reglamento del departamento de planeamiento integral de la

Transcripción

reglamento del departamento de planeamiento integral de la
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE
PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABI
1992
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ
CAPITULO I
DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO
INTEGRAL
Artículo 1.- El Departamento de Planeamiento Integral es el Principal
nivel
de
conducción
y
coordinación
académico
administrativa de la función de Planeamiento de
la Universidad Técnica de Manabí. Depende en línea
de mando Directo del Vicerrectorado.
Artículo 2.- Los objetivos Generales del Departamento de Planeamiento
Integral de la UTM, son los siguientes:
a.) Coordinar y armonizar las acciones de las diferentes
instancias que conforman la Universidad Técnica de
Manabí, para que sea el instrumento de apoyo
eficaz en la toma de decisiones de las
autoridades y que permita el cumplimiento de sus
grandes objetivos institucionales.
b.) Dar cumplimiento a los objetivos de la Educación
Superior de conformidad a lo estipulado en la
Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas del
Ecuador; en el Estatuto Orgánico de la Universidad
Técnica de Manabí; y en los Reglamentos internos de
las diversas Facultades y Departamentos de la UTM.
Artículo 3.-
La funciones del Departamento de Planeamiento Integral
son:
a.) Planificar, coordinar y evaluar el desarrollo
integral de la UTM, en las áreas académicas y
administrativas, de acuerdo a los lineamientos de
los máximos Organismos y Autoridades de la
Universidad;
b.) Coordinar con las Comisiones Asesoras del HCU,
todas las acciones relacionadas con los objetivos y
funciones del Planeamiento Universitario;
c.) Coordinar su labor
miento a nivel
Universitarios y
Provincia, Región y
con otras entidades de Planear
ínter-institucional, Centros
Politécnicos, tanto de la
el País;
d.) Elaborar Proyectos de respuesta curricular que
tiendan a elevar el nivel de la concepción y
estructura académica-docente, de las Facultades,
Institutos,
Departamentos,
Centros
y
anexos
universitarios;
e.) Proponer asesoramiento metodológico en la elaboración
de planes, programas y proyectos de desarrollo
educativo
de
las
diferentes
facultades
universitarias.
f.) Participar en la Planificación y Programación de
Cursos
y
Seminarios
de
especialización,
reciclaje y actualización técnica, científica y
pedagógica que se impartan en las Facultades de la
UTM;
g.) Asesorar a las autoridades Universitarias en la
planificación y programación del desarrollo de la
infraestructura física de la UTM, en función de las
necesidades cuantitativas y de las reformas
académicas,
en
Facultades,
Institutos,
Departamentos y anexos;
h.) Supervisar y evaluar el cumplimiento de la fase de
diagnóstico de la Institución, el Plan de Desarrollo
Integral de la Universidad, en concomitancia con las
políticas de acción de los organismos de decisión
y sus autoridades; así como también los planes
operativos anuales;
i.) Las demás que señalen el Estatuto, los Reglamentos
y demás Organismos y Autoridades de la UTM.
CAPITULO II ESTRUCTURA
ORGÁNICO-FUNCIONAL
Artículo 4.- El Departamento de Planeamiento Integral de la UTM, tiene
la siguiente estructura orgánico-funcional:
-
Dirección del Departamento
Consejo Técnico
Asesoría y Consultoría
Secretaría
Unidades de:
Planeamiento Curricular y Perfiles Profesionales
Planeamiento Administrativo-Financiero y Físico
Estadística e Informática
Artículo 5.- El Rector de la UTM, como Autoridad máxima a nivel
ejecutivo,
supervisará
en
forma
directa
el
funcionamiento del Departamento de Planeamiento
Integral a través de su Director.
Artículo 6.- Para el cabal cumplimiento de las acciones que debe
ejecutar si Departamento de Planeamiento Integral,
contará con el apoyo de las siguientes Dependencias
centrales de la UTM, Capítulo 4.- Art. 72 del Estatuto
Orgánico):
-
Secretaría General
Asesoría Jurídica '•
Departamento de Administración de Personal
Departamento Financiero
Departamento de Obras Universitarias
Departamento de Bienestar Estudiantil, y;
las demás dependencias que se crearen.
CAPITULO III
DEL DIRECTOR Y SUS FUNCIONES
Articulo
7.— Son funciones del Director del Departamento
Planeamiento Integral las siguientes:
de
a.) Ejecutar las decisiones del HCU; y demás autoridades
y organismos superiores de la U TM, que sean
pertinentes;
b.) Dirigir y orientar las acciones encomendadas al
Departamento Integral de Planeamiento; representarlo
y responder por su buena marcha;
c.) Coordinar la estructuración del
actividades anuales del Departamento;
programa
de
d.) Realizar el seguimiento y evaluación de los
estudios
relacionados
con
el
Planeamiento
Institucional
ejecutados
por
el
propio
Departamento o por contrato;
e.) Recomendar al Rector y autoridades superiores, la
contratación de personal de apoyo, asesores y
consultores requeridos para e1 Departamento de
Planeamiento Integral;
f.)Coordinar las reuniones entre el Departamento de
Planeamiento, asesores, consultores y autoridades
responsables
de
las unidades académicas y
administrativas de la UTM;
g.)Participar
en
la
realización
de
convenios
que la UTM, firma con Instituciones Nacionales e
Internacionales;
h.)Presentar a
la Comisión
de Planeamiento los
estudios realizados; y elaborar o actualizar
el Plan Integral de Desarrollo de la UTM, acorde
con los lineamientos fijados por los Organismos
de la Universidad.
i.)Responsabilizarse
del Departamento;
por
el
manejo
presupuestario
j.) Informar periódicamente del avance de los estudios
que se efectúen en el Departamento de Planeamiento
Integral a los Organismos superiores de la
Universidad;
k.) Mantener relaciones con direcciones o con unidades
similares a nivel nacional e internacional, con el fin
de unificar la labor planificadora de la Universidad;
1.) Actuar como Secretario de la Comisión de Planeamiento
participando con voz;
11) Las demás que determinen el Estatuto, los
Reglamentos y Organismos y Autoridades de la UTM.
Artículo 8.- El Director del Departamento de Planeamiento debe
reunir los siguientes requisitos:
a.) Ser ecuatoriano, Profesor Universitario a Tiempo
Exclusivo con experiencia docente y en el área de
planeamiento;
b.) Ser profesional universitario en áreas compatibles
con la planificación y si es posible, especializado
en dicha labor;
c.) Conocer la realidad contextual de la localidad,
región o país;
d.) Haber ejercido o ejercer la docencia a nivel
superior por un tiempo mínimo de cinco años;
e.)
Haber realizado cursos de especialización
entrenamiento; en planeamiento, currículo
evaluación.
y/o
y/o
f.) Preferiblemente tener experiencia en funciones
relacionadas con el Departamento, en la elaboración
de Proyectos de desarrollo general, educativo y de
investigación;
g.)
El Director será nombrado por el H. Consejo
Universitario, de entre una terna presentada por
el señor Rector de la Universidad.
CAPITULO IV
DEL CONSEJO TÉCNICO
Artículo 9.- El Consejo Técnico del Departamento de Planeamiento
Integral es un órgano al que confluyen todas las
actividades que ejecuta la Dirección, y las unidades.
Está conformado por:
_
a.) Director que lo preside;
b.) Los Jefes de las unidades;
c.) Asesores y Consultores (si los hubiere);
d.) Actuará en Secretaría el o la titular
Departamento.
del
Artículo 10.- El Consejo Técnico se reunirá mensualmente y sus
resoluciones se constituirán en materia de estudio y
trabajo para el Departamento y de información para
el HCU.
Artículo 11.- Son funciones del Consejo Técnico, las siguientes:
a.) Conocer y evaluar los informes de la Dirección, y
de las Unidades del Departamento de Planeamiento
Integral;
b.) Aprobar y coordinar la integración de las unidades
con el plan operativo anual del Departamento de
Planeamiento Integral;
^
c.) Elaborar documentos de diagnóstico, programas,
plan de desarrollo y planes operativos anuales
que saldrán del Departamento de Planeamiento
hacia la Comisión de Planeamiento, el HCU,
autoridades y organismos operacionales de la
Universidad, para su ejecución.
CAPITULO V
DE LAS ASESORÍAS CONSULTORIAS
Artículo 12.- La Asesoría o Consultoría es el nivel consultivo
del
Departamento
de
Planeamiento
Integral,
son
contratadas, ya sea a nivel externo o elegido
dentro de los profesionales que laboran en la
UTM, para el diseño de propuestas o alternativas
que requiera el desarrollo institucional.
Artículo 13.- Son funciones del o los Asesores y Consultores
las siguientes:
a.) Asesorar en la elaboración y ejecución de planes,
programas y proyectos, dentro del campo educativo
y del desarrollo institucional;
b.) Cooperar en las unidades del Departamento de
Planeamiento en la realización del diagnóstico
general de la UTM, y en la elaboraci ón del
Plan de Desarrollo Integral de la Institución;
c.) Realizar en el tiempo estipulado, los trabajos
que les han sido encomendados y para los cuales
fueron contratados específicamente;
d.) Las demás funciones que le determinen el Estatuto,
los Reglamentos, demás organismos y autoridades
Universitarias.
Artículo 14.- El o los asesores o Consultores del Departamento
de
Planeamiento
debe
reunir
los
siguientes
requisitos:
a.) Ser profesionales universitarios con reconocida
experiencia en el campo del Planeamiento Académico
y curricular universitario;
b.) Estar capacitado para dar respuestas técnicas
sobre cambios de la realidad, en que se desenvuelve la Universidad;
c.) Ser experto en gestión, elaboración, ejecución
y evaluación de proyectos de desarrollo educativo .
CAPITULO VI
DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO CURRICULAR Y PERFILES PROFESIONALES
Artículo 15.- La Unidad de Planeamiento Curricular y Perfiles
Profesionales es el nivel de apoyo técnico del Departamento de
Planeamiento Integral de la UTM, en la que se realizan los
diseños curriculares que correspondan a las necesidades de la
Institución y del País.
Artículo 16.- Son funciones de la Unidad de Planeamiento curricular
y perfiles profesionales, los siguientes:
_
a.) Establecer una propuesta de modelo metodológico
para el diseño de perfiles profesionales para las
diferentes carreras de la UTM.;
b.)
Establecer las estrategias que permitan la
ejecución, control y evaluación del currículo de
las Facultades y Escuelas de la UTM.;
c.)
Colaborar en los estudios para la creación
o
supresión
de
unidades
académicas,
especializaciones tecnologías;
d.) Participar en la realización de estudios sobre
demanda futura de estudiantes en las diversas
áreas;
e.) Mantener un archivo de todos los planes y programas
analíticos de estudios de las Facultades y Escuelas
de la UTM;
f.) Determinar con los docentes de las Facultades y/o
Escuelas
las
necesidades
o
requerimientos
bibligráficos para el ejercicio de sus cátedras y
para consulta de los estudiantes;
g.) Evaluar permanentemente las labores de extensión
universitaria;
h.) Diseñar mecanismos que permitan valorar las
condiciones en que se desarrollan las actividades
del sistema educativo universitario, determinando
características,
dimensiones y causas de
insuficiencias o problemas que la afectan en su
totalidad o en algunos elementos;
i.)
Diseñar procedimientos que permitan medir la
aplicación y resultados del conjunto de elementos
de cada una de las Facultades y/o Escuelas de la
UTM;
j.) Diseñar procedimientos para evaluación de recursos
utilizados en el Sistema Educativo de la UTM.;
k.) Las demás funciones que determine el Estatuto, los
Reglamentos vigentes y las autoridades de la
UTM.
Artículo 17.- Las funciones del Jefe de Planeamiento Curricular y
Perfiles Profesionales son las siguientes:
a.) Estructurar el programa de actividades anuales de
la Unidad en coordinación con el programa del
Departamento;
b.) Coordinar los estudios de planeamiento académico;
c.) Revisar los trabajos elaborados por los consultores
y asesores y recomendar a quien corresponda, las
observaciones pertinentes;
d.) Controlar el cumplimiento de los contratos con
los asesores o consultores de la unidad;
e.) Las demás que le determinen el Estatuto, los
Reglamentos y las Autoridades de la Universidad.
Artículo 18.- El Jefe de la Unidad Curricular y Perfiles Profesionales
debe reunir los siguientes requisitos:
a.) Ser un profesional universitario del área educativa
con entrenamiento y experiencia en Planeamiento
universitario;
b.) Haber sido docente o ejercer la
universitaria en el área pedagógica;
docencia
c.) Haber realizado cursos de capacitación y/o
entrenamiento en el área de planificación curricular
universitaria;
d.) Dedicar un mínimo de 25 horas semanales al
desempeño de sus funciones;
e.) Las demás que señalen los Estatutos y Reglamentos
de la UTM.
CAPITULO VII
DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO ADMINISTRATIVO-FINANCIERO Y FÍSICO
Artículo 19.- La Unidad de Planeamiento Administrativo-Financiero
y Físico es el apoyo técnico del Departamento encargado
de diseñar, proponer y evaluar, las alternativas
económicas-administrativas y de planta física, que
requiere la Universidad para el cumplimiento de sus
funciones esenciales, en razón de las necesidades de
recursos y la demanda que genere
el desarrollo académico de la Universidad.
Artículo
_
20.-
Son funciones de la Unidad de Planeamiento
Administrativo, Financiero y Físico, las siguientes:
a.) Trabajar en coordinación con los organismos
administrativos, financieros y de construcción
existentes en la UTM.
I
b.) Participar en la elaboración del proyecto de
programación
anual
del
presupuesto
de
la
Universidad, colaborando con la Comisión de
Presupuesto de la UTM, en lo que se refiere
a la fijación de metas;
c.) Colaborar en la elaboración de Proyectos de crédito
con el objeto de financiar las obras de inversión
de la Universidad;
d.) Planificar y programar el desarrollo de la
infraestructura física de la Universidad,
en la función de las necesidades cuantitativas y de
las reformas educativas de las Facultades,
Institutos, Departamentos, Escuelas de la UTM.
Artículo 21.- Cooperar con el estudio y análisis de la situación
administrativa de la Universidad y la identificación
de sus principales problemas desde el punto de vista
cuantitativo, considerando que la parte administrativa
es una base de apoyo para las labores fundamentales
de la Universidad, ya sea para los temas académicos,
de investigación y de extensión universitaria.
Artículo
22.- Se considerarán dentro
los siguientes aspectos:
del área administrativa
a.) Estudios y evaluación de la organización actual de
la Universidad,
mediante
un análisis de la
función, responsabilidades e inter-relaciones de
los
diversos
organismos,
dependencias
y
autoridades académicas y administrativas;
b.)Identificación
los organismos
conformidad a
Orgánico vigente
especiales de la
clara
de
las
funciones de
y autoridades de la UTM, de
lo dispuesto en el Estatuto
y en los Reglamentos generales y
Universidad;
c.) Evaluación de los procedimientos organizativos de
los
Departamentos
de
la
Administración
Central de
la
Universidad trabajando
con
cada uno de ellos;
d.) Estudio
crítico
de
las
relaciones
interdepartamentales y señalamiento de sus
problemas fundamentales;
procedimientos administrativos
Estandarizar
básicos para:
Matrículas en todas las Facultades y en diversos
niveles.
Registro de alumnos.
Control de asistencia de alumnos y profesores.
Control de créditos y/o horas.
Administración presupuestaria por Facultades.
Mecanismos
de
adquisición
y/o
reposición
de bienes muebles y de consumo habitual.
e.)
-
Artículo 23.- El estudio de los aspectos administrativos constituye
un área especializada; se considerarán los siguientes
aspectos:
- Definición del problema.
- Recopilación de informes y documentos.
- Análisis de los sistemas y subsistemas y definición
de alternativas en relación a los recursos
disponibles.
- Elaboración de diseños de nuevos sistemas y
subsistemas.
- Programación de su implementación.
Artículo
24.- Estudio y análisis de los aspectos económicos;
y
determinar
alternativas
para
el
mejor
funcionamiento de los organismos financieros de la
Universidad
Artículo 25.- Colaborar con el Departamento Financiero de la UTM,
en la elaboración de la proforma presupuestaria anual
de la Universidad, considerando las proyecciones
propuestas por las Facultades y demás organismos de
la UTM.
Artículo 26.- Realizar la evaluación de las metas presupuestarias,
para lo que se diseñará, aplicará y tabulará los
formularios necesarios para este proceso y emitirá los
informes correspondientes para conocimiento del
Rectorado, Vicerrectorado, Comisión de Planeamiento,
Comisión
de
Presupuesto
y
demás
entidades
Universitarias.
Artículo 27.- Participar en los diagnósticos, estudios de mercados,
costos, financiamiento y rentabilidad económica y
social de Proyectos para su diseño.
Artículo 28.-Realizar Proyectos de Planificación prospectiva
sobre programaciones a futuro que la Universidad debe
realizar.
Articulo 29.- Planificar las áreas de infraestructura física,
con relación a las necesidades académicas y
administrativas de la UTM.
Artículo 30.- Sugerir alternativas para mejorar el mantenimiento de
obras a cargo del Departamento de Obras de la UTM.
Artículo 31.- Recomendar alternativas para el uso y mantenimiento
de los edificios y locales de la UTM.
ArtÍculo 32.- Intervenir en la elaboración de Proyectos y créditos
para obras de la UTM.
Artículo 33.- Asesorar en la fiscalización de la ejecución de
los proyectos de planeamiento físico de la
Institución.
Artículo 34.- Cooperar en la elaboración del inventario físico
de la Universidad y proyectar sus requerimientos.
Artículo 35.- Llevar un inventario de todas las áreas y dependencias
de la Institución, fuera y dentro de los predios
universitarios.
Artículo 36.- Los demás señalados por el Estatuto Orgánico, los
Reglamentos y demás Autoridades de la Universidad.
Artículo 37.- Las funciones del Jefe de la Unidad de Planeamiento
Administrativo, Financiero y Físico son las siguientes:
a.) Estructurar el Programa de actividades anuales de
la Unidad para coordinarlo con el Programa del
Departamento;
b.)
Responsabilizarse por
encargadas a su unidad.
todas
las
gestiones
c.) Colaborar en la elaboración y estructuración de
los planes y programas tanto a nivel de dirección
como de su Unidad;
d.) Colaborar con los estudios de diagnóstico y
de evaluación de la realidad de la Universidad en
los organismos financieros de la misma, con el
objeto de cubrir las necesidades académicas,
administrativas y físicas que tenga cada
Facultad o Departamento;
e.) Cooperar en el diseño de las obras de la Institución;
f.) Las demás funciones que señale el Estatuto, los
Reglamentos y Autoridades de la Universidad
Artículo 38.- El Jefe de la Unidad de Planeamiento Administrativo,
Financiero y Físico debe reunir los siguientes
requisitos:
a.) Ser Profesional Universitario en el área económica
y Administrativa;
b.)
Haber realizado cursos de
entrenamiento en el área
Universitario;
capacitación y/o
de Planeamiento
c.) Acreditar experiencia en funciones similares
relacionadas con el planeamiento académico,
administrativo,
de
proyectos,
estadística
y presupuesto;
d.) Dedicar a sus labores un tiempo mínimo de 25
horas semanales a sus funciones.
CAPITULO VIII
DE LA UNIDAD DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA
Articulo 39.- La Unidad de Estadística e Informática será la
encargada de mantener y automatizar la información
estadística
actualizada
del
Departamento
de
Planeamiento Integral de la UTM, estableciendo un flujo
permanente de información con las Unidades y con los
demás organismos de la Universidad; así como también
garantizar
la
disponibilidad
de
información
bibliográfica,
mediante
el
procesamiento,
almacenamiento y difusión de la documentación
actual
y
futura
correspondiente
al
fondo
bibliográfico del Departamento.
Artículo 40.- Son funciones de la Unidad de Estadística e Informática:
a.) Crear un sistema organizado e integrado de
información de estadística educativa que sirva para
las decisiones del Departamento de Planeamiento
Integral;
b.)
Organizar el sistema de estadística Universitaria
mediante la recopilación de datos básicos y
complementarios;
c.) Recopilar,
procesar,
organizar,
analizar,
producir, mantener y suministrar datos que
le sirvan al Departamento para planificar
y evaluar el Plan Integral de desarrollo de
la UTM.
d.) Servir de apoyo a los trabajos de investigación que
se realicen en el Departamento de Planeamiento y
en las demás dependencias de la UTM;
e.) Sistematizar la información que proporcione
respuestas a los requerimientos de los usuarios y
que faciliten sus acciones;
f.)Contribuir con información sistematizada y
elaborada por el Departamento de Planeamiento, para
la preparación y ejecución de estudios, planes,
proyectos
de
instituciones
Provinciales
o
Nacionales, como un aporte de la UTM, para el
desarrollo del país.
Artículo 41.- Son funciones del Jefe de la Unidad de Estadística e
Informática las siguientes:
a.) Dirigir y coordinar las actividades que conllevan
la
organización
y
sistematización
de
la
información estadística de la Universidad;
b.) Estructurar el programa de actividades anuales de
la Unidad para coordinarlo con el programa del
Departamento;
c.) Representar a la Unidad de Estadística y Computación
dentro y fuera del Departamento;
d.) Supervisar la ejecución del Plan Operativo Anual
de la Unidad;
e.) Participar en la realización de los estudios y
trabajos de carácter institucional, propuestos
por la Comisión de Planeamiento; y,
f.) Las otras funciones que le determine el Estatuto
Orgánico, los Reglamentos vigentes y demás
autoridades de la Universidad.
Artículo 42.- El Jefe de la Unidad de Estadística y Computación
debe reunir los siguientes requisitos:
a.) Ser profesional con título académico concedido por
una Universidad del país o del extranjero,
debidamente revalidado por una Universidad
Nacional;
preferiblemente
especializado
en
Estadística y Computación, Informática, Economía.
b.)
Haber realizado cursos de
entrenamiento de su unidad;
capacitación
y/o
c.) Dedicar un mínimo de 25 horas semanales al
desempeño de sus funciones;
d.) Las demás que señalen los Estatutos y Reglamentos
de la UTM.
Artículo 43.- La Unidad de Estadística e Informática contará con
un Operador de Computación.
CAPITULO IX
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO
Artículo 44. - La Secretaria del Departamento de Planeamiento
Integral de la UTM, desempeñará las siguientes
funciones:
a.) Llevar la correspondencia
y de las unidades.
del
Departamento
b.) Asistir y atender las gestiones del Director;
c.) Recibir y dar la información que requiere el
público;
d.) Mecanografiar oficios y escritos varios;
e.) Llevar y archivar la correspondencia de la
Dirección debidamente codificada;
f.) Atender y realizar llamadas telefónicas;
g.)
Gestionar actividades para reparar máquinas y
más enseres de las oficinas, así como ciertos
trámites en las dependencias administrativas;
h.) Mecanografiar
Departamento;
los
trabajos
necesarios
del
i.) Guardar copias de las llaves de todos los
muebles y enseres; así como los materiales y
útiles de oficina;
j.) Entregar útiles de oficina y demás materiales del
Departamento;
k.)
Gestionar trámites administrativos para el
Departamento en el Rectorado, Vicerrectorado
Financiero,
Imprenta
u
otras
secciones
administrativas de la UTM;
l.) Supervisar la labor del conserje;
m.) Las demás que le encomendaren el Director o
los Jefes de Unidad.
Artículo
45.-
La Secretaria del
Integral de la UTM,
requisitos:
Departamento de Planeamiento
debe llenar los siguientes
a.) Tener título de Secretaria Ejecutiva Bilingüe.
b.) Acreditar una experiencia mínima de tres años de
trabajo en funciones similares;
c.) Su designación será mediante
Merecimientos y Oposición.
Concurso
de
d.) Poseer buenas relaciones humanas.
e.) Su trabajo será a tiempo completo, es decir, de
40 horas semanales en el desempeño de sus
funciones.
Artículo 46.-
Las Auxiliares de Secretaría
siguientes funciones:
desempeñarán
las
a.) Transcribir los trabajos de las Unidades;
b.) Hacer rayado de cuadros y mecanografiar los datos
de los mismos;
c.) Llevar el archivo y correspondencia de la
unidad;
d.) Reemplazar a la Secretaria de la Dirección cuando
se encuentre ausente y el Jefe del Departamento así
lo determine;
e.) Los demás que le encomendare el Jefe del Departamento y Unidades.
Artículo 47.-
Las Auxiliares de Secretaría de la Dirección deben
llenar los siguientes requisitos:
a.) Título de Secretarla, preferentemente Ejecutiva o
Bilingüe;
b.) Tener una experiencia mínima de dos años de
trabajo en funciones similares;
c.) Tener una experiencia en el manejo de máquinas de
escribir electrónicas y mecánicas;
d.) Tener experiencia en redacción comercial,
social y pública;
e.) Tener destreza mecanográfica, taquigráfica;
f.) Poseer buenas relaciones humanas;
g.) La Auxiliar de Secretaría de la Unidad de
Estadística e Informática, además de los
requisitos antes señalados deberá acreditar
conocimientos básicos en informática;
h.) Dedicar 40 horas semanales en el desempe ño de
sus funciones.
Artículo 48.- El Operador de Computación, para ser designado
necesitará presentar certificados de haber realizado
estudios y cursos de entrenamiento b ásicos en
computación,
Artículo 49,-
El Departamento de Planeamiento Integral de la
UTM contará con un Conserje, el mismo que desempeñará
las siguientes funciones:
a.) Realizar trabajos de limpieza, servicios de
proteción de los bienes muebles de la Dirección
b.) Entregar correspondencia a las distintas unidades
académicas y otras instituciones;
c.) Franquear la correspondencia;
d.) Realizar el transporte de equipos y materiales;
e.) Agilitar trámites administrativos;
f.) Velar por la seguridad de los bienes físicos del
Departamento;
g.) Las demás que se le encomendaren.
Artículo 50.- El Departamento de Planeamiento Integral de la UTM
contará con Analistas en cada una de sus Unidades.
Artículo 51.- Serán funciones de los Analistas, las señaladas
en cada Unidad.
Artículo 52.- Los Analistas del Departamento de Planeamiento,
deberán llenar los siguientes requisitos:
a.)
Ser profesionales de las ramas afines con
las Unidades del Departamento:
b.) Haber realizado cursos de capacitación en
el área de Planificación Educativa Superior, o
en el área señalada para su trabajo;
c.) Tener experiencia en labores de planificación
universitaria preferentemente;
d.) Dedicar 40 horas semanales al desempe ño de sus
funciones.
Artículo
53.-
EL conserje del Departamento de Planeamiento,
debe llenar los siguientes requisitos;
a.)
Tener Título de Bachiller
en cualquier especialidad;
de la República
b.) Tener un excelente estado de salud;
c.) Poseer cualidades morales, buena educaci ón y
una personalidad que sepa adaptarse al entorno
humano en su trabajo;
d.) Dedicar 40 horas semanales al desempeño de sus
funciones.
CAPITULO X
DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 54.- Con el objeto de que el Departamento de Planeamiento
inicie de inmediato su funcionamiento, se implementará
el
Organigrama,
utilizando
personal
docente,
administrativo y de servicio que trabajen en las
diversas Facultades y Dependencias de la UTM.
Artículo 55.- Las personas escogidas para trabajar en el Departamento
de Planeamiento deben reunir los requisitos exigidos
en este Reglamento.
Artículo 56.-
El H. Consejo Universitario debe preveer las partidas
presupuestarias para el funcionamiento completo del
Departamento; asimismo las partidas presupuestarias
para los muebles y enseres necesarios.
Artículo 57.- Hasta que el Departamento de Planeamiento Integral de
la UTM, se implemente y su personal posea los perfiles
requeridos, el H. Consejo Universitario deberá
contratar la consultoría para la elaboración del Plan
de Desarrollo y otras labores específicas relacionadas.
Artículo 58,- Para mantener una completa unificación de trabajo con
las Facultades de la UTM, debe crearse el Departamento
de Planeamiento en cada una de ellas.
Este Reglamento entrará en vigencia después de ser
Artículo 59.- aprobado por el H. Consejo Universitario, creando el
Departamento de Planeamiento Integral de la UTM.
Dado y firmado en la sala de sesiones del H.Consejo Universitario
A los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa.
Dr. Guido Álava Párraga
RECTOR PRESIDENTE DEL H.C.U.
Dr. Plutarco García Saltos
SECRETARIO PROCURADOR GENERAL
Dr. Plutarco García Saltos, Encargado de la Secretaría General
Procuraduría de la Universidad Técnica de Manabí, Certifica: Que
el Reglamento que antecede fue discutido y aprobado por el H.
Consejo Universitario en sus sesiones del 29 de mayo y del 10 de
julio de 1990.
Portoviejo, a 10 de julio de 1990
Dr. Plutarco García Saltos
SECRETARIO PROCURADOR GENERAL, ENCARGADO

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