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NIT 829.001.846-6 CODIGO PRESTADOR 68-081-00707 RESOLUCIÓN Nº 437 DE 2013 (24 DE SEPTIEMBRE) POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE SUMINISTRO EL GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO BARRANCABERMEJA En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas mediante el articulo 21º numeral 9º y artículo 22º del acuerdo 072 del 29 de diciembre de 1999 y, CONSIDERANDO 1. 2. 3. 4. 5. Que mediante Invitación Pública Nº 051 de fecha 11 de Septiembre de 2013 se ordenó la Apertura del proceso para contratar el siguiente objeto “SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS PREIMPRESOS Y MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS CENTROS DE SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA DE LA ESE BARRANCABERMEJA”; con un presupuesto oficial estimado en SESENTA MILLONES DE PESOS ($60.000.000) MCTE, Disponibilidad presupuestal Nº 13-00643, Rubro Presupuestal GF. 2020200-04. Que según el Cronograma del proceso de Selección de Invitación Pública Nº 051-2013-ESE/BCA cuyo objeto es el SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS PREIMPRESOS Y MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS CENTROS DE SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA DE LA ESE BARRANCABERMEJA, el 16 de Septiembre de 2013; se presentó Una (1) oferta, por el siguiente proponente: ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, identificado con Nit N° 13.515.331-1, con domicilio comercial en la Carrera 28 N° 50/48 Barrio Palmira de esta ciudad, teléfono 6214824. Que mediante Informe de Evaluación de Requisitos Habilitantes de Propuestas el Comité de Compras de la ESE Barrancabermeja, verificó las condiciones jurídicas, técnicas y económicas de la propuesta presentada por: el proponente ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, identificado con NIT N° 13.515.331-1, con domicilio comercial en la Carrera 28 N° 50/48 Barrio Palmira de esta ciudad, teléfono 6214824, cumpliendo con los requisitos habilitantes de carácter jurídico, técnico, además, de emitir las correspondientes verificaciones y evaluaciones en la cual se obtuvo la siguiente puntuación: ANSELMO NUÑEZ LOZADA 1000 puntos. Que dentro del término de traslado a los oferentes del informe de evaluación, los días 19, 20 y 23 de Septiembre de 2013, no se presentaron observaciones al informe de evaluación y calificación sin alterar la puntuación, quedando en firme la evaluación. Que el día 18 de Septiembre de 2013, el comité de compras reviso la propuesta y recomendó adjudicar la Invitación Pública Nº 051-2013-ESE/BCA a: ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA LITO DISEÑOS, identificado con NIT N° 13.515.331-1, con domicilio comercial en la Carrera 28 N° 50/48 Barrio Palmira de esta ciudad, teléfono 6214824, considerando que la propuesta presentada cumplió con todos los requisitos exigidos y la propuesta económica es la más favorable para la entidad. En razón de lo expuesto, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: ADJUDICAR la INVITACIÓN PUBLICA Nº 051-2013-ESE/BCA, cuyo objeto es el SUMINISTRO DE PAPELERIA PREIMPRESA, FORMATOS PREIMPRESOS Y MATERIAL TIPOGRAFICO ESENCIAL PARA LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS EN LOS CENTROS DE SALUD, SEDE ADMINISTRATIVA DE LA ESE BARRANCABERMEJA”; al proponente ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cedula de ciudadanía Nº 13.515.331 de Zapatoca, propietario del establecimiento de comercio LITOGRAFIA LITODISEÑOS, para ejecutar contrato de suministro, con una vigencia de 6 meses y un presupuesto de $60.000.000. ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución se notificara personalmente en la forma y términos establecidos para los actos administrativos, al señor ANSELMO NUÑEZ LOZADA, identificado con cedula de ciudadanía Nº 13.515.331 de Zapatoca, en su calidad de oferente, dentro de la Invitación Pública Nº 051-2013-ESE/BCA. ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede ningún recurso por vía gubernativa. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Barrancabermeja, el día veinticuatro (24) de Septiembre de 2013. CARLOS ALBERTO SANMIGUEL EVAN Gerente Proyecto: Ligia Viviana Gómez Hernández Abogado Asesor Externo CALLE 47 No. 22- 49 BARRIO INSCREDIAL - TELEFONOS: 6030005 FAX: 6030006
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