Curso de actualización de arancel y clasificación arancelaria (AD-048)
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Curso de actualización de arancel y clasificación arancelaria (AD-048)
: 0307495990 Calamares y potas ( Ommaestrephes, Loligo, Nototodarus, Sepioteuthis) 8% y 4,5% (SPG). 0307991790 Los demás 11% y 3,8%(SPG) RGI 1 y 6. POTA CONGELADA DOSIDICUS GIGAS : 03074918 Sepias (jibias)(Sepia officinalis, Rosia macroma) y globitos (Sepiola S.P.P) 8%. 2,8%(AR) 03079917 Los demás. 11%. 3,8%(AR). RGI 1y 6. SEPIA PHARAONIS No cocidos : 05040000. Exención. Cocidos : 16025095. 16,6%.. Nota 1b) Capítulo 2. Nota 1 Capitulo 16. Nota Complementaria 1 Capitulo 16(Definicion de “ sin cocer”) RGI 1 y 6. ESTOMAGOS DE VACUNO CONGELADOS Propoleo en bruto Rgto. 874/11 Clasificación del propoleo presentado en bloques marrones de forma irregular: Está compuesto por una mezcla de resinas vegetales (55%), ceras (30%), aceites esenciales (8 a 10%) y polen (5%) recolectados y transformados por las abejas por medio de las enzimas de su saliva. (Se utiliza como suplemento alimenticio y para elaborar productos farmacéuticos por sus propiedades antibacterianas, antifúngicas, antiinflamatorias etc.) 0410: Productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte 1301: ...gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas (por ejemplo bálsamos) naturales. 0410 Se trata de un producto de origen animal por su forma de elaboración por las abejas (similar a la miel y a los nidos de salangana mencionados en las NESA de la partida 0410). Es un producto comestible. Clasificación de este artículo: Código NC: 0410 00 00 por aplicación de las RGI 1 y 6. 1301: No se trata de un producto de origen animal por su composición , todos sus ingredientes son productos de origen vegetal. Alcance del término “congelado” en las partidas 0710 y 0811 (NENC). Se plantea la duda de cuando se deben considerar congelados los productos de la partida 0710 (hortalizas…congeladas), debido a la falta de definición de la expresión “congelación total” contenida en las consideraciones generales de las NESA del capítulo 7. Los productos deben considerarse congelados cuando este proceso ha modificado sus características y propiedades objetivas como productos frescos de manera sustancial e irreversible de manera que ya no se encuentran en su estado natural ni siquiera después de su descongelación. En la sentencia Riemer, el Tribunal de Justicia examino la diferencia entre las bayas frescas y las bayas congeladas . Además, en esta sentencia, el Tribunal de Justicia declaro que las bayas que han sido objeto de un proceso de congelación experimentan, debido a dicho proceso, ciertas modificaciones irreversibles de sus características, en particular en la estructura de sus tejidos, de manera que ya no se encuentran en su estado natural, ni siquiera después de ser parcial o totalmente descongeladas (véase la sentencia Riemer 120/75, antes citada, apartado 4). C22705. Pimientos dulces NENC Distinción entre los pimientos dulces y los que no lo son para todas las posiciones de la NC en la que aparecen: 0709 60; 0710 80 51; 0710 80 59; 0711 90 10; 0711 90 80; 0904 20; 2001 90 20; 2001 90 97; 2005 99 10 y 2005 99 90. Repercusion tributaria importante. Las notas explicativas de la subpartida 0904 20 10 quedan modificadas como sigue: «0904 20 10 Pimientos dulces Se trata de Capsicum annuum, fruto relativamente grande con sabor dulce (no picante). Puede presentar diferentes colores. Esta subpartida sólo comprende los pimientos secos, enteros o en trozos pero sin triturar ni pulverizar.» ES 2.8.2011 Diario Oficial de la Unión Europea C 227/4 Antigua NENC: NENC 0904 20 10: Pimientos dulces Se trata del Capsicum annuum, variedad grossum, fruto relativamente voluminoso con sabor dulce, que se cosecha todavía verde o ya rojo. Esta subpartida solo comprende los pimientos secos, enteros o en trozos pero sin moler ni pulverizar. Preparación alimenticia (Rgto. 897/11). Clasificación de un producto líquido, ligeramente viscoso, con una composición de : agua 45,9%; fructosa 33,3%, oligofructosa 7,6%; concentrado de zumos de frutas 5,9%; ácido cítrico 3,6%; oligopéptidos vegetales 2,3%; sorbato de potasio 0,1% etc. La instrucciones de uso son diluir 50 ml. del producto en 100 ml. de agua o zumo. La clasificación debe basarse en las características objetivas de los productos, tal como están definidas en el texto de las partidas de la NC y de las notas de las secciones o capítulos. Alto contenido de azúcares (Brix 40.) Características objetivas Alto contenido de ácido cítrico y sorbato potásico El producto ha de diluirse antes de ser consumido. Al no poder beberse directamente no se puede clasificar como bebida del cap. 22. (NENC consideraciones. Generales y NESA partida 2106 punto 7. Clasificación de este artículo: Código NC: 2106 90 92, por aplicación de las RGI 1 y 6. Alcohol etílico y propilenglicol. (Declaración en acta reunión 62.) Clasificación de una mezcla, con un grado alcohólico volumétrico del 86%, de alcohol etílico (90%) y propilenglicol (10%, no es desnaturalizante). 2207 10: Alcohol etílico sin desnaturalizar (+80% vol.). 2207 20: Alcohol etílico desnaturalizado 3814: Disolventes y diluyentes orgánicos, compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte. Clasificación de este artículo : Código CN: 2207 10 00, por aplicación de las RGI 1, 3 b) y 6. Clasificacion de un producto compuesto de alcoho etílico en un 70% y gasolina en un 30%.Se transporta a granel 22072000. Alcohol etílico desnaturalizado. 3824 . Preparaciones de la industria química. Rgto 211/2012. RGI 1, 3 a) y 6. Clasificacion: 22072000. MEZCLA DE ALCOHOL ETILICO Y GASOLINA Clasificación de un producto, destinado a consumirse por combustión en una pipa de agua, elaborado a base de bagazo de caña, melazas , extractos de fruta y saborizantes (sin alquitrán ni nicotina). Se presenta en una bolsa de plástico de 50 gramos envasada en una caja de cartón. 2403 11 Tabaco para fumar, incluso con sucedáneos del tabaco en cualquier proporción : Tabaco para pipa de agua. 2403 99 : Los demás. CLASIFICACION : RGI 1 y 6.Nota de subpartida cap.24. NESA 240311. TABACO PARA PIPA DE AGUA Materia colorante para colorear leucocitos. Rgto. 827/11. Clasificación de un tinte fluorescente (polimetina azul) que se presenta diluido en una mezcla de etilenglicol y metanol. Este producto se comercializa envasado para la venta al por menor y se utiliza para teñir los leucocitos con un marcador fluorescente, utilizándose en aparatos automáticos de análisis de sangre. 3212: …Tintes y demás materias colorantes presentados en formas o envases acondicionados a la venta al por menor 3822: Reactivos de diagnostico o de laboratorio sobre cualquier soporte…. PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS. SECCIÓN VI INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS 2. Sin perjuicio de las disposiciones de la nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 3004, 3005, 3006, 3212, 3303, 3304, 3305, 3306, 3307, 3506, 3707 o 3808, se clasifica en dicha partida y no en otra de la nomenclatura. Clasificación de este artículo: Código NC: 3212 90 00 por aplicación de las RGI 1 y 6 y de la nota 2 de la sección VI. Geles lubricantes, declaración en acta, reunión 62. Clasificación de un gel cuya función principal es la hidratación y/o lubricación de la piel y las mucosas vaginales y está particularmente indicado en casos de sequedad vaginal. Se comercializan específicamente para su uso durante las relaciones sexuales. Se presenta en envases de 50 ml. y sus principales ingredientes son agua hidroxietilcelulosa, propilenglicol, hidróxido sódico y conservante. 3006: 3304: 3307: 3403: 3824: Preparaciones de la nota 4 de este Nota 2 Sección VI. capítulo Sin perjuicio de las …preparaciones para el cuidado disposiciones de la nota 1 anterior, cualquier producto que, de la piel… por su presentación en forma de …las demás preparaciones de dosis o por su cosmética… acondicionamiento para la venta Preparaciones lubricantes…. al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 3004, 3005, Las demás preparaciones de la 3006, 3212, 3303, 3304, 3305, industria química,. 3306, 3307, 3506, 3707 o 3808, se clasifica en dicha partida y no en otra de la nomenclatura. Clasificación de este artículo: Código NC: 3307 90 00 por aplicación de las RGI 1 y 6, de la nota 2 de la sección VI y de la nota 3 del capítulo 33. Cintas con efecto catadióptrico. Rgto. 896/11. Clasificación de unas cintas con efecto catadióptrico destinadas a aplicarse en uniformes y ropas de seguridad mediante un adhesivo. Está compuesta por tres capas: una de microesferas de vidrio metalizadas en un lado, 60-70 µm, unidas con un elastómero de poli(butadieno-coacrilonitrilo) (15-20 µm) , la segunda es un adhesivo de poliéster termo activado, 80-85 µm, y por último una banda de papel protectora que se retira para su utilización. Se trata de una manufactura compuesta por materias diferentes, que en este caso debe clasificarse determinando la materia que le confiere el carácter esencial RGI 3 b. 7018 Manufacturas de vidrio 4008 Tiras de caucho vulcanizado sin endurecer. 3920 Tiras de plástico no celular… Es el elastómero el que mantiene, las microesferas en su sitio y es esencial para la cohesión de estas y para que el producto tenga propiedades catadióptricas. Clasificación de este artículo: Código NC: 4008 21 90, por aplicación de las RGI 1, 3b) y 6 y de las notas 1 y 9 del capítulo 40. Estuches estancos para cámaras fotográficas digitales. Rgto. 875/11. Clasificación de una carcasa hermética de protección para el agua elaborada principalmente con plástico y destinada a contener cámaras fotográficas digitales completas. Esta carcasa está equipada con botones y mandos de control de metal accionados manualmente y de un hueco central de vidrio para encajar la lente. 9006 o 9007 8529 4209 3926 Partes de aparatos de la 8525 a 8528 Estuche para cámara. Las demás manufacturas de plástico (Nota 2 b) capítulo 90) Cámaras fotográficas tradicionales 9006 o 9007 (Nota 2 b) capítulo 90) Clasificación de este artículo: Incluyen las cámaras fotográficas tradicionales, no las digitales. 8529 No se trata de una parte de cámara fotográfica, si no de un accesorio. No es esencial para su funcionamiento. 4209 No se trata de un simple estuche, es un producto con función propia por la presencia de botones y mandos de control Código NC: 3926 90 97, por aplicación de las RGI 1, 3 b) y 6 y de la nota 1 del capítulo 39. Esponja de plástico celular recubierto por tejido de punto. Rgto. 873/11 Clasificación de una manufactura compuesta por una esponja de plástico celular (poliuretano) y un tejido de punto de poliéster, unido mediante pegado, que la recubre totalmente. El tejido de poliéster está compuesto por hilados texturados de poliéster y fibras de poliéster recubiertas de aluminio. Estamos ante una manufactura constituida por la unión de dos artículos diferentes: Esponja de poliuretano 3924 Artículo textil confeccionado (tejido) 6307 RGI 3 b): Artículos textiles confeccionados (Nota 7 Secc. XI): Clasificación de este artículo: La característica esencial a este artículo se la confiere la superficie rugosa del tejido ya que es esta la que le da la capacidad de limpieza de superficies secas y planas, sirviendo la esponja únicamente para aumentar la capacidad de absorción de agua y detergente del tejido. e) los artículos unidos por costura, pegado u otra forma….. Código NC: 6307 10 10 , por aplicación de las RGI 1, 3 b), de la nota 7 e) de la Sección XI y de la nota 1 del capítulo 63. Calzado para actividades deportivas. Rgto 757/11. Clasificación de este artículo: Código NC: 6404 11 00, por aplicación de las RGI 1 y 6, de la nota 4 del cap. 64 y la nota complementaria 1 del mismo cap. Leggings de tejido de punto: ¿pantalones largos (6104 61 a 6104 69) o medias, leotardos etc. (6115)? RTC FR 20082757 6104 63 NL RTD 2008-54 DE 12902/11-1 6104 63 6104 62 NESA 6103: Se entenderá por pantalones, las prendas que envuelvan separadamente cada pierna y cubran las rodillas descendiendo generalmente hasta los tobillos o más abajo; normalmente estas prendas llegan hasta la cintura; la presencia eventual de tirantes no implica la pérdida del carácter esencial de pantalones. DE 19959/10-1 6115 22 IE 09NT-14-997 6115 96 NESA 6115: Esta partida agrupa, sin hacer distinción entre mujeres o niñas y hombres o niños, los artículos de punto siguientes: 1) Las calzas, panty-medias y leotardos, que cubren, por una parte, el pie y la pierna (media) y por otra parte, el cuerpo hasta la cintura (braga), incluidas las que no tienen pie.