D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia D1.2.2
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D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia D1.2.2
D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia D1.2.2 Operational procedures compendium - Catalonia Project Acronym: Digipay4Growth Grant Agreement number: 621052 Project Title: " Digipay4Growth: Governments, SMEs and consumers make expenditures through a digital payment system that stimulates economic growth and job creation by increasing sales and access to credits for SMEs. " Revision: draft Authors: Andreu Honzawa (COOPCAT) 90% Lluís Muns (LbD) 10% Explanation of deliverable: This report groups the following documents: Santa Coloma pilot: a proposal on organizational structure of the system’s management body, including department and role descriptions. An Internal Rules proposal consisting of a membership contract or Terms of Agreement. XES pilot Credit request form XES pilot (D1.1) Credit contract XES pilot (D1.1) Registration form XES pilot (D1.2.) Accountancy treatment XES pilot (D1.2) Project Description XES pilot (background information) Missing in this deliverable are similar documents for the Granollers, Bergueda and large cooperatives pilot. New delivery date for these documents is month 18. Project co-funded by the European Commission within the ICT Policy Support Programme Dissemination Level P Public C Confidential, only for members of the consortium and the Commission Services REVISION HISTORY AND STATEMENT OF ORIGINALITY Revision History Revision # Date Author Organisation Description of revision Statement of originality: This deliverable contains original unpublished work except where clearly indicated otherwise. Acknowledgement of previously published material and of the work of others has been made through appropriate citation, quotation or both. Estructura Organizativa del Circuito de Comercio Social de Santa Coloma de Gramenet VERSION 0,4 FECHA VIGENCIA Nombre y Apellido Cargo Fecha 15 12 2014 Elaborado por Andreu Honzawa Técnico COOPCAT 15/12/2014 Revisado por Lluís Muns Técnico LbD 02/01/2015 Aprobado por 1. RESUMEN EJECUTIVO El presente documento describe la estructura organizativa del Circuito de Comercio Social (CCS) de Santa Coloma de Gramenet. En éste de detallan las funciones principales del área, organigrama, descripción de roles y cargos. La información relativa a la necesidad de crear el área de Administración de Transacciones para el CCS Santa Coloma de Gramenet, y interacción que la misma tendrá con los demás actores de la Red, se detalla en el documento “Operativa CCS Santa Coloma” y sus respectivos anexos. 2. ADMINISTRACIÓN DE TRANSACCIONES Además de la metodología y el software de operación, la Fundación Social Trade Organisation (STRO) y la Confederación de Cooperativas de Catalunya (COOPCAT) aportarán su asesoramiento y apoyo a la entidad gestora del Circuito de Comercio Social (CCS). El CCS cumplirá por tanto una función de “Proveedor Tecnológico”, lo que implica la operación del sistema por cuenta y orden del Ayuntamiento (Impulsor), sin que ello implique estar en disposición de los fondos. Para cumplir con esta tarea, la entidad gestora del CCS contrata los recursos humanos y técnicos necesarios. 3. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO La función de Proveedor Tecnológico implica: 1) Registrar a todos los usuarios que quieran integrarse al sistema CCS y que cumplan con los requisitos exigidos por el Ayuntamiento (Impulsor del Proyecto). 2) Administrar todas las transacciones generadas por los usuarios registrados y en condiciones de transaccionar. 3) Ejecutar las acciones que determine el Ayuntamiento (Impulsor) para el otorgamiento de Unidades de intercambio (UDIs) (unidad de cuenta en la que se registran los saldos y transacciones), realizando los movimientos que correspondan, en las cuentas del sistema. 4) Administrar el Software Cyclos 4 PRO, garantizando el correcto funcionamiento 2 operativo del CCS. 5) Brindar el “Punto de Información” (Help desk), el cual contará con las siguientes características: Servicio de atención telefónica permanente, instalado en sus oficinas y disponible las 24 horas, los 365 días del año. Dicho servicio será atendido por experimentados especialistas, y dispondrá de un número razonablemente suficiente de líneas telefónicas entrantes acorde a la dimensión de la red. Por virtud de dicha atención telefónica permanente, CCS recibirá las llamadas de los Usuarios o aquellas personas interesadas en el CCS. Procurará brindar el asesoramiento y orientación telefónicos necesarios para resolver, por la misma vía telefónica o las vías que éste considere adecuadas, las dudas, problemas, dificultades o inconvenientes planteados. El servicio de Atención al Telefónica entregará soporte a través de los siguientes medios: Medios Identificación 933 32 36 82 Telefónico Servicio de guardia Disponibilidad De Lunes a Viernes de 9:30 a 17:30 horas. Fuera del horario de oficina. Permanente (7x24) De Lunes a Viernes de 9:30 a 17:30 horas. Correo electrónico [email protected] On Site C/ Premià 15, 08014 Barcelona Portal Web Se publicará información de ayuda, guías de usuario y manual de preguntas frecuentes. Permanente (7x24) Esta publicaciones estarán disponibles en el sitio: www.comerciosocial.org Las llamadas que se realicen de lunes a viernes de 0:00 a 9:30 y de 17:30 a 24:00, y las que se realicen los días sábados, domingos y feriados, serán derivadas a un Técnico de servicio, que estará disponible. 6) Instruir a aquellos usuarios que así lo deseen, en cursos específicamente diseñados para el correcto manejo del sistema. Esta función incluye además, la confección de manuales de uso. 7) Colaborar con el Ejecutor en todo lo que esté a su alcance, para lograr el mayor conocimiento de esta a nivel metodológico. 8) Sugerir y promover modificaciones y adaptaciones al Software Cyclos y/o al Método CCS que mejoren el habitual funcionamiento de la Red. 3 9) Apoyar la gestión comercial de las asociaciones de comercio local colaboradoras, aportando y desarrollando ideas que impulsen el incremento de Usuarios y colaborando en el desarrollo de actividades de promoción o sub-proyectos que impulsen el desarrollo y crecimiento del sistema. 10) Aportar información al Ayuntamiento (Impulsor) y a toda institución que éste indique, con la finalidad de promover la tansaccionabilidad de los UDIS. 11) Aceptar trabajar en forma coordinada con los demás actores del Proyecto, de forma tal de garantizar el normal desarrollo de las actividades en la Red. 4. ORGANIGRAMA GENERAL En este punto se establece de forma gráfica el orden de los distintos niveles o áreas que componen la Administración de Transacciones del Circuito de Comercio Social (CCS) de Santa Coloma de Gramenet, asignando a cada una ellas las distintas jerarquías en cuanto a su responsabilidad y autoridad. GERENCIA DE ÁREA (Coordinador) ASESOR JURIDICO NOTARIAL ÁREA TÉCNICA (Adm. de Software de Gestión) ATENCIÓN A USUARIOS (Help Desk) DESARROLLO (Programador Senior) 5. DESCRIPCIÓN DE CARGOS Y FUNCIONES Este capítulo describe cuales son los cargos que conforman el área de Administración de Transacciones del Circuito de Comercio Social y sus diferentes funciones principales. 5.1. Cargo: Coordinador de la Administración de Transacciones (CCS) Dependencia: Dirección general del CCS. Objetivo general: Responsable de la coordinación del área específica procurando la eficiente administración y control de las transacciones que se produzcan en el 4 CCS de Santa Coloma de Gramenet. Realizará la supervisión y coordinación de su equipo de trabajo en las tareas diarias. Supervisión: Tiene a su cargo la supervisión de toda el área, y supervisa directamente al Área Técnica, la cual se compone de un área de Atención a Usuarios y un área de Desarrollo CCS. Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales funciones del cargo. - Coordinar las actividades acordadas por la entidad gestora del CCS en su rol de “Proveedor Tecnológico” para el correcto funcionamiento del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Administrar las transacciones generadas en el CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Ejecutar las acciones autorizadas por el Ayuntamiento, realizando los movimientos correspondientes en las cuentas del sistema. - Colaborar con su conocimiento a nivel metodológico del CCS con, colaborando en la presentación del proyecto, aportando y desarrollando ideas que impulsen el incremento de Usuarios y colaborando en el desarrollo de actividades de promoción o sub-proyectos que impulsen el desarrollo y crecimiento del sistema. - Actuar como “vínculo” con terceras partes para el proyecto CCS de Santa Coloma de Gramenet, lo cual implica, entre otras, las siguientes responsabilidades: - Nexo para recibir y ofrecer información. - Asesoramiento y control de la marcha del proyecto. - Participación en reuniones con autoridades públicas y privadas, con Instituciones de Apoyo, entidades financieras, y empresas ó asociaciones empresariales. - Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del Ayuntamiento. - Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del CCS de Santa Coloma de Gramenet un instrumento que contribuya a mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas del municipio. 5.2. Cargo: Administrador de Software de Gestión (Ubiquat Technologies) Dependencia: Gerencia del área de la Administración de Transacciones Objetivo general: Administrar y gestionar el software de la CCS de Santa Coloma 5 de Gramenet, encargándose del ingreso de datos al sistema, y de la confección y emisión de informes. Supervisión: Tiene a su cargo al área de Atención a Usuarios, del cual depende el cargo del Punto de Información (Help Desk) y al área de Desarrollo CCS, del cual depende el cargo de Programador Senior. Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales funciones del cargo. - Gestionar, administrar y parametrizar el software del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Actualizar el regostro de usuarios de CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Archivar toda documentación generada a partir de su trabajo (manejo de consultas, resumen de preguntas más frecuentes, registro de no conformidades de los beneficiarios, procesamiento de las mismas, etc.). - Actualizar el sitio de internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet cada vez que esto sea necesario. - Actualizar los manuales de Usuario del sistema, (Online y texto). - Controlar los anuncios que los beneficiarios propongan realizar en la página de internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Generar los documentos que sean necesarios para llevar a cabo la tarea objeto del contrato. - Transmitir los conocimientos de uso del software del CCS de Santa Coloma de Gramenet a los futuros usuarios del sistema. - Elaborar las formas de medición y cuadros de control de su actividad que correspondan. - Efectuar el soporte técnico a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet, solucionando los problemas operativos que se pudieran presentar. - Registrar a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Atender las consultas personales, telefónicas y electrónicas que pudieran realizar los técnicos del Punto de Información - Help Desk. - Trabajar en conjunto con la Unidad Técnica de Apoyo del CCS, para establecer un proceso de mejora continua en el funcionamiento del CCS. - Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del Ayuntamiento. - Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del CCS de Santa Coloma de Gramenet instrumentos que contribuyan a mejorar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas del municipio. 6 5.3. Cargo: Punto de Información - Help Desk (CCS) Dependencia: Área Técnica de la Administración de Transacciones. Objetivo general: Dar asistencia técnica telefónica a los Usuarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet. Supervisión: No aplica. Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales funciones del cargo. - Efectuar el soporte técnico a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet, solucionando los problemas operativos que se pudieran presentar. - Atender las consultas personales, telefónicas y electrónicas que pudieran realizar los beneficiarios. - Colaboración en el registro y actualización del padrón de beneficiarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet cada vez que sea necesario. - Archivar toda documentación generada a partir de su trabajo (manejo de consultas, resumen de preguntas más frecuentes, registro de no conformidades de los beneficiarios, procesamiento de las mismas, etc.) - Controlar los anuncios que los beneficiarios propongan realizar en la página de internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Generar los documentos que sean necesarios para llevar a cabo la tarea objeto del contrato. - Elaborar las formas de medición y cuadros de control de su actividad que correspondan. - Trabajar en conjunto con la Unidad Técnica de Apoyo de COOPCAT, para establecer un proceso de mejora continua en el funcionamiento del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Realizar tareas las administrativas correspondientes a la Unidad CCS. - Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del Ayuntamiento. - Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del CCS de Santa Coloma de Gramenet instrumentos que contribuyan a mejorar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas. 5.4. Cargo: Programador Senior (Ubiquat Technologies) Dependencia: Área Técnica de la Administración de Transacciones (CCS). Objetivo general: Adaptación del sistema Cyclos a los requerimientos y demanda del mercado local (Ej: Desarrollo de interfaces con Empresas Públicas). Supervisión: No aplica. 7 Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales funciones del cargo. - Diseñar e implementar las nuevas funcionalidades solicitadas en el marco del CCS de Santa Coloma de Gramenet coordinando actividades junto con el equipo de desarrollo del CCS. - Diseñar e implementar las solicitudes de interconexión entre Cyclos y software de terceros. - Diseñar e implementar los cambios requeridos en el Portal del CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Aplicar los procedimientos y metodologías establecidas para el desarrollo de software para el CCS de Santa Coloma de Gramenet contemplando los siguientes elementos: - Análisis de requerimientos - Desarrollo - Testeo - Seguimiento de incidencias - Estándares de programación - Cumplimiento de la planificación operacional, en cuanto a calidad, alcance y tiempos. - Desarrollo y testeo de los componentes involucrados. - Contribuir al aporte de conocimientos entre los miembros del equipo TIC. - Comprender y aplicar las tecnologías requeridas por el sistema de forma eficiente. - Contribuir a la documentación del software tanto técnica como aquella dirigida al usuario. 5.5. Cargo: Asesor Jurídico Notarial (UPF) Dependencia: Dirección general de CCS Objetivo general: Responsable del Control Jurídico - Notarial de toda la documentación referida al CCS de Santa Coloma de Gramenet, además de brindar asesoramiento al Coordinador de la Administración de Transacciones en todo lo referido a dicha red. Supervisión: No aplica. Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales funciones del cargo. - Interactuar con sus pares en aquellos organismos técnicos de control y regulación que puedan corresponder para levantar las posibles discrepancias 8 que surjan. - Efectuar el control y ajuste de las modificaciones necesarias al Reglamento Operativo del CCS de Santa Coloma de Gramenet y a los convenios con los diferentes actores del proyecto. - Control Jurídico - Notarial de la documentación presentada por los aspirantes a Usuario del CCS o del Ayuntamiento. - Evacuar todas las consultas de los aspectos notariales y legales del CCS de Santa Coloma de Gramenet por parte de los Usuarios o interesados. - Asesorar al Coordinador de la Administración de Transacciones en todo lo referente al CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Colaborar asesorando al Ayuntamiento en aquellos aspectos referidos al CCS de Santa Coloma de Gramenet. - Asesorar con relación a las modificaciones que surjan, tanto de los Manuales de Usuario, Página web, anuncios publicados, etc. - Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del Ayuntamiento. - Toda otra acción necesaria para asegurar el correcto funcionamiento del CCS de Santa Coloma de Gramenet, en lo que refiere a los aspectos notariales y legales con los diferentes actores intervinientes. 9 Reglamento Interno 10 El presente documento constituye el Reglamento Interno que rige el funcionamiento del Circuito de Comercio Social, creado con el objeto general de dinamizar el desarrollo económico en toda la localidad a través de la implementación de una red de transacciones de tipo STC (Social Trade Circuit) de la que pueden participar personas físicas y jurídicas. Capítulo I. DE LAS DEFINICIONES Art. 1. Para los fines y efectos de operación y funcionamiento del Circuito de Comercio Social (CCS) Santa Coloma de Gramenet, son adaptadas las siguientes definiciones. i. ii. iii. iv. v. vi. vii. viii. ix. x. xi. Alta. Registro de Participantes en el CCS Santa Coloma. Baja. Retiro voluntario o punitivo de la calidad de Participante. CCS (Circuito de Comercio Social). Herramienta que contribuye al desarrollo económico de las comunidades en las se aplica. CCS Santa Coloma. Es un proyecto impulsado por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, cofinanciado por la Comisión Europea en el marco del proyecto Digipay4Growth 2014-2016, cuya titularidad y administración corresponde a la Fundación STRO. Está constituida por un conjunto de Participantes, que realizan transacciones y son poseedores de saldos en UDIs los cuales están respaldados por efectivo. Conversión. Acción sujeta a aprobación del Administrador por la cual un Participante cambia UDIs por dinero en efectivo. Crédito en cuenta CCS. Aumento de saldo de UDIs en la cuenta del Participante obtenidos mediante una transacción. Unidades de Intercambio (UDIs). Medio de pago en el que se realizan las transacciones dentro del CCS. Cuenta. Registro individual de cada Participante donde se asientan todas sus operaciones en el CCS. Cyclos (o Sistema). Software desarrollado por STRO que registra en tiempo real todas las transacciones realizadas por los Usuarios y los saldos de los mismos. Opera a través de tres canales: Web y telefonía celular. Débito en cuenta CCS. Disminución de saldo de UDIs de la cuenta de un Participante. Transacción. Toda transferencia de UDIs entre Participantes. Capítulo II. DE LA BASE TECNOLÓGICA Art. 2. La base tecnológica del CCS Santa Coloma, es la comunicación vía internet, sin perjuicio de cualesquiera otra tecnología que pudiera sobrevenir y 11 aportar igual o mejores prestaciones que internet a través del portal creado a estos efectos. Las transacciones son registradas en Cyclos. Los Participantes tendrán acceso al sistema, informando nombre de Usuario y contraseña propios, los que serán proporcionados en primera instancia por el Administrador. Las transacciones se procesan en tiempo real, registrando inmediatamente el débito y crédito, en las cuentas determinadas por el Participante que efectúa dicha transacción. Art. 3. Una vez cumplidas las formalidades para la apertura de una cuenta, toda la información de acceso a la misma es de total y entera responsabilidad del Participante, ya sea realizada en forma personal o por medio de su Operador. Los números de identificación y todas las contraseñas necesarias para ingresar al sistema, son proporcionados vía mail por parte del Administrador. Las claves son personales e intransferibles. Los Participantes que ingresen al sistema deben modificar la clave de acceso en su primera conexión. Realizado el cambio de clave, todo Participante está apto para operar en el CCS. Art. 4. En caso de requerir una nueva contraseña, el Administrador habilitará al Participante titular a generar su propia clave desde dentro del sistema Cyclos. El Participante acepta que en caso de olvido de las claves personales, no se le suministre duplicado de las mismas, sino que se le otorgue una nueva “Contraseña de acceso inicial” comunicada al e-mail. Art. 5. La Administración deslinda toda responsabilidad emergente del mal uso de los medios de identificación entregados, debiendo el Participante dar inmediato aviso a la misma con el fin de adoptar las medidas precautorias cuando corresponda. El Participante será responsable de las operaciones que eventualmente se realicen hasta tanto no sea realizada la comunicación pertinente al Administrador en los horarios establecidos para estos fines. Art. 6. El Participante acepta las disposiciones establecidas por el Administrador, que con la finalidad de protegerlo de usos indebidos, determine bloquear total o parcialmente su acceso a los servicios. Art. 7. El CCS bajo ningún concepto solicitará la actualización de datos personales o financieros vía e-mail. Es responsabilidad del Participante, realizar todas las actualizaciones de software necesarias para el correcto funcionamiento operativo. Art. 8. La Administración no se hace responsable por la pérdida o robo de claves de Usuario, ni de la pérdida de su teléfono celular (celular registrado), siendo responsabilidad de los Participantes dar aviso inmediato a la Administración. Cualquier transacción realizada con los procedimientos y claves autorizados, serán considerados válidos hasta tanto no se de aviso a la Administración por la pérdida o robo de alguno de los medios transacción mencionados de anteriormente. Art. 9. El Administrador permitirá el acceso a sus servicios ofrecidos en el sistema CCS Santa Coloma, sin asumir responsabilidad alguna en el caso que 12 el Participante no pueda realizar las operaciones por razones de fuerza mayor, por no disponer de UDIs en su cuenta Cyclos, por supresión del servicio, por falta de energía eléctrica, por falla del equipo o por cualquier otra causa no imputable al Administrador. Art. 10. El Participante reconoce sin reservas, como buenas y como prueba de las operaciones que realice, los comprobantes que expida el sistema de CCS Santa Coloma, que contengan datos de sus cuentas, actuales y futuras transacciones y/o modificaciones efectuadas. Art. 11. EL CCS dispone de un portal de Internet al cual se ingresa a través de la dirección electrónica: www.creditomutuo.org (provisional). Esta herramienta es la principal forma de comunicación entre los Participantes. Art. 12. El portal de Internet cuenta con un espacio destinado a la publicación de ofertas y demandas de los Participantes. Las informaciones inherentes a los bienes, servicios u otros, ofrecidos por los Participantes son de su única e integral responsabilidad. Las ofertas realizadas, del tipo que sean, deben estar de acuerdo “in totum” con la legislación vigente. Art. 13. Todo Participante tiene derecho a mantener cuentas en Cyclos, las que serán personales e intransferibles. Los UDIs existentes en una cuenta, únicamente pueden ser transferidos a otra cuenta de UDIs de otro Participante. Capítulo III. DE LAS CONDICIONES PARA PARTICIPAR Art. 14. Las personas físicas o jurídicas que desearen participar en el CCS deben leer y aceptar las condiciones del presente Reglamento Interno. La firma de este contrato por parte del interesado significa que está de acuerdo expresamente con todas las cláusulas y condiciones del presente Reglamento Interno. Art. 15. El Usuario mediante la firma del Contrato de Adhesión, solicita la apertura de cuentas en el CCS Santa Coloma. Art. 16. El Usuario puede pre-registrarse en el CCS Santa Coloma de dos maneras; concurriendo a la oficina central de la agrupación del comercios locales ACI o en las oficinas del Ayuntamiento. Art. 17. Para registrarse, además de firmar el contrato de adhesión, una empresa deberá presentar la siguiente documentación: Empresas: Copia de Escritura de constitución y Poderes notariales del representante. Trabajadores autónomos: Copia del DNI y del Alta en la Seguridad Social, y copia del modelo 036 de Hacienda. Art. 18. Queda restringido el registro y la solicitud de cambios de titularidad,manejo de la/s cuenta/s, cambio de domicilio y toda otra modificación de los datos proporcionados en el contrato de Adhesión al CCS, únicamente a 13 los responsables de la empresa, establecidos por los contratos sociales, estatutos o poderes relacionados. Art. 19. El Administrador del CCS se reserva el derecho de no aceptar la adhesión del candidato a Participante que, a partir de la evaluación de su solicitud, no reúna las condiciones para integrarla, fundamentando su decisión. Dispone a esos efectos de 3 días hábiles a partir de la recepción de la documentación para efectuar el comunicado vía mail/correo. Art. 20. A partir de la aceptación del Administrador del CCS, la Persona Física o Jurídica involucrada, tendrá la condición de Usuario Registrado. Capítulo IV. DE LOS PARTICIPANTES Art. 21. El CCS tendrá los Participantes: a. ADMINISTRADOR. De acuerdo al convenio firmado entre el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y el consorcio Digipay4Growth, el administrador de la es la Fundación Comercio Social. Es el responsable de la acreditación de cuentas, una vez el Ejecutor (Ayuntamiento) inyecta dinero al CCS. b. Ayuntamiento (Impulsor): Es el impulsor responsable de desarrollar el CCS Santa Coloma, a través del otorgamiento de subvenciones a través del mismo en forma de UDIs respaldados por certificados de deuda en Euros. c. INSTITUCIONES FINANCIERAS. Son el depositario del dinero reservado como respaldo de los UDIs. También son los responsables de administrar las entradas y salidas de dinero del Fondo de Garantía del proyecto, que siempre se realizan por vía de transferencia electrónica. d. REDES DE APOYO COMERCIAL. Son los prestadores de servicios, que pueden operar como nexo entre los Participantes del CCS realizando tareas de promoción, comunicación, dinamización comercial, atención al usuario y márquetin. En CCS Santa Coloma estas funciones la realizará la asociación de comercio local ACI. e. USUARIOS. Son las Personas Físicas o Jurídicas habilitadas para realizar transacciones. Sección I. Del Administrador Art. 22. La Fundación Comercio Social administra el Circuito de Comercio Social, mediante las siguientes acciones: a. Proveyendo la Metodología CCS y el Software de transacciones Cyclos, ambas de su propiedad. b. Adaptando el Software Cyclos a las características del municipio. c. Administrando las transacciones realizadas a través del sistema Cyclos. d. Actuando como articulador y como nexo entre los diferentes Participantes. 14 e. Atendiendo a los demás Participantes ante cualquier consulta por el manejo del sistema. f. Atendiendo y evaluando las solicitudes de conversión de los UDIs de los Participantes. g. Proveyendo informaciones acerca de las transacciones efectuadas en el CCS, para el caso de que las autoridades competentes así lo requieran. h. Realizando todas las acciones inherentes al buen funcionamiento del CCS. Sección II. De las Instituciones Financieras Art. 30. Las Instituciones Financieras son aquellas que previamente hayan sido subcontratadas por el Ayuntamiento mediante convenio a tres bandas con el CCS. Su cometido es facilitar la administración de dinero electrónico del CCS, depositado como respaldo de los UDIs en circulación: a. Proveyendo al CCS un sistema electrónico de entradas (ingresos o cash-in) y salidas (retiros o cash-out) de dinero del CCS a través de transferencia bancaria ordenada por el Ayuntamiento. b. Proveyendo una cuenta corriente, que garantice la seguridad del dinero depositado como respaldo, en el Fondo de Efectivo del Ayuntamiento. Todos los costes asociados a esta cuenta bancaria se repercutirán sobre el Ayuntamiento, no sobre el CCS ni sus usuarios. c. Aportando la información del historial de transacciones bancarias realizadas. Art. 31. El ingreso del certificado de deuda en el sistema CCS (como respaldo a la emisión de UDIs) será reflejado vía Cyclos en la cuenta de UDIs del Ayuntamiento. La retirada de dinero del sistema CCS (cash-out) será descontado de la cuenta de UDIs del Participante que realiza la operación, así como la Tasa de Conversión que se pudiera establecer (0% durante el piloto). Todas las operaciones de cash-in y cash-out de la cuenta bancaria del Ayuntamiento se realizan únicamente por transferencia bancaria. Sección III. De los Usuarios Art. 32. La participación de los Usuarios en general tiene por objeto dar sostén del CCS mediante acciones que se detallan a continuación: a. Aceptando los UDIs como medio de pago. b. Utilizando la Red para realizar pagos en UDIs de obligaciones mantenidas con Participantes. c. Incentivando a sus proveedores a participar en el CCS y a aceptar los UDIs como medio de pago de sus contraprestaciones. d. Utilizando el canal de ventas complementario (e-commerce), a través de la página web, publicando gratuitamente publicidad de sus ofertas de productos/servicios, en los espacios rotativos, reservados específicamente destinados por el Administrador a tales efectos. 15 Art. 33. Los usuarios no podrán cobrar por las transacciones realizadas en el CCS ningún porcentaje superior a lo ofrecido en Euros al público en general fuera del CCS. Art. 34. Los receptores de subvenciones por parte del Ayuntamiento constituyen un grupo separado de Usuarios. Éstos deben ser registrados y administrados en Cyclos por el CCS. Están sujetos a normas específicas de su condición, por ejemplo, no se les cobra la Tasa de Oxidación y pueden realizar reintegros al Ejecutor bajo determinadas circunstancias. Capítulo V. DE LA ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO Sección I. De la Gestión Art. 39. El Administrador del CCS es quien lleva a cabo la gestión del sistema, el portal de Internet, hace cumplir el presente documento a todos los Participantes y lleva a cabo todas las tareas necesarias para alcanzar el buen funcionamiento del CCS. Art. 40. Las transacciones pueden ser realizadas en cualquier momento vía Internet y teléfono celular, a través del sistema ofrecido por el CCS Santa Coloma. Art. 41. Cada Usuario tiene derecho a dar de alta diferentes Operadores con los niveles de operación que éste determine, siendo de su total responsabilidad las acciones que éstos realicen en su nombre. Sección II. De las Transacciones Art. 42. Las transacciones realizadas a través del CCS son integralmente registradas en UDIs. Art. 43. La realización de transacciones dentro del CCS, les corresponde únicamente a los Participantes de la misma, que dispongan de saldo positivo de UDIs en sus cuentas. Art. 44. El Participante que realiza una transferencia a la cuenta de otro Participante, tendrá plena responsabilidad por la transacción que realice y no puede reclamar al Administrador ninguna restitución de derechos. Art. 45. Toda documentación que ocurra entre los Participantes del CCS, serán de su exclusiva responsabilidad. El Administrador no tiene responsabilidad de especie alguna, ni subsidiaria ni solidaria, por tales pactos o actos. Cada Participante es responsable por la emisión de boletas, facturas, recibos o cualesquiera otros documentos que correspondan a sus transacciones, así como el registro legal de sus actividades, el pago de todos los impuestos, tasas y demás tributos que les correspondieren. 16 Art. 46. En el caso que algún Participante realice una transacción que contravenga lo establecido en el presente Reglamento Interno, constatada por el Administrador, éste puede cancelar total o parcialmente el registro de la transacción. Art. 47. Los Participantes del CCS no pueden tener saldos negativos en sus cuentas. Si por cualquier evento, anomalía, error o lo que fuere, se produjere un saldo negativo en una cuenta de la Red, el Participante de la misma, debe compensarlo en forma inmediata. Art. 48. Cualquier anomalía que sea identificada en una cuenta de cualquier Participante, tanto por parte de su titular como por parte de cualquier otro integrante del CCS, debe ser comunicada inmediatamente al Administrador. Art. 49. Las transacciones que pueden ser realizadas en el CCS son las siguientes: a. Acreditación de UDIs en cuenta Cyclos. El Administrador acredita UDIs en la cuenta virtual del Ayuntamiento, equivalentes al certificado de deuda emitido por el Ayuntamiento. b. Cobro de tasas. Costos que se aplican en el CCS estipulados por el Administrador. Los porcentajes aplicables se publicarán en el Portal del CCS y su modificación únicamente podrá realizarse previo aviso de 10 días hábiles de publicación en dicho Portal. c. Consultas de movimientos en cuentas. El sistema genera un registro en la cuenta del Participante por toda transacción que afecte su saldo. El Participante tiene la opción de imprimir o no su extracto de cuenta. d. Comprobantes. Los Participantes del CCS reconocen los registros de Cyclos como fiel representación de sus transacciones. e. Recepción de una transferencia. El Participante recibe un crédito en su cuenta realizado por otro Participante del CCS. f. Solicitud de Conversión. Acción por la cual un Participante solicita cambiar UDIs por dinero en efectivo. En caso de aceptación por parte del Administrador, el monto a reintegrar será el efectuado descontando las tasas correspondientes. g. Transferencia a otra cuenta. Un Participante puede transferir sus UDIs a otra cuenta del CCS. Art. 51. Además del canal web, se podrán también realizar transacciones vía SMS y APP, las que serán reglamentadas oportunamente. Sección IV. De los UDIs Art. 52. Los UDIs representan derechos de compra mediante los saldos positivos que los Participantes puedan poseer en las cuentas del sistema. Son un medio de pago de “curso interior” válido solo entre los Participantes del CCS. 17 Art. 53. Están en su totalidad garantizados por compromisos de pago por parte del Ayuntamiento, materializados en un certificado de deuda emitido al administrador del CCS que se cancela un vez el Ayuntamiento cambia UDIs por Euros. Art. 54. Los UDIs constituyen un medio de cambio que genera un derecho a los Participantes con relación al CCS, que se le contabilizará como una obligación. El Participante tiene el derecho a utilizarlos para realizar transacciones en el sistema o para canjearla por efectivo en caso que sea habilitado por el Administrador. Art. 55. La titularidad de las cuentas es exclusiva del Participante, por lo tanto, los UDIs existentes en sus cuentas no podrán ser cedidos, transferidos, caucionados, prendados o de cualquier forma enajenados, directa o indirectamente por parte de terceros, salvo resolución judicial. Sección V. De las Formas de Obtener UDIs Art. 56. El ingreso de UDIs en la cuenta del participante puede ocurrir de la siguiente forma: a. Emisión de certificado de deuda por parte del Ayuntamiento. El CCS recibe un certificado de deuda del Ayuntamiento, y una lista de beneficiarios a los que el CCS debe acreditar UDIs. b. Transacción. El Participante puede obtener UDIs como consecuencia de una transferencia realizada entre Participantes del CCS. Art. 58. El CCS solo puede emitir y poner en circulación UDIs a partir de un certificado de deuda del Ayuntamiento. Los UDIs puestos en circulación solo se pueden acreditar a los usuarios que el Ayuntamiento previamente haya especificado en una lista de beneficiarios. Sección VI. De la Conversión de los UDIs en Efectivo Art. 59. La conversión de UDIs en efectivo, deberán ser solicitadas directamente al Administrador a través del sistema Cyclos. En dicha solicitud el participante deberá informar del monto de UDIs a ser convertido a Euros. Art. 60. Para efectivizar la Conversión, el Administrador considerará que el saldo en la cuenta del solicitante haya pasado la fecha de vencimiento (D-rate) a partir de la cual se permite su conversión. En caso de no cumplir este requerimiento, la Administración denegará la conversión e informará al solicitante. Art. 61. Una vez solicitada la conversión por parte del Participante, se realizará automáticamente una retención de UDIs en la cuenta del sistema del monto que desea convertir. El Administrador tiene la facultad de rechazar, previa fundamentación, dicha solicitud, en cuyo caso se le reintegrarán los UDIs previamente retenidos. 18 Art. 62. El Administrador comunicará la autorización para realizar la conversión al Ayuntamiento. Una vez recibida la lista de usuarios con derecho a conversión, el Ayuntamiento utiliza los Euros en su Fondo de Efectivo para realizar una transferencia bancaria a nombre del titular de la cuenta que solicitó la conversión. Art. 63. Una vez el Ayuntamiento transfiere los Euros a los usuarios designados con derecho a conversión por parte del CCS, el CCS cancela la parte proporcional del certificado de deuda del Ayuntamiento. Sección VII. Del manejo de Disponibilidades Art. 63. La Fundación Comercio Social, administradora del Circuito de Comercio Social Santa Coloma, es una fundación sin fines de lucro, y por lo tanto debe reinvertir en el sistema todos aquellos ingresos generados por su actividad luego de solventar todos sus gastos administrativos. Sección VIII. De las Consultas y Sugerencias Art. 64. Las consultas de los Participantes sobre el manejo del sistema, sugerencias, solicitudes, quejas y reclamos, serán estipuladas en el Manual de procedimientos de Participantes que el CCS publica en su página Web. Sección IX. De los Anuncios y Ofertas en Cyclos Art. 65. El sistema cuenta con un espacio reservado para la presentación de anuncios y ofertas en forma rotativa por parte de los Participantes del CCS. Dichos anuncios y ofertas serán publicados por los Participantes del CCS, siendo de su entera responsabilidad el material publicado. Art. 66. El Administrador se reserva el derecho de publicar dichos anuncios tanto en el sistema Cyclos como en el portal web del CCS. El contenido de los anuncios u ofertas de los Participantes deben ser coherentes con la actividad económica que el mismo realiza. El anuncio u oferta que los Participantes soliciten incluir no pueden ser obscenos; involucrar productos o servicios ilegales; ni debe contravenir la moral ni las buenas costumbres, siendo el Participante, el responsable por el contenido e imágenes del anuncio que realice, relevando al Administrador de cualquier obligación al respecto. Art. 67. El Administrador dispondrá de espacios específicos para la publicidad institucional de aquellas organizaciones que deseen publicitar, quedando el mismo sujeto a negociaciones particulares. 19 Capítulo VI. DE LAS TASAS Y COSTOS Art. 68. Los porcentajes aplicables y descritos en el presente documento, se publicarán en el portal de CCS Santa Coloma. El Administrador se reserva el derecho de modificar las comisiones y porcentajes, pudiendo establecer nuevas o eliminar alguna existente, con previo aviso de vigencia de 10 días hábiles que deberá ser publicado en el Portal del CCS. Es facultad del Administrador establecer tasas o alícuotas iguales a cero. Art. 69. Los costos, tasas y bonificaciones del CCS Santa Coloma son los siguientes: a. Tasa de Oxidación. Porcentual cobrado diariamente, aplicado al saldo de UDIs que mantenga el Participante en su cuenta CCS (1% mensual). b. Tasa de Conversión. Porcentual cobrado a los Participantes al momento de hacer efectivos los UDIs. Su fin es incentivar la permanencia y rotación de los UDIs dentro del CCS. (0%) c. Tasa de Membresía. Membresía que pagan los socios anualmente por pertenecer al sistema. (0%) d. Tasa de Transacción. Tasa cobrada tanto al comprador como al vendedor (ó a ambos) en el contexto de las transacciones. (0%) Art. 70. La Tasa de Oxidación tiene como finalidad incentivar la circulación entre Participantes. La Administración, el Ejecutor y los Usuarios Receptores de Subvenciones están exonerados del pago de la Tasa de Oxidación. Art. 71. Promocionalmente, al inicio del proyecto no se cobrará ninguna de estas tasas a los Participantes del sistema, excepto la Tasa de Oxidación, y su implementación estará sujeta a la aprobación del Administrador. Capítulo VII. DE LAS PENALIDADES Art. 72. Cuando se constata que las acciones de un Participante son pasibles de punición, el Administrador puede bloquear preventivamente el saldo de la cuenta. Notificará fundadamente tal hecho al Participante, quien dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para presentar sus descargos. Art. 73. Una vez transcurrido el plazo dado al Participante, haya realizado éste sus descargos o no, el Administrador resolverá si aplica o no penalidades. Toda penalización puede ser recurrida ante el Administrador en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la comunicación de la penalización respectiva. Art. 74. Una vez resuelto el recurso por el Administrador, la misma es inapelable. Art. 75. Las penalidades se clasifican de la siguiente forma: a. Faltas leves i. Prácticas desleales de comercio, manifestadas en la calidad de los productos o servicios entregados en virtud de transacciones 20 realizadas, prácticas de usura, o incumplimientos de contratos con los demás Participantes. ii. Publicación de anuncios u ofertas no permitidos. b. Faltas medias i. Asunción de compromisos por una transacción sin contar con suficientes UDIs para realizarla. ii. Incumplimiento en la obligación de entregar bienes o servicios, asumida en una transacción dentro del CCS. iii. Reincidencia en prácticas consideradas como faltas leves. iv. Reincidencia de actividades no permitidas por este Reglamento Interno. c. Faltas graves i. Reincidencia en prácticas consideradas como faltas medias. ii. Causar cualquier daño moral o patrimonial al CCS. iii. Cualquier tentativa comprobada de adulteración o fraude o acceso a áreas restringidas de Cyclos o del portal de Internet. Art. 76. Las penalidades a aplicar son: a. Advertencia escrita. Aplicable en caso de falta leve. b. Suspensión. Aplicable en caso de falta media. Implica la inhibición para aumentar sus UDIs o el bloqueo total de la cuenta del Participante en su caso. Los plazos pueden ser hasta 90 días. c. Baja. Aplicable en casos de falta grave. En caso que se decidiere la expulsión del Participante, el Administrador convierte su eventual saldo de UDIs y le devuelve el importe resultante a dicho Participante, en las condiciones establecidas para ello en este Reglamento. Capítulo VIII. DE LAS DISPOSICIONES FINALES. Art. 77. El Administrador es quien resuelve las eventuales modificaciones del presente Reglamento, las que entrarán en vigencia a los 3 días hábiles de publicadas en el portal de Internet del CCS. Art. 78. El no ejercicio por parte del Administrador, de cualquier derecho previsto en este Reglamento o su tolerancia en el atraso o falta de cumplimiento, total o parcial, de cualquier obligación, de cualquier Participante, no constituye novación o renuncia a tales derechos, ni puede ser alegado por los Participantes como precedente, debiendo ser interpretados como mera liberalidad de aquel. Art. 79. Es facultad del Administrador, resolver los casos no claros y los no comprendidos en este Reglamento. Art. 80. Este Reglamento Interno, será interpretado y regido de acuerdo con las Leyes españolas. Para todas las cuestiones originadas en el mismo, se fija la jurisdicción de los Juzgados de la provincia de Barcelona. Barcelona, 7 de enero de 2015. 21 SOL·LICITUD CRÈDIT MERCAT ECOSOL MERCAT SOCIAL DE LA ECONOMIA SOLIDÀRIA (XES) IMPORT DE CRÈDIT SOL.LICITAT: IMPORT DE CRÈDIT CONCEDIT: Nº COMPTE MERCAT ECOSOL DATA DE CONCESSIÓ: DIA MES ANY MONEDA: ECOSOLS DATA VENCIMENT: DIA MES TAXA ANUAL CRÈDIT Nº AFILIACIÓ XES ANY 0% SOL·LICITANT DEL CRÈDIT NOM PROSUMIDOR Nº REGISTRE MERCAT ECOSOL CIF: DADES DE LA/LES PERSONES REPRESENTANTS 1º COGNOM 2º COGNOM NOM Signat a…………………………………el………de………………de 20…. DNI Contracte crèdit Mercat Ecosol Xarxa de l’Economía Solidària (XES) A ………………………………..el…………de………………………………..de 20….. REUNITS D’una part el Sr/Sra…………………………………………………………major d’edat, amb domicili a…………………………………., carrer ……………………………………………………………………………….amb Dni…………………………………, actúa amb nom i representació de la societat ……………………………………………amb seu social al carrer…………………………………………………….amb nombre fiscal CIF………………………………………………i nº d’afiliació de la Xes ……………………. I d’altra, la Comissió gestora del Mercat Ecosol amb domicili social al carrer Casp, nº 43, baixos, 08010 Barcelona, España, amb nombre fiscal CIF G63881031, i estatuts sota el nombre 30818, al Resgistre de Títols i Documents, Secció 1er. Registre de Barcelona, representada pel Sr/Sra……………………………………………………………..,major d’edat, amb DNI………………………………. Ambdues parts intervenen en nom propi i dret. Amb la capacitat i legitimació per contractar que legítimament es reconeixen, els compareixents han convingut otorgar contracte de CRÈDIT SENSE INTERESSOS, amb acord de les següents CLÀUSULES Primer: La Comissió gestora del Mercat Ecosol, aprova otorgar i entregar amb aquest acte en concepte de crèdit la quantitat de ……………………..Ecosols a …………………………...disponibles al compte amb nº de referencia Mercat Ecosol ………………………………………………………………… Segon: Durant el termini del prèstec, els Ecosols prestats no meritaran interessos. Tercera: Els Ecosols prestats ha de retornar-se a data……………….. de…………………….de 20….. No obstant, el prestatari podrà amortitzar de manera anticipada l’import pendent per en qualsevol moment, sense costos addicionals. Si el deutor no disposa de suficients Ecosols per retornar el prèstec a la data de venciment, podrá comprar Ecosols d’altres membres o de la CME, o transferir Euros a la Comissió gestora del Mercat Ecosols en una paritat de 1 a 1 amb els Ecosols per permetre que la Comissió gestora del Merdat Ecosol li aconsegueixi la quantitat que necesita per a saldar el deute. Quart: El deutor accedeix a depositar (sense retorn) el 10% del valor de crèdit rebut en Euros (……..Euros), al Fons de Garantia Mutualista de la Xarxa de l’Economia Solidària. I de conformitat els otorgants signen per triplicat el present contracte amb el lloc i data indicats a l’encapçalament. Signat prosumidor Comissió gestora del Mercat Ecosol Nom i Cognoms Representant Nom i Cognoms DNI DNI PP PP Seu social i administració C/Casp, 43 baixos. 08010 Barcelona Cif: G63881031 [email protected] www.xes.cat Registre de Títols i Documents, nombre de registre 30818, Secció 1er. Registre de Barcelona DOCUMENT D’ADHESIÓ/OBERTURA D’UN COMPTE AL MERCAT ECOSOL DE LA XARXA D’ECONOMIA SOLIDÀRIA (XES) Núm. Referència Mercat Ecosol: (No ho ompliu) La persona sotasignada, propietària, gerent o representant legal de l’entitat mencionada, declara estar d’acord amb aquest document, amb els principis generals del reglament intern de XES, les instruccions i la seva normativa, així com es compromet a respectar totes les obligacions respecte a la XES, a la qual autoritza a registrar-la i donar-la d’alta a la seva base de dades. Sou membres de la XES: SÍ _ NO_ Feu el balanç social de la XES: SÍ _ NO_ Sou usuaris de finances ètiques, de quina entitat? Participeu de federacions o xarxes de territorials d’economia social i solidària? Quines? Nom comercial de l’entitat: Adreça social: Codi postal: Població: País: Tel. Fax: Mòbil: Web: Adreça electrònica: Representant legal 1: SSR Descripció sector/activitat(descripció de les activitats desenvolupades): Descripció comercial (text que apareixerà al web i a les publicacions de la XES) ……………………………………..,…………………….de/d’……………………………de 20……….. Nom i signatura del/la representant de l’entitat QUÉ ÉS L’ECOSOL? Denominem Ecosol a una moneda social el desenvolupament del qual està d’acord amb la Llei 34/2002, de 11 de juliol, de serveis de la societat de l’informació i de comerç electrònic. Cal destacar que “La moneda social Ecosol” no és un mitjà de pagament de “curs legal”, sinó de “curs interior” només vàlid entre els membres del Mercat Ecosol de la Xarxa de l’Economia Solidària (XES) que voluntàriament l’accepten com a mitjà de pagament. Per una banda, cap llei obliga a acceptar tots els pagaments amb Euros, i per altre, no existeix tampoc cap llei que prohibeix a una comunitat acceptar voluntàriament un mitjà d’intercanvi diferent l’Euro. El fet que l’Ecosol sigui de curs interior, no de curs legal, vol dir que: 1) no serveix per al pagament d’impostos, i 2) no es pot obligar a ningú a saldar un deute preexistent mitjançant el cobrament en Ecosols. Apart d’això, els membres del Mercat Ecosol són lliures d’utilitzar-lo com a mitjà de pagament en les seves transaccions comercials. Els Ecosols es basen amb l’acord entre persones i/o entitats privades que estableixen i accepten les seves pròpies normes de funcionament. A la pràctica, el compte en el Mercat Ecosol és similar a un compte corrent més de la vostra empresa. A continuació expliquem quines són les implicacions a nivell fiscal i comptable. L’ECOSOL I L’IVA Les transaccions en Ecosols no tenen un caràcter especial des de la vesant fiscal, per tant, sempre que calgui s’ha de repercutir l’IVA. Totes les referències sobre la base imposable, IVA repercutit i total de factura es denominen en Euros. En tot cas, per tal de mantenir un seguiment adequat, es recomana que a peu de factura s’anoti la quantitat o percentatge liquidat en Ecosols. A les factures s’ha de considerar, en l’apartat mètode de pagament, que a més del número de compte corrent bancari, s’ha dindicar el “Compte Comercial Mercat Ecosol <Nom de l’usuari que rep el pagament>”. Aquest nom ens haurà sigut facilitat per l’usuari del Mercat Ecosol que ha de cobrar. A continuació, i com exemple, detallem com es realitza la factura quan una transacció s’efectua amb Ecosols: Una empresa compra un article per un import de 1.000 Ecosols, més l’IVA corresponent. S’arriba a l’acord amb el venedor de liquidar un 50% de l’import amb Ecosols i un 50% amb euros. Tenint en compte la paritat de 1Ecolsol = 1Euro, la factura es desglossarà de la següent manera: Base imposable: 1.000 euros IVA (21%): 210 euros Total factura: 1.210 euros Qui ha emès la factura haurà d’especificar l’import total de la transacció (IVA inclòs) en euros. Per altra banda, dins del apartat “pagament”, haurà d’indicar quina quantitat d’aquesta s’ha de abonar en Ecosols i quina quantitat s’haurà d’abonar en euros. És a dir, a mode indicatiu, a peu de factura s’especificarà: “L’import a liquidar en Ecosols (sistema de pagament del Mercat Ecosol) és del 50% de total de la factura, és a dir, 605 Ecosols”. L’operativa comptable d’aquesta operació és senzilla. Haurem de distingir les diferències en la comptabilització del pagament ja que respecte a la resta d’operatives comptables, cada empresa haurà de seguir els criteris corresponents al règim d’IVA que l’hi correspon. Com és habitual en el règim general, hauràs de declarar l’IVA (210 euros) de la factura com a IVA suportat. I hauràs de tenir en consideració la base imposable (1.000 euros) de la factura com a despesa. Per altra banda, en cas que el venedor sigui fiscalment un autònom, a l’exemple anterior caldrà tenir també en consideració la retenció de l’IRPF. L’ECOSOL AL BALANÇ COMPTABLE Igual que amb els Euros, les operacions en Ecosols han de quedar reflectides en els balanços comptables de l’empresa. Cal tenir en compte que en el balanç les anotacions sempre es denominaran en Euros, mai en Ecosols. Com a contrapartida de la venda o compra, en primer lloc s’utilitzen les comptes de proveïdors o clients segons correspongui. Després al moment del pagament, per la part en “Ecosols”, es poden utilitzar comptes del subgrup 55 “Altres comptes no bancàries”. Concretament en el subgrup: “552 Compte corrent amb altres persones i entitats vinculades”. En concret, es pot anomenar, per exemple “5521 Compte corrent Mercat Ecosol”. A continuació exposem alguns exemples de les situacions que ens podem trobar: QUAN REBO UN CRÈDIT EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER? Al moment de rebre un crèdit, l’he de comptabilitzar tal i com s’indica a continuació: (5521) Ecosol Compte Corrent Mercat a (5135) Deutes a curt termini amb parts vinculades QUAN RETORNO UN CRÈDIT EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER? Al moment en què es retorna el crèdit, ho he de comptabilitzar tal i com s’indica a continuació: -Si es retorna tot en Ecosols (5135) Deutes a curt termini amb parts a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol vinculades -Si es retorna part en Ecosols i altre part en Euros (5135) Deutes a curt termini amb parts a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol vinculades (572) Bancs i institucions de crèdit c/c -Si es retorna tot en Euros (5135) Deutes a curt termini amb parts a (572) Bancs i institucions de crèdit c/c vinculades QUAN COBRO UNA VENDA EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER? En primer lloc es comptabilitza la venda per la qual no hi ha diferència amb la resta d’operacions que es cobrin exclusivament en euros. (430) Clients a (700) Vendes (477) H.P. IVA Repercutit En segon lloc s’ha de comptabilitzar el pagament, i és així que establim les diferències segons el que s’indica a continuació: -Si es cobra tot en Ecosols (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol a (430) Clients -Si es cobra una part en Ecosols i altra en Euros (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol (572) Bancs i institucions de crèdit c/c a (430) Clients QUAN PAGO UNA COMPRA EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER? Respecte a les compres ens trobem amb la situació semblant a les vendes. En primer lloc es comptabilitza la compra per la qual no hi ha diferència amb la resta d’operacions que es cobrin exclusivament en euros. (600) Compres a (400) Proveïdors (472) H.P. IVA Suportat En segon lloc s’ha de comptabilitzar el cobrament i com en el cas anterior, es ací que establim les diferències segons el que s’indica a continuació: -Si es paga tot en Ecosols (400) Proveïdors a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol -Si es paga una part en Ecosols i altre en Euros (400) Proveïdors a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol (572) Bancs i institucions de crèdit c/c Per últim, el bescanvi d’Ecosols per Euros es realitza per transferència bancària. L’anotació comptable del bescanvi és la següent: QUAN BESCANVIO EUROS PER ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER? (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol a (572) Bancs i institucions de crèdit c/c QUAN BESCANVIO EUROS PER ECOSOLS I HI HA UNA BONIFICACIÓ? (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol a (572) Bancs i institucions de crèdit c/c (769) Altres ingressos financers per canvi en Mercat Ecosol* *Bonificació o Bonus QUAN BESCANVIO ECOSOLS PER EUROS, QUÈ HAIG DE FER? (572) Bancs i institucions de crèdit c/c a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol QUAN BESCANVIO ECOSOLS PER EUROS I HI HA UNA COMISSIÓ? (Exemple, comissió per bescanvi del 3%) (572) Bancs i institucions de crèdit c/c a (656) Despesa Mercat Ecosol* (472) H.P. IVA Soportat* (669) Altres despeses financeres per canvi en mercat Ecosol** * Comissió per “bescanvi” d’Ecosols ** Malus (Bonus invers) (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol XES – DESCRIPCIÓ DE PROJECTE Resum del projecte El canvi de la realitat econòmica pot començar a través de xarxes d’intercanvi multi-recíproc basades en la cooperació comercial i en la compra local. El Mercat Ecosol, basat en la metodologia Circuit de Comerç Social i en el programari Cyclos, és un sistema de pagaments, que facilita l’accés al microcrèdit i activa el comerç dins d’una xarxa semi-tancada, per tal de optimitzar l’ús de la capacitat productiva disponible. Això s’aconsegueix proveint crèdit mutu a baix cost, condicionat a gastar-se dins el Circuit de Comerç Social, i incrementant la propensió a comprar localment a través d’una Taxa a la No-Circulació del diner. La XES implementa un pilot a partir del 2 de junt del 2014. I un altre projecte a més gran escala es llançarà a partir de gener del 2015. Objectiu L’objectiu del Mercat Ecosol de la XES és estimular el comerç mutu dins el sector de l’economia social i solidària. Això es fa proveint crèdits mutus als socis de la XES, que només es poden gastar en altres socis adherits al sistema de pagaments Circuit de Comerç Social. Avantatges per la XES • • • • • Més del comerç mutu en l'economia solidària Microcrèdits de baix cost per als membres XES Augmentar el volum de negocis per als membres XES (a llarg termini) Bona imatge com a pioners del sistema de crèdit Promoció del sector d'economia social i solidària Ingressos per la XES La XES disposarà dels fons del FGM disponibles el 31 de desembre de 2014, una vegada descomptats les pèrdues pels impagaments a assumir. Posada en marxa: Fase 0: Definició del projecte, acord entre les parts involucrades, instal·lació, configuració i prova del programari, documentació dels protocols de funcionament, escriptura de contractes, llançament d’una campanya de promoció i comunicació, preparació dels continguts de la web. Els membres signen el contracte i, si volen accedir al crèdit mutu, també el contracte de crèdit. Fase 1: El 2 de juny de 2014, alguns membres de la XES poden obtenir el crèdit mutu de 1.000 Ecosols de mitjana (mínim 500 i màxim 1.500 Ecosols) en funció de les seves necessitats de finançament. Tots els crèdits es concedeixen en la mateixa data i amb la mateixa data de venciment: l’1 d'octubre de 2014. En aquesta data, els deutors han de retornar el crèdit mutu, ja sigui en ecosols o en euros (veure detalls a la Fase 3). En el moment de rebre el crèdit, els sol·licitants fan una contribució en euros de 10% del crèdit mutu rebut, que la XES diposita en un Fons de Garantia Mutualista (FGM). Aquests fons es reserven per a cobrir els impagaments i, en cas d’haver excedents, queden a disposició de la XES. Per exemple, la XES pot decidir que, en cas que no hi hagi impagaments, els imports del FGM en euros seran del 95% reemborsable, mentre la XES manté 5% per cobrir els costos d'administració. Fase 2: L'1 d'octubre de 2014, hi ha un procés de compensació i liquidació dels crèdits (vegeu la secció següent). Just després d'aquesta regularització, es concedeix una nova ronda de crèdits a retornar el 31 de desembre de 2014. XES introdueix una Taxa a la No-Circulació de l'1% sobre tots els saldos positius en Ecosols. Aquesta taxa es cobrarà d'acord al saldo mitjà mensual i el nombre de segons que Ecosols estan immòbils en el compte d'un membre. Fase 3: El 31 de desembre de 2014, hi torna a haver un procés de compensació i liquidació de crèdits (vegeu la secció següent). Digipay4Growth es marca l’objectiu d’incorporar a la xarxa Mercat Ecosol de la XES, a partir de l'1 de gener de 2015, el mateix nivell de garanties que hi haurà a la resta de xarxes del projecte. La XES podrà intercanviar amb altres xarxes si així ho desitja. També serà possible permetre l'intercanvi però cobrar una petita taxa de transacció perquè sigui més atractiu gastar dins el Mercat Ecosol que fora. Durant el pilot de 2014, si els impagaments al Mercat Ecosol superen la capacitat del FGM, en el moment de la regularització, els socis poden rebre menys d’un Euro per Ecosol, ja que els impagaments a cobrir es compartiran solidàriament entre els participants amb saldos positius a bescanviar. A partir del 2015, el nivell de garanties que es vol assumir ha de ser suficient per a poder absorbir la morositat sense necessitat que els participants corrin el risc que en el moment de la regularització el valor nominal de l’Ecosol sigui inferior al de l’Euro. Procés de compensació i liquidació dels crèdits Els crèdits mutu atorgats en el Mercat Ecosol han de ser retornats o bé en Ecosols o bé en Euros. Si un soci ha gastat el crèdit, però no ha venut suficient en Ecosols per a retornar el crèdit, llavors haurà de comprar Ecosols d’altres membres o de la pròpia XES. En aquest procés de compensació de saldos, els participants amb excés d’Ecosols els hauran de vendre a altres usuaris amb dèficit d’Ecosols, de forma que rebin un Euro per Ecosol. Per tant, el valor nominal de l’Ecosol serà equivalent al de l’Euro, a no ser que les taxes d’impagaments siguin majors que les reserves del FGM. En caquest cas, el valor de canvi de l’Ecosol es reduirà proporcionalment entre tots els socis amb saldos positius. És a dir, que si hi ha masses impagaments, l’Ecosol perdrà part del seu valor nominal, de forma que els participants amb saldos positius comparteixen solidàriament les pèrdues. El software Cyclos calcularà el valor de canvi de l’Ecosol en el moment de la regularització. Si les taxes d’impagament són menors a la capacitat del FGM (10% dels crèdit atorgats), hi haurà paritat de canvi entre l’Ecosol i l’Euro. Si les taxes d’impagament superen la capacitat del FGM, el valor de canvi serà menor. Aquest tema quedarà clarament reflectit en els contractes d’adhesió dels participants. Respaldo de l’Ecosol en cas d’impagaments Si tots els membres retornen seus crèdits mutus atorgats, ja sigui en Ecosols o en Euros, cada Ecosol estarà 100% recolzat per diners en efectiu. En cas que alguns deutors no retornin els seus crèdits, l’Ecosol estarà recolzat de les següents maneres: 1. Els ingressos per Taxes a la No-Circulació 2. Els Euros en reserva equivalents al 10% dels crèdits vius 3. En el cas de les dues fonts d'ingressos anteriors no siguin suficients per cobrir els impagaments, els participants amb saldos positius perdran part del valor monetari dels Ecosols (el valor de bescanvi serà menor al nominal), com sol passar en els sistemes de crèdit mutu. Període Els crèdits es donen en dos períodes (de 2 de juny a l'1 d'octubre, i d’1 d’octubre fins a 31 desembre), cadascun seguit d'un procés de compensació i liquidació. Seguiment posterior al pilot Digipay4Growth treballarà en paral·lel per establir un sistema de garanties reforçades a partir del 2015. Les negociacions entre XES i Digipay4Growth intentaran integrar el sistema de garanties reforçades a la xarxa Mercat Ecosol de la XES, per tal d’assegurar la paritat entre el valor nominal de l’Ecosol i el de l’Euro. 2. Rols dels participants Digipay4Growth • Coordinació del projecte pilot • Instal·lar, configurar, provar a Cyclos el Mercat Ecosol de la XES • Proporcionar documentació sobre la configuració de projecte • Proporcionar assessorament sobre l'execució del projecte • Suport de primer nivell per a la XES • Seguiment i avaluació XES • Administració diària del sistema de pagaments Mercat Ecosol • Proporcionar continguts per al lloc web del projecte • La promoció i la intermediació del sistema entre els seus socis • Reunir i conservar les contribucions en Euros dels membres que accedeixen al crèdit mutu • Entitat jurídica que executarà i es responsabilitza en última instància del projecte