Expediente Nº: 665/2015 - Ayuntamiento de Puerto Lumbreras

Transcripción

Expediente Nº: 665/2015 - Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Ausentes: NINGUNO.
Orden del Día:
1.- Aprobar las actas de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 y 12 de febrero
de 2015.
2.- Concesión de licencia de obra mayor al exp. 243/2015, solicitada por D.
Pedro Beas Pérez de Tudela Piña.
3.- Concesión de licencia de obra mayor al exp. 223/2015, solicitada por Dª.
Apolonia Reverte Cano.
4.- Concesión de licencia de obra mayor al exp. 594/2015, solicitada por Diego
García García.
5.- Concesión de licencias de obra mayor y de actividad al exp. 391/20115,
solicitadas por D. Pedro Lloris Martínez.
6.- Propuesta para aprobar la relación contable de facturas Nº:
2015.2.0000008R.
7.- Propuesta para aprobar la relación contable de facturas Nº:
2015.2.0000009R.
8.- Propuesta para aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de la
obligación correspondiente a la aportación a la Sociedad Municipal Peque Cultura, S.L.
9.- Propuesta para aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de la
obligación derivada del coste del servicio de recaudación prestado por la Agencia
Tributaria de la Región de Murcia, periodo 21-12-2013 y el 22-12-2014.
10.- Propuesta para aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos para la
concesión de Becas de Transporte a estudiantes y Becas Erasmus y Leonardo, curso
escolar 2013-2014.
11.- Propuesta para la concesión del cambio de titularidad del derecho de uso
funerario a solicitud de Dª. María López Morillas.
12.- Propuesta para aprobar la adhesión al expediente para la declaración de
Fiesta de Interés Turístico Regional a las Fiestas del Escudo “La Invasión” de Cieza.
13.- Propuesta para admisión a trámite de la solicitud de D. Driss Elttari para
licencia de instalación de Café-Bar .
14.- Propuestas y mociones de urgencia.
MINUTA DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN CELEBRADA POR LA
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 19 DE FEBRERO DE 2015.
ASISTENTES:
Alcaldesa-Presidenta: Dª. MARÍA ÁNGELES TÚNEZ GARCÍA
Sres. Tenientes de Alcalde: D. JOSÉ MARÍA PARRA PÉREZ, Dª. DOLORES
ARENAS CANTÓN, D. JOSÉ ARAGÓN LARIO, Dª. CATALINA GÁZQUEZ LÓPEZ, Dª.
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PABLO APARICIO BORRACHERO (1 de 2)
SECRETARIO GENERAL
Fecha Firma: 26/02/2015
HASH: 0b6ad7a51727f741e355264d3901692a
MARÍA ÁNGELES TÚNEZ GARCÍA (2 de 2)
Alcaldesa-Presidenta
Fecha Firma: 26/02/2015
HASH: 9a1505a2f0f665741a7c223e083c4089
Expediente Nº: 665/2015
Asunto: Convocatoria de la Junta de Gobierno Local. 19-02-2015
Acta de la Sesión [Ordinaria] Nº 6 de 2015.
Día y Hora de la Reunión: 19 de febrero de 2015, 8:06 horas.
Lugar de Celebración: Salón de Sesiones de la Casa Consistorial
Asistentes: Dª. MARÍA ÁNGELES TÚNEZ GARCÍA, D. PABLO APARICIO
BORRACHERO (SECRETARIO), D. JOSÉ MARÍA PARRA PÉREZ, Dª. DOLORES
ARENAS CANTÓN, D. JOSÉ ARAGÓN LARIO, Dª. CATALINA GÁZQUEZ LÓPEZ, Dª.
SALVADORA MARTÍNTE LÓPEZ.
SALVADORA MARTÍNTE LÓPEZ.
SECRETARIO GENERAL: D. PABLO APARICIO BORRACHERO
En Puerto Lumbreras, siendo las 8:06 horas del día 19 de febrero de 2015, en el Salón
de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia de la Alcaldesa-Presidenta,
Dª. MARÍA ÁNGELES TÚNEZ GARCÍA, se reúnen, al objeto de celebrar sesión
ordinaria, los Tenientes de Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local, arriba
indicados, con el SECRETARIO GENERAL del Ayuntamiento D. PABLO APARICIO
BORRACHERO. Dado que asiste el quórum legal para su celebración, se declaró
abierta la sesión por la Presidencia, procediéndose a examinar los asuntos incluidos
en el orden del día, desarrollándose los mismos como a continuación se expresa:
1.- APROBAR LAS ACTAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE
FECHA 5 Y 12 DE FEBRERO DE 2015.
Se somete a la Junta de Gobierno Local, para su aprobación, las actas de las
sesiones de fecha 5 y 12 de febrero de 2015, siendo aprobadas, por unanimidad de sus
miembros, sin modificación alguna.
Visto el expediente incoado a solicitud de D. PEDRO BEAS PEREZ DE
TUDELA PIÑA, con DNI: 23258038-R, n.º de registro de entrada 2014-E-RC-9510, n.º
de expediente 243/2015, referente a la concesión de Licencia Urbanística - OBRA
MAYOR para la realización de ADECUACIÓN DE ENTRESUELO PARA
MANTENIMIENTO DEL USO OFICINA, en el inmueble situado en C/ JUAN ANTONIO
LÓPEZ ALCARÁZ, Nº 2, ENTRESUELO, de este Municipio y con referencia catastral
5484712XG0558C0022ZP, conforme al proyecto redactado por el Arquitecto Técnico
D. Francisco Javier Torroglosa Serrano, visado por el Colegio Oficial de Aparejadores,
Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de la Región de Murcia en fecha
1/12/2014.
Visto que la Arquitecta Técnica Municipal, Dª. Mª. Gloria Olivares Vilches, en
fecha 20 de enero de 2015, ha emitido informe favorable que reproducido de su
original dice:
PRIMERO. El planeamiento urbanístico aplicable a los terrenos donde se pretenden
realizar las referidas construcciones o instalaciones establece:
Planeamiento: Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras.
Clasificación: URBANO, ORDENANZA 3ª
Calificación: RESIDENCIAL
SEGUNDO. El proyecto presentado, redactado por FRANCISCO JAVIER
TORROGLOSA SERRANO, cumple con el planeamiento urbanístico y con la
normativa urbanística de aplicación.
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2.- CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRA MAYOR AL EXP. 243/2015,
SOLICITADA POR D. PEDRO BEAS PÉREZ DE TUDELA PIÑA.
*Observaciones: Las obras se pretenden ejecutar en un edificio el cual se encuentra
fuera de ordenación por no respetar las alineaciones del planeamiento vigente. A tenor
de lo establecido en el art. 57 de las normas urbanísticas del PGMO, no se encuentra
inconveniente por tratarse de obras para mantenimiento del uso “oficina” establecido
en el local en el que se pretenden ejecutar las obras. Además, actualmente, no está
prevista la expropiación o demolición de la finca en el plazo de 15 años.
TERCERO. Se dan las siguientes circunstancias urbanísticas:


No se instalarán consolas de aire acondicionado, tuberías o cables superpuestos
en fachada. Será obligatoria la preinstalación de climatización de modo que las
consolas se instalen en azoteas, en ningún caso en la fachada.
Previo al uso del inmueble, y de acuerdo con las disposiciones generales
estéticas, todos los parámetros exteriores, medianeras, chimeneas, alzados a
patios, etc., deberán recibir adecuado tratamiento de fachada.
CUARTO. Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(borm 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 22476,79 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
QUINTO. En la resolución municipal deberá hacerse constar:
 Antes de la retirada de la licencia:
 Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico (registro
01/12/2012), a sus modificaciones y anexos (registro 29/01/2015), y a la
normativa vigente.
 Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 Ocupación de vía pública: Antes de proceder a la ocupación de la vía pública
deberá comunicarlo a la policía local con el fin de que se adopten las medidas
oportunas para garantizar la seguridad en la vía pública. La superficie de
ocupación de vía pública autorizada es de 12 m², por un plazo de 60 días.
 Previo al uso del inmueble habrá de obtener la correspondiente autorización.
 Por tratarse de un inmueble fuera de ordenación únicamente podrán llevarse a
cabo en él las obras permitidas según el art. 94 del Texto Refundido de la Ley
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1. Se depositará una fianza de 300,00 € para garantizar la reposición de los
servicios e instalaciones públicos que pudieran resultar deteriorados en la vía
pública.
2. Se deberá presentar acta de comparecencia del constructor de las obras.
del Suelo de la Región de Murcia y art. 57 de las normas urbanísticas del
PGMO.
SEXTO.- El acto de otorgamiento de la licencia habrá de fijar los siguientes plazos de
caducidad de la misma:
- Iniciación de las obras: 6 meses, desde la notificación del acuerdo de concesión.
- Interrupción máxima: 6 meses
- Finalización de las obras: 2 años, desde la notificación del acuerdo de concesión.
El interesado podrá pedir, no obstante, prórroga de licencia, antes de finalizados
dichos plazos, por el tiempo que, justificadamente, se estime necesario para la
terminación de las obras.
En conclusión a lo expuesto, informo favorablemente respecto de la concesión de la
licencia urbanística solicitada por PEDRO BEAS PEREZ DE TUDELA PIÑA.”
Visto que igualmente consta en el expediente informe Jurídico favorable de
fecha 16 de febrero de 2015.
Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo y
Vivienda de fecha 19 de febrero de 2015, por 7 votos a favor, 6 del Grupo del P.P., 1
del Grupo de I.U.-Verdes, y 2 abstenciones del Grupo del PSOE.
Por lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros,
adopta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Conceder a D. PEDRO BEAS PEREZ DE TUDELA PIÑA la
licencia de obras solicitada por de conformidad con el Informe Técnico transcrito y
condicionada al cumplimiento de las siguientes actuaciones:
3. Se depositará una fianza de 300,00 € para garantizar la reposición de los
servicios e instalaciones públicos que pudieran resultar deteriorados en la vía
pública.
4. Se deberá presentar acta de comparecencia del constructor de las obras.
 Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico (registro
01/12/2012), a sus modificaciones y anexos (registro 29/01/2015), y a la
normativa vigente.
 Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 Ocupación de vía pública: Antes de proceder a la ocupación de la vía pública
deberá comunicarlo a la policía local con el fin de que se adopten las medidas
oportunas para garantizar la seguridad en la vía pública. La superficie de
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 Antes de la retirada de la licencia:
ocupación de vía pública autorizada es de 12 m², por un plazo de 60 días.
 Previo al uso del inmueble habrá de obtener la correspondiente autorización.
 Por tratarse de un inmueble fuera de ordenación únicamente podrán llevarse a
cabo en él las obras permitidas según el art. 94 del Texto Refundido de la Ley
del Suelo de la Región de Murcia y art. 57 de las normas urbanísticas del
PGMO.
SEGUNDO.- Dicha licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y
sin perjuicio de terceros.
TERCERO.- Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 22.476,79 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
CUARTO.- Aprobar la liquidación provisional girada por la licencia de obra por
importe de 1.335,27 €. Dicho pago deberá hacerse efectivo en la forma y plazos
indicados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
QUINTO.- Notificar este acuerdo al interesado, para su conocimiento y efectos.
Visto el expediente incoado a solicitud de Dª. APOLONIA REVERTE CANO,
con DNI: 23140363-V, N.º de registro de entrada 2014-E-RC-2968, N.º de expediente
223/2015, referente a la concesión de Licencia de obra mayor para la realización de
MODIFICACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR, en el inmueble situado Dip. Esparragal,
paraje “La Retamosa”, POLÍGONO 2, PARCELA 203, de este municipio, con
referencia catastral 30033A002002030000FL, conforme al proyecto redactado por la
Arquitecta Dª. Josefina Espín González, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de
Murcia en fecha 3-04-2014.
Visto que la Arquitecta Técnica Municipal, Dª. Mª. Gloria Olivares Vilches, en
fecha 19 de enero de 2015, ha emitido informe favorable que reproducido de su
original dice:
“PRIMERO. El planeamiento urbanístico aplicable a los terrenos donde se
pretenden realizar las referidas construcciones o instalaciones establece:
Planeamiento: Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras.
Clasificación: URBANIZABLE SIN SECTORIZAR
Calificación: RESIDENCIAL
SEGUNDO. El proyecto inicial tiene licencia según expediente de obra mayor
05/2012. La documentación presentada, de modificaciones al proyecto anteriormente
mencionado, redactado por JOSEFINA ESPÍN GONZÁLEZ, cumple con el
planeamiento urbanístico y con la normativa urbanística de aplicación.
TERCERO.- El lindero de la propiedad se encuentra a 5 m del eje del camino
con el que confronta.
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3.- CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRA MAYOR AL EXP. 223/2015,
SOLICITADA POR Dª. APOLONIA REVERTE CANO.
CUARTO.- La FINCA 7440, inscrita al TOMO 2127, LIBRO 66, FOLIO 146,
queda vinculada a la edificación, habiendo agotado 111,36 m² de vivienda.
QUINTO.- La propiedad, en cumplimiento del deber establecido en el artículo
274.2.b) de las normas urbanísticas del PGMO, adquirió en el expediente 05/2012 el
siguiente compromiso:





SEXTO.- Se dan las siguientes circunstancias urbanísticas:
Retranqueo mínimo a linderos de 10 metros, para todas las construcciones,
excepto aquellas que no sobresalgan del nivel de rasante del terreno.
Retranqueo de 15 metros a la arista exterior de la calzada más próxima de
caminos o vías de acceso, medidos horizontalmente a partir de la mencionada
arista, para todas las construcciones, excepto aquellas que no sobresalgan del
nivel de rasante del terreno.
La edificabilidad máxima será de 0,15 m²/m², máximo con uso vivienda 0,08 m²/m²
son una superficie construida máxima de 300 m².
Altura máxima 8,00 m.
La propiedad deberá costear la implantación de abastecimiento de agua potable;
evacuación de aguas residuales mediante red de alcantarillado o fosa séptica que
cumpla los requerimientos funcionales y medioambientales exigidos por los
servicios técnicos municipales, de acuerdo a las normas aplicables (en este caso
la evacuación de aguas residuales se realizará a depósito estanco para su retirada
periódica por gestor autorizado); suministro de energía eléctrica. La franja que
queda entre la arista exterior del camino y el límite de la propiedad deberá recibir
el mismo tratamiento que dicho camino.
SÉPTIMO. Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material
queda establecido en 6091,01 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas
del coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
OCTAVO. En la resolución municipal deberá hacerse constar:

Antes de la retirada de la licencia debe:
o Presentar justificante de haber realizado la aportación económica de
900 €, precisa para financiar la obtención de suelo destinado a
dotaciones a razón de 25 m2 por cada 100 m2 de edificación
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“Que asumo la obligación incondicionada de participar en todos los gastos que
genere la urbanización de mis terrenos, según se detalla en el artículo 160 y
concordantes del Decreto Legislativo 1/2.005, de 10 de junio, Texto Refundido de la
Ley del Suelo de la Región de Murcia, por el Plan General Municipal de Ordenación y
demás instrumentos de planeamiento de desarrollo, obligación que podrá ser exigida a
través de los procedimientos recaudatorios previstos para el cobro de las deudas de
naturaleza pública.
Así mismo, me comprometo a hacer constar en el registro de la propiedad, así
como en los títulos de enajenación del terreno sobre el que habrá de erigirse la
edificación promovida, los compromisos adquiridos y pendientes de cumplir en orden a
la participación en los gastos de urbanización del suelo, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2.008, de 20 de junio, Texto Refundido de
la Ley de Suelo.”







NOVENO.- El acto de otorgamiento de la licencia habrá de fijar los siguientes
plazos de caducidad de la misma:
- Iniciación de las obras: 6 meses, desde la notificación del acuerdo de concesión.
- Interrupción máxima: 6 meses
- Finalización de las obras: 2 años, desde la notificación del acuerdo de concesión.
El interesado podrá pedir, no obstante, prórroga de licencia, antes de finalizados
dichos plazos, por el tiempo que, justificadamente, se estime necesario para la
terminación de las obras.
En conclusión a lo expuesto, informo favorablemente respecto de la concesión de la
licencia urbanística solicitada por APOLONIA REVERTE CANO.”
Visto que igualmente consta en el expediente informe Jurídico favorable de
fecha 16 de febrero de 2015.
Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo y
Vivienda de fecha 19 de febrero de 2015, por 7 votos a favor, 6 del Grupo del P.P., 1
del Grupo de I.U.-Verdes, y 2 abstenciones del Grupo del PSOE.
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
computable máxima teórica permitida, exigida en el expediente
05/2012.
o Presentar nota simple del registro de la propiedad de la FINCA 7440,
inscrita al TOMO 2127, LIBRO 66, FOLIO 146 en la que conste la
edificabilidad agotada de la parcela y el compromiso que adquiere la
propiedad, mencionados en los puntos 4 y 5 de este informe
respectivamente.
o Presentar justificante de haber depositado la fianza de 1000 € exigida
en el expediente 05/2012.
o Presentar acta de comparecencia del constructor de las obras.
Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico que sirvió de base
para la concesión de la licencia de obra mayor expediente 05/2012, a sus
modificaciones y anexos (visado 10/01/2014), y a la normativa vigente.
Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
Ocupación de vía pública: No se procederá a la ocupación de la vía pública con
motivo de la ejecución de las obras.
Previo al uso del inmueble habrá de obtener la licencia de primera ocupación. A
tal efecto deberá realizar solicitud según modelo normalizado y acompañando
la documentación que se relaciona en dicho modelo. Con carácter previo,
deberá obtener el certificado de conformidad de la Carpeta de la Calidad del
Libro del Edificio, el cual es emitido por el departamento de Gestión de la
Calidad en la Edificación de la Comunidad Autónoma.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, adopta el
siguiente ACUERDO:









Antes de la retirada de la licencia debe:
o Presentar justificante de haber realizado la aportación económica de
900 €, precisa para financiar la obtención de suelo destinado a
dotaciones a razón de 25 m2 por cada 100 m2 de edificación
computable máxima teórica permitida, exigida en el expediente
05/2012.
o Presentar nota simple del registro de la propiedad de la FINCA 7440,
inscrita al TOMO 2127, LIBRO 66, FOLIO 146 en la que conste la
edificabilidad agotada de la parcela y el compromiso que adquiere la
propiedad, mencionados en los puntos 4 y 5 de este informe
respectivamente.
o Presentar justificante de haber depositado la fianza de 1000 € exigida
en el expediente 05/2012.
o Presentar acta de comparecencia del constructor de las obras.
Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico que sirvió de base
para la concesión de la licencia de obra mayor expediente 05/2012, a sus
modificaciones y anexos (visado 10/01/2014), y a la normativa vigente.
Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
No se procederá a la ocupación de la vía pública con motivo de la ejecución
de las obras.
Previo al uso del inmueble habrá de obtener la licencia de primera ocupación. A
tal efecto deberá realizar solicitud según modelo normalizado y acompañando
la documentación que se relaciona en dicho modelo. Con carácter previo,
deberá obtener el certificado de conformidad de la Carpeta de la Calidad del
Libro del Edificio, el cual es emitido por el departamento de Gestión de la
Calidad en la Edificación de la Comunidad Autónoma.
SEGUNDO.- Dicha licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y
sin perjuicio de terceros.
TERCERO.- Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 6,091,01 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Plaza de la Constitución s/n, Puerto Lumbreras. 30890 Murcia. Tfno. 968402013. Fax: 968402410
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PRIMERO.- Conceder a la licencia de obras solicitada por Dª. APOLONIA
REVERTE CANO de conformidad con el Informe Técnico transcrito y condicionada al
cumplimiento de las siguientes actuaciones:
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
CUARTO.- Aprobar la liquidación provisional girada por la licencia de obra por
importe de 322,83 € Euros. Dicho pago deberá hacerse efectivo en la forma y plazos
indicados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
QUINTO.- Notificar este acuerdo al interesado, para su conocimiento y efectos.
4.- CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRA MAYOR AL EXP. 594/2015,
SOLICITADA POR DIEGO GARCÍA GARCÍA.
Visto el expediente incoado a solicitud de D. DIEGO GARCIA GARCIA, con
DNI: 23223764-C, N.º de registro de entrada 2015-E-RC-826, n.º de expediente
594/2015, referente a la concesión de Licencia Urbanística- OBRA MAYOR para la
realización de LEGALIZACIÓN DE PORCHE EN VIVIENDA EXISTENTE, en el
inmueble situado en C/ RÍO EBRO Nº 25, de este Municipio y con referencia catastral
1801201XG1610S0001KD, conforme al proyecto redactado por el Arquitecto Técnico
D. Alfonso Bayonas Vicente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de la
Región de Murcia.
Visto que la Arquitecta Técnica Municipal, Dª. Mª. Gloria Olivares Vilches, en
fecha 9 de febrero de 2015, ha emitido informe favorable que reproducido de su
original dice:
“PRIMERO. El planeamiento urbanístico aplicable a los terrenos donde se pretenden
realizar las referidas construcciones o instalaciones establece:
Planeamiento: Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras.
Clasificación: URBANO, ORDENANZA 6ª
Calificación: RESIDENCIAL
TERCERO. Se dan las siguientes circunstancias urbanísticas:
- La altura libre de la planta piso no puede ser inferior a 2,50 metros medidos entre
suelo y techo acabados.
- Se prohíben los cuerpos salientes en planta baja. No podrán disponerse cuerpos
salientes, abiertos o cerrados, a una altura menor de 3,60 m libres sobre el nivel de la
acera. No se autorizan vuelos en la fachada posterior de las edificaciones a partir de la
profundidad máxima edificable. Todo cuerpo o elemento saliente deberá retranquearse
0,20 m del encintado de la acera. La separación de vuelos a linderos o medianerías
será como mínimo de 1,20 m.
- Previo al uso del inmueble, y de acuerdo con las disposiciones generales estéticas,
todos los parámetros exteriores, medianeras, chimeneas, alzados a patios, etc.,
deberán recibir adecuado tratamiento de fachada.
- Condiciones estéticas:
- Quedan prohibidos, los cerramientos de chapa metálica, y/o de hormigón
visto prefabricado, salvo elementos aislados e integrados en la composición del
edificio.
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SEGUNDO. El proyecto presentado, redactado por ALFONSO BAYONAS VICENTE,
cumple con el planeamiento urbanístico y con la normativa urbanística de aplicación.
- Quedan prohibidas, las cubiertas de chapa metálica, y/o de fibrocemento,
cuando resulten visibles desde el exterior.
CUARTO. Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(borm 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 1.861,00 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
QUINTO. En la resolución municipal deberá hacerse constar:
 Antes de la retirada de la licencia:
5. Deberá aportar Estadística de Edificación.
SEXTO.- El acto de otorgamiento de la licencia habrá de fijar los siguientes plazos de
caducidad de la misma:
- Iniciación de las obras: 6 meses, desde la notificación del acuerdo de concesión.
- Interrupción máxima: 6 meses
- Finalización de las obras: 2 años, desde la notificación del acuerdo de concesión.
El interesado podrá pedir, no obstante, prórroga de licencia, antes de finalizados
dichos plazos, por el tiempo que, justificadamente, se estime necesario para la
terminación de las obras.
En conclusión a lo expuesto, informo favorablemente respecto de la concesión de la
licencia urbanística solicitada por DIEGO GARCIA GARCIA.”
Visto que igualmente consta en el expediente informe Jurídico favorable de
fecha 16 de febrero de 2015.
Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo
y Vivienda de fecha 19 de febrero de 2015, por 7 votos a favor, 6 del Grupo del P.P., 1
del Grupo de I.U.-Verdes, y 2 abstenciones del Grupo del PSOE.
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 Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 La edificación se ajustará al proyecto técnico (visado 21/01/2015), y a la
normativa vigente.
 Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 Ocupación de vía pública: No se procederá a la ocupación de la vía pública con
motivo de la ejecución de las obras.
 Previo al uso del inmueble habrá de obtener la licencia de primera ocupación.
Por lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros,
adopta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Conceder a D. DIEGO GARCIA GARCIA la licencia de obras
solicitada por de conformidad con el Informe Técnico transcrito y condicionada al
cumplimiento de las siguientes actuaciones:
 Antes de la retirada de la licencia:
6. Deberá aportar Estadística de Edificación.
 Antes de dar comienzo las obras deberá solicitar a los Servicios Técnicos del
Ayuntamiento la correspondiente tira de cuerdas con el fin de marcar las
alineaciones y rasantes.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 La edificación se ajustará al proyecto técnico (visado 21/01/2015), y a la
normativa vigente.
 Si se precisa la colocación de una grúa-torre, ésta no podrá instalarse en la vía
pública.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 Ocupación de vía pública: No se procederá a la ocupación de la vía pública con
motivo de la ejecución de las obras.
 Previo al uso del inmueble habrá de obtener la licencia de primera ocupación.
TERCERO.- Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 1.861,00 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
CUARTO.- Aprobar la liquidación provisional girada por la licencia de obra por
importe de 120,72 €. Dicho pago deberá hacerse efectivo en la forma y plazos
indicados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
QUINTO.- Notificar este acuerdo al interesado, para su conocimiento y efectos.
5.- CONCESIÓN DE LICENCIAS DE OBRA MAYOR Y DE ACTIVIDAD AL
EXP. 391/20115, SOLICITADAS POR D. PEDRO LLORIS MARTÍNEZ.
Visto el expediente incoado a solicitud de D. PEDRO LUIS LLORIS MARTINEZ,
con DNI: 23256784N n.º de registro de entrada 2014-E-RC-1495, n.º de expediente
391/2015, referente a la concesión de Licencias Urbanística- OBRA MAYOR y de
actividad (exenta de calificación ambiental) para la INSTALACIÓN DE CENTRO DE
ENSEÑANZA DE IDIOMAS, en el inmueble situado en C/ NUESTRA SEÑORA DEL
ROSARIO, Nº 1, 1º B., de este Municipio y con referencia catastral
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SEGUNDO.- Dicha licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y
sin perjuicio de terceros.
5280106XG0558A0004ME, conforme al proyecto redactado por el Ingeniero Técnico
Industrial D. José Antonio Campos Romera, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Industriales de la Región de Murcia en fecha 17-10-2013.
Visto que en el expediente de actividad (35/2013-N) consta informe favorable
emitido por el Ingeniero Técnico Municipal, D. Salvador Martínez García, en fecha 6 de
noviembre de 2013.
Visto que en relación a la licencia de urbanística, la Arquitecta Técnica
Municipal, Dª. María Gloria Olivares Vilches, en fecha 28 de enero de 2015, ha
emitido informe favorable que reproducido de su original dice:
“PRIMERO. El planeamiento urbanístico aplicable a los terrenos donde se pretenden
realizar las referidas construcciones o instalaciones establece:
Planeamiento: Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras.
Clasificación: URBANO, ORDENANZA 3ª
Calificación: RESIDENCIAL
SEGUNDO. El proyecto presentado, redactado por JOSÉ ANTONIO CAMPOS
ROMERA, cumple con el planeamiento urbanístico y con la normativa urbanística de
aplicación.
* En particular se ajusta a lo expuesto en el artículo 82.a) de las normas urbanísticas
del PGMO.


No se podrá invadir la acera con rampas o escaleras de acceso a garajes, locales
o plantas bajas.
No se instalarán consolas de aire acondicionado, tuberías o cables superpuestos
en fachada. Las consolas de la instalación de climatización habrán de instalarse en
azoteas, en ningún caso en la fachada.
CUARTO. Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material
queda establecido en 3.544,00 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas
del coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
QUINTO. En la resolución municipal deberá hacerse constar:
 Antes de la retirada de la licencia:
7. Deberá aportar nombramiento de la dirección facultativa.
8. Habrá de aportar copia en soporte digital del proyecto técnico.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico (visado
17/10/2013), y a la normativa vigente.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
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TERCERO. Se dan las siguientes circunstancias urbanísticas:
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 En caso de que se pretenda la instalación de rótulos habrá de obtener la
correspondiente licencia municipal, para lo que habrá de ajustarse a lo
estipulado en el artículo 144 de las normas urbanísticas.
 Ocupación de vía pública: No se procederá a la ocupación de la vía pública con
motivo de la ejecución de las obras.
 Habrán de cumplirse las medidas correctoras y requisitos del expediente
35/2013-N contenidas en el informe de los Servicios Técnicos Industriales.
Previo al uso del inmueble deberá cumplir los requisitos indicados en los
puntos 2 y 3 de la propuesta de acuerdo del informe de los servicios técnicos
industriales.
SEXTO.- El acto de otorgamiento de la licencia habrá de fijar los siguientes plazos de
caducidad de la misma:
- Iniciación de las obras: 6 meses, desde la notificación del acuerdo de concesión.
- Interrupción máxima: 6 meses
- Finalización de las obras: 2 años, desde la notificación del acuerdo de concesión.
El interesado podrá pedir, no obstante, prórroga de licencia, antes de finalizados
dichos plazos, por el tiempo que, justificadamente, se estime necesario para la
terminación de las obras.
En conclusión a lo expuesto, informo favorablemente respecto de la concesión de la
licencia urbanística solicitada por PEDRO LUIS LLORIS MARTINEZ.”
Visto que igualmente consta en el expediente informe Jurídico favorable de
fecha 16 de febrero de 2015.
Por lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros,
adopta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Conceder a D. PEDRO LUIS LLORIS MARTINEZ licencia de
actividad de INSTALACIÓN DE CENTRO DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS, en el
inmueble situado en C/ NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, Nº 1, 1º B., de este
Municipio, condicionada al cumplimiento de los requisitos que a continuación se
establecen:
“La licencia de instalación no prejuzga la obtención de la autorización de puesta en
marcha y funcionamiento de la actividad, estando esta supeditada a las autorizaciones
de los organismos competentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable, y a
los siguientes requisitos:
Requisitos:
1.- Si para la ejecución de la instalación proyectada fuera preciso la realización de
obras, habrá de obtenerse con antelación a su ejecución la correspondiente
licencia municipal.
De acuerdo con lo establecido en los Artículos 10 y 63 de la Ley 4/2009, y el Artículo 6
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Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo y
Vivienda de fecha 19 de febrero de 2015, por 7 votos a favor, 6 del Grupo del P.P., 1
del Grupo de I.U.-Verdes, y 2 abstenciones del Grupo del PSOE
de la Ordenanza municipal sobre simplificación de trámites administrativos para
implantación de actividades exentas de calificación ambiental y de normalización de
procedimientos en relación con actividades mercantiles e industriales en el término
municipal de Puerto Lumbreras, (BORM 4/5/2012), la actividad no podrá iniciar su
ejercicio u explotación, hasta que se lleven a cabo las siguientes actuaciones:
2.- Terminadas las obras, instalaciones, acondicionamiento o montaje, el titular de la
actividad deberá comunicar al Ayuntamiento el inicio de la misma, acompañando la
siguiente documentación:
a) Instancia normalizada según Anexo 2 de esta Ordenanza municipal, (BORM
4/5/2012).
b) Certificado suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial
correspondiente, conforme al modelo establecido en el Anexo 3 de esta
Ordenanza, (BORM 4/5/2012).
c) Alta en el censo de Actividades Económicas.
d) Autorizaciones o inscripciones de las Instalaciones expedidas por el órgano
competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (Instalaciones
de electricidad, agua potable, climatización, etc.)
3.- Podrá comenzar la explotación después de efectuada la comunicación completa
referida en el punto anterior, si pasado el plazo de DIEZ DÍAS desde la
comunicación, el Ayuntamiento no le notifica lo contrario con motivo en
comprobaciones adicionales llevadas a cabo.
La previsión anterior se entiende sin perjuicio de las comprobaciones o controles
previos regulados por la normativa industrial o sectorial que resulte de aplicación.”
SEGUNDO.- Conceder a D. PEDRO LUIS LLORIS MARTINEZ la licencia de
obras solicitada de conformidad con el Informe Técnico transcrito y condicionada al
cumplimiento de las siguientes actuaciones:
1. Deberá aportar nombramiento de la dirección facultativa.
2. Habrá de aportar copia en soporte digital del proyecto técnico.
 Los agentes de la edificación serán responsables del cumplimiento del Código
Técnico de la Edificación.
 Las obras se ajustarán en su ejecución al proyecto técnico (visado 17/10/2013),
y a la normativa vigente.
 En todo momento deberá garantizarse la seguridad en la vía pública.
 La obra deberá estar identificada, para ello deberá colocar un cartel en zona
visible según modelo que podrá solicitar en los Servicios Técnicos.
 En caso de que se pretenda la instalación de rótulos habrá de obtener la
correspondiente licencia municipal, para lo que habrá de ajustarse a lo
estipulado en el artículo 144 de las normas urbanísticas.
 Ocupación de vía pública: No se procederá a la ocupación de la vía pública con
motivo de la ejecución de las obras.
 Habrán de cumplirse las medidas correctoras y requisitos del expediente
35/2013-N contenidas en el informe de los Servicios Técnicos Industriales.
Previo al uso del inmueble deberá cumplir los requisitos indicados en los
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 Antes de la retirada de la licencia:
puntos 2 y 3 de la propuesta de acuerdo del informe de los servicios técnicos
industriales.
TERCERO.- Dichas licencias se otorgan dejando a salvo el derecho de
propiedad y sin perjuicio de terceros.
CUARTO.- Con motivo de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
construcciones, instalaciones y obras, aprobada en sesión plenaria el día 28/12/2011
(BORM 16/02/2012), y sus modificaciones, el presupuesto de ejecución material queda
establecido en 3.544,00 €, a los efectos de liquidación provisional y a resultas del
coste real efectivo de las obras efectivamente ejecutadas.
QUINTO.- Aprobar la liquidación provisional girada por importe de 187,32
Euros. Dicho pago deberá hacerse efectivo en la forma y plazos indicados por la
Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
SEXTO.- De conformidad con lo establecido en la Ordenanza fiscal que regula
la Tasa sobre Licencia de Apertura de Establecimientos se aprueba la propuesta de
liquidación de los derechos o tasas por importe de 300 Euros.
SEPTIMO.- Notificar este acuerdo al interesado, para su conocimiento y
efectos.
6.- PROPUESTA PARA APROBAR LA RELACIÓN CONTABLE DE
FACTURAS Nº: 2015.2.0000008R.
“Vista la relación contable: 2015.2.0000008R correspondientes a gastos
realizados con cargo al Presupuesto Municipal 2015, prorrogado de 2014, pendientes
de aprobación.
Visto que las facturas emitidas y presentadas en el Ayuntamiento con motivo de
la realización de dichos gastos, cuentan con la conformidad de la prestación efectuada
del Concejal Delegado del Área.
Visto que existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias del
vigente presupuesto que se especifican en dicha relación, para el reconocimiento de
las obligaciones correspondientes al gasto e importes descrito en las mismas, así
como su fiscalización.
Considerando lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 7/1985, den 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y a la vista la Resolución Nº 48/2014, por
la que se delegan competencia en la Junta de Gobierno Local, se propone la adopción
de los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Aprobar la autorización, disposición y el reconocimiento de las
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Se somete a la Junta de Gobierno Local la propuesta de acuerdo emitida por la
Interventora Municipal para aprobar la relación contable de facturas Nº 2015.2.0000008R,
cuyo tenor literal es el siguiente:
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obligaciones detalladas en la siguiente Relación contable de Gastos:
2015.2.0000008R , cuyo importe total asciende a la cantidad total de 24.318,95 Euros:
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SEGUNDO:- Dar cuenta del presente acuerdo
Intervención-Tesorería para su conocimiento y efectos.”
al
departamento
de
Sometida a votación la propuesta, es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
Se somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local la propuesta de
acuerdo emitida por la Interventora Municipal para aprobar la relación contable de
facturas Nº: 2015.2.0000009R, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Vista la relación contable: 2015.2.0000009R correspondientes a gastos
realizados con cargo al Presupuesto Municipal 2015, prorrogado de 2014, pendientes
de aprobación.
Visto que las facturas emitidas y presentadas en el Ayuntamiento con motivo de
la realización de dichos gastos, cuentan con la conformidad de la prestación efectuada
del Concejal Delegado del Área.
Visto que existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias del
vigente presupuesto que se especifican en dicha relación, para el reconocimiento de
las obligaciones correspondientes al gasto e importes descrito en las mismas, así
como su fiscalización.
Considerando lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 7/1985, den 2 de abril,
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7.- PROPUESTA PARA APROBAR LA RELACIÓN CONTABLE DE
FACTURAS Nº: 2015.2.0000009R.
Reguladora de las Bases del Régimen Local y a la vista la Resolución Nº 48/2014, por
la que se delegan competencia en la Junta de Gobierno Local, se propone la adopción
de los siguientes acuerdos:
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PRIMERO: Aprobar el reconocimiento de las obligaciones detalladas en la
siguiente Relación contable de Gastos: 2015.2.0000009R, cuyo importe total asciende
a la cantidad total de 4.792,11 Euros:
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SEGUNDO:- Dar cuenta del presente acuerdo
Intervención-Tesorería para su conocimiento y efectos.
al
departamento
de
8.- PROPUESTA PARA APROBAR LA AUTORIZACIÓN, DISPOSICIÓN Y
RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN CORRESPONDIENTE A LA APORTACIÓN
A LA SOCIEDAD MUNICIPAL PEQUE CULTURA, S.L.
Se somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local la propuesta emitida
por la Interventora Municipal para aprobar la autorización, disposición y reconocimiento
de la obligación correspondiente a la aportación a la Sociedad Municipal Peque Cultura,
S.L., cuyo tenor literal es el siguiente:
“Visto el Presupuesto Municipal para el año 2015, prorrogado de 2014, en el que
se contemplan créditos destinados a aportaciones a las Sociedades Municipales para
el funcionamiento de los servicios, según el siguiente detalle:
*231 449.01 Soc.Mun. Peque-Cultura, SL...........................................200.000,00
Euros.
Visto el escrito presentado por la Sra. Presidenta de dicha Sociedad, con NRE:
1280 de fecha 16 de febrero de 2015, que constan en el expediente, mediante el cual
solicita que se realicen los trámites oportunos para que el Ayuntamiento de Puerto
Lumbreras proceda al reconocimiento y pago, como entrega parcial de la citada
aportación, a la vista de las previsiones realizadas para atender gastos derivados de la
contratación de personal y prestación de servicios diversos, por importe de 20.000,00
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Sometida a votación la propuesta, es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
Euros.
Visto que existe crédito disponible en el vigente Presupuesto para atender
dichos gastos, por importe de 20.000,00 con cargo a la mencionada aplicación
presupuestaria.
De conformidad con lo establecido en el R.D. 500/1990, así como el art. 185
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Considerando lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y a la vista de la Resolución Nº 48/2014,
por la que se delegan competencias en la Junta de Gobierno Local, se propone la
adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de la
obligación correspondiente a aportación a la Sociedad Municipal Peque Cultura, S.L,
con cargo a la aplicación presupuestaria y por el importe total que se detalla:
Aplica. Presup. Denominación
231 449.01
Aport. Soc. Muni. Peque-Cultura, SL
Importe/€
20.000,00
”
Sometida a votación la propuesta, se aprueba por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
Se somete para la aprobación por la Junta de Gobierno Local la propuesta
emitida por la Interventora Municipal para aprobar la autorización, disposición y
reconocimiento de la obligación derivada del coste del Servicio de Recaudación por la
Agencia Tributación de la Región de Murcia, Periodo 21-12-2013 y el 22-12-2014, cuyo
tenor literal es el siguiente:
“Visto que en fecha 12 de diciembre de 2011 se formaliza la Prórroga del
Convenio de Colaboración suscrito en fecha 24 de enero de 2007 entre la Agencia
Regional de Recaudación de la CARM y el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras (BORM
14/022007), con efectos desde el día 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de
2014.
que en la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias,
administrativas y de reordenación del sector público regional, se crea la Agencia
Tributaria de la Región de Murcia, que sustituye a la Agencia Regional de
Recaudación.
Visto que conforme a lo dispuesto en el citado Convenio, la Agencia Tributaria
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
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9.- PROPUESTA PARA APROBAR LA AUTORIZACIÓN, DISPOSICIÓN Y
RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DERIVADA DEL COSTE DEL SERVICIO DE
RECAUDACIÓN PRESTADO POR LA AGENCIA TRIBUTARIA DE LA REGIÓN DE
MURCIA, PERIODO 21-12-2013 Y EL 22-12-2014.
ejerce por delegación del Ayuntamiento, las facultades de gestión, liquidación y
recaudación de tributos y demás deudas no tributarias, precios públicos y otros
ingresos de derecho público.
Visto que en la cláusula sexta de dicho Convenio se establece el coste del
servicio asumido por el Ayuntamiento y pago material de la recaudación, tanto para las
deudas ingresadas en periodo voluntario como en ejecutiva.
Visto que la citada Agencia Tributaria ha presentado la Liquidación
correspondiente al ejercicio 2014, periodo voluntario, en la que se incluye la
recaudación entre el 21/12/2013 y el 22/12/2014, cuyo coste del servicio-premio de
cobranza, asciende a la cantidad de OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y CINCO EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (88.235,60 Euros).
Visto el resumen elaborado por el Tesorero Municipal de fecha 12 de febrero de
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2015:
De conformidad con lo establecido en el art. 58 del R.D. 500/1990, así como en
el art. 185 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Considerando lo dispuesto en el art. 23. de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y a la vista de la Resolución Nº 48/2014,
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Visto que existe crédito suficiente en la aplicación presupuestaria 931 227.08
del vigente Presupuesto para atender el gasto derivado de la prestación de dicho
servicio (Premio de cobranza), por importe total de 88.235,60 Euros.
por la que se delegan competencias en la Junta de Gobierno Local, se propone la
adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de la
obligación derivada del coste del servicio de recaudación prestado por la Agencia
Tributaria de la Región de Murcia, correspondiente al ejercicio 2014, periodo
voluntario, en la que se incluye la recaudación entre el 21/12/2013 y el 22/12/2014,
que asciende a la cantidad de 88.235,60 Euros, con cargo a la aplicación
presupuestaria 931 227.08 del vigente presupuesto.
SEGUNDO: Dar cuenta del acuerdo
Intervención-Tesorería a los efectos oportunos.”
adoptado
al
Departamento
de
Sometida a votación la propuesta es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
10.- PROPUESTA PARA APROBAR LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y
EXCLUIDOS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE TRANSPORTE A ESTUDIANTES
Y BECAS ERASMUS Y LEONARDO, CURSO ESCOLAR 2013-2014.
“Dña. Mª ISABEL MARTINEZ ABELLANEDA, como Concejal Delegada de Educación,
Cultura y Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, a la vista de lo
establecido en la Bases de la Convocatoria de Concesión de 1º-Becas de Transporte a
Estudiantes de Puerto Lumbreras por Desplazamiento a Centros Educativos de
Enseñanza Secundaria, Universidades, EOI y Conservatorio Durante el Curso Escolar
2013-2014, y 2º Becas ERASMUS Y LEONARDO, curso 2013-2014, aprobadas por la
Junta de Gobierno Local, de fecha 16 de octubre de 2014 y publicadas en el BORM Nº
253 de 31 de octubre de 2014, , en relación con el escrito de subsanación presentado
por JOSÉ MANUEL LOZANO GONZÁLEZ y con el resto de subsanaciones
presentadas, elevo a la Junta de Gobierno Local el presente INFORME-PROPUESTA,
conforme a los siguientes,
ANTECEDENTES:
A)
PRIMERO: D. JOSÉ MANUEL LOZANO GONZÁLEZ, con DNI
52.817.793-H, y domicilio a efectos de notificaciones en calle Caravaca número
8, Ático, E, de Puerto Lumbreras, en fecha 02/02/2015, con Nº RGE: 880, a la
vista de su exclusión en la lista provisional de aspirantes a la obtención de
Beca de transporte modalidad b) transporte a Universidad, ha presentado
ante esta Administración escrito de alegaciones solicitando su inclusión en la
lista definitiva, por el siguiente motivo que literalmente se transcribe: “(…) Los
estudios que yo realicé durante el curso 2013/2014, para el cual solicité la
Beca fue el Master Universitario en Formación del Profesorado de Educación
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Se somete para su aprobación por la Junta de Gobierno Local la propuesta de la
Concejalía de Educación, para aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos para la
concesión becas de transporte a estudiantes y becas Erasmus y Leonardo
correspondientes al curso 2013-2014,cuyo tenor literal es el siguiente:
Secundaria Obligatoria y Bachiderato, Formación Profesional, Enseñanzas de
Idiomas y Enseñanzas Artísticas impartido por la facultad de Educación en la
Universidad de Murcia. Este Master está catalogado está catalogado como
Master de carácter Universitario y como tal catalogado como estudios
universitarios de posgrado, tal y como se indica en el BOE de 16/12/2010, en
la que se publica la Resolución de 22/11/2010 de la Secretaria General de
Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de
12/11/2010, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos
de Master. Al estar este Master incluidos en el registro de Universidades tal y
como se indica en la resolución anterior, es catalogado como Título
Universitario equivalente a un estudio de posgrado. Teniendo en cuenta que en
la convocatoria de dicha Beca, como, requisito, los estudios realizados deben
de ser entre otros universitarios, sin especificar en ningún momento que
tengan que corresponder a un grado, licenciatura, o estudios de posgrado,
como corresponde el Master que he realizado, entiendo que la exclusión no
procede”
B)
SEGUNDO: Solicitud presentada por JOSÉ MANUEL LOZANO GONZÁLEZ,
en fecha 07/11/2014, RGE Nº 8757, como aspirante a la obtención de la Beca
referida, junto a los siguientes documentos:
- Copia DNI.
- Copia resguardo depósito título oficial UNIVERSIDAD DE MURCIA.
- Copia CCC
- Copia resguardo de matrícula.
- Copia informe asistencia a cita UDM. FAC. EDUCACIÓN
- Copia informe asistencia profesores UDM.
- Volante de Empadronamiento.
- Declaración Jurada.
-
RAQUEL SÁNCHEZ GIMÉNEZ, con DNI 23281954C, y domicilio a
efectos de notificaciones en Camino Viejo del Puerto nº 163 apdo. de
correos nº 47 de Puerto Lumbreras en fecha 04/02/2015 con Nº RGE:
932. Presenta tiket de contado del suministro de combustible.
- EDUARDO CALZADILLA GARCÍA, con DNI 77755896A, y domicilio a
efectos de notificaciones en calle Teniente Antonio de Haro, número 3
de Puerto Lumbreras en fecha 02/02/2015 con RGE: 871. presenta tiket
de transporte por tren.
- MIGUEL TÚNEZ ROMERA, con DNI 23309202J, y domicilio a efectos
de notificaciones en calle estrella, número 10 de Puerto Lumbreras no
presenta nada.
- PEDRO JUAN RUIZ QUINTERO, con DNI 23292891D, y domicilio a
efectos de notificaciones en calle Orfeón Fernández Caballero , número
22,2º puerta B de Puerto Lumbreras en fecha 30/01/2015 con RGE:
811, presenta los siguientes documentos:
-Documentos acreditativos de los desplazamientos diarios efectuados
(billetes de autobús o tren y/o bonos de transporte público).
-Declaración jurada relativa a la no percepción de otras becas o ayudas
públicas por el mismo concepto.
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C) TERCERO: Escritos de subsanación de deficiencias presentados por:
-
-IRENE RODRIGUEZ COTES, con DNI 77840221X,y domicilio a
efectos de notificaciones en avenida Almería, número 76 de Puerto
Lumbreras en fecha 05/02/2015 con RGE: 1041, presenta reintegros del
cajero referidos a tiket de combustible”.
-
-DAVID CARRASCO RUIZ, con DNI 77755866L, y domicilio a efectos
de notificaciones en calle Vicente Aleixandre, número 11 de Puerto
Lumbreras en fecha 05/02/2015 con RGE: 988, presenta justificantes
bancarios de cargo en cuenta, no consta concepto.
-
-GABRIELA JIMÉNEZ GONZÁLEZ MAGDALENO, con DNI 71216223N,
y domicilio a efectos de notificaciones en calle La Rosa-Edificio Peñón
II, número 98, 2ºB de Puerto Lumbreras no presenta nada.
-
-VICTOR GONZÁLEZ GARCÍA, con DNI 23271471W, y domicilio a
efectos de notificaciones en calle La Rosa-Edificio Peñón I, número 94,
1º D de Puerto Lumbreras no aporta nada.
-
-DAYSI PAMELA LOZANO SIGCHO, con DNI 23832836Y, y domicilio a
efectos de notificaciones en calle La Rosa, número 49 de Puerto
Lumbreras, no presenta nada.
-
CECILIA VERÓNICA LOZANO SIGCHO, con DNI 23832835M, y
domicilio a efectos de notificaciones en calle La Rosa, número 49 de
Puerto Lumbreras, no presenta nada.
-
-ANA BELÉN GIMÉNEZ PEÑAS, con DNI 23306002X, y domicilio a
efectos de notificaciones en calle Nuestra Señora de Fátima, número 34
de Puerto Lumbreras en fecha 28/01/2015, con RGE: 714, a la vista de
su subsanación, la documentación presentada no corresponde con la
exigida en las bases de la convocatoria “Documentos acreditativos de
los desplazamientos diarios efectuados (billetes de autobús o tren y/o
bonos de transporte público).Los alumnos del Conservatorio y de la
Escuela de Idiomas deberán presentar en defecto de lo anterior, una
certificación expedida por el centro”.-Documentación acreditativa de la
finalización del curso.
-MARÍA DE LAS NIEVES CASTELLÓN SALINAS, con DNI 23298036W, y
domicilio a efectos de notificaciones en calle Ceutí, número 8 de Puerto
Lumbreras, la solicitud presentada en fecha 11/11/2014, con RGE:
8823, no se encuentra en ninguna de las modalidades de centros
educativos contempladas en las bases de la convocatoria.
-MARÍA ISABEL CASTELLÓN SALINAS, con DNI 23298038G,y domicilio a
efectos de notificaciones en calle Ceutí, número 8 de Puerto Lumbreras,
la solicitud presentada en fecha 11/11/2014, con RGE: 8824, no se
encuentra en ninguna de las modalidades de centros educativos
contempladas en las bases de la convocatoria.
-ELENA RODRÍGUEZ MORILLAS, con DNI 23279947Z, y domicilio a
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-Documentación acreditativa de la finalización del curso
efectos de notificaciones en calle Cehegín, Edificio Sol, número 5, 1º F
de Puerto Lumbreras, según solicitud presentada en fecha 03/11/2014,
con RGE: 8629, no se desplaza diariamente desde el municipio donde
reside al centro educativo.
CONCLUSIONES DEL ESCRITO DE ALEGACIONES:
PRIMERA: Entre la documentación aportada por el solicitante no se encuentran los
justificantes o documentos acreditativos de los desplazamientos diarios efectuados
(billetes de autobús o tren y/o bonos de transporte público), tal y como, así se exige en
las Bases de la Convocatoria publicadas, como documentos necesarios de deben
acompañar a las solicitudes, esta circunstancia tampoco ha sido subsanada o alegada
por el aspirante en su escrito de mejora, en consecuencia, no ha resultado acreditado
el desplazamiento diario contemplado como requisito necesario para ser beneficiario
de la Beca.
SEGUNDA: El objeto de la Beca en su modalidad de transporte es colaborar con los
gastos ocasionados/soportados por el desplazamiento al centro educativo para todas
las modalidades en que el alumno/a está en formación, optando a una titulación, así, el
transporte a la Universidad se realiza para los estudios generales universitarios y no
para la formación complementaria o adicional, la cual en todo caso siempre es
posterior al propio título universitario, por ello debe desestimarse lo alegado.
CONCLUSIONES DE LAS SUBSANACIONES PRESENTADAS:
ÚNICA:
EDUARDO CALZADILLA GARCÍA, presenta los documentos solicitados: “documentos
acreditativos de los desplazamientos diarios efectuados (billetes de autobús o tren y/o
bonos de transporte público). Subsana.
MIGUEL TÚNEZ ROMERA: no subsana los documentos solicitados.
PEDRO JUAN RUIZ QUINTERO: Subsana con los documentos presentados.
IRENE RODRIGUEZ COTES, a la vista de su subsanación la documentación
presentada no corresponde con la exigida en las bases de la convocatoria
“Documentos acreditativos de los desplazamientos diarios efectuados (billetes de
autobús o tren y/o bonos de transporte público). No subsana.
DAVID CARRASCO RUIZ. No subsana.
GABRIELA JIMÉNEZ GONZÁLEZ MAGDALENO, no subsana.
VICTOR GONZÁLEZ GARCÍA, no subsana.
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RAQUEL SÁNCHEZ GIMÉNEZ: a la vista de su subsanación, la documentación
presentada no corresponde con la exigida en las bases de la convocatoria
“Documentos acreditativos de los desplazamientos diarios efectuados (billetes de
autobús o tren y/o bonos de transporte público). No subsana.
DAYSI PAMELA LOZANO SIGCHO, no subsana.
CECILIA VERÓNICA LOZANO SIGCHO, no subsana.
ANA BELÉN GIMÉNEZ PEÑAS, no subsana.
-MARÍA DE LAS NIEVES CASTELLÓN SALINAS, no subsana.
-MARÍA ISABEL CASTELLÓN SALINAS, no subsana.
-ELENA RODRÍGUEZ MORILLAS, no subsana.
A la vista de la documentación presentada, examinadas las Bases de la
Convocatoria de las Becas publicadas, a la Junta de Gobierno Local, órgano
competente para resolver, se propone la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO: DESESTIMAR en su totalidad el escrito de alegaciones presentado por D.
JOSÉ MANUEL LOZANO GONZÁLEZ, con DNI 52.817.793-H, y domicilio a efectos de
notificaciones en calle Caravaca número 8, Ático, E, de Puerto Lumbreras, en fecha
02/02/2015, con Nº RGE: 880, por las razones y motivos expresados anteriormente.
- Martín López Meijide.
- Rosa García García.
- Cristian Sánchez Herrero.
- Arancha González Robles.
- Leonor María González Robles.
- Eduardo Calzadilla García.
- Pedro Juan Ruíz Quintero.
2º Becas ERASMUS Y LEONARDO, curso 2013-2014:
-
Pablo Guillerna Franco.
Noelia Meca Piernas.
TERCERO.- Conceder, a la vista de la lista definitiva de beneficiarios, las siguientes
Becas de Transporte, Erasmus y Leonardo, curso 2013/2014, con cargo a la aplicación
presupuestaria 322 480.09 del vigente Presupuesto General de 2015, prorrogado de
2014, por incorporación de remanentes :
N
1
NOMBRE
MARTÍN LÓPEZ
MEIJIDE
MODALIDAD
IMPORT
C.C.C DE ABONO
E NETO
90,00 €
ES2404870184119010000499
TRANSPORTE
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SEGUNDO: Aprobar la lista definitiva de admitidos para las: 1º-Becas de Transporte
a Estudiantes de Puerto Lumbreras por Desplazamiento a Centros Educativos de
Enseñanza Secundaria, Universidades, EOI y Conservatorio Durante el Curso Escolar
2013-2014,:
2
3
4
5
6
7
8
9
ROSA GARCÍA
GARCÍA
CRISTIAN SÁNCHEZ
HERRERO
ARANCHA
GONZÁLEZ ROBLES
LEONOR M º
GONZÁLEZ ROBLES
EDUARDO
CALZADILLA GARCÍA
PEDRO JUAN RUÍZ
QUINTERO
PABLO GUILLERNA
FRANCO
NOELIA MECA
PIERNAS
90,00 €
ES2330580204102810013966
90,00 €
ES1100490453552190314084
120,00 €
ES9300811072780006097925
120,00 €
ES2100811072770006097815
90,00 €
ES9204870028279007001037
90,00 €
ES6121004053322100439774
810,00 €
ES6621004053392100023599
810,00 €
ES7630580204192820001146
TRANSPORTE
TRANSPORTE
TRANSPORTE
TRANSPORTE
TRANSPORTE
TRANSPORTE
ERASMUS
ERASMUS
CUARTO.- Notificar este acuerdo a los interesados, y dar cuenta del mismo al
Departamento de Intervención-Tesorería, para su conocimiento y efectos.”
Sometido a votación la propuesta es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
11.- PROPUESTA PARA LA CONCESIÓN DEL CAMBIO DE TITULARIDAD
DEL DERECHO DE USO FUNERARIO A SOLICITUD DE Dª. MARÍA LÓPEZ
MORILLAS.
“Visto que mediante escrito con número 8.612 del Registro General de Entrada,
de fecha 3 de noviembre de 2014, Dª. MARÍA LÓPEZ MORILLAS, con DNI
23.096.154-Z y D. JOSÉ LÓPEZ MORILLAS, con DNI 23.096.352-M, han solicitado al
Ayuntamiento el cambio de titularidad del nicho nº 102, de la 4ª Agrupación Izquierda
de la calle San Ignacio, 3ª FILA, del Cementerio de Puerto Lumbreras.
Visto que el cambio solicitado es a favor del interesado, Dª. JUANA LÓPEZ
GARCÍA, con DNI Nº: 23217475-X, por expresa voluntad de los solicitantes, herederos
legítimos de la titular, dada la razón de parentesco consanguíneo.
Visto el informe del funcionario encargado del servicio de cementerio, D. José
Rael Sánchez, ha emitido informe, con fecha 17 de noviembre de 2014, según el cual
Dña. JUANA MORILLAS ASENSIO es titular del nicho número 102, fila 3ª, de la 4ª
agrupación izquierda de la C/ San Ignacio del Cementerio de Puerto Lumbreras.
Visto el informe jurídico favorable emitido por el Técnico de Administración
General D. Antonio Romera Sánchez, 12 de febrero de 2015.
Por lo expuesto, a la Junta de Gobierno Local propongo, para su aprobación
sin procede, la adopción del siguiente ACUERDO:
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
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Se somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local la propuesta de
acuerdo sobre el cambio de titularidad de derecho funerario, cuyo contenido es el
siguiente:
PRIMERO.- Autorizar el cambio de titularidad de la cesión del nicho número
102, fila 3ª, de la 4ª agrupación izquierda de la C/ San Ignacio del Cementerio de
Puerto Lumbreras, a favor de Dña. JUANA LÓPEZ GARCÍA, con DNI Nº: 23217475-X,
SEGUNDO.- Notificar este acuerdo al interesado, y dar cuenta del mismo al
encargado del servicio de cementerio, para su conocimiento y efectos.”
Sometido a votación este acuerdo, se aprueba por unanimidad de los
miembros de la Junta de Gobierno Local.
Sometida a votación la propuesta es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos contenidos en ella.
12.- PROPUESTA PARA APROBAR LA ADHESIÓN AL EXPEDIENTE PARA
LA DECLARACIÓN DE FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO REGIONAL A LAS FIESTAS
DEL ESCUDO “LA INVASIÓN” DE CIEZA.
Se somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local la propuesta de Alcaldía
para aprobar la adhesión al expediente para la declaración de Fiesta de Interés Turístico
Regional a las Fiestas del Escudo “La Invasión” de Cieza, cuyo tenor literal es el
siguiente:
“Visto el escrito remitido por el Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cieza,
en fecha 9 de febrero de 2015, en el que se solicita de este Ayuntamiento la adhesión
al expediente para la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional a las Fiestas
del Escudo “La Invasión” de Cieza.
PRIMERO.- Manifestar expresamente la adhesión del Ayuntamiento de Puerto
Lumbreras al expediente para la declaración de Fiesta de Interés Turístico Regional a
las Fiestas del Escudo “La Invasión” de Cieza.
SEGUNDO.- Dar cuenta de este acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de Cieza,
para su conocimiento y efectos.”
Sometida a votación la propuesta es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
13.- PROPUESTA PARA ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD DRISS
ELTTARI PARA LICENCIA PARA INSTALACIÓN DE CAFÉ-BAR .
Se somete a la Junta de Gobierno Local la propuesta de acuerdo de Alcaldía para la
admisión a trámite de la solicitud formulada por Driss Elattari para licencia de instalación
de café-bar, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Vista la solicitud presentada en el Registro General de Entrada con número
2014-E-RC-9916, de fecha 12/12/2014 por Don/Doña Driss Elattari, con N.I.E. número
X-6993699-C en representación de el mismo, en la que solicita licencia para
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
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Considerando plenamente justificados los motivos que avalan dicha propuesta
a la Junta de Gobierno Local, propongo la adopción del siguiente ACUERDO:
INSTALACIÓN DE BAR CAFETERÍA, a la que acompaña, autoliquidación de tasas y
proyecto técnico, suscrito por Don/Doña Pau García Mollar, ingeniero técnico
industrial, colegiado en Castellón nº 588.
Y vista la solicitud presentada en el Registro General de Entrada con número
2015-E-RC-1207, de fecha 12/02/2015 por Don/Doña Driss Elattari, con N.I.E. número
X-6993699-C en representación de el mismo, en la que aporta anexo al proyecto con
memoria ambiental de la actividad.
Considerando el informe técnico emitido por Don Salvador Martínez García,
Ingeniero Técnico Municipal de fecha 12 de febrero de 2015 en el que manifiesta:
“PRIMERO.- La actividad está sometida a informe de CALIFICACIÓN
AMBIENTAL según lo establecido en el artículo 62.3. Para determinar que la actividad
está sujeta a dicho trámite ambiental, se han tenido en cuenta que: primero, no esta
sometida a ninguna autorización ambiental autonómica, por no entroncarse en los
supuestos establecidos en la legislación básica estatal para que le sea exigible
autorización ambiental integrada, ni venir relacionada en el anexo I de la Ley 4/2009
[de la Región de Murcia], y segundo, que tampoco esta exenta por no estar dentro de
las comprendidas en el anexo II de la citada Ley 4/2009.
SEGUNDO.- Que el interesado SI ha adjuntado con su solicitud la
documentación necesaria para ello, prevista en el articulo 76 de la Ley 4/2009, de 14
de mayo, de Protección Ambiental.
TERCERO.- Habiendo entrado en vigor la asunción de competencias por los
ayuntamientos, según la disposición transitoria sexta, apartado 2 de la Ley 4/2009 [de
la Región de Murcia], la calificación de estas actividades corresponde al Ayuntamiento
de Puerto Lumbreras.
a)
El trámite ambiental que corresponde es: actividad sometida a calificación
ambiental.
b)
El establecimiento tiene una superficie construida en m2: comprendida
entre 100 y 300 m2.
c)
El establecimiento se encuentra afecto a la aplicación de las siguientes
normativas sectorial:
Normativa sectorial de aplicación
Afecto
Actividades sujetas a evaluación ambiental de proyectos
NO
Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas
SI
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales
NO
Reglamento de almacenamiento de productos químicos
NO
Reglamento de instalaciones petrolíferas
NO
Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles
gaseosos
NO
Reglamento de aparatos a presión
NO
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CUARTO.- Informar que a los efectos de la Ordenanza fiscal reguladora de la
Tasa por licencia de Apertura de Establecimientos (BORM nº 39 de 16/02/2012 y su
modificación publicada en BORM nº 263, de 13/11/ 2013):
Norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y
dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a
situaciones de emergencia
NO
Actividades potencialmente contaminantes del suelo
NO
Establecimientos sujetos a licencia comercial especifica
NO
”
Considerando la Resolución de Alcaldía nº 58/2013, de 14 de enero, por la que
se modifican las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno Local, de
conformidad con lo establecido por los artículos 21.1.s), 21.3 y 23 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
A la Junta de Gobierno Local propongo la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Admitir a trámite la solicitud formulada por DON DRISS ELATTARI
para licencia de INSTALACIÓN DE CAFÉ-BAR, con emplazamiento en Calle Orfeón
Fernández Caballero, nº 2. Puerto Lumbreras (Murcia).
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública mediante edicto en
el tablón de anuncios del ayuntamiento, y consulta directa a los vecinos y vecinas
inmediatos al lugar del emplazamiento durante un plazo de veinte días hábiles.
TERCERO.- Someter a informe de los Técnicos municipales competentes.
CUARTO.- Notificar este acuerdo al interesado, para su conocimiento y
efectos.”
Sometida a votación la propuesta, es aprobada por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
14.1.- PROPUESTA DE ALCALDÍA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA
DE COLABORACIÓN EN LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE TITULADOS EN
FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ARCHIVO DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTO
LUMBRERAS.
Previa declaración de urgencia, apreciada por unanimidad de la Junta de
Gobierno Local, se somete para su aprobación la propuesta de acuerdo de la
Alcaldía-Presidencia para aprobar la concesión de una beca de colaboración en la
formación práctica de titulados en formación profesional en el Archivo municipal, cuyo
tenor literal es el siguiente:
“Visto que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de febrero de
2015, acordó aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso selectivo
para la concesión de una beca de colaboración en la formación práctica de titulados en
formación profesional en el Archivo del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, y por
acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 12 de febrero de 2015, se acordó
designar a la Comisión de Selección y convocarla para el día 18 de febrero de 2015.
Considerando que de acuerdo con las bases de la convocatoria de la beca y con
las puntuaciones obtenidas por los aspirantes preseleccionados, la Comisión de
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Plaza de la Constitución s/n, Puerto Lumbreras. 30890 Murcia. Tfno. 968402013. Fax: 968402410
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14.- PROPUESTAS Y MOCIONES DE URGENCIA.
Selección aprobó con fecha 18 de febrero de 2015 la siguiente relación baremada:
-
Alicia San Bartolomé Mellado DNI: 48512815-L
Fase de Concurso: 4 puntos.
Fase entrevista personal: 3 puntos.
Total: 7 puntos.
-
Catalina Mercedes Viúdez Lozano DNI: 23254687-P.
Fase de concurso: 3,92 puntos.
Fase entrevista personal: 3,75 puntos.
Total: 7,67 puntos.
-
Francisca Corbalan Chuecos DNI: 23267625-C.
Fase de concurso: 3,71 puntos.
Fase entrevista personal: 0,5 puntos.
Total: 4,21 puntos.
-
Vanesa López Oliver DNI: 23281142-J.
Considerando que de, acuerdo con las bases de la beca de colaboración, la
Comisión de Selección formula a la Junta de Gobierno Local la propuesta de
concesión de la de la referida beca de colaboración en la formación práctica de
titulados en formación profesional en el Archivo del Ayuntamiento de Puerto
Lumbreras, a favor de Dª. Catalina Mercedes Viúdez Lozano, al haber obtenido la
mayor puntuación proponiendo asimismo la designación como suplente a Dª. Alicia
San Bartolomé Sola.
Considerando las bases de la beca de colaboración, el artículo 21.1 s), 21.3 y
23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local y el
régimen de delegaciones vigente en el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras ,
A la Junta de Gobierno Local, propongo la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Conceder una beca de colaboración en la formación práctica de
titulados en formación profesional en el Archivo del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
a Dª. Catalina Mercedes Viúdez Lozano, con D. N. I. 23254687-P, al haber obtenido la
mayor puntuación en el procedimiento de selección, beca que tendrá una duración de
un año natural desde la aceptación de la misma por la beneficiaria, y una cuantía de
6. 783 euros brutos/ anual. El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras deberá proceder a
dar de alta en la Seguridad Social a la becaria de acuerdo con la legislación vigente.
SEGUNDO.- Autorizar y disponer con cargo a la aplicación presupuestaria 920
480.23 del presupuesto General de 2015, prorrogado de 2014
el gasto
correspondiente a la presente anualidad por un importe total de SEIS MIL
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Fase de concurso: 1 punto.
Fase de entrevista personal: 1,5 puntos.
Total: 2,5 puntos.
DOSCIENTOS EUROS (6.200,00 Euros), según el siguiente detalle:
*Importe de la Beca...................... 5.840,92 Euros.
*Importe coste seguridad social... 359,08 Euros.
La autorización del gasto correspondiente a cada uno de los sucesivos
ejercicios, quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
presupuesto general de dichos ejercicios.
TERCERO.- Designar como suplente de la beca de colaboración en la
formación práctica de titulados en formación profesional en el Archivo del
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras a Dª. Alicia San Bartolomé Sola, con D. N. I.
48512815-L.
CUARTO.- Notifíquese a los interesados y al Departamento de IntervenciónTesorería para su conocimiento y efectos.”
Sometida la propuesta a votación, se aprueba por unanimidad de los miembros
de la Junta de Gobierno Local, quedando adoptados los acuerdos en ella contenidos.
Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, Dª. MARÍA
ÁNGELES TÚNEZ GARCÍA, Alcaldesa-Presidenta, levanta la Sesión siendo las 8:15
horas de lo que, como SECRETARIO GENERAL doy fe.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA,
Fdo. María Ángeles Túnez García.
EL SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Pablo Aparicio Borrachero.
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