2010 Fortalecimiento Actividad Comercial
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2010 Fortalecimiento Actividad Comercial
REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL LA TEBAIDA QUINDÍO ACUERDO Nro. 026 (Diciembre 016 de 2.010) “POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE LA TEBAIDA, RELACIONADA CON LAS BANDAS MUSICALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA TEBAIDA QUINDÍO, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las contenidas en el Articulo 313 de la Constitución Política y la Ley 136 de 1994. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Díctense normas para el fortalecimiento de la actividad cultural en el municipio de La Tebaida, relacionada con las bandas musicales, con la misión de desarrollar y fomentar el talento y las aptitudes artísticas en materia musical, en niños, jóvenes y adultos de la comunidad, mediante procesos de educación musical no formal. ARTÍCULO SEGUNDO: En desarrollo del fortalecimiento de las actividades culturales en torno a las bandas musicales, se dispone que el municipio, apoye la conformación de la Escuela Juvenil e Infantil de Música del Municipio, como una persona jurídica sin ánimo de lucro, orientada a promover los procesos formativos culturales en la música y a gestionar recursos tanto Estatales, en todos los niveles, como privados, nacionales e internacionales que procuren la permanencia y el crecimiento de los grupos musicales organizados en el municipio. ARTÍCULO TERCERO: Se dispone, la inscripción en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Municipio, de un proyecto de inversión a efectos de que se listen actividades y se garantice la disposición de un rubro presupuestal destinado al pago de: un músico docente con formación académica y experiencia en la dirección de grupos musicales, que se contrate para que dirija la Escuela de Música; instrumentos necesarios para los alumnos de la escuela; adecuación de sitio para el funcionamiento de la Escuela; Compra de instrumentos y otros elementos necesarios para la presentación y funcionamiento general de la ACUERDO No. 026/ DICIEMBRE 16 DE 2.010 1/4 REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL LA TEBAIDA QUINDÍO Escuela, así como todos los gastos que sean directamente asociados al funcionamiento de la Escuela. ARTÍCULO CUARTO: FINANCIACION: Para la financiación y funcionamiento de La Escuela Municipal de Música, podrán destinarse recursos del sistema general de participaciones correspondientes al sector cultura y/o de fortalecimiento institucional, recursos de aportes de personas naturales o jurídicas públicas o privadas del orden municipal, departamental, nacional o internacional, sin perjuicio de los aportes que hagan la organización de padres de familia de las Instituciones Educativas del Municipio. El municipio de La Tebaida, con el propósito de fomentar, apoyar y propender por el crecimiento de la Escuela de Música, presentará proyectos de Inversión al Ministerio de Cultura en el marco del Plan Nacional de Música Para La Convivencia y al Departamento, con el fin de gestionar asesorías y recursos financieros que garanticen la sostenibilidad y el crecimiento de la Escuela de Música. ARTÍCULO QUINTO: El municipio procurará que la Escuela Municipal de Música cuente con un sitio apropiado y en condiciones aptas de iluminación ventilación y adecuación que garanticen la seguridad, salubridad y comodidades necesarias para el correcto desarrollo de su misión. ARTÍCULO SEXTO: Dentro de los elementos necesarios para el funcionamiento de la Escuela de Música, se contará con la dotación de instrumentos musicales, sillas, tablero pentagramado y demás implementos que garanticen su funcionamiento. El Municipio conforme a sus posibilidades presupuestales y a sus acciones de gestión, podrá incrementar el número de instrumentos y equipos necesarios para la operación y funcionamiento de La Escuela. ARTÍCULO SÉPTIMO: Autorícese al Alcalde Municipal, para que promocione y contribuya con el trámite para la creación de una organización no gubernamental sin ánimo de lucro, la cual podrá ser integrada por las personas ceñidas a las normas de las entidades sin ánimo de lucro y según a las estipulaciones de las escuelas de Música, la cual gozará de una naturaleza privada totalmente independiente y autónoma del Municipio, que servirá de apoyo en el desarrollo del objeto de La Escuela y en la consecución de los recursos ante organismos ACUERDO No. 026/ DICIEMBRE 16 DE 2.010 2/4 REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL LA TEBAIDA QUINDÍO estatales y no estatales, con la finalidad de lograr su crecimiento o fortalecimiento como institución y pueda convertirse en motivo de exaltación para el Municipio. ARTÍCULO OCTAVO: VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación, sanción y promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en el salón Pedro Londoño Londoño del Honorable Concejo Municipal de La Tebaida Quindío, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2.010). RAMÓN ALBERTO BAENA RAMÍREZ Presidente ACUERDO No. 026/ DICIEMBRE 16 DE 2.010 YOLANDA SANTIESTEBAN NEIRA Secretaria General 3/4