Presentación de PowerPoint - Municipalidad de Santa Ana
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Presentación de PowerPoint - Municipalidad de Santa Ana
La JEPT es un medio a través del cual los habitantes del cantón de Santa Ana puedan manifestar su opinión de previo a la toma de decisiones por parte del Gobierno Municipal en relación con el desarrollo urbano. Se crea con la finalidad de mantener activa la participación ciudadana al momento de aplicación del Plan Regulador y de esta manera, darle seguimiento a la dinámica que se desarrolla en el proceso de elaboración del mismo. Conformación Este órgano colegiado estará integrado tanto por representantes de la comunidad como por funcionarios municipales relacionados con la aplicación del Plan Regulador. Se ha configurado con un total de 9 miembros, en la siguiente proporción: • Cuatro funcionarios municipales: dos que pertenezcan al Área de Planificación Urbana y uno que forme parte del Departamento de Asesoría Legal. • Cinco miembros de la comunidad, uno por cada distrito: Santa Ana, Salitral, Brasil, Pozos y Piedades. Requisitos para ser miembro de la JEPT 1. Ser mayor de edad. 2. Contar con las credenciales de Fiscal Territorial, en caso de los miembros de la comunidad. 3. Comprobar ser habitante del distrito de Cantón que representa. 4. Comprobar ser el síndico del distrito que representa, en caso de los miembros temporales 5. Ser ajeno a la Municipalidad y al Concejo Municipal de Santa Ana en caso de los miembros de la comunidad La figura del Fiscal Territorial La figura del Fiscal Territorial consiste en una credencial que se otorga a cualquier habitante del Cantón que reciba una capacitación por parte de la JEPT, en la cual se le proporcionará una guía sencilla con las principales normas del Plan Regulador. Tiene la finalidad de propiciar la participación de la comunidad, a través de la vigilancia del efectivo cumplimiento del Plan Regulador, así como mediante la denuncia de irregularidades en la aplicación del mismo. La función que realizan los fiscales territoriales será ad-honórem. "Las municipalidades fomentarán la participación activa, consciente y democrática del pueblo en las tomas de decisiones del gobierno local. Las instituciones públicas estarán obligadas a colaborar para que estas decisiones se cumplan debidamente". Sala Constitucional, Resolución 2005-07063 Funciones de la JEPT • Facilitar a la Municipalidad de Santa Ana recomendaciones no vinculantes para la toma de decisiones en los casos establecidos en los Reglamentos del Plan Regulador. • Divulgar en todo el cantón las normas del Plan Regulador; así como sus modificaciones, suspensiones o derogaciones, totales o parciales • Ser canal de comunicación entre la Municipalidad y la comunidad en los casos así previstos en el Plan Regulador • Sugerir modificaciones, suspensiones o derogaciones, totales o parciales al Plan Regulador • Analizar la problemática referente al desarrollo del Cantón, en lo que respecta a la planificación y ordenamiento del territorio. En el desarrollo de su labor, la Junta funcionará de manera independiente del Concejo Municipal y en apego a las competencias asignadas, respetando aquellas otorgadas tanto a la Municipalidad de Santa Ana, como a otros entes u organizaciones locales y/o nacionales Temáticas de las consultas a la JEPT La JEPT emitirá sus recomendaciones no vinculantes en los siguientes temas: • Aquellos casos en que haya oposición expresa de la población ante el establecimiento de ciertas actividades. • Aprobación de algunos proyectos grandes y/o conflictivos • Casos especiales, en los cuales la Municipalidad de Santa Ana considere necesario consultar a la Junta su opinión. • Propuestas para hacer modificaciones, suspensiones o derogaciones del Plan Regulador. • Cualquier otra indicada expresamente en la normativa del Plan Regulador