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NIT 829.001.846-6
CODIGO PRESTADOR 68-081-00707
RESOLUCIÓN Nº 055 DE 2016
(29 DE ENERO)
POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE SUMINSITRO
EL GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA
En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas mediante el artículo 21º numeral 9º y artículo 22º del
acuerdo 072 del 29 de diciembre de 1999 y,
CONSIDERANDO
1.
2.
3.
4.
5.
Que mediante Invitación Pública Nº 010 de fecha 21 de enero de 2016 se ordenó la Apertura del proceso para
contratar el siguiente objeto “SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS PREIMPRESOS Y
MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS CENTROS DE
SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA Y CONVENIOS SUSCRITOS POR LA ESE BARRANCABERMEJA”; con
un presupuesto oficial estimado en SESENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($60.000.000), de acuerdo al
certificado
de
Disponibilidad
presupuestal
Nº
16-00066,
Rubro
Presupuestales
GF. 2020200-04 y GF 2010200-04.
Que en cumplimiento al cronograma establecido en el proceso de Selección de la Invitación Pública
Nº 010-2016-ESE/BCA cuyo objeto es el “SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS
PREIMPRESOS Y MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS
CENTROS DE SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA Y CONVENIOS SUSCRITOS POR LA ESE
BARRANCABERMEJA”; el cierre estaba previsto para el día 22 de enero de 2016 a las 4:00 P.M, término
dentro del cual se radicó una (1) oferta, por el siguiente proponente: ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado
con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA
Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, identificado con NIT N° 13.515.331-1, con domicilio comercial en la Carrera 28
N° 50/48 Barrio Palmira de esta ciudad, teléfono 6214824.
Que mediante Informe de Evaluación de Requisitos Habilitantes de Propuestas, el Comité de Evaluación de la
ESE Barrancabermeja, verificó las condiciones jurídicas, técnicas y económicas de la propuesta presentada por
el proponente ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca,
propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, identificado con NIT
N° 13.515.331-1, y determinó que cumplió con los requisitos habilitantes de carácter jurídico y técnico, emitiendo
la correspondiente verificación y evaluación, en la cual la propuesta obtuvo la siguiente puntuación: 600 puntos.
Que dentro del término de traslado para presentar observaciones al informe de evaluación, no se recepcionó
ninguna observación, quedando en firme la evaluación.
Que con fundamento en el resultado de la evaluación realizada, el comité de compras revisó la evaluación de la
propuesta presentada y recomendó adjudicar la Invitación Pública Nº 010-2016-ESE/BCA, al proponente
ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del
establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, considerando que la propuesta
presentada cumple con los requisitos y componentes técnicos, legales y financieros contenidos en los términos
de participación definitivos y la propuesta económica es la más favorable para la entidad.
En razón de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: ADJUDICAR al proponente ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de
ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA
LITO DISEÑOS, identificado con NIT N° 13.515.331-1, con domicilio comercial en la Carrera 28 N° 50/48 Barrio
Palmira de esta ciudad, teléfono 6214824, el contrato de suministro correspondiente a la INVITACIÓN
PUBLICA Nº 010-2016-ESE/BCA, cuyo objeto es el “SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS
PREIMPRESOS Y MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS
CENTROS DE SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA Y CONVENIOS SUSCRITOS POR LA ESE
BARRANCABERMEJA”; con una vigencia de diez (10) meses y un valor de SESENTA MILLONES DE PESOS
MCTE ($60.000.000).
ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución se notificara personalmente en la forma y términos establecidos
para los actos administrativos, al representante legal de la firma favorecida, en su calidad de oferente, dentro de la
Invitación Pública Nº 010-2016-ESE/BCA.
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede
ningún recurso por vía gubernativa.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Barrancabermeja, a los veintinueve (29) días del mes de enero de 2016.
(ORIGINAL FIRMADO)
CARLOS ALBERTO SANMIGUEL EVAN
Gerente
Proyecto: Angélica Martínez Rojas, Abogado Asesor Externo
CALLE 47 No. 22- 49 BARRIO INSCREDIAL - TELEFONOS: 6030005 FAX: 6030006

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