA CANARIO
MASTÍN NAPOLITANO
DOGO DE BURDEOS
REQUISITOS
1. CERTIFICADO VETERINARIO
Cartilla con:
• sus datos
• vacunaciones
• obligaciones legales
• y recomendaciones
para una tenencia
responsable
2. MICROCHIP
Archivo de identificación
Código numérico
(Arxiu d’Identificació
d’Animals de Companyia)
Consell de Col·legis
Veterinaris de Catalunya
Datos del propietario/a
del animal
3. SEGURO RESPONSABILIDAD
CIVIL
• Póliza para “Animales de Compañía
y exóticos”
• Por daños a terceros
• Cobertura no inferior a 150.253€
(Cataluña) y 120.000€ (estatal)
4. LICENCIA DE TENENCIA DE
ANIMALES PELIGROS
• Certificado que se obtiene en los
CENTROS DE RECONOCIMIENTO
• Evaluación de la capacidad física
• Evaluación de la aptitud psicológica
De todas las personas que puedan
pasear al animal (no solo el propietario)
• Validez del certificado: 1 año
5. LICENCIA ADMINISTRATIVA el
(Ayuntamiento)
• Impreso 790 de solicitud
y autoliquidación de
certificados de Antecedentes
penales
• Pago de tasas en entidad
bancaria
• Fotocopia compulsada del DNI
(en el ayuntamiento)
5. LICENCIA ADMINISTRATIVA (II)
• Envío de la certificación mecánica
del comprobante de la
autoliquidación de las tasas a:
Registro Central de Penados y Rebeldes
MINISTERIO DE JUSTICIA
C/. San Bernardo, 45
28015 Madrid
5. LICENCIA ADMINISTRATIVA (III)
• Recepción del certificado de
Antecedentes Penales, del
Ministerio de Justicia.
• Validez de la licencia
administrativa: 5 años
6. REGISTRO CENSAL DE LA
MASCOTA EN EL MUNICIPIO
• El propietario/a solicita al
ayuntamiento la inscripción
• Recepción posterior
de la respuesta
6. REGISTRO CENSAL (II)
El ayuntamiento inscribe la mascota:
• En el registro Censal del Municipio
• En el Registro General de Animales
de Compañía (ANICOM) de la
Generalitat de Catalunya
CONSIDERACIONES (I)
1) PASEOS EN VÍA PÚBLICA
• Conducido por personas con licencia (sólo 1
perro/persona)
• Llevar bozal
• Atado y con correa no más larga de 2m
2) CONDICIONES DEL RECINTO DE RESIDENCIA
• Cerramiento adecuado y con altura suficiente
• Si no existe o es inadecuado: atado
CONSIDERACIONES (II)
3) Plazo de 3 meses desde el nacimiento del animal, o
de 30 días desde la fecha de su adquisición para estar
censado en el Registro General
4) En caso de robo o pérdida de la mascota se debe de
notificar a la Policía Municipal y al Registro Municipal
(antes de 48 horas). En Cataluña llamar al 902 170
401, Registro de Animales de Compañía (en la cartilla
y en la tarjeta identificativa)
5) Los menores de edad no pueden ser propietarios ni
pasearlos
6) El ayuntamiento otorga la Ordenanza Municipal de
Tenencia de Animales (normativa específica)
[email protected]
[email protected]
[email protected]

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