flash informativo no 01-02-11 deduccion de servicios educativos por

Transcripción

flash informativo no 01-02-11 deduccion de servicios educativos por
FLASH INFORMATIVO
DECRETO POR EL QUE SE OTORGA UN ESTÍMULO FISCAL
A LAS PERSONAS FÍSICAS EN RELACIÓN
CON LOS PAGOS POR SERVICIOS EDUCATIVOS
El pasado 15 de febrero, fue publicado a través del Diario Oficial de la Federación el “Decreto
por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por
servicios educativos”, por medio del cual se permite a las personas físicas deducir para efectos
del ISR a su cargo, las colegiaturas para sus propios estudios, de su cónyuge, de sus hijos o de
sus padres, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no
perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de
calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
Los pagos por servicios de enseñanza que se podrán deducir serán los correspondientes a los
niveles de preescolar, primaria, secundaria y media superior, siempre que los pagos se
efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones
de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios,
considerando para tal efecto los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo
corresponda, conforme a la siguiente tabla:
Nivel educativo
Límite anual de deducción
Preescolar
$14,200.00
Primaria
$12,900.00
Secundaria
$19,900.00
Profesional técnico
$17,100.00
Bachillerato o su equivalente
$24,500.00
23 de febrero de 2011.
El contenido de nuestros flashes informativos es preparado por el área fiscal de nuestra Firma, solamente como su nombre lo
indica, para fines informativos; por lo tanto, no debe considerarse como una opinión de carácter fiscal emitida por especialistas de
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