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COMUNICADO N° 1
(Diciembre 23 de 2015)
IMPACTO DE VARIABILIDAD CLIMÁTICA “FENÓMENO DEL NIÑO”
EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE SIBATÉ SCA ESP INFORMA A TODOS SUS USUARIOS DEL
SERVICIO DE ACUEDUCTO:
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA – expidió la resolución N° 726
de 2015 “por la cual se adoptan medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable y
desincentivar su consumo excesivo”.
Que el artículo primero establece: “ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a las personas
prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto que presten el servicio en aquellas zonas en las
cuales el Instituto Nacional de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales –IDEAM, determine que se
presentan situaciones ambientales de riesgo por disminución en los niveles de precipitación ocasionados por
fenómenos de variabilidad climática, y mientras permanezca dicho riesgo.”
Que dentro del mismo artículo se determina que “las medidas contenidas en la presente resolución serán
aplicadas por todas las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto en los
departamentos de: … Cundinamarca”
Que el Artículo segundo de la resolución 726 establece las condiciones para la aplicación de la sanción del
desincentivo así: “ARTÍCULO 2. APLICACIÓN DEL DESINCENTIVO. Las personas prestadoras del servicio
público domiciliario de acueducto, a las que aplica la presente Resolución de acuerdo con lo establecido en el
ámbito de aplicación, serán las responsables de dar inicio a la aplicación del desincentivo para el consumo
excesivo de agua potable, siempre y cuando se cumpla lo siguiente:
Cuando la(s) fuente(s) de abastecimiento sea(n) superficial(es), la captación se realice por gravedad o
el sistema de acueducto incluya sistemas de almacenamiento, y se establezca que el doble del caudal
medio diario de demanda es superior al caudal que exceda el 95% del tiempo en la curva de duración
de caudales diarios, Q95, de la fuente de abastecimiento.”
El artículo 3 de la Resolución 726 establece el desincentivo a aplicar a los usuarios residenciales así:
“ARTÍCULO 3. DESINCENTIVO PARA EL CONSUMO EXCESIVO DE AGUA POTABLE. Con el fin de
desincentivar el consumo excesivo de agua potable, se fija como consumo excesivo para los
usuarios residenciales, aquel que se encuentren por encima de los siguientes niveles de consumo por
suscriptor al mes:
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Piso térmico
Nivel de consumo excesivo
Ciudades y municipios con altitud promedio por
22 m3/suscriptor/mes
encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar
Que luego de verificar las condiciones de la fuente de abastecimiento “río Aguas Claras” se puede observar
una reducción importante del caudal que llega a la Planta de Tratamiento, razón por la cual se determina el
cumplimiento de las condiciones establecidas por la resolución 726 CRA.
Con base en lo anterior la sociedad Empresas Públicas Municipales de Sibaté SCA ESP informa:
A todos sus suscriptores residenciales del servicio de acueducto que a partir del próximo periodo de
facturación (consumos tomados a finales del mes de enero) se aplicará el desincentivo por consumo excesivo
a todos los usuarios que consuman más de 22 metros cúbicos por mes.
(Es importante aclarar que se entiende por “suscriptor” a cada hogar o residencia donde se tenga servicio de
acueducto, sin importar cuántas personas o usuarios vivan allí.)
La sanción se liquidará a cada metro cúbico consumido de exceso y se cobrará al doble del costo de
referencia, que es el valor del metro cúbico de agua antes de aplicarle contribuciones (en los estratos 5 y 6) o
subsidios (estratos 1, 2 y 3). En resumen, es la tarifa que se cobra al estrato 4. O sea que cada metro cúbico
consumido de exceso se le cobrará al doble de lo que se le cobra al estrato 4 del Municipio. (Valor metro
cubico a diciembre de 2015: MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS $1,242)
La Empresa iniciará las acciones correspondientes sobre la cuenca con el fin de garantizar el caudal mínimo a
la planta de tratamiento y ofrecer el servicio en las mejores condiciones.
La Empresa hace un llamado a todos los usuarios a realizar las acciones necesarias para reducir y reutilizar el
recurso hídrico y de esta forma reducir el consumo con el fin de superar la fase más fuerte del fenómeno del
niño.
Sibaté, diciembre 23 de 2015.
EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE SIBATÉ SCA ESP

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