RER Nro 0146 - Gobierno Regional de Ucayali
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RER Nro 0146 - Gobierno Regional de Ucayali
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO” RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 0146 -2014-GRU-P Pucallpa, 26 de febrero de 2014 VISTO, El Oficio N° 063- 2014-GRU-P-VP-ORDN-SC-DC, de fecha de 03 de febrero de 2014, sobre Reconocimiento y Constitución de la Comisión Regional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, de fecha 12 de julio del 2013, la Opinión Legal Nº 033-2014-GRU-P-GGR-ORAJ/NCC, demás antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes números 27902 y 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Oficio Múltiple N° 021-2013-GRU-P-GGR-SG, de fecha 02 de julio del 2013, la Oficina de Secretaria General del Gobierno Regional de Ucayali, solicita la Instalación de la Comisión Regional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; Que, mediante Acta N° 002-2013 de fecha 12 de julio del 2013 se instaló la Comisión Regional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; Que, mediante Ley N° 27595, se creó la Comisión de Lucha contra el Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduanas; posteriormente denominada Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1° de la Ley N° 27869; y cuya denominación actual es la de Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, de conformidad con lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 28289, Ley de Lucha contra la Piratería; Que, mediante Resolución Ministerial N° 015-2013-PRODUCE, Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; Que, el Artículo 2° de la Ley N° 29013, Ley que modifica la conformación de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, dispone que esta funciona con carácter permanente y se encuentra adscrita al Ministerio de la Producción y tiene entre sus miembros conformantes al Ministerio del Sector Producción o su representante con rango de Viceministro, quien lo preside; Que, son funciones de la Comisión: a) Elaborar y perfeccionar el Plan Estratégico Nacional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; b) Planificar, coordinar y organizar las acciones y recomendaciones destinadas a contrarrestar los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, las que serán ejecutadas por las instituciones encargadas de la prevención y represión de estos delitos; c) Disponer medidas y modificaciones normativas a las instituciones pertinentes, con el objeto de perfeccionar la legislación que regula y sanciona estos ilícitos; d) Evaluar el impacto de los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual en la economía nacional; e) Recibir y canalizar hacia las instituciones competentes, bajo estricta reserva, la Información relativa a las acciones sobre la presunta comisión de delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual; f) Promover campañas publicitarias con la finalidad de crear conciencia tributaria aduanera y el respeto a los derechos de propiedad intelectual; g) Entablar relaciones con instituciones del exterior con la finalidad de coordinar acciones e intercambiar información que conduzca a una mejor eficacia de su labor: h) Supervisar y evaluar permanentemente la ejecución de las tareas que las instituciones responsables deberán llevar a cabo de acuerdo al Plan Estratégico Nacional que se apruebe; Que, según el Artículo 10° de la indicada norma, la comisión se reunirá en sesión ordinaria cada tres meses, preferentemente los meses de febrero, mayo y agosto y extraordinariamente cuando los convoque el Presidente, directamente o por intermedio de la Secretaria Técnica cuando lo solicite la mitad más uno de sus miembros; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la Oficina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Conformación de la Comisión Regional de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería – Periodo 2014, la misma que estará integrando por las siguientes personas: 1. Por el Gobierno Regional de Ucayali; el My PNP ® Abog. Marcos Alejandro Lozano Oliart, quien lo presidirá. 2. Por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo; el Sr. Rony Del Águila Castro. 3. Por la Gobernación Regional de Ucayali; el Sr. Luis Rojas Yumbato. 4. Por la Intendencia Regional o la Oficina Zonal de Tributos Internos; el Ing. Armando Vargas Alvarado. 5. Por la Intendencia de Aduana de la Región Ucayali; el Sr. Armando Vargas Salazar. 6. Por la Oficina Regional de INDECOPI; el Abog. Jonathan Arévalo Flores. 7. Por la Dirección Territorial de la PNP – Ucayali; Crnel PNP. Cesar Augusto Larrea Marchena. 8. Por la IV Zona Naval y Fuerza de Tarea 100; el Capitán de Corbeta A.P. Edwin Bashi López. 9. Por la Cámara de Comercio, Industria y Turismo; el Sr. Enrique Gonzalo Medina. 10. Por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ucayali, la Dra. Victoria Pomalaya Trillo. 11. Por el Comando de Asentamiento Rural – COAR; El Coronel EP. Juan Eduardo Lucero Ciriaco. 12. Por la Zona Nor Oriente del Ministerio de la Producción; el Blgo. Mirko Omar Díaz Meza. ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR; como Secretario Técnico al Abog. Luis Fernando Valderrama Cárdenas, representante de la Oficina Zonal de Tributos Internos. ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Comisión Regional de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería - Periodo 2014, cumpla sus funciones previa observancia de lo dispuesto según la normativa existente para esta comisión. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR con copia de la presente resolución, a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de la Producción, a los integrantes designados de la Comisión Regional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería y demás órganos competentes del Gobierno Regional de Ucayali, así como efectuar la publicación en el portal Web del Gobierno Regional de Ucayali. REGÍSTRESE, COMUNIQUESE, ARCHÍVESE. Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Dirección: Jr. Raymondi Nº 220 – Pucallpa Telef. (061)57-4192 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 – Lima Telef. (01) 433-2516
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