reglamento del departamento de planeamiento integral de la
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reglamento del departamento de planeamiento integral de la
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABI 1992 REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ CAPITULO I DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL Artículo 1.- El Departamento de Planeamiento Integral es el Principal nivel de conducción y coordinación académico administrativa de la función de Planeamiento de la Universidad Técnica de Manabí. Depende en línea de mando Directo del Vicerrectorado. Artículo 2.- Los objetivos Generales del Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, son los siguientes: a.) Coordinar y armonizar las acciones de las diferentes instancias que conforman la Universidad Técnica de Manabí, para que sea el instrumento de apoyo eficaz en la toma de decisiones de las autoridades y que permita el cumplimiento de sus grandes objetivos institucionales. b.) Dar cumplimiento a los objetivos de la Educación Superior de conformidad a lo estipulado en la Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador; en el Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica de Manabí; y en los Reglamentos internos de las diversas Facultades y Departamentos de la UTM. Artículo 3.- La funciones del Departamento de Planeamiento Integral son: a.) Planificar, coordinar y evaluar el desarrollo integral de la UTM, en las áreas académicas y administrativas, de acuerdo a los lineamientos de los máximos Organismos y Autoridades de la Universidad; b.) Coordinar con las Comisiones Asesoras del HCU, todas las acciones relacionadas con los objetivos y funciones del Planeamiento Universitario; c.) Coordinar su labor miento a nivel Universitarios y Provincia, Región y con otras entidades de Planear ínter-institucional, Centros Politécnicos, tanto de la el País; d.) Elaborar Proyectos de respuesta curricular que tiendan a elevar el nivel de la concepción y estructura académica-docente, de las Facultades, Institutos, Departamentos, Centros y anexos universitarios; e.) Proponer asesoramiento metodológico en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo educativo de las diferentes facultades universitarias. f.) Participar en la Planificación y Programación de Cursos y Seminarios de especialización, reciclaje y actualización técnica, científica y pedagógica que se impartan en las Facultades de la UTM; g.) Asesorar a las autoridades Universitarias en la planificación y programación del desarrollo de la infraestructura física de la UTM, en función de las necesidades cuantitativas y de las reformas académicas, en Facultades, Institutos, Departamentos y anexos; h.) Supervisar y evaluar el cumplimiento de la fase de diagnóstico de la Institución, el Plan de Desarrollo Integral de la Universidad, en concomitancia con las políticas de acción de los organismos de decisión y sus autoridades; así como también los planes operativos anuales; i.) Las demás que señalen el Estatuto, los Reglamentos y demás Organismos y Autoridades de la UTM. CAPITULO II ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL Artículo 4.- El Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, tiene la siguiente estructura orgánico-funcional: - Dirección del Departamento Consejo Técnico Asesoría y Consultoría Secretaría Unidades de: Planeamiento Curricular y Perfiles Profesionales Planeamiento Administrativo-Financiero y Físico Estadística e Informática Artículo 5.- El Rector de la UTM, como Autoridad máxima a nivel ejecutivo, supervisará en forma directa el funcionamiento del Departamento de Planeamiento Integral a través de su Director. Artículo 6.- Para el cabal cumplimiento de las acciones que debe ejecutar si Departamento de Planeamiento Integral, contará con el apoyo de las siguientes Dependencias centrales de la UTM, Capítulo 4.- Art. 72 del Estatuto Orgánico): - Secretaría General Asesoría Jurídica '• Departamento de Administración de Personal Departamento Financiero Departamento de Obras Universitarias Departamento de Bienestar Estudiantil, y; las demás dependencias que se crearen. CAPITULO III DEL DIRECTOR Y SUS FUNCIONES Articulo 7.— Son funciones del Director del Departamento Planeamiento Integral las siguientes: de a.) Ejecutar las decisiones del HCU; y demás autoridades y organismos superiores de la U TM, que sean pertinentes; b.) Dirigir y orientar las acciones encomendadas al Departamento Integral de Planeamiento; representarlo y responder por su buena marcha; c.) Coordinar la estructuración del actividades anuales del Departamento; programa de d.) Realizar el seguimiento y evaluación de los estudios relacionados con el Planeamiento Institucional ejecutados por el propio Departamento o por contrato; e.) Recomendar al Rector y autoridades superiores, la contratación de personal de apoyo, asesores y consultores requeridos para e1 Departamento de Planeamiento Integral; f.)Coordinar las reuniones entre el Departamento de Planeamiento, asesores, consultores y autoridades responsables de las unidades académicas y administrativas de la UTM; g.)Participar en la realización de convenios que la UTM, firma con Instituciones Nacionales e Internacionales; h.)Presentar a la Comisión de Planeamiento los estudios realizados; y elaborar o actualizar el Plan Integral de Desarrollo de la UTM, acorde con los lineamientos fijados por los Organismos de la Universidad. i.)Responsabilizarse del Departamento; por el manejo presupuestario j.) Informar periódicamente del avance de los estudios que se efectúen en el Departamento de Planeamiento Integral a los Organismos superiores de la Universidad; k.) Mantener relaciones con direcciones o con unidades similares a nivel nacional e internacional, con el fin de unificar la labor planificadora de la Universidad; 1.) Actuar como Secretario de la Comisión de Planeamiento participando con voz; 11) Las demás que determinen el Estatuto, los Reglamentos y Organismos y Autoridades de la UTM. Artículo 8.- El Director del Departamento de Planeamiento debe reunir los siguientes requisitos: a.) Ser ecuatoriano, Profesor Universitario a Tiempo Exclusivo con experiencia docente y en el área de planeamiento; b.) Ser profesional universitario en áreas compatibles con la planificación y si es posible, especializado en dicha labor; c.) Conocer la realidad contextual de la localidad, región o país; d.) Haber ejercido o ejercer la docencia a nivel superior por un tiempo mínimo de cinco años; e.) Haber realizado cursos de especialización entrenamiento; en planeamiento, currículo evaluación. y/o y/o f.) Preferiblemente tener experiencia en funciones relacionadas con el Departamento, en la elaboración de Proyectos de desarrollo general, educativo y de investigación; g.) El Director será nombrado por el H. Consejo Universitario, de entre una terna presentada por el señor Rector de la Universidad. CAPITULO IV DEL CONSEJO TÉCNICO Artículo 9.- El Consejo Técnico del Departamento de Planeamiento Integral es un órgano al que confluyen todas las actividades que ejecuta la Dirección, y las unidades. Está conformado por: _ a.) Director que lo preside; b.) Los Jefes de las unidades; c.) Asesores y Consultores (si los hubiere); d.) Actuará en Secretaría el o la titular Departamento. del Artículo 10.- El Consejo Técnico se reunirá mensualmente y sus resoluciones se constituirán en materia de estudio y trabajo para el Departamento y de información para el HCU. Artículo 11.- Son funciones del Consejo Técnico, las siguientes: a.) Conocer y evaluar los informes de la Dirección, y de las Unidades del Departamento de Planeamiento Integral; b.) Aprobar y coordinar la integración de las unidades con el plan operativo anual del Departamento de Planeamiento Integral; ^ c.) Elaborar documentos de diagnóstico, programas, plan de desarrollo y planes operativos anuales que saldrán del Departamento de Planeamiento hacia la Comisión de Planeamiento, el HCU, autoridades y organismos operacionales de la Universidad, para su ejecución. CAPITULO V DE LAS ASESORÍAS CONSULTORIAS Artículo 12.- La Asesoría o Consultoría es el nivel consultivo del Departamento de Planeamiento Integral, son contratadas, ya sea a nivel externo o elegido dentro de los profesionales que laboran en la UTM, para el diseño de propuestas o alternativas que requiera el desarrollo institucional. Artículo 13.- Son funciones del o los Asesores y Consultores las siguientes: a.) Asesorar en la elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos, dentro del campo educativo y del desarrollo institucional; b.) Cooperar en las unidades del Departamento de Planeamiento en la realización del diagnóstico general de la UTM, y en la elaboraci ón del Plan de Desarrollo Integral de la Institución; c.) Realizar en el tiempo estipulado, los trabajos que les han sido encomendados y para los cuales fueron contratados específicamente; d.) Las demás funciones que le determinen el Estatuto, los Reglamentos, demás organismos y autoridades Universitarias. Artículo 14.- El o los asesores o Consultores del Departamento de Planeamiento debe reunir los siguientes requisitos: a.) Ser profesionales universitarios con reconocida experiencia en el campo del Planeamiento Académico y curricular universitario; b.) Estar capacitado para dar respuestas técnicas sobre cambios de la realidad, en que se desenvuelve la Universidad; c.) Ser experto en gestión, elaboración, ejecución y evaluación de proyectos de desarrollo educativo . CAPITULO VI DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO CURRICULAR Y PERFILES PROFESIONALES Artículo 15.- La Unidad de Planeamiento Curricular y Perfiles Profesionales es el nivel de apoyo técnico del Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, en la que se realizan los diseños curriculares que correspondan a las necesidades de la Institución y del País. Artículo 16.- Son funciones de la Unidad de Planeamiento curricular y perfiles profesionales, los siguientes: _ a.) Establecer una propuesta de modelo metodológico para el diseño de perfiles profesionales para las diferentes carreras de la UTM.; b.) Establecer las estrategias que permitan la ejecución, control y evaluación del currículo de las Facultades y Escuelas de la UTM.; c.) Colaborar en los estudios para la creación o supresión de unidades académicas, especializaciones tecnologías; d.) Participar en la realización de estudios sobre demanda futura de estudiantes en las diversas áreas; e.) Mantener un archivo de todos los planes y programas analíticos de estudios de las Facultades y Escuelas de la UTM; f.) Determinar con los docentes de las Facultades y/o Escuelas las necesidades o requerimientos bibligráficos para el ejercicio de sus cátedras y para consulta de los estudiantes; g.) Evaluar permanentemente las labores de extensión universitaria; h.) Diseñar mecanismos que permitan valorar las condiciones en que se desarrollan las actividades del sistema educativo universitario, determinando características, dimensiones y causas de insuficiencias o problemas que la afectan en su totalidad o en algunos elementos; i.) Diseñar procedimientos que permitan medir la aplicación y resultados del conjunto de elementos de cada una de las Facultades y/o Escuelas de la UTM; j.) Diseñar procedimientos para evaluación de recursos utilizados en el Sistema Educativo de la UTM.; k.) Las demás funciones que determine el Estatuto, los Reglamentos vigentes y las autoridades de la UTM. Artículo 17.- Las funciones del Jefe de Planeamiento Curricular y Perfiles Profesionales son las siguientes: a.) Estructurar el programa de actividades anuales de la Unidad en coordinación con el programa del Departamento; b.) Coordinar los estudios de planeamiento académico; c.) Revisar los trabajos elaborados por los consultores y asesores y recomendar a quien corresponda, las observaciones pertinentes; d.) Controlar el cumplimiento de los contratos con los asesores o consultores de la unidad; e.) Las demás que le determinen el Estatuto, los Reglamentos y las Autoridades de la Universidad. Artículo 18.- El Jefe de la Unidad Curricular y Perfiles Profesionales debe reunir los siguientes requisitos: a.) Ser un profesional universitario del área educativa con entrenamiento y experiencia en Planeamiento universitario; b.) Haber sido docente o ejercer la universitaria en el área pedagógica; docencia c.) Haber realizado cursos de capacitación y/o entrenamiento en el área de planificación curricular universitaria; d.) Dedicar un mínimo de 25 horas semanales al desempeño de sus funciones; e.) Las demás que señalen los Estatutos y Reglamentos de la UTM. CAPITULO VII DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO ADMINISTRATIVO-FINANCIERO Y FÍSICO Artículo 19.- La Unidad de Planeamiento Administrativo-Financiero y Físico es el apoyo técnico del Departamento encargado de diseñar, proponer y evaluar, las alternativas económicas-administrativas y de planta física, que requiere la Universidad para el cumplimiento de sus funciones esenciales, en razón de las necesidades de recursos y la demanda que genere el desarrollo académico de la Universidad. Artículo _ 20.- Son funciones de la Unidad de Planeamiento Administrativo, Financiero y Físico, las siguientes: a.) Trabajar en coordinación con los organismos administrativos, financieros y de construcción existentes en la UTM. I b.) Participar en la elaboración del proyecto de programación anual del presupuesto de la Universidad, colaborando con la Comisión de Presupuesto de la UTM, en lo que se refiere a la fijación de metas; c.) Colaborar en la elaboración de Proyectos de crédito con el objeto de financiar las obras de inversión de la Universidad; d.) Planificar y programar el desarrollo de la infraestructura física de la Universidad, en la función de las necesidades cuantitativas y de las reformas educativas de las Facultades, Institutos, Departamentos, Escuelas de la UTM. Artículo 21.- Cooperar con el estudio y análisis de la situación administrativa de la Universidad y la identificación de sus principales problemas desde el punto de vista cuantitativo, considerando que la parte administrativa es una base de apoyo para las labores fundamentales de la Universidad, ya sea para los temas académicos, de investigación y de extensión universitaria. Artículo 22.- Se considerarán dentro los siguientes aspectos: del área administrativa a.) Estudios y evaluación de la organización actual de la Universidad, mediante un análisis de la función, responsabilidades e inter-relaciones de los diversos organismos, dependencias y autoridades académicas y administrativas; b.)Identificación los organismos conformidad a Orgánico vigente especiales de la clara de las funciones de y autoridades de la UTM, de lo dispuesto en el Estatuto y en los Reglamentos generales y Universidad; c.) Evaluación de los procedimientos organizativos de los Departamentos de la Administración Central de la Universidad trabajando con cada uno de ellos; d.) Estudio crítico de las relaciones interdepartamentales y señalamiento de sus problemas fundamentales; procedimientos administrativos Estandarizar básicos para: Matrículas en todas las Facultades y en diversos niveles. Registro de alumnos. Control de asistencia de alumnos y profesores. Control de créditos y/o horas. Administración presupuestaria por Facultades. Mecanismos de adquisición y/o reposición de bienes muebles y de consumo habitual. e.) - Artículo 23.- El estudio de los aspectos administrativos constituye un área especializada; se considerarán los siguientes aspectos: - Definición del problema. - Recopilación de informes y documentos. - Análisis de los sistemas y subsistemas y definición de alternativas en relación a los recursos disponibles. - Elaboración de diseños de nuevos sistemas y subsistemas. - Programación de su implementación. Artículo 24.- Estudio y análisis de los aspectos económicos; y determinar alternativas para el mejor funcionamiento de los organismos financieros de la Universidad Artículo 25.- Colaborar con el Departamento Financiero de la UTM, en la elaboración de la proforma presupuestaria anual de la Universidad, considerando las proyecciones propuestas por las Facultades y demás organismos de la UTM. Artículo 26.- Realizar la evaluación de las metas presupuestarias, para lo que se diseñará, aplicará y tabulará los formularios necesarios para este proceso y emitirá los informes correspondientes para conocimiento del Rectorado, Vicerrectorado, Comisión de Planeamiento, Comisión de Presupuesto y demás entidades Universitarias. Artículo 27.- Participar en los diagnósticos, estudios de mercados, costos, financiamiento y rentabilidad económica y social de Proyectos para su diseño. Artículo 28.-Realizar Proyectos de Planificación prospectiva sobre programaciones a futuro que la Universidad debe realizar. Articulo 29.- Planificar las áreas de infraestructura física, con relación a las necesidades académicas y administrativas de la UTM. Artículo 30.- Sugerir alternativas para mejorar el mantenimiento de obras a cargo del Departamento de Obras de la UTM. Artículo 31.- Recomendar alternativas para el uso y mantenimiento de los edificios y locales de la UTM. ArtÍculo 32.- Intervenir en la elaboración de Proyectos y créditos para obras de la UTM. Artículo 33.- Asesorar en la fiscalización de la ejecución de los proyectos de planeamiento físico de la Institución. Artículo 34.- Cooperar en la elaboración del inventario físico de la Universidad y proyectar sus requerimientos. Artículo 35.- Llevar un inventario de todas las áreas y dependencias de la Institución, fuera y dentro de los predios universitarios. Artículo 36.- Los demás señalados por el Estatuto Orgánico, los Reglamentos y demás Autoridades de la Universidad. Artículo 37.- Las funciones del Jefe de la Unidad de Planeamiento Administrativo, Financiero y Físico son las siguientes: a.) Estructurar el Programa de actividades anuales de la Unidad para coordinarlo con el Programa del Departamento; b.) Responsabilizarse por encargadas a su unidad. todas las gestiones c.) Colaborar en la elaboración y estructuración de los planes y programas tanto a nivel de dirección como de su Unidad; d.) Colaborar con los estudios de diagnóstico y de evaluación de la realidad de la Universidad en los organismos financieros de la misma, con el objeto de cubrir las necesidades académicas, administrativas y físicas que tenga cada Facultad o Departamento; e.) Cooperar en el diseño de las obras de la Institución; f.) Las demás funciones que señale el Estatuto, los Reglamentos y Autoridades de la Universidad Artículo 38.- El Jefe de la Unidad de Planeamiento Administrativo, Financiero y Físico debe reunir los siguientes requisitos: a.) Ser Profesional Universitario en el área económica y Administrativa; b.) Haber realizado cursos de entrenamiento en el área Universitario; capacitación y/o de Planeamiento c.) Acreditar experiencia en funciones similares relacionadas con el planeamiento académico, administrativo, de proyectos, estadística y presupuesto; d.) Dedicar a sus labores un tiempo mínimo de 25 horas semanales a sus funciones. CAPITULO VIII DE LA UNIDAD DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Articulo 39.- La Unidad de Estadística e Informática será la encargada de mantener y automatizar la información estadística actualizada del Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, estableciendo un flujo permanente de información con las Unidades y con los demás organismos de la Universidad; así como también garantizar la disponibilidad de información bibliográfica, mediante el procesamiento, almacenamiento y difusión de la documentación actual y futura correspondiente al fondo bibliográfico del Departamento. Artículo 40.- Son funciones de la Unidad de Estadística e Informática: a.) Crear un sistema organizado e integrado de información de estadística educativa que sirva para las decisiones del Departamento de Planeamiento Integral; b.) Organizar el sistema de estadística Universitaria mediante la recopilación de datos básicos y complementarios; c.) Recopilar, procesar, organizar, analizar, producir, mantener y suministrar datos que le sirvan al Departamento para planificar y evaluar el Plan Integral de desarrollo de la UTM. d.) Servir de apoyo a los trabajos de investigación que se realicen en el Departamento de Planeamiento y en las demás dependencias de la UTM; e.) Sistematizar la información que proporcione respuestas a los requerimientos de los usuarios y que faciliten sus acciones; f.)Contribuir con información sistematizada y elaborada por el Departamento de Planeamiento, para la preparación y ejecución de estudios, planes, proyectos de instituciones Provinciales o Nacionales, como un aporte de la UTM, para el desarrollo del país. Artículo 41.- Son funciones del Jefe de la Unidad de Estadística e Informática las siguientes: a.) Dirigir y coordinar las actividades que conllevan la organización y sistematización de la información estadística de la Universidad; b.) Estructurar el programa de actividades anuales de la Unidad para coordinarlo con el programa del Departamento; c.) Representar a la Unidad de Estadística y Computación dentro y fuera del Departamento; d.) Supervisar la ejecución del Plan Operativo Anual de la Unidad; e.) Participar en la realización de los estudios y trabajos de carácter institucional, propuestos por la Comisión de Planeamiento; y, f.) Las otras funciones que le determine el Estatuto Orgánico, los Reglamentos vigentes y demás autoridades de la Universidad. Artículo 42.- El Jefe de la Unidad de Estadística y Computación debe reunir los siguientes requisitos: a.) Ser profesional con título académico concedido por una Universidad del país o del extranjero, debidamente revalidado por una Universidad Nacional; preferiblemente especializado en Estadística y Computación, Informática, Economía. b.) Haber realizado cursos de entrenamiento de su unidad; capacitación y/o c.) Dedicar un mínimo de 25 horas semanales al desempeño de sus funciones; d.) Las demás que señalen los Estatutos y Reglamentos de la UTM. Artículo 43.- La Unidad de Estadística e Informática contará con un Operador de Computación. CAPITULO IX DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO Artículo 44. - La Secretaria del Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, desempeñará las siguientes funciones: a.) Llevar la correspondencia y de las unidades. del Departamento b.) Asistir y atender las gestiones del Director; c.) Recibir y dar la información que requiere el público; d.) Mecanografiar oficios y escritos varios; e.) Llevar y archivar la correspondencia de la Dirección debidamente codificada; f.) Atender y realizar llamadas telefónicas; g.) Gestionar actividades para reparar máquinas y más enseres de las oficinas, así como ciertos trámites en las dependencias administrativas; h.) Mecanografiar Departamento; los trabajos necesarios del i.) Guardar copias de las llaves de todos los muebles y enseres; así como los materiales y útiles de oficina; j.) Entregar útiles de oficina y demás materiales del Departamento; k.) Gestionar trámites administrativos para el Departamento en el Rectorado, Vicerrectorado Financiero, Imprenta u otras secciones administrativas de la UTM; l.) Supervisar la labor del conserje; m.) Las demás que le encomendaren el Director o los Jefes de Unidad. Artículo 45.- La Secretaria del Integral de la UTM, requisitos: Departamento de Planeamiento debe llenar los siguientes a.) Tener título de Secretaria Ejecutiva Bilingüe. b.) Acreditar una experiencia mínima de tres años de trabajo en funciones similares; c.) Su designación será mediante Merecimientos y Oposición. Concurso de d.) Poseer buenas relaciones humanas. e.) Su trabajo será a tiempo completo, es decir, de 40 horas semanales en el desempeño de sus funciones. Artículo 46.- Las Auxiliares de Secretaría siguientes funciones: desempeñarán las a.) Transcribir los trabajos de las Unidades; b.) Hacer rayado de cuadros y mecanografiar los datos de los mismos; c.) Llevar el archivo y correspondencia de la unidad; d.) Reemplazar a la Secretaria de la Dirección cuando se encuentre ausente y el Jefe del Departamento así lo determine; e.) Los demás que le encomendare el Jefe del Departamento y Unidades. Artículo 47.- Las Auxiliares de Secretaría de la Dirección deben llenar los siguientes requisitos: a.) Título de Secretarla, preferentemente Ejecutiva o Bilingüe; b.) Tener una experiencia mínima de dos años de trabajo en funciones similares; c.) Tener una experiencia en el manejo de máquinas de escribir electrónicas y mecánicas; d.) Tener experiencia en redacción comercial, social y pública; e.) Tener destreza mecanográfica, taquigráfica; f.) Poseer buenas relaciones humanas; g.) La Auxiliar de Secretaría de la Unidad de Estadística e Informática, además de los requisitos antes señalados deberá acreditar conocimientos básicos en informática; h.) Dedicar 40 horas semanales en el desempe ño de sus funciones. Artículo 48.- El Operador de Computación, para ser designado necesitará presentar certificados de haber realizado estudios y cursos de entrenamiento b ásicos en computación, Artículo 49,- El Departamento de Planeamiento Integral de la UTM contará con un Conserje, el mismo que desempeñará las siguientes funciones: a.) Realizar trabajos de limpieza, servicios de proteción de los bienes muebles de la Dirección b.) Entregar correspondencia a las distintas unidades académicas y otras instituciones; c.) Franquear la correspondencia; d.) Realizar el transporte de equipos y materiales; e.) Agilitar trámites administrativos; f.) Velar por la seguridad de los bienes físicos del Departamento; g.) Las demás que se le encomendaren. Artículo 50.- El Departamento de Planeamiento Integral de la UTM contará con Analistas en cada una de sus Unidades. Artículo 51.- Serán funciones de los Analistas, las señaladas en cada Unidad. Artículo 52.- Los Analistas del Departamento de Planeamiento, deberán llenar los siguientes requisitos: a.) Ser profesionales de las ramas afines con las Unidades del Departamento: b.) Haber realizado cursos de capacitación en el área de Planificación Educativa Superior, o en el área señalada para su trabajo; c.) Tener experiencia en labores de planificación universitaria preferentemente; d.) Dedicar 40 horas semanales al desempe ño de sus funciones. Artículo 53.- EL conserje del Departamento de Planeamiento, debe llenar los siguientes requisitos; a.) Tener Título de Bachiller en cualquier especialidad; de la República b.) Tener un excelente estado de salud; c.) Poseer cualidades morales, buena educaci ón y una personalidad que sepa adaptarse al entorno humano en su trabajo; d.) Dedicar 40 horas semanales al desempeño de sus funciones. CAPITULO X DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 54.- Con el objeto de que el Departamento de Planeamiento inicie de inmediato su funcionamiento, se implementará el Organigrama, utilizando personal docente, administrativo y de servicio que trabajen en las diversas Facultades y Dependencias de la UTM. Artículo 55.- Las personas escogidas para trabajar en el Departamento de Planeamiento deben reunir los requisitos exigidos en este Reglamento. Artículo 56.- El H. Consejo Universitario debe preveer las partidas presupuestarias para el funcionamiento completo del Departamento; asimismo las partidas presupuestarias para los muebles y enseres necesarios. Artículo 57.- Hasta que el Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, se implemente y su personal posea los perfiles requeridos, el H. Consejo Universitario deberá contratar la consultoría para la elaboración del Plan de Desarrollo y otras labores específicas relacionadas. Artículo 58,- Para mantener una completa unificación de trabajo con las Facultades de la UTM, debe crearse el Departamento de Planeamiento en cada una de ellas. Este Reglamento entrará en vigencia después de ser Artículo 59.- aprobado por el H. Consejo Universitario, creando el Departamento de Planeamiento Integral de la UTM. Dado y firmado en la sala de sesiones del H.Consejo Universitario A los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa. Dr. Guido Álava Párraga RECTOR PRESIDENTE DEL H.C.U. Dr. Plutarco García Saltos SECRETARIO PROCURADOR GENERAL Dr. Plutarco García Saltos, Encargado de la Secretaría General Procuraduría de la Universidad Técnica de Manabí, Certifica: Que el Reglamento que antecede fue discutido y aprobado por el H. Consejo Universitario en sus sesiones del 29 de mayo y del 10 de julio de 1990. Portoviejo, a 10 de julio de 1990 Dr. Plutarco García Saltos SECRETARIO PROCURADOR GENERAL, ENCARGADO