Proyecto DIAN Seccional Cartago

Transcripción

Proyecto DIAN Seccional Cartago
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
PROYECTO DE DELEGACIÓN DE FUNCIONES
DIRECCION SECCIONAL DELEGADA
DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE CARTAGO
CARTAGO – VALLE DEL CAUCA
AGOSTO 14 DE 2012
INTRODUCCIÓN
Es ineludible la relación que existe entre el perfil gerencial que se desarrolle en
cada Dirección Seccional de la DIAN con el cumplimiento de la Misión Institucional
y las metas propuestas, sin embargo no es suficiente toda la voluntad y el
desarrollo de políticas administrativas locales para dicho logro. Es requisito
indispensable tanto el marco legal que ampare las acciones, como la confianza y
respaldo que pueda dar la alta dirección que salvaguarde las competencias en
términos de cubrir razonablemente las zonas geográficas o su jurisdicción y de
cumplir eficientemente los diferentes servicios que por ley la DIAN debe ofrecer.
En estos últimos términos, la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y
Aduanas de Cartago obtuvo una ampliación tácita en términos de jurisdicción
territorial aduanera con el Decreto 4048 del 22 De Octubre 2008 y
específicamente con la Resolución 7 del 04 de Noviembre de 2008, que
contempla la ampliación en jurisdicción territorial que incluye los municipios del
Valle del Cauca de Ansermanuevo, Bolívar, Cartago, La Unión, La Victoria,
Obando, Roldanillo, Toro y Zarzal; también recibió la autorización de
funcionamiento por parte de la Dirección General mediante Resolución 0010 del
04 de Noviembre de 2008 y en concordancia con lo anterior esta Dirección
recibió posteriormente la delegación aduanera de la Dirección Seccional de
Impuestos y Aduanas de Pereira mediante Resolución 26 de Noviembre 13 de
2008 y sus correspondientes delegaciones funcionales del Jefe de la División de
Gestión de la Operación Aduanera (Resolución 27 de Noviembre 13 de 2008),
del Jefe de la División de Gestión de Fiscalización Aduanera (Resolución 28 de
Noviembre 13 de 2008) y del Jefe de la División de Gestión Administrativa y
Financiera (Resolución 29 de Noviembre 13 de 2008).
Lo anterior se sostuvo hasta el 9 de agosto de 2012, fecha en la cual el director
General de la DIAN expidió la Resolución No, 000071 por la cual se modifica y
adiciona la Resolución 0010 del 4 de noviembre de 2008. En esta nueva
resolución el director no menciona en el Artículo 1º.- Autorización de
funcionamiento, numeral 1, el funcionamiento permanente de la Dirección
Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago, como delegada de la
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira. Tampoco en el Artículo
4°.- Competencia territorial de las Direcciones Seccionales Delegadas de
Impuestos y Aduanas en materia aduanera, se menciona en su numeral 1. la
competencia territorial de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y
Aduanas de Cartago, que en la Resolución 0010 comprendía el Municipio de
Cartago y los Municipios de Ansermanuevo, Bolívar, La Unión, La Victoria,
Obando, Roldanillo, Toro y Zarzal. Sin embargo, adiciona un parágrafo 2° al
artículo 2 de la Resolución 10 de 2008, donde se lee que el Director Seccional de
Impuestos y Aduanas de Pereira y Jefes de División de esa Seccional, deberán
expedir las respectivas resoluciones de modificación de las delegaciones
otorgadas a la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago.
Por lo anterior, se percibe una gran ambigüedad en la Resolución 000071 de
2012, pues al parecer el señor Director general de la DIAN suprime tácitamente la
autorización de funcionamiento de la DIAN Cartago, la deja también sin
jurisdicción, pero a su vez reconoce en el parágrafo 2° del artículo 2 que existe y
que debe esperar las respectivas resoluciones de modificación por parte de la
DIAN Pereira. Modificaciones que por cierto no expresa y que no le son dables a
la DIAN Pereira a no ser que concretamente el señor Director las ordene de
manera concreta y no en abstracto, lo cual contraria la naturaleza de los actos
administrativos. Por tal limbo jurídico creado y bajo el reconocimiento que la
operación aduanera delegada con Resolución 27 de 2008 y la gestión de
fiscalización aduanera, delegada por Resolución 28 de 2008, no son, a la vista del
señor Director, suficientes para su continuación a cargo de la DIAN Cartago, los
funcionarios de esta Dirección delegada presentan a consideración del Director
General la presente propuesta:
SOLICITUD
Dotar a la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago
de las facultades legales con funciones delegadas para ejercer Control Tributario
en la jurisdicción territorial que en este proyecto se expone, bajo la delegación de
la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, teniendo en
consideración la legislación vigente:
DECRETO 4048 DEL 22 DE OCTUBRE DE 2008
CAPITULO I.
COMPETENCIA.
“ARTÍCULO 1o. COMPETENCIA. <Artículo modificado por el artículo 1 del
Decreto 1321 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> A la Unidad Administrativa
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le competen las siguientes
funciones:
La administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre
nacional y sobre las ventas; los derechos de aduana, los derechos de explotación
y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por
entidades públicas del nivel nacional y los demás impuestos internos del orden
nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se
trate de impuestos internos o al comercio exterior; así como la dirección y
administración de la gestión aduanera, incluyendo la aprehensión, decomiso o
declaración en abandono a favor de la Nación de mercancías y su administración
y disposición.
Igualmente, le corresponde el control y vigilancia sobre el cumplimiento del
régimen cambiario en materia de importación y exportación de bienes y servicios,
gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de
importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas
operaciones.
La administración de los impuestos comprende su recaudación, fiscalización,
liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos
relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.”
“ARTÍCULO 4o. NIVELES DE LA ESTRUCTURA INTERNA. La Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, desarrolla sus funciones en tres niveles,
así:
1. Nivel Central.
2. Nivel Local: Direcciones Seccionales de Impuestos, Direcciones Seccionales de
Aduanas y Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas.
3. Nivel Delegado: Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas.”
“ARTÍCULO 5°.- ESTRUCTURA
NIVEL DELEGADO.
Para garantizar la prestación del servicio tributario y aduanero en los lugares que
por su actividad económica o ubicación estratégica lo amerite, el Director General
de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante resolución, podrá autorizar, previa
disponibilidad presupuestal, el funcionamiento permanente o transitorio, de
Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas, antes
Administraciones Delegadas, indicando su jurisdicción y determinando los Grupos
Internos de trabajo que deban integrar la respectiva Dirección Seccional Delegada.
ARTICULO 38°.- FUNCIONES COMUNES DE LAS DIRECCIONES, OFICINAS Y
SUBDIRECCIONES.
5. Ejercer las funciones de superior técnico y Jerárquico administrativo de las
dependencias a su cargo, y superior técnico en materias de su competencia,
de los niveles local y delegado;
c. Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las áreas a su cargo en
el nivel central, local y delegado, cuando las circunstancias lo ameriten;
ARTICULO
39°.DIRECCIONES
SECCIONALES
DE
IMPUESTOS,
DIRECCIONES
SECCIONALES
DE
ADUANAS
Y
DIRECCIONES
SECCIONALES DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Conforme a las
políticas e instrucciones del Nivel Central y de acuerdo con la naturaleza de cada
Dirección Seccional, son funciones de las Direcciones Seccionales las siguientes:
4. Ejercer las funciones de superior técnico y jerárquico administrativo de las
dependencias a su cargo y superior técnico en materias de su competencia,
del nivel delegado;”
“ARTÍCULO 51. DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES. El Director General, mediante
resolución interna, distribuirá las funciones de las Oficinas, Subdirecciones y
Direcciones Seccionales entre las Divisiones de Gestión y los Grupos Internos de
Trabajo del Nivel Central, Local y Delegado.”
OBJETIVOS A LOGRAR









Ejecutar un acto de Justicia Social, reduciendo como mínimo a la mitad los
costos de desplazamiento de los contribuyentes más distantes de la
jurisdicción que aquí se propone, frente a los gastos que actualmente tienen
que sufragar esos mismos contribuyentes por tener que desplazarse a la
Dirección Seccional de Tuluá.
Lograr que a la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de
Cartago le sean delegadas las funciones de Fiscalización Tributaria, de
acuerdo al perfil de los puestos de trabajo y el talento humano disponible y el
que bien pueda la alta Dirección ofrecer.
Mejorar los centros de atención brindando información integral y competente
tanto al cliente externo como interno.
Incrementar el recaudo y la cultura tributaria del cumplimiento voluntario al
generar más presencia institucional en nuestra jurisdicción.
Establecer la gestión tributaria, tanto administrativa como operativa, con el
correspondiente cumplimiento de metas e informes, inclusión de información
y con el acatamiento de los procesos y procedimientos pertinentes.
Procesar oportuna y expeditamente la información para su análisis y
posteriores acciones, bajo el direccionamiento seccional y del Nivel Central.
Aumentar el acercamiento de los contribuyentes, usuarios aduaneros y
clientes en general, mediante visitas de cultura tributaria, aduanera y
cambiaria en sus direcciones fiscales.
Asistir a los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, que requieran
servicios en sus direcciones fiscales.
Optimizar la labor de los funcionarios.
JUSTIFICACION
Esta Dirección Delegada cuenta con los reconocimientos competentes que honran
nuestra labor diaria, sin embargo, existe una realidad administrativa que a nuestro
pesar se desconoce en la gestión o al menos se diluye en las estadísticas como
pasaremos a ver:
1. LA GESTION OCULTA
Gestión efectuada a otras direcciones seccionales como es el caso de la Dirección
Seccional de Tuluá.
Desde junio de 2010, según lo informan las Estadísticas Gerenciales del 22 de
julio de 2010, hasta el 9 de agosto de este año, nuestra Dirección Seccional operó
aduaneramente bajo el código 36 y nuestra gestión tributaria accidental
enmarcada en las labores de Gestión de Asistencia al Cliente se refleja inmersa
en el código 21 que corresponde a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas
de Tuluá. En otrora, bajo otras directrices del Nivel Central, dicho código
representaba más la jurisdicción que la operación, de tal manera que con el mismo
código 36 se identificaban indistintamente nuestros usuarios aduaneros y nuestros
contribuyentes tributarios. En la actualidad, nuestros usuarios aduaneros
representan una pequeñísima parte del universo de clientes externos que
atendemos diariamente y que día a día, por efectos de las actualizaciones en el
RUT, nuestros clientes territoriales están siendo absorbidos por la Dirección
Seccional de Tuluá. El efecto que esto produce, como bien puede observarse con
el Punto de Contacto de Gestión de Asistencia es evidente en todas las metas que
esta Dirección tiene con la Subdirección de Gestión de Asistencia como es el caso
de Omisos en Renta, Inconsistencias, Impuesto al Patrimonio, donde son más los
contribuyentes que atendemos de la Seccional de Tuluá que nuestros propios
usuarios aduaneros y solo se nos reconoce con ellos una acción de actualización
si es que hay que actualizarlos, o simplemente una acción de Servicio al Cliente
por Consulta Atendida. Igual situación se presenta con otras metas como gestión
RUT, facturación, Mecanismos Digitales, Información exógena, libros de
contabilidad y Declaraciones Electrónicas.
Otro ejemplo de la gestión que no se visualiza en las estadísticas es la gestión
realizada
con
los
contribuyentes
de
San
José
del
Palmar
(http://www.sanjosedelpalmar-choco.gov.co/presentacion.shtml?apc=v1-1--&s=),
municipio del Departamento del Chocó con 4971 habitantes (proyección DANE
2009), situado al Sur Este del Chocó, en los límites de los departamentos de
Risaralda y Valle del Cauca. La Dirección Seccional competente es la Dirección
Seccional de Quibdó (Chocó) pero se encuentra a más de 20 horas de camino en
bus, mientras que de la Dirección Seccional de Cartago (la más próxima) se
encuentra a dos (2) horas. Por tal motivo atendemos el 100% de sus
contribuyentes y el de otros municipios chocoanos como Condoto, Sipí y Novita
que se encuentran en similares circunstancias.
INFLUENCIA PERIFERICA EN CHOCÓ DE LA DIAN DE CARTAGO
2. GESTION CIRCUNDANTE
El otro aspecto importante de gestión, básicamente tributaria y de gestión de
Asistencia al Cliente es el universo de municipios que confluyen a la DIAN Cartago
como única alternativa económica para desplazarse los contribuyentes por su
cercanía. Comprenden todos los municipios del norte Valle del Cauca, a saber:
Cartago
El Cairo
El Águila
El Dovio
Ansermanuevo
La Unión
La Victoria
Roldanillo
Versalles
Toro
Obando
Ulloa
Alcalá
3. EL SERVICIO
Esta Dirección Seccional ofrece orientación y asistencia a sus clientes externos en
un porcentaje cercano al 100% sobre trámites tributarios, es así como entre el año
2008 y julio de 2012 se muestran, acumulados por año, los siguientes datos de la
labor de Gestión de Asistencia en esta Seccional:
ACTIVIDAD
2008
2009
2010
2011
2012*
Clientes Atendidos
15.694
17.222
11.715
16.664
13.167
Inscripciones RUT
6.804
7.663
3.712
6.192
3.677
Actualizaciones RUT
Solicitudes Emisión, renovación y/o revocación
mecanismo Digital
Recepción de información por envío de archivos
(exogena)
4.525
6.594
3.179
5.724
3.666
75
158
218
180
690
372
517
440
443
3
-
665
495
649
620
114
203
154
177
-
-
384
377
830
537
-
15
21
8
5
Utilización computadores Kiosco
Atención de Omisos
Resoluciones Autorización, habilitación y anulación
de facturación
Registro de libros de contabilidad
*Datos a Julio de 2012
A la luz de las cifras anteriores no es despreciable la gestión que se adelanta en
esta Seccional, habida cuenta que es solo lo que dentro de la competencia
nacional tiene el área de Gestión de Asistencia al Cliente.
Y precisamente aquí esta una de nuestras grandes limitantes pues no tenemos
competencia tributaria y nuestra labor en el grupo de Gestión de Asistencia es
prácticamente pasiva, limitada a nuestra labor persuasiva dentro de los muros de
la Institución. Funcionamos tributariamente dentro de la formalidad de la
orientación pero no sustancialmente en el control, lo cual nos permitiría al menos
adelantar visitas de verificación, de control de facturación, de cumplimiento de
obligaciones formales, entre otras. También es importante aclarar que el número
de actualizaciones desafortunadamente no es en su mayoría gracias a una labor
de control por parte de la Seccional de Tuluá, sino particularmente a una labor de
la Alcaldía Municipal de Cartago, que en un programa de Industria y Comercio,
obliga a los contribuyentes a acercarse a la DIAN para actualizar sus datos para
efectos de impuestos municipales.
En definitiva, es de vital importancia estratégica la competencia fiscalizadora
tributaria que garantice sustancialmente el aumento de las labores de control que
generarían mayor número de reclasificaciones, aumentos en los recaudos del
impuesto de renta y ventas y las demás acciones que constituyen nuestro
compromiso misional.
4. GARANTIZAR
ADUANERO
LA
PRESTACIÓN
DEL
SERVICIO
TRIBUTARIO
Y
El DECRETO 4048 DE 2008, en su artículo 5° Estructura, se refiere en su último
párrafo a la creación de las Seccionales Delegas en términos de ser necesarias
“en los lugares que por su actividad económica o ubicación estratégica lo
amerite”, (resaltado fuera de texto), por lo que se hace indispensable describir los
siguientes aspectos:
4.1. ACTIVIDAD ECONÓMICA
Tendremos varios aspectos a analizar:
a. Comparativo de Recaudo obtenido Cartago Vs. Tuluá. El Recaudo obtenido
entre los años 2001 al 2007 de las dos Seccionales muestra que solo el
municipio de Cartago representó el 20% del recaudo por impuestos del total de
lo recaudado por la DIAN Tuluá (con 22 municipios más), lo cual es altamente
significativo del potencial económico de esta ciudad, máxime si se tiene en
cuenta que dicho recaudo ha sido obtenido con un bajo control. Es importante
resaltar que a partir del año 2007 por disposiciones del Nivel Central, los
contribuyentes del municipio de Cartago fueron reclasificados al código 21 de
la DIAN Tuluá, lo que significó que progresivamente las estadísticas de
recaudo fueran disminuyendo al punto que en el año 2010 es cero (0).
RECAUDO TOTAL DE LOS INGRESOS ADMINISTRADOS POR LA DIAN*
(No incluye GMF**)
Año
SECCIONAL
TOTAL
2000
2000
2001
2001
2002
2002
2003
2003
2004
2004
2005
2005
2006
2006
2007
2007
2008
2008
2009
2009
2010
2010
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
CARTAGO
TULUA
14.332
54.913
20.040
71.906
21.740
86.452
27.671
108.656
25.135
114.287
26.952
107.734
31.082
127.700
24.053
169.097
9.412
190.424
999
216.159
0
125.598
TOTAL DOS
SECCIONALES
69.245
91.946
108.191
136.327
139.421
134.686
158.782
193.150
199.836
217.158
125.598
PARTICIPACION
SOBRE TOTAL
20,70
79,30
21,80
78,20
20,09
79,91
20,30
79,70
18,03
81,97
20,01
79,99
19,58
80,42
12,45
87,55
4,71
95,29
0,46
99,54
0,00
100,00
FUENTE: OFICINA DE ESTUDIOS ECONÓMICOS
b. INFORMACION DE CAMARA DE COMERCIO DE CARTAGO –
CENSO 2008:
A continuación se presentan los resultados del CENSO
EMPRESARIAL CARTAGO 2008 realizado por la CAMARA DE
COMERCIO de ésta ciudad con el cual se pretende demostrar la
insuficiencia en el control que esta zona ha tenido en materia
tributaria.
ANALISIS DE LA INFORMACION

TOTAL DE ESTABLECIMIENTOS
5.432 Encuestados
DESAGREGADO POR MUNICIPIO PARA ESTABLECIMIENTO DE
COMERCIO, SUC Y AGENCIA A DICIEMBRE 2008
MUNICIPIO
Alcala
Ansermanuevo
Cartago
El Aguila
El Cairo
El Dovio
Argelia
La Uniòn
La Victoria
Obando
Roldanillo
San Josè del
Palmar (CHOCÓ)
Toro
Ulloa
Versalles
TOTAL
MATRICULAS RENOVACIONES CANCELACIONES
EMPRESAS
ACTIVAS
56
41
1.111
21
27
19
13
238
52
36
154
181
244
3.491
59
75
105
52
824
182
149
571
26
38
633
9
12
12
7
100
22
23
88
222
268
4.222
79
97
116
61
1.003
219
169
670
9
46
11
19
1.853
29
194
65
80
6.301
10
28
10
5
1.023
33
223
73
96
7.551
RESIDENCIA DE PROPIETARIOS DE ESTABLECIMIENTOS DE
CARTAGO.

El 82% de los propietarios de establecimientos viven en Cartago

El 18% restante viven en Pereira, Bogotá y fuera del país.
USO DE SUELOS

El 17.2% tienen el permiso del uso de suelos,

El resto de establecimientos 82.7% reportó no tener el permiso para
funcionar.
INDUSTRIA Y COMERCIO.

El total de establecimientos que reportó número de matricula de
Industria y Comercio fue de 1.179 (21.7%)

El 78,3% (4.251) manifestó no tener matricula de Industria y
Comercio.
RUT

Solo el 41% de los establecimientos aseguran estar inscritos en el
RUT.

El restante 59% no lo está.
NOTA DE ESTA DIRECCION SECCIONAL (FUERA DEL CONTEXTO DE CÁMARA)
Nótese la ausencia de control, cuando la Cámara de Comercio
informa que el 59% de los dueños de establecimientos no se
encuentran inscritos.
MATRICULA MERCANTIL

2.213 están matriculados en la Cámara de Comercio de Cartago.

3.219 manifestaron no tener Matricula Mercantil.
INGRESO MENSUAL (MILES DE PESOS)
RANGO
0-400
401-800
801-1200
1201-1600
1601-2000
2001-4000
4001-8000
8001-12000
12001-20000
20001-40000
40001-60000
60001-80000
800001-120000
120001-160000
160001-250000
250001-700000
MAS DE 700001
SIN INFORMACION
TOTAL
FRECUENCIA
1330
685
409
127
229
288
148
72
62
52
24
6
11
7
5
7
7
1963
5432
%
24,48
12,61
7,53
2,34
4,22
5,30
2,72
1,33
1,14
0,96
0,44
0,11
0,20
0,13
0,09
0,13
0,13
36,14
100,00
PROPIEDAD DEL ESTABLECIMIENTO

El 84% de los establecimientos pertenecen a persona natural.

El 16% corresponde a personas jurídicas.
DEDICACION ACTIVIDAD ECONOMICA

Se confirma que la vocación del municipio de Cartago es el comercio
pues existen 4.018 establecimientos dedicados a esta actividad,
igualmente se encontraron 1.225 establecimientos de servicios y 87
establecimientos de industria.
ESTABLECIMIENTO SEGÚN ACTIVIDAD
ECONOMICA
Industria
1.6%
Comercio
73.97%
Servicios
22.56%
Otros Actividades
1,87%
PERSONAS EMPLEADAS EN FORMA PERMANENTE

Observando el comportamiento del empleo generado por los
establecimientos se tiene que el 49% son pequeños negocios que
generan un empleo.

En su conjunto el 82% emplean entre una y cuatro personas.
INFORME FINAL MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Poseen:




Teléfono: 75%
Fax: 4,8%
Correo electrónico: 3,1%
Pagina Web: 1%
COBERTURA DE SERVICIOS PUBLICOS
Acueducto
99,33%
Alcantarillado
98,78%
Energía
99,28%
Telefonía fija
57,88%
Gas Natural
50,20%
COBERTURA EN SALUD
Regímen Contributivo
66.721
Regímen Subsidiado
54.767
Vinculados
9.452
130.940
50,96%
41,83%
7,22%
100%
UNIVERSIDADES
Composición académica de las principales Universidades
Universidad
Cooperativa
Derecho
Contaduría
Corporación de Estudios
Tecnológicos
Tec. Comercial y Financiera
Tec. Admon de Mercadeo y
Tec. Administración de Empresas Ventas
Prof. Administración de Empresas Tec. Gestión Empresarial
Contaduría
Tec. Contabilidad
Trabajo Social
Tec. Informática Empresarial
Tec. Sistemas
Tec. Producción Agropecuaria
Tec. Recursos Naturales y del
Ambiente
Tec. Hoteleria y Turismo
Ambiental
Universidad del Valle
Tec. Electrónica
Nota: Adicionalmente a las universidades relacionadas en el estudio, también la
ciudad de Cartago cuenta con las siguientes instituciones de educación superior:
Universidad Antonio Nariño
Universidad Remington
Sede de la Universidad del Quindío
Y un numeroso grupo de centros educativos de enseñanza técnica y tecnológica
COBERTURA EDUCATIVA
Instituciones Oficiales
Instituciones No Oficiales
Centros Educativos No Oficiales
Alumnos Matriculados
Personas que Leen y Escriben
12
11
37
25.431
97.099
PREGUNTAS RECURSO HUMANO
Poblacion Nº
Nº Viviendas
Contributivo
%
130940 Hombres %
32483 Nº Hogares
Subsidiado
50,96% %
c. INFORMACION
ACTUALIZADA:
DE
Nº
Nº
47% Mujeres %
53% Urbana
128321 Rural
2619
Personas por hogar Cobertura afiliación salud %
100%
Tasa de
41,83% Vinculados
7,22%
Alfabetismo
74,16%
CAMARA
DE
COMERCIO
DE
CARTAGO
Algunos datos del mismo Censo 2008 fueron actualizados de acuerdo a los
resultados de la gestión de la CAMARA DE COMERCIO DE CARTAGO en los
primeros siete meses del año 2012.
DESAGREGADO POR MUNICIPIO PARA ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO,
SUC Y AGENCIA A JULIO DE 2012
MUNICIPIO
Alcalá
Ansermanuevo
Cartago
El Águila
El Cairo
El Dovio
Argelia
La Unión
La Victoria
Obando
Roldanillo
San José del
Palmar
(CHOCÓ)
Toro
Ulloa
Versalles
TOTAL
MATRICULAS RENOVACIONES CANCELACIONES
EMPRESAS
ACTIVAS
51
34
650
28
5
14
9
152
25
28
119
156
200
3.184
82
72
99
60
820
160
131
576
26
19
351
4
4
14
6
69
12
7
59
197
229
3.748
110
76
112
66
950
180
157
684
6
39
7
9
1.176
24
206
54
76
5.900
2
16
2
5
596
30
238
60
84
6.921
COMPARATIVO ENTRE EL CENSO AÑO 2008 E INFORMACIÓN
ACTUALIZADA A JULIO 2012 DE LA CAMARA DE COMERCIO
MUNICIPIO
MATRICULAS RENOVACIONES CANCELACIONES
EMPRESAS
ACTIVAS
Alcala
Ansermanuevo
Cartago
El Aguila
El Cairo
El Dovio
Argelia
La Uniòn
91,1
82,9
58,5
133,3
18,5
73,7
69,2
63,9
86,2
82,0
91,2
139,0
96,0
94,3
115,4
99,5
100,0
50,0
55,5
44,4
33,3
116,7
85,7
69,0
88,7
85,4
88,8
139,2
78,4
96,6
108,2
94,7
La Victoria
Obando
Roldanillo
48,1
77,8
77,3
87,9
87,9
100,9
54,5
30,4
67,0
82,2
92,9
102,1
San Josè del Palmar
(CHOCÓ)
Toro
Ulloa
66,7
84,8
63,6
82,8
106,2
83,1
20,0
57,1
20,0
90,9
106,7
82,2
Versalles
47,4
95,0
100,0
87,5
TOTAL
63,5
93,6
58,3
91,7
Como puede observarse el crecimiento económico de la región
nortevallecaucana es notable según las cifras aportadas por la Cámara de
Comercio de Cartago, con las cuales se demuestra que en el comparativo a
diciembre 31 del año 2008 frente a solo siete(7) meses del año 2012, se
observa un cumplimiento en:
Matriculas del 63,5%
Renovaciones del 93,6%
Cancelaciones del 58,3%
Empresa Activas del 91,7%
Otro aspecto importante son los valores bajos de los municipios donde por
distancia geográfica de la DIAN Tulúa no están sometidos a los controles y
acciones de la DIAN que inevitablemente generan inclusiones en la formalidad.
DEDICACION ACTIVIDAD ECONOMICA
Actualmente, se confirma por parte de la Cámara de Comercio de Cartago que
la vocación del municipio de Cartago es el comercio pues el 60 % de las
empresas activas se dedican a esta actividad, igualmente se encontró que los
hoteles, restaurantes y bares representan el 11% y la industria manufacturera
el 7%.
ESTABLECIMIENTO SEGÚN ACTIVIDAD
ECONOMICA
Industria Manufacturera
7%
Comercio
60%
Transporte, almacenamiento y
comunicaciones
6%
Hoteles, restaurantes y bares.
11%
Otras Actividades
16%
PERSONAS EMPLEADAS EN FORMA PERMANENTE
En el primer semestre del 2012, los empresarios reportaron un total de 15.900
personas empleadas y según las empresas liquidadas, 831 personas quedaron sin
empleo.
4.2
UBICACIÓN ESTRATÉGICA
Distancias para acceder al servicio. Teniendo en cuenta, como se dijo en el
punto 2 de este trabajo, nuestra Dirección Seccional la circundan 13 municipios
del Valle del Cauca y tres municipios del Chocó, los mismos que en la práctica
están en términos generales más próximos a la ciudad de Cartago que a la ciudad
de Tuluá o a Quibdó para los de la Seccional de Quibdó, por ende la mayoría de
sus habitantes visitan más esta Seccional que la de Tuluá, ahorrando costos de
transporte, como puede probarse fácilmente con cualquier sondeo de opinión
entre los inscritos. La distancia entre la ciudad de Cartago y Tuluá es de
aproximadamente 94 kilómetros, o sea en tiempo de transporte público a 1 hora y
45 minutos aproximadamente; los municipios del norte del Valle mencionados
están de la ciudad de Cartago a una distancia aproximada de 45 kilómetros el más
lejano, con tiempos promedios de llegada a nuestra seccional de 20 minutos frente
a una (1) hora o más que se demoran llegar a Tuluá.
Por otra parte y hacia futuro, cuando se ponga en funcionamiento el aeropuerto
internacional Santa Ana, esta Seccional podría ofrecer el acompañamiento a la
DIAN de Pereira en los aspectos aduaneros y de comercio exterior que se
requieran.
PROXIMIDAD GEOGRAFICA CON PEREIRA - RISARALDA
POSICION ESTRATEGICA EN EL VALLE DEL CAUCA
EXTENSIÓN MUNICIPIOS
CIRCUNVECINOS (VALLE)
EXTENCION
MUNICIPIO
KM2
ALCALA
ANSERMANUEVO
ARGELIA
CARTAGO
EL AGUILA
EL CAIRO
EL DOVIO
LA UNION
61
308
87
279
199
283
307
125
LA VICTORIA
OBANDO
ROLDANILLO
TORO
ULLOA
VERSALLES
ZARZAL
BOLIVAR
276
171
217
166
45
352
362
602
TOTAL
3840
PROYECCIONES DE POBLACIÓN 2012
MUNICIPIOS NORTE DEL VALLE
MUNICIPIOS
Alcalá
Ansermanuevo
Argelia
Cartago
El Águila
El Cairo
El Dovio
La Unión
La Victoria
Obando
Roldanillo
Toro
Ulloa
Versalles
Zarzal
URBANO
RURAL
2012
2012
10.744
12.974
3.114
127.936
2.618
2.830
5.167
27.993
9.461
10.748
24.697
9.334
2.675
3.233
30.981
9.366
6.902
3.404
2.140
8.327
6.947
3.625
7.843
4.057
4.020
8.646
6.884
2.878
4.281
12.927
Fuente: DANE.
Las series de proyecciones de población aquí presentadas, están sujetas a ajustes
de acuerdo con la disponibilidad de nueva información.
Fecha de actualización de la serie: jueves 12 de mayo de 2011.
JURISDICCION DE LAS DIRECCIONES SECCIONALES.
La Jurisdicción anterior de la Dirección Seccional de Cartago era aduanera y
se representa en color verde.
La Jurisdicción de la Dirección Seccional de Tuluá es tributaria y se representa
tanto en los marcados con color amarillo como con el verde.
SUGERENCIA DE JURISDICCION:
En este mapa es curioso notar como en la distribución de la jurisdicción
aduanera se dejaron aislados los municipios de El Águila, El Cairo, Argelia,
Versalles, El Dovio, Ulloa y Alcalá de la jurisdicción de Cali. Si el propósito de
la jurisdicción de la Dirección Seccional de Cartago, bajo anterior delegación
aduanera de la Seccional de Pereira, era realizar un cubrimiento geográfico
razonable y económico en la operación no se explica porqué no se incluyeron
estos municipios y así ser más ajustado a la realidad. Se sugiere
respetuosamente ajustar la normatividad existente para subsanar este
truncamiento en las jurisdicciones y si le es conveniente a la Dirección
anexarlos a la jurisdicción aduanera de la Seccional de Pereira en ese orden
de ideas.
En ese mismo sentido se solicita la siguiente jurisdicción tributaria delegada de
la DIAN Tuluá, para que la Dirección Seccional Delegada de Cartago opere en
control tributario.
PROYECTO DE JURISDICCIÓN TERRITORIAL DELEGADA DE IMPUESTOS
CONCLUSIONES
1.
La legislación vigente faculta al Director General de la DIAN para crear
Direcciones Delegadas en los lugares que por su actividad económica o
ubicación estratégica lo amerite y asignarle las funciones
correspondientes que le permitan ampliar la cobertura en términos de
control y servicio. Dado lo anterior, le es dable a la Dirección General
asignarle a esta Seccional la competencia tributaria solicitada.
2.
La competencia tributaria para esta Seccional cumpliría la visión de la
Dirección en términos de realizar la integración de los macroprocesos
tributario, aduanero, cambiario y de servicio al comercio exterior,
redundando en un mayor control y servicio a la comunidad circundante.
3.
Es evidente, según las estadísticas y estudios económicos realizados que
el Norte del Valle tiene una alta actividad económica pero que adolece de
control tributario suficiente, el mismo que esta Seccional podría cumplir
con mayores niveles de economía y oportunidad dada la proximidad
geográfica de las ciudades dentro de la jurisdicción con la ciudad de
Cartago.
4.
Que se hace absolutamente necesario ejercer presencia directa de la
DIAN en la ciudad de Cartago y sus municipios circunvecinos a fin de no
solamente prestar información y servicios básicos, sino que se ejerza
como lo estipula la Ley un control tributario debido que no se ejerce con
el cubrimiento esperado de la DIAN Tuluá por los consabidos
presupuestos y número de funcionarios para cubrir una vasta región
geográfica.
5.
Que no requiere inversión adicional por parte de la DIAN para
implementar el presente proyecto, pues se cuenta con todas las
dotaciones de infraestructura física y tecnológica necesaria, así como la
disposición de un equipo de funcionarios capacitados y con una inmensa
voluntad de trabajo.
6.
Que con la delegación de funciones tributarias a esta Dirección Seccional
se evitaría el inmenso perjuicio económico y la afectación familiar que
ocasionaría el desplazamiento de los funcionarios de la DIAN Cartago a
otras Seccionales.
7.
Que es un acto de justicia brindar a los contribuyentes una DIAN cercana
para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones habida cuenta que en
la jurisdicción sugerida habitan actualmente aproximadamente 400.000
personas.
8.
Que precisamente por las razones dadas en el considerando de la
Resolución 000071 del 9 de agosto de 2012 la cual textualmente se lee:
“Que para garantizar la prestación del servicio tributario y aduanero en
los lugares que por su actividad económica o ubicación estratégica lo
amerite, el Director General de la DIAN, mediante resolución podrá
autorizar el funcionamiento permanente o transitorio de Direcciones
Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas, indicando su
jurisdicción y competencia.”
Los funcionarios de la DIAN Cartago invocamos tal consideración, unido
a los argumentos y pruebas expuestos, para que se constituya la
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago, con
su respectiva jurisdicción y competencia.
Finalmente, solicitamos respetuosamente, en aras de complementar la
información estadística que sirva de soporte adicional, analizar los consolidados
anuales de recaudo por tipo de impuesto, así como el número actual de
contribuyentes presentes dentro de la jurisdicción solicitada para la Dirección
Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago, dado que dicha
información está consolidada con la DIAN Tuluá.
Esperamos contar con su complacencia en este proyecto que no solo cumple
cabalmente las expectativas legales, sino el servicio público que forma parte de
nuestra razón de ser, unido al bienestar de nosotros y nuestras familias.
Respaldan el presente proyecto, los abajo firmantes, funcionarios de la Dirección
Seccional de Cartago.
ORIGINAL FIRMADO POR LOS FUNCIONARIOS DE LA DIAN CARTAGO.

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