Beneficio Exoneración Cargas Sociales e Impuesto sobre la Renta

Transcripción

Beneficio Exoneración Cargas Sociales e Impuesto sobre la Renta
Beneficio Exoneración Cargas Sociales
e Impuesto sobre la Renta
Los aportes que realice el trabajador a su Plan Voluntario de Pensión Complementaria estarán exentos
del pago de Cargas Sociales e Impuesto sobre la Renta hasta un máximo del 10% del ingreso bruto
mensual del trabajador. Veamos un ejemplo de un salario de ¢1,500,000
Desglose
%
sin Plan
Voluntario
1.500.000
0
0
1.500.000
con Plan
Voluntario
1.500.000
150.000
150.000
1.350.000
15,00%
10,00%
0,00%
55.800
37.600
0
93.400
33.300
37.600
0
70.900
5,50%
2,67%
8,17%
82.500
40.050
122.550
74.250
36.045
110.295
Beneficio por exención en impuesto sobre la renta
0
22.500
Beneficio por exención en cargas sociales
0
12.255
Beneficio total por aplicación de artículo 71 LPT
0
34.755
Inversión Real en Plan Voluntario de Pensión Complementaria
0
115.245
Salario del Trabajador
Aporte Máximo a exonerar *
Aporte Personal a Plan Voluntario de Pensión Complementaria
Salario sobre el que se calculan el impuesto sobre la renta
Impuesto sobre la renta **
Sobre el exceso de ¢1,128.000,01
De ¢752.000,01 hasta ¢1.128.000,00
Hasta ¢752.000,00
Total Impuesto sobre la Renta
Cargas Sociales
Régimen de Enfermedad y Maternidad
Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
Total cargas sociales
Total aporte
Total beneficio
Inversión real aporte
Costo real aporte
Rendimiento inmediato
150.000
34.755
115.245
76,8%
23,2%
* Según artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador el monto máximo permitido a exonerar es el 10% del ingreso bruto mensual
del trabajador asalariado o 10% del ingreso bruto anual de una persona física con actividades lucrativas.
** Aplica para salarios superiores a ¢752.000,00

Documentos relacionados