R-247-2007 facultación Rolando Chavarría Quesada

Transcripción

R-247-2007 facultación Rolando Chavarría Quesada
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL
RESOLUCIÓN DG-247-2007
Dirección General de Servicio Civil. San José, a las nueve horas
del veintidós de octubre del dos mil siete.
CONSIDERANDO:
1.
Que de conformidad con los principios y fundamentos del
Régimen de Servicio Civil, la norma estatutaria –Ley Nº 1581 del
30 de mayo de 1953-, impone a la Dirección General de Servicio
Civil la rectoría de la administración de recursos humanos.
2.
Que como parte de esos cambios y con el fin de lograr mayor
eficiencia en la prestación de los servicios al usuario, se
considera oportuno involucrar a las Oficinas de Recursos
Humanos en el desarrollo de actividades técnico-operativas, de
manera tal que por la vía de la delegación todo el proceso se
pueda realizar en las mismas siempre y cuando a través del
análisis de sus características se determine que reúnen las
condiciones necesarias para asumir dicha responsabilidad, bajo
la orientación y supervisión de la Dirección General de Servicio
Civil.
3.
Que los artículos 89 y siguientes de la Ley General de la
Administración Pública permiten por parte del Superior, la
delegación de funciones propias en su inmediato inferior, cuando
ambos tengan funciones de igual naturaleza.
4.
Que el artículo 4º, incisos b) y c) del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, permite la designación en la Oficinas de Recursos
Humanos de servidores en quienes se delegue, el cumplimiento
de actividades especializadas en Recursos Humanos.
5.
Que de acuerdo con lo que dispone el artículo 8 del Reglamento
del Estatuto de Servicio Civil, el Sistema de Recursos Humanos
del Régimen de Servicio Civil, está conformado por todas las
Oficinas de Recursos Humanos, las cuales fungen como órganos
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DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL
de enlace y coordinación con esta Dirección General, lo que hace
que su jefe o encargado dependa técnicamente de este órgano
rector en materia de recursos humanos.
6.
Que el artículo 25 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil
otorga a la Dirección General de Servicio Civil la potestad de
definir todos aquellos movimientos que a juicio de esta Dirección
General requieren su aprobación previa, así como los
procedimientos que deben observarse en su trámite.
7.
Que la Unidad
de Recursos Humanos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX), a juicio de esta Dirección General,
cuenta con los requerimientos mínimos necesarios que le
permiten calificar como una dependencia apta para asumir la
responsabilidad de ejecutar los actos y procedimientos
administrativos que se le encomienden, bajo las directrices
técnicas que emanen de esta Dirección General y sus Áreas
Normativas.
8.
Que la figura de la delegación que contempla la Ley General de
la Administración Pública, lleva intrínseca como obligación del
delegante el vigilar la gestión del delegado y podrá ser
responsable con éste por culpa en la vigilancia, y para los efectos
de esta resolución se hace indispensable el acatar las
disposiciones contempladas en la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y la Ley General de
Control Interno, tanto por parte del delegante como por el
delegado.
POR TANTO,
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIO CIVIL
En uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto de Servicio Civil
y su Reglamento,
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-
Prorrogar la delegación otorgada por medio de la
Resolución
DG-101-2007
a
el
funcionario
ROLANDO CHAVARRÍA QUESADA, cédula 1-544668, quien ocupa la Jefatura del Departamento de
Recursos Humanos del Ministerio de Comercio
Exterior (COMEX), como responsable designado en
esa Institución, y en tanto ocupe el cargo de Jefe de
Recursos Humanos, la suscripción de los distintos
trámites y actos que esta Dirección General debe
aprobar en materia de Administración de Recursos
Humanos, todo en concordancia con lo que
disponen las Resoluciones DG-015-98, DG-042-99 y
DG-144-2006.
ARTÍCULO 2.-
Las facultades que se delegan por este acto estarán
sujetas al respectivo control de esta Dirección
General, pudiendo auditar en cualquier momento lo
aquí dispuesto y en caso de constatar anomalías
que lo ameriten, se revocará sin más trámite su
designación, aparte de otras responsabilidades
administrativas, civiles y penales que puedan
corresponderle.
ARTÍCULO 3.-
Rige a partir del 31 de octubre de 2007 y hasta el 30
de abril del 2008.
Publíquese.
José Joaquín Arguedas Herrera
DIRECTOR GENERAL
ρ
MBA. Adolfo Sánchez Quesada, Oficial Mayor, Ministerio de Comercio Exterior (COMEX)

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