D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia D1.2.2

Transcripción

D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia D1.2.2
D1.1.2 Financial procedures compendium – Catalonia
D1.2.2 Operational procedures compendium - Catalonia
Project Acronym: Digipay4Growth
Grant Agreement number: 621052
Project Title: " Digipay4Growth: Governments, SMEs and consumers make expenditures
through a digital payment system that stimulates economic growth and job creation by
increasing sales and access to credits for SMEs. "
Revision: draft
Authors:
Andreu Honzawa (COOPCAT) 90%
Lluís Muns (LbD) 10%
Explanation of deliverable:
This report groups the following documents:
Santa Coloma pilot:


a proposal on organizational structure of the system’s management body, including
department and role descriptions.
An Internal Rules proposal consisting of a membership contract or Terms of Agreement.
XES pilot





Credit request form XES pilot (D1.1)
Credit contract XES pilot (D1.1)
Registration form XES pilot (D1.2.)
Accountancy treatment XES pilot (D1.2)
Project Description XES pilot (background information)
Missing in this deliverable are similar documents for the Granollers, Bergueda and large cooperatives
pilot. New delivery date for these documents is month 18.
Project co-funded by the European Commission within the ICT Policy Support Programme
Dissemination Level
P Public
C Confidential, only for members of the consortium and the Commission Services
REVISION HISTORY AND STATEMENT OF ORIGINALITY
Revision History
Revision #
Date
Author
Organisation
Description of
revision
Statement of originality:
This deliverable contains original unpublished work except where clearly indicated otherwise.
Acknowledgement of previously published material and of the work of others has been made
through appropriate citation, quotation or both.
Estructura Organizativa del
Circuito de Comercio Social de
Santa Coloma de Gramenet
VERSION 0,4
FECHA VIGENCIA
Nombre y Apellido
Cargo
Fecha
15
12
2014
Elaborado por
Andreu Honzawa
Técnico COOPCAT
15/12/2014
Revisado por
Lluís Muns
Técnico LbD
02/01/2015
Aprobado por
1. RESUMEN EJECUTIVO
El presente documento describe la estructura organizativa del Circuito de Comercio
Social (CCS) de Santa Coloma de Gramenet. En éste de detallan las funciones
principales del área, organigrama, descripción de roles y cargos.
La información relativa a la necesidad de crear el área de Administración de
Transacciones para el CCS Santa Coloma de Gramenet, y interacción que la misma
tendrá con los demás actores de la Red, se detalla en el documento “Operativa CCS
Santa Coloma” y sus respectivos anexos.
2. ADMINISTRACIÓN DE TRANSACCIONES
Además de la metodología y el software de operación, la Fundación Social Trade
Organisation (STRO) y la Confederación de Cooperativas de Catalunya (COOPCAT)
aportarán su asesoramiento y apoyo a la entidad gestora del Circuito de Comercio
Social (CCS). El CCS cumplirá por tanto una función de “Proveedor Tecnológico”, lo
que implica la operación del sistema por cuenta y orden del Ayuntamiento (Impulsor),
sin que ello implique estar en disposición de los fondos.
Para cumplir con esta tarea, la entidad gestora del CCS contrata los recursos
humanos y técnicos necesarios.
3. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
La función de Proveedor Tecnológico implica:
1)
Registrar a todos los usuarios que quieran integrarse al sistema CCS y que
cumplan con los requisitos exigidos por el Ayuntamiento (Impulsor del Proyecto).
2)
Administrar todas las transacciones generadas por los usuarios registrados y en
condiciones de transaccionar.
3)
Ejecutar las acciones que determine el Ayuntamiento (Impulsor) para el
otorgamiento de Unidades de intercambio (UDIs) (unidad de cuenta en la que se
registran
los
saldos
y
transacciones),
realizando
los
movimientos
que
correspondan, en las cuentas del sistema.
4)
Administrar el Software Cyclos 4 PRO, garantizando el correcto funcionamiento
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operativo del CCS.
5)
Brindar el “Punto de Información” (Help desk), el cual contará con las siguientes
características:
 Servicio de atención telefónica permanente, instalado en sus oficinas y
disponible las 24 horas, los 365 días del año.
 Dicho servicio será atendido por experimentados especialistas, y dispondrá
de un número razonablemente suficiente de líneas telefónicas entrantes
acorde a la dimensión de la red.
 Por virtud de dicha atención telefónica permanente, CCS recibirá las llamadas
de los Usuarios o aquellas personas interesadas en el CCS. Procurará brindar
el asesoramiento y orientación telefónicos necesarios para resolver, por la
misma vía telefónica o las vías que éste considere adecuadas, las dudas,
problemas, dificultades o inconvenientes planteados.
 El servicio de Atención al Telefónica entregará soporte a través de los
siguientes medios:
Medios
Identificación
933 32 36 82
Telefónico
Servicio de guardia
Disponibilidad
De Lunes a Viernes de
9:30 a 17:30 horas.
Fuera del horario de
oficina.
Permanente (7x24)
De Lunes a Viernes de
9:30 a 17:30 horas.
Correo electrónico
[email protected]
On Site
C/ Premià 15, 08014 Barcelona
Portal Web
Se publicará información de
ayuda, guías de usuario y manual
de preguntas frecuentes.
Permanente (7x24)
Esta
publicaciones
estarán
disponibles
en
el
sitio:
www.comerciosocial.org
 Las llamadas que se realicen de lunes a viernes de 0:00 a 9:30 y de 17:30 a
24:00, y las que se realicen los días sábados, domingos y feriados, serán
derivadas a un Técnico de servicio, que estará disponible.
6)
Instruir a aquellos usuarios que así lo deseen, en cursos específicamente
diseñados para el correcto manejo del sistema. Esta función incluye además, la
confección de manuales de uso.
7)
Colaborar con el Ejecutor en todo lo que esté a su alcance, para lograr el mayor
conocimiento de esta a nivel metodológico.
8)
Sugerir y promover modificaciones y adaptaciones al Software Cyclos y/o al
Método CCS que mejoren el habitual funcionamiento de la Red.
3
9)
Apoyar la gestión comercial de las asociaciones de comercio local colaboradoras,
aportando y desarrollando ideas que impulsen el incremento de Usuarios y
colaborando en el desarrollo de actividades de promoción o sub-proyectos que
impulsen el desarrollo y crecimiento del sistema.
10) Aportar información al Ayuntamiento (Impulsor) y a toda institución que éste
indique, con la finalidad de promover la tansaccionabilidad de los UDIS.
11) Aceptar trabajar en forma coordinada con los demás actores del Proyecto, de
forma tal de garantizar el normal desarrollo de las actividades en la Red.
4. ORGANIGRAMA GENERAL
En este punto se establece de forma gráfica el orden de los distintos niveles o áreas
que componen la Administración de Transacciones del Circuito de Comercio Social
(CCS) de Santa Coloma de Gramenet, asignando a cada una ellas las distintas
jerarquías en cuanto a su responsabilidad y autoridad.
GERENCIA DE ÁREA
(Coordinador)
ASESOR JURIDICO NOTARIAL
ÁREA TÉCNICA
(Adm. de Software de Gestión)
ATENCIÓN A USUARIOS
(Help Desk)
DESARROLLO
(Programador Senior)
5. DESCRIPCIÓN DE CARGOS Y FUNCIONES
Este capítulo describe cuales son los cargos que conforman el área de Administración
de Transacciones del Circuito de Comercio Social y sus diferentes funciones
principales.
5.1. Cargo: Coordinador de la Administración de Transacciones (CCS)
Dependencia: Dirección general del CCS.
Objetivo general: Responsable de la coordinación del área específica procurando
la eficiente administración y control de las transacciones que se produzcan en el
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CCS de Santa Coloma de Gramenet.
Realizará la supervisión y coordinación de su equipo de trabajo en las tareas
diarias.
Supervisión: Tiene a su cargo la supervisión de toda el área, y supervisa
directamente al Área Técnica, la cual se compone de un área de Atención a
Usuarios y un área de Desarrollo CCS.
Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales
funciones del cargo.
- Coordinar las actividades acordadas por la entidad gestora del CCS en su rol
de “Proveedor Tecnológico” para el correcto funcionamiento del CCS de Santa
Coloma de Gramenet.
- Administrar las transacciones generadas en el CCS de Santa Coloma de
Gramenet.
- Ejecutar las acciones autorizadas por el Ayuntamiento, realizando los
movimientos correspondientes en las cuentas del sistema.
- Colaborar con su conocimiento a nivel metodológico del CCS con, colaborando
en la presentación del proyecto, aportando y desarrollando ideas que impulsen
el incremento de Usuarios y colaborando en el desarrollo de actividades de
promoción o sub-proyectos que impulsen el desarrollo y crecimiento del
sistema.
- Actuar como “vínculo” con terceras partes para el proyecto CCS de Santa
Coloma
de
Gramenet,
lo
cual
implica,
entre
otras,
las
siguientes
responsabilidades:
- Nexo para recibir y ofrecer información.
- Asesoramiento y control de la marcha del proyecto.
- Participación en reuniones con autoridades públicas y privadas, con
Instituciones de Apoyo, entidades financieras, y empresas ó asociaciones
empresariales.
- Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del
Ayuntamiento.
-
Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del
CCS de Santa Coloma de Gramenet un instrumento que contribuya a mejorar
la competitividad de las pequeñas y medianas empresas del municipio.
5.2. Cargo: Administrador de Software de Gestión (Ubiquat Technologies)
Dependencia: Gerencia del área de la Administración de Transacciones
Objetivo general: Administrar y gestionar el software de la CCS de Santa Coloma
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de Gramenet, encargándose del ingreso de datos al sistema, y de la confección y
emisión de informes.
Supervisión: Tiene a su cargo al área de Atención a Usuarios, del cual depende el
cargo del Punto de Información (Help Desk) y al área de Desarrollo CCS, del cual
depende el cargo de Programador Senior.
Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales
funciones del cargo.
- Gestionar, administrar y parametrizar el software del CCS de Santa Coloma de
Gramenet.
- Actualizar el regostro de usuarios de CCS de Santa Coloma de Gramenet.
- Archivar toda documentación generada a partir de su trabajo (manejo de
consultas, resumen de preguntas más frecuentes, registro de no conformidades
de los beneficiarios, procesamiento de las mismas, etc.).
- Actualizar el sitio de internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet cada vez
que esto sea necesario.
- Actualizar los manuales de Usuario del sistema, (Online y texto).
- Controlar los anuncios que los beneficiarios propongan realizar en la página de
internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet.
- Generar los documentos que sean necesarios para llevar a cabo la tarea objeto
del contrato.
- Transmitir los conocimientos de uso del software del CCS de Santa Coloma de
Gramenet a los futuros usuarios del sistema.
- Elaborar las formas de medición y cuadros de control de su actividad que
correspondan.
- Efectuar el soporte técnico a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de
Gramenet, solucionando los problemas operativos que se pudieran presentar.
- Registrar a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de Gramenet.
- Atender las consultas personales, telefónicas y electrónicas que pudieran
realizar los técnicos del Punto de Información - Help Desk.
- Trabajar en conjunto con la Unidad Técnica de Apoyo del CCS, para establecer
un proceso de mejora continua en el funcionamiento del CCS.
- Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del
Ayuntamiento.
- Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del
CCS de Santa Coloma de Gramenet instrumentos que contribuyan a mejorar la
competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas del municipio.
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5.3. Cargo: Punto de Información - Help Desk (CCS)
Dependencia: Área Técnica de la Administración de Transacciones.
Objetivo general: Dar asistencia técnica telefónica a los Usuarios del CCS de
Santa Coloma de Gramenet.
Supervisión: No aplica.
Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales
funciones del cargo.
- Efectuar el soporte técnico a los beneficiarios del CCS de Santa Coloma de
Gramenet, solucionando los problemas operativos que se pudieran presentar.
- Atender las consultas personales, telefónicas y electrónicas que pudieran
realizar los beneficiarios.
- Colaboración en el registro y actualización del padrón de beneficiarios del CCS
de Santa Coloma de Gramenet cada vez que sea necesario.
- Archivar toda documentación generada a partir de su trabajo (manejo de
consultas, resumen de preguntas más frecuentes, registro de no conformidades
de los beneficiarios, procesamiento de las mismas, etc.)
- Controlar los anuncios que los beneficiarios propongan realizar en la página de
internet del CCS de Santa Coloma de Gramenet.
- Generar los documentos que sean necesarios para llevar a cabo la tarea objeto
del contrato.
- Elaborar las formas de medición y cuadros de control de su actividad que
correspondan.
- Trabajar en conjunto con la Unidad Técnica de Apoyo de COOPCAT, para
establecer un proceso de mejora continua en el funcionamiento del CCS de
Santa Coloma de Gramenet.
- Realizar tareas las administrativas correspondientes a la Unidad CCS.
- Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del
Ayuntamiento.
- Toda otra tarea que razonablemente contribuya al fin propuesto de hacer del
CCS de Santa Coloma de Gramenet instrumentos que contribuyan a mejorar la
competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas.
5.4. Cargo: Programador Senior (Ubiquat Technologies)
Dependencia: Área Técnica de la Administración de Transacciones (CCS).
Objetivo general: Adaptación del sistema Cyclos a los requerimientos y demanda
del mercado local (Ej: Desarrollo de interfaces con Empresas Públicas).
Supervisión: No aplica.
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Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales
funciones del cargo.
- Diseñar e implementar las nuevas funcionalidades solicitadas en el marco del
CCS de Santa Coloma de Gramenet coordinando actividades junto con el
equipo de desarrollo del CCS.
- Diseñar e implementar las solicitudes de interconexión entre Cyclos y software
de terceros.
- Diseñar e implementar los cambios requeridos en el Portal del CCS de Santa
Coloma de Gramenet.
- Aplicar los procedimientos y metodologías establecidas para el desarrollo de
software para el CCS de Santa Coloma de Gramenet contemplando los
siguientes elementos:
- Análisis de requerimientos
- Desarrollo
- Testeo
- Seguimiento de incidencias
- Estándares de programación
- Cumplimiento de la planificación operacional, en cuanto a calidad, alcance y
tiempos.
- Desarrollo y testeo de los componentes involucrados.
- Contribuir al aporte de conocimientos entre los miembros del equipo TIC.
- Comprender y aplicar las tecnologías requeridas por el sistema de forma
eficiente.
- Contribuir a la documentación del software tanto técnica como aquella dirigida
al usuario.
5.5. Cargo: Asesor Jurídico Notarial (UPF)
Dependencia: Dirección general de CCS
Objetivo general: Responsable del Control Jurídico - Notarial de toda la
documentación referida al CCS de Santa Coloma de Gramenet, además de brindar
asesoramiento al Coordinador de la Administración de Transacciones en todo lo
referido a dicha red.
Supervisión: No aplica.
Principales funciones y responsabilidades: A seguir se detallan las principales
funciones del cargo.
- Interactuar con sus pares en aquellos organismos técnicos de control y
regulación que puedan corresponder para levantar las posibles discrepancias
8
que surjan.
- Efectuar el control y ajuste de las modificaciones necesarias al Reglamento
Operativo del CCS de Santa Coloma de Gramenet y a los convenios con los
diferentes actores del proyecto.
- Control Jurídico - Notarial de la documentación presentada por los aspirantes a
Usuario del CCS o del Ayuntamiento.
- Evacuar todas las consultas de los aspectos notariales y legales del CCS de
Santa Coloma de Gramenet por parte de los Usuarios o interesados.
- Asesorar al Coordinador de la Administración de Transacciones en todo lo
referente al CCS de Santa Coloma de Gramenet.
- Colaborar asesorando al Ayuntamiento en aquellos aspectos referidos al CCS
de Santa Coloma de Gramenet.
- Asesorar con relación a las modificaciones que surjan, tanto de los Manuales
de Usuario, Página web, anuncios publicados, etc.
- Cumplir con todas las normas internas que se le comuniquen por parte del
Ayuntamiento.
- Toda otra acción necesaria para asegurar el correcto funcionamiento del CCS
de Santa Coloma de Gramenet, en lo que refiere a los aspectos notariales y
legales con los diferentes actores intervinientes.
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Reglamento Interno
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El presente documento constituye el Reglamento Interno que rige el
funcionamiento del Circuito de Comercio Social, creado con el objeto general
de dinamizar el desarrollo económico en toda la localidad a través de la
implementación de una red de transacciones de tipo STC (Social Trade Circuit)
de la que pueden participar personas físicas y jurídicas.
Capítulo I. DE LAS DEFINICIONES
Art. 1. Para los fines y efectos de operación y funcionamiento del Circuito de
Comercio Social (CCS) Santa Coloma de Gramenet, son adaptadas las
siguientes definiciones.
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
vii.
viii.
ix.
x.
xi.
Alta. Registro de Participantes en el CCS Santa Coloma.
Baja. Retiro voluntario o punitivo de la calidad de Participante.
CCS (Circuito de Comercio Social). Herramienta que contribuye al
desarrollo económico de las comunidades en las se aplica.
CCS Santa Coloma. Es un proyecto impulsado por el Ayuntamiento de
Santa Coloma de Gramenet, cofinanciado por la Comisión Europea en el
marco del proyecto Digipay4Growth 2014-2016, cuya titularidad y
administración corresponde a la Fundación STRO. Está constituida por
un conjunto de Participantes, que realizan transacciones y son
poseedores de saldos en UDIs los cuales están respaldados por
efectivo.
Conversión. Acción sujeta a aprobación del Administrador por la cual un
Participante cambia UDIs por dinero en efectivo.
Crédito en cuenta CCS. Aumento de saldo de UDIs en la cuenta del
Participante obtenidos mediante una transacción.
Unidades de Intercambio (UDIs). Medio de pago en el que se realizan
las transacciones dentro del CCS.
Cuenta. Registro individual de cada Participante donde se asientan
todas sus operaciones en el CCS.
Cyclos (o Sistema). Software desarrollado por STRO que registra en
tiempo real todas las transacciones realizadas por los Usuarios y los
saldos de los mismos. Opera a través de tres canales: Web y telefonía
celular.
Débito en cuenta CCS. Disminución de saldo de UDIs de la cuenta de
un Participante.
Transacción. Toda transferencia de UDIs entre Participantes.
Capítulo II. DE LA BASE TECNOLÓGICA
Art. 2. La base tecnológica del CCS Santa Coloma, es la comunicación vía
internet, sin perjuicio de cualesquiera otra tecnología que pudiera sobrevenir y
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aportar igual o mejores prestaciones que internet a través del portal creado a
estos efectos. Las transacciones son registradas en Cyclos. Los Participantes
tendrán acceso al sistema, informando nombre de Usuario y contraseña
propios, los que serán proporcionados en primera instancia por el
Administrador. Las transacciones se procesan en tiempo real, registrando
inmediatamente el débito y crédito, en las cuentas determinadas por el
Participante que efectúa dicha transacción.
Art. 3. Una vez cumplidas las formalidades para la apertura de una cuenta,
toda la información de acceso a la misma es de total y entera responsabilidad
del Participante, ya sea realizada en forma personal o por medio de su
Operador. Los números de identificación y todas las contraseñas necesarias
para ingresar al sistema, son proporcionados vía mail por parte del
Administrador. Las claves son personales e intransferibles. Los Participantes
que ingresen al sistema deben modificar la clave de acceso en su primera
conexión. Realizado el cambio de clave, todo Participante está apto para
operar en el CCS.
Art. 4. En caso de requerir una nueva contraseña, el Administrador habilitará al
Participante titular a generar su propia clave desde dentro del sistema Cyclos.
El Participante acepta que en caso de olvido de las claves personales, no se le
suministre duplicado de las mismas, sino que se le otorgue una nueva
“Contraseña de acceso inicial” comunicada al e-mail.
Art. 5. La Administración deslinda toda responsabilidad emergente del mal uso
de los medios de identificación entregados, debiendo el Participante dar
inmediato aviso a la misma con el fin de adoptar las medidas precautorias
cuando corresponda. El Participante será responsable de las operaciones que
eventualmente se realicen hasta tanto no sea realizada la comunicación
pertinente al Administrador en los horarios establecidos para estos fines.
Art. 6. El Participante acepta las disposiciones establecidas por el
Administrador, que con la finalidad de protegerlo de usos indebidos, determine
bloquear total o parcialmente su acceso a los servicios.
Art. 7. El CCS bajo ningún concepto solicitará la actualización de datos
personales o financieros vía e-mail. Es responsabilidad del Participante,
realizar todas las actualizaciones de software necesarias para el correcto
funcionamiento operativo.
Art. 8. La Administración no se hace responsable por la pérdida o robo de
claves de Usuario, ni de la pérdida de su teléfono celular (celular registrado),
siendo responsabilidad de los Participantes dar aviso inmediato a la
Administración. Cualquier transacción realizada con los procedimientos y
claves autorizados, serán considerados válidos hasta tanto no se de aviso a la
Administración por la pérdida o robo de alguno de los medios transacción
mencionados de anteriormente.
Art. 9. El Administrador permitirá el acceso a sus servicios ofrecidos en el
sistema CCS Santa Coloma, sin asumir responsabilidad alguna en el caso que
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el Participante no pueda realizar las operaciones por razones de fuerza mayor,
por no disponer de UDIs en su cuenta Cyclos, por supresión del servicio, por
falta de energía eléctrica, por falla del equipo o por cualquier otra causa no
imputable al Administrador.
Art. 10. El Participante reconoce sin reservas, como buenas y como prueba de
las operaciones que realice, los comprobantes que expida el sistema de CCS
Santa Coloma, que contengan datos de sus cuentas, actuales y futuras
transacciones y/o modificaciones efectuadas.
Art. 11. EL CCS dispone de un portal de Internet al cual se ingresa a través de
la dirección electrónica: www.creditomutuo.org (provisional). Esta herramienta
es la principal forma de comunicación entre los Participantes.
Art. 12. El portal de Internet cuenta con un espacio destinado a la publicación
de ofertas y demandas de los Participantes. Las informaciones inherentes a los
bienes, servicios u otros, ofrecidos por los Participantes son de su única e
integral responsabilidad. Las ofertas realizadas, del tipo que sean, deben estar
de acuerdo “in totum” con la legislación vigente.
Art. 13. Todo Participante tiene derecho a mantener cuentas en Cyclos, las que
serán personales e intransferibles. Los UDIs existentes en una cuenta,
únicamente pueden ser transferidos a otra cuenta de UDIs de otro Participante.
Capítulo III. DE LAS CONDICIONES PARA PARTICIPAR
Art. 14. Las personas físicas o jurídicas que desearen participar en el CCS
deben leer y aceptar las condiciones del presente Reglamento Interno. La firma
de este contrato por parte del interesado significa que está de acuerdo
expresamente con todas las cláusulas y condiciones del presente Reglamento
Interno.
Art. 15. El Usuario mediante la firma del Contrato de Adhesión, solicita la
apertura de cuentas en el CCS Santa Coloma.
Art. 16. El Usuario puede pre-registrarse en el CCS Santa Coloma de dos
maneras; concurriendo a la oficina central de la agrupación del comercios
locales ACI o en las oficinas del Ayuntamiento.
Art. 17. Para registrarse, además de firmar el contrato de adhesión, una
empresa deberá presentar la siguiente documentación:
 Empresas: Copia de Escritura de constitución y Poderes notariales del
representante.
 Trabajadores autónomos: Copia del DNI y del Alta en la Seguridad
Social, y copia del modelo 036 de Hacienda.
Art. 18. Queda restringido el registro y la solicitud de cambios de
titularidad,manejo de la/s cuenta/s, cambio de domicilio y toda otra modificación
de los datos proporcionados en el contrato de Adhesión al CCS, únicamente a
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los responsables de la empresa, establecidos por los contratos sociales,
estatutos o poderes relacionados.
Art. 19. El Administrador del CCS se reserva el derecho de no aceptar la
adhesión del candidato a Participante que, a partir de la evaluación de su
solicitud, no reúna las condiciones para integrarla, fundamentando su decisión.
Dispone a esos efectos de 3 días hábiles a partir de la recepción de la
documentación para efectuar el comunicado vía mail/correo.
Art. 20. A partir de la aceptación del Administrador del CCS, la Persona Física
o Jurídica involucrada, tendrá la condición de Usuario Registrado.
Capítulo IV. DE LOS PARTICIPANTES
Art. 21. El CCS tendrá los Participantes:
a. ADMINISTRADOR. De acuerdo al convenio firmado entre el
Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y el consorcio
Digipay4Growth, el administrador de la es la Fundación Comercio Social.
Es el responsable de la acreditación de cuentas, una vez el Ejecutor
(Ayuntamiento) inyecta dinero al CCS.
b. Ayuntamiento (Impulsor): Es el impulsor responsable de desarrollar el
CCS Santa Coloma, a través del otorgamiento de subvenciones a través
del mismo en forma de UDIs respaldados por certificados de deuda en
Euros.
c. INSTITUCIONES FINANCIERAS. Son el depositario del dinero
reservado como respaldo de los UDIs. También son los responsables de
administrar las entradas y salidas de dinero del Fondo de Garantía del
proyecto, que siempre se realizan por vía de transferencia electrónica.
d. REDES DE APOYO COMERCIAL. Son los prestadores de servicios,
que pueden operar como nexo entre los Participantes del CCS
realizando tareas de promoción, comunicación, dinamización comercial,
atención al usuario y márquetin. En CCS Santa Coloma estas funciones
la realizará la asociación de comercio local ACI.
e. USUARIOS. Son las Personas Físicas o Jurídicas habilitadas para
realizar transacciones.
Sección I. Del Administrador
Art. 22. La Fundación Comercio Social administra el Circuito de Comercio
Social, mediante las siguientes acciones:
a. Proveyendo la Metodología CCS y el Software de transacciones Cyclos,
ambas de su propiedad.
b. Adaptando el Software Cyclos a las características del municipio.
c. Administrando las transacciones realizadas a través del sistema Cyclos.
d. Actuando como articulador y como nexo entre los diferentes
Participantes.
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e. Atendiendo a los demás Participantes ante cualquier consulta por el
manejo del sistema.
f. Atendiendo y evaluando las solicitudes de conversión de los UDIs de los
Participantes.
g. Proveyendo informaciones acerca de las transacciones efectuadas en el
CCS, para el caso de que las autoridades competentes así lo requieran.
h. Realizando todas las acciones inherentes al buen funcionamiento del
CCS.
Sección II. De las Instituciones Financieras
Art. 30. Las Instituciones Financieras son aquellas que previamente hayan sido
subcontratadas por el Ayuntamiento mediante convenio a tres bandas con el
CCS. Su cometido es facilitar la administración de dinero electrónico del CCS,
depositado como respaldo de los UDIs en circulación:
a. Proveyendo al CCS un sistema electrónico de entradas (ingresos o
cash-in) y salidas (retiros o cash-out) de dinero del CCS a través de
transferencia bancaria ordenada por el Ayuntamiento.
b. Proveyendo una cuenta corriente, que garantice la seguridad del dinero
depositado como respaldo, en el Fondo de Efectivo del Ayuntamiento.
Todos los costes asociados a esta cuenta bancaria se repercutirán sobre
el Ayuntamiento, no sobre el CCS ni sus usuarios.
c. Aportando la información del historial de transacciones bancarias
realizadas.
Art. 31. El ingreso del certificado de deuda en el sistema CCS (como respaldo
a la emisión de UDIs) será reflejado vía Cyclos en la cuenta de UDIs del
Ayuntamiento. La retirada de dinero del sistema CCS (cash-out) será
descontado de la cuenta de UDIs del Participante que realiza la operación, así
como la Tasa de Conversión que se pudiera establecer (0% durante el piloto).
Todas las operaciones de cash-in y cash-out de la cuenta bancaria del
Ayuntamiento se realizan únicamente por transferencia bancaria.
Sección III. De los Usuarios
Art. 32. La participación de los Usuarios en general tiene por objeto dar sostén
del CCS mediante acciones que se detallan a continuación:
a. Aceptando los UDIs como medio de pago.
b. Utilizando la Red para realizar pagos en UDIs de obligaciones
mantenidas con Participantes.
c. Incentivando a sus proveedores a participar en el CCS y a aceptar los
UDIs como medio de pago de sus contraprestaciones.
d. Utilizando el canal de ventas complementario (e-commerce), a través de
la página web, publicando gratuitamente publicidad de sus ofertas de
productos/servicios,
en
los
espacios
rotativos,
reservados
específicamente destinados por el Administrador a tales efectos.
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Art. 33. Los usuarios no podrán cobrar por las transacciones realizadas en el
CCS ningún porcentaje superior a lo ofrecido en Euros al público en general
fuera del CCS.
Art. 34. Los receptores de subvenciones por parte del Ayuntamiento
constituyen un grupo separado de Usuarios. Éstos deben ser registrados y
administrados en Cyclos por el CCS. Están sujetos a normas específicas de su
condición, por ejemplo, no se les cobra la Tasa de Oxidación y pueden realizar
reintegros al Ejecutor bajo determinadas circunstancias.
Capítulo V. DE LA ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO
Sección I. De la Gestión
Art. 39. El Administrador del CCS es quien lleva a cabo la gestión del sistema,
el portal de Internet, hace cumplir el presente documento a todos los
Participantes y lleva a cabo todas las tareas necesarias para alcanzar el buen
funcionamiento del CCS.
Art. 40. Las transacciones pueden ser realizadas en cualquier momento vía
Internet y teléfono celular, a través del sistema ofrecido por el CCS Santa
Coloma.
Art. 41. Cada Usuario tiene derecho a dar de alta diferentes Operadores con
los niveles de operación que éste determine, siendo de su total responsabilidad
las acciones que éstos realicen en su nombre.
Sección II. De las Transacciones
Art. 42. Las transacciones realizadas a través del CCS son integralmente
registradas en UDIs.
Art. 43. La realización de transacciones dentro del CCS, les corresponde
únicamente a los Participantes de la misma, que dispongan de saldo positivo
de UDIs en sus cuentas.
Art. 44. El Participante que realiza una transferencia a la cuenta de otro
Participante, tendrá plena responsabilidad por la transacción que realice y no
puede reclamar al Administrador ninguna restitución de derechos.
Art. 45. Toda documentación que ocurra entre los Participantes del CCS, serán
de su exclusiva responsabilidad. El Administrador no tiene responsabilidad de
especie alguna, ni subsidiaria ni solidaria, por tales pactos o actos. Cada
Participante es responsable por la emisión de boletas, facturas, recibos o
cualesquiera otros documentos que correspondan a sus transacciones, así
como el registro legal de sus actividades, el pago de todos los impuestos,
tasas y demás tributos que les correspondieren.
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Art. 46. En el caso que algún Participante realice una transacción que
contravenga lo establecido en el presente Reglamento Interno, constatada por
el Administrador, éste puede cancelar total o parcialmente el registro de la
transacción.
Art. 47. Los Participantes del CCS no pueden tener saldos negativos en sus
cuentas. Si por cualquier evento, anomalía, error o lo que fuere, se produjere
un saldo negativo en una cuenta de la Red, el Participante de la misma, debe
compensarlo en forma inmediata.
Art. 48. Cualquier anomalía que sea identificada en una cuenta de cualquier
Participante, tanto por parte de su titular como por parte de cualquier otro
integrante del CCS, debe ser comunicada inmediatamente al Administrador.
Art. 49. Las transacciones que pueden ser realizadas en el CCS son las
siguientes:
a. Acreditación de UDIs en cuenta Cyclos. El Administrador acredita
UDIs en la cuenta virtual del Ayuntamiento, equivalentes al certificado de
deuda emitido por el Ayuntamiento.
b. Cobro de tasas. Costos que se aplican en el CCS estipulados por el
Administrador. Los porcentajes aplicables se publicarán en el Portal del
CCS y su modificación únicamente podrá realizarse previo aviso de 10
días hábiles de publicación en dicho Portal.
c. Consultas de movimientos en cuentas. El sistema genera un registro
en la cuenta del Participante por toda transacción que afecte su saldo. El
Participante tiene la opción de imprimir o no su extracto de cuenta.
d. Comprobantes. Los Participantes del CCS reconocen los registros de
Cyclos como fiel representación de sus transacciones.
e. Recepción de una transferencia. El Participante recibe un crédito en
su cuenta realizado por otro Participante del CCS.
f. Solicitud de Conversión. Acción por la cual un Participante solicita
cambiar UDIs por dinero en efectivo. En caso de aceptación por parte
del Administrador, el monto a reintegrar será el efectuado descontando
las tasas correspondientes.
g. Transferencia a otra cuenta. Un Participante puede transferir sus UDIs
a otra cuenta del CCS.
Art. 51. Además del canal web, se podrán también realizar transacciones vía
SMS y APP, las que serán reglamentadas oportunamente.
Sección IV. De los UDIs
Art. 52. Los UDIs representan derechos de compra mediante los saldos
positivos que los Participantes puedan poseer en las cuentas del sistema. Son
un medio de pago de “curso interior” válido solo entre los Participantes del
CCS.
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Art. 53. Están en su totalidad garantizados por compromisos de pago por parte
del Ayuntamiento, materializados en un certificado de deuda emitido al
administrador del CCS que se cancela un vez el Ayuntamiento cambia UDIs
por Euros.
Art. 54. Los UDIs constituyen un medio de cambio que genera un derecho a los
Participantes con relación al CCS, que se le contabilizará como una obligación.
El Participante tiene el derecho a utilizarlos para realizar transacciones en el
sistema o para canjearla por efectivo en caso que sea habilitado por el
Administrador.
Art. 55. La titularidad de las cuentas es exclusiva del Participante, por lo tanto,
los UDIs existentes en sus cuentas no podrán ser cedidos, transferidos,
caucionados, prendados o de cualquier forma enajenados, directa o
indirectamente por parte de terceros, salvo resolución judicial.
Sección V. De las Formas de Obtener UDIs
Art. 56. El ingreso de UDIs en la cuenta del participante puede ocurrir de la
siguiente forma:
a. Emisión de certificado de deuda por parte del Ayuntamiento. El CCS
recibe un certificado de deuda del Ayuntamiento, y una lista de
beneficiarios a los que el CCS debe acreditar UDIs.
b. Transacción. El Participante puede obtener UDIs como consecuencia
de una transferencia realizada entre Participantes del CCS.
Art. 58. El CCS solo puede emitir y poner en circulación UDIs a partir de un
certificado de deuda del Ayuntamiento. Los UDIs puestos en circulación solo se
pueden acreditar a los usuarios que el Ayuntamiento previamente haya
especificado en una lista de beneficiarios.
Sección VI. De la Conversión de los UDIs en Efectivo
Art. 59. La conversión de UDIs en efectivo, deberán ser solicitadas
directamente al Administrador a través del sistema Cyclos. En dicha solicitud el
participante deberá informar del monto de UDIs a ser convertido a Euros.
Art. 60. Para efectivizar la Conversión, el Administrador considerará que el
saldo en la cuenta del solicitante haya pasado la fecha de vencimiento (D-rate)
a partir de la cual se permite su conversión. En caso de no cumplir este
requerimiento, la Administración denegará la conversión e informará al
solicitante.
Art. 61. Una vez solicitada la conversión por parte del Participante, se realizará
automáticamente una retención de UDIs en la cuenta del sistema del monto
que desea convertir. El Administrador tiene la facultad de rechazar, previa
fundamentación, dicha solicitud, en cuyo caso se le reintegrarán los UDIs
previamente retenidos.
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Art. 62. El Administrador comunicará la autorización para realizar la conversión
al Ayuntamiento. Una vez recibida la lista de usuarios con derecho a
conversión, el Ayuntamiento utiliza los Euros en su Fondo de Efectivo para
realizar una transferencia bancaria a nombre del titular de la cuenta que solicitó
la conversión.
Art. 63. Una vez el Ayuntamiento transfiere los Euros a los usuarios
designados con derecho a conversión por parte del CCS, el CCS cancela la
parte proporcional del certificado de deuda del Ayuntamiento.
Sección VII. Del manejo de Disponibilidades
Art. 63. La Fundación Comercio Social, administradora del Circuito de
Comercio Social Santa Coloma, es una fundación sin fines de lucro, y por lo
tanto debe reinvertir en el sistema todos aquellos ingresos generados por su
actividad luego de solventar todos sus gastos administrativos.
Sección VIII. De las Consultas y Sugerencias
Art. 64. Las consultas de los Participantes sobre el manejo del sistema,
sugerencias, solicitudes, quejas y reclamos, serán estipuladas en el Manual de
procedimientos de Participantes que el CCS publica en su página Web.
Sección IX. De los Anuncios y Ofertas en Cyclos
Art. 65. El sistema cuenta con un espacio reservado para la presentación de
anuncios y ofertas en forma rotativa por parte de los Participantes del CCS.
Dichos anuncios y ofertas serán publicados por los Participantes del CCS,
siendo de su entera responsabilidad el material publicado.
Art. 66. El Administrador se reserva el derecho de publicar dichos anuncios
tanto en el sistema Cyclos como en el portal web del CCS. El contenido de los
anuncios u ofertas de los Participantes deben ser coherentes con la actividad
económica que el mismo realiza. El anuncio u oferta que los Participantes
soliciten incluir no pueden ser obscenos; involucrar productos o servicios
ilegales; ni debe contravenir la moral ni las buenas costumbres, siendo el
Participante, el responsable por el contenido e imágenes del anuncio que
realice, relevando al Administrador de cualquier obligación al respecto.
Art. 67. El Administrador dispondrá de espacios específicos para la publicidad
institucional de aquellas organizaciones que deseen publicitar, quedando el
mismo sujeto a negociaciones particulares.
19
Capítulo VI. DE LAS TASAS Y COSTOS
Art. 68. Los porcentajes aplicables y descritos en el presente documento, se
publicarán en el portal de CCS Santa Coloma. El Administrador se reserva el
derecho de modificar las comisiones y porcentajes, pudiendo establecer
nuevas o eliminar alguna existente, con previo aviso de vigencia de 10 días
hábiles que deberá ser publicado en el Portal del CCS. Es facultad del
Administrador establecer tasas o alícuotas iguales a cero.
Art. 69. Los costos, tasas y bonificaciones del CCS Santa Coloma son los
siguientes:
a. Tasa de Oxidación. Porcentual cobrado diariamente, aplicado al saldo
de UDIs que mantenga el Participante en su cuenta CCS (1% mensual).
b. Tasa de Conversión. Porcentual cobrado a los Participantes al
momento de hacer efectivos los UDIs. Su fin es incentivar la
permanencia y rotación de los UDIs dentro del CCS. (0%)
c. Tasa de Membresía. Membresía que pagan los socios anualmente por
pertenecer al sistema. (0%)
d. Tasa de Transacción. Tasa cobrada tanto al comprador como al
vendedor (ó a ambos) en el contexto de las transacciones. (0%)
Art. 70. La Tasa de Oxidación tiene como finalidad incentivar la circulación
entre Participantes. La Administración, el Ejecutor y los Usuarios Receptores
de Subvenciones están exonerados del pago de la Tasa de Oxidación.
Art. 71. Promocionalmente, al inicio del proyecto no se cobrará ninguna de
estas tasas a los Participantes del sistema, excepto la Tasa de Oxidación, y su
implementación estará sujeta a la aprobación del Administrador.
Capítulo VII. DE LAS PENALIDADES
Art. 72. Cuando se constata que las acciones de un Participante son pasibles
de punición, el Administrador puede bloquear preventivamente el saldo de la
cuenta. Notificará fundadamente tal hecho al Participante, quien dispondrá de
un plazo de 10 días hábiles para presentar sus descargos.
Art. 73. Una vez transcurrido el plazo dado al Participante, haya realizado éste
sus descargos o no, el Administrador resolverá si aplica o no penalidades.
Toda penalización puede ser recurrida ante el Administrador en un plazo
máximo de 10 días hábiles a partir de la comunicación de la penalización
respectiva.
Art. 74. Una vez resuelto el recurso por el Administrador, la misma es
inapelable.
Art. 75. Las penalidades se clasifican de la siguiente forma:
a. Faltas leves
i. Prácticas desleales de comercio, manifestadas en la calidad de los
productos o servicios entregados en virtud de transacciones
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realizadas, prácticas de usura, o incumplimientos de contratos con los
demás Participantes.
ii. Publicación de anuncios u ofertas no permitidos.
b. Faltas medias
i. Asunción de compromisos por una transacción sin contar con
suficientes UDIs para realizarla.
ii. Incumplimiento en la obligación de entregar bienes o servicios,
asumida en una transacción dentro del CCS.
iii. Reincidencia en prácticas consideradas como faltas leves.
iv. Reincidencia de actividades no permitidas por este Reglamento
Interno.
c. Faltas graves
i. Reincidencia en prácticas consideradas como faltas medias.
ii. Causar cualquier daño moral o patrimonial al CCS.
iii. Cualquier tentativa comprobada de adulteración o fraude o acceso a
áreas restringidas de Cyclos o del portal de Internet.
Art. 76. Las penalidades a aplicar son:
a. Advertencia escrita. Aplicable en caso de falta leve.
b. Suspensión. Aplicable en caso de falta media. Implica la inhibición para
aumentar sus UDIs o el bloqueo total de la cuenta del Participante en su
caso. Los plazos pueden ser hasta 90 días.
c. Baja. Aplicable en casos de falta grave. En caso que se decidiere la
expulsión del Participante, el Administrador convierte su eventual saldo
de UDIs y le devuelve el importe resultante a dicho Participante, en las
condiciones establecidas para ello en este Reglamento.
Capítulo VIII. DE LAS DISPOSICIONES FINALES.
Art. 77. El Administrador es quien resuelve las eventuales modificaciones del
presente Reglamento, las que entrarán en vigencia a los 3 días hábiles de
publicadas en el portal de Internet del CCS.
Art. 78. El no ejercicio por parte del Administrador, de cualquier derecho
previsto en este Reglamento o su tolerancia en el atraso o falta de
cumplimiento, total o parcial, de cualquier obligación, de cualquier Participante,
no constituye novación o renuncia a tales derechos, ni puede ser alegado por
los Participantes como precedente, debiendo ser interpretados como mera
liberalidad de aquel.
Art. 79. Es facultad del Administrador, resolver los casos no claros y los no
comprendidos en este Reglamento.
Art. 80. Este Reglamento Interno, será interpretado y regido de acuerdo con las
Leyes españolas. Para todas las cuestiones originadas en el mismo, se fija la
jurisdicción de los Juzgados de la provincia de Barcelona.
Barcelona, 7 de enero de 2015.
21
SOL·LICITUD CRÈDIT MERCAT ECOSOL
MERCAT SOCIAL DE LA ECONOMIA SOLIDÀRIA (XES)
IMPORT DE CRÈDIT SOL.LICITAT:
IMPORT DE CRÈDIT
CONCEDIT:
Nº COMPTE MERCAT
ECOSOL
DATA DE CONCESSIÓ:
DIA
MES
ANY
MONEDA: ECOSOLS
DATA VENCIMENT:
DIA
MES
TAXA ANUAL
CRÈDIT
Nº AFILIACIÓ XES
ANY
0%
SOL·LICITANT DEL CRÈDIT
NOM PROSUMIDOR
Nº REGISTRE MERCAT
ECOSOL
CIF:
DADES DE LA/LES PERSONES REPRESENTANTS
1º COGNOM
2º COGNOM
NOM
Signat a…………………………………el………de………………de 20….
DNI
Contracte crèdit Mercat Ecosol
Xarxa de l’Economía Solidària (XES)
A ………………………………..el…………de………………………………..de 20…..
REUNITS
D’una part el Sr/Sra…………………………………………………………major d’edat, amb domicili
a………………………………….,
carrer
……………………………………………………………………………….amb
Dni…………………………………, actúa amb nom i representació de la societat
……………………………………………amb seu social al carrer…………………………………………………….amb
nombre fiscal CIF………………………………………………i nº d’afiliació de la Xes …………………….
I d’altra, la Comissió gestora del Mercat Ecosol amb domicili social al carrer Casp, nº 43, baixos,
08010 Barcelona, España, amb nombre fiscal CIF G63881031, i estatuts sota el nombre 30818,
al Resgistre de Títols i Documents, Secció 1er. Registre de Barcelona, representada pel
Sr/Sra……………………………………………………………..,major d’edat, amb DNI……………………………….
Ambdues parts intervenen en nom propi i dret.
Amb la capacitat i legitimació per contractar que legítimament es reconeixen, els
compareixents han convingut otorgar contracte de CRÈDIT SENSE INTERESSOS, amb acord de
les següents
CLÀUSULES
Primer: La Comissió gestora del Mercat Ecosol, aprova otorgar i entregar amb aquest acte en
concepte de crèdit la quantitat de ……………………..Ecosols a …………………………...disponibles al
compte amb nº de referencia Mercat Ecosol …………………………………………………………………
Segon: Durant el termini del prèstec, els Ecosols prestats no meritaran interessos.
Tercera: Els Ecosols prestats ha de retornar-se a data……………….. de…………………….de 20…..
No obstant, el prestatari podrà amortitzar de manera anticipada l’import pendent per en
qualsevol moment, sense costos addicionals.
Si el deutor no disposa de suficients Ecosols per retornar el prèstec a la data de venciment,
podrá comprar Ecosols d’altres membres o de la CME, o transferir Euros a la Comissió gestora
del Mercat Ecosols en una paritat de 1 a 1 amb els Ecosols per permetre que la Comissió
gestora del Merdat Ecosol li aconsegueixi la quantitat que necesita per a saldar el deute.
Quart: El deutor accedeix a depositar (sense retorn) el 10% del valor de crèdit rebut en Euros
(……..Euros), al Fons de Garantia Mutualista de la Xarxa de l’Economia Solidària.
I de conformitat els otorgants signen per triplicat el present contracte amb el lloc i data
indicats a l’encapçalament.
Signat prosumidor
Comissió gestora del Mercat Ecosol
Nom i Cognoms Representant
Nom i Cognoms
DNI
DNI
PP
PP
Seu social i administració
C/Casp, 43 baixos. 08010 Barcelona
Cif: G63881031
[email protected]
www.xes.cat
Registre de Títols i Documents, nombre de registre 30818, Secció 1er. Registre de Barcelona
DOCUMENT D’ADHESIÓ/OBERTURA D’UN COMPTE AL MERCAT
ECOSOL DE LA XARXA D’ECONOMIA SOLIDÀRIA (XES)
Núm. Referència Mercat
Ecosol:
(No ho ompliu)
La persona sotasignada, propietària, gerent o representant legal de l’entitat mencionada, declara estar d’acord amb aquest
document, amb els principis generals del reglament intern de XES, les instruccions i la seva normativa, així com es compromet a
respectar totes les obligacions respecte a la XES, a la qual autoritza a registrar-la i donar-la d’alta a la seva base de dades.
Sou membres de la XES: SÍ _ NO_
Feu el balanç social de la XES: SÍ _ NO_
Sou usuaris de finances ètiques, de quina entitat?
Participeu de federacions o xarxes de territorials d’economia social i solidària? Quines?
Nom comercial de l’entitat:
Adreça social:
Codi postal:
Població:
País:
Tel.
Fax:
Mòbil:
Web:
Adreça electrònica:
Representant legal 1:
SSR
Descripció sector/activitat(descripció de les activitats desenvolupades):
Descripció comercial (text que apareixerà al web i a les publicacions de la XES)
……………………………………..,…………………….de/d’……………………………de 20………..
Nom i signatura del/la representant de l’entitat
QUÉ ÉS L’ECOSOL?
Denominem Ecosol a una moneda social el desenvolupament del qual està d’acord amb la Llei
34/2002, de 11 de juliol, de serveis de la societat de l’informació i de comerç electrònic. Cal
destacar que “La moneda social Ecosol” no és un mitjà de pagament de “curs legal”, sinó de
“curs interior” només vàlid entre els membres del Mercat Ecosol de la Xarxa de l’Economia
Solidària (XES) que voluntàriament l’accepten com a mitjà de pagament.
Per una banda, cap llei obliga a acceptar tots els pagaments amb Euros, i per altre, no existeix
tampoc cap llei que prohibeix a una comunitat acceptar voluntàriament un mitjà d’intercanvi
diferent l’Euro. El fet que l’Ecosol sigui de curs interior, no de curs legal, vol dir que: 1) no
serveix per al pagament d’impostos, i 2) no es pot obligar a ningú a saldar un deute preexistent
mitjançant el cobrament en Ecosols. Apart d’això, els membres del Mercat Ecosol són lliures
d’utilitzar-lo com a mitjà de pagament en les seves transaccions comercials.
Els Ecosols es basen amb l’acord entre persones i/o entitats privades que estableixen i
accepten les seves pròpies normes de funcionament. A la pràctica, el compte en el Mercat
Ecosol és similar a un compte corrent més de la vostra empresa. A continuació expliquem
quines són les implicacions a nivell fiscal i comptable.
L’ECOSOL I L’IVA
Les transaccions en Ecosols no tenen un caràcter especial des de la vesant fiscal, per tant,
sempre que calgui s’ha de repercutir l’IVA. Totes les referències sobre la base imposable, IVA
repercutit i total de factura es denominen en Euros. En tot cas, per tal de mantenir un
seguiment adequat, es recomana que a peu de factura s’anoti la quantitat o percentatge
liquidat en Ecosols.
A les factures s’ha de considerar, en l’apartat mètode de pagament, que a més del número de
compte corrent bancari, s’ha dindicar el “Compte Comercial Mercat Ecosol <Nom de l’usuari
que rep el pagament>”. Aquest nom ens haurà sigut facilitat per l’usuari del Mercat Ecosol que
ha de cobrar.
A continuació, i com exemple, detallem com es realitza la factura quan una transacció
s’efectua amb Ecosols:
Una empresa compra un article per un import de 1.000 Ecosols, més l’IVA corresponent.
S’arriba a l’acord amb el venedor de liquidar un 50% de l’import amb Ecosols i un 50% amb
euros.
Tenint en compte la paritat de 1Ecolsol = 1Euro, la factura es desglossarà de la següent
manera:
Base imposable: 1.000 euros
IVA (21%): 210 euros
Total factura: 1.210 euros
Qui ha emès la factura haurà d’especificar l’import total de la transacció (IVA inclòs) en euros.
Per altra banda, dins del apartat “pagament”, haurà d’indicar quina quantitat d’aquesta s’ha
de abonar en Ecosols i quina quantitat s’haurà d’abonar en euros. És a dir, a mode indicatiu, a
peu de factura s’especificarà: “L’import a liquidar en Ecosols (sistema de pagament del Mercat
Ecosol) és del 50% de total de la factura, és a dir, 605 Ecosols”.
L’operativa comptable d’aquesta operació és senzilla. Haurem de distingir les diferències en la
comptabilització del pagament ja que respecte a la resta d’operatives comptables, cada
empresa haurà de seguir els criteris corresponents al règim d’IVA que l’hi correspon.
Com és habitual en el règim general, hauràs de declarar l’IVA (210 euros) de la factura com a
IVA suportat. I hauràs de tenir en consideració la base imposable (1.000 euros) de la factura
com a despesa. Per altra banda, en cas que el venedor sigui fiscalment un autònom, a
l’exemple anterior caldrà tenir també en consideració la retenció de l’IRPF.
L’ECOSOL AL BALANÇ COMPTABLE
Igual que amb els Euros, les operacions en Ecosols han de quedar reflectides en els balanços
comptables de l’empresa. Cal tenir en compte que en el balanç les anotacions sempre es
denominaran en Euros, mai en Ecosols.
Com a contrapartida de la venda o compra, en primer lloc s’utilitzen les comptes de proveïdors
o clients segons correspongui. Després al moment del pagament, per la part en “Ecosols”, es
poden utilitzar comptes del subgrup 55 “Altres comptes no bancàries”. Concretament en el
subgrup: “552 Compte corrent amb altres persones i entitats vinculades”. En concret, es pot
anomenar, per exemple “5521 Compte corrent Mercat Ecosol”.
A continuació exposem alguns exemples de les situacions que ens podem trobar:
QUAN REBO UN CRÈDIT EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER?
Al moment de rebre un crèdit, l’he de comptabilitzar tal i com s’indica a continuació:
(5521)
Ecosol
Compte
Corrent
Mercat a
(5135) Deutes a curt termini amb parts vinculades
QUAN RETORNO UN CRÈDIT EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER?
Al moment en què es retorna el crèdit, ho he de comptabilitzar tal i com s’indica a continuació:
-Si es retorna tot en Ecosols
(5135) Deutes a curt termini amb parts a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
vinculades
-Si es retorna part en Ecosols i altre part en Euros
(5135) Deutes a curt termini amb parts a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
vinculades
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
-Si es retorna tot en Euros
(5135) Deutes a curt termini amb parts a (572) Bancs i institucions de crèdit c/c
vinculades
QUAN COBRO UNA VENDA EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER?
En primer lloc es comptabilitza la venda per la qual no hi ha diferència amb la resta
d’operacions que es cobrin exclusivament en euros.
(430) Clients
a (700) Vendes
(477) H.P. IVA Repercutit
En segon lloc s’ha de comptabilitzar el pagament, i és així que establim les diferències segons
el que s’indica a continuació:
-Si es cobra tot en Ecosols
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
a (430) Clients
-Si es cobra una part en Ecosols i altra en Euros
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
a (430) Clients
QUAN PAGO UNA COMPRA EN ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER?
Respecte a les compres ens trobem amb la situació semblant a les vendes.
En primer lloc es comptabilitza la compra per la qual no hi ha diferència amb la resta
d’operacions que es cobrin exclusivament en euros.
(600) Compres
a (400) Proveïdors
(472) H.P. IVA Suportat
En segon lloc s’ha de comptabilitzar el cobrament i com en el cas anterior, es ací que establim
les diferències segons el que s’indica a continuació:
-Si es paga tot en Ecosols
(400) Proveïdors
a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
-Si es paga una part en Ecosols i altre en Euros
(400) Proveïdors
a (5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
Per últim, el bescanvi d’Ecosols per Euros es realitza per transferència bancària. L’anotació
comptable del bescanvi és la següent:
QUAN BESCANVIO EUROS PER ECOSOLS, QUÈ HAIG DE FER?
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
a
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
QUAN BESCANVIO EUROS PER ECOSOLS I HI HA UNA BONIFICACIÓ?
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
a
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
(769) Altres ingressos financers per canvi en
Mercat Ecosol*
*Bonificació o Bonus
QUAN BESCANVIO ECOSOLS PER EUROS, QUÈ HAIG DE FER?
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
a
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
QUAN BESCANVIO ECOSOLS PER EUROS I HI HA UNA COMISSIÓ?
(Exemple, comissió per bescanvi del 3%)
(572) Bancs i institucions de crèdit c/c
a
(656) Despesa Mercat Ecosol*
(472) H.P. IVA Soportat*
(669) Altres despeses financeres per
canvi en mercat Ecosol**
* Comissió per “bescanvi” d’Ecosols
** Malus (Bonus invers)
(5521) Compte Corrent Mercat Ecosol
XES – DESCRIPCIÓ DE PROJECTE
Resum del projecte
El canvi de la realitat econòmica pot començar a través de xarxes d’intercanvi multi-recíproc basades
en la cooperació comercial i en la compra local. El Mercat Ecosol, basat en la metodologia Circuit de
Comerç Social i en el programari Cyclos, és un sistema de pagaments, que facilita l’accés al
microcrèdit i activa el comerç dins d’una xarxa semi-tancada, per tal de optimitzar l’ús de la capacitat
productiva disponible. Això s’aconsegueix proveint crèdit mutu a baix cost, condicionat a gastar-se
dins el Circuit de Comerç Social, i incrementant la propensió a comprar localment a través d’una Taxa
a la No-Circulació del diner. La XES implementa un pilot a partir del 2 de junt del 2014. I un altre
projecte a més gran escala es llançarà a partir de gener del 2015.
Objectiu
L’objectiu del Mercat Ecosol de la XES és estimular el comerç mutu dins el sector de l’economia social
i solidària. Això es fa proveint crèdits mutus als socis de la XES, que només es poden gastar en altres
socis adherits al sistema de pagaments Circuit de Comerç Social.
Avantatges per la XES
•
•
•
•
•
Més del comerç mutu en l'economia solidària
Microcrèdits de baix cost per als membres XES
Augmentar el volum de negocis per als membres XES (a llarg termini)
Bona imatge com a pioners del sistema de crèdit
Promoció del sector d'economia social i solidària
Ingressos per la XES
 La XES disposarà dels fons del FGM disponibles el 31 de desembre de 2014, una vegada
descomptats les pèrdues pels impagaments a assumir.
Posada en marxa:
Fase 0:
Definició del projecte, acord entre les parts involucrades, instal·lació, configuració i prova del
programari, documentació dels protocols de funcionament, escriptura de contractes, llançament
d’una campanya de promoció i comunicació, preparació dels continguts de la web. Els membres
signen el contracte i, si volen accedir al crèdit mutu, també el contracte de crèdit.
Fase 1:
El 2 de juny de 2014, alguns membres de la XES poden obtenir el crèdit mutu de 1.000 Ecosols de
mitjana (mínim 500 i màxim 1.500 Ecosols) en funció de les seves necessitats de finançament. Tots
els crèdits es concedeixen en la mateixa data i amb la mateixa data de venciment: l’1 d'octubre de
2014. En aquesta data, els deutors han de retornar el crèdit mutu, ja sigui en ecosols o en euros
(veure detalls a la Fase 3).
En el moment de rebre el crèdit, els sol·licitants fan una contribució en euros de 10% del crèdit mutu
rebut, que la XES diposita en un Fons de Garantia Mutualista (FGM). Aquests fons es reserven per a
cobrir els impagaments i, en cas d’haver excedents, queden a disposició de la XES. Per exemple, la
XES pot decidir que, en cas que no hi hagi impagaments, els imports del FGM en euros seran del 95%
reemborsable, mentre la XES manté 5% per cobrir els costos d'administració.
Fase 2:
L'1 d'octubre de 2014, hi ha un procés de compensació i liquidació dels crèdits (vegeu la secció
següent). Just després d'aquesta regularització, es concedeix una nova ronda de crèdits a retornar el
31 de desembre de 2014.
XES introdueix una Taxa a la No-Circulació de l'1% sobre tots els saldos positius en Ecosols. Aquesta
taxa es cobrarà d'acord al saldo mitjà mensual i el nombre de segons que Ecosols estan immòbils en
el compte d'un membre.
Fase 3:
El 31 de desembre de 2014, hi torna a haver un procés de compensació i liquidació de crèdits (vegeu
la secció següent).
Digipay4Growth es marca l’objectiu d’incorporar a la xarxa Mercat Ecosol de la XES, a partir de l'1 de
gener de 2015, el mateix nivell de garanties que hi haurà a la resta de xarxes del projecte. La XES
podrà intercanviar amb altres xarxes si així ho desitja. També serà possible permetre l'intercanvi però
cobrar una petita taxa de transacció perquè sigui més atractiu gastar dins el Mercat Ecosol que fora.
Durant el pilot de 2014, si els impagaments al Mercat Ecosol superen la capacitat del FGM, en el
moment de la regularització, els socis poden rebre menys d’un Euro per Ecosol, ja que els
impagaments a cobrir es compartiran solidàriament entre els participants amb saldos positius a
bescanviar. A partir del 2015, el nivell de garanties que es vol assumir ha de ser suficient per a poder
absorbir la morositat sense necessitat que els participants corrin el risc que en el moment de la
regularització el valor nominal de l’Ecosol sigui inferior al de l’Euro.
Procés de compensació i liquidació dels crèdits
Els crèdits mutu atorgats en el Mercat Ecosol han de ser retornats o bé en Ecosols o bé en Euros. Si
un soci ha gastat el crèdit, però no ha venut suficient en Ecosols per a retornar el crèdit, llavors haurà
de comprar Ecosols d’altres membres o de la pròpia XES. En aquest procés de compensació de saldos,
els participants amb excés d’Ecosols els hauran de vendre a altres usuaris amb dèficit d’Ecosols, de
forma que rebin un Euro per Ecosol.
Per tant, el valor nominal de l’Ecosol serà equivalent al de l’Euro, a no ser que les taxes
d’impagaments siguin majors que les reserves del FGM. En caquest cas, el valor de canvi de l’Ecosol
es reduirà proporcionalment entre tots els socis amb saldos positius. És a dir, que si hi ha masses
impagaments, l’Ecosol perdrà part del seu valor nominal, de forma que els participants amb saldos
positius comparteixen solidàriament les pèrdues.
El software Cyclos calcularà el valor de canvi de l’Ecosol en el moment de la regularització. Si les taxes
d’impagament són menors a la capacitat del FGM (10% dels crèdit atorgats), hi haurà paritat de canvi
entre l’Ecosol i l’Euro. Si les taxes d’impagament superen la capacitat del FGM, el valor de canvi serà
menor. Aquest tema quedarà clarament reflectit en els contractes d’adhesió dels participants.
Respaldo de l’Ecosol en cas d’impagaments
Si tots els membres retornen seus crèdits mutus atorgats, ja sigui en Ecosols o en Euros, cada Ecosol
estarà 100% recolzat per diners en efectiu. En cas que alguns deutors no retornin els seus crèdits,
l’Ecosol estarà recolzat de les següents maneres:
1. Els ingressos per Taxes a la No-Circulació
2. Els Euros en reserva equivalents al 10% dels crèdits vius
3. En el cas de les dues fonts d'ingressos anteriors no siguin suficients per cobrir els impagaments,
els participants amb saldos positius perdran part del valor monetari dels Ecosols (el valor de
bescanvi serà menor al nominal), com sol passar en els sistemes de crèdit mutu.
Període
Els crèdits es donen en dos períodes (de 2 de juny a l'1 d'octubre, i d’1 d’octubre fins a 31 desembre),
cadascun seguit d'un procés de compensació i liquidació.
Seguiment posterior al pilot
Digipay4Growth treballarà en paral·lel per establir un sistema de garanties reforçades a partir del
2015. Les negociacions entre XES i Digipay4Growth intentaran integrar el sistema de garanties
reforçades a la xarxa Mercat Ecosol de la XES, per tal d’assegurar la paritat entre el valor nominal de
l’Ecosol i el de l’Euro.
2. Rols dels participants
Digipay4Growth
• Coordinació del projecte pilot
• Instal·lar, configurar, provar a Cyclos el Mercat Ecosol de la XES
• Proporcionar documentació sobre la configuració de projecte
• Proporcionar assessorament sobre l'execució del projecte
• Suport de primer nivell per a la XES
• Seguiment i avaluació
XES
• Administració diària del sistema de pagaments Mercat Ecosol
• Proporcionar continguts per al lloc web del projecte
• La promoció i la intermediació del sistema entre els seus socis
• Reunir i conservar les contribucions en Euros dels membres que accedeixen al crèdit mutu
• Entitat jurídica que executarà i es responsabilitza en última instància del projecte

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