memo 12-2012 - Granda, Laballos, de Castro, Ganem y Pontevedra
Transcripción
memo 12-2012 - Granda, Laballos, de Castro, Ganem y Pontevedra
GRANDA, LABALLOS Y ASOCIADOS CONSULTORES Y AUDITORES AV. LA PLATA 213 - 5º P. - C1184AAC BUENOS AIRES TEL: (54-11) 4903-2058 - FAX: (54-11) 4903-9933 www.granda.com.ar MEMORÁNDUM IMP - 12 / 2012 Buenos Aires, 6 de julio de 2012 Ref.: NOVEDADES TRIBUTARIAS. IMPUESTOS PROVINCIALES 1. MISIONES. INGRESOS BRUTOS. Incremento de alícuotas del impuesto y de los regímenes de retención y percepción RG (DGR) 24/2012 (BO: 27/06/2012) Se reglamenta el incremento de alícuotas dispuesto por el Decreto 780/2012 (Memorándum IMP 10-2012), estableciendo su vigencia a partir del 1º de julio de 2012. Se incluye en el aumento a la venta de productos farmacéuticos (especialidades medicinales para uso humano), prevista por Decreto 1815/97, llevándola del 2,5% al 3%. Asimismo, se incrementan los porcentajes de retención, percepción y pagos a cuenta de todos los regímenes vigentes en la provincia, destacándose los siguientes: NORMA - RÉGIMEN OPERACIONES - SUJETOS PASIBLES DECRETO 1815/97 y RG 29/2000 Régimen de percepción de laboratorios, droguerías, distribuidores y otros sujetos, desigandos por la DGR Operaciones de venta de productos farmacéuticos a personas físicas o jurídicas que posean establecimientos farmacéuticos ubicados en la provincia de Misiones ALÍCUOTA ALÍCUOTA ANTERIOR NUEVA 2,5% 3% 4,27% 4,75% 1,19% 1,69% 2,38% 2,85% Venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones gravadas, a responsables inscriptos o no en el impuesto, domiciliados en la provincia de Misiones 2,38% 2,85% Compradores inscriptos o no en el impuesto, que tengan domicilio en la provincia de Misiones 2,38% 2,85% 0,75% 1,65% 2,10% 2,73% RETENCIONES RG 3/1993 Régimen de retención y percepción aplicable a contribuyentes y responsables de alto interés fiscal, seleccionados y notificados por la DGR para actuar como agentes RG 12/1993 Comercializadores mayoristas de bebidas, productos alimenticios, de limpieza y gas envasado - Pago de comisiones y conceptos análogos - Compra de bienes a contribuyentes de Convenio Multilateral con domicilio fiscal en otra jurisdicción - Demás adquisiciones de bienes y servicios PERCEPCIONES RG 8/2010 Rég. de pago a cuenta para proveedores - Inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos de bienes y servicios del Estado Provincial, - No inscriptos en el impuesto s/los ingresos brutos que ejerzan actividad en la provincia -1- GRANDA, LABALLOS Y ASOCIADOS CONSULTORES Y AUDITORES 2. SALTA. INGRESOS BRUTOS. Exclusión de regímenes de retención y percepción. Emisión de constancias a través de la página web RG (DGR) 13/2012 Los contribuyentes, tanto locales como de Convenio Multilateral, que hayan solicitado la exclusión de los regímenes de recaudación de acuerdo a lo previsto por la RG 41/2003 y modificatorias, deberán obtener el “Certificado de no Retención/Percepción” a través de la página www.dgrsalta.gov.ar. Los agentes de recaudación deberán validar los mismos, consultando a través de la página el servicio “Consulta Exclusiones Retenciones/Percepciones”. Vigencia: 1º de julio de 2012. 3. SAN JUAN. INGRESOS BRUTOS. Régimen de retención. Aumento del importe mínimo sujeto a retención Resolución (DGR) 2194/2012 (BO: 28/06/2012) Se incrementa el importe mínimo sujeto a retención previsto por la Resolución 1460/02 de $ 500 a $ 1.500. En virtud de ello, sólo corresponderá practicar retenciones cuando la base de cálculo de la misma sea igual superior a $ 1.500. El citado importe no resulta aplicable a los siguientes agentes de retención: • Compañías de seguro; • Entidades financieras y administradoras de tarjetas de compra, crédito y similares, por los pagos de liquidaciones de operaciones canceladas mediante dichos instrumentos; Martín Pontevedra -2-