Manual Consorcios 11-2014 - Oficinas Virtuales

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Manual Consorcios 11-2014 - Oficinas Virtuales
SEGURO DE CONSORCIOS
Los valores expresados en este manual deben ser tomados como valores guía . Chequee
periódicamente la información.
Este material pertenece a QBE Seguros La Buenos Aires S.A.
Versión Noviembre 2014.
INDICE
Página
1
Introducción
2
Ventajas del Producto
3
Alcance de las Coberturas
1-2
Incendio del Edificio
3-4
Responsabilidad Civil
5
Responsabilidad Civil Garaje
4
1
5-6
Cristales
6
Robo Cont. Partes Comunes
7
Robo Dinero en Poder Encargado
7
Condiciones de Suscripción
Definición
8
Documentación Extra
8
Riesgos No Aceptados
9
Exclusiones Generales
9
5
Tarifa
10
6
Cláusulas de Estabilización
11
7
Condiciones de Pago
12
8
Condiciones Comerciales
12
9
Requerimientos para Emisión
13
10
Limites Mínimos y Máximos de Cobertura
14
INTRODUCCIÓN
En este manual encontrará toda la información necesaria para conocer las ventajas diferenciales y el
alcance de las coberturas para el seguro de consorcios, así como las condiciones de suscripción y la
tarifa para calcular la prima correspondiente.
Está a total disposición el detalle completo de las cláusulas que rigen la póliza.
El producto está pensado para cubrir todas las necesidades más frecuentes de cobertura referentes a
un Consorcio de Propiedad Horizontal bajo una única póliza de fácil definición a un costo reducido y
brindando servicios y coberturas exclusivos de QBE Seguros La Buenos Aires S.A.
VENTAJAS DEL PRODUCTO
•
Coberturas simples de fácil interpretación, abarcando los riesgos mas frecuentes a los que se
exponen los consorcios.
•
Sin Franquicia en Responsabilidad Civil Comprensiva. (Solo cuenta con franquicia la RC Garage)
•
Sin Franquicia en Robo de Matafuegos.
•
Bajo Precio.
•
Cubre sin costo adicional hasta $100.000 el Incendio Contenido del departamento del
encargado.
•
Cubre sin costo adicional la Remoción de Escombros hasta el 5% de la suma asegurada por
Incendio e incluye condiciones para la cobertura de Incendio Contenido de partes comunes.
•
Incluye los gastos incurridos por el Asegurado para normalizar la conducción de su vida
después de un siniestro de incendio (alquileres, hoteles, etc.), hasta el 10% de la suma
asegurada por incendio.
•
Cubre sin costo adicional los daños por Agua al contenido de los departamentos sufridos como
consecuencia de una rotura de cañerías, hasta una suma de $ 10.000, con un deducible de $
600.
-1-
•
Dentro de la cobertura de Responsabilidad Civil, se incluyen los riesgos por Incendio,
Ascensores, Piletas de Natación, Garaje, Linderos, Refacciones Internas y Externas del edificio,
Carteles o Letreros, calderas y otros.
•
La Responsabilidad Civil cubre sin costo adicional, las refacciones internas y externas del
edificio, siempre que el valor total del contrato por la realización de estos trabajos no supere
$500.000, con el límite de indemnización contratado en póliza, hasta un máximo de $ 300.000
Se aplicará una franquicia de $2.000 solo a cosas.
•
La cobertura de Responsabilidad Civil considera a los copropietarios también como terceros.
•
La cobertura de Responsabilidad Civil incluye hasta 10 locales comerciales.
•
Siniestro 24hs: Pago del siniestro en el mismo día de efectuada la denuncia.
•
Servicio 24 Horas: Asistencia inmediata en caso de siniestro las 24 horas.
-2-
ALCANCE DE LAS COBERTURAS
1- INCENDIO DEL EDIFICIO
Modalidad
A prorrata: La Compañía pagará en la misma proporción en que se aseguró el
bien con relación a su valor real.
Daños por:
Cobertura
•
Incendio, Rayo y/o Explosión.
•
Huelga, Lock Out y Tumulto Popular.
•
Vandalismo.
•
Humo.
•
Impacto de Aeronaves y vehículos terrestres.
•
Demolición como consecuencia de un riesgo cubierto.
•
Incendio al contenido del departamento del portero hasta una suma de $
100.000.-
•
Gastos por:
Evacuación como consecuencia de un riesgo cubierto.
Remoción de Escombros hasta el 5% de la suma asegurada.
Extraordinarios hasta el 10% de la suma asegurada, a consecuencia de
un riesgo cubierto
Exclusiones
•
Quemadura, chamuscado o cualquier deterioro que provenga de contacto
o aproximación a fuentes de calor y que no produzca fuego.
•
Acción del fuego sobre artefactos, maquinarias e instalaciones cuando
actúe como integrante de su sistema de funcionamiento.
-3-
INCENDIO DEL EDIFICIO (cont.)
Exclusiones
(Cont.)
Suma
Asegurada
•
Paso de corriente, descarga u otros fenómenos eléctricos que afecten la
instalación eléctrica, maquinarias o circuitos que la integran, aunque se
manifiesten en formas de fuego, fusión y/o explosión.
•
Falta o deficiencia en la provisión de energía, incluso cuando sea
momentánea.
•
Nuevas alineaciones u otras medidas administrativas en ocasión de la
reconstrucción de un edificio dañado.
•
Pérdidas o daños producidos por pinturas, manchas, rayaduras o por la
fijación de leyendas o carteles.
Se aplicará primero a la cobertura de las partes comunes y en segundo término
a las partes exclusivas de acuerdo a los porcentajes que tengan estas últimas
dentro del Consorcio.
-4-
2- RESPONSABILIDAD CIVIL
Modalidad
A Primer Riesgo Absoluto
Daños a Terceros emergentes de la Responsabilidad Civil que surja de los Art.
1109 a 1136 del Código Civil que no estén expresamente excluidos.
Cobertura
Se considera a los copropietarios también como terceros.
Incluye Adicional de Calderas y Ascensores.
Exclusiones
•
Obligaciones contractuales.
•
Uso de vehículos aéreos, terrestres o acuáticos.
•
Transmisión de enfermedades.
•
Daños a cosas ajenas en poder del Asegurado.
•
Instalaciones y/o refacciones, internas o externas, cuyos contratos superen $
500.000.
•
Daños a inmuebles vecinos por excavaciones en el inmueble del Asegurado.
•
Efecto de la temperatura, filtraciones, humedad, etc.
•
Polución y/o Contaminación.
•
Las Galerías Comerciales, de más de 10 locales comerciales que pertenecen a
un consorcio. Esta cobertura deberá emitirse en póliza independiente por
Integral de Comercio.
3- RESPONSABILIDAD CIVIL GARAJE
Modalidad
Cobertura
A Primer Riesgo Absoluto
Comprende las pérdidas a causa de Incendio, Daños al vehículo y Robo. La
cobertura otorgada se extiende a consorcistas o locatarios de los inmuebles
del consorcio y mientras los vehículos se encuentren en el interior del garaje o
el lugar habilitado a tal efecto por el consorcio.
-5-
Exclusiones
•
Obligaciones contractuales.
•
Uso de vehículos aéreos o acuáticos.
•
Vehículos automotores que no sean propiedad de alguno de los consorcistas.
•
Transmisión de enfermedades.
•
Daños a cosas ajenas en poder del Asegurado.
•
Instalaciones y/o refacciones, internas o externas, cuyos contratos superen $
500.000.-
•
Daños a inmuebles vecinos por excavaciones en el inmueble del Asegurado.
•
Efecto de la temperatura, filtraciones, humedad, etc.
•
Polución y/o Contaminación.
Se aplicará una franquicia en todos los siniestros igual al 10% del monto del
siniestro con un mínimo de $600 y un máximo de $7.500.-
Franquicia
4- CRISTALES
Modalidad
A Primer Riesgo Absoluto.
Cobertura
Daño a piezas vítreas colocadas verticalmente.
Exclusiones
•
Rayaduras, incisiones, hendiduras u otros daños que no constituyan rotura.
•
Los marcos, cuadros, armazones o sus accesorios.
•
Movimientos o traslados de piezas de su ubicación normal.
•
Vibraciones ocasionadas por aeronaves.
•
Vicio propio de construcción o defectos de colocación.
-6-
5- ROBO CONTENIDO PARTES COMUNES
Modalidad
A Primer Riesgo Absoluto.
Robo de contenido de partes comunes.
Cobertura
Exclusiones
Las Cámaras de Video deben Estar en el Interior del Edificio y protegidas con
rejas que posean cerradura Doble Paleta.
•
Mangueras y lanzas de incendio.
•
El robo del Contenido del Depto. del Encargado.
•
Hurto.
Se aplicará una franquicia por evento para:
Franquicias
•
Cámaras de Video: Franquicia de $200.
6- ROBO DINERO DE EXPENSAS EN PODER DEL ENCARGADO.
Modalidad
Cobertura
Exclusiones
A Primer Riesgo Absoluto.
Robo de dinero de expensas en poder del encargado, dentro del edificio, hasta
una suma de $ 25.000.•
Hurto.
•
Infidelidad, desaparición misteriosa.
•
Extravío.
-7-
CONDICIONES DE SUSCRIPCION
DEFINICIÓN
Se consideran Consorcios aquellos edificios ocupados principalmente por familias u oficinas,
quedando excluidos los ocupados totalmente por galerías comerciales, depósitos, negocios o
garajes.
COBERTURAS MÍNIMAS
•
Es imprescindible contratar como mínimo los riesgos de Incendio y Responsabilidad Civil.
•
La suma asegurada para Incendio no debe ser inferior a $ 500.000.-
DOCUMENTACIóN EXTRA
En caso de asegurar Responsabilidad Civil Calderas en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de
Buenos Aires, se deberá adjuntar la siguiente documentación a fin de cumplir con las disposiciones
vigentes:
•
Dos originales firmados y sellados del Anexo II de la Ordenanza 33677
•
Certificado de encomienda profesional
-8-
RIESGOS NO ACEPTADOS
Consorcios con locales dedicados a, o que involucren:
•
Combustibles o inflamables.
•
Explosivos, armas y pirotecnia.
•
Garrafas de gas.
•
Bôites, discotecas o salones bailables.
•
Salas de videojuegos.
•
Organizaciones políticas o gremiales.
•
Supermercados de más de 500 mts 2.
EXCLUSIONES GENERALES
•
Vicio propio de la cosa objeto del seguro.
•
Huracán, Vendaval, Ciclón, Tornado, Granizo, etc.
•
Terremoto, Maremoto, Marea, Inundación, Transmutaciones nucleares.
•
Confiscación por las autoridades.
•
Guerra civil, Motín, Guerrilla, Terrorismo, Rebelión.
•
Lucro cesante.
-9-
TARIFA
INCENDIO
Tasas %o
Edificio (sin importar el % de PB cubierto por locales)
0,22
Adicional de Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado:
- Capital Federal y Gran Buenos Aires
- Resto del País
0,02
0,08
Adicional de Granizo:
- Capital Federal y Gran Buenos Aires
0,02
- Resto del País
0,08
Contenido partes comunes a Primer Riesgo Absoluto
0,61
Remoción de escombros (sobre exceso del 5% de la suma)
0,61
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA
Cobertura básica en pesos (c/ ascensores y calderas)
Tasas %o
- 1er Tramo: $ 0 / 150.000
1,15
- 2do Tramo: $ 150.001 / 350.000
0,80
- 3er Tramo: $ 350.001 / 1.800.000
0,20
Cobertura básica en dólares (c/ ascensores y calderas)
Tasas %o
- 1er Tramo: USD 0 / 50.000
1,15
- 2do Tramo: USD 50.001 / 100.000
0,80
3er Tramo: USD 100.001 / 400.000
0,20
Nota: La cobertura de RC se cotiza por tramos, es decir que si la suma asegurada es de por ej. $400.000, los
primeros $150.000 se cotizaran a 1,15%o, los siguientes $200.000 a 0,80%o, y los $50.000 restantes a
0,20%o siendo la prima total de $ 342,5 para este ejemplo.
(*) Para contratar sumas aseguradas mayores, consultar con la compañía.
CRISTALES
79 %o
- 10 -
ROBO Contenido PARTES COMUNES
10 %o
(Las luces de emergencia se deben incluir en esta cobertura)
ROBO Matafuegos
50%o
Robo Cámaras de Video
50 %o
ROBO Dinero EXPENSAS en Poder del Encargado
40 %o
ROBO Dinero EXPENSAS en Transito
50 %o
Daños por Agua al contenido
3%o
CLÁUSULAS DE ESTABILIZACIÓN
Costo adicional sobre Prima
Anuales
Estabilización del 25%
10%
Estabilización del 50%
20%
Estabilización del 100%
40%
La Cláusula de Estabilización permite mantener al Asegurado bien cubierto ante posibles
cambios en las sumas aseguradas declaradas en póliza como consecuencia de una devaluación
o variaciones en el nivel de inflación de la economía. La cláusula se aplica a todas las coberturas
contratadas y a los límites de sumas expresados en $ (pesos) dentro de las Condiciones de
Póliza.
De esta manera si, por ejemplo, un cliente contratará una suma para Incendio Edificio de
$1.000.000 y a su vez una cláusula de estabilización del 25%, frente a un siniestro la suma
asegurada podría incrementarse hasta $1.250.000, preservando de esta manera el patrimonio
del Asegurado.
Las cláusula de ajuste en ningún caso cubren infraseguros preexistentes.
Importante: Las Cláusulas de Estabilización son optativas, es decir que el cliente podrá optar
por comprarlas o no.
- 11 -
CONDICIONES DE PAGO
DERECHO DE EMSIÓN
MONEDA
PRIMA MINIMA
PERIODO
Póliza
Endoso
Póliza
Endoso
$650
$65
Pesos
Anual
$160
$120
Dólares
Anual
USD 40
USD 25
USD 100 USD 25
RECARGOS FINANCIEROS
Las Pólizas en Pesos se emiten hasta en 10 cuotas iguales, con recargos a partir de la 8° cuota.
El recargo para las pólizas emitidas en 8 cuotas es del 2%, para las emitidas en 9 cuotas es del
3%, y por ultimo para las emitidas en 10 cuotas es del 4%. Las pólizas en Dólares también se
emiten hasta en 10 cuotas iguales, y el recargo es del 2% tanto para las pólizas emitidas en 6, 7,
8, 9 y 10 cuotas.
CONDICIONES COMERCIALES
Alternativas
Recargos
17 %
23 %
Comisión total (*)
40 %
45 %
(*) La comisión es sobre prima por todo concepto.
- 12 -
REQUERIMIENTOS PARA EMISIÓN
En Anexo adjunto a este manual encontrará una Solicitud de seguro específica para Consorcios.
Sugerimos su utilización a fin de agilizar el proceso de emisión.
Es importante en toda póliza nueva que cubra la Responsabilidad Civil Calderas en el ámbito de
la Municipalidad de Buenos Aires, adjuntar la siguiente documentación:
•
Dos originales sellados y firmados del Anexo II de la Ordenanza 33677 (los que deben
presentarse en la compañía dentro de los 10 días de la fecha que se realizó el timbrado).
•
Certificado de encomienda profesional habilitante.
Recordamos la imposibilidad de emitir pólizas de Asegurados nuevos si no figuran en la
solicitud todos los datos del mismo. Tanto en estos casos como en los mencionados en los
párrafos anteriores, ante su incumplimiento nos veremos obligados a devolver las solicitudes,
sin cobertura.
Las órdenes recibidas por medio de Fax serán tomadas como "Mantener Cubierto" por 72 Hs.
hasta recibir el original, excepto que se agregue en forma visible en la parte superior y en
forma remarcada la leyenda "EMITIR CON ESTE FAX-NO SE ENVÍA ORDEN ORIGINAL".
A fin de evitar inconvenientes, no se aceptarán solicitudes de cobertura en forma telefónica.
- 13 -
Límites Mínimos y Máximos de Cobertura
Pólizas en Pesos:
Consorcios:
Incendio Edificio
Incendio Contenido
Robo partes comunes
Robo matafuegos
RC comprensiva
Robo Dinero Expensas
Cristales
Daños por Agua
Robo Cámaras de Video
Mínimo
$
500,000.00
Máximo
$
$
$
$
$
$
$
$
$
180,000,000.00
18,000,000.00
180,000.00
180,000.00
13,500,000.00
25,000.00
450,000.00
900,000.00
180,000.00
Pólizas en Dólares:
Consorcios:
Incendio Edificio
Incendio Contenido
Robo partes comunes
Robo matafuegos
RC comprensiva
Robo Dinero Expensas
Cristales
Daños por Agua
Robo Cámaras de Video
Mínimo
60,000.00 USD
Máximo
20,000,000.00 USD
2,000,000.00 USD
20,000.00 USD
20,000.00 USD
1,500,000.00 USD
3,000.00 USD
50,000.00 USD
100,000.00 USD
20,000.00 USD
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