Maria José Rodriguez Becedas. Presidenta de Principios.

Transcripción

Maria José Rodriguez Becedas. Presidenta de Principios.
Maria José Rodriguez Becedas.
Presidenta de Principios.
Coincido en la descripción de los problemas que favorecen la corrupción e impiden la
actuación de los mecanismos previstos para evitarla (aforamiento que dificulta y
ralentiza los procesos; inclusión en los tribunales que van a conocer de las causas de
magistrados elegidos desde los propios partidos políticos, régimen de prescripción e
indulto).
El principal problema del poder judicial es, en mi opinión, la politización y creciente falta
de independencia del poder judicial (del CGPJ y, como consecuencia, del TC). Las
sucesivas modificaciones del sistema de elección de los vocales del CGPJ, han ido en
detrimento progresivo de la independencia del poder judicial. El anteproyecto de la LOPJ
de 4 de abril de 2014 viene a retomar el mismo sistema aprobado por la LO 4/2013,
recayendo la elección de la totalidad de los vocales (en mi opinión) en las Cortes, y sin
designación previa de candidatos por los propios jueces (para los vocales de carrera
judicial): con este sistema todos los jueces que cumplan determinados requisitos (que no
garantizan mérito y experiencia) pueden presentarse a la elección, que después harán
Parlamento y Senado. Si ya los sistemas anteriores eran contrarios al espíritu de la
Constitución, este me resulta todavía peor. No sé en qué situación parlamentaria se
encuentra (entiendo que completamente paralizada) pero haría otras críticas a esta
nueva LOPJ (Anteproyecto de 2014), ya que “restringe” el aforamiento autonómico a
aquellos expresamente previstos en los estatutos de autonomía e incluye a la Reina y los
Príncipes de Asturias, así que entiendo que incluso amplía los supuestos…, y que muchas
de las modificaciones que incluye me parecen completamente inútiles.
En mi opinión, es esencial modificar la LOPJ para atribuir a los jueces, de manera
efectiva, la elección de los doce vocales judiciales del CGPJ. Y, respecto a los ocho vocales
no judiciales, proponer mecanismos para que la elección de las Cortes se haga entre
profesionales de probada experiencia y prestigio.
Creo que algunas medidas que favorecerían la lucha contra la corrupción (además de
todo lo citado por el ponente, D. Javier Tajadura, con quien coincido), son:
-
Promover la independencia de los organismos de control de las administraciones
públicas y sectores regulados (TCu., Defensor del Pueblo, DP autonómicos, Banco de
España, CNMV, etc.);
-
Procurar la profesionalización de la administraciones públicas, fomento de
mecanismos que estimulen su implicación y consecución de objetivos, implementando
fórmulas de retribución variable, etc. y la garantía de la independencia de los
funcionarios (nombramiento de funcionarios de carrera en altos cargos, estableciéndose
la obligatoriedad de funcionarios de carrera en niveles inferiores a los que existen ahora
mismo, y limitando a los imprescindibles los puestos para personas de confianza que no
sean funcionarios de carrera).
-
Garantizar la transparencia y la democracia interna de los partidos políticos.
- O también medidas más transversales, pero que de manera indirecta afectan a toda la
sociedad y a la corrupción, como la modificación del sistema educativo, a fin de que
promueva una verdadera cultura del esfuerzo y de la responsabilidad personal.
-
Etc.
En cuanto al aforamiento, aunque coincido en las consideraciones sobre las disfunciones
que ocasiona la figura en los órganos judiciales superiores a los que se atribuye la
competencia, los retrasos en la impartición de la justicia, etc., y creo que con las
prerrogativas de inviolabilidad e inmunidad, se protege suficientemente su
independencia, creo que existe una cierta confusión en muchos ámbitos (y no sé si se
aclara en el documento suficientemente), en cuanto a que el número altísimo de aforados
en nuestro ordenamiento afecta no solo a parlamentarios sino a muchos altos cargos, y,
precisamente en el caso de los parlamentarios (de las Cortes Generales o de los
parlamentos autonómicos) podría estar en parte justificado el “privilegio”, precisamente
por ser cargos de representación popular. En este sentido, por ejemplo, al compararse
con el aforamiento en Francia, que solo está previsto para los miembros del Gobierno,
aclararía que si los miembros del Gobierno deben estar aforados, también los
parlamentarios podrían estarlo en base al mismo fundamento (o con mayor motivo). Es
solamente una reflexión: en realidad soy partidaria de reducir drásticamente el número
de personas aforadas en España, y asimismo de reducir el número de parlamentarios
(especialmente en el caso del Senado y de los parlamentos autonómicos).
Finalmente, respecto a la aclaración de que la reforma que se propugna por el ponente
no consiste en una reestructuración completa o refundación del Estado, o no la apertura
de un nuevo proceso constituyente, estoy de acuerdo pero no denominaría a las reformas
propugnadas “propuestas reformistas” simplemente. Es decir, conforme en que cada uno
de los caracteres del Estado español (Estado de Derecho, Social, Democrático y
Pluralista) y de su configuración como Monarquía Parlamentaria deben ser mantenidos
–y reforzados–, y sin ser necesaria la elaboración y aprobación de una nueva
Constitución, creo que el debate que se debería plantear sobre las principales
instituciones de nuestro sistema constitucional es tan profundo –no solo de las
instituciones, también de la propia Constitución–, que podría considerarse una
“reconstitución”.

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