Presentación - Secretaría de Educación de Boyacá
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Presentación - Secretaría de Educación de Boyacá
PRESENTACIÓN El programa de inducción y reinducción de la Secretaria de Educación de Boyacá se implementa como una herramienta para que dentro de un contexto metodológico, práctico, participativo , integral y flexible, le permita a quienes ingresan al sistema educativo de Boyacá conocer el marco institucional, tener un visión de las políticas educativas y reconocer la importancia y transcendencia de pertenecer al sector de la educación, para que a la vez sirva como un componente de motivación que estimule el sentido de pertenencia y la auto estima del servidor de la educación de Boyacá. MISIÓN Dirigir y planificar el servicio educativo en los municipios no certificados del Departamento de Boyacá, garantizando calidad, cobertura, equidad y pertinencia, promoviendo la formación de ciudadanos constructores de nuevas formas de ser, de pensar y de actuar, con el fin de incrementar el conocimiento, la productividad y la competitividad de nuestra gente. VISIÓN La Secretaría de Educación de Boyacá como parte integral de la entidad territorial, será en el 2019 determinante en el desarrollo humano, social, cultural, tecnológico y económico del Departamento. OBJETO Establecer las directrices para realizar las actividades de inducción y reinducción de los servidores antiguos y nuevos que pertenecen a la Secretaría de Educación de Boyacá. ALCANCE El programa de inducción y de reinducción aplica a todas las actividades de la Administración Central y de las Instituciones Educativas, e inclusive se propone llegar hasta las áreas y a los puestos de trabajo de cada uno de los servidores del sistema educativo departamental. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN • Dar a conocer la Secretaría de Educación de Boyacá y/o a las Instituciones Educativas para que el servidor público se apropie del horizonte institucional (Misión, visión, filosofía), de las competencias y responsabilidades propias del cargo a desempeñar y de sus deberes y derechos. • Familiarizar al servidor público, con la organización y con las funciones generales del Estado. • Crear identidad y sentido de pertenencia hacia la Secretaría de Educación y/o las Instituciones Educativas. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE REINDUCCIÓN • Mantener actualizados a los servidores del sistema Educativo de Boyacá, en políticas, planes y programas de iniciativa nacional, departamental y local. • Estimular la integración del empleado hacia la cultura organizacional, en virtud de los ajustes normativos, administrativos, metodológicos, formativos y misionales. • Actualizar al servidor educativo en las normas y tendencias pedagógicas • Fortalecer el sentido de pertenencia e identidad con la Secretaría de Educación de Boyacá. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. GENERAL Presentar el Proyecto Educativo Institucional y los componentes institucionales a los nuevos docentes y directivos docentes como estrategia de interacción con los miembros de la comunidad educativa. ESPECÍFICO Proporcionar al docente y directivo docente, información relacionada con las políticas, planes y proyectos institucionales para contribuir a una mejor adaptación en su ambiente laboral. ESTRUCTURA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ PRINCIPIOS PROGRAMA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Principio de Universalidad. Principio de Integralidad. Principio de Publicidad. Principio de la Dinámica. Principio de Utilidad. Principio Ético. Principio de Pertinencia. DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN 1. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN. 2. OFICINA ASESORA JURÍDICA. 3. GRUPO GESTIÓN ORGANIZACIONAL. 4. GRUPO MISIONAL INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. 5. COBERTURA. 6. CALIDAD. 7. GRUPO GESTIÓN DE PERSONAL. 8. GRUPO SISTEMA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. 9. GRUPO DE BIENES Y SERVICIOS. 10. GRUPO DE NÓMINA. 11. GRUPO GESTIÓN FINANCIERA. 12. GRUPO HISTORIAS LABORALES. MARCO NORMATIVO NORMA FECHA Título Área Responsable Ley 190 de junio 6 Todas las entidades públicas Desarrollo de Personal de 1995, art. 64 tendrán un programa Inducción para el personal que ingrese a la entidad… Ley 715 de Por la cual se dictan normas Gestión de Personal. diciembre 21 de orgánicas en materia de recursos 2001 y competencias de conformidad Asesoría Jurídica con los artículos151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) Área Misional de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. NORMA Ley Ley Ley Ley FECHA 100 de diciembre 23 de 1993 91 de diciembre 29 de 1989 1527 de abril 27 de 2012 115 de febrero 8 de 1994 Título Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Por la cual se crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones. Por la cual se expide la ley general de educación. Área Responsable Desarrollo de Personal Desarrollo de Personal Nómina Área misional NORMA Ley Ley Ley Decreto FECHA 909 de septiembre 23 de 2004 734 de febrero 5 de 2002 1010 enero 23 de 2006 2277 del 14 de septiembre de 1979 Título Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones. Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Por la cual se adoptan medidas para prevenir , corregir y sancionar el acoso laboral Por la cual se adoptan normas sobre ejercicio de la profesión Docente Área Responsable Gestión de Personal Asesoría Jurídica Desarrollo de Personal Gestión de Carrera NORMA Decreto FECHA 1278 del 19 de junio de 2002 Título Por la cual se expide el estatuto de Profesionalización Docente. Área Responsable Gestión de Carrera Gestión de Personal Decreto Decreto 3020 de Por el cual se establecen los diciembre 10 de criterios y procedimientos para 2002 organizar las plantas de personal Gestión de Personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones. 520 de febrero Por el cual se reglamenta el Gestión de Personal 17 de 2010 artículo 22 de la Ley 715 de 2001 en relación con el proceso de traslado de docentes y directivos docentes. NORMA Norma FECHA NTC-ISO 9000:2000 Norma NTC-ISO 9001: 2000 NTC-ISO 19011:2002 1075 del 26 de mayo de 2015 Norma Decreto Título Área Responsable de Gestión de la Gestión fundamentos y Organizacional Sistema Calidad vocabulario. Sistema de Gestión de la Calidad. Requisitos. Directrices para la Auditoría Medio-Ambiental y de la Calidad. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación” Gestión Organizacional Gestión Organizacional Secretaria de Educación de Boyacá MARCO TECNOLÓGICO La inducción y la reinducción están insertas dentro de la filosofía del mejoramiento continuo (link modernización del Sector), por consiguiente, el funcionario que acceda a la administración pública, Departamento de Boyacá-Secretaría de Educación, se auto-capacita a través del portal web donde deberá acceder a todos los procesos e información sobre la entidad y a la expedición del certificado del curso de inducción y el cual será incorporado a la historia laboral. La Secretaría de Educación de manera permanente, comunicará a través de la página web todas las actualizaciones de carácter legal y administrativo de los temas relacionados con el funcionamiento del sector. COBERTURA EDUCATIVA Conjunto de actividades técnicas y administrativas requeridas para hacer eficiente, eficaz y efectivo el acceso y permanencia de los estudiantes en el sistema educativo estatal. Reglamentado según Resolución Nacional 07797 del 29 de mayo de 2015 OBJETO Busca garantizar que previo a iniciar el calendario escolar, se articule la capacidad operativa de las ETC con el recurso humano, de infraestructura y de estrategias de permanencia del sistema educativo estatal, con el fin de garantizar el goce efectivo del derecho a la educación, asegurando la prestación del servicio educativo y su continuidad durante el calendario escolar. Responsables 1. Entidades Territoriales certificadas en Educación – ETC. 2. Rectores de las I.E. 3. Personal administrativo responsable en la ETC y las I.E. 4. Padres de familia o acudientes. DIRECTRICES PARA ORGANIZACIÓN DEL PROCESO 1. Garantizar el derecho a la Educación de la población en edad escolar, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad. 2. Usar de manera eficiente y eficaz la capacidad instalada de los establecimientos educativos estatales, el recurso humano disponible y los recursos financieros asignados. 3. Garantizar la no exigencia de examen de admisión como requisito para el ingreso al sistema educativo estatal. No obstante, podrá definir que sus establecimientos educativos estatales realicen exámenes posteriores que permita la nivelación académica, para determinar el nivel o grado académico al que pueda ser ubicado el estudiante en caso de que él, de manera justificada, no esté en condiciones de presentar sus antecedentes académicos. En cualquier caso, la inscripción y examen de clasificación serán gratuitos para los estudiantes. 4. Generar las estrategias requeridas para evitar la interrupción del proceso educativo y garantizar la prestación del servicio. 5. Garantizar el acceso y la permanencia educativa a la población en edad escolar no escolarizada desplazada, víctima del conflicto armado interno y en situación de vulnerabilidad, mediante la articulación de acciones con las entidades o establecimientos públicos y/o privadas que atienden a esta población. 6. La asignación de cupo y la matrícula en el sector estatal, no está condicionada a pagos ni requisitos que impliquen erogación por parte del padre de familia o acudiente, como derechos académicos o servicios complementarios como afiliación a la asociación de padres de familia, o cualquier otro tipo de organización, fondo o cuenta. 7. La atención a los estudiantes debe ser oportuna y con calidad, a través del uso de modalidades educativas como: educación presencial, semi-escolarizada, modelos educativos flexibles, educación por ciclos para jóvenes y adultos, sistemas tutoriales a distancia, didácticas flexibles para la inclusión de población con discapacidad, proyectos etno-educativos, entre otros, garantizando condiciones de acceso y permanencia educativa para la población escolar. 8. Contratar la prestación del servicio educativo cuando sea insuficiente o existan limitaciones en la oferta estatal, de acuerdo con la normatividad vigente. 9. La oferta educativa para la prestación del servicio debe ser diversa e incorporar alternativas para la educación regular y los modelos educativos flexibles. Etapas del Proceso 1. 2. 3. 4. 5. Planeación. Capacidad institucional y proyección de cupos. Solicitud y asignación de cupos educativos. Matrícula. Auditoría de la ETC. ETAPAS PGC 1. Planeación Responsable: MEN-SED Análisis de requerimientos, definición de la metodología para desarrollar el proceso de Gestión de Cobertura en cada IE de la ETC. * Res. MEN 07797/2015 * Res. Deptal para cada vigencia 3. Solicitud y asignación de cupos educativos 2. Capacidad institucional y proyección de cupos Responsable: IE - SEB Responsable: IE Determinar la capacidad en infraestructura, personal docente y administrativo, y de recursos pedagógicos, para la continuidad de los estudiantes activos y la atención a población por atender, y establecer las estrategias de ampliación de cobertura haciendo uso eficiente de los recursos existentes. Garantizar la permanencia y continuidad de los alumnos activos en el sistema educativo y establecer la demanda real de alumnos nuevos que desean acceder al sistema educativo oficial. 4. Matrícula Responsable: IE 5. Auditoría Responsable: SED – IE Hacer control y seguimiento durante todas las etapas, identificando inconsistencias y oportunidades de mejora al proceso de cobertura Oficializar y mantener actualizada la información de los estudiantes antiguos que continúan dentro del sistema educativo, además de los estudiantes que ingresan por primera vez y los que se reincorporan a éste, garantizando el goce efectivo del derecho a la educación. CRONOGRAMA PGC ACTIVIDADES Análisis de requerimientos, definición de la metodología para desarrollar el PGC FECHAS DE INICIO FECHAS DE FINALIZACIÓN 1ª semana de abril 2ª semana de junio * Reporte del acto administrativo del PGC Capacidad institucional y proyección de cupos Hasta la 4ª semana de junio 2ª semana de mayo * Reporte solicitudes de cupos 4ª semana de agosto 4ª semana de agosto Solicitudes de cupos y traslados de estudiantes activos. 1ª semana de septiembre 4ª semana de septiembre Inscripción alumnos nuevos. 1ª semana de septiembre 4ª semana de septiembre * Reporte de inscripción de alumnos nuevos 4ª semana de septiembre Promoción y aprobación de traslados de estudiantes. 3ª semana de noviembre 4ª semana de noviembre Renovación matrícula alumnos activos 3ª semana de noviembre 4ª semana de enero del año siguiente Novedades de retiro de estudiantes. Permanentemente Matrícula de alumnos nuevos 3ª semana de noviembre 4ª semana de enero del año siguiente * Reporte información de matrícula en el SIMAT. 1ª semana de diciembre 4ª semana de febrero del año siguiente Auditorías a los Establecimientos Educativos. Asignación de estrategias de permanencia. La ETC definirá las fechas de las auditorías A partir de la fecha de inicio del calendario escolar de la ETC. 4ª semana de noviembre El sistema integrado de matrícula SIMAT es una herramienta que permite organizar y controlar el proceso de Gestión de la Cobertura en todas sus etapas. http://www.sistemamatriculas.gov.co Proyección de cupos y control de saldos Reportes Matrícula antiguos y nuevos Novedades de alumnos Registro e inscripción de alumno GRUPOS DE APOYO ~ COBERTURA EDUCATIVA • Primera Infancia Coordina y orienta acciones para la atención a menores de 5 años. • Apoyo a Planta Docente Se encarga de aplicar los criterios técnicos para que en cada I.E. se hagan las asignaciones académicas a los docentes de acuerdo a los perfiles de los mismos. • Permanencia Escolar Orienta y aplica acciones para garantizar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo y reducir los índices de deserción y repitencia. • Gratuidad Apoyo técnico-pedagógico a los programas de gratuidad: Alimentación Escolar, Transporte. •Educación de Adultos Coordina el programa para la atención de jóvenes en extra-edad y adultos, mayores de 13 años. • Población en Emergencia Garantiza el servicio educativo a los niños y jóvenes en cualquier situación de emergencia de tipo social o socio-ambiental. • PAE – Plan Alimentario Escolar Vela porque el programa de alimentación escolar llegue a todos los beneficiarios con calidad y oportunidad. • Apoyo SIMAT Análisis de los reportes generados a partir de SIMAT. • NEE – Necesidades Educativas Especiales Coordina y orienta acciones para atención de escolares con NEE. EQUIPO DE COBERTURA Oficina 4° piso Edificio SEB Teléfono: 7420200 Extensiones 3214, 3218, 3213, 3222 Líder Equipo Alvaro Estupiñán Garcés, [email protected] Secretaria Equipo •Doris Vacca Bohórquez, [email protected] Primera Infancia •María Eudocia Niño de Guío, [email protected] •Leonor Gutiérrez Ruiz, [email protected] Apoyo a Planta Docente – Horas Extras •Juan Ramírez Ramírez, [email protected] •Francisco Javier Ossa Hoyos, [email protected] •Anselmo Coronado, [email protected] •José Gilberto Hernández, [email protected] Permanencia Escolar •Bernardo Beltrán Rivera, [email protected] •Florentino Castro Neira, [email protected] Gratuidad •Melba Esperanza Daza Martínez, [email protected] •Fanny Alicia Monroy Arias, [email protected] NEE – Necesidades Educativas Especiales •Teresa Santana Rodríguez, [email protected] Educación de Adultos, PER, Grupos Étnicos •Guillermo Cortés Páez, [email protected] •Jorge Eliécer Mejía, [email protected] Población en Emergencia •Ana Lucía Ávila Ávila, [email protected] •María del Carmen Barrera, [email protected] Apoyo SIMAT •Armando Mesa Preciado, [email protected] •Rafael Zorro López, [email protected] PAE – Plan Alimentario Escolar •Miguel Jiménez, [email protected] •Mery Rocío Barreto, [email protected] Administradora SIMAT •María Cristina Sánchez Bernal, [email protected] MACROPROCESO D GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA Proceso Subproceso TEMÁTICAS DESARROLLADAS 1. Garantizar el operativo de la aplicación de las Pruebas Evaluativas Externas e Internas de los pruebas saber en instituciones oficiales y no estudiantes, índice Sintético de Calidad Educativa oficiales. (ISCE). 2. Establecer y aplicar el proceso para la evaluación Evaluación de docentes: - En Periodo de Prueba del desempeño de docentes y directivos docentes Desempeño. en instituciones oficiales. 1. Gestión de la evaluación educativa 3. Gestionar la aplicación de la autoevaluación Evaluación a Instituciones Educativas por medio de institucional en instituciones oficiales y no la Autoevaluación Institucional, desarrollo de la oficiales. Guía 34 sistematizada, SIGCE. 4. Promover el uso de resultados para la Valoración de las acciones de la SEB . Formulación planeación del mejoramiento en instituciones del Plan de Apoyo al Mejoramiento (PAM), 33. oficiales y no oficiales. Revisión y Re-significación de los 1. Gestión del PEI en los establecimientos Proyectos Educativos Institucionales (PEI), educativos oficiales y no oficiales. Bilingüismo, Jornada Única, Modelos Flexibles. 2. Garantizar el mejoramiento continuo de los establecimientos educativos 2. Apoyar la ejecución de los planes de mejoramiento de los establecimientos educativos oficiales y no oficiales. Planes de Mejoramiento Institucionales (PMI), desarrollo de la Guía 34 sistematizada, SIGCE. Elaboración y desarrollo del Plan Formación Docente, 3. Ejecutar planes de formación y Territorial de Exaltación al Mérito capacitación de docentes y directivos Congresos, Educativo, Acompañamiento al Programa docentes en EE oficiales. Todos a Aprender. Garantizar el mejoramiento continuo de los establecimientos educativos Proyectos Ambientales, Tiempo Libre, 4.Orientación de estrategias pedagógicas Proyectos de Educación Sexual, Ley de para implementar ejes transversales. Convivencia Escolar, proyecto de Educación Vial, Proyecto de Residuos Peligrosos. 5.Promover la articulación de los niveles Programas de Articulación con el SENA, educativos. Universidades, Especialidades de IE, Normales. Medios y Tecnologías (TIC), emisoras 6.Gestionar el uso de medios educativos. virtuales, Diagnósticos tecnológicos, Incorporación de las TIC a los PEI. 7.Fortalecimiento significativas. de Foros, investigación, Ondas, Expo-arte, experiencias Expo-ciencia, Robótica. Identificación, compilación y publicación de experiencias significativas. EQUIPO CALIDAD EDUCATIVA Oficina 4° piso Edificio SEB Teléfono7420200 Extensiones 3215, 3216,3217,3219,3220 SUBPROCESO TEMAS ESPECÍFICOS AUTOEVALUACION AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL EVALUACIÓN DE DOCENTES EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES CORREO MIGUEL CIPAGAUTA [email protected]; EVALUACIÓN DE DOCENTES ORIOL ALBERTO RAMOS SALAZAR [email protected]; EVALUACIÓNES INTERNAS JOSÉ HERNÁN FORERO BUITRAGO [email protected] EVALUACIÓNES EXTERNAS JAIRO HUMBERTO SERRANO PULIDO [email protected] EVALUACIÓNES EXTERNAS PATRICIA LEONOR DE LA CRUZ OSPINA [email protected] ARTICULACIÓN CON EL SENA EDUCACIÓN FINANCIERA ARTICULACION DIRECTOR NUCLEO EDUCATIVO ESPECIALIDADES JOSÉ DE JESÚS HERNÁNDEZ PUENTES [email protected] ALFONSO HERNÁNDEZ MUÑOZ [email protected] JOSÉ HERNANDO SOLANO [email protected] ARTICULACIÓN CON LA EDUCACIÓN FRANCISCO LEAL BERNAL SUPERIOR NORMALES LUZ ANGELA FLOREZ [email protected] [email protected] LUIS MANUEL SALAZAR EXPERIENCIAS SIGNIFICATIVAS FORMACION DOCENTE EXPO-CIENCIA, EXPO-ARTE, FOROS, INVESTIGACIÓN. PTA, BECAS DOCENTES, CAPACITACIÓN, EXALTACIÓN AL MÉRITO EDUCATIVO BILINGUISMO CURRÍCULO AGUSTÍN CRISTIANO JULIO MAURICIO ROJAS MAYORGA [email protected] AURA YANETH SAYO GUTIERREZ [email protected] CIRO BENJAMIN BERNAL [email protected] JUAN DE JESÚS GÁMEZ SEGURA [email protected] BENEDICTO SOLER PEDROZA [email protected] JOSE CRSITOBAL DUARTE RIAÑO [email protected] [email protected] CLARA EDILMA BONILLA [email protected] GABRIEL MONTERO CRUZ [email protected] JORNADA ÚNICA, CURRÍCULO LUIS GUILLERMO VARGAS [email protected] CURRÍCULO SAMUEL ALBERTO AGUDELO GOMEZ [email protected] MODELOS FLEXIBLES PLINIO LIBARDO GUTIERREZ CASTILLO [email protected] REYNALDO AMAYA [email protected] MERCEDES DEL ROSARIO NAJAR CASRTRO [email protected] JOSÉ GUSTAVO ARIAS [email protected] SALIDAS PEDAGÓGICAS, CURRÍCULO PEI [email protected] MODELOS FLEXIBLES, JORNADA ÚNICA PROYECTO EDUCATIVO TERRITORIAL PROYECTO EDUCATIVO TERRITORIAL PLANES DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL ALONSO RODRIGUEZ AVENDAÑO [email protected] PLANES DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL LUIS ENRIQUE CELY MEDINA [email protected] AURA MERCEDES BAUTISTA POVEDA [email protected] AGUSTIN ROMERO HUERTAS MARCO TULIO PIÑEROS CHIVATÁ [email protected] mpineros@sedboyacá.gov.co BLANCA CECILIA IBAÑEZ CRUZ [email protected] EVANGELINA RINCÓN RINCÓN [email protected]; HERNANDO ALFONSO HERNÁNDEZ [email protected] SERGIO AGUSTIN MONROY GUATIBONZA [email protected] GILBERTO MEDINA AREVALO [email protected] MOISES SUAREZ BOHORQUEZ [email protected] RAFAEL PEREZ ZARATE [email protected] ASESOR CALIDAD EDUCATIVA CESAR RAMIRO ALVAREZ BUITRAGO [email protected] LÍDER CALIDAD EDUCATIVA YENNY ASTRID BORDA SOLER [email protected] SECRETARÍA DE CALIDAD SANDRA AYALA MONTOYA [email protected] PMI MEDIOS Y TECNOLOGÍAS INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA, MANEJO DE LA PLATAFORMA SIGCE TRANSVERSALES CERTIFICACIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Proceso de verificación y validación del cumplimiento de las condiciones técnicas y administrativas mínimas que aseguran que el Proceso de Atención al Ciudadano permite dar respuesta oportuna y efectiva a las solicitudes, trámites, correspondencia y gestión documental realizadas por los usuarios del servicio educativo tanto en el Ministerio de Educación como en las Secretarías de Educación. CADENA DE VALOR MACROPROCESOS DIRECCIONAMIENTO MACROPROCESOS MISIONALES A. Gestión estratégica de la secretaria de educación B. Gestión de Programas y Proyectos C. Gestión de la Cobertura del Servicio Educativo D. Gestión de la calidad del Servicio educativo Gestión de la inspección y vigilancia de establecimientos educativos MACROPROCESOS DE APOYO Gestión de la información Gestión de recursos humanos Gestión Administrativa de bienes y servicios Gestión financiera Control Interno Gestión de tecnología Informática Asuntos legales y públicos Administración del Sistema de Gestión de Calidad E. Atención al usuario MACRO-PROCESO E E. Atención al usuario MACROPROCESO E PROCESOS Y SUBPROCESOS E01. Gestionar solicitudes y correspondencia E02. Desarrollar y mantener relaciones con el ciudadano E01.01:Atender, direccionar y hacer seguimiento a solicitudes E01.02:Recibir y enviar corrrespondencia E02.01:Medir la satisfacción del cliente. E. Atención al ciudadano PROCESOS Y SUBPROCESOS E01. Gestionar solicitudes y correspondencia – Atender, direccionar y hacer seguimiento a las solicitudes. Recibir, distribuir y dejar registro del estado en que se encuentra cada requerimiento y dar respuesta oportuna a las solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, trámites y sugerencias que llegan a la Secretaría. E. Atención al usuario PROCESOS Y SUBPROCESOS – Recibir y enviar correspondencia Recibir la correspondencia que llega de los diferentes organismos o ciudadanía en general, la Secretaría de Educación (SE), generar oportunamente las respuestas y asegurar una entrega efectiva de las mismas a los destinatarios. E. Atención al usuario PROCESOS Y SUBPROCESOS E02. Desarrollar y Mantener las relaciones con el cliente – Medir la satisfacción del cliente: Se establecen métodos que permitan obtener, identificar y evaluar el grado de satisfacción de las necesidades y expectativas de los clientes dando cumplimiento a los requisitos relacionados con la prestación del servicio por parte de la Secretaría, mediante el seguimiento continuo y el aprovechamiento de la información en beneficio del ciudadano y de la entidad. De manera que pueda realizar un plan de mejora permanente. BENEFICIOS CLIENTES Permite al ciudadano registrar y consultar sus requerimientos mediante la Web, pantallas de auto-consulta, acceso telefónico, ventanilla, atención personalizada, documentos físicos y correo electrónico. Permite ingresar nuevos requerimientos tales como: Sugerencias, Quejas, Reclamos, Información general y radicar trámites en línea. Desde la comodidad de su casa u oficina, puede realizar seguimiento a sus requerimientos y recibir notificación del estado vía e-mail. Generación consolidada y unificada de estadísticas e indicadores de atención al ciudadano y correspondencia. Permite el envío escalonado y automático de alertas a los responsables de dar respuesta a requerimientos. Las alertas son configuradas de acuerdo a los tiempos asociados a cada eje temático. Los ejes temáticos permiten organizar en el SAC todos los requerimientos de las áreas de la Secretaría involucradas en el proceso de Atención al Ciudadano con el fin de dar respuesta eficiente y oportuna a dichos requerimientos. S.A.C. FUNCIONES SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Consultar Mis requerimientos 1 2 FUNCIONES DEL CIUDADANO REGISTRO CLIENTE Consultar Mis requerimientos 1 3 2 Registrarse REGISTRO REQUERIMIENTO Agregar Requerimiento 1 Tipo requerimiento Queja Consulta Sugerencia Trámite Felicitaciones Reclamo 2 3 Contenido Guardar 4 NÚMERO REQUERIMIENTO Reporte CONSULTAR REQUERIMIENTO Correo Electrónico CONSULTAS TRAMITES PREGUNTAS FRECUENTES PLANTA DE PERSONAL DECRETO: 894 (14 DE SEPTIEMBRE 2012) RECURSOS Y COMPETENCIAS (LEY 715 DE 2001) DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS 1. Pago del personal docente y administrativo de las instituciones educativas públicas, las contribuciones inherentes a la nómina y sus prestaciones sociales. 2. Construcción de la infraestructura, mantenimiento, pago de servicios públicos y funcionamiento de las instituciones educativas. 3. Provisión de la canasta educativa. 4. Las destinadas a mantener, evaluar y promover la calidad educativa. • Parágrafo 2°. Una vez cubiertos los costos de la prestación del servicio educativo, los departamentos, distritos y municipios destinarán recursos de la participación en educación al pago de transporte escolar ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS Población atendida • Anualmente se determinará la asignación por alumno, de acuerdo con las diferentes tipologías educativas que definirá la Nación, atendiendo, los niveles educativos (preescolar, básica y media en sus diferentes modalidades) y las zonas urbana y rural, para todo el territorio nacional. Competencias Generales. Competencias frente a los municipios no certificados • Dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley. • Administrar y distribuir entre los municipios de su jurisdicción los recursos financieros. • Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo. • Mantener la cobertura actual y propender a su ampliación. • Evaluar el desempeño de rectores y directores. • Ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación. • Prestar asistencia técnica y administrativa a las instituciones educativas, cuando a ello haya lugar. • Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad. • Distribuir las plantas departamentales de personal docente, directivos y empleados administrativos. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA INGRESAR AL SERVICIO EDUCATIVO ESTATAL • Que la Constitución Política de Colombia, determinó en el artículo 125,..“Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público…” • La Ley No. 115 de 1994, en su artículo 105, estipula que “Únicamente podrán ser nombrados como educadores o funcionarios administrativos de la educación estatal, dentro de la planta de personal, quienes previo concurso, hayan sido seleccionados y acrediten los requisitos legales”. INGRESO AL SERVICIO EDUCATIVO ESTATAL A partir de la vigencia de este decreto, para ingresar al servicio educativo estatal se requiere poseer título de licenciado o profesional expedido por una institución de educación superior debidamente reconocida por el Estado o título de normalista superior y, en ambos casos, superar el concurso de méritos que se cite para tal fin, debiendo ejercer la docencia en el nivel educativo y en el área de conocimiento de su formación. FUNCIONES DE LOS RECTORES • Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. • Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. • Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. • Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. • Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establece contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas. • Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. • Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva. • Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. • Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. • Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. INGRESO AL SERVICIO EDUCATIVO ARTÍCULO 8. Concurso para ingreso al servicio educativo estatal • • • • ARTÍCULO 11. Provisión de cargos. Nombramiento en período de prueba. Nombramientos provisionales. Encargos. Prohibición. DERECHOS • Ser estimulados para la superación y eficiencia mediante un sistema de remuneración acorde con su formación académica y desempeño, de acuerdo con lo dispuesto en este decreto. • Asociarse libremente. • Permanecer en los cargos y funciones mientras su trabajo y conducta sean enteramente satisfactorios y realizados conforme a las normas vigentes, no hayan llegado a la edad de retiro forzoso o no se den las demás circunstancias previstas en la ley y en este decreto. • Participar en el gobierno escolar directamente o por medio de sus representantes en los órganos escolares. • Disfrutar de las licencias por enfermedad y maternidad de acuerdo con el régimen de seguridad social vigente. DEBERES • Buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de enseñanza, aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la innovación y el mejoramiento continuo, de acuerdo con el plan de desarrollo educativo de la correspondiente entidad territorial y el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento donde labora. • Cumplir con el calendario, la jornada escolar y la jornada laboral, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional. • Educar a los alumnos en los principios democráticos y en el respeto a la ley y a las instituciones, e inculcar el amor a los valores históricos y culturales de la Nación. • Observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetivos, derechos, principios y criterios establecidos en la ley general de educación y en los planes educativos. • Mantener relaciones cordiales con los padres, acudientes, alumnos y compañeros de trabajo, promoviendo una firme vinculación y una cooperación vital entre la escuela y la comunidad y respetar a las autoridades educativas. SERVICIO ACTIVO El educador se encuentra en servicio activo cuando ejerce las funciones propias del cargo del cual ha tomado posesión, o cuando se encuentra en comisión de servicios o en encargo. El Gobierno Nacional establecerá la asignación académica de los docentes de acuerdo con los niveles y ciclos educativos. COMISIÓN DE ESTUDIOS Las entidades territoriales podrán regular las comisiones de estudio para los docentes y directivos docentes estatales, como un estímulo o incentivo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de este decreto, pudiendo también conceder comisiones no remuneradas, hasta por un término máximo de dos (2) años, y teniendo en cuenta que en este tipo de comisiones no podrán pagarse viáticos. COMISIÓN PARA OCUPAR UN CARGO DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN A los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente se les podrá conceder comisión hasta por tres (3) años para ocupar un cargo de libre nombramiento y remoción, para el cual hayan sido designados en la misma entidad a la cual se encuentren vinculados o en otra. Mientras se esté en esta comisión, el tiempo de servicio no se contabiliza para efectos de ascenso o de reubicación de nivel salarial en el correspondiente grado del Escalafón Docente. PERMISOS Los docentes y directivos docentes estatales tienen derecho a permiso remunerado por causa justificada hasta por tres (3) días hábiles consecutivos en un mes. Corresponde al rector o director rural de la institución conceder o negar los permisos, y al superior jerárquico los de los rectores y directores. El permiso deberá solicitarse y concederse siempre por escrito. Parágrafo. Los permisos no generan vacante transitoria ni definitiva del empleo del cual es titular el respectivo beneficiario y en consecuencia, no habrá lugar a encargo ni a nombramiento provisional por el lapso de su duración. VACACIONES Los docentes y directivos docentes estatales disfrutarán de vacaciones colectivas por espacio de siete (7) semanas en el año, las cuales serán distribuidas así: cuatro (4) semanas al finalizar el año escolar; dos (2) semanas durante el receso escolar de mitad de año y una (1) en semana santa. Cuando las vacaciones sean interrumpidas por licencia de maternidad o licencia por enfermedad, podrán ser reanudadas por el tiempo que falte para completar su disfrute y en la fecha que señale el nominador para tal fin. RETIRO DEL SERVICIO • Por pérdida de la capacidad laboral docente, de acuerdo las normas que regulan la seguridad social. • Por edad de retiro forzoso. • Por destitución o desvinculación como consecuencia de investigación disciplinaria. • Por declaratoria de vacancia del empleo en el caso de abandono del mismo. • Por revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para desempeñar el empleo, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 190 de 1995, normas que la modifiquen o deroguen. • Por orden o decisión judicial. • Por no superar satisfactoriamente el período de prueba. • Por haber sido condenado a pena privativa de la libertad por delito doloso. • Por las demás causales que determinen la Constitución, las leyes y los reglamentos. • Por renuncia regularmente aceptada. • Por obtención de la jubilación o pensión de vejez, gracia o invalidez. • Por muerte del educador. • Por la exclusión del escalafón como consecuencia de calificación no satisfactoria en la evaluación o de desempeño. • Por incapacidad continua superior a 6 meses. • Por inhabilidad sobreviniente. • Por supresión del cargo con derecho a indemnización. ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE PARA LOS DOCENTES DEL SECTOR OFICIAL EN BOYACA ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE DECRETO-LEY 1278 DE 2002 CONTENIDO CAPITULO I Objetivo , aplicación y alcance CAPITULO II Requisitos y procedimientos para ingresar al servicio educativo estatal y clases de nombramientos. CAPITULO III Carrera y Escalafón Docente. CAPITULO IV Evaluación. CAPITULO V Derechos, deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE DECRETO-LEY 1278 DE 2002 CONTENIDO CAPITULO VI Salarios, incentivos, estímulos y compensaciones. CAPITULO VII Situaciones administrativas CAPITULO VIII Asimilación CAPITULO Disposiciones Especiales IX ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE (Decreto-Ley 1278 de 2002) OBJETIVO FUNDAMENTAL Establecer una regulación para las relaciones del Estado con los educadores a su servicio, para el logro final de una educación con calidad y un desarrollo y crecimiento profesional de los docentes. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Garantizar que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, partiendo del reconocimiento de su formación, experiencia, desempeño y competencias como los atributos esenciales que orientan todo lo referente al ingreso, permanencia, ascenso y retiro del servidor docente, educación con calidad y desarrollo y crecimiento profesional de los docentes. CAMPO NORMATIVO JERÁRQUICO Constitución Política de Colombia 1991, (Art. 68) La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La ley garantizará la profesionalización y la dignificación de la actividad docente. Ley 715 de 2001 (Art. 111) El Congreso concedió facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir el Estatuto de Profesionalización Docente. Decreto-Ley 1278 de 2002 Expide el Estatuto de Profesionalización Docente, actualmente vigente en Colombia. Exequibilidad por Sentencia de la Corte Constitucional C- 617 agosto 8 de 2002. CAMPO DE APLICACIÓN DEL ESTATUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DOCENTE Aplica a quienes se vinculan a partir de la vigencia del Estatuto, para desempeñar cargos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de Preescolar, Primaria, Básica y Media. NOTA: Los educadores estatales ingresarán primero al servicio y si superan satisfactoriamente el período se inscribirán en el escalafón. ¿QUIÉNES SON LOS DOCENTES? Las personas que desarrollan labores académicas directa y personalmente con los alumnos de los establecimientos educativos en su proceso enseñanza aprendizaje, también son responsables de las actividades curriculares no lectivas complementarias de la función docente de aula, entendida como: Administración del proceso educativo. Preparación de su tarea académica. investigación de asuntos pedagógicos. Evaluación, calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos. Reuniones de profesores, dirección de grupo actividades formativas, culturales y deportivas, atención a los padres de familia y acudientes. Servicio de orientación estudiantil y actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación. 2. Las Actividades Curriculares no Lectivas 3.El Servicio de Orientación Estudiantil Atención a la Comunidad 1. Procesos Sistemáticos de Enseñanza-Aprendizaje FUNCION DOCENTE DE CARÁCTER PROFESIONAL (DECRETO 1278 – 2002 ART. 4) que 4.Actividades de Actualización y Perfeccionamiento Pedagógico implica la realización 7.Actividades de Gestión Múltiples de Relación con el Proceso Educativo 6.Otras Actividades del PEI Las personas que ejercen la función docente se denominan genéricamente educadores y son docentes y directivos docentes 5.Actividades de planeación y de Evaluación Institucional ¿QUIÉNES SON LOS DIRECTIVOS DOCENTES? Las personas que desempeñan las actividades de dirección, planeación, coordinación, administración, orientación y programación en las instituciones educativas y son responsables de la organización escolar. Tipos de cargos de directivos docentes Director Rural de Preescolar y Básica Primaria. Rector de Institución Educativa en PB completa y Media. Coordinador. FUNCIONES DE LOS RECTORES Y DIRECTORES RURALES Dirigir técnica, pedagógica establecimiento educativo. y administrativamente la labor de un Desarrollar con carácter profesional la función encomendada Supervisar la educación dentro de la institución, entorno y los padres de familia. sus relaciones con el Responsabilidad directa sobre personal docente y directivo docente, administrativos y alumnos. FORMAS DE PROVISIÓN DE CARGOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 1. Nombramiento en periodo de prueba Provisión con persona seleccionada por concurso abierto de méritos, hasta culminar el correspondiente año escolar en el cual fue nombrado, siempre y cuando haya desempeñado el cargo por lo menos durante cuatro (4) meses. NOTA: Los profesionales con título diferente al de licenciado en educación, deben acreditar al término del periodo de prueba, que cursan o han terminado posgrado en educación, o que han realizado un programa de pedagogía bajo la responsabilidad de una institución de educación superior, de acuerdo con la reglamentación que ha emitido el Gobierno Nacional. 2. Nombramientos provisionales: Para cubrir vacantes transitorias de docentes que se encuentran en situaciones administrativas que implican separación temporal, debe hacerse por el tiempo que dure la situación con la persona que ocupe el primer lugar en lista de legibles. Para cubrir vacantes definitivas mientras se provea período de prueba. 3. Encargos Cuando se cubre una vacante con un docente nombrado en propiedad mientras dure la situación administrativa o mientras surte el proceso de concurso. LA CARRERA DOCENTE EN EL ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION La carrera docente es un régimen legal que ampara el ejercicio de la profesión docente en el sector estatal, basada en la idoneidad, el desempeño de su gestión y de las competencias demostradas, en condiciones de igualdad para el acceso y, el mérito como fundamento para el ingreso, la permanencia y el ascenso en el escalafón. ESCALAFÓN DOCENTE Nivel A GRADO 1 Normalista Superior o Tecnólogo en Educación Nivel B Nivel C Nivel D GRADO 2 Licenciados en Educación o Profesionales con títulos diferentes que tengan Postgrado en Educación o hayan realizado un programa de Pedagogía Nivel A Nivel B Nivel C Nivel D Nivel A GRADO 3 Licenciados en Educación o Profesionales, con título de Maestría o Doctorado en un área afín a la que van a desempeñar Nivel B Nivel C Nivel D INGRESO A LA CARRERA Y EVALUACION Ingreso por Concurso de Méritos Período de Prueba Inscripción en el Escalafón Docente INGRESO POR CONCURSO DE MERITOS El ingreso al servicio educativo se realiza por medio de concurso de méritos. El concurso de méritos es el proceso mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el mismo, con el fin de garantizar disponibilidad permanente para la provisión de vacantes. PERIODO DE PRUEBA La persona seleccionada por concurso abierto para un cargo docente o directivo docente será nombrada en período de prueba hasta culminar el correspondiente año escolar en el cual fue nombrado. Una vez terminado dicho período (siempre que no sea menor a cuatro (4) meses), deberá presentar la evaluación del período de prueba. INSCRIPCION EN EL ESCALAFÓN Una vez superada la evaluación del período de prueba, el docente deberá ser inscrito en el Escalafón docente. Únicamente hasta la inscripción en el escalafón docente se adquieren derechos de la carrera docente. EVALUACION DOCENTE Y DIRECTIVA DOCENTE ESTÁNDARES DE COMPETENCIAS BÁSICAS •Lenguaje EVALUACIÓN • Evaluación en las aulas •Matemáticas • Evaluación externa de estudiantes (SABER, Estado, ECAEs) •Ciencias •Ciudadanas MEJORAMIENTO •Planes de Mejoramiento Institucional •Planes de Apoyo Territorial • Evaluación internacional • Evaluación de docentes • Evaluación institucional Tipos de Evaluación • Evaluación Periodo de Prueba • Evaluación del Desempeño • Evaluación de Competencias PERÍODO DE PRUEBA Es el tiempo durante el cual el docente o el directivo docente muestra su capacidad de apropiación del cargo para el cual fue nombrado, su eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y su integración en la cultura de la institución educativa. La evaluación del periodo de prueba es un proceso sistemático que se lleva a cabo durante todo el periodo (mínimo cuatro meses) y requiere al menos tres momentos: -Socialización del proceso - Primera valoración -Evaluación final EVALUACIÓN DE PERÍODO DE PRUEBA Competencias específicas Qué se Evalúa Logros educativos que produce en los estudiantes, despliegue de capacidades cognitivas, éticas, pedagógicas, afectivas y de relaciones interpersonales Evaluación de desempeño actuación en los escenarios de la institución educativa y frente a la comunidad. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO •Evaluación anual, mediante la cual se pondera del grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que desempeña el docente o directivo y al logro de los resultados. •Proceso permanente para verificar el que-hacer profesional de los educadores. •Permite identificar fortalezas y aspectos de mejoramiento. Implica la valoración de competencias funcionales y comportamentales. •Es continuo, sistemático y basado en la evidencia. COMPETENCIAS FUNCIONALES EN LAS ÁREAS DE GESTIÓN PARA DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES Área de gestión Directiva Académica Administrativa Comunitaria Competencias funcionales Directivos docentes Docentes • Planeación y organización directiva. • Ejecución. Dominio de contenidos. Planeación y organización académica. Pedagógica y didáctica. Evaluación del aprendizaje. • Pedagógica y didáctica. • Innovación y direccionamiento de procesos académicos. • • • • • Administración de recursos. • Gestión del talento humano. • Uso de recursos. • Seguimiento de procesos. • Comunicación institucional. • Interacción con la comunidad y el entorno. • Comunicación institucional. • Interacción con la comunidad y el entorno. A quienes se evalúa La evaluación de desempeño es un proceso que se da a lo largo del año escolar para los docentes y directivos docentes. Quién evalúa A docentes y a los coordinadores los evalúa el rector o el director rural del establecimiento. Los rectores y a los directores rurales son evaluados por el superior jerárquico en la estructura de la secretaría de educación, o por el designado por el nominador de la entidad territorial certificada correspondiente (Gobernador o Alcalde). CONSECUENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO El docente que obtenga una calificación inferior al sesenta por ciento (60%), durante dos (2) años consecutivos en evaluación de desempeño, será excluido del escalafón y, por lo tanto, retirado del servicio. Los directivos docentes que obtengan una calificación inferior al sesenta por ciento (60%) durante dos (2) años consecutivos, serán regresados a la docencia una vez exista vacante, si provenían de la docencia estatal; en cuyo caso percibirán el salario que corresponda a dicho cargo, de acuerdo con el grado y el nivel salarial que poseían. Si no provenían de la docencia estatal, serán excluidos del Escalafón Docente y retirados del servicio. EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS La evaluación de competencias es la única de las evaluaciones en la que se participa de forma voluntaria. Dirigida para los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente que pretendan ascender de grado en el Escalafón o cambiar de nivel salarial dentro del mismo grado. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS La evaluación de competencias busca establecer el nivel en el cual se encuentra una competencia subyacente en la persona del docente activo vinculado a la carrera docente. Seleccionar a los docentes y directivos docentes que han alcanzado los niveles de competencia requeridos para ser candidatos a ascender de grado en el escalafón o ser reubicados en un nivel salarial superior, dentro del mismo grado. REQUISITOS PARA PRESENTAR LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS PARA ASCENSO O REUBICACIÓN EN EL ESCALAFÓN DOCENTE Estar inscritos en el Escalafón Docente. Haber cumplido tres (3) años de servicio en el nivel y grado en el escalafón que ostentan en el momento de la inscripción. Haber obtenido en los dos (2) satisfactorias. últimos años evaluaciones de desempeño Acreditar los títulos de pregrado o posgrado obtenidos desde su ingreso al servicio o su último ascenso o reubicación, en todo caso obtenidos antes de la inscripción. CONSECUENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS Quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias serán candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el escalafón docente, si reúnen los requisitos para ello. Para las reubicaciones y ascensos se procederá en estricto orden de puntaje hasta el monto de las disponibilidades presupuestales anuales. ASCENSO Es la promoción de un docente o directivo docente de uno a otro grado del escalafón, sin modificación del nivel salarial en el que se encuentra inscrito. REUBICACIÓN SALARIAL Es el paso de un docente o directivo docente inscrito en el escalafón, de un nivel salarial al inmediatamente siguiente dentro del mismo grado. MARCO ÉTICO DE LA PROFESION DOCENTE El ejercicio de la docencia tiene como fundamento la comprensión de la educación como bien público, como actividad centrada en los estudiantes y al servicio de la nación y de la sociedad. La profesión docente implica una práctica que requiere idoneidad académica y moral, posibilita el desarrollo y crecimiento personal y social del educador y del educando y requiere compromiso con los diversos contextos socio-culturales en los cuales se realiza. SALARIOS, INCENTIVOS, ESTIMULOS Y COMPENSACIONES Sistema salarial de los docentes en marco del nuevo estatuto de profesionalización docente obedece a los siguientes criterios: Nivelación del salario de enganche de los docentes de cada nivel académico con los del mercado. Uniformizar el crecimiento real del salario durante la carrera docente (la escala salarial existente –2007–. Crear en el grado 2 la “especialización”, que no existía en la escala salarial anterior al 2007. Contrastar la propuesta resultante con los recursos disponibles del SGP (Sistema General de Participaciones) para diseñar un plan de transición acorde con éstos. DECRETO REGLAMENTARIO NO. 521 DE 2010 Por el cual se reconoce una bonificación del 15% mensual, sobre el salario mensual, para docentes y directivos docentes que se encuentren asignados a establecimientos ubicados en zonas rurales de difícil acceso. No tiene carácter de factor salarial. Cada entidad territorial certificada en educación debe realizar el trámite de reglamentación para el reconocimiento de esta bonificación de acuerdo con los lineamientos impartidos en el citado decreto. SITUACIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 50: Los docentes o directivos docentes pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas: a. Servicio Activo. b. En comisión de estudios, comisión de estudios no remunerada, en comisión para ocupar cargo de libre nombramiento y remoción. c. Uso de Permiso. d. En vacaciones. e. Suspendido por medida penal o disciplinaria. f. Prestando servicio militar. g. Retirado del Servicio. TRASLADOS Reglamentado por el Decreto 520 de 2010 1. Proceso ordinario de traslados: Tiene carácter anual y debe ser convocada por cada entidad territorial de acuerdo con el cronograma que el MEN establezca y de acuerdo con lo establecido en el citado decreto. 2. Traslados no sujetos al proceso ordinario: Necesidades del servicio razones de Seguridad, reglamentado por Resolución No. Resolución 1240 de marzo 3 de 2010 Por la cual se fija el procedimiento para la protección de los docentes y directivos docentes estatales que prestan sus serviciosenlos establecimientos Educativos estatales. ACOSO LABORAL LEY 1010 DE 2006 COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL RESOLUCIONES 652 Y 1356 DE 2012 DEFINICION DE ACOSO LABORAL Toda conducta PERSISTENTE y DEMOSTRABLE, ejercida sobre un empleado, trabajador Por parte de • Un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, • Un compañero de trabajo o • Un subalterno, Encaminada a • Infundir miedo, intimidación, terror y angustia, • A causar perjuicio laboral, • Generar desmotivación en el trabajo, o • Inducir la renuncia del mismo. LEY 1010 DE 2006 OBJETO DE LA LEY • DEFINIR TODO ULTRAJE A LA DIGNIDAD HUMANA • PREVENIR • CORREGIR • SANCIONAR RELACION LABORAL PUBLICA O PRIVADA BIENES JURIDICOS PROTEGIDOS • TRABAJO EN CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS • LIBERTAD • INTIMIDAD • HONRA • SALUD MENTAL • ARMONIA • BUEN AMBIENTE LABORAL SUJETOS ACTIVOS Empresa Privada: Dependencia Estatal: Gerente Superior Jerárquico Jefe Jefe Director Supervisor, Etc. Trabajadores SUJETOS PASIVOS Trabajadores sector privado Servidores públicos Jefes inmediatos por subalternos MODALIDADES 1. Maltrato Laboral: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado. Toda expresión verbal injuriosa o ultrajante. Comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad. 2. Persecución Laboral: Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia. 3.Discriminación Laboral: Todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o carezcan de razonabilidad desde el punto de vista laboral. 4.Entorpecimiento Laboral: Toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla mas gravosa o retardarla. 5.Inequidad Laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador. 6. Desprotección laboral: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador. CONDUCTAS •ACTOS DE AGRESION FISICA • EXPRESIONES INJURIOSAS O ULTRAJANTES • COMENTARIOS HOSTILES Y HUMILLANTES (de descalificación profesional) • INJUSTIFICADAS AMENAZAS DE DESPIDO • MULTIPLES DENUNCIAS DISCIPLINARIAS (Temerarias) • DESCALIFICACIONES HUMILLANTES (propuestas u opiniones de trabajo) • BURLAS (sobre apariencia física o forma de vestir) • ALUSION PUBLICA HECHOS INTIMOS • IMPOSICION DEBERES EXTRAÑOS OBLIGACIONES LABORALES (sin justificación) • HORARIOS EXCESIVOS • TRATO DISCRIMINATORIO • NO SUMINISTRO MATERIALES- INFORMACION • NO PERMISOS, VACACIONES, ETC (sin justificación) • ANONIMOS, LLAMADAS TELEFONICAS, MENSAJES VIRTUALES INJURIOSOS NO CONSTITUYE ACOSO LABORAL •ORDENES DISCIPLINARIAS FUERZAS PUBLICA • POTESTAD DISCIPLINARIA SUPERIORES JERARQUICOS • SOLICITUD DEBERES EXTRASCONTINUIDAD SERVICIO- SOLUCIONAR DIFICULTADES OPERACIONES • GESTIONES ENCAMINADAS A DAR TERMINADO CONTRATO DE TRABAJO justa causa) POR (por • EXIGENCIAS FIDELIDAD LABORAL O LEALTAD EMPRESARIAL •EXIGENCIAS EFICIENCIA TECNICA O LABORAL • EVALUACION LABORAL • SOLICITUD CUMPLIMIENTO PERSONA Y EL CIUDADANO (Art. 95 CN) DEBERES • EXIGENCIA CUMPLIMIENTO REGLAMENTOS Y CONTRATOS DE TRABAJO DE LA CONDUCTAS ATENUANTES • Buena conducta anterior • Emoción o pasión excusable, temor intenso, ira e intenso dolor • Voluntariamente disminuir o anular consecuencias • Manifiesta o velada provocación del acosado • Reparar total o parcialmente el daño • Condiciones inferioridad síquica (edad o circunstancias que influyan en la realización de la conducta CIRCUSTANCIAS AGRAVANTES • Reiteración de la conducta • Realización de la conducta de manera frívola o por recompensa de dinero. • Valerse de un tercero o de un inimputable • Ocultamiento de información, aprovechando condiciones que dificulten defensa ofendido o identificación autor • Posición predominante autor ocupe en la sociedad • Aumento deliberado e inhumano daño síquico y biológico. ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS Las Áreas de Recursos Humanos son las responsables de diseñar mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral. Campañas de capacitación tendientes a prevención del Riesgo Psicosocial como el estrés y la violencia. Talleres de Relaciones Humanas o de integración. Terapias Grupales. Talleres de autoconocimiento y crecimiento. Encuestas sobre el clima laboral. Cartillas informativas. ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS Conformar un comité bipartito con funciones relacionadas con acoso laboral con representación del empleador y los trabajadores. Prever mecanismos de prevención del acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. Art. 14 Resolución 2646 de 2008 – Riesgo Psicosocial COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL CONFORMACION. Dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Entidades con menos de 20 trabajadores 1 y 1 + Suplentes. FORMA DE SELECCIÓN. Empleador: Directamente a sus representantes. Trabajadores: Mediante votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores y mediante escrutinio público. (Procedimiento: Debe ser adoptado por la empresa y se debe incluir en la respectiva convocatoria de elección.) CALIDADES: Competencias actitudinales y comportamentales: respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética. Así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. IMPEDIMENTO: No podrá constituirse con quienes se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral en los últimos 6 meses anteriores a su conformación. PERIODO: 2 años a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación o elección DIGNATARIOS: El Presidente y Secretario serán elegidos por mutuo acuerdo entre sus miembros. FUNCIONES (UNICAMENTE). QUEJAS. Recibir y darles trámites. ANALIZAR. Las quejas presentadas. ESCUCHAR. A las partes involucradas de manera individual sobre los hechos. ESPACIOS DE DIALOGO. Crearlos para promover compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. PLANES DE MEJORA. Formular un plan concertado entre las partes. SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de convivencia al trabajador y dependencias de recurso humano. NO ACUERDO. Cerrar caso, se informa a la alta dirección y el afectado puede presentar queja ante el Inspector o demandar. (envío directamente a la Procuraduría.) SUGERIR. A la alta dirección medidas preventivas y correctivas. INFORMES. Elaborarlos trimestralmente. Estadísticas de quejas. Elaborar el informe anual de resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos de control. RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR. Desarrollar medidas preventivas y correctivas de acoso laboral. Promover un excelente ambiente de convivencia laboral Fomentar relaciones positivas entre los trabajadores de la empresa Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo. RECURSOS. Se debe garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades del Comité, así como para su manejo reservado de la documentación. RESPONSABILIDAD DE LA ARL. La ARL llevará a cabo acciones de asesoría y asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, con base en la información recolectada por el comité. REUNIONES: Se reunirá ordinariamente cada 3 meses y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrán ser convocados por cualquiera de sus integrantes QUÓRUM: Sesionará con la mitad más uno de sus integrantes. CAPACITACIÓN. Se deben realizar actividades para los miembros del comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y otros temas prioritarios para su funcionamiento. SANCIONES • FALTA DISCIPLINARIA GRAVISIMA Cuando su autor sea un servidor público • TERMINACION CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA- INDEMNIZACION Cuando el trabajador haya renunciado o abandonado el trabajo por el acoso • MULTA ENTRE 2 Y 10 SMLMV Actor y empleador que lo tolere • PAGO 50% COSTO TRATAMIENTO ENFERMEDADES LABORALES, SECUELAS • JUSTA CAUSA TERMINACION O NO RENOVACION CONTRATO TRABAJO Cuando el acoso sea ejercido por un compañero de trabajo o subalterno GARANTIAS CONTRA ACTITUDES RETALIATORIAS (A favor de la víctima y testigos) La terminación unilateral del contrato de trabajo o la destitución de la víctima, carecerá de todo efecto cuando se profieran dentro de los seis (6) meses siguientes a la queja, siempre y cuando la autoridad competente verifique la ocurrencia de los hechos denunciados. TEMERIDAD DE LA QUEJA Si la queja carece de fundamento o mismos hechos: •MULTA ENTRE MEDIO Y TRES SMLMV. La Corte Constitucional mediante Sentencia C-738 de 2006 declaró inexequible la frase “los cuales se descontarán sucesivamente de la remuneración que el quejoso devengue durante los seis (6) meses siguientes a su imposición“. DESARROLLO DE PERSONAL Y PRESTACIONES SOCIALES NORMATIVIDAD • • • • • • Ley 91 de 1989. Decreto 3752 de 2003. Decreto 2831 de 2005 (Reglamentario de ley 91). Acuerdos del Consejo Directivo. Ley 812 de 2003. Ley 962 de 2005. SEGURIDAD SOCIAL Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. La Ley 91 de 1989 crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) como una cuenta de la nación, manejada a través de una fiducia mercantil para la administración de los recursos económicos de la seguridad social del magisterio, - prestaciones sociales y servicios de salud La Fiduprevisora ha sido durante 20 años la administradora de estos recursos económicos; reconoce y paga las prestaciones sociales a los docentes; y contrata los servicios de salud para los maestros y sus familias en todo el territorio nacional. A través de la página web del Fondo, www.fomag.gov.co, se pueden conocer todos los beneficios y características de la seguridad social del magisterio AFILIACION: Según el Decreto 3752 de 2003, todo docente del servicio público educativo vinculado a la planta de personal de una entidad territorial certificada debe ser afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio • • • La afiliación debe ser simultánea con la posesión. La afiliación al FNPSM implica la afiliación inmediata al sistema de salud. La afiliación tiene un costo equivalente a la 3ª parte de la asignación básica mensual. • El formato único de afiliación está disponible en la página web del Fondo, www.fomag.gov.co, y lo diligencia la entidad nominadora. Prestaciones Sociales del Magisterio: Cesantías – Pensiones – Auxilios • Toda solicitud de prestación se debe tramitar utilizando el Formato que se encuentra disponible en la página web del Fondo, www.fomag.gov.co donde se encuentran igualmente los requisitos para la solicitud de cada prestación • La solicitud debe radicarse ante la entidad nominadora adjuntando los documentos requisito • El número de radicación sirve de control en el orden de atención de la solicitud • El reconocimiento y pago de las prestaciones son reconocidas conjuntamente por la entidad nominadora y la fiduciaria Los docentes afiliados al FOMAG gozan de un sistema especial de salud, excepcionado de la Ley 100, y extensivo a su núcleo familiar. Estas son sus principales características: • No hay preexistencias. Esto implica atención y tratamiento de todo tipo de patologías sin restricción, a los docentes afiliados y sus beneficiarios. • No hay períodos mínimos de cotización, lo que implica que desde el primer momento de afiliación al Fondo, los docentes y sus beneficiarios pueden recibir cualquier tipo de atención médico quirúrgica sin restricción. • No hay copagos ni cuotas adicionales para ningún servicio. Esto cubre al docente afiliado y a su núcleo familiar. • Medicamentos: Suministrados al docente afiliado y a sus beneficiarios de todo medicamento comercial autorizado por el Invima. • Los docentes pueden afiliar como beneficiarios a su cónyuge e hijos si es casado(a) ó a sus padres si es soltero. Un docente casado(a) puede afiliar a sus padres a este sistema y pagar la cuota mensual de aporte como padres cotizantes • La cobertura es nacional. • El docente afiliado puede recibir el servicio en el municipio donde labora y su familia puede recibirlo en otro lugar si residen o estudian en sitio diferente, sólo se requiere informarlo. • La Fiduprevisora como administradora de los recursos económicos de la seguridad social del magisterio es la encargada de contratar y auditar la prestación de los servicios de salud de los docentes en todo el país. • Toda queja por irregularidad en la prestación del servicio médico debe reportarse por escrito al Comité Regional de Prestaciones • Toda la información referente al sistema de salud del magisterio, las obligaciones de los prestadores del servicio y sus contratos, puede ser consultada en la página del Fondo, www.fomag.gov.co Decreto 2831 de 2005 Artículo 6. Conformación de los Comités Regionales. Preside: Secretario de Educación o su delegado. Un Rector de una IE escogido por mayoría simple de los miembros de la planta de directivos docentes que participen en la elección. Ejercerá por un período de 2 años, reelegible por una sola vez Jefe de Personal o quien hagas sus veces. Un representante de la unión sindical de educadores al servicio del Estado con el mayor número de afiliados en la entidad territorial. Decreto 2831 de 2005 Artículo 8°. Funciones del Comité Regional 2. Presentar anualmente al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio un informe de seguimiento a la calidad y oportunidad de los servicios prestados por la entidad fiduciaria administradora de los recursos del Fondo y de sus contratistas médicos. 3. Recibir y analizar las quejas que presenten los docentes por deficiencias e irregularidades en la prestación de los servicios médico asistenciales e Informarlo a la sociedad fiduciaria administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 4. Canalizar hacia la sociedad fiduciaria administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio las quejas presentadas en relación con el trámite de reconocimiento de las prestaciones sociales del magisterio y realizar un seguimiento de las mismas. Trámite de prestaciones sociales • Solicitud de reconocimiento de prestaciones presentada por el docente ante la Secretaría. • Revisión de la documentación en la historia laboral, componente de prestaciones sociales. • Envío a La Fiduciaria del expediente con resolución de pago . • La Secretaría le notifica al docente la resolución de pago firmada y numerada, o la notificación de no aprobación. • La Secretaría envía a La Fiduciaria la notificación ejecutoriada para el pago. Administración de reclamaciones por salud • Reclamación o queja del servicio de salud por parte del docente ante la Secretaría. • Análisis de la reclamación por parte del Comité Regional. • Envío de la reclamación a La Fiduciaria. • La Fiduciaria envía a la Secretaría el informe de auditoría médica. PENSIONES. 1.PENSIÓN DE VEJEZ • Tiempo de cotización: 1300 semanas ( 1 semana = 7dìas calendario) • Factores Salariales: Asignación Básica y sobresueldo Nacional, horas extras. • Edad 57 años hombres y mujeres. • normas aplicables: Art. 81 ley 812/2003, ley 100/1993, Decreto 115871994, ley 797/2003 y demás normas reglamentarias. PENSIÓN DE INVALIDEZ DERECHO: Se considera Inválida la persona que por cualquier causa de origen profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral. •Porcentaje de Pensión: 45% del I.B.L. mas el 1.5% del I.B.L por cada 50 semanas con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50% e inferior al 66%. PRESTACIONES SOCIALES PENSIÓN DE INVALIDEZ * 54% del I.B.L. mas 2% del I.B.L. por cada 50 semanas con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 66%. * La pensión por invalidez, no podrá ser superior al 75% del I.B.L ni podrá ser inferior al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente. (2015 $644.350) * Por solicitud de la entidad de previsión, cada tres años, el pensionado tiene tres meses para someterse a la revisión, vencidos los cuales se suspende el pago de la pensión. Transcurridos 12 meses sin que el pensionado se presente o permita el examen la pensión prescribirá. Por solicitud del pensionado a cualquier tiempo y a su costa. PENSIÓN DE INVALIDEZ * Factores Salariales: Asignación Básica y sobresueldo nacional y horas extras, si las devengaba y hubo aportes. Normas Aplicables: Art 81 ley 812/2003, Decreto 3752/2003, Ley 100/1993, Decreto 1158/1994, Ley 860/2003 y sus normas reglamentarias. PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES *DERECHO:XXXXXXXXX ojooooooooooooooooooooooooooooooooo. Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca y los miembros del grupo familiar del afiliado al sistema, siempre y cuando estos hubieren cotizado cincuenta semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento. PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES PORSENTAJE: • Si era pensionado: 100% de la pensión que disfrutaba. • Por muerte del afiliado: 45% del I.B.L, mas 2% por cada 50 semanas adicionales de cotización a las primeras 500 semanas de cotización, sin exceder el 75% del I.B.L, el monto de pensión no podrá ser inferior al SMLV. FACTORES SALARIALES: . Asignación Básica y Sobresueldo Nacional y horas extras. AUXILIO FUNERARIO * DERECHO: La persona que compruebe haber sufragado los gastos del entierro de un afiliado o pensionado. • MONTO: • Equivalente al último salario base de cotización, o valor de la última mesada pensional recibida. (no puede ser inferior a cinco SMLMV, ni superior a 10 SMLMV. • Ley 100/93 Art.51. CESANTÍAS DEFINITIVAS / Beneficiarios DERECHO: Todo docente que se retire en forma definitiva del servicio. Se reconoce el valor de cesantía, liquidada anualmente y reportadas por cada Secretaria de Educación a partir de 1990. PRESCIPCIÓN 10 Año contados desde el retiro del servicio. NORMATIVIDAD: Ley 244/1995, Ley 1071/2006. CESANTIAS PARCIALES (Acuerdo 34/89) • • • • • PROCEDENCIA DE ANTICIPOS: Adquisición de Vivienda. / Construcción de vivienda en Lote. Liberación gravamen hipotecario. Reparaciones Locativas. Estudio (Ley 1071/2006) CESANTIAS PARCIALES (Acuerdo 34/89) PERIODICIDAD: No podrá radicarse solicitudes por trámite ordinario, sino después de tres (3) años contados a partir de la fecha de pago de la anterior, a excepción: para Estudio, que se podrá radicar cada año según vigencia fiscal. ADMINISTRACION DE LA NOMINA ADMINISTRACION DE NOVEDADES PROCESAMIENTO DE LA NÓMINA Gestionar la liquidación oportuna de las obligaciones laborales y de terceros asociados a la nómina del personal docente y administrativo de la Secretaria de Educación de Boyacá. Para garantizar el buen resultado de la liquidación de la nómina depende de la información veraz y oportuna que alleguen a la oficina de Novedades, las Instituciones Educativas. PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE HORAS EXTRAS POR RECUPERACIÓN Las horas extras por recuperación generadas por situaciones de incapacidades o no presencia oportuna de los docentes se deben tramitar con el Lic. Francisco Javier Ossa Hoyos, diligenciando para ello los formatos 1 y 2, horario de recuperación y la resolución rectoral de asignación de horas extras por recuperación a los docentes, documentos que deben enviarse al correo [email protected], para su Revisión y Aprobación. Teléfono 7420200 Ext.3214 y 3221. (Circular Informativa No. 009 febrero 02/02/2015), Anexos formatos 1 y 2. 2. La oficina de cobertura, revisa y analiza la documentación y expide un informe consolidado de los requerimientos de horas por recuperación de las Instituciones Educativas Autorizadas y lo remite a la oficina de nómina y liquidación. 3. Los rectores de las Instituciones Educativas deben enviar en los primeros cinco (5) días del mes siguiente a la oficina de nómina y liquidación los reportes de las horas extras por recuperación efectivamente laboradas mes por mes y radicarlos en el SAC y/o página Web de la Secretaria para el pago, dando cumplimento a lo señalado en la Circular Informativa No. 20 de fecha 29 de mayo de 2015 / Radicación de novedades de nómina y planta de personal. 4. El personal encargado de esta novedad en la oficina de nómina y liquidación teniendo en cuenta los parámetros establecidos por los Decretos Ns.1092 y 1116 de fechas 26 y 27 de mayo de 2015, artículos 14 y 8 respectivamente, revisa los reportes de horas extras por recuperación efectivamente laboradas en el mes, verifica la existencia de la autorización expedida por la oficina de cobertura y si cumple con lo reglamentado se incluirán dichas horas en la nómina para el respectivo pago. PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE HORAS EXTRAS DE BILINGÜISMO - JORNADA EXTENDIDA 1. Mediante Circular expedida por el despacho del Secretario de Educación de Boyacá (Circular No.019 de febrero 24 de 2015), los docentes interesados en participar en este Programa deben elaborar un propuesta el Word (formato anexo) y diligenciar un formato en Excel (formato anexo) con visto bueno de los rectores y enviarlo al correo [email protected] o [email protected]. Una vez revisados los formatos por el equipo de Bilingüismo, la Secretaría expide la Resolución por la cual autoriza a las Instituciones Educativas para desarrollar el Proyecto de Inglés en Jornada Escolar Extendida y fija los parámetros establecidos. (Resolución 002022 de marzo 25 de 2015). 2. Las horas extras de Bilingüismo serán asignadas mediante resolución rectoral, copia de la cual enviarán a los correos electrónicos antes mencionados, Lic. José Cristóbal Duarte Riaño. Cel. 3165213074. 3. Los rectores de las Instituciones Educativas deben enviar en los primeros cinco (5) días del mes siguiente a la oficina de nómina y liquidación los reportes de las horas extras de Bilingüismo efectivamente laboradas mes por mes y radicarlos en el SAC y/o página Web de la Secretaria para el pago, dando cumplimento a lo señalado en la Circular Informativa de fecha 29 de mayo de 2015 / Radicación de novedades de Nómina y planta de personal. 4. El personal encargado de esta novedad en la oficina de nómina y liquidación revisará los reportes de horas extras de Bilingüismo efectivamente laboradas en el mes, verificará el cumplimiento de los lineamientos fijados en la Resolución en mención e incluirá dichas horas en la nómina para su respectivo pago. PROCEDIMIENTO PARA INCLUSIÓN EN NOMINA DE HORAS EXTRAS REGULARES Y CEDEBOY. 1. Que exista la Disponibilidad Presupuestal, la cual tramita la oficina Cobertura a través de la Dependencia Financiera de la Secretaria de Educación de Boyacá. 2. Que la Oficina de Cobertura haga llegar la Información (AUTORIZACION) sobre las horas extras que requiere cada una de la Instituciones para la vigencia y para cada uno de los programas. 3. Los rectores reporten en los formatos diseñados por la Secretaria con el apoyo del MEN en los cinco primeros días de cada mes las horas realmente trabajadas. Estos reportes se revisan docente por docente para constatar que el profesor a quien según el rector dictó las horas extras pertenezca a la nómina cancelada por la Secretaria de Educación de Boyacá y que la horas que reportan estén de acuerdo con las asignadas y las semanas de clase que fija el calendario escolar mediante acto administrativo, y que reúna los dos requisitos (disponibilidad y Autorización) para proceder a insertar en nómina las horas a reconocer. PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES LABORALES Y OTROS. -La información correspondiente a datos personales debe ser actualizada ante la dependencia del SAC e HISTORIAS LABORALES como (CC y ligar de expedición de esta, nombres, apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico). -Expedición de certificaciones laborales. -Los costos de expediciones certificaciones laborales (Icetex, créditos, codeudor, libreta militar) tiene un costo de $3000 c/u los cuales debe ser consignados al fondo rotatorio. -El costo para la expedición de certificación laboral para el trámite de visa es de $10.000 debe ser consignado en el banco AV VILLAS -fondo rotatorio. -Para el retiro de todo documento por terceros (abogado) deberá traer autorización o un poder autenticado. Los rectores y coordinadores NO están autorizados a expedir certificaciones laborales ya que ellos no son pagadores del gasto público. -Para el trámite del formulario del Fondo Nacional del Ahorro para retiro de cesantías parciales y definitivas deben radicarlo en el SAC previamente firmado. -Para el trámite del formulario de solicitud de crédito ante el Fondo Nacional del Ahorro únicamente será expedido a funcionarios administrativos. -Para el retiro de aportes de cesantías a fondos privados los funcionarios deben traer la respectiva liquidación del monto a retirar y su destino de inversión. -Para expedición de certificaciones de aportes de cesantías con retroactividad requisito del Fondo Pensional Territorial de Boyacá para afiliados al Fondo Nacional del Ahorro deberán solicitar el extracto ante esta entidad y adjuntarlo a la petición que será radicada en el SAC. -Las certificaciones indicando a donde se están girando o fueron girados los aportes de salud , pensión y cesantías será expedido a partir de abril del año 1977, y los años anteriores deberán ser solicitados directamente a la Contraloría General de Boyacá ubicada en el 5º de la alcaldía de Tunja. PROCEDIMIENTO PARA EL TRAMITE DE CETIFICADOS SALARIALES La Secretaría de Educación a través de la oficina de nómina expide los certificado de salarios y devengados a partir de abril de 1977; los años anteriores a esta fecha se encuentran bajo la custodia y manejo del archivo de la Contraloría General de Boyacá por esta razón deben ser solicitados directamente por los interesados a esa Entidad. Los usuarios que soliciten certificado de salarios, deben hacer la petición especificando que clase de prestación requiere tramitar y la consignación del respectivo pago en los bancos autorizados para tal fin con destino al fondo rotatorio de esta Secretaría. Las clases de prestaciones se especifican a continuación: Cesantías parciales y definitivas para personal docente con vinculación Nacional deben anexar reportes de las cesantías que la Entidad expide año a año para ese fin. •Cesantías parciales: Para el personal Nacionalizado se expide certificados de factores salariales con la prima de vacaciones y prima de navidad del año anterior y el salario de los tres últimos meses cancelados del siguiente año; y cesantías definitivas se expiden salarios un año atrás de la renuncia. Pensión y re-liquidación de pensión para docentes con vinculación Nacional y Nacionalizados: Se expide certificado de salarios un año atrás del Status pensional, Si están activos; retirados se expiden salarios un año atrás de la fecha de la renuncia. Cesantías parciales para docentes Nacionalizados: Se expide certificado de salarios un año completo tomando la fecha de la petición. Para las cesantías definitivas de los docentes Nacionalizados se expide un año atrás de la fecha de renuncia. Si la solicitud es de pensión jubilación para los docentes se da un año atrás del estatus de pensión ( 20 años de servicio y 50 o 55 años de edad ). Pensión de gracia se expiden los salarios que tenia el usuario al momento de cumplir los 20 años de servicio y 50 años de edad Status pensional. Pensión de invalidez: Se expiden salarios un año atrás de la fecha del acto administrativo. Para quienes ingresaron antes del año 1990 se expide salario con un año atrás y después de 1990 se expiden los últimos 10 años. Si los docentes solicitan re-liquidación pensión se expide el certificado de salario un año atrás de la renuncia. Revisión pensión jubilación se expiden salarios con el estatus de pensión. Par pensión y re-liquidación de pensión del personal Administrativo: Se expiden formatos bono pensional 2 y 3 (B).En el formato 2 se certifica fecha base años 1991 y 1992 si a la fecha están activos, si se retiran antes de esa fecha se les da el último año de servicio o el tiempo que hayan laborado según el caso. En el formato 3 (B) los últimos 10 años laborados. LIQUIDACION Y EXPEDICION DE REPORTES DE CESANTIAS PERSONAL DOCENTE Y DIRECTIVO DEL PERSONAL DOCENTE CON REGIMEN DE CESANTIAS DE ANUALIDAD LIQUIDACION DE CESANTIAS Ley 91 de 1989, Fondo Nacional de Prestaciones La liquidación de cesantías de los docentes y directivos docentes se realiza anualmente para elSociales del Magisterio a partir del 1 de enero de personal que ingresa a laborar a partir del año 1990, estas se liquidan teniendo en cuenta los1990, La entidad territorial liquida las cesantías factores salariales y por el tiempo laborado durante el año, para posteriormente ser reportadasanualmente sin retroactividad y el Fondo Nacional de antes del 15 de febrero de cada año al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio,Prestaciones reconocerá y pagará un interés anual luego La Secretaria de Educación de Boyacá imprime dos copias de la liquidación de cesantíassobre saldo de estas cesantías existentes al 31 de por cada docente y hace entrega a los rectores de los municipios para que notifiquen a losdiciembre de cada año, a una tasa de interés (DTF), docentes que hacen parte de este régimen, posteriormente hacen devolución de una copia a estacertificada por la Superintendencia Bancaria. entidad para que dicha notificación repose en la hoja de vida, además el fondo de prestaciones del magisterio reconocerá y pagará un interés anual sobre saldo de estas cesantías existentes al 31 de diciembre de cada año, a una tasa de interés (DTF), certificada por la Superintendencia Bancaria, que será cancelado en el primer trimestre de año siguiente de la liquidación, que se informara a través de la pagina de la Secretaria de Educación. Las peticiones que realizan los docentes de régimen anualizado, respecto a liquidación de cesantías, pago de intereses, cambio del lugar de pago de intereses y duplicado de la notificación de cesantías son atendidos por la Secretaria de Educación del Departamento y si es el caso se reportan las situaciones al Fondo Prestacional del Magisterio Fiduprevisora S.A. para que este de una solución de fondo. PETICIONES DE CESANTIAS E INTERESES Y OTRAS INCONSISTENCIAS Toda solicitud de reportes de cesantías de los años anteriores tiene un valor que es el establecido por la Secretaria de Educación de Boyacá, por eso la importancia de que el interesado se notifique oportunamente en la Institución Educativa correspondiente. PROCEDIMIENTO PARA INCLUIR EMBARGOS JUDICIALES EN NÓMINA 1. el trámite dado a los diferentes requerimientos enviados por los despachos judiciales en orden de prioridad es: Alimentos Proceso en el cual se verifica si el docente o administrativo tiene o no embargo judicial, en caso de existir una orden por proceso ejecutivo de cooperativas o deudas de título valor esta es suspendida de nómina y se da cumplimiento al embargo por alimentos, igualmente se informa al despacho judicial que en cumplimiento a orden judicial por alimentos se suspenden otros descuento dándose prioridad a este, por tratarse de alimentos. 2. Cooperativas: en caso de existir descuento por embargo en procesos ejecutivos de título valor este igualmente es suspendido y se da cumplimiento a lo establecido en la ley cooperativa. 3. Deudas Por Titulo valor: en este caso de no existir ninguno de los anteriores se da cumplimiento a la orden impartida por autoridad judicial competente, en caso de existir alguna de las anteriores se da respuesta mediante oficio al despacho judicial y se procese a devolver el oficio original, en espera de la orden del despacho Judicial. Es pertinente poner en conocimiento que el sistema operativo de nómina utilizado en las Secretarias de Educación a nivel nacional, es manejado directamente por el Ministerio de Educación Nacional, razón por la que la entidad no es autónoma en la Parametrización, es decir cuando se requiere un cambio o ajuste es necesario solicitar a través de la firma consultora que opera desde la ciudad de Bogotá. La nómina de personal de esta Secretaria está conformada aproximadamente por 8.000 docentes 500 directivos y 1.200 administrativos PROCEDIMIENTO PARA INCLUIR EMBARGOS JUDICIALES EN NÓMINA Se viene manejando embargos a un promedio de 400 funcionarios de estos, por un valor superior a 150.000.000.00 millones de pesos mensuales, el proceso de las cuotas alimentarias (cuota fija) es un proceso que se realiza manualmente, dado que cada despacho judicial ordena el incremento bajo diferentes conceptos entre otros IPC, Incremento anual del SMLV, otros porcentajes, lo cual no ha permitido que se logre la Parametrización en el sistema de nómina humano. TRÁMITE PARA UN CORRECTO PAGO DE HORAS EXTRAS RECARGOS NOCTURNOS DOMINICALES Y FESTIVOS De acuerdo circular Nº 001 de fecha 15 de enero de 2015 en la cual se brindan orientaciones sobre la elaboración de la programación anual de celaduría para las Instituciones de los municipios no certificados del departamento de Boyacá, se reitera: • La programación debidamente diligenciada y firmada por el rector debe ser radicada a través del sistema de atención al ciudadano previa revisión hecha por el funcionario de la oficina de nómina encargado a más tardar el día 31 de enero de cada vigencia. El incumplimiento a la fecha estipulada en la presente circular, será causal de mala conducta sancionable disciplinariamente en los términos de la ley 734 de 2002 • Para que el pago de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos proceda, la programación de celaduría debe estar aprobada por esta entidad territorial, de lo contrario los funcionarios celadores NO tienen autorización para laborar horas extras recargos nocturnos, dominicales y festivos. • Las novedades de personal que se deben reportar a la Secretaria de Educación de Boyacá se clasifican en Novedades de Planta de Personal y Novedades de Nómina dentro de las que se encuentran las novedades de horas extras recargos nocturnos dominicales y festivos (circular 20 de fecha 29 de mayo de 2015), el reporte de estas novedades se debe realizar a más tardar el día cinco de cada mes y deben estar autorizadas dentro de la programación anual autorizada al inicio de la vigencia. • A continuación se da un ejemplo de cómo diligenciar correctamente el formato de reporte de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ REPORTE HORAS EXTRAS, RECARGOS NOCTURNOS, DOMINICALES Y FESTIVOS Versión: 1.0 MES: XXXXX AÑO: XXXXX MUNICIPIO: XXXXXXX ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX RECTOR/DIRECTIVO DOCENTE: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX No. IDENTIFICACIÓN APELLIDOS NOMBRES HORAS REC. NOCT HORAS EXTRAS NOCTURNAS 1 Fecha del reporte:_03_07_2015 Fe cha de recepción SE: ____ / ____ / _____ (dd/mm/aa) (dd/mm/aa) HORAS EXTRAS DIURNAS 2 _________________________________ FIRMA RECTOR (A) Funcionario SE C.C.No. 3 DÍAS DOM. Y FEST. 4 JORNADA NOCT 35% 5 OBSERVACIONES Horas de recargo Nocturno: El recargo nocturno es aquel que se debe pagar sobre la hora ordinaria por el hecho de que el trabajador preste sus servicios a la empresa en la jornada nocturna ya sea en un día hábil u ordinario o en un día domingo o festivo. Se debe especificar en la casilla el Nº de recargos nocturnos que el funcionario labora en el mes. Horas extras nocturnas: Son aquellas que se generan cuando un empleado presta sus servicios a una empresa durante la jornada nocturna, habiendo ya cumplido el empleado con la jornada ordinaria establecida para un día hábil u ordinario. En otras palabras, las horas extras nocturnas son las horas adicionales a la jornada ordinaria de un empleado, siempre y cuando estas horas se den entre las 6:00 pm y las 6:00 am del día siguiente y si el día en que se dan las horas extras no es domingo o festivo. Horas extras diurnas: Son aquellas que se generan cuando un funcionario presta sus servicios durante la jornada diurna, habiendo ya cumplido la jornada ordinaria establecida para un día hábil u ordinario. En otras palabras, la horas extras diurnas son las horas adicionales a la jornada ordinaria de un empleado, siempre y cuando estas horas se den entre las 6:00 am y las 6:00 pm de un día diferente a domingo o festivo. Días dominicales y festivos: en esta casilla específica cuantos días dominicales y festivos laboró el funcionario celador, teniendo en cuenta el Nº de días dominicales y festivos autorizados en la programación anual radicada al inicio de cada vigencia. Jornada Nocturna del 35 %:Art 34 Decreto 1042 de 1978. “Sin perjuicio de los que dispongan normas especiales para quienes trabajan por el sistema de turnos, los empleados que ordinaria o permanentemente deban trabajar en jornada nocturna tendrán derecho a recibir un recargo del treinta y cinco por ciento sobre el valor de la asignación mensual” “No cumplen jornada nocturna los funcionarios que después de las 6 p.m., completan su jornada diurna hasta con una hora de trabajo”. Los rectores en esta casilla deben certificar si el funcionario Si tiene derecho al recargo del 35% sobre el salario básico o No, teniendo en cuenta el horario para ese mes autorizado en la programación y si el funcionario cumplió con lo estipulado en la ley. PROCEDIMIENTO PARA DESCUENTO MODALIDAD LIBRANZAS Según Ley General de Libranzas No. 1527 del 27 de Abril de 2012, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: • La Libranza o descuento directo, es la autorización dada por el asalariado o pensionado a la entidad pagadora de la Secretaría de Educación de Boyacá, para que se le realice descuento del salario disponible con el objeto de ser girado a favor de las entidades operadoras autorizadas para atender los productos, bienes y servicios objeto de libranza. • Para poder acceder a cualquier tipo de producto, bien o servicio a través de la modalidad de libranza o descuento directo, se deben cumplir las siguientes condiciones: • Que exista autorización expresa e irrevocable por parte del beneficiario del crédito, a la entidad pagadora oficina de Nómina Secretaría de Educación de Boyacá, quien será la encargada de realizar el descuento respectivo una vez se haya liquidado la nómina. • Que en ningún caso la tasa de interés correspondiente a los productos y servicios objetos de libranza, supere la tasa máxima permitida legalmente. • Que la tasa de interés pactada inicialmente, sólo será modificada en los eventos de renovación, refinanciación o cambios en la situación laboral del deudor beneficiario, con su expresa autorización. • Que la libranza o descuento directo se efectúe, siempre y cuando el asalariado o pensionado no reciba menos del cincuenta por ciento (50%) del neto de su salario o pensión, después de los descuentos de ley. De acuerdo a comunicado de Febrero 11 de 2010 emitido por la Secretario de Educación y Directora Administrativa, en la Secretaría de Educación no se realizarán estudios de crédito a los préstamos, afiliaciones, cuotas o créditos por libranza radicados por la entidades, sino que será la misma entidad financiera o comercial quien defina la capacidad de endeudamiento delempleado; es decir que en adelante la entidad radicará las libranzas debidamente suscritas por el Docente o Administrativo en el formato utilizado para tal fin, el cual deberá contener número de documento de identidad, nombres y apellidos, monto total del crédito o valor a descontar, número de cuotas acordadas así como el valor de cada una de ellas, firma del empleado y huella digital. Para facilitar el procedimiento y disposición de la información para el estudio del crédito, la Secretaría de Educación en su página web www.sedboyaca.gov.co dispuso los comprobantes de pago mensuales en línea y cada Servidor Público de la Secretaría de Educación dispone de una clave de acceso. • Se les recomienda a los Docentes y Administrativos no firmar Libranzas en blanco, para evitar el riesgo de verse sometido a cancelar un valor no autorizado. • Para el manejo de las refinanciaciones sobre créditos por libranza, deberá incluirse tanto la terminación del crédito vigente como la inclusión del nuevo crédito, toda vez que la administración sólo da trámite a lo inicialmente registrado y hasta la finalización, por lo mismo el archivo plano y las novedades en físico deben reportar el número de cuotas pactadas y el número de cuota mensual, además la refinanciación deberá contener el paz y salvo del crédito anterior. • Los Docentes y Administrativos deben tener especial cuidado cuando la entidad con la que suscribieron la Libranza cambie de razón social, pues dicha entidad financiera o comercial está en la obligación de informar tanto a los usuarios como a la pagaduría las condiciones en que se sigue operando el descuento, a fin de evitar tanto la no continuidad de descuento lo que acarrea reporte en mora, como el cumplimiento de nuevas condiciones y compromisos cuando se cambia de razón social por compra de cartera. • Cada empresa radicará en el SAC ubicado en el primer piso antes del día 11 de cada mes, las novedades en medio físico junto con el archivo plano en medio magnético y abstenerse de la entrega en forma personal a cualquier funcionario, tampoco se autoriza el envío por correo electrónico sin que se tenga la seguridad de haberlo efectuado antes en físico en el SAC, así mismo los Docentes y Administrativos que hayan terminado de cancelar su obligación, pueden radicar el Paz y Salvo expedido por la entidad antes del día 11 para que la oficina pagadora de la Secretaría efectué la suspensión de descuento. • Es importante tener en cuenta que al momento de adquirir un crédito, bien o servicio, el Docente o Administrativo debe acordar con el Tercero una fecha de pago exacta, ya que los descuentos se ven reflejados una vez se haya liquidado la nómina, es decir al final de cada mes. La omisión de la finalización de un crédito o inclusión en las novedades de un descuento que no haya sido puesto en conocimiento de la administración, es decir no radicado previamente, dará lugar a la suspensión del código. • Como la Secretaría de Educación da aplicabilidad al principio de la buena fe, cuando se presenten situaciones de libranzas ya aplicadas en la nómina frente a las que haya existido suplantación del Servidor Público en la información, firma o huella, se suspenderá el código restringiendo la apertura o inclusión de nuevos créditos o cuotas hasta tanto exista fallo de la justicia ordinaria frente al caso. • Para efectos de continuar u obtener código para manejo de libranzas además de los requisitos legales, debe acreditarse oficina de atención personalizada en la Ciudad de Tunja y establecerse un único Agente o Asesor de contacto con el líder del grupo de nómina o en su defecto con la Directora Administrativa. • La Secretaría de Educación de Boyacá mediante comunicado publicado en la página web www.sedboyaca.gov.co, dará a conocer las Cooperativas, Entidades Financieras, Sindicatos, Funerarias y demás Empresas Comerciales Autorizadas que tienen código de descuento por modalidad libranza, para que los Docentes y Administrativos suscriban Libranzas. OBJETIVO Administrar los Bienes existentes y gestionar Servicios para el normal funcionamiento y cumplimiento de las metas propuestas de la Secretaria de Educación de Boyacá y las 254 Instituciones Educativas de los municipios No certificados del Departamento, respondiendo a los principios de calidad, transparencia, eficacia y equidad, siempre cumpliendo el marco normativo vigente. MISION Ser el centro de apoyo físico, tecnológico y logístico de la Secretaría de Educación de Boyacá, en cuanto a suministro, control, seguridad, mantenimiento de infraestructura física y tecnológica y custodia de bienes requeridos por la entidad para el desarrollo del objeto social. VISION Mantener con eficiencia y calidad las herramientas necesarias que permitan dar cumplimiento en las diferentes funciones, procesos y procedimientos de la Institución mediante el ofrecimiento de un servicio oportuno que favorezca el clima laboral. GRUPO DE TRABAJO 1) Depuración de los inventarios de la IE de los 120 municipios no certificados del Departamento de Boyacá. 2) Supervisión del Sistema de Información de la inversión del Sector Solidario en la Educación. NUESTROS SERVICIOS 3) Formulación y elaboración Proyectos de Inversión. 4) Servicios Técnico, físico y logísticos de la Planta central de la SEB. 5) Administración de Activos fijos SEB (Equipos de computo, impresoras y puestos de trabajo). CONSOLIDACIÓN DE NECESIDADES RECEPCIÓN DE REQUERIMIENTOS Y NECESIDADES MANEJO DE APLICATIVO SAC FORMULACIÓN Y ELABORACIÓN DE PROYECTOS SEGÚN NECESIDADES CONSOLIDADAS APOYO EN VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y PROYECTOS SUPERVISIÓN DE CONTRATOS Y DOTACIONES PARA LAS I.E. DE LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS ENTREGA DE MATERIAL ES Y SUMINISTROS SOLICITUD Y RECEPCIÓN DE PEDIDOS EN ALMACEN GENERAL PROCESO DE BAJAS ACTUALIZACIÓN DE INVENTARIOS MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA DE LA SEB MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO MANTENIMIENTO DE REDES DE VOZ, DATOS Y ENERGIA SOPORTE TECNICO-LOGISTICO BIENES DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO. Forman parte los bienes muebles de las Instituciones Educativas forman parte del ambiente pedagógico, siendo los que facilitan los procesos de aprendizaje. Es necesario, por tanto, que los directivos y estudiantes reconozcan la importancia de los recursos y la necesidad de mantenerlos en buenas condiciones para que cumplan con su función, así como dejarlos en buen estado para el servicio de otros. OBJETIVO GENERAL Apoyo, control, actualización, seguimiento, clasificación y consolidación del inventario de bienes de propiedad, planta y equipo de las 254 Instituciones Educativas con sus respectivas sedes de los municipios no certificados del Departamento de Boyacá y reporte a la Gobernación para actualización en el programa PCTG de la planta central. Lo anterior con el fin de actualizar el inventario real de bienes muebles de cada Institución educativa. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Depurar el inventario de las 254 Instituciones Educativas con el fin de establecer la existencia real de los bienes de propiedad, planta y equipo; identificando bienes para dar de baja, fungibles o de consumo y no fungibles. • • • Solicitar anualmente el reporte de bienes muebles de propiedad a cada Institución Educativa. Realizar depuración, clasificación de bienes de mayor y menor cuantía sujetos a depreciación. Realizar apoyo y seguimiento al cumplimiento de los lineamientos establecidos en la circular Nº13 de 14 de Mayo de 2013 procedimiento de baja de bienes muebles establecidos por la Sectorial. INVENTARIOS Conceptos Normatividad Formatos Base de datos NORMATIVIDAD Ley 715 de 2001 Normas orgánicas en materia de recursos, competencias y organización de la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Decreto 4791 de 2008 Reglamenta la Ley 715/01 en relación con el Fondo de Servicios Educativos de los establecimientos educativos estatales. Circular 09 de 2010 Administración y organización Bienes y Servicios de los Fondos de Servicios Educativos 2010. Circular 12 de 2015 Orientaciones para un eficiente manejo de bienes muebles de los establecimientos educativos. Circular 15 de 2015 Por la cual se emite formato modelo de entrega de bienes por traslado de funcionarios por retiro, traslados o licencias. Circular 19 de 2015 Solicitud de paz y salvo y otras orientaciones para el proceso de baja de bienes muebles. QUÉ ES UN BIEN? Este término es utilizado para nombrar cosas que son útiles a quienes las usan o poseen. QUE ES UN BIEN MUEBLE Es aquel que puede trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se halla depositado. Se clasifican en fungibles o consumibles cuando su uso conduce a su extinción; y no fungibles cuando el uso no las destruye. BIEN FUNGIBLE O CONSUMIBLE Son aquellos que se consumen con el uso o porque al agregarlos o aplicarlos a otros bienes se extinguen o desaparecen como unidad o materia independiente. Ej. Útiles de escritorio, oficina, dibujo, papelería, tóner, copias de videos, disquetes, casetes, cosedoras, perforadoras, saca ganchos, tijeras, reglas, cintas magnéticas, loza, cristalería, y menaje de cocina(baldes, ollas, bandejas, olletas, cubiertos,etc.) BIEN NO FUNGIBLE O DEVOLUTIVO Son aquellos que no se consumen en su primer uso, aunque con el tiempo se deterioran a largo plazo, así como los que por su estado no son útiles o se han desactualizado tecnológicamente. Están sujetos a depreciación y es exigible su devolución (pupitres, sillas, tableros, maquinaria y equipo etc.). Según su ubicación, se clasifican en: Bienes en almacén: son aquellos elementos materiales que se encuentran almacenados en el área física denominada “almacén” o en la bodega del establecimiento, con disponibilidad para su uso o por que han sido reintegrados como devolutivos inservibles. Bienes en uso: son los entregados a funcionarios de las diferentes dependencias del establecimiento para el cumplimiento de sus funciones y sobre los cuales tienen la responsabilidad por su adecuada administración y protección. COMO SE ADMINISTRA UN BIEN MUEBLE Organización: realización del inventario y su avalúo respectivo Administración: realización de mantenimiento, adquisiciones y actualización del inventario. nuevas INVENTARIO ¿QUÉ ES? Herramienta de planificación que permite generar información confiable y oportuna sobre la cantidad y estado de los bienes muebles e inmuebles, para el análisis y toma de decisiones gerenciales frente a su estado y uso eficiente, así como el establecimiento de unos planes de mejoramiento y la priorización de recursos para inversión. Identificación general de los bienes. ¿CÓMO SE ESTRUCTURA? Establecer su situación legal. Determinar su información económica. Determinar su información física. Aplicación de parámetros y normas. ACTUALIZACION DE INVENTARIO Ingresos al inventario: Por compra, por traspaso de una entidad a otra, por no haberse contemplado en conteos anteriores o por donación. Egresos del inventario: por traspaso a otra institución, por baja (se decide retirar un bien del patrimonio de la entidad) o porque se han determinado como inservibles. MODALIDADES POR LAS QUE SE PRODUCE EL INGRESO DE BIENES A ALMACEN. Adquisición de bienes con recursos del Fondo de Servicios Educativos. Donaciones su documento de formalización es un acta o acto administrativo con sus requisitos: •Tipo de bien. •Cantidad. •Valor unitario •Fecha de entrega. ¿Qué hacer si no se puede formalizar el hecho? Dentro de los quince días siguientes de recibido a través de Consejo Directivo asignar el valor con la ayuda de cotizaciones con las mismas características. Reposición de bienes por daño, perdida o hurto Acta aprobada por Consejo Directivo y ordenador del gasto Comodato Deben entregado. utilizarse en la prestación del servicio para el cual fue QUIÉNES Y CUANDO SE DEBE REALIZAR LEVANTAMIENTO FISICO DE INVENTARIO? Una vez al año Un equipo de trabajo interdisciplinario denominado Comité de inventarios conformado por: •Un docente que preste sus labores en la sede de cada Institución. •Un docente del área de informática. •Un docente del área de química. •Un docente de lengua castellana. •Un representante de los miembros del Consejo Directivo. •Auxiliar Administrativo. •Auxiliar de servicios generales. A PARTIR DEL LEVANTAMIENTO FÍSICO ¿QUÉ SITUACIONES SE PUEDEN DETERMINAR? Identificación, clasificación y ubicación de los bienes servibles en uso, inservibles, obsoletos e innecesarios, para darlos de baja. Identificación de los bienes que no aparecen en el físico pero figuran en los registros de la entidad, para ubicarlos o darlos de baja. Identificación de bienes no registrados en inventarios para incorporarlos. Identificación de bienes que figuran en inventario pero por sus características pueden ser considerados de consumo, para retirarlos. Identificación y clasificación de los bienes recibidos y entregados en comodato. VIDA ÚTIL DE BIENES MUEBLES DENOMINACIÓN AÑOS VIDA ÚTIL Muebles, enseres y equipos de oficina 10 Equipo de comunicación 10 Equipo de cómputo 5 Equipo de comedor, cocina y despensa 10 Redes, líneas, cables aéreos y sus accesorios 25 Equipo médico y científico 10 Equipo de transporte, tracción y elevación 10 ANEXO 3 SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA FORMATO TOMA FISICA DE INVENTARIOS DE BIENES INSTITUCIONES EDUCATIVAS Nombre Institución Educativa Municipio Nit Codigo del Dane Dirección Ubicación: No. DE SERIE Urbano ___ CODIGO CONTABLE CANTIDAD POR UNIDAD DESCRIPCION DEL ELEMENTO MARCA VALOR UNITARIO 1 2 4 5 6 162505 1 3 Computador negro, CPU, mouse, teclado y audífonos ACER 2544-B14 1.250.000 Rural ___ ESTADO DE CONSERVACION B R M 7 X FECHA DE COMPRA FECHA DE ENTREGA AL SERVICIO VIDA UTIL RESTANTE 8 9 10 12/11/2002 11/12/2002 0 ACTIVIDAD DEL BIEN EN SERVICIO BIEN EN BODEGA RESPONSABLE NOMBRE CEDULA 11 X 12 Clara Martín 23.555.555 ANEXO 4 SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA FORMATO RELACION DE BIENES PARA DAR DE BAJA Nombre Institución Educativa Municipio Nit Codigo del Dane Dirección Ubicación: CODIGO CONTABLE DESCRIPCION DEL ELEMENTO Urbano __ COSTO CANTIDAD VALOR RAZON PARA DAR DE UNITARIO UNIDAD ACTUAL BAJA INSERVIBLE 1 166502 2 Máquina de escribir eléctrica OLIVETTI Rural __ 3 4 5 300.000 1 0 OBSOLETO INNECESARIO 6 X ANEXO 5 SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA FORMATO DE TOMA DE INVENTARIOS DE SEMOVIENTES Nombre Institución Educativa Municipio Nit Codigo del Dane Dirección Ubicación: CODIGO CANTIDAD CLASE RAZA CONTABLE POR UNIDAD 1 2 3 4 1610 1 Bovino Normando Urbano ______ EDAD MESES AÑOS 5 3 Rural _____ VALOR VALOR DE COMPRA COMERCIAL 6 7 1.000.000 1.500.000 RESPONSABLE NOMBRE CEDULA 8 Rafael Ortiz OBSERVACIONES 9 2.333.333 SEMOVIENTES VOLVER AL MENU PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN DE VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE SERVIDORES PÚBLICOS – SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ CONCEPTOS COMISIÓN DE SERVICIOS Desarrollo de funciones propias de su empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, asistir a reuniones, seminarios, capacitaciones, conferencias, realizar visitas de observación que interesen a la educación y que se relaciones con el ramo que presta sus servicios. SEDE HABITUAL DE TRABAJO Es el centro o lugar geográfico, urbano o rural, en donde esta ubicada la dependencia y /o donde habitual y ordinariamente presta sus servicios el docente, directivo docente y administrativo. COMISIONADO El servidor Público sobre quien recae la responsabilidad y cumplimiento de una comisión de servicios. • VIÁTICO: valor diario destinado a proporcionarle al servidor público comisionado, el pago de los gastos por concepto de manutención y alojamiento, en cuanto las condiciones de su estadía lo exijan. • GASTOS DE TRANSPORTE: Valores necesarios para cubrir el pago de pasajes de acuerdo a las tarifas oficiales aprobadas. • OTORGAMIENTO : Las comisiones de servicio serán otorgadas mediante acto administrativo por el Secretario de Educación de Boyacá y Rector de la institución, según el caso quien sea el jefe inmediato. ORDEN DE COMISIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO DE OTORGAMIENTO La orden de comisión o acto administrativo que otorga la comisión de servicios, debe incluir : CEDULA DE CIUDADANIA NOMBRE Y APELLIDOS MEDIOS DE TRANSPORTE CARGO Y ASIGNACIÓN BÁSICA LUGAR O DESTINO DE LA COMISIÓN ORDEN DE COMISIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO OBJETO DE LA COMISIÓN VALOR TOTAL DE LOS VIÁTICOS A RECONOCER DURACIÓN Y FECHAS DE LA COMISIÓN CUMPLIDO DE COMISIÓN O CONSTANCIA DE PERMANENCIA • El comisionado deberá presentar el cumplido de comisión expedido por la primera autoridad política o por el servidor público competente del lugar donde aquella se cumpla. INFORME DE COMISIÓN Los comisionados presentarán un informe escrito a quien la ordenó sobre el desarrollo y resultados de la comisión dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la terminación de la comisión y a la dependencia encargada de realizar los pagos de viáticos para la legalización del reconocimiento (Art.11, Decreto 0044 del 28 de enero de 2005 para Docentes y Directivos Docentes) y dentro de los cinco (5) días siguientes a la terminación de la comisión para administrativos (Art. 19, numeral 2. Decreto 00217 del 12 de marzo de 2012). FACTURA Y /O COMPROBANTES DE LOS GASTOS DE TRANSPORTE –TIQUETES . • EL pago de los gastos de transporte intermunicipal se limitará al valor de las tarifas oficiales, fijadas por las empresas transportadoras intermunicipales entre los lugares de origen y destino, adjuntando los respectivos tiquetes . DOCUMENTOS PARA LA LEGALIZACIÓN DE LA COMISIÓN 1. Orden de Comisión o Acto Administrativo. 2. Cumplido de Comisión 3. Informe de Comisión 4. Caratulas de los tiquetes utilizados para el transporte, el tiquete o recibo expedido por la empresa transportadora intermunicipal, según el caso. NORMATIVIDAD VIGENTE DECRETO 0044 DEL 28 DE ENERO DE 2005 (Docentes y Directivos Docentes). DECRETO 0027 DEL 12 DE MARZO DE 2012 (Administrativos). PARA RECORDAR La Autorización de comisiones para Rectores, cuando adelanten gestiones inherentes al cargo en la Secretaría de Educación y / o otras entidades, de ser enviada con cinco (5) días de antelación al correo [email protected], para aprobación en la Dirección Administrativa, autorización que será devuelta al solicitante y de esta forma proceder a dar cumplimiento a la comisión . Sin este requisito no queda autorizado el desplazamiento. Los documentos para legalizar la Comisión se deben enviar dentro de los términos definidos. al correo [email protected], correspondiente al funcionario Pablo Antonio Hernández Velandia. FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS DEFINICION Son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal. CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LOS FSE Carecen de Personería Jurídica El Rector o en su ausencia el Director Rural es Ordenador del Gasto y NO Representante Legal NORMATIVIDAD GENERAL LEY 715 DE 2001 • Por la cual se dictan normas orgánicas de recursos y competencias de conformidad con la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. • Artículo 9 al Artículo 14 DECRETO 4791 DE 2008 • Por el cual se reglamenta la ley 715 DECRETO 4807 DE 2011 • Por el cual se establecen las condiciones de gratuidad educativa y se complementa el Decreto 4791 de 2008 NORMATIVIDAD ADICIONAL Ley 80 de 1993 Ley 1176 de 2007 Decreto 111 de 1996 Decreto 1101 de 2011 Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación Ordenanza 022 de 2012 de la Asamblea de Boyacá Ordenanza 002 de 2013 de la Asamblea de Boyacá Circulares emitidas por la Secretaría de Educación de Boyacá RESPONSABLES DEL FSE Y SUS FUNCIONES CONSEJO DIRECTIVO (Art 5 Decreto 4791/2008) RECTOR O DIRECTOR RURAL (Art 6 Decreto 4791/2008) •Analizar, introducir ajustes y aprobar el acuerdo de presupuesto de ingresos y gastos •Adoptar el reglamento para manejo de tesorería •Aprobar adiciones, reducciones y traslados presupuestales •Verificar la existencia y presentación de los estados financieros •Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos para toda contratación que no supere los (20) SMMLV •Aprobar la contratación de servicios •Autorizar la utilización de los bienes muebles o inmuebles del establecimiento educativo por parte de terceros •Aprobar la utilización de recursos del FSE para la realización de eventos pedagógicos •Entre otras •Elaborar el proyecto anual de presupuesto •Elaborar el flujo de caja anual •Elaborar los proyectos de adición, reducción y traslados presupuestales •Celebrar contratos, suscribir actos administrativos y ordenar los gastos •Presentar el informe de ejecución de recursos •Realizar los reportes de información financiera económica, social y ambiental •Suscribir junto con el contador la información financiera •Entre otras COMUNIDAD EDUCATIVA • Tiene la función de veeduría relacionada con los recursos públicos manejados por los establecimientos a través de los Fondos con el fin de apoyar el uso eficiente y la transparencia en su aplicación. COMPONENTES DEL FSE CONTRATACION PRESUPUESTO TESORERIA ADMINISTRACION Y MANEJO DE INVENTARIOS CONTABILIDAD ¿QUE ES EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD – SIG ? Es un enfoque basado en los procesos que la entidad desarrolla en función de la satisfacción de las necesidades de los usuarios y partes interesadas en cumplimiento a las funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente y en el marco del mejoramiento continuo. Como parte integral del Sistema Integrado de Gestión de la Gobernación de Boyacá, el proceso de Gestión en Educación, mediante su cadena de valor desarrolla una política educativa de manera eficiente con la cual logra ampliar su capacidad de apoyo a las instituciones educativas, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos trazados y a la política de Calidad. Ministerio de Educación Nacional elaboró y propuso la siguiente cadena de valor, la cual aborda tres grupos de procesos: • Procesos Estratégicos: Son los lineamientos y directrices para el funcionamiento integral de la Secretaría de Educación, bajo el marco del plan estratégico y estrategias de Mejoramiento continuo de la entidad territorial y la política nacional. • Procesos Misionales: Necesarios para que las Secretarías de Educación pueda cumplir su misión de manera oportuna, lo cual constituye su esencia y su razón de ser. • Procesos de Apoyo: Actividades de soporte al desarrollo de las actividades de la entidad. CADENA DE VALOR Gestión estratégica de la secretaria de educación MACROPROCESOS MISIONALES MACROPROCESOS DE APOYO Gestión de Programas y Proyectos Gestión de la Cobertura del Servicio Educativo Gestión de la calidad del Servicio educativo Atención al usuario Gestión de la inspección y vigilancia de establecimientos educativos Gestión de la información Gestión de recursos humanos Gestión Administrativa de bienes y servicios Gestión financiera Control Interno Gestión de tecnología Informática Asuntos legales y públicos Administración del Sistema de Gestión de Calidad ELEMENTOS CLAVES DEL SISTEMA DE GESTIÓN 1. Administración del Sistemas de Gestión de la Calidad: Auditorías Internas de Calidad Acciones Preventivas. Acciones correctivas. Control de Producto o Servicio No conforme. Acuerdos para la Prestación del Servicio. Medición de la Satisfacción del Cliente. 2. Evaluación de resultados: Revisión general del SIG. Gestión de indicadores del Sistema Integrado de Gestión. Revisión del SIG por la Alta Dirección. 3. Autocontrol: Desarrollo y mantenimiento de la cultura del autocontrol. Autoevaluación del Control y la Gestión. Seguimiento a Planes de Mejoramiento Institucional. Administración del Riesgo.