2014 pliego asistencia estudio gestion instalaciones depo(...)

Transcripción

2014 pliego asistencia estudio gestion instalaciones depo(...)
CONDICIONES ESENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA
TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO TÉCNICO ECONÓMICO
SOBRE LOS DIFERENTES MODELOS DE GESTIÓN DE
INSTALACIONES DEPORTIVAS
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente condicionado tiene por objeto fijar las estipulaciones económico-administrativas conforme
a las que ha de desarrollarse la contratación y ejecución de la asistencia técnica para el diseño de un
estudio técnico económico sobre los diferentes modelos de gestión de instalaciones deportivas que
partiendo de la realidad actual en esta materia de Villava teniendo en cuenta la legislación y
experiencias habida ,
analice la estructura organizativa mínima de cada modelo, proponga
la
estructura municipal requerida adecuada a cada modelo y efectúe una previsión y análisis de costes de
cada modelo concreto estableciendo unas conclusiones finales al respecto de los modelos analizados.
Descripción y características técnicas del Estudio:
1.1. Material
El informe deberá contener una estructura que contenga los siguientes puntos:
−
El marco legal y las competencias que el mismo atribuye a las entidades locales en materia
deportiva,
−
Análisis de los diferentes modelos de gestión de las Instalaciones Deportivas Municipales
Servicios Públicos atendiendo a lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de
Navarra y en la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local
−
Puntos fuertes y débiles de la realidad actual de las instalaciones municipales basándose en la
información que aportará el propio Ayuntamiento sobre dotaciones, actividades y nº de abonados.
−
Análisis de la estructura organizativa municipal mínima a implantar en el, según cada modelo de
conformidad a la normativa vigente, y estimación de los costes
−
Análisis de la estructura necesaria para implantación de cada modelo en el Ayuntamiento de
Villava.
−
Identificación y análisis de los costes mínimos directos e indirectos según modelos de gestión, así
como de los condicionantes y otras variables que afectan a la estimación de costes (Impuesto del
Valor Añadido, Convenios laborales, Gastos Generales, Beneficio Industrial).
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1.2. Características
Las características técnicas de elaboración y presentación, grafía, formato, etc. serán
las que
establezca el propio adjudicatario/a, en cualquier caso, deberá presentar una versión en soporte papel,
del Estudio que al menos deberá tener una extensión mínima de 40 folios a una cara a doble espacio y
con tipo de letra no superior a 12.
Así mismo el adjudicatario deberá exponer su trabajo final ante la Junta de Gobierno del
Ayuntamiento de Villava-Atarrabia, en los términos que se indican en la condición vigésimo primera
del presente Pliego de Condiciones Esenciales.
1.3. Procedimiento y Plazos de ejecución
Los procedimientos y técnicas empleados para la realización, análisis de documentos y/o situaciones,
recogida de información, tratamiento de la misma, etc. serán de elección del adjudicatario/a, debiendo
figurar en el mismo en la Propuesta Técnica a presentar.
2. IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DE LA UNIDAD GESTORA
DEL CONTRATO.
El órgano de contratación es el Ayuntamiento de Villava-Atarrabia, debidamente informado por la
Mesa de Contratación creada al efecto y constituida por representantes políticos y técnicos del propio
Ayuntamiento. La unidad gestora del contrato es el Departamento de Servicios Sociales del
Ayuntamiento de Villava-Atarrabia.
3. IMPORTE DEL CONTRATO
El presupuesto máximo de este contrato asciende a la cantidad de TRES MIL EUROS (3000 €)
excluido el I.V.A., existiendo el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que, en el
presente ejercicio presupuestario, se deriven del cumplimiento del mismo
Serán desestimadas las proposiciones económicas que superen dicho presupuesto.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
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El contrato tendrá un plazo máximo de duración de un mes, o el que el licitador señale en su oferta, en
el caso de ser menor que el plazo máximo aquí establecido.
Cuando el/la contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al
cumplimiento del plazo de ejecución del correspondiente servicio solicitado, el Órgano Contratante
podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de una penalidad de
DIEZ EUROS (10) euros diarios.
Cuando las penalidades por demora alcancen el 20 por 100 del importe del contrato, el órgano de
contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su
ejecución con imposición de nuevas penalizaciones.
Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus
compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el Órgano
contratante un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el/la contratista
pidiese otro menor.
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Los trabajos objeto del presente condicionado serán adjudicados, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 74 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, por procedimiento
negociado sin publicidad comunitaria conforme a los criterios fijados en este condicionado para
determinar la oferta más ventajosa.
6. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
La Administración contratante, con el fin de promover la negociación de los términos del contrato,
cursará invitación a empresas capacitadas para la ejecución del contrato a fin de que presenten sus
proposiciones.
Dichas ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villava- Atarrabia, calle
Mayor 22, 31.610 (Villava- Atarrabia).
Las proposiciones se presentarán con la documentación que se señala a continuación:
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"Documentación acreditativa de la capacidad y la solvencia del licitador":
a) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones exigidas para
contratar.
b) Documentos para la justificación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en
los términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio de Contratos Públicos
−
Solvencia económica y financiera: Podrá acreditarse por uno o varios de los siguientes
medios:
−
Declaraciones formuladas por entidades financieras.
−
Presentación de balances o de extractos de balances, en el supuesto de que la
publicación de los mismos sea obligatoria en la legislación del país en el que el
candidato o licitador esté establecido.
−
Una declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen
de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato, referida como máximo a
los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de
las actividades del candidato o licitador, en la medida en que se disponga de las
referencias de dicho volumen de negocios.
−
Solvencia técnica o profesional: Podrá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:
−
Relación de los principales servicios realizados en el curso de los tres últimos años, en
los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado avalada por
cualquier prueba admisible en Derecho.
−
Indicación del personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la
empresa, titulación, experiencia, etc.
−
Declaración que indique la plantilla media anual del empresario o profesional y la
descripción del personal directivo durante los tres últimos años.
"Proposición Técnica:”
Proyecto de ejecución del contrato (Plan de trabajo a desarrollar).
En este punto se presentará el plan a desarrollar describiendo las siguientes características:
−
Metodología
−
Actuaciones previstas
−
Calendario de ejecución
−
Mejoras introducidas respecto a las condiciones mínimas de este pliego.
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−
Cuantos documentos sean necesarios para la valoración de la oferta conforme se establece en la
cláusula 7.
"Oferta económica":
Habrá de presentarse conforme al modelo que acompaña como Anexo I a este condicionado, será
única, y en ella se entenderá incluido, en todo caso, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido y
cualquier otro impuesto, tasa o retención.
Los documentos exigidos deberán ser originales o copias autenticadas notarial o administrativamente.
7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
a) Valor técnico determinado mediante la valoración de la propuesta, proyecto, plan de trabajo a
desarrollar: 60 puntos.
b) Proposición económica: 40 puntos.
La puntuación con respecto a este apartado se adjudicara de manera inversa proporcional, asignándose
a la oferta más baja 40 puntos y atribuyéndose al resto de ofertas la puntuación que corresponda segun
la regla señalada,
En caso de empate en la puntuación total entre dos o más licitadores éste se dirimirá a favor de la
empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea
inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor
porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto
o persistiendo el empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en
materia de género, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en
el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo
de cinco días para su aportación.
En el caso de que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá
mediante sorteo.
8. MESA DE CONTRATACIÓN
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Se constituirá una Mesa de Contratación de conformidad con el artículo 228.1 de la Ley Foral 6/1990,
de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, que ejercerá las funciones de calificación y
admisión de licitadores así como de formulación de la propuesta de adjudicación. Estará compuesta
por las siguientes personas:
Presidente: D. Pedro Gastearena García, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Villava-Atarrabia, o
persona en quien delegue.
Vocales: Portavoces de los grupos municipales: Guillermo Ezkieta Sorozábal, Idoia Maya Tainta,
Richard García Palacios, Mercedes Sánchez Arangay, Angel Larraia Aristu, Rosario Fraguas Pérez y
el concejal no adscrito Pello Gurbindo Jiménez.
D. Aitor Garralda Iriarte, Interventor del Ayuntamiento de Villava-Atarrabia
Secretario D. Francisco Javier Gil Izco, Secretario del Ayuntamiento deVillava-Atarrabia
Por la Mesa de Contratación se efectuará la propuesta de adjudicación, señalando en todo caso las
estimaciones que, en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente Pliego, se realicen
de cada proposición. La Mesa podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuántos informes
considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
9. APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y LA
SOLVENCIA
En el plazo máximo de siete días desde la notificación de la adjudicación el licitador a favor del cual
haya recaído la propuesta de adjudicación deberá acreditar la posesión y validez de los siguientes
documentos:
a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica.
−
Si el licitador fuese persona jurídica, deberá presentarse la escritura de constitución y, en su
caso, de modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito
fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá
aportar la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto
fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su
caso, en el correspondiente Registro oficial.
−
Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar el Documento Nacional de Identidad.
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b) Poder a favor de la persona que firme la proposición económica en nombre del licitador y
Documento Nacional de Identidad de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica,
el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible
conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable.
c) Declaración del licitador, o en su caso de su apoderado o representante, en la que se afirme, bajo
su responsabilidad, que ni la empresa ni sus administradores están incursos en ninguna de las
causas de exclusión del procedimiento de licitación a que se refieren los artículos 18 y 20 de la
Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
d) Obligaciones Tributarias:
−
Alta, referida al ejercicio corriente, y, en su caso, último recibo del Impuesto sobre
Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de
baja en la matrícula del citado impuesto.
−
Certificado del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra y, además, el
de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el
licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las
mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del
plazo de presentación de proposiciones.
e) Certificado expedido por la Seguridad Social acreditativo de estar inscritas en el sistema de
Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber
presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las
obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto
de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación),
expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de
presentación de proposiciones.
f) Declaración del licitador, o en su caso de su apoderado o representante, en la que se afirme, bajo
su responsabilidad, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de
Seguridad, Salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones
vigentes.
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g) En el supuesto de que se presentaran proposiciones suscritas por licitadores que participen
conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de
concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se
designe un representante o apoderado único que las represente. El escrito habrá de estar firmado
tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y
Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto
pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera
corresponder al licitador o candidato.
En el caso de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales que se encuentren
inscritas en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra creado
mediante Decreto Foral 174/2004, de 19 de abril, la aportación de la copia del certificado de
inscripción en dicho Registro obtenida electrónicamente a través de Internet, junto con una
declaración responsable de su vigencia, eximirá al licitador de aportar la documentación relativa a
su personalidad y representación.
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de quince días naturales a
contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, salvo que se hubiera acordado su
suspensión en vía administrativa.
El licitador que haya resultado adjudicatario deberá presentar como requisito previo e indispensable
para la formalización del contrato resguardo del Ayuntamiento de Villava-Atarrabia acreditativo de
haber consignado a favor de la misma la garantía para el cumplimiento de obligaciones por importe
del 4 por 100 del valor estimado del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 95.1 de la Ley
Foral de Contratos Públicos.
11. ABONO DE LOS TRABAJOS
El/la contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que
realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes
dadas por el órgano de contratación.
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12. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
La cesión del contrato y el subcontrato sólo serán admisibles en los casos y con los requisitos previstos
en los artículos 110 y 111 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
13. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El/la contratista tendrá en todo momento la obligación de establecer una persona de contacto como
interlocutor con el Ayuntamiento, para informar del nivel de ejecución y para solventar las situaciones
que necesiten de aclaración, autorización
La Administración contratante, por medio del personal que considere oportuno, ejercerá el control de
los trabajos comprendidos en esta contrata, comprometiéndose el/la contratista a facilitar la práctica
del control al personal encargado.
Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las presentes cláusulas y al Pliego de Condiciones
Técnicas Particulares que sirve de base al contrato, conforme a las instrucciones que por escrito sean
dadas por el personal encargado, sometiéndose el/la contratista a las facultades de interpretación,
modificación y resolución del contrato que la legislación vigente confiere a la Administración
contratante.
14. RIESGO Y VENTURA
La ejecución del presente contrato se realiza a riesgo y ventura del adjudicatario, quien no tendrá
derecho a indemnización por causa de pérdidas o averías sino en los casos de fuerza mayor.
El/la contratista no podrá reclamar bajo ningún pretexto, ni aún de error u omisión, aumento de los
precios fijados en su oferta.
15. RESPONSABILIDAD DEL/LA CONTRATISTA
El/la contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las
prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la
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Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones
incorrectas en la ejecución del contrato.
16. OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL/LA CONTRATISTA
El/la contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de
seguridad social y seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del/la contratista, o la infracción de las
disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico por él designado, no implicarán
responsabilidad alguna para la Administración contratante.
17. GASTOS POR CUENTA DEL/LA CONTRATISTA
Serán gastos a satisfacer por el/la contratista, entre otros, los siguientes:
−
Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, y recogida de documentos o
cualquier otra información de Organismos o particulares.
−
Los correspondientes a envío y recogida de documentación, y, en general, a cuantos trabajos e
informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su
comprobación.
−
Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resultan
de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de
su ejecución.
−
Los gastos a que hubiera lugar para la realización de contrato, como, v.g. financieros, seguros,
transportes, desplazamientos, honorarios, impresión, etc.
18. AUTORIZACIONES Y LICENCIAS
Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como
particulares que se requieran para la elaboración de los trabajos.
19. PERSONAL Y MEDIOS INSTRUMENTALES
Todo el personal que sea necesario para la realización de los trabajos que se contratan, tanto si
pertenece fijo al contratista como si su contrata es eventual, tendrá el título facultativo o profesional
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adecuado a su cometido, corriendo exclusivamente a cargo del/la contratista tanto el personal como los
medios que sean precisos para la ejecución de la contrata.
Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario/a deberá estar amparado por el
correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral con el Ayuntamiento
de Villava-Atarrabia, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del
adjudicatario/a, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono
respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea
responsabilidad de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario/a y sus empleados, aun cuando los
despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento,
incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
Como consecuencia de la cláusula anterior, el adjudicatario, como empresa patronal, ha de dar de alta
en la Seguridad Social a todo el personal que preste sus servicios en la actividad y suscribir el
documento de asociación con la Mutualidad Laboral correspondiente que cubra los riesgos de
accidentes de trabajo con exacto cumplimiento de cuanto establece o establezca en el futuro la
legislación sobre la materia.
Asimismo, el Ayuntamiento de Villava-Atarrabia podrá requerir al adjudicatario para que entregue las
copias de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social de la totalidad del personal que
por su cuenta destine a los servicios adjudicados, así como copia de las liquidaciones de las cuotas
efectuadas la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, o las que en el futuro puedan sustituir a los
citados documentos.
20. APORTACIÓN DEL EQUIPO
El adjudicatario queda obligado a aportar, para la realización de los trabajos, el equipo, medios
auxiliares, local y personal que sean necesarios para la buena ejecución de aquél.
La documentación que aporte, en su caso, la Administración contratante para la ejecución del contrato,
será devuelta a la recepción de los trabajos y su valor es puramente ilustrativo por lo que su utilización
es a riesgo y ventura del adjudicatario.
21. ASISTENCIA A LA ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE
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El/la contratista facilitará a la Administración contratante, sin coste adicional, cuantos servicios
profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del
contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información, etc., hasta la extinción del plazo de
garantía.
22. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El/la contratista podrá proponer, siempre por escrito, las mejoras que en el desarrollo y ejecución de la
contrata tenga por conveniente.
De estimarse necesaria la mejora propuesta, se procederá conforme a lo prevenido en la Ley Foral
6/2006, de 9 de junio de Contratos Públicos.
23. SANCIONES AL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN CASOS DE
RESOLUCIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO
Si el contrato se resuelve por culpa del/la contratista, le será incautada, en todo caso, la garantía y
deberá, además, indemnizar a la Administración contratante los daños y perjuicios, en cuanto el
importe de los mismos exceda del de aquélla.
La resolución del contrato dará derecho al contratista, en todo caso, a percibir el precio de los trabajos
que efectivamente se hubiesen realizado con arreglo al contrato y que hubiesen sido recibidos por la
Administración.
24. PROPIEDAD Y EXPLOTACIÓN DE LOS TRABAJOS
Todos los documentos que se elaboren y los trabajos que se realicen para la ejecución del presente
contrato, serán de la exclusiva propiedad de la Administración contratante.
El/la contratista no podrá hacer uso de dicho material, ni publicar o divulgar o proporcionar a tercero
ningún dato o documento procedente de los trabajos de no mediar consentimiento expreso de la
Administración propietaria, obligándose a resarcir a la misma por los perjuicios que por
incumplimiento de dicho compromiso pudieran irrogársele.
Igualmente, la Administración contratante se reserva en exclusiva el derecho de explotación de los
trabajos encomendados al adjudicatario, al que queda prohibido cualquier tipo de explotación.
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Únicamente para el supuesto de mediar acuerdo entre ambas partes, podrá autorizarse la explotación al
adjudicatario y sólo en los términos que se convengan.
25. SUPUESTOS DE CONTRADICCIONES
De existir contradicciones, en cuanto a las determinaciones económico-administrativas, entre el Pliego
de Condiciones Técnicas Particulares y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,
prevalecerán las cláusulas contenidas en el presente Pliego.
26. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
La contratación de los trabajos objeto del presente documento es de naturaleza administrativa y se rige
por la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. Contra los actos que se aprueben en
relación con la licitación de este contrato podrá interponerse además de los recursos administrativos y
jurisdiccionales aludidos en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración
Local de Navarra, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la
Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos
en el mismo.
Los licitadores se encuentran obligados a suministrar una dirección de correo electrónico para la
realización de notificaciones a través de medios telemáticos. El incumplimiento de esta obligación
conlleva la imposibilidad de interponer la reclamación en materia de contratación pública que, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 210 y siguientes de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio,
de Contratos Públicos, posibilita la impugnación de los actos de trámite o definitivos que les excluyen
de la licitación o perjudiquen sus expectativas.
Atarrabia – Villava 2014-09-08
Pedro Gastearena García
Alcalde de Atarrabia Villava
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ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./D.ª ..........................................., con DNI ……………, con domicilio en ……………., calle
………………….., CP ………, Tfno.: ………., en representación de …………………
en
representación de ……………………. ..........................................., con DNI ……………, con
domicilio en ……………., calle ………………….., CP ………, Tfno.: ……….,
Visto expediente de contratación de la “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA CONTRATACIÓN
DE LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO TÉCNICO
ECONÓMICO SOBRE LOS DIFERENTES MODELOS DE GESTIÓN DE INSTALACIONES
DEPORTIVAS EN EL AYUNTAMIENTO DE VILLAVA-ATARRABIA”, se compromete a su
ejecución en el precio que más abajo se detalla, y acepta en su totalidad las condiciones establecidas
para esta contratación.
Precio del Estudio: ……………..
Plazo de ejecución: ……….........
(Lugar, fecha y firma)
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