Sistemas provisionales de protección de borde (Barandillas

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Sistemas provisionales de protección de borde (Barandillas
Agencia Virtual
de Prevención
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SISTEMAS PROVISIONALES DE PROTECCIÓN DE BORDE (BARANDILLAS)
PARTE I
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Con la financiación de:
DI-0006/2013
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Agencia Virtual
de Prevención
Introducción.
En el Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción se especifica que cuando no
Las partes que constituyen los sistemas de protección más habituales son las siguientes:
•
Poste. Elemento vertical rígido que permite el anclaje del sistema al borde de la zona a
proteger.
En el poste se fijan los restantes elementos que constituyen
el sistema de protección (barandilla principal, barandilla
intermedia y plinto o rodapié).
Su altura será la necesaria para que entre la barandilla
principal y el nivel del suelo haya, como mínimo, 1,00 m de
distancia.
Se suelen realizar en tubo de acero. El tubo (poste) se
introduce en los cartuchos o casquillos.
La distancia entre los postes depende de las longitudes de los
elementos horizontales. Se recomienda no superar los 2,50
metros.
•
Barandilla principal. Elemento rígido superior colocado a 1,00 metro de altura, como
mínimo, de la superficie de trabajo.
Está destinada a proporcionar sujeción utilizando la mano y a cortar la trayectoria de
movimiento de un trabajador que se dirigiera hacia el borde a proteger, impidiendo la
caída de altura.
•
Barandilla intermedia. Elemento rígido colocado en el hueco existente entre la barandilla
principal y el plinto o rodapié, destinado a impedir el paso o deslizamiento de un
trabajador por dicho hueco.
Tanto la barandilla principal como la intermedia están
constituidas habitualmente por elementos metálicos (tubo de
acero hueco).
En el Convenio Colectivo mencionado se indica expresamente
la prohibición de utilizar, como componentes de estos sistemas
provisionales de protección de borde, cuerdas, cintas, cadenas,
elementos de señalización y balizamiento, etc.
•
Plinto o rodapié. Elemento rígido colocado a nivel de suelo.
Tiene por objeto evitar la posible caída de materiales, herramientas o cualquier otro objeto
a niveles inferiores.
El borde superior del plinto debe estar, al menos, 1,50 metros por encima de la superficie
de trabajo.
exista una disposición normativa de obligado cumplimiento aplicable, o ésta no cubra todos los
riesgos, se tendrán en cuenta, entre otros elementos, las normas técnicas nacionales que sean de
transposición de normas europeas no armonizadas.
En la guía técnica del real decreto 1627/1997 para la evaluación y prevención relativos a las obras
de construcción se indica que como norma de referencia a estos efectos se puede consultar la
UNE-EN 13374 sobre sistemas provisionales de protección de borde.
Aunque no es de obligado cumplimiento, dicha norma es un
documento de referencia para disponer de una protección eficaz
ante el riesgo de caída de altura.
Los sistemas de protección de borde se definen en la UNE- EN
13374 como el “conjunto de componentes destinados a proteger
a las personas contra las caídas a un nivel inferior y a retener
materiales“.
Esta UNE se aplica a los sistemas de protección de borde para superficies horizontales o
inclinadas, y especifica los requisitos para tres clases de protecciones provisionales.
En cambio, no incluye los requisitos para los sistemas provisionales de protección de borde
destinados a la protección contra impactos de vehículos o equipos móviles, frente al deslizamiento
de almacenamientos de materiales, ni a la protección contra la caída del público en general.
Tampoco se aplica a los sistemas de protección de los laterales de los andamios.
Los diferentes sistemas de protección provisional de borde que se reseñan en la norma UNE-EN
son:
1. Mordazas forjados (sargentos).
2. Fijado al suelo.
3. Contrapesado.
4. Mordazas a la superior viga.
5. Mordazas para columnas – forjados y cubiertas horizontales.
6. Mordazas a la inferior viga.
7. Mordazas columna – cubiertas inclinadas.
8. Tipo mallazo.
Los sistemas de protección de borde (más conocidas como barandillas)
que se emplean con mayor frecuencia son los identificados con los
números 1 y 2.
Atención: Se dispondrán barandillas de protección en pasarelas, desniveles, huecos horizontales
y verticales, etc., siempre que exista riesgo de caída de altura superior a 2 metros.
Se recomienda entregar Parte I y Parte II de los sistemas de protección de borde (Barandillas) para
que la información sobre sea completa.
Aun así, los otros tipos son de gran utilidad en determinadas obras o fases de obra donde no es
SISTEMAS PROVISIONALES DE PROTECCIÓN DE BORDE (BARANDILLAS)
PARTE I
DI-0006/2013
posible la utilización de los primeros.
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